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Decreto 308

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Decreto 308

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Decreto 308 APRUEBA CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº3 QUE MODIFICA EL CONTRATO DE CONCESION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESION INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO CHILLAN-COLLIPULLI"

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Decreto 308

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Promulgación: 19-ABR-2004

Publicación: 08-SEP-2004

Versión: Única - 08-SEP-2004

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APRUEBA CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº3 QUE MODIFICA EL CONTRATO DE CONCESION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESION  INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO CHILLAN-COLLIPULLI"

    Núm. 308.- Santiago, 19 de abril de 2004.- Vistos:

-  El DFL MOP Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº206, de 1960, Ley de Caminos.

-  El decreto supremo MOP Nº900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y en particular su artículo 19º.

-  El decreto supremo MOP Nº956, de 1997,
    Reglamento de la Ley de Concesiones.

-  El decreto supremo MOP Nº576, de fecha 30 de junio de 1997, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los kilómetros 413,640 y 573,760 de la Ruta 5 Sur, denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Chillán-Collipulli".

-  El decreto supremo MOP Nº2.987, de fecha 28 de julio de 2000, que modificó el régimen jurídico del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Chillán-Collipulli" para hacerle aplicables las normas establecidas en el DS MOP Nº956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones.

-  El decreto supremo MOP Nº4.939 de fecha 31 de octubre de 2000, que aprobó el convenio complementario Nº1 de fecha 30 de octubre de 2000, que modifica el contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Chillán-Collipulli".

-  El decreto supremo MOP Nº2.249 de fecha 31 de diciembre de 2001, que aprobó convenio complementario Nº2 de fecha 21 de diciembre de 2001, que modifica el contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Chillán-Collipulli".

-  La resolución Nº520 de 1996 de la Contraloría General de la República que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº55 de 1992.

    D e c r e t o:

    1. Apruébese el convenio complementario Nº3 de fecha 7 de abril de 2004, suscrito entre la Dirección General de Obras Públicas, representada por su Director General, don Germán Millán Pérez, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé Nº71 piso 3º, comuna y ciudad de Santiago, y la "Sociedad Concesionaria Autopista del Bosque S.A.", RUT Nº96.843.170-6, debidamente representada por don Jean Marcel Ramos, con domicilio para estos efectos en Avenida Vitacura Nº2711, oficina 1303, comuna de Las Condes de la ciudad de Santiago. Dicho convenio complementario pasará a formar parte integrante del contrato de concesión.

    2. Dispónese que en todo lo no modificado por el convenio complementario que se aprueba por el presente decreto supremo, rigen plenamente las estipulaciones del decreto supremo MOP Nº576, de fecha 30 de junio de 1997 que adjudicó el contrato de concesión, las Bases de Licitación y demás instrumentos que conforman el contrato de concesión.

    3. Establécese que la sociedad concesionaria deberá suscribir ante notario tres transcripciones del presente decreto supremo en señal de aceptación de su contenido, debiendo protocolizar ante el mismo notario uno de sus ejemplares conjuntamente con un original del convenio complementario que se aprueba, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde su publicación en el Diario Oficial. Una de las transcripciones referidas precedentemente será entregada para su archivo a la Coordinación General de Concesiones de la Dirección General de Obras Públicas y la otra a la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas, ambas deberán acompañarse de una copia autorizada de la protocolización efectuada.

    4. Establécese que el Director General de Obras Públicas informará semestralmente a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda sobre el desarrollo y cumplimiento de las estipulaciones del convenio complementario aprobado por el presente decreto supremo.

      Anótese,  tómese  razón  y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR,  Presidente de la República.- Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Obras Públicas.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Clemente Pérez Errázuriz, Subsecretario de Obras Públicas.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 08-SEP-2004
08-SEP-2004

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