CERTIFICADO Nº 553

    Certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de junio de 2022, otorgada ante doña María José Bravo Cruz, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago don Eduardo Javier Diez Morello, con domicilio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, celebrada con fecha 16 de junio de 2022, ante la Notario ya individualizada.
    Que por resolución exenta Nº 5.802, de fecha 8 de septiembre de 2022, de esta Comisión para el Mercado Financiero, se aprobó la reforma de estatutos de Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, consistente en:
     
    1. Dividir la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, creando y constituyendo a partir de ésta una nueva sociedad denominada Sociedad de Infraestructuras de Mercado S.A., manteniéndose la actual Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores como continuadora legal.
    2. Para efectos de la división, se aprobó disminuir el capital de la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, en la cantidad de $3.900.523.771, esto es, desde la cantidad de $5.804.188.171 a $1.903.664.400, sin modificar el número y tipo de acciones en que el mismo se divide. El monto en que se disminuye el capital de la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, correspondiente a la cantidad de $3.900.523.771, constituirá la totalidad del capital suscrito y pagado de la nueva Sociedad de Infraestructuras de Mercado S.A.
    3. Modificar el artículo sexto permanente y el artículo transitorio de los estatutos, relativos al capital social.
    4. Modificar el artículo noveno, para limitar la vigencia de la prohibición de posesión de más del 25% de la propiedad accionaria de la Bolsa; el artículo décimo segundo, en relación con los requisitos para ser director no vinculado a la Bolsa o a las sociedades emisoras inscritas en ella ("Director No Vinculado"); el artículo trigésimo cuarto, en relación con las formalidades de citación a Juntas de Accionistas; incorporar un nuevo artículo segundo transitorio, que haga referencia a algunos aspectos de la Integración Regional; y, reemplazar toda referencia a la Superintendencia de Valores y Seguros por la de Comisión para el Mercado Financiero.
    5. Aprobar un texto refundido de los estatutos de la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores:
     
    Nombre: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores.
    Domicilio: Comuna de Santiago, ciudad y provincia del mismo nombre, de la Región Metropolitana.
    Duración: Indefinida.
    Objeto: Su objeto será proveer a sus miembros la implementación necesaria para que puedan realizar eficazmente, en los lugares que les proporcione, las transacciones de valores mediante mecanismos continuos de subasta pública y las demás actividades que puedan realizar en conformidad a derecho.
    Capital: El capital de la sociedad es de $1.903.664.400, dividido en 48.000.000 de acciones ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado.
     
    6. Se aprobó que tanto la división como las demás reformas de estatutos de la sociedad produzcan sus efectos en la fecha en la que se cumpla la última de las siguientes condiciones suspensivas y copulativas: (i) que la Comisión para el Mercado Financiero apruebe, mediante la correspondiente resolución, la división de la Sociedad y las reformas de estatutos que tengan lugar en virtud de la junta de 16 de junio de 2022; (ii) que Sociedad de Infraestructuras de Mercado S.A. y sus acciones queden inscritas en el Registro de Valores de la Comisión y en la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores; y (iii) que se hayan cumplido los demás actos y condiciones que determine la Comisión en relación con la división de la Sociedad. Una vez que queden cumplidas las condiciones, se consignará este hecho por escritura pública por uno o más mandatarios debidamente facultados al efecto por el Directorio, la que luego será anotada al margen de la matriz de la escritura pública a la que se haya reducido el acta de 16 de junio de 2022 y será objeto también de las demás anotaciones que procedan de conformidad con la normativa legal y reglamentaria aplicable.
    Demás cláusulas constan en escritura extractada.
    Santiago, 12 de septiembre de 2022.- Por orden del Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero, Gerardo Bravo Riquelme, Secretario General.