Resolucion 2209 EXENTA
Resolucion 2209 EXENTA IMPLEMENTA PRODUCTO INTRARREGIONAL EN LA DECIMO SEGUNDA REGION Y COMPLEMENTA SISTEMA TARIFARIO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES; EMPRESA DE CORREOS DE CHILE
Promulgación: 24-OCT-1997
Publicación: 04-NOV-1997
Versión: Última Versión - 31-DIC-2001
IMPLEMENTA PRODUCTO INTRARREGIONAL EN LA DECIMO SEGUNDA REGION Y COMPLEMENTA SISTEMA TARIFARIO
Núm. 2.209 exenta.- Santiago, 24 de octubre de 1997.- Vistos: El D.F.L. Nº 10, de 1981, y el artículo Nº 5 del Decreto Nº 21 de 1997, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la necesidad de crear tarifas a un producto de carácter intrarregional en la Décimo Segunda Región; la Resolución Exenta Nº 1.862 de la Empresa de Correos de Chile; los acuerdos de Directorio Nº 14 y 80 de 1997; la Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y las facultades que me confieren las Resoluciones Nº 233 de 1994 y Nº 1.861 de 1995, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:
R e s o l u c i ó n:
1.- Impleméntese el servicio de producto intrarregional, denominado Papel de Negocios Direccionados a contar del 5 de septiembre en la Décimo Segunda Región:
Papel de Negocio Direccionado
* Comunicación con dirección del destinatario conocida.
* Podrá contener comunicación promocional y/o publicitaria, de servicios, de carácter comercial, en general toda aquella información que se requiera sea conocida en forma masiva.
* Circulación a nivel regional, admitido y distribuido dentro de la región.
* Peso no superior a los 100 gramos.
* Tarjetas u hojas sin sobre.
* Mínimo de imposición 10.000 envíos.
* Retiro en el domicilio del cliente.
* Preclasificación básica por sectores realizada por el cliente.
* Retorno inmediato al cliente de los envíos que no fueron distribuidos.
* Depósitos definidos.
* Plazo de entrega programada.
2.- Aplíquese la siguiente estructura tarifaria para el producto Papeles de Negocios Direccionados de carácter intrarregional en la Décimo Segunda Región, a contar del 5 de septiembre de 1997:
Nº Envíos Tarifas
10.000 - 15.000 $ 60
15.001 - 18.000 $ 55
18.001 - 25.000 $ 50
25.001 y más $ 45
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 31-DIC-2001
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31-DIC-2001 | |||
Texto Original
De 04-NOV-1997
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04-NOV-1997 | 30-DIC-2001 |
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