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Decreto 20

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Decreto 20

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Decreto 20 SOBRE SEÑALES Y DEMARCACIONES OFICIALES DE TRANSITO

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

Decreto 20

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Promulgación: 10-FEB-1986

Publicación: 12-MAR-1986

Versión: Intermedio - de 28-FEB-2000 a 20-AGO-2000

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    SOBRE SEÑALES Y DEMARCACIONES OFICIALES DE TRANSITO
    Núm. 20.- Santiago, 10 de Febrero de 1986.- Visto: lo dispuesto por el artículo 99 de la Ley de Tránsito, N° 18.290, en relación con la Ley N° 18.059,
    Decreto:



    Las señales y demarcaciones oficiales de tránsito que regirán en el territorio nacional, serán las que se describen en anexo a este decreto, que corresponde a los capítulos II y III del Manual de Señalización aludido en el inciso siguiente, sin perjuicio de las que se señalan en la Ley de Tránsito.
    Las Municipalidades en las zonas urbanas y la Dirección de Vialidad en las de su competencia, deberán someterse a las prescripciones de dicho anexo, sin perjuicio de otras disposiciones establecidas en el documento denominado "Manual de Señalización de Tránsito" elaborado y distribuido con ocasión de la dictación del Decreto Supremo N° 121 de este Ministerio, publicado en el Diario Oficial de 10 de enero de 1983.
    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Gustavo Arenas Corral, Teniente Coronel, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Patricia Muñoz Villela, Jefe Administrativo.
    ANEXO
    CAPITULO II
    2.- SEÑALES
    2.1. GENERALIDADES
    La circulación vehicular y peatonal debe regularse a fin de que el tránsito se desarrolle en forma fluída, cómoda y segura. Bajo este concepto una de las formas de regulación se ejerce por medio de las señales verticales que, en términos generales, son medios físicos que se emplean para indicar a los usuarios de las vías la forma correcta y segura de transitar por ellas, con el objeto de evitar accidentes y demoras innecesarias.
    2.1.1.Requisitos de las señales
    Toda señal para que pueda cumplir integralmente su objetivo, debe satisfacer los siguientes requisitos mínimos:
    - Ser capaz de cumplir una función necesaria en el
área donde se instala
    - debe llamar la atención
    - ser clara y sencilla
    - dar tiempo al usuario para responder a la
información (u orden) que indica
    - debe infundir respeto.
    2.1.2.Clasificación de las señales
    Se han dividido en tres grupos:
    i) Señales reglamentarias (R): tienen por objeto indicar al usuario de las vías, la existencia de ciertas limitaciones físicas o prohibiciones reglamentarias que rigen el tránsito para calles y caminos.
    ii) Señales preventivas (P): también llamadas de advertencia de peligro, tienen por objeto advertir al usuario de la existencia y naturaleza del peligro que presenta la vía.
    iii) Señales informativas (I): tienen por objeto identificar las vías y guiar e informar a los usuarios sobre localidades, kilometraje de rutas y destinos, lugares de interés turístico, histórico, geográficos, servicios al usuario, etc.
    2.1.3. Características básicas
    i) Diseño de la señal:
    Se han determinado los siguientes diseños geométricos para las señales de acuerdo a su clasificación:
    - Señales Reglamentarias: Su forma será circular y sólo se aceptará inscribir la señal misma en un rectángulo cuando lleve una leyenda adicional.
    Se exceptúan de la forma indicada en el párrafo precedente, la señal "PARE" que tendrá la forma de un octógono y la señal "CEDA EL PASO", que tendrá la forma de un triángulo equilátero.
    - Señales Preventivas: tendrán la forma de un cuadrado que se colocará con una de las diagonales en forma vertical. Con la excepción de las señales CRUZ DE SAN ANDRES, que estará conformada por dos barras cruzadas que forman un ángulo de 45°, respecto de las coordenadas y abscisas y de la señal BARRERA que tiene forma de rectángulo.
    - Señales informativas: serán rectangulares, variando sólo en la colocación de su lado mayor (horizontal o vertical), con la excepción de las señales que indican la numeración de las rutas que tendrán la forma de un escudo.
    ii) Tamaño: Se establece un tamaño para cada señal de acuerdo a la zona donde se instalará, urbana o rural.
    Por lo anterior se han normalizado las letras para los distintos tipos de mensajes, entregando cinco series que se adjuntan como Anexo B al presente Manual.
    iii) Colores: Se han determinado los siguientes colores para los distintos grupos de señales.
    Señales Reglamentarias: Blanco, rojo, negro y azul.
    Señales Preventivas: Amarillo y negro.
    Señales Informativas: Verde, blanco, azul y negro.
    2.1.4. Ubicación
    Las señales deberán instalarse siempre en un lugar que sea totalmente visible a los usuarios, teniendo presente que deben ser legibles de día y de noche, por lo tanto se debe usar material reflectante en su construcción.
    Deben estar colocadas formando un ángulo recto con el eje de la vía. Las distancias horizontales de colocación y su altura se detalla en cada sección según la clasificación de las señales.
    En cuanto a los postes que sujetan la señal, éstos podrán ser circulares o rectangulares y de color negro.
    2.2. SEÑALES REGLAMENTARIAS
    Las Señales Reglamentarias tienen por finalidad notificar a los usuarios de la vía, sobre prohibiciones, restricciones, obligaciones y autorizaciones que gobiernen el uso de ella, y cuya transgresión constituye una infracción. Atendiendo a su espíritu o intención, para efectos del Manual se han subdividido en:
    - Señales de prioridad
    - Señales de prohibición
    - Señales de restricción
    - Señales de obligación
    - Señales de autorización
    Características:
    i) Forma
    Las señales reglamentarias deberán tener forma circular o rectangular, con excepción de las señales "PARE" y "CEDA EL PASO".
    Tanto las señales circulares como las rectangulares, deberán tener los símbolos y/o números inscritos dentro de un círculo u orla roja.
    La forma rectangular se empleará cuando sea necesario reforzar la señal con una leyenda o en lugares donde no hay costumbre de ella, esta leyenda podrá ser eliminada paulatinamente, a medida que la simbología vaya siendo interpretada por los usuarios de la vía.
    ii) Dimensiones
    Las siguientes dimensiones son válidas salvo para la señal PARE y la señal CEDA EL PASO.
    Unidades: centímetros (cm).
    Señales circulares
    Las dimensiones mínimas para las señales de forma
circular son las siguientes:
    Zona Urbana:
    Diámetro
    40 cm.
    Ancho de orla 4 cm.
    Zona rural:
    Camino pavimentado
    Diámetro 75 cm.
    Ancho de la orla 7 cm.
    Camino de grava:
    Diámetro 60 cm.
    Ancho de la orla 6 cm.
    Cualquier aumento de las dimensiones deberá mantener la proporción entre los elementos de la señal.
    Cuando las señales circulares van acompañadas de texto dan origen a señales rectangulares cuyas dimensiones son las siguientes:
    Area Urbana:
    ancho 50 cm.
    altura 75 cm.
    Area Rural, camino pavimentado
    ancho 95 cm.
    altura 140 cm.
    Camino de grava:
    ancho 75 cm.
    altura 115 cm.
    El círculo deberá quedar a igual distancia del borde superior y de los bordes laterales del rectángulo.
    iii) Diagonal de Prohibición
    La prohibición será indicada con una diagonal, la cual formará un ángulo de 45° con el diámetro horizontal. La diagonal deberá partir del sector superior izquierdo, llegando el sector inferior derecho del círculo.
    Zona Urbana:
    Ancho de la diagonal 4 cm.
    Zona Rural:
    Camino pavimentado
    Ancho de la diagonal 7 cm.
    Camino de grava
    Ancho de la diagonal 6 cm.
    iv) Colores
    Fondo blanco, anillo rojo, diagonal roja (cuando corresponda), símbolo y letras negras. El azul y amarillo se usarán en casos específicos.
    v) Leyendas
    Las Leyendas explicativas de las señales podrán ser establecidas para cada caso en particular, no debiendo en lo posible contener más de cuatro palabras.
    La leyenda deberá ser clara y en letras mayúsculas, a fin de permitir una buena visibilidad de las mismas. En el Anexo B Tablas y Alfabetos para señales de tránsito se establece su norma.
    Las señales reglamentarias como norma deberán ser colocadas en el lugar mismo en donde se requiera establecer la prohibición, y podrán ser repetidas si se estima necesario, a fin de garantizar su observación y respeto.
    Las señales deberán ser colocadas aproximadamente en ángulo recto y de frente con respecto a la dirección del tránsito
    vi) Distancias
    La distancia mínima de colocación al borde de la pista y la altura se describen en la Fig. (2.1,2.2 y 2.3).
    En Zona Urbana:
    La distancia entre la proyección vertical del borde más externo de la placa y el borde de la calzada y/o solera debe ser de 0,30 m. en horizontal.
    La altura debe ser de 2.00 m. desde la acera al punto más bajo de la placa misma.
    En Zona Rural:
    La distancia entre el borde de la pista de circulación más próximo a la vía será de 1.20 m; esto es válido cuando no exista berma en el lugar de colocación, y cuando exista berma la distancia entre el borde de la placa más próximo a la vía y el borde derecho de la berma será de 0,50 m.
    En ambos casos, la altura entre la calzada y el punto más bajo de la placa deberá ser como mínimo 1.20 m. y como máximo 1.50 m.

    2.2.1. Señales de prioridad
    Las señales de prioridad son aquellas que regulan el derecho preferente de paso y comprenden fundamentalmente dos tipos: PARE y CEDA EL PASO.
    Se ha agregado además la señal ALTO NIÑOS, la cual además de obligar a la detención indica que no se podrá reanudar la marcha mientras la señal sea mostrada.
    Para un cruce de calle se distinguirán tres formas de indicar la prioridad de una vía frente a la otra.
    - Semáforo
    - Señal PARE
    - Señal CEDA EL PASO.
    Los semáforos deberán instalarse cuando en una intersección se cumplan los requisitos de instalación especificados en el Capítulo 4 de este Manual. En todos los otros casos deberá emplearse alguna de las dos formas restantes de priorización.
    La señal PARE o la señal CEDA EL PASO se utilizará en todas las vías de redes primarias y secundarias de una ciudad que se hayan definido para efectos de operación del tránsito, cuando no exista necesidad de instalar en ese cruce un semáforo o en las intersecciones principales de una ciudad cuando exista una jerarquización de la red vial.
    Se emplearán también dichas señales sobre cruces de vías de acceso o locales -así definidas en la ciudad respectiva- cuando el volumen vehicular total que converge a la intersección por todas sus ramas alcance a más de 250 vehículos equivalentes por hora.
    El factor más importante a tomar en cuenta, entre las señales PARE Y CEDA EL PASO para efectos de instalación, es la visibilidad del cruce. Un cruce tiene buena visibilidad si el vehículo que transita por la calle de menor prioridad puede distinguir fácilmente a un vehículo que venga por la vía de mayor prioridad y alcance a detenerse para ceder el paso; entonces se empleará la señal CEDA EL PASO, en caso contrario debe emplearse la señal PARE.
    En general, la señal PARE debe emplearse en pocas ocasiones. Su uso indiscriminado la hace perder la importancia que tiene y, como consecuencia cuando realmente se requiere, en vez de ayudar a la seguridad del cruce, contribuye a deteriorarla.
    Requisitos de Visibilidad
    El requisito de visibilidad para instalar la señal PARE o CEDA EL PASO es el siguiente:
    - Señal CEDA EL PASO
    Se construirá un triángulo definido por:
    i) Una línea "a" de 2,5 m. de largo, localizada a lo largo de la línea central de la calle no prioritaria, y que se desarrolla desde la continuación del borde de calzada más cercano de la vía prioritaria.
    ii) Una línea "Y", cuya longitud está dada por la tabla, localizada sobre el borde de la calzada más cercano de la calle prioritaria, a partir de su intersección con el eje central de la vía no prioritaria, y desarrollada en la dirección contraria al tránsito de esta vía.
    iii) Una línea recta que une los extremos de las líneas antes mencionadas si la vía prioritaria tuviere doble sentido del tránsito se deberá construir este triángulo separadamente para cada sentido del tránsito, debiéndose cumplir este criterio para los dos triángulos.
    iv) En la figura 2.4 se detalla la forma de medir y localizar las líneas antes mencionadas.
    v) Las distancias "Y" están definidas en el cuadro DISTANCIAS "Y' DE VISIBILIDAD EN INTERSECCIONES PRIORITARIAS
________________________________
VELOCIDAD LIMITE DISTANCIA
                  MINIMA DE
                  VISIBILIDAD "Y"
________________________________
  Km/hora
      80              152
      65              120
      50                90
      50                60 (*)
    (velocidad límite se entiende que es aquella en la que el 85% de una muestra de vehículos alcanza una velocidad igual o menor que ella.
    En consecuencia, se instalará la señal CEDA EL PASO cuando desde cualquier punto de la línea "a" se tenga visibilidad no interrumpida por tramos de más de un metro, sobre la línea "Y".
    - Señal PARE
    Esta señal se instalará cuando no se cumpla el criterio para instalar la señal "CEDA EL PASO".
    Cuando se determine instalar una señal PARE o CEDA EL PASO debe complementarse con la señal respectiva de Demarcación, que se describe en el Capítulo 3 Demarcaciones.
    Cuando los flujos que converjan en una intersección sean menores a 250 vehículos equivalentes por hora, se empleará solamente la demarcación de pavimento complementaria de la señal CEDA EL PASO. En principio ninguna intersección debiera quedar sin priorizar, con la excepción de calles sin salidas, pasajes u otras situaciones similares en vías de acceso, donde por las bajas velocidades de operación y los flujos casi nulos existentes, no se justifique ni aun la demarcación del cruce.
    2.2.1.1. Pare (R-1)
    Su propósito es ordenar al conductor que detenga completamente su vehículo y sólo reanudar la marcha cuando pueda hacerlo en condiciones que elimine totalmente la posibilidad de accidente.
    La señal "PARE" tiene la forma de un octágono regular, su dimensión es de 0.60 m entre lados paralelos, pudiéndose incrementar estas medidas cuando sea necesario, su color es rojo con letras blancas.
    - La leyenda inscrita es "PARE"
    Deberá ser colocada en el lugar inmediatamente próximo al punto en que los vehículos deban detenerse y permitir al conductor buena visibilidad de la otra vía.
    2.2.1.2. Ceda el Paso (R-2)
    Indica a los conductores que la enfrenten que deberán ceder el paso a los vehículos que circulan por la arteria a la cual se aproximan no teniendo necesidad de detenerse si en el flujo vehicular por dicha arteria existe un espacio suficiente para cruzarla o para incorporarse a éste.
    Color: Fondo blanco con orla roja. El ancho de laDS 66,TRANS.
1988, Art.
único, 1.-
orla deberá ser 1/10 del lado cuando hay una leyenda inscrita en el interior del triángulo y en caso contrario deberá ser 1/6 del lado.
    La leyenda es opcional en el interior del triángulo, de manera de explicar el significado de la señal. La que puede eliminarse a medida que el usuario vaya comprendiendo su propósito.
    Esta señal deberá ser instalada en todos los casos en que la visibilidad está restringida, aplicando el criterio de visibilidad antes descrito; también en rampas de accesos a vías expresas y autopistas en que no existan pistas de aceleración.
    2.2.1.3. Alto Niños (R-3)
    Su propósito es obligar al conductor a detener totalmente su vehículo, en el lugar donde enfrente a la señal, de modo de permitir el paso seguro de escolares.
    Esta señal será portátil y se usará frente a escuelas, por personal especialmente contratado o alumnos adiestrados en normas del tránsito.
    Su uso requiere la autorización previa de Carabineros de Chile. Debe complementarse con la señal ZONA DE ESCUELA.
    La señal tendrá un diámetro de 45 cm.
    Deberá tener un mango de 50 cm. de largo, que permita ser usada con facilidad.
    2.2.2. Señales de Prohibición
    2.2.2.1. De Maniobras y Virajes
    2.2.2.1.1. No Entrar (R-4)
    Esta señal prohíbe la continuación del movimiento directo del flujo vehicular que la enfrenta, es decir, más allá del punto en que aquella se encuentra instalada.
    Será instalada siempre de modo que el plano de su placa quede colocado perpendicularmente a la dirección del flujo vehicular que se desea que cambie de dirección. Se recomienda además que sea instalada en intersecciones en "Y" de ramas con sentidos únicos.
    2.2.2.1.2. No Virar Izquierda (R-5.a)
    Se empleará para indicar al conductor que no podrá virar a la izquierda en el punto donde se encuentra la señal. Normalmente su uso será mayor en arterias principales, pero no debe emplearse sin antes tomar las medidas del caso para permitir a los conductores realizar el giro a través de otro recorrido.
    No Virar Derecha (R-5.b)
    Se empleará para indicar al conductor que no podrá virar a la derecha en el punto donde se encuentra la señal. Dado que normalmente los giros a la derecha no representan problemas, su uso debe ser sumamente restringido, colocándose solamente donde existan problemas para el cruce de los peatones, o en zonas céntricas donde por razones de gestión de tránsito no se desee incrementar los flujos de la calle hacia la cual se vira.
    2.2.2.1.3. No Virar en U (R-6)
    Sirve para indicar al conductor que no podrá dar media vuelta (viraje en 180°).
    Se empleará en arterias cuando por los altos volúmenes vehiculares de la calzada de sentido contrario y el pequeño radio de giro, pueda ocasionar entorpecimiento a los flujos de tránsito o generar accidentes.
    2.2.2.1.4. No Adelantar (R-7) y No SobrepasarDS 66,TRANS.
1988, Art.
único, 2.-
(R-7a)
    La señal No adelantar será utilizada para indicar la prohibición de esta maniobra mediante la cual un vehículo se sitúa delante de otro y otros que le antecedan, traspasando el eje de la calzada. Esta señal rige para todo tipo de vehículos, y sirve para complementar la demarcación del eje de calzada con línea continua que indica no adelantar.
    La señal No Sobrepasar será utilizada para indicar la prohibición de efectuar la maniobra mediante la cual un vehículo pasa a otro u otros que circulan en el mismo sentido sin traspasar el eje de la calzada. Esta señal rige para todo tipo de vehículos y debe instalarse en aquellos lugares en que sea peligroso ejecutar esta maniobra o cuando razones de seguridad lo hagan necesario.
    2.2.2.1.5. No Cambiar de Pista (R-8)
    Será instalada para indicar al conductor que no podrá cambiar de la pista por la cual va circulando. Se debe usar muy ocasionalmente y sólo cuando existan razones extremadamente justificadas.
    Deberá ser usada con leyenda "NO CAMBIAR PISTA".
    2.2.2.2. De clase de Vehículos
    2.2.2.2.1. Prohibida Circulación de Vehículos de Carga (R-9)
    Esta señal se utilizará para indicar la prohibición en cuanto a circulación de vehículos de carga o de cierto tonelaje. La señal podría complementarse con una leyenda de manera de indicar el número de ejes, si el caso lo requiere. Debe proveerse normalmente una ruta alternativa, debidamente informada cuando se coloca esta prohibición. Es recomendable limitar en ciertas vías la entrada sólo en las horas de mayor congestión vehicular o peatonal o en los casos en que estos vehículos generen molestias a los residentes.
    2.2.2.2.2. Prohibida Circulación de Vehículos Motorizados (R-10)
    Se empleará para indicar la prohibición de circulación de vehículos motorizados.
    Su uso obviamente se restringirá a áreas peatonales y/o vías para vehículos de tracción animal y bicicletas. Puede también agregarse una leyenda explicando el horario y/o días en que la prohibición rige, a fin de aprovechar en mejor forma el uso de la vía.
    2.2.2.2.3. Prohibida Circulación de Buses (R-11)
    Esta señal indica la prohibición de circulación de buses y taxibuses.
    Su instalación requiere de proveer una ruta alternativa debidamente informada. Esta prohibición puede limitarse sólo a determinadas horas o días.
    2.2.2.2.4. Prohibida Circulación de Bicicletas (R-12)
    Se usará para indicar la prohibición de circulación de las bicicletas.
    Puede acompañarse de una leyenda que diga: "NO BICICLETAS". Se recomienda no usarla en ciudades medianas o pequeñas, porque en este tipo de ciudades, los vehículos de dos ruedas presentan mayores ventajas comparativas, que otros medios de transporte.
    2.2.2.2.5. Prohibida Circulación de Motocicletas (R-13)
    Indica la prohibición de circulación de los biciclos motorizados. Su instalación en ciudades medianas o pequeñas no es recomendable, debido a que este tipo de vehículos presenta mayores ventajas comparativas que otros medios de transporte. Al colocarla con leyenda, ésta será: "NO MOTOCICLETAS".
    2.2.2.2.6. Prohibida Circulación de Maquinaria Agrícola (R-14)
    Se usará para indicar que está prohibido el tránsito de maquinaria agrícola.
    Esta señal será opcional y deberá ser usada en casos especiales, de áreas residenciales, hospitales o zonas céntricas de mucha congestión, donde ese tipo de vehículos genere muchas molestias.
    Sin embargo, es preferible en estos casos colocar las restricciones de entrada y/o circulación con un horario.
    2.2.2.2.7. Prohibida Circulación de Vehículos de Tracción Animal (R-15)
    Esta señal será empleada para indicar que está prohibida la circulación de toda clase de vehículos de tracción animal. Es recomendable usarla siempre en la red de vías principales, y en ciudades grandes en toda la red vial (principales y secundarias).
    2.2.2.2.8. Prohibida Circulación de Carros de Mano (R-16)
    Esta señal será empleada para indicar que está prohibida la circulación de toda clase de vehículos a tracción humana.
    Es recomendable usarla siempre en la red de vías principales, y en ciudades grandes en toda la red vial (principales y secundarias).
    2.2.2.3. Otras Prohibiciones
    2.2.2.3.1. Silencio (R-17)
    Se utilizará para prohibir el uso de aparatos sonoros o la generación de niveles altos de ruidos por medio de aceleraciones bruscas o motocicletas a alta velocidad, frente a hospitales, clínicas, colegios, bibliotecas y/o recintos que requieran de silencio.
    Debe acompañarse de la leyenda: SILENCIO.
    2.2.2.3.2. Prohibido Estacionar (R.-18.a y b)
NOTA:  1
    Se usará para indicar la prohibición de estacionar.
NOTA:  2
    El alcance de esta prohibición puede ser limitado por una leyenda, la cual irá inmediatamente debajo del símbolo especificando días de la semana, horas del día, etc.
    Cuando por circunstancias especiales se desee autorizar un estacionamiento exclusivo, se empleará la misma señal sin la diagonal y con una leyenda especificando claramente a quién se autoriza, por ejemplo: Embajada de Japón, sólo vehículos de impedidos (R-18b).
    2.2.2.3.3. Prohibido Estacionar ni Detenerse (R-19)
    Se empleará para indicar la prohibición de estacionarse o detenerse. La señal deberá llevar la siguiente leyenda: "NO ESTACIONAR NI DETENERSE".
    2.2.2.3.4. No Peatones (R-20)
    Se empleará para indicar a los peatones la prohibición de atravesar o circular por la vía. En zonas urbanas su uso es escaso, y sólo en zonas rurales se utilizará más frecuentemente.
    En zonas donde exista simultáneamente congestión peatonal y vehicular es preferible el uso de otros dispositivos que impidan el paso de peatones.
    2.2.3. Señales de Restricción
    2.2.3.1. Velocidad Máxima (R-21 a)
    Será utilizada para indicar la velocidad máxima a la que los vehículos podrán circular.
    Se empleará para indicar un aumento o una disminuciónDTO 186, TRANSPORTES
Art. 1°, a)
D.O. 28.02.2000
en el límite de velocidad establecido por la Ley de Tránsito. Su instalación requiere de un estudio previo de la vía o parte de ella en la cual se utilice, el cual se elaborará conforme a los criterios contenidos en el Capítulo VIII: ''Definición de Velocidades Máximas.
    La limitación de velocidad no es el único medio para disminuir los accidentes del tránsito, por lo tanto, el uso de limites de velocidad que van a ser sobrepasados permanentemente por los conductores, ya sea porque el diseño de la vía o las condiciones operacionales del tránsito lo permiten, no es aconsejable.
    Los límites de velocidad que se establezcanDTO 186, TRANSPORTES
Art. 1°, b)
D.O. 28.02.2000
deberán ser expresados en múltiplos de 10 km/h.

    2.2.3.2. Velocidad Mínima (R-21 b)
    Se utilizará para reglamentar la velocidad mínima de circulación e impedir que se conduzca un vehículo a una velocidad tan baja que impida el desplazamiento normal y adecuado de ésta.
    Para el caso de vías de varias pistas en las cuales existen diferentes reglamentaciones de velocidad, podrá colocarse una placa sobre cada pista indicando la velocidad mínima, por medio de leyenda colgante.
    2.2.3.3. Circulación en Ambos Sentidos (R-22)
    Será usada para indicar a los conductores de vehículos que están circulando por una vía de un sentido y que a partir de la señal, dicha vía se transforma en una arteria de dos sentidos de tránsito.
    2.2.3.4. Peso Máximo Permitido (R-23)
    Será empleada para reglamentar la circulación de vehículos con respecto a su peso total máximo permitido en toneladas.
    Se instalará en lugares tales como puentes o viaductos, con la debida anticipación. A distancia prudente se debe instalar la señalización informativa que indique la ruta alternativa para los vehículos que estén incluidos en la restricción señalada.
    2.2.3.5. Peso Máximo por Eje (R-24)
    Se empleará para indicar la prohibición de circulación de vehículos con un peso superior a "X" toneladas por eje. Su uso es apropiado principalmente para caminos y/u obras de arte civiles que exijan una limitación como la anterior.
    2.2.3.6. Altura Máxima (R-25)
    Se instalará para indicar la altura máxima que permite un túnel, puente, paso a desnivel u otros obstáculos.
    Se deberá advertir a los conductores de la existencia de esta restricción para indicar la ruta alternativa, en lo posible para aquellos vehículos que se incluyan en la restricción señalada.
    2.2.3.7. Ancho Máximo (R-26)
    Será empleada para señalar el ancho máximo que permite un puente, túnel y caminos o calles que no soporten anchos mayores. Se deberá advertir previamente a los conductores de la existencia de esta restricción para indicar la ruta alternativa, en lo posible para aquellos vehículos que se incluyan en la restricción señalada.
    2.2.3.8. Largo Máximo Permitido (R-27)
    Se utilizará para regular la circulación de vehículos de un largo superior a "X" metros. Se empleará cuando, por los anchos de las vías y los pequeños radios de curvatura en los cruces o curvas, no sea posible a los vehículos pasar sin causar grandes entorpecimientos a la circulación.
    2.2.3.9. Fin Prohibiciones o Restricciones (R-28)
    Indica a los conductores el término de una prohibición o restricción previamente establecida.
    Deberá acompañarse de la siguiente leyenda "FIN

NOTA:  1
    El artículo 1° del Decreto Supremo N° 226, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el "Diario Oficial de 26 de noviembre de 1992, ordenó reemplazar la señal mediante la cual se autoriza el estacionamiento exclusivo para vehículos de impedidos, por la que señala.
NOTA:  2
    El artículo 2° del Decreto Supremo N° 226, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el "Diario Oficial" de 16 de noviembre de 1992, dispuso su vigencia transcurridos 60 días de su publicación en el Diario Oficial.
RESTRICCION".
    2.2.4. Señales de Obligación
    2.2.4.1. Tránsito en un Sentido (R-29.a)
    Será utilizada para indicar el sentido del tránsito en una vía. Se podrá adicionar lateralmente a esta señal, otra placa que informe el nombre y numeración de la calle o vía.
    Igualmente se podrá instalar, para uso deDTO 171, TRANSPORTES
Nº 1
D.O. 07.01.2000
personas no videntes, en el poste de la señal una placa metálica de las características que se especifican a continuación, conteniendo información sobre los nombres y numeración de las calles o vías comprendidas en la intersección y una indicación con los 4 puntos cardinales.
    Esta placa deberá cumplir con las siguientes características:

-    Estar construida en acero del tipo 10.20, de 1.2 mm. de espesor, de color negro, y no presentar aristas vivas ni superficies abrasivas que pongan en riesgo la seguridad de los peatones.
-    Poseer como dimensiones 254 mm. de alto por 70 mm. de ancho.
-    Contar con un riel que permita la colocación de una mica de polietileno de alto impacto y transparente, de 190 mm. de alto por 67 mm. de ancho por 0.5 mm. de espesor, la que contendrá grabada en relieve, en sistema Braile, la información de ubicación ya mencionada.
-    Llevar impresa la leyenda SEÑALIZACION PARA CIEGOS, el  logotipo de FONADIS y la mención a  la ley Nº 19.284. Adicionalmente, y a partir de la cota 79 mm. medida desde el borde superior de la placa, se podrá exhibir un mensaje cualquiera (texto y/o imágenes) definido por el municipio, en cuyo territorio se ubica la señal. El espacio para este mensaje no podrá exceder los 130 mm. de alto, y podrá extenderse a todo lo ancho de la placa.
-    Estar debidamente remachada e instalada a una altura de 150 cm. medidos desde el suelo hasta el borde inferior de la placa, de tal forma que el mensaje en Braile enfrente hacia el interior de la acera, y su disposición sea paralela a la calle o vía que se menciona en primer lugar en dicho mensaje.
    2.2.4.2. Tránsito en Ambos Sentidos (R-29.b)
    Se empleará para indicar dos sentidos de tránsito en una calle o vía. Se podrá adicionar lateralmente a esta señal, otra placa que informe el nombre y numeración de la calle o vía.
    También en el poste de esta señal se podráDTO 171, TRANSPORTES
Nº 2
D.O. 07.01.2000
instalar, para el uso de personas no videntes, una placa metálica con la información y de las características establecidas en el punto 2.2.4.1 anterior.
    2.2.4.3. Mantenga su Derecha (R-30)
    Se instalará para indicar a los conductores que deben circular por la derecha, a fin de dejar libre las pistas de la izquierda para facilitar los adelantamientos.
    Su uso será más frecuente en zonas rurales que urbanas.
    2.2.4.4. Dirección Obligada (R-31)
    Será utilizada para señalar a los conductores de vehículos la obligación de no circular en otra dirección que no sea indicada por la flecha o de transitar la calle o desvío indicado.
    Se recomienda acompañarla con la leyenda "DIRECCION OBLIGADA".
    La posición de la flecha apuntando hacia arriba podrá emplearse cuando se requiera reforzar la autorización de que se puede continuar de frente.
    2.2.4.5. Preferencia al sentido contrario (R-32)
    Será utilizada para indicar a los conductores que los vehículos que circulan en sentido opuesto tienen prioridad. Se instalará en puentes estrechos, angostamiento de calzadas, etc.
    La leyenda será "PREFERENCIA AL SENTIDO CONTRARIO".
    2.2.4.6. Tránsito de Peatones (R-33)
    Será usada para indicar a los peatones que deberán caminar enfrentando el tránsito vehicular. Su empleo en zonas urbanas no se recomienda. En caso de ser necesaria una leyenda, ésta deberá ser: "CAMINE POR SU IZQUIERDA".
    2.2.4.7. Paso Obligado (R-34)
    Se usará para indicar a los conductores que deberán continuar circulando por el lado de la calzada indicado por la punta de la flecha. Se instalará en obstáculos fijos tales como islas de canalización, y a una altura de no más de 1 metro sobre la vía, frente al flujo que se quiere desviar. No deberá instalarse en intersecciones rotatorias.
    2.2.4.8. Control (R-35)
    Indica a los conductores la existencia de un punto de control de cualquier naturaleza. Se instalará cuando es obligatoria la detención de los vehículos. Tales como: Aduana, fitosanitario, Carabineros, etc.
    La leyenda estará de acuerdo al tipo de control y/o tipo de vehículo a ser controlado.
    2.2.4.9. Uso Obligatorio de Cadenas (R-36)
    Indica a los conductores que circulan por la vía, que a partir de esa señal es obligatorio el uso de cadenas adecuadas para los neumáticos del vehículo.
    La señal deberá ser removible a objeto de trasladarla al lugar en el cual sea necesario colocar las cadenas. Además, es imprescindible prevenir de esta obligación con la debida anticipación. La leyenda será "USO OBLIGATORIO CADENAS".
    2.2.5. Señales de Autorización
    2.2.5.1. Estacionamiento Permitido (R-37)
    Se usará para indicar a los conductores, de un lugar en que está autorizado estacionar.
    2.2.5.2. PERMITIDO VIRAR EN "U" (R-38)
    Será utilizada para indicar a los conductores que está permitido el viraje en U.
    No debe usarse indiscriminadamente; sólo se instalará cuando el diseño de la vía permita esta maniobra, considerando las disposiciones que la Ley del Tránsito establece.
    2.2.5.3. Permitido Virar Izquierda (R-39 a)
    Se empleará para indicar a los conductores de vehículos que está permitido el viraje hacia la izquierda. Se podrá limitar esta maniobra para algún tipo de vehículo y, en tal caso, se deberá colocar la leyenda respectiva.
    2.2.5.4. Permitido Virar Derecha (R-39 b)
    Se usará para indicar a los conductores de vehículos que está permitido el viraje hacia la derecha.
    Se podrá limitar esta maniobra para algún tipo de vehículo; en tal caso, se deberá colocar la leyenda respectiva.
    2.2.5.5. Sólo Bicicletas (R-40)
    Indica que una pista o vía según corresponda es exclusiva para la circulación de bicicletas; en tal caso la señal deberá ser circular, con fondo de color azul y la bicicleta color blanco.
    2.3. SEÑALES PREVENTIVAS
    Las señales preventivas, llamadas también de advertencia de peligro, tienen como propósito advertir a los usuarios la existencia de riesgos y/o situaciones imprevistas en la vía de carácter permanente o temporal e indicarles su naturaleza.
    Estas señales requieren que los conductores tomen las precauciones del caso ya sea reduciendo la velocidad o realizando maniobras necesarias para su propia seguridad, la del resto de los vehículos y las de los peatones.
    El uso de estas señales es de gran importancia para los conductores. Sin embargo, su empleo debe reducirse al mínimo posible, porque el uso innecesario de ellas para prevenir peligros aparentes tiende a disminuir el respeto y obediencia de estas señales.
    Para efecto de este Manual las Señales Preventivas se han dividido en cuatro grupos, de acuerdo a los riesgos que previenen:
    - Por diseño de la vía
    - Por irregularidades físicas de la vía
    - Generales en la vía
    - Otros.
    Características:
    i) Forma
    Las señales preventivas deberán tener la forma de un cuadrado con una de las diagonales colocado verticalmente.
    ii) Dimensiones
    Las dimensiones para las señales preventivas son las siguientes:
    Zona Urbana: Lado del cuadrado 60 cm.
    Zona Rural: Lado del cuadrado 75 cm.
    Las dimensiones de la orla serán:
    Zona Urbana: 1,5 cm.
    Zona Rural: 2,0 cm.
    iii) Colores
    Los colores de las señales preventivas son:
    Fondo: Amarillo
    Símbolo: Negro
    Orla: Negra
    iv) Ubicación
    Las señales preventivas deberán ser colocadas de tal manera que aseguren su mayor eficacia, tanto de día como de noche, para lo cual es necesario que se utilice material reflectante en la totalidad de las señales.
    Las señales deberán ser colocadas aproximadamente en un ángulo recto, con respecto al sentido del tránsito que enfrenta. Las distancias longitudinales a las que se deben colocar las señales preventivas deben ser proporcionales a la velocidad de operación de la vía y dependerán del tipo de maniobra que se desee que realice el vehículo.
    En todo caso, nunca deberá ser menor de 50 m. con respecto al obstáculo, imprevisto o problema del que se quiere prevenir al conductor.
    La distancia mínima de colocación de la señal, con relación al borde de la vía y a la altura de la señal se describen en la Fig. (2.5, 2.6 y 2.7)
    Zona Urbana:
    La distancia entre la proyección vertical del borde más externo de la placa y el borde de la calzada y/o solera debe ser de 30 cm. en horizontal.
    La altura debe ser de 2,00 m, desde la acera al punto más bajo de la placa misma.
    Zona Rural:
    La distancia entre el borde de la pista más próxima y la proyección vertical del borde de la placa más próximo a la vía, será de 1,20 m., en aquellos casos en que no exista berma. Si existe berma esta distancia debe ser de 50 cm. entre el borde de la placa más próximo a la vía y el borde derecho de la berma.
    En ambos casos, la altura entre la calzada y el punto más bajo de la placa deberá ser como mínimo 1.20 m. y como máximo 1.50 m.
    2.3.1. Riesgos por Diseño de la Vía
    2.3.1.1. Curva (P-1)
    Se colocará para prevenir la proximidad de una curva cuya velocidad de diseño es homogénea con la velocidad de operación en la vía, pero pueden encontrarse problemas de visibilidad que obliguen a poner más atención en la conducción.
    2.3.1.2. Curva Cerrada (P-2)
    Será utilizada para prevenir la proximidad de una curva más acentuada que la anterior y cuya velocidad de diseño en la curva es sustancialmente menor a la velocidad de operación de la vía, por lo tanto obliga al conductor a poner más atención y disminuir la velocidad.
    2.3.1.3. Zona de Curvas (P-3)
    Será utilizada para prevenir la proximidad de una zona que existan más de dos curvas consecutivas.
    2.3.1.4. Curva y Contracurva (P-4)
    Se usará para prevenir la proximidad de una curva y contracurva no cerradas.
    2.3.1.5. Curva y Contracurva Cerrada (P-5)
    Se empleará para prevenir la proximidad de una curva y una contracurva cerrada.
    2.3.1.6. Pendiente Fuerte (P-6)
    Se utilizará para prevenir pendientes ya sea de subida o de bajada. Esta señal puede complementarse con una placa que contenga el porcentaje de dicha pendiente, expresado en números enteros.
    Las condiciones mínimas están indicadas en la Tabla.
______________________________________
Pendiente                Largo (Mts.)
______________________________________
    6%                  500 o más
    7%                  300 o más
    8%                  200 o más
    9%                  150 o más
    10%                  130 o más
    11%                  120 o más
__________________________________
    2.3.1.7. Angostamiento (P-7 a y b)
    - Angostamiento de la vía a ambos lados (a)
    Será utilizada para prevenir la proximidad de un angostamiento de la vía a ambos lados.
    - Angostamiento de la vía a un lado (b)
    Se colocará para señalar la proximidad de un angostamiento de la vía sólo a un lado.
    2.3.1.8. Puente Angosto (P-8)
    Se instalará para indicar la proximidad de un puente angosto en la vía, cuyo diseño afecta el comportamiento de los conductores.
    2.3.1.9. Ensanchamiento de la Vía a Ambos Lados (P-9)
    Será utilizada para prevenir al conductor de un ensanche y/o doble pista en la ruta. Deberá usarse de preferencia en caminos y sectores rurales.
    2.3.1.10. Dos Sentidos de Tránsito (P-10)
    Será utilizada para indicar dos sentidos de tránsito en vías cuyo sentido inicial es único y se transforma en vía de dos sentidos más adelante.
    2.3.1.11. Altura Máxima (P-11)
    Se usará para indicar la proximidad de una restricción de altura.
    2.3.1.12. Ancho Máximo (P-12)
    Se usará para indicar la proximidad de una restricción de ancho.
    2.3.2. Riesgos por Irregularidades Físicas de la Vía.
    2.3.2.1. Resalto (P-13 a y b)
    - Resalto Simple (a)
    Se usará para advertir de la proximidad de una protuberancia en la superficie de la vía de naturaleza tal que obligue a tomar precauciones.
    - Resaltos Sucesivos (b)
    Será utilizada para prevenir la proximidad de 2 o más resaltos sucesivos en la vía.
    2.3.2.2. Baden (P-14)
    Se colocará para señalar la proximidad de una irregularidad física de tipo cóncavo en la superficie de la vía que pueda representar riesgos para la conducción y obligue a tomar precauciones.
    2.3.3. Riesgos Generales en la Vía
    2.3.3.1. Proximidad Rotonda (P-15)
    Será instalada para prevenir de la proximidad de una intersección rotatoria y por lo cual debe reducirse velocidad y ceder el paso al ingresar a la misma.
    2.3.3.2. Cruces (P-16)
    Se colocará para indicar la proximidad de intersecciones perpendiculares.
    Los anchos de los trazos del símbolo dependerán de la importancia de las vías.
    2.3.3.3. Empalme Lateral (P-17)
    Será utilizada para prevenir la proximidad de una intersección perpendicular con una vía ya sea de mayor o menor importancia, dependiendo de esto el ancho de los trazos del símbolo.
    2.3.3.4. Bifurcaciones (P-18 a y b)
    - Bifurcación en "T" (a)
    Se instalará para precaver de la proximidad de una bifurcación en "T". Se emplea sobre la vía representada por el trazo vertical y no sobre la otra. Normalmente irá acompañado de una señal de prioridad en la intersección PARE o CEDA EL PASO.
    - Bifurcación en "Y" (b)
    Se usará para señalar la proximidad de una bifurcación en "Y".
    2.3.3.5. Empalmes Contrarios Sucesivos (P-19)
    Se usarán para prevenir la proximidad de dos o más intersecciones contrarias sucesivas.
    2.3.3.6. Flujo Convergente (P-20)
    Se emplearán dos señales: una para indicar a los conductores de la vía principal que se les incorporará lateralmente otro flujo, y otra para prevenir a los conductores de la vía secundaria, que se encontrarán en situación de unirse al tránsito de una vía principal.
    Normalmente la vía secundaria exigirá el uso de una señal de prioridad PARE o CEDA EL PASO.
    2.3.3.7. Ciclistas en la Vía (P-21)
    Se usará para advertir la presencia de ciclistas circulando por la vía. En ciudades medianas, donde se incentivará el empleo de bicicletas esta señal debe tener bastante uso.
    2.3.3.8. Maquinaria Agrícola (P-22)
    Será colocada para precaver de la presencia de maquinaria agrícola en la vía, cuya lenta circulación o diseño inusual puede ser motivo de peligro y aconseja conducir con cuidado.
    2.3.3.9. Carretelas en la Vía (P-23)
    Se utilizará para prevenir a los conductores de la presencia de carretas de tracción animal en la vía, su lenta circulación y poca visibilidad nocturna pueden dar motivos de peligros.
    2.3.3.10. Animales en la Vía (P-24)
    Se usará para alertar a los conductores de vehículos de la posible presencia de animales en la vía, sean domésticos o de ganado. No debe hacerse uso indiscriminado de la señal.
    2.3.3.11. Animales Indómitos (P-25)
    Se empleará para precaver a los conductores de vehículos de la posible presencia de animales indómitos en la vía, su uso se justifica sólo en zonas en donde realmente exista. Con posibilidad de ser un riesgo para la conducción.
    2.3.3.12. Cruce de Peatones (P-26)
    Señal para prevenir al conductor de un cruce peatonal, salvo cuando hay semáforos siempre el peatón tendrá la preferencia.
    Deberá colocarse cuando el flujo de peatones sea significativo.
    2.3.3.13. Zona de Escuela (P-27)
    Se usará para indicar a los conductores la posible presencia de escolares en la vía, generalmente debe colocarse en la proximidad a recintos escolares, obliga a los conductores a bajar velocidad y acentuar precauciones en la conducción, puede complementarse con: Durante el día y meses de escolaridad.
    2.3.3.14. Niños Jugando (P-28)
    Señal para prevenir al conductor sobre la posible presencia de niños jugando en las proximidades a la vía, ante lo cual éste deberá disminuir su velocidad, por el peligro potencial que ello representa. Esta señal no debe usarse indiscriminadamente, y se debe instalar con extrema cautela, sabiendo que la seguridad de los niños no puede asegurarse con señales solamente; sino sobre muchas otras medidas complementarias.
    2.3.3.15. Cruce Ferroviario (P-29)
    Será utilizada para alertar a los conductores de la proximidad de un cruce ferroviario. En el lugar mismo del cruce debe complementarse con una señal "PARE". Es obligatorio colocar tanto la advertencia como las señales reglamentarias en el lugar.
    2.3.3.16. Cruz de San Andrés (P-30)
    Es una señal complementaria a la señal de cruce ferroviario, deberá ser instalada lo más cerca posible de la línea férrea.
    2.3.4. Otros Riesgos
    2.3.4.1. Proximidad de Semáforo (P-31)
    Se instalará para señalar la proximidad de semáforo; su uso se justificará en aquellos casos en que exista una vía de alta velocidad o que la falta de visibilidad hiciera necesario dicha prevención.
    2.3.4.2. Zona de Derrumbes (P-32)
    Será utilizada para prevenir la proximidad de zonas de derrumbes o rodados, con desprendimiento de materiales hacia el camino y su posible presencia en la vía. El símbolo puede invertirse según el costado que presente riesgo.
    2.3.4.3. Pavimento Resbaladizo (P-33)
    Se instalará para indicar la existencia de pavimento resbaladizo; en aquellos casos en que la pérdida de roce se deba a la presencia de aguas lluvias o hielo, esta señal puede ser complementada con una placa que señale "Sólo con lluvia" o "Sólo con hielo".
    2.3.4.4. Proyección de Gravilla (P-34)
    Se empleará para prevenir la presencia de grava o material suelto, que puede ser proyectada dañando a terceros, deberá reducirse la velocidad y/o aumentar separaciones de vehículos.
    2.3.4.5. Proximidad de Cables de Alta Tensión (P-35)
    Se instalará para alertar la proximidad de un cable de alta tensión.
    Esta señal debe complementarse con una placa que indique la altura máxima que puede tener el vehículo de manera de no correr peligro.
    No cualquier cable de alta tensión exige la instalación de esta señal, sino aquellos que por cercanías a aeropuertos o viaductos toman alturas bajas, susceptible de constituir un peligro.
    2.3.4.6. Proximidad de señal "Pare" o "Ceda el Paso"DTO 32,TRANSPORTES
Art. Unico
1987
(P.36 a y b)
    Se utilizarán estas señales para indicar la proximidad de una señal PARE o CEDA EL PASO; su uso se justificará en aquellos casos en que la falta de visibilidad ya sea temporal o permanente, haga necesaria dicha prevención.
    2.3.4.7. Proximidad de Túnel (P-37)
    Será usada para advertir sobre la proximidad de un túnel.
    2.3.4.8. Existencia Ribera sin Protección (P-38)
    (P-38)
    Se usará para prevenir la proximidad de un río, muelles o malecones ya sea en la continuación de la línea recta de la vía o en sus proximidades. No es de gran uso y normalmente se deberán tomar otras medidas para hacer innecesaria esta señal.
    2.3.4.9. Vuelos Bajos (P-39)
    Se empleará en las proximidades a los aeropuertos y/o aeródromos. Cuando la vía cruce el eje de despegue o aterrizaje y/o se presume la existencia de aviones volando bajo sobre la vía
    2.3.4.10. Viento Lateral (P-40)
    Se utilizará para indicar la existencia de vientos laterales fuertes. Su uso se restringe a zonas en las cuales se genera esta situación con frecuencia.
    2.3.5. Señales Especiales
    2.3.5.1. Barreras (P-41)
    Se utilizará para indicar una desviación transitoria de la vía. Las flechas irán según el sentido del desvío.
    2.3.5.2. Peligro (P-42)
    Se usará para indicar la existencia de un peligro no susceptible de ser prevenido mediante señales convencionales.
    Podrá acompañarse de una leyenda que indique la distancia. Es una señal transitoria.

    2.4. SEÑALES INFORMATIVAS
    Las señales informativas tienen como propósito ayudar a los conductores en su desplazamiento por la vía que les permita llegar a su destino de la manera más simple y directa posible.
    Las señales informativas menos empleadas y más necesarias son aquellas que permiten indicar los lugares de importancia o alcanzar las vías de salida de la ciudad o barrios suburbanos.
    Los lugares más significativos en una ciudad entre otros son:
    - Centro o Plaza de Armas
    - Hospitales
    - Estadios
    - Cementerios
    - Ciudad Universitaria o Universidades
    - Sitios históricos
    - Sectores de atracción turística
    - etc.
    En cuanto a las salidas es importante informar sobre:
    - Accesos a Carretera Longitudinal o Panamericana
    - Caminos de salida e ingreso
    - Puentes, Obras de Arte
    - Barrios suburbanos
    En general, la red primaria debe estar señalizada donde corresponda, a fin de llegar a los puntos de destino.
    Se recomienda, dependiendo de la importancia de la ciudad, que tambien exista señalización informativa sobre las vías secundarias.
    Los lugares apropiados para instalar una señal son a la entrada y salida de la ciudad, y en aquellos puntos en que se deben tomar decisiones por parte de los conductores, a fin de facilitar el acceso a los lugares de destino. En las entradas de las ciudades los letreros serán de mayor tamaño y a medida que se internen por la vía primaria, la información respectiva se entregará en forma más sencilla.
    En los sectores suburbanos y rurales debe colocarse señalización informativa antes de las bifurcaciones, a fin de que puedan tomar las decisiones a tiempo, y en las cercanías de lugares de atracción y/o servicios, según corresponda.
    i) Clasificación
    Las señales informativas se clasifican en:
    - De ruta y destino
    - De servicio
    - Complementarias
    ii) Forma y Dimensiones
    Salvo las señales VIA PANAM y de numeración de caminos, las señales informativas tienen forma rectangular. Las dimensiones recomendadas según la menor o mayor necesidad de superficie informativa se incluyen en la tabla siguiente:
_____________________________________________
Ancho  Largo  Orla    Distancia entre
(mt.)  (mt.)  (cm.)    borde placa
                        y orla (cm.)
_____________________________________________
  0,45  0,45    2            2
  0,45  0,60    2            2
  0,60  0,60    2            2
  0,60  0,80    2            2
  0,75  0,75    2            2
  0,75  1,00    2            2
  0,90  0,90    3            3
  0,90  1,20    3            3
  1,05  1,05    3            3
  1,05  1,40    3            3
  1,20  1,20    4            4
  1,20  1,60    4            4
  1,50  1,50    4            4
  1,50  2,00    4            4
  1,80  1,80    5            5
  1,80  2,40    5            5
  2,25  2,25    6            6
  2,25  3,00    6            6
__________________________________
    NOTA:
    1) El ancho o largo se podrá usar como Base, según necesidades del caso.
    2) Otras dimensiones podrán ser utilizadas en casos especiales, donde la información requiere superficies mayores.
    3) El radio de los vértices de las placas será de 4 cm.
    iii) Colores
    Los colores dependerán de la clasificación descrita en el punto i), los que se especificarán para cada situación. En todo caso, las señales tendrán que ser "reflectantes", de manera que aseguren una buena visibilidad durante la noche.
    iv) Ubicación
    Las señales deberán ser colocadas en un punto tal que aseguren su total visibilidad tanto de noche como de día, y de acuerdo a las condiciones particulares de cada vía. La distancia mínima de colocación con relación al borde de la pista y la altura es la siguiente:
    - Zona urbana:
    La distancia mínima entre el borde de la pista más próxima y la proyección vertical del borde más próximo de la placa deberá ser de 0,30 metros.
    La altura mínima para este tipo de señales será de 2,20 metros a partir del nivel de la vía al borde inferior de la placa.
    - Zona Rural:
    La distancia mínima entre el borde de la pista más cercana y la proyección vertical del borde más próximo de la placa, deberá ser de 1,20 metro en caso de no existir berma en el lugar de colocación; en caso contrario, esta distancia mínima deberá ser de 50 cm. desde la berma.
    La altura mínima para este tipo de señales deberá ser 1,20 m. a partir del nivel de la calzada y el borde inferior de la placa. En caso que la instalación sea especial sobre la pista en circulación, la altura mínima deberá ser de 4,60 metros. Si hay elementos estructurales de menos altura, en la calle o camino en cuestión, lo que representa restricciones de altura a los vehículos que circulan, se puede colocar señalización colgante sobre la vía a una altura no menor de 30 centímetros más alta que el obstáculo o elemento estructural condicionante.
    v) Dimensiones de diseño Las dimensiones que se entregan en las figuras de este sub-capítulo, están todas en metros. Se señala la dimensión más usual en los anexos; otras dimensiones posibles, que dependerán de la magnitud de la velocidad de operación de la vía y de las condiciones de visibilidad del entorno, están expresadas en los mismos anexos.
    2.4.1. Señales de Ruta y Destino
    Estas señales tienen por objeto informar a los usuarios sobre rutas y destinos de localidades o puntos intermedios, con o sin indicación de distancias o flechas direccionales.
- Color:                  Los colores empleados
                            para este tipo de
                            señales son los
                            siguientes:
Tipo (A)                  Fondo: Verde
                            Letras y símbolos:
                            blancos
Tipo (B)                  Fondo: Blanco
                            Letras y símbolos:
                            negros
    2.4.1.1. Escudo Vía Panam (1-1)
    Será utilizada para identificar la Carretera Panamericana. Sus colores corresponden al tipo (B), a excepción de la leyenda VIA PANAM que será de color amarillo.
    2.4.1.2. Escudo Numeración de Caminos (1-2)
    Se utilizará para indicar el número característico de la vía, de acuerdo a la numeración oficial establecida por ley. Color tipo (A)
    2.4.1.3. Desvíos
    - Desvío perpendicular a un costado.
    Será instalada para indicar la intesección con una vía perpendicular, debiéndose colocar el nombre de la ruta o ciudad importante más próximas, en ambos sentidos. Color tipo (A).
    Desvío diagonal a un costado. Similar a la anterior, pero con una intersección diagonal de importancia, también permite variante.
    Dos desvíos diagonales sucesivos. Una intersección diagonal, pero de menor importancia a la de la vía por la cual se circula, color tipo (A).
    Desvíos perpendiculares a ambos costados de la vía.
    Será empleada para indicar una intersección perpendicular a ambos costados de la vía. Se deberá indicar en todas las ramas, la pista o la ciudad más próxima. El espesor de los símbolos deberá ir de acuerdo con la importancia de la vía en la intersección. Color tipo (A).
    - Desvíos perpendiculares y diagonales.
    Se utilizará para informar sobre distintos tipos de desvíos, dando el espesor de acuerdo con la importancia de cada rama. Asimismo, se deberá indicar para cada sentido el nombre de la ruta o ciudad más próximas. Color tipo (A).
    2.4.1.4. Señales de Destino
    Se instalará para indicar a los usuarios la dirección de los destinos relevantes. Admite variantes para ser instalada sobre la vía en puente. Color tipo (A)
    2.4.1.5. Señales Informativas de Distancia
    Serán utilizadas para informar sobre las distancias desde el punto de colocación de la señal a los diferentes destinos. Normalmente, deberán colocarse antes de la intersección de manera de no ocasionar confusión. Color tipo (B)
    2.4.1.6. Uso de pistas y destino
    Se usarán para indicar los destinos que tienen las pistas en la vía. Color tipo (A).
    2.4.2. Señales de Servicio y de Atractivo Turístico.DS 265,Trans
1995, Art.
único
    2.4.2.1. Transbordador (1-3)
    Indica la exixtencia de un servicio de transbordadores en la cercanía.
NOTA:  3
    2.4.2.2. Servicios para el Usuario (1-4 a y b)
    Estas señales se usarán para informar a los usuarios de los servicios que se encuentran próximos a la vía o en la cercanía. Tales como estación de servicio, teléfono, camping, lugares de recreación, hotel, restaurante, primeros auxilios, etc. Los colores de las señales de servicios serán los siguientes:
    Fondo: Azul
    Símbolo: Negro
    Letras y cuadrado interior: Blanco.
    Se recomienda indicar la distancia y/o dirección del servicio que se hace referencia en el espacio inferior de la placa destinada para tal efecto.
    2.4.3. Señales Complementarias
    2.4.3.1. Rutas con restricciones
    Estas señales se utilizarán para indicar rutas, una de las cuales presenta una restricción del tipo NO ENTRAR, PROHIBIDO TRANSITO DE CAMIONES, DE BUSES, etc.
    Dicha restricción se indicará mediante símbolo oficial establecido en este Manual y se colocará en el trazo que señala la ruta sujeta a restricción. A efecto de facilitar la comprensión de esta señal. Sólo se permite indicar UNA RESTRICCION por placa.
    Fondo: Verde
    Leyenda: blanca
    2.4.3.2. Parada Buses (1-5)
    Esta señal informa de un lugar destinado exclusivamente para la detención de buses que están autorizados para tomar o dejar pasajeros.
    Fondo: Azul
    Símbolo: Negro
    Letra y cuadrado interior:
    Blanco
    Su leyenda será "PARADA".
    No obstante, en los casos de implementación deDS 69,TRANS.
1993
sistemas de paradas diferidas, o cuando sea necesario señalizar diversas alternativas de servicios de tranporte público de pasajeros, podrá utilizarse una señalización especial para dichos efectos, la que deberá ser aprobada, mediante resolución, por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    2.4.3.3. Preseñalización
    Se usará para indicar la ruta que deben seguir los usuarios de la vía debido a una restricción de viraje en la intersección siguiente.
    Las señales pueden emplearse en todo tipo de vías, cualquiera sea su importancia.
    La restricción se deberá informar en la misma placa o en una placa adicional que se ubicará sobre la señal de preseñalización. Dicha restricción deberá ser de símbolo oficial que establece este Manual.
    Fondo: Blanco
    Símbolo y leyenda: Negro
    2.4.3.4. Significado próxima señalización
    Esta señal se instalará a fin de informar a los conductores sobre la señalización de flujos reversibles o de uso de pista.
    Fondo: Blanco
    Símbolo y leyendas: Negro
    2.4.3.5. Pista SOLO BUSES
    Esta señal informa de la proximidad de pistas exclusivas para buses.
    Debe ser instalada de manera de indicar con la suficiente anticipación el inicio de tal modalidad.
    Fondo: Azul
    Símbolo: Blanco
    2.4.3.6. Vía Perpendicular con Pista Sólo BusDS 66,TRANS.
1987, Art.
único, 3.-
    Esta señal informa que en la vía perpendicular que se enfrenta existe pista sólo bus; su uso se justificará en aquellas calles que concurran a una vía con pista sólo bus y que presenten flujos vehiculares que se incorporan a ésta.
    2.4.4. Señales informativas para autopistasDTO 137, TRANSPORTES
N°1
D.O. 13.11.1999
Estas señales están destinadas a informar a los usuarios de las autopistas. Para efectos de este punto, es necesario distinguir entre autopistas cuya velocidad de operación es inferior a 100 km/hr, y las que tienen velocidades de operación igual o superior a 100 km/hr, fijadas de acuerdo al artículo 151 de la ley 18.290.

    Las señales informativas para autopistas pueden clasificarse en dos categorías: de destino y de operación.

    2.4.4.1 Señales de destino
Estas señales entregan información respecto a los diferentes destinos a los que puede optar el conductor que viaja por una autopista. Tal información dice relación con los lugares de destino, las rutas por las cuales alcanzarlos (código y tipo) y su distancia. El lenguaje utilizado para entregar tal información es una combinación de textos, códigos y colores. Sin perjuicio de las disposiciones presentes, el código o rol de la ruta es definido por el Ministerio de Obras de Públicas; para los ejemplos de señales en que se presenta el código o rol, se ha usado una combinación arbitraria de letras y números, las que no necesariamente coinciden con los códigos o roles correspondientes.

    El color de fondo de las señales, se asocia al tipo de vía por el cual se transita o se podría transitar para alcanzar un cierto destino. El azul se vincula a las autopistas cuya velocidad de operación es igual o superior a 100 km/hr; el verde para las autopistas cuya velocidad de operación es inferior a 100 km/hr; y el blanco para los caminos convencionales. Para estos efectos, se entiende por camino convencional a una vía de capacidad media o baja, pavimentada o no que permite una velocidad de operación de entre 50 km/hr y 70 km/hr, y que posee calzada única, sin segregación física y sin accesos controlados.

    Entre las señales de destino se distinguen las de anticipo, de refuerzo y de confirmación. A continuación se detalla la función, contenido y color de cada una de ellas, además de ejemplos gráficos.

- Señales de anticipo
Su función es proveer información al conductor sobre el uso de pistas asociadas a los destinos del enlace o cruce más cercano. Esta información anticipada permite realizar los movimientos de salida en forma segura y oportuna. Enlace es la intersección a desnivel de dos vías independientes que posee entradas controladas y segregación física.

    El contenido de estas señales comprende el nombre de destino para el movimiento principal y de salida y el código o rol de ruta.
En materia de color se aplica el estándar de código de color correspondiente a la vía en que está ubicada la señal. Las excepciones y casos especiales se presentan a continuación, para cada tipo de señal.

    Arco de anticipo de salida
Se instalan en secuencia de 2 Km. y 500 m para enlaces a desnivel, respectivamente. Su objetivo es informar anticipadamente respecto a la distancia del enlace de interés, y de los destinos a los cuales se puede acceder a través de él. El color de esta señal siempre deberá ser el correspondiente a la vía en la cual está situada.

    Arco para pista exclusiva
Su instalación se ubica sobre el inicio de la primera pista de desaceleración del enlace a desnivel. En el caso del ejemplo, el panel de la pista de desaceleración adquiere el color de fondo correspondiente a la vía a la cual se accederá a través de dicha salida; en este caso corresponde a una autopista con velocidad de operación inferior a 100 km/hr.

    Bandera para pista exclusiva
Su instalación se ubica sobre el inicio de la segunda pista de desaceleración del enlace a desnivel. En este caso el panel adquiere el color de fondo correspondiente a la vía a la cual se accederá a través de dicha salida; en este ejemplo corresponde a una autopista con velocidad de operación inferior a 100 km/hr.

    Señal tipo mapa para empalmes
En el caso de empalmes simples a nivel, las señales de anticipación se sustituyen por una única señal tipo mapa ubicada a 500 m del cruce. El color de fondo corresponde a la vía principal. Sólo se admite recuadros de color distintos al fondo en el caso de vías distintas a la autopista con velocidad de operación igual o superior a 100 km/hr.

    Señal tipo mapa para rotondas
Este ejemplo de señal tipo mapa se incluye para mostrar la solución en el caso de cruces del tipo rotonda. Su ubicación debe cumplir con anticipar la información, localizándose sobre la pista de desaceleración, entre los 50 m y 200 m. del ingreso de la rotonda.


    Señal tipo compuesta
Esta señal de anticipo puede utilizarse en enlaces a nivel, en los que por geometría y cantidad de información sea preferible a la señal tipo mapa. Su uso está descartado en autopistas cuya velocidad de operación sea igual o superior a 100 km/hr.

- Señales de refuerzo
Su función es validar la elección de pista -y por ende la elección de destino y ruta- realizada por el conductor. Su instalación debe realizarse, idealmente, sobre el vértice de la segregación física de las pistas, de modo que una vez sobrepasada la línea de proyección en el lugar de su instalación no es posible regresar a la vía principal.

    La señal deberá incluir al menos la información contenida en la señal de anticipo, con el propósito de facilitar la lectura y comprensión de la información.

    En materia de color se aplica el correspondiente a la vía que indica la dirección. Posibles excepciones se presentan con la descripción de cada tipo de señal. No se admiten leyendas con recuadros de distinto color en el caso de autopista con velocidades de operación iguales o superiores a 100 km/hr, en las que impera el criterio general de señales con color de fondo completamente azul.

    Refuerzo tipo flecha
Su instalación se realiza en el vértice de la separación entre la dirección principal y el destino que indica la flecha, quedando a la izquierda del conductor. En el caso de que alguno de los destinos reforzados sea reconocidamente turístico, se podrá utilizar el color café como fondo para dicho destino en particular.

    Refuerzo tipo flecha con indicación de distancia
Su instalación se realiza en el vértice de la separación entre la dirección principal y el destino que indica la flecha, quedando a la izquierda del conductor. Además de contener la información de refuerzo para los destinos indicados en la señal de anticipación, es posible mostrar la distancia a la que se encuentran los destinos señalados. Esta señal puede ser empleada cuando la cantidad de información, el espacio disponible para la ubicación de la señal y las condiciones de operación de las vías así lo permitan.

    Refuerzo tipo compuesto
Estas señales se emplean cuando la relación entre disponibilidad de espacio para su instalación y la cantidad de información de la señal tipo flecha, impide su ubicación en el vértice de segregación de las vías. Por esta razón, esta señal admite su instalación al costado derecho de la pista de desaceleración. A diferencia de la señal de anticipo compuesta esta señal no requiere indicar necesariamente el destino de la vía principal.

    Refuerzo tipo compuesto con indicación de distancia
Esta señal se utiliza cuando el espacio físico para su instalación es reducido. Incorpora la indicación de distancia, por lo que hay que tener presente las mismas consideraciones hechas para el caso de la señal de refuerzo tipo flecha con indicación de distancia.

    - Señales de confirmación
Su función es corroborar la elección de ruta después de la salida, del enlace e informar acerca de las distancias de los destinos de interés. Esta señal marca el término de la secuencia de señales asociadas al movimiento conducente a esos destinos en un enlace.

    La señal deberá contener al menos los destinos presentados en las señales de anticipación y refuerzo.
Además se deben agregar las distancias a dichos destinos. Puede incorporarse el uso de otras señales para el apoyo de la información. Si la vía posee código o rol de ruta que la identifique, éste deberá encabezar la presentación de la señal.

    En materia de color se aplica el correspondiente a la vía en que se ubica la señal.

    Confirmación

    Su instalación se realiza en el costado derecho de la vía, una vez finalizada la pista de incorporación o aceleración del movimiento entrante. Esto último permite que la información presentada sea de utilidad tanto para los vehículos que se incorporan, como para los que ya circulaban por la vía.

    En el caso de que la vía a confirmar corresponda a una autopista cuya velocidad de operación sea inferior a 100 km/hr, o bien a un camino convencional, podrá emplearse el color café como fondo de la señal de confirmación, siempre y cuando los destinos asociados sean reconocidamente turísticos. En este caso se deberá mantener el color de la categoría en el recuadro del código de ruta.

    2.4.4.2 Señales de operación

    Este conjunto de señales abarca indicaciones de proximidad, inicio y fin de una vía de determinadas características; proximidad de salida y retorno; y distancia a enlaces. El color de fondo depende del tipo de autopista: azul para aquellas cuya velocidad de operación es igual o superior a 100 km/hr, y verde para las de menor velocidad de operación.

Inicio autopista
A partir de su indicación deben ser respetadas las reglas de este tipo de vías.


Fin autopista
A partir de su indicación dejan de ser aplicables las condiciones de servicio de este tipo de vías.


Salida lateral derecha
Señala la proximidad de una salida lateral derecha.


Salida antes de ingresar a autopista
Indica la presencia de la última salida, antes de ingresar a una autopista.


Retorno en autopista
Señala la posibilidad de realizar el movimiento de retorno a desnivel en la siguiente salida lateral.


Balizas de acercamiento
Permite indicar a los conductores la distancia al siguiente enlace.

NOTA:  3
    Ver El Artículo único del Decreto Supremo N° 265, de la Subsecretaría de Transportes, publicado en el "Diario Oficial" de 30 de Octubre de 1995, que Modifica el Anexo del presente Decreto Supremo, ordenando sustituir el punto 2.4.2. Señales de Servicio, del Capítulo II,2.- Señales, publicado como Anexo del mismo, por el que señala y cuyo texto se incluye en Anexo al presente decreto, el que forma parte integrante del mismo.
    TOLERANCIA EN LAS DIMENSIONES
________________________________________

Dimensión          Tolerancia permitida

mayor de 3 m.                  - + 15%
entre 0.30 y 3 mt.              - + 20%
menor de 0,3 m.          - + 30% ó 20%
________________________________________
    No rigen estas tolerancias para las demarcaciones
siguientes:
    - mini rotonda
    - doble línea
    - escuela
    - demarcación bloqueo o intersección
    - cruces peatonales
    En caso de líneas quebradas en "V" paralelas se permite una variación de + - 5° para los 45° reglamentarios.
    En el cuadro siguiente se entregan las dimensiones, respecto a las alturas máximas que pueden sobresalir en las calzadas los diferentes tipos de demarcaciones.
    ALTURAS MAXIMAS SOBRE LA SUPERFICIE PARA
DEMARCACIONES (mm).
_________________________________________
              al centro        al borde
_________________________________________

marcado            6                6
estoperoles      18                6
_________________________________________
    3.1.6. Reflectorización
    i) Demarcaciones de líneas En general se recomienda material reflectante para todas las líneas tanto longitudinales como transversales. En las redes primarias y secundarias de las ciudades será obligatorio dicho tipo de material, así como en carreteras y caminos pavimentados.
    ii) Demarcaciones de leyendas o símbolos
    Análogamente las demarcaciones de símbolos o leyendas deberán ser reflectantes en las redes primarias y secundarias. Las leyendas y símbolos de PARE Y CEDA EL PASO deberán ser siempre reflectantes, cualquiera sea la categoría de la calle o camino en cuestión.
    3.1.7. Letras en demarcaciones
    Se considerarán de dos tipos (Anexo B)
    i) No alargadas:
    Su uso se restringirá a las siguientes demarcaciones:
    - Taxi
    - Escuela
    - Carga.
    Su altura no será mayor a 700 mm. ni menor a 600 mm.
    ii) Alargadas
    Deberán ocuparse en todas las demás demarcaciones que requieren de letras para su interpretación, salvo las ya indicadas.
    Será necesario dejar un espacio de a lo menos 300 mm. a ambos lados para la inclusión de la palabra.
    Si no alcanzara a ser escrita dentro del espacio destinado a ello, deberá buscarse un tipo de abreviatura, tal como:
    VALPARAISO: VALPO.
    SANTIAGO: STGO.
    CONCEPCION: CONCEP.
    LA SERENA: SERENA
    o, en su defecto, si la frase es larga hacerlo en dos líneas como máximo.
    Se podrá usar cualquiera de ambos alfabetos verificando el ancho deseado.
    Toda letra deberá ser pintada con material reflectante.
    3.2. Demarcaciones en Cruces o Intersecciones
    3.2.1. Pare
    La demarcación PARE tiene por objeto reforzar la señal Reglamentaria PARE, y su diseño se indica en la figura 3.1. Esta demarcación es obligatoria cuando se instala una señal PARE. Se exceptúan de esta obligación las vías con carpeta de rodado de grava o tierra que requieran ser priorizadas con esta señal.
    Su color será blanco, y con material reflectante.
    3.2.2. Ceda el Paso
    Esta demarcación tiene como finalidad reforzar la señal Reglamentaria CEDA EL PASO, y su diseño se indica en la figura 3.2. Esta demarcación es obligatoria cuando se instala una señal CEDA EL PASO. Se exceptúan de esta obligación las vías con carpeta de rodado de grava o tierra que requieran su priorización con esta señal.
    Su color será blanco y con material reflectante.
    3.2.3. No Entrar
    Su uso es ocasional y estará restringido a los lugares donde el flujo sobre una calle pierde la posibilidad de continuar en el mismo sentido (para todos los vehículos). En caso de estar demarcado el bloqueo de intersección se debe prescindir de su uso. No se admiten leyendas adicionales.
    3.2.4. Lento
    Ordena a los usuarios reducir su velocidad. Se debe colocar antes de las demarcaciones PARE y/o CEDA EL PASO, cuando tanto las demarcaciones como las señales respectivas no tienen una visibilidad adecuada, y los vehículos transitan a una velocidad que les impide disminuir la marcha a tiempo ante las señales.
    3.2.5. Línea de Detención
    Consiste en una línea continua de 20 cms. a 30 cms. de ancho. El ancho menor se emplea en áreas urbanas y el ancho mayor en sectores rurales o en intersecciones urbanas relativamente complicadas.
    Se coloca frente a las intersecciones con semáforos, un metro antes del cabezal del semáforo de la posición cercana, pero puede ajustarse si es necesario.
    En las figuras 3.1 y 3.2 se detallan el diseño y dimensiones de este tipo de línea.
    i ) Líneas de Detención Segmentada
    Se emplean en tres oportunidades:
    - Intersecciones con señal CEDA EL PASO, cuya descripción, diseño y dimensiones son explicadas en la figura 3.2. de este capítulo.
    - Rotondas.
    Cruces peatonales, del tipo cebra, fuera de una intersección.
    3.2.6. Intersecciones tipo "T"
    En las figuras 3.5. se presentan diferentes alternativas de demarcación longitudinal y transversal para intersecciones tipo "T".
    3.2.7. Intersecciones tipo "Y"
    En las figuras 3.6 se muestran las alternativas de demarcación para diferentes intersecciones de tipo "Y", ya sea canalizadas, con islotes centrales, ensanchadas o simples.
    3.2.8. Intersecciones desfasadas
    Las intersecciones desfasadas, de mucha utilidad en sectores rurales y suburbanos, tienen también un tratamiento especial para las demarcaciones (Figuras 3.7.)
    3.2.9. Demarcación Bloqueo de Intersección
    Se utilizará esta demarcación en intersecciones donde se desea que no se produzcan bloqueos, y que por lo tanto los conductores las enfrenten con extrema cautela.
    Esta demarcación consiste en líneas amarillas formando un cuadrado, que contiene en su interior diagonales de igual color.
    Los conductores son advertidos de que deben tomar todas las medidas del caso al cruzarle, a fin de que no queden detenidos sobre ella, debido a colas o congestión existentes en las vías a las que se dirigen.
    No todas las intersecciones son apropiadas para este tipo de demarcación, y debe hacerse un estudio previo en el período de demanda máxima, para determinar las condiciones del tránsito que imperan.
    Las condiciones normales para instalar una demarcación como ésta son las siguientes:
    i) De preferencia la intersección debe tener semáforo.
    ii) Deben existir bloqueos a partir de la congestión producida por los cruces siguientes, aunque sea por cortos períodos.
    iii) Deben haber flujos importantes en las calles que atraviesa la vía en cuestión.
    iv) Deben haber por lo menos dos pistas en cada una de las ramas más importantes.
    v) No deben existir flujos importantes que viren a la izquierda, porque en este caso no se logran los objetivos que persigue la demarcación.
    En las Figs. 3.8. se entregan diferentes diseños y proporciones para demarcar este tipo de intersecciones.
    Para dibujarlas se recomiendan las siguientes normas:
    - Establecer diagonales que al cruzarse formen un ángulo lo más aproximado a 90°.
    - Completar cuadrilátero exterior.
    -Pintar paralelas a las diagonales a intervalos de 2 m.
    - Para casos complicados se sugiere seguir ejemplo dado en las figuras 3.8.2. y 3.8.3.
    3.3. VIRAJES
    Para la indicación de virajes se empleará, aparte de las señales, la demarcación de flechas respectivas.
    Se recomienda que en las redes primarias y secundarias se demarquen los virajes mediante flechas.
    En la Fig. 3.9. se muestra el diseño y dimensiones para este último caso.
    FIG. 3.9.2.
    Las flechas de bifurcaciones se emplearán preferentemente en los comienzos de las pistas de desaceleración en carreteras o calles troncales (red primaria).
    Los tres tamaños recomendados son para las siguientes situaciones: (Figura 3.10)
    - El más largo (32 metros) para carreteras.
    - El mediano (16 metros) para vías urbanas de alta velocidad.
    - El más pequeño (8 metros) para troncales o vías de menor importancia, pero que tienen pistas de desaceleración.
    Las flechas de pistas se emplearán para dar aviso a los conductores de la pista correcta que tienen que tomar antes de una intersección.
    La red vial primaria debe llevar este tipo de demarcaciones.
    Las flechas de 6 metros se emplearán para el caso de vías con velocidades de operación menores a 60 kilómetros por hora. Para velocidades mayores se emplearán las flechas de 8 metros.
    3.4. PISTAS Y BORDES DE CALZADAS
    Las líneas longitudinales con las cuales se demarcan las vías, comprenden fundamentalmente las líneas que marcan la separación central en calles o vías de dos sentidos, las que separan pistas y las que marcan los bordes de una vía.
    Las ventajas de este tipo de demarcación, en términos de operación, capacidad y seguridad, son considerables por lo que se recomienda que a lo menos las redes primaria y secundaria contemplen estas demarcaciones.
    3.4.1. Líneas Centrales
    Las líneas centrales tienen por objeto separar vías de dos sentidos, indicando el límite izquierdo de la calzada. En caso que se quiera impedir el adelantamiento de vehículos, ésta deberá ser continua.
    i) Líneas Centrales Segmentadas
    En la Fig. 3.11 se representan los dos tipos más frecuentes de marcado para la separación central de vías.
    En zonas urbanas, cuyas calles sean de dos pistas con sentidos opuestos, la demarcación de línea central podrá ser segmentada. En este caso la separación entre segmentos debe ser de 3 metros.
    Para el caso rural en vías de dos pistas, con sentidos opuestos la demarcación de la línea central podrá ser segmentada. En este caso la separación entre segmentos debe ser de 5 metros.
    El uso de estoperoles es opcional.
    ii) Líneas Centrales Continuas
    Las líneas centrales continuas serán de dos tipos: simple o doble. La simple continua se empleará en lugares donde por razones de poca visibilidad, en curvas o pendientes, se quiera prohibir el cambio de calzada para adelantar a otro vehículo, o en las aproximaciones a una intersección donde por razones de seguridad no se desea que los vehículos se desplacen a las pistas de sentido contrario.
    La doble línea continua se empleará en vías urbanas principales donde se desea reforzar el eje de la calzada.
    En zonas rurales se empleará la combinación de línea continua y segmentada para indicar la prohibición de adelantar a los vehículos que circulen en un sentido determinado, sin restricción para los que lo hacen en el otro sentido.
    Las dimensiones de la línea simple como las dobles centrales son las siguientes:
ancho del rayado    : 15 cm. (se tolera 10 cm.
                      en calles angostas).

separación entre
rayas              : 10 cm. (si se usa doble
                      línea central).

rayas segmentadas  : 100 cm. de largo y
                      espaciamiento de 500 cm.
    En todo caso, el empleo de las líneas que prohiben adelantar debe ser muy cuidadoso. El uso indiscriminado de ellas las hace poco respetables y como consecuencia, cuando realmente se las necesita, los conductores tienden a desobedecerlas, contribuyendo a aumentar la inseguridad en la vía.
    3.4.2. Líneas de pistas
    Las líneas para separar pistas son segmentadas.
    En sectores urbanos, con calles que posean velocidades de operación menores de 60 km/hr. se recomienda el rayado de 10 cm. de ancho, 3 metros de largo y espaciamiento de 5 metros.
    Para el caso rural, con velocidades de operación sobre 60 km hr., las rayas deben ser de 15 cm. de ancho, 4 metros de largo y espaciamientos de 7 metros.
    Se recomienda que la delimitación de pistas se atenga a las siguientes normas para las vías existentes:
    i) Entre 3,50 y 3,65 metros de ancho, para vías principales de la red primaria o carreteras.
    ii) Entre 3,00 y 3,65 metros de ancho, para la red secundaria, dependiendo el ancho de las pistas de la proporción de vehículos pesados que compongan el tránsito.
    iii) Entre 2,75 y 3,00 metros de ancho, para las calles residenciales.
    iv) Para calles laterales de acceso industrial o comercial se recomienda 3 metros de ancho.
    Cuando el ancho de las calles o vías no corresponda exactamente a las normas anteriores deberán efectuarse los siguientes ajustes:
    - Dividir el ancho total por el ancho mínimo de pista que le corresponde a la calle, según las normas anteriores.
    - En el caso de que la división no fuese exacta, se puede aumentar el ancho de la primera pista de la derecha de la vía, siempre que no sobrepase los 4 metros y aumentar el ancho de todas las pistas en igual proporción hasta consumir el excedente.
    La decisión de cuál ancho escoger para las pistas dentro de los rangos mencionados anteriormente, debe hacerse tomando en cuenta la vía o calle completa, y no solamente la sección más ancha. A veces es preferible dar un ancho mayor y/o menor a las pistas, con tal de conseguir una mayor continuidad en la demarcación de éstas. Como consecuencia, se obtendrá un mejoramiento en la seguridad y operación de la vía.
    3.4.3. Líneas de borde de Calzada
    Existen dos grupos de líneas de borde de calzada:
    - Líneas de tipo A (Fig. 3.12.1)
    Las líneas de tipo A se emplean para indicar límites de calles en intersecciones con boca muy ancha o para limitar los refugios de vehículos junto a la berma. En calles sujetas a restricción de velocidad de 60 km/hr. o menos se utiliza un ancho de 10 cm.
    En zonas rurales para vías con límites de velocidad superiores a 60 km/hr. se usa un ancho de 15 cm., y para vías sin restricción de velocidad, como en entradas a autopistas, se recomienda un ancho de 20 cm.
    Los espacios habilitados para vehículos al borde de la calzada, cualquiera sea su localización, se delimitan con un ancho de 10 cm.
    - Líneas tipo B (Fig. 3.12.2)
    Las líneas tipo (i) se usarán para zonas rurales a fin de delimitar el borde de la calzada, donde por condiciones topográficas, de clima y/o iluminación se requiera delimitar claramente el borde de la calzada.
    Las líneas tipo (ii) que son continuas, se emplearán en el caso que se presenten circunstancias peligrosas, cambios súbitos de ancho de camino y en los acercamientos a curvas.
    Las líneas tipo (iii) se utilizarán en delimitación de autopistas. Se recomienda emplear el ancho de 20 cm.
    Si se desea acompañar de estoperoles reflectantes a este tipo de líneas, se recomienda un espaciamiento comprendido entre 2 y 18 metros para las líneas de tipo A. Una distancia de 18 metros entre estoperoles para las líneas tipo B, con la excepción de las tipo (ii), que deben usar los estoperoles reflectantes con una separación de 9 metros.
    3.5. ESTACIONAMIENTOS
    Para regular los estacionamientos en la calle se empleará básicamente la demarcación con líneas amarillas junto al borde de la vía, cerca de la solera.
    En la Fig. 3.13 se detallan las dimensiones y forma de ubicarla.
    La línea continua amarilla se usará para prohibir el estacionamiento junto al borde de la vía en todo momento.
    En este caso de la línea amarilla continua se recomienda, si ella es muy larga, un ancho de 7,5 cm. En caso contrario se sugiere un ancho de 10,0 cm.
    El uso de las prohibiciones para estacionarse debe hacerse con mucho cuidado. Si no existe forma de controlar con grúas y policía el cumplimiento de la norma, es preferible que ella no se adopte.
    En general, se deben restringir los estacionamientos en la vía, sólo en sectores céntricos, de calles congestionadas, donde realmente pueden producirse inconvenientes para un tránsito más fluído.
    En calles de sectores residenciales no deben colocarse restricciones permanentes, y solamente en aquellas vías cercanas a estaciones de Metro o ferroviarias, en las que exista inconvenientes a los desplazamientos de los vehículos, ya que se producen estacionamientos a ambos lados de la calle. Pueden colocarse restricciones temporales de tipo horario (7.30 a 20.30 horas por ejemplo).
    3.6. DEMARCACIONES PARA CRUCES PEATONALES
    Los cruces peatonales para efectos de demarcación comprenden dos conjuntos: cruces regulados por semáforos y cruces no regulados por semáforo.
    Como norma general y a fin de hacer respetar el cruce peatonal tipo cebra (donde el peatón tiene preferencia absoluta), sólo en intersecciones sin semáforos, se empleará el rayado de bandas longitudinales amarillas. Los cruces regulados por semáforos tendrán sólo demarcación de líneas transversales continuas de color amarillo.
    3.6.1. Cruces peatonales con semáforos
    Se requiere no sólo demarcar bien el paso de peatones sino también los accesos, a fin de hacer un uso eficiente del semáforo que controla la intersección.
    En la Fig. 3.14. se entrega el diseño de las demarcaciones con las dimensiones típicas de una intersección de cuatro ramas y dos sentidos de tránsito en cada rama. Aparte de las localizaciones de semáforos principales y de apoyo, tema que es tratado detalladamente en el Capítulo 4 de este Manual, se presentan en dicha figura los elementos más importantes en materia de demarcación, con su disposición y dimensiones.
    FIG. 3.14
    i) La línea de detención, que tiene que estar colocada lo más cerca posible de la intersección, y que debe adecuarse tanto a los requerimientos de peatones como de vehículos. Los conductores detenidos en la línea de detención deben tener una visión sin obstáculos de al menos una cara del semáforo. Esta línea debe ser de color blanco.
    ii) Líneas de separación de pistas, que deben asegurar el máximo uso del espacio disponible, compatible con un ancho de pista adecuado.
    iii) Las líneas transversales de paso peatonal de color amarillo.
    iv) Marcado de flechas con la debida anticipación a fin de permitir que los conductores elijan la pista apropiada a tiempo.
    3.6.2. Cruces con semáforo peatonal
    Análogamente al cruce peatonal con semáforos, el cruce con un semáforo actuado por peatones, que usualmente se colocará frente a colegios, o en mitad de cuadra en zonas de afluencia peatonal a fin de ayudar a éstos en su cruce de la vía, emplea los mismos elementos del cruce de semáforos, con la excepción de las canalizadoras, ya que estarán normalmente ubicados en mitad de calle.

    FIGURA 3.15.
    Los elementos son:
    i) Línea de detención (color blanco)
    ii) Líneas de pista y centrales
    iii) Líneas transversales continuas amarillas para delimitar el paso peatonal.
    En la Fig. 3.15 se adjunta el diseño y dimensiones.
    3.6.3. Cruces peatonales sin semáforo
    En la Fig. 3.16 se adjunta el diseño propuesto con las dimensiones y las diferentes disposiciones de los elementos.
    Los elementos son:
    i) Línea de detención (de color blanco)
    ii) Líneas de separación de pistas
    iii) Las líneas transversales continuas amarillas para delimitar el cruce peatonal.
    Cualquier modificación a las dimensiones señaladas, deben contar con la aprobación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    - Cruce peatonales sin semáforos a mitad de cuadra.
    En las Figs. 3.17.1 y 3.17.2 se entregan todos los elementos con sus dimensiones a fin de demarcar los cruces cebra.
    Los elementos más importantes de demarcación son los siguientes:
    i) Bandas paralelas al eje de la calzada de color amarillo. Preferentemente se usan bandas de plástico antideslizantes para evitar que los peatones resbalen, en zonas lluviosas y/o húmedas.
    ii) Líneas de detención del tipo Ceda el Paso.
    iii) Líneas de zig-zag de advertencia.
    iv) Líneas de término del área de control del cruce cebra.
    El ancho del cruce peatonal, delimitado por las líneas de cebra mínimo es de 2.0 metros.
    A este ancho habrá que agregar 0.5 m. por cada 250 peatones por hora, sobre 600 peatones por hora, estos últimos contabilizados como el promedio de las cuatro horas de mayor demanda peatonal, hasta un máximo de 5,00 metros.
    Respecto a las bandas se sugiere comenzar la primera a 30 cms. del borde de la acera.
    FIG. 3.17.2
    Las líneas zig-zag acompañantes, que tienen el papel de líneas de advertencia, deben colocarse a ambos lados, una junto a cada acera en el caso de calles de menos de 6 metros de ancho y con un sentido de tránsito. Para el caso de anchos mayores de vía, se deben colocar tantas líneas zig-zag como líneas de pistas estén marcadas.
    La longitud de la zona de control, desde las líneas de detención hasta las líneas terminales es de 18,6 metros, que es la longitud para 8 rayas zig-zag más las líneas de término, tal como se detalla en las Figs. 3.17.1 y 3.17.2.
    Si por razones de mala visibilidad se debiera prolongar las líneas zig-zag, se puede llegar hasta 18 segmentos.
    Cuando por razones de las características de la vía no haya posibilidad de colocar las 8 líneas zig-zag reglamentarias, se colocarán menos líneas, pero se tratará de que se conserven aproximadamente una longitud de 2 metros.
    El número de líneas se puede calcular de acuerdo al cuadro siguiente:
________________________________________
Largo disponible        N° recomendado
para zig-zag                de rayas de
(metros)                    igual largo
________________________________________
  3,75  -  5,50                2
  5,50  -  7,50                3
  7,50  - 10,00                6
10,00  - 12,00                5
12,00  - 14,00                6
14,00  - 16,50                7
16,50  - 18,60                8
________________________________________
    La colocación de la línea de detención y las líneas terminales no presentan problemas, pero las líneas zig-zag tienen que ser colocadas de manera que su proyección sobre la perpendicular al eje de la calle a partir del borde de ella, sea de 50 cm.
    Para el caso en que deba colocarse menos de las 8 rayas, porque se está en una situación de área disponible entre 3,75 m. y 18,6 metros el número de líneas zig-zag se obtiene de este cuadro, y la proyección longitudinal sobre la calle (magnitud x en las Figs. 3.17.1 y 3.17.2) se obtiene a partir de la siguiente fórmula:
x = L - 1400 - 150 (N + 1)      (metros)
    ______________________
          1000 N
    en que
    L = Longitud total de calle disponible en milímetros.
    N = Número de marcas requeridas a partir del cuadro.
    Así por ejemplo, si tenemos una longitud disponible de 11 metros, la situación es la siguiente:
    L = 11.000 milímetros Del cuadro para L = 11,00 metros se obtiene N = 5 de donde aplicando la fórmula x =  11000 - 1400 - 150 (5 + 1)
      __________________________
              1000 x 5
x = 1,74 metro
    3.7. OTRAS DEMARCACIONES
    3.7.1. Líneas para buses
    Pistas exclusivas para buses
    En las Figs. 3.18.1 y 3.18.2 se entregan las dimensiones en detalle para la demarcación de pistas exclusivas para buses. No debe usarse jamás esta demarcación en paraderos de buses, porque incita a desobedecer la orden que ella lleva. El color a emplear será siempre el amarillo.
    Dado que en Chile sólo hay experiencias de pistas exclusivas en el sentido del flujo, se entrega el diseño general de las pistas en las figuras 3.18.3 y 3.18.4, especificando la forma de demarcar, tanto en el caso de calles de entrada como de calles de salida, y el tratamiento de la zona mixta de la misma pista (setback) en las cercanías de los cruces.
    El demarcado consta de:
    i) Línea de límite, de la pista sólo buses de 25 a 30 cm. de ancho, continua, con una interrupción frente a los cruces.
    ii) La leyenda "Sólo Buses" debe colocarse al comienzo de la pista y repetirla después de cada intersección. Si las intersecciones están separadas por más de 300 metros, debe repetirse la leyenda cada 150 metros.
    iii) Flechas de advertencia antes del comienzo de la pista exclusiva, a 15 y a 30 metros de distancia.
    iv) Una línea segmentada de 25 cms. lateral desde el comienzo de la pista, según figura 3.18.3 con un ángulo de 1:10 máximo.
    v) Flechas indicadoras para los vehículos que van a utilizar la zona mixta (setback), según dimensiones de la figura 3.18.2.
    vi) Líneas segmentadas (zona mixta) después de la flecha, para advertir que pueden entrar los vehículos a la pista exclusiva a fin de virar a la derecha.
    vii) Línea curva segmentada después de cada cruce en el que ingresa nuevo flujo a la vía que tiene pista exclusiva, según lo muestra la figura 3.18.3.
    FIG. 3.18.4
    3.7.2. Parada de Buses
    Esta demarcación tiene por objeto delimitar un área de detención para la Parada de Buses. En las figuras 3.19.1 y 3.19.2 se adjuntan el diseño y dimensiones de leyenda BUSES. En general se recomienda emplear un espacio de parada especial.
    Figura 3.19.2.
    El largo de estas dimensiones dependerá de la demanda de buses por hora a que esté sometido el paradero.
    Esta demarcación no implica que otros vehículos no puedan entrar a ella. Su color será blanco.
    FIG. 3.19.2
    3.7.3. Taxis
    Esta demarcación tiene como propósito delimitar un área para el estacionamiento de taxis.
    Es recomendable autorizar estacionamientos de taxis en salidas de terminales de buses, estaciones ferroviarias, hospitales, lugares públicos de gran afluencia de peatones. En la figura 3.20 se describen diseño y dimensiones para esta demarcación.
    El color a emplear es el blanco.
    3.7.4. Tránsito Convergente y Divergente
    Situaciones de tránsito convergente y divergente se presentan en los acercamientos a canalizaciones o islas centrales.
    Para estos casos se emplean líneas achuradas diagonales o quebradas, a fin de dar mayor énfasis a la situación que deben enfrentar los conductores. Su color es blanco.
    Se proponen los siguientes tipos de demarcaciones:
    i) Demarcación en diagonal
    Para los acercamientos a una isla central, o en los acercamientos a una isla refugio. Se muestran en figura 3.21.1 los diseños y dimensiones para este tipo de situación.
    FIG. 3.21.1
    ii) Achurado "V"
    Para el caso en que por canalización de tránsito, dos flujos vehiculares se separan o se juntan (divergen o convergen) se emplea el achurado quebrado a fin de encauzar adecuadamente a los conductores. En la Fig.
3.21.2 se presentan las dimensiones apropiadas para ambos casos.
    iii) Achurado en "V" con líneas de borde
    En el caso de las autopistas, donde el tránsito converge y diverge a partir de pistas de aceleración y desaceleración, se emplea el achurado de la fig. 3.21.3.
    El marcado es limitado por una línea continua de 20 cms. de ancho, para indicar a los conductores que no deben entrar al área achurada sino sólo en casos de emergencia.

    FIGURA 3.15.
    Los elementos son:
    i) Línea de detención (color blanco)
    ii) Líneas de pista y centrales
    iii) Líneas transversales continuas amarillas para delimitar el paso peatonal.
    En la Fig. 3.15 se adjunta el diseño y dimensiones.
  3.6.3. Cruces peatonales sin semáforo
    En la Fig. 3.16 se adjunta el diseño propuesto con las dimensiones y las diferentes disposiciones de los elementos.
    Los elementos son:
    i) Línea de detención (de color blanco)
  ii) Líneas de separación de pistas
    iii) Las líneas transversales continuas amarillas para delimitar el cruce peatonal.
    Cualquier modificación a las dimensiones señaladas, deben contar con la aprobación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    - Cruce peatonales sin semáforos a mitad de cuadra.
    En las Figs. 3.17.1 y 3.17.2 se entregan todos los elementos con sus dimensiones a fin de demarcar los cruces cebra.
    Los elementos más importantes de demarcación son los siguientes:
    i) Bandas paralelas al eje de la calzada de color amarillo. Preferentemente se usan bandas de plástico antideslizantes para evitar que los peatones resbalen, en zonas lluviosas y/o húmedas.
    ii) Líneas de detención del tipo Ceda el Paso.
    iii) Líneas de zig-zag de advertencia.
    iv) Líneas de término del área de control del cruce cebra.
    El ancho del cruce peatonal, delimitado por las líneas de cebra mínimo es de 2.0 metros.
    A este ancho habrá que agregar 0.5 m. por cada 250 peatones por hora, sobre 600 peatones por hora, estos últimos contabilizados como el promedio de las cuatro horas de mayor demanda peatonal, hasta un máximo de 5,00 metros.
    Respecto a las bandas se sugiere comenzar la primera a 30 cms. del borde de la acera.
  FIG. 3.17.2
    Las líneas zig-zag acompañantes, que tienen el papel de líneas de advertencia, deben colocarse a ambos lados, una junto a cada acera en el caso de calles de menos de 6 metros de ancho y con un sentido de tránsito. Para el caso de anchos mayores de vía, se deben colocar tantas líneas zig-zag como líneas de pistas estén marcadas.
    La longitud de la zona de control, desde las líneas de detención hasta las líneas terminales es de 18,6 metros, que es la longitud para 8 rayas zig-zag más las líneas de término, tal como se detalla en las Figs. 3.17.1 y 3.17.2.
    Si por razones de mala visibilidad se debiera prolongar las líneas zig-zag, se puede llegar hasta 18 segmentos.
    Cuando por razones de las características de la vía no haya posibilidad de colocar las 8 líneas zig-zag reglamentarias, se colocarán menos líneas, pero se tratará de que se conserven aproximadamente una longitud de 2 metros.
    El número de líneas se puede calcular de acuerdo al
cuadro siguiente:
________________________________________
Largo disponible        N° recomendado
para zig-zag                de rayas de
(metros)                    igual largo
________________________________________
  3,75  -  5,50                2
  5,50  -  7,50                3
  7,50  - 10,00                6
10,00  - 12,00                5
12,00  - 14,00                6
14,00  - 16,50                7
16,50  - 18,60                8
________________________________________
    La colocación de la línea de detención y las líneas terminales no presentan problemas, pero las líneas zig-zag tienen que ser colocadas de manera que su proyección sobre la perpendicular al eje de la calle a partir del borde de ella, sea de 50 cm.
    Para el caso en que deba colocarse menos de las 8 rayas, porque se está en una situación de área disponible entre 3,75 m. y 18,6 metros el número de líneas zig-zag se obtiene de este cuadro, y la proyección longitudinal sobre la calle (magnitud x en las Figs. 3.17.1 y 3.17.2) se obtiene a partir de la
siguiente fórmula:
x = L - 1400 - 150 (N + 1)      (metros)
    ______________________
          1000 N
    en que
    L = Longitud total de calle disponible en milímetros.
    N = Número de marcas requeridas a partir del cuadro.
    Así por ejemplo, si tenemos una longitud disponible de 11 metros, la situación es la siguiente:
    L = 11.000 milímetros Del cuadro para L = 11,00 metros se obtiene N = 5 de donde aplicando la fórmula x =  11000 - 1400 - 150 (5 + 1)
      __________________________
              1000 x 5
x = 1,74 metro
    3.7. OTRAS DEMARCACIONES
    3.7.1. Líneas para buses
    Pistas exclusivas para buses En las Figs. 3.18.1 y 3.18.2 se entregan las dimensiones en detalle para la demarcación de pistas exclusivas para buses. No debe usarse jamás esta demarcación en paraderos de buses, porque incita a desobedecer la orden que ella lleva. El color a emplear será siempre el amarillo.
    Dado que en Chile sólo hay experiencias de pistas exclusivas en el sentido del flujo, se entrega el diseño general de las pistas en las figuras 3.18.3 y 3.18.4, especificando la forma de demarcar, tanto en el caso de calles de entrada como de calles de salida, y el tratamiento de la zona mixta de la misma pista (setback) en las cercanías de los cruces.
    El demarcado consta de:
    i) Línea de límite, de la pista sólo buses de 25 a 30 cm. de ancho, continua, con una interrupción frente a los cruces.
    ii) La leyenda "Sólo Buses" debe colocarse al comienzo de la pista y repetirla después de cada intersección. Si las intersecciones están separadas por más de 300 metros, debe repetirse la leyenda cada 150 metros.
    iii) Flechas de advertencia antes del comienzo de la pista exclusiva, a 15 y a 30 metros de distancia.
    iv) Una línea segmentada de 25 cms. lateral desde el comienzo de la pista, según figura 3.18.3 con un ángulo de 1:10 máximo.
    v) Flechas indicadoras para los vehículos que van a utilizar la zona mixta (setback), según dimensiones de la figura 3.18.2.
    vi) Líneas segmentadas (zona mixta) después de la flecha, para advertir que pueden entrar los vehículos a la pista exclusiva a fin de virar a la derecha.
    vii) Línea curva segmentada después de cada cruce en el que ingresa nuevo flujo a la vía que tiene pista exclusiva, según lo muestra la figura 3.18.3.
    FIG. 3.18.4
    3.7.2. Parada de Buses
    Esta demarcación tiene por objeto delimitar un área de detención para la Parada de Buses. En las figuras 3.19.1 y 3.19.2 se adjuntan el diseño y dimensiones de leyenda BUSES. En general se recomienda emplear un espacio de parada especial.
    Figura 3.19.2.
    El largo de estas dimensiones dependerá de la demanda de buses por hora a que esté sometido el paradero.
    Esta demarcación no implica que otros vehículos no puedan entrar a ella. Su color será blanco.
    FIG. 3.19.2
    3.7.3. Taxis
    Esta demarcación tiene como propósito delimitar un área para el estacionamiento de taxis.
    Es recomendable autorizar estacionamientos de taxis en salidas de terminales de buses, estaciones ferroviarias, hospitales, lugares públicos de gran afluencia de peatones. En la figura 3.20 se describen diseño y dimensiones para esta demarcación.
    El color a emplear es el blanco.
    3.7.4. Tránsito Convergente y Divergente
    Situaciones de tránsito convergente y divergente se presentan en los acercamientos a canalizaciones o islas centrales.
    Para estos casos se emplean líneas achuradas diagonales o quebradas, a fin de dar mayor énfasis a la situación que deben enfrentar los conductores. Su color es blanco.
    Se proponen los siguientes tipos de demarcaciones:
    i) Demarcación en diagonal
    Para los acercamientos a una isla central, o en los acercamientos a una isla refugio. Se muestran en figura 3.21.1 los diseños y dimensiones para este tipo de situación.
    FIG. 3.21.1
    ii) Achurado "V"
    Para el caso en que por canalización de tránsito, dos flujos vehiculares se separan o se juntan (divergen o convergen) se emplea el achurado quebrado a fin de encauzar adecuadamente a los conductores. En la Fig. 3.21.2 se presentan las dimensiones apropiadas para ambos casos.
    iii) Achurado en "V" con líneas de borde
    En el caso de las autopistas, donde el tránsito converge y diverge a partir de pistas de aceleración y desaceleración, se emplea el achurado de la fig. 3.21.3.
    El marcado es limitado por una línea continua de 20 cms. de ancho, para indicar a los conductores que no deben entrar al área achurada sino sólo en casos de emergencia.

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10-ABR-2001
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Intermedio
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28-FEB-2000 20-AGO-2000
Intermedio
De 07-ENE-2000
07-ENE-2000 27-FEB-2000
Intermedio
De 13-NOV-1999
13-NOV-1999 06-ENE-2000
Texto Original
De 12-MAR-1986
12-MAR-1986 12-NOV-1999

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