Decreto 12
Decreto 12 AUTORIZA SORTEO QUE INDICA, A BENEFICIO DE LA FUNDACION DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO, COANIL
MINISTERIO DEL INTERIOR
Promulgación: 13-JUN-1991
Publicación: 20-JUN-1991
Versión: Única - 20-JUN-1991
AUTORIZA SORTEO QUE INDICA, A BENEFICIO DE LA FUNDACION DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO, COANIL
Núm. 12.- Punta Arenas, 13 de Junio de 1991.- Vistos:
1. Lo dispuesto en el Decreto N° 955, del Ministerio del Interior publicado en el Diario Oficial de 24.06.74; modificado por el Decreto N° 1.039 del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial de 23.09.1974;
2. El Decreto N° 969, del Ministerio del Interio, publicado en el Diario Oficial de 22.08.75, y 3. El oficio Ord. N° 118/91 de fecha 27 de Mayo de 1991 de la Vicepresidenta Regional de la Fundación de Ayuda al Niño Limitado COANIL.
Decreto:
1. Autorízase a la Fundación de Ayuda al Niño Limitado COANIL, Sede Punta Arenas, para que realice un Sorteo denominado Bingo, que será transmitido po Canal 6 de Televisión Nacional de Chile, de esta ciudad, según Convenio que obra en poder de esta Intendencia Regional y que fue suscrito por dicha Institución y el Canal antes señalado.
2. El referido BINGO, difundido en la forma aludida, se realizará el día 01 de Julio de 1991.
3.- El número máximo de cartones a vender es de 18.000 y el valor de cada uno de ellos será de trescientos cincuenta pesos ($ 250.-)
4.- En el mencionado Sorteo se distribuirán, entre los favorecidos con los números que se pongan a la venta, los siguientes premios:
-Un automóvil Lada año 1991.
-Un televisor 14" Samsung y un video grabador Samsung.
-Un refrigerador Philips.
-Un horno microondas Samsung.
-Un minicompenente Daytron.
-Una máquina de coser multipunto Singer.
-Un centro Musical General Electric.
-Una lavadora Goldstar.
-Un televisor 14" Samsung.
-Una cocina 4 platos y horno.
-Un horno eléctrico Toshiba.
-Una centrífuga Philips.
-Una aspiradora Toshiba.
-Un juego de loza de 48 piezas.
-Una máquina de escribir All.
Aún cuando no se venda el total de los números, los Organizadores están obligados a sortear el total de los premios.
5. Las utilidades de este Sorteo se destinarán de la obra con los niños limitados de la Región.
6. El sorteo deberá ser públicado y efectuarse ante Notario en la fecha señalada, impostergablemente.
7. La Fundación de Ayuda al Niño Limitado-COANIL, Punta Arenas, deberá publicar en el Diario Oficial antes de la realización del Sorteo; y, los resultados obtenidos, especificando claramente los números premiados y nombre de los favorecidos, deberán publicarlo en un Diario de circulación en todo el país, el segundo Domingo siguiente al Sorteo.
8. La Fundación de Ayuda al niño Limitado-COANIL, deberá entregar a esta Intendencia Regional, en el plazo máximo de 60 días, contados desde la fecha del Sorteo, los siguientes documentos:
-Acta Notarial de la realización del Sorteo;
-Recibo de los premios firmados por los favorecidos;
-Publicación en los Diarios (señalados en el pto. 7);
-Informe detallado de los ingresos obtenidos,
inversión y utilidades.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 20-JUN-1991
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20-JUN-1991 |
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