La presente ley establece que los miembros del Comité de Auditoria Parlamentaria podrán ser reelegidos por una sola vez, para lo cual deberán participar del concurso que se realiza al efecto.

LEY NÚM. 20.979
PERMITE LA REELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE AUDITORÍA PARLAMENTARIA
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de los Honorables senadores señora Lily Pérez San Martín y señores Víctor Pérez Varela, Eugenio Tuma Zedán y Patricio Walker Prieto, y del ex senador señor José Antonio Gómez Urrutia,
    Proyecto de ley:
    "Artículo único.- Sustitúyense, en el inciso tercero del artículo 66 A de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, la expresión "las letras" por "los incisos", y la frase "no podrán ser reelegidos" por la siguiente: "podrán ser reelegidos por una sola vez, previa participación en el proceso de selección señalado en el inciso precedente".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 14 de diciembre de 2016.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Gabriel de la Fuente Acuña, Subsecretario General de la Presidencia.