Circular 45
Circular 45 MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY Nº 20.752 AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.322, A LOS ARTÍCULOS 132 Y 147 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO. MODIFICA LA CIRCULAR Nº 73, DE 2001
MINISTERIO DE HACIENDA; SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS; DIRECCIÓN NACIONAL
Promulgación: 21-AGO-2014
Publicación: 27-AGO-2014
Versión: Única - 27-AGO-2014
MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY Nº 20.752 AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.322, A LOS ARTÍCULOS 132 Y 147 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO. MODIFICA LA CIRCULAR Nº 73, DE 2001
Extracto de circular del Servicio de Impuestos Internos Nº 45, del 21 de agosto de 2014, que imparte instrucciones acerca de las modificaciones introducidas por la ley Nº 20.752 al artículo segundo transitorio de la ley Nº 20.322, dando la posibilidad al reclamante de optar por seguir la tramitación de una causa radicada en el Director Regional ante el Tribunal Tributario y Aduanero competente; al artículo 132 del Código Tributario, excluyendo de la inadmisibilidad probatoria ante el Tribunal Tributario y Aduanero los casos en que se haya denegado la prórroga para contestar la citación del artículo 63 del Código Tributario, o ésta se haya otorgado por un plazo menor al requerido y modifica la circular Nº 73, de 2001 en este sentido; y al artículo 147 del Código Tributario, precisando que el Tribunal Tributario y Aduanero podrá disponer la suspensión total o parcial del cobro judicial de los impuestos reclamados en las causas que conozca, mientras que el Director Regional mantendrá esta facultad sólo en los casos en que no se hubiere deducido reclamación.
El texto íntegro de esta circular será publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII del mes de agosto de 2014.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 27-AGO-2014
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27-AGO-2014 |
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