MODIFICA RESOLUCIÓN N° 358 EXENTA, DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2016; SANCIONA ACTA; DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y APRUEBA NÓMINA DE SELECCIÓN DE POSTULANTES AL TERCER LLAMADO EXTRAORDINARIO 2016, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN AL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU LLAMADO ESPECIAL DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDA SOCIAL

    Rancagua, 28 de diciembre de 2016.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:
   
    Núm. 1.263 exenta.
    Visto:

    1. Constitución Política de la República de Chile en su artículo N° 7;
    2. La ley N° 16.391, de 1965, del Ministerio de Obras Públicas, que crea el Ministerio de
    3. El decreto ley 1.305, de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Vivienda y Urbanismo; Urbanismo;
    4. La ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del Ministerio del Interior, publicada en el Diario Oficial de fecha 5 de diciembre de 1986, en su artículo 2°;
    5. Ley 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
    6. Las facultades que al Secretario Regional Ministerial confiere el DS Nº 397, de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, modificado por el decreto 3, publicado en el Diario Oficial de fecha 3 de junio de 2016, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    7. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la Republica, que fija normas de exención del trámite de toma de razón;
    8. Decreto supremo N° 46 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 20 de agosto de 2015, que nombra al Seremi a contar del 1 de agosto de 2015, publicado en el Diario Oficial el 28 de octubre de 2015.
    9. El DS Nº 255, (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar;
    10. Resolución exenta N° 533, de 1997, que fija procedimientos para prestación de servicios de asistencia técnica a programas de vivienda que indica y deroga la resolución N° 241 (V. y U.) de 1996;
    11. La resolución exenta N° 1.290, de fecha 29 de febrero de 2016, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que llama a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en su modalidad regulada por el capítulo II, de la atención a condominios de viviendas sociales para las regiones que allí se indican, modificada por la resolución N° 7.022 del 27.10.16, la N° 8.061 del 19.12.16 y la resolución N° 8.398 del 28.12.2016;
    12. Resoluciones exenta N° 537, del 17 de julio de 2016, de Vivienda Social "Copropiedad 5" Costa del Sol de la comuna de Rancagua; resolución exenta N° 536, del 17 de julio de 2016, de Vivienda Social "Copropiedad 7" Costa del Sol de la comuna de Rancagua; Res. Ex. N° 11, del 8 de enero de 2016, de Vivienda Social "Yerbas Buenas" de la comuna de Rancagua y su modificación por Res. N° 49, del 25 de enero de 2016; Res. Ex N° 225, de 1 de abril de 2015, de Vivienda Social "Cristobal Colón" de la comuna de Rancagua; Res. Ex N° 699, de 14 de septiembre de 2015, de Vivienda Social "Rodolfo Cortés Copropiedad D" de la comuna de Rancagua, y su modificación por Res. 817, del 21 de octubre de 2016; todas resoluciones que certifican como objeto del Programa de Protección del Patrimonio Familiar todas de esta Secretaría Regional Ministerial.
    13. Resolución exenta N° 358, de fecha 29 de abril de 2016, modificada por la resolución exenta N° 709, de fecha 19 de julio de 2016, ambas de esta Seremi Minvu.
    14. Acta de la Comisión Técnica Evaluadora de los proyectos presentados por los condominios postulantes: "Copropiedad 5" Costa del Sol "Copropiedad 7" Costa del Sol, "Yerbas Buenas", "Cristóbal Colón", "Rodolfo Cortés Copropiedad D", de fecha 26 de diciembre de 2016.


    Considerando:

    a. Que, por medio de la resolución N° 358, del 29 de abril de 2016, se estableció la distribución de los recursos correspondiente al llamado extraordinario para el desarrollo de proyectos del Programa Protección del Patrimonio Familiar en la modalidad regulada por el capítulo II, Atención de Condominios de Viviendas Sociales para la Región de O'Higgins, estableciéndose tres llamados para el periodo 2016, sin embargo, posteriormente con la resolución N° 709, de fecha 19 de julio de 2016, se modificó esta distribución, fijándose solo dos llamados para el mismo periodo.
    b. Que, ya se han llevado a cabo el primer y segundo llamado del programa, de los cuales existe un saldo de recursos pendientes de distribución.
    c. Que, asimismo, por medio de los actos administrativos modificatorios de la resolución N° 1.290 citada en el visto N° 11 se han destinado nuevos recursos para la región, por lo cual, sumado al remanente expuesto en el considerando anterior, hacen necesario realizar un tercer llamado y selección a nivel regional.
    d. Que, una vez cerrado el proceso individualizado en el considerando anterior, se procedió a seleccionar a los beneficiarios de acuerdo a lo señalado en la resolución exenta N° 1.290, del año 2016, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y al decreto supremo N° 255, del año 2006, lo cual se materializó a través del acta citada en el visto N° 14 de la presente y que es pertinente sancionar;
    e. Que, se anexan a la presente resolución las nóminas de los conjuntos seleccionados, con las especificaciones que en ella se señalan,
    f. Que, la interpretación armónica de los Vistos y Considerandos precedentes determina la dictación de la siguiente:

    Resolución:

    i. Modifíquese el resuelvo 2 la resolución exenta N° 358, de fecha 29 de abril de 2016, de esta Seremi Minvu, y sus modificaciones por el que se transcribe a continuación:

    2.- Establézcase la siguiente distribución de los recursos señalados en el resuelvo 16 de la resolución exenta N° 1.290 de fecha 29 de febrero 2016 y sus posteriores modificaciones:

    .

    ii. Sanciónase Acta de la Comisión Técnica Evaluadora de los proyectos presentado por los condominios postulantes: "Copropiedad 5" Costa del Sol "Copropiedad 7" Costa del Sol, "Yerbas Buenas", "Cristóbal Colón", "Rodolfo Cortés Copropiedad D", de fecha 26 de diciembre de 2016.
    iii. Asígnense los recursos para la selección del 2016, según presupuesto establecido en el resuelvo 16 de resolución exenta N° 1.290, individualizada en el visto 11, para el desarrollo de proyectos en Condominios de Viviendas Sociales en su línea regular, que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de asistencia técnica, según la distribución que a continuación se señala:

    A) Para la atención de Condominios demanda general

    .

    B) Para la atención de Condominios Programa Quiero Mi Barrio

    .

    iv. Apruébense las nóminas de postulantes seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al mes de diciembre de 2016, de acuerdo a lo dispuesto en el resuelvo número 1 de la resolución exenta N° 1.290 (V. y U.), de 2016. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte de la presente resolución.

    v. Fíjase el número de postulantes seleccionados en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins de acuerdo a la distribución regional de recursos consignada en el resuelvo número 13 de la resolución exenta N° 1.290, individualizada en el visto 11 del presente acto.

    .

    vi. Publíquese el aviso señalado en el artículo 27 del decreto supremo N° 255 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de 2006 en los términos allí indicados.

    vii. Ofíciese a Serviu Región del Libertador General Bernardo O'Higgins a fin de que proceda a la publicación, según lo señalado en la parte final del artículo 27 del DS 255 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo del año 2006.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Hernán Rodríguez Baeza, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.


    ..
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .
    .