Labor Parlamentaria

Diario de sesiones

  • Alto contraste

Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha

Índice
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • I.- ASISTENCIA.
    • II.- APERTURA DE LA SESION.
    • III.- TRAMITACION DE ACTAS.
    • IV.- LECTURA DE LA CUENTA.
      • LECTURA DE LA CUENTA
      • NUEVA BONIFICACION COMPENSATORIA FAMILIAR.
        • INTERVENCIÓN : Jorge Antonio Montes Moraga
      • PREFERENCIA PARA TRATAR ASUNTOS EN TERCER TRAMITE.
        • INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
    • V.- ORDEN DEL DIA.
      • TRASLADO DE MERCADERIAS DE INDUSTRIAS DE ARICA O DE ZONAS DE TRATAMIENTO ADUANERO ESPECIAL AL RESTO DEL PAIS.
        • ANTECEDENTE
        • DEBATE
          • INTERVENCIÓN : Luis Valente Rossi
          • INTERVENCIÓN : Juan De Dios Carmona Peralta
          • INTERVENCIÓN : Patricio Aylwin Azocar
      • MODIFICACION DE DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 10 DE LA CARTA FUNDAMENTAL. REFORMA CONSTITUCIONAL.
        • ANTECEDENTE
        • DEBATE
          • INTERVENCIÓN : Patricio Aylwin Azocar
          • INTERVENCIÓN : Victor Joaquin Garcia Garzena
          • INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
          • INTERVENCIÓN : Raul Juliet Gomez
          • INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
          • INTERVENCIÓN : Jorge Antonio Montes Moraga
          • INTERVENCIÓN : Rafael Adolfo Moreno Rojas
          • INTERVENCIÓN : Jose Placido Musalem Saffie
          • INTERVENCIÓN : Fernando Ochagavia Valdes
          • INTERVENCIÓN : Tomas Pablo Elorza
          • INTERVENCIÓN : Luis Papic Ramos
          • INTERVENCIÓN : Benjamin Prado Casas
          • INTERVENCIÓN : Jose Tomas Reyes Vicuna
          • INTERVENCIÓN : Francisco Bulnes Sanfuentes
      • CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y LA UNION PANAMERICANA SOBRE LA OFICINA EN CHILE DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Raul Juliet Gomez
    • VI.- TIEMPO DE VOTACIONES.
      • PUBLICACION DE DISCURSOS. CABLE AL SECRETARIO GENERAL DE LA NU.
        • INTERVENCIÓN : Luis Valente Rossi
    • VII.- INCIDENTES.
      • PETICIONES DE OFICIOS.
        • Del señor Morales Adriasola:DESIGNACION DE MINISTRO SUMARIANTE PARA CONOCER DE DELITOS SANCIONADOS POR EL ARTICULO 19 DE LA LEY 16.643.
      • ACTITUD INDEBIDA DE FUNCIONARIO DE NACIONALIDAD EXTRANJERA EN CONTRA DE EMPLEADA DE CORA. OFICIOS.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rafael Adolfo Moreno Rojas
      • COMUNICACION DE LA KENNECOTT COPPER COMPANY A COMPRADORES DE COBRE CHILENO.
        • INTERVENCIÓN : Ricardo Valenzuela Saez
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • ANEXOS.
      • 1. PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE DISPONE QUE LA EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD HARA EL APORTE QUE INDICA A LAS MUNICIPALIDADES DE ROSARIO LO SOLIS Y LA ESTRELLA DE COLCHAGUA; LAS CABRAS DE O’HIGGINS Y LAS OTRAS QUE SEÑALA.
      • 2. PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL EN MATERIA DE NOTIFICACIONES.
      • 3. PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE FACULTA AL MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y A LA DIRECTIVA NACIONAL DE LA AGRUPACION NACIONAL DE LOS TRABAJADORES SEMIFISCALES PARA QUE SOMETAN A LA DECISION DE UN ARBITRO ARBITRADOR LA PETICION DE LOS PERSONALES DE LAS INSTITUCIONES SEMIFISCALES DE PREVISION SOCIAL Y OTRAS QUE INDICA.
      • 4. SEGUNDO INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO DE LOS PERSONALES DE LAS INSTITUCIONES FISCALES Y MUNICIPALES.
      • 5 . INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION EN QUE PROPONE RECABAR EL ASENTIMIENTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS PARA ENVIAR AL ARCHIVO EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE UN NUEVO PLAZO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA OTORGAR LA CONCESION DE TERRENOS FISCALES A LAS PERSONAS QUE LOS OCUPEN EN LAS PROVINCIAS DE TARAPACA Y ANTOFAGASTA.
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • I.- ASISTENCIA.
    • II.- APERTURA DE LA SESION.
    • III.- TRAMITACION DE ACTAS.
    • IV.- LECTURA DE LA CUENTA.
    • V.- ORDEN DEL DIA.
    • VI.- TIEMPO DE VOTACIONES.
    • VII.- INCIDENTES.
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • ANEXOS.
Notas aclaratorias
  1. Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
  2. Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.

?DIARIO DE SESIONES DEL SENADO

PUBLICACION OFICIAL.

LEGISLATURA 316ª, ORDINARIA.

Sesión 99ª, en viernes 15 de septiembre de 1972.

Ordinaria. (De 10.14 a 12.8).

PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES IGNACIO PALMA VICUÑA, PRESIDENTE, Y ALEJANDRO NOEMI HUERTA, PRESIDENTE ACCIDENTAL.

SECRETARIO, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO.

INDICE.

Versión taquigráfica.

I.- ASISTENCIA 4661

II.- APERTURA DE LA SESION 4661

III.- TRAMITACION DE ACTAS 4661

IV.- LECTURA DE LA CUENTA 4661

Nueva bonificación compensatoria familiar (trámite a Comisión de Hacienda) 4663

Preferencia para tratar asuntos en tercer trámite 4663

V.- ORDEN DEL DIA:

Proyecto de ley, en primer trámite, sobre traslado de mercaderías de industrias de Arica o de zonas de tratamiento aduanero especial al resto del país (se despacha) 4663

Proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, sobre modificación del artículo 10 de la Carta Fundamental (se aprueba en general) 4666

Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, sobre convenio suscrito entre el Gobierno de Chile y la Unión Panamericana sobre la Oficina en Chile de la Organización de los Estados Americanos (queda para segunda discusión) 4678

VI.- TIEMPO DE VOTACIONES:

Publicación de discursos. Cable al Secretario General de la NU (se aprueba) 4679

Inserción de documento (se aprueba) 4679

Publicación de discursos (se aprueba)

VII.- INCIDENTES:

Peticiones de oficios (se anuncian)

Actitud indebida de funcionario de nacionalidad extranjera en contra de empleada de CORA. Oficios (observaciones del señor Moreno) 4680

Comunicación de la Kennecott Copper Company a compradores de cobre chileno (observaciones del señor Valenzuela) 4682

Anexos.

1.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que dispone que la Empresa Nacional de Electricidad hará el aporte que indica a las municipalidades de Rosario Lo Solís y La Estrella, de Colchagua, Las Cabras, de O’Higgins, y otras que señala . 4684

2.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que introduce enmiendas al Código de Procedimiento Civil en materia de notificaciones 4685

3.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que faculta al Ministro del Trabajo y Previsión Social y a la directiva nacional de la Agrupación Nacional de los Trabajadores Semifiscales para que sometan a la decisión de un árbitro arbitrador, la petición de los personales de las instituciones semifiscales de previsión social y otras que indica 4685

4.- Segundo informe de la Comisión de Gobierno recaído en el proyecto que establece normas sobre terminación del contrato de trabajo de los personales de las instituciones fiscales y municipales 4686

5.- Informe de la Comisión de Agricultura y Colonización con el que propone el archivo del proyecto que concede un nuevo plazo al Presidente de la República para otorgar la concesión de terrenos fiscales a las personas que los ocupen en las provincias de Tarapacá y AntofagastaVERSION TAQUIGRAFICA.

I.-ASISTENCIA.

Asistieron los señores:

Aguirre Doolan, HumbertoAylwin Azócar, PatricioBaltra Cortés, AlbertoBallesteros Reyes, EugenioBossay Leiva, LuisBulnes Sanfuentes, FranciscoCampusano Chávez, JulietaCarmona Peralta, Juan de DiosCarrera Villavicencio, María ElenaFoncea Aedo, JoséFuentealba Moena, RenánGarcía Garzena, VíctorGormaz Molina, RaúlHamilton Depassier, JuanIrureta Aburto, NarcisoJerez Horta, AlbertoJuliet Gómez, RaúlLorca Valencia, AlfredoLuengo Escalona, Luis FernandoMontes Moraga, JorgeMorales Adriasola, RaúlMoreno Rojas, RafaelMusalem Saffie, JoséNoemi Huerta, AlejandroOchagavía Valdés, FernandoPablo Elorza, TomásPalma Vicuña, IgnacioPapic Ramos, LuisPrado Casas, BenjamínReyes Vicuña, TomásRodríguez Arenas, AnicetoSilva Ulloa, RamónTarud Siwady, RafaelValente Rossi, Luis, y

Valenzuela Sáez, Ricardo.

Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro, y de Prosecretario, el señor Daniel Egas Matamala.

II.-APERTURA DE LA SESION.

Se abrió la sesión a las 10.14, en presencia de 23 señores Senadores.

El señor PALMA (Presidente).-

En el nombre de Dios, se abre la sesión.

III.-TRAMITACION DE ACTAS.

El señor PALMA (Presidente).-

Las actas de las sesiones 96ª y 97ª quedan en Secretaría a disposición de los señores Senadores.

IV.-LECTURA DE LA CUENTA.

El señor PALMA (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:

Oficios.

Diecisiete de la Honorable Cámara de Diputados.

Con los cinco primeros, comunica que ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho el Senado, los siguientes proyectos de ley:

1) El que crea diversos cargos y dicta normas relativas a la Biblioteca del Congreso Nacional.

2) El que destina el 10% de los recursos del Instituto CORFO de Aisén a las municipalidades de la provincia y autoriza a las municipalidades de Aisén y Coihaique para contratar empréstitos.

3) El que modifica el artículo 106 del D. F. L. Nº 338, de 1960, en lo relativo a la determinación del desahucio.

4) El que beneficia, por gracia, a don Luis Galaz Peña.

5) El que modifica el artículo 2º de la ley Nº 17.377, con el objeto de extender las transmisiones del Canal 4 de Televisión de Valparaíso.

Con el siguiente, comunica que ha tenido a bien no insistir en la aprobación de la modificación que introdujo al proyecto de ley que autoriza la celebración de carreras hípicas extraordinarias en beneficio de la Sociedad Chilena de Cancerología, que fue rechazada por esta Corporación.

Se manda comunicarlos a Su Excelencia el Presidente de la República.

Con los cuatro siguientes, comunica que ha tenido a bien aprobar los proyectos de ley que se señalan:

1) El que dispone que la Empresa Nacional de Electricidad hará el aporte que indica a las municipalidades de Rosario Lo Solís y La Estrella, de Colchagua, Las Cabras, de O’Higgins, y otras que señala (véase en los Anexos, documento 1).

Pasa a la Comisión de Gobierno.

2) El que introduce enmiendas al Código de Procedimiento Civil en materia de notificaciones (véase en los Anexos, documento 2).

Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

3) El que faculta al Ministro del Trabajo y Previsión Social y a la directiva nacional de la Agrupación Nacional de los Trabajadores Semifiscales para que sometan a la decisión de un árbitro arbitrador, la petición de los personales de las instituciones semifiscales de previsión social y otras que indica (véase en los Anexos, documento 3).

Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

4) El que otorga derecho a acogerse a las disposiciones de la ley Nº 16.421, a don Clodomiro Bravo Michell.

Pasa a la Comisión de Asuntos de Gracia.

Con los siete siguientes, comunica que ha tenido a bien aprobar las enmiendas introducidas por el Senado a los proyectos de ley que se indican:

1) El que establece un impuesto de 1% sobre el valor de cada tonelada métrica de carbón en beneficio de las municipalidades de las comunas en que se encuentren los yacimientos carboníferos.

2) El que autoriza la erección de un monumento a la memoria de don Edmundo Pérez Zujovic.

3) El que autoriza la importación y libera de derechos la internación de diversas especies donadas a la parroquia Nuestra Señora del Carmen, de Chimbarongo.

4) El que crea la Casa de la Cultura del Maestro, en Talca.

5) El que denomina Casa Nacional de la Cultura Gabriela Mistral al complejo arquitectónico en que celebró sus sesiones la Tercera Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo de las Naciones Unidas.

6) El que dispone que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado transferirá a título gratuito un terreno al club deportivo Arturo Fernández Vial, de Concepción.

7) El que establece un impuesto al pisco en beneficio de la zona pisquera, en las provincias de Atacama y Coquimbo.

Se manda archivarlos.

Informes.

Segundo informe de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que establece normas sobre terminación del contrato de trabajo de los personales de las instituciones fiscales y municipales (véase en los Anexos, documento 4).

Uno de la Comisión de Agricultura y Colonización, con el que propone recabar el asentimiento de la Honorable Cámara de Diputados para enviar al archivo el proyecto de ley que concede un nuevo plazo al Presidente de la República para otorgar la concesión de terrenos fiscales a las personas que los ocupen en las provincias de Tarapacá y Antofagasta (véase en los Anexos, documento 5).

Quedan para tabla.

Mociones.

Una del Honorable Senador señor Moreno, con la cual inicia un proyecto de ley que deroga el artículo 119 de la ley Nº 17.654, relativo a la fijación de las plantas de CORA y otros servicios funcionalmente descentralizados.

Se manda comunicarla a Su Excelencia el Presidente de la República para los efectos del patrocinio constitucional necesario.

El señor LORCA.- Pido la palabra sobre la Cuenta.

El señor MONTES.- Pido la palabra.

El señor PALMA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Montes.

NUEVA BONIFICACION COMPENSATORIA FAMILIAR.

El señor MONTES.-

Quiero formular una consulta.

Entiendo que ayer la Cámara despachó el proyecto de ley que otorga una nueva bonificación a los trabajadores del país, y que de él debería haberse dado cuenta aquí en el día de hoy; pero puede ser que el oficio correspondiente no se haya enviado aún.

En caso de que ese proyecto llegara, sugeriría al señor Presidente la posibilidad de incorporarlo en la Cuenta que se acaba de dar.

El señor PALMA (Presidente).-

Si no me equivoco, se incluyó en la Cuenta de la sesión de anoche y se tramitó a la Comisión de Hacienda.

PREFERENCIA PARA TRATAR ASUNTOS EN TERCER TRAMITE.

El señor LORCA.-

Tal como el Honorable señor Montes, quiero referirme a un asunto que no figura en la Cuenta, pero sí en la tabla.

Desearía que se discutieran con preferencia los proyectos en tercer trámite, que con seguridad aprobaremos en la misma forma en que lo hizo la Cámara. Se trata de cuatro iniciativas, entre las cuales figura una de que soy autor junto con el Honorable señor Valente, relacionada con las mercaderías que se rematan en Magallanes y que se aprobó por unanimidad tanto en el Senado como en la Cámara, salvo en un aspecto en esta última.

El señor PALMA (Presidente).-

Los proyectos a que se ha referido Su Señoría figuran en la tabla de hoy.

Para proceder en la forma solicitada, se recabará el acuerdo de los Comités.

V.-ORDEN DEL DIA.

TRASLADO DE MERCADERIAS DE INDUSTRIAS DE ARICA O DE ZONAS DE TRATAMIENTO ADUANERO ESPECIAL AL RESTO DEL PAIS.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

En primer lugar del Orden del Día, corresponde votar el proyecto de ley que aclara lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 13.039 y su reglamento, en el sentido de que las industrias instaladas en Arica o en otras zonas de tratamiento aduanero especial, podrán trasladar al resto del país las mercaderías que fabriquen, elaboren, armen o manufacturen, con segundo informe de la Comisión de Economía y Comercio.

Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción del señor Carmona):

En primer trámite, sesión 54ª, en 22 de agosto de 1972.

Informes de Comisión:

Economía, sesión 70ª, en 6 de septiembre de 1972.

Economía (segundo), sesión 95ª, en 13 de septiembre de 1972.

Discusión:

Sesiones 90ª, 91ª, 92ª y 93ª, en 12 de septiembre de 1972 (se aprueba en general); 96ª y 97ª, en 14 de septiembre de 1972.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

En la sesión de ayer se pidió aplazar la votación de este proyecto.

El señor PALMA (Presidente).-

En votación.

(Durante la votación).

El señor VALENTE.-

En las dos oportunidades en que se ha discutido en particular esta iniciativa, dimos a conocer las razones por las cuales no la aceptábamos. Estamos convencidos de que no clarifica la situación creada en el departamento de Arica y en Aisén, Chiloé y Magallanes, sino que, por lo contrario, produce o introduce confusión en cuanto a la interpretación de la norma legal que se pretende aclarar.

En todo caso, hemos manifestado que el Círculo de Vistas de Aduana de Valparaíso tiene una opinión negativa del proyecto.

En espera de la iniciativa que se encuentra en la Cámara, patrocinada por el Gobierno, quien hizo suyo el proyecto de los vistas de Aduana, votaremos en contra del proyecto en debate.

El señor CARMONA.-

Esta iniciativa se presentó a causa de la delicada situación que existía en el departamento de Arica, particularmente en su actividad industrial, y tiene por objeto eliminar las dificultades que habían impedido incluso trasladar las mercaderías producidas por fabricantes chilenos, por industrias autorizadas en virtud de la actual ley, llamada ley Arica; la que permite su venta en todo el territorio nacional.

El entorpecimiento para el traslado de dichos productos afectó durante bastante tiempo a ese sector económico, por las diversas interpretaciones legales de parte de la Aduana y de la Contraloría.

Como lo hemos explicado, el proyecto contiene tres tipos de disposiciones.

En primer término, obvia el problema descrito estableciendo que debe prevalecer la doctrina de la Superintendencia de Aduanas, la que se había aplicado con anterioridad sin complicaciones.

En segundo lugar, este proyecto zanja toda dificultad en que puedan haberse visto envueltos no sólo los industriales, sino que también los funcionarios y demás personas o intermediarios que hubieren intervenido en esta materia. Por consiguiente, las apreciaciones que ha vertido el Honorable señor Valente sobre el particular no se justifican.

Al declarar ajustadas a derecho todas estas actuaciones, se produce, indudablemente, el efecto jurídico de que ellas no puedan investigarse y de que los servidores públicos se liberen de sumarios.

Finalmente, se propone en el proyecto una norma que ya hemos explicado muchas veces y cuya aplicación, como doctrina, estimamos esencial con respecto a los organismos de la Administración encargados de fiscalizar o aplicar la ley de manera particular.

Sabemos que sólo al legislador corresponde la interpretación de los preceptos legales de un modo generalmente obligatorio. Pero cuando varias instituciones pueden dar normas sobre la aplicación particular de los preceptos legales, aun cuando ya estén interpretados de manera general por el legislador como sucede en el caso de las actividades industriales de Arica, se producen diferencias de apreciación y en definitiva prevalece la resolución de una u otra. Para los casos en que ocurra esto, o sea, cuando predomine una interpretación, el proyecto prescribe que ella sólo podrá operar para lo futuro y no tendrá efecto retroactivo. De este modo, no quedarán sujetas a sanciones o penalidades ni las actividades industriales ni los funcionarios mismos, por haber aplicado una interpretación que antes se consideraba adecuada.

Tales son, en síntesis, las finalidades del proyecto que nos ocupa. A nuestro juicio, su articulado resuelve las situaciones que señalé.

El Honorable señor Valente anticipó que el Gobierno enviaría sobre la materia un proyecto considerado desde el punto de vista del Ejecutivo y de los funcionarios de aduanas.

El señor VALENTE.-

Y de la zona.

El señor CARMONA.-

Nosotros presentamos el proyecto en debate con el objeto de favorecer las actividades de la zona remediando las dificultades; de establecer la interpretación correcta de la ley vigente, y de dejar a salvo la responsabilidad de los funcionarios aduaneros por sus actuaciones en esta materia.

Por lo tanto, nuestra iniciativa no se basa solamente en el criterio del Gobierno, que al respecto quiere obtener una facultad con la cual estamos en desacuerdo, sino que tiene en cuenta el interés general y el de la zona.

Por último, el Honorable señor Valente anunció que presentaría indicaciones, en virtud de los antecedentes que expuso, para reemplazar los artículos de la iniciativa en votación. Sin embargo, ese ofrecimiento no se hizo efectivo. Por el contrario, sólo presentó indicaciones para suprimir las tres normas de que consta el proyecto.

El señor VALENTE.-

Para sustituirlas, señor Senador.

El señor CARMONA.-

No. Para suprimirlas.

El señor VALENTE.-

Se enviaron a la Presidencia de la República para. . .

El señor CARMONA.-

La Comisión de Economía no conoció sino indicaciones para suprimir normas.

Por lo tanto, corresponde votar el proyecto afirmativamente, pues resuelve situaciones cuya solución no se puede postergar un día más.

El señor PALMA (Presidente).-

Honorable señor Carmona, ha terminado el tiempo de que disponía para fundar el voto.

¿Cómo vota Su Señoría?

El señor CARMONA.-

Que sí.

El señor AYLWIN.-

Aparte las razones indicadas por el Honorable señor Car- mona, el proyecto en estudio merece nuestra aprobación, por juzgar de extraordinaria importancia la norma que estatuye su artículo 3º.

Como dice el informe, aquí se consagra una norma de seguridad jurídica evidente, que representa la buena doctrina aplicable en el Derecho Administrativo y que en nuestra legislación positiva tiene una consagración expresa respecto de la ley en el Código Civil, y no en materia administrativa, salvo uno que otro caso aislado.

El problema se plantea con cierta frecuencia en la Administración Pública: sobre la base de los informes de las asesorías jurídicas o fiscalías de las distintas ramas administrativas, se aplica determinada norma legal de cierto modo. De la noche a la mañana, después de un período más o menos extenso de aplicación de buena fe de tal precepto en el mismo sentido, y, en circunstancias de que los administrados, en sus relaciones con la Administración, entienden que ésa es la manera correcta de proceder, porque ella misma lo ha indicado así, el dictamen de un organismo fiscalizador impone una interpretación distinta. A menudo, este cambio de interpretación significa desconocer la legitimidad de actuaciones realizadas durante largo tiempo sobre la base de una norma interpretada en otra forma.

Lo anterior origina enorme inseguridad jurídica en las relaciones de los administrados con la Administración. El principio de protección a la buena fe de los terceros, que debe regir en toda clase de relaciones jurídicas, exige que la nueva interpretación sólo se aplique para el futuro y no tenga efecto retroactivo. Este criterio de que la modificación de cualquier acto jurídico únicamente surte efectos hacia el futuro y nunca con respecto al pasado, debe imperar también, como es lógico, en los casos en que una nueva interpretación cambia el sentido en que se han estado aplicando determinadas normas.

Por estas razones, voto que sí.

El señor FUENTEALBA.-

Quiero rectificar mi voto.

No puedo votar por estar pareado.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

¿Su Señoría había votado afirmativamente?

El señor FUENTEALBA.-

Así es.

Se aprueba el proyecto (19 votos contra 3 y 3 pareos).

MODIFICACION DE DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 10 DE LA CARTA FUNDAMENTAL. REFORMA CONSTITUCIONAL.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Honorables señores Ferrando, Irureta, Moreno, Musalem y Papic

Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional (moción de los señores Ferrando, Irureta, Moreno, Musalem y Papic):

En primer trámite, sesión 17ª, en 20 de junio de 1972.

Informe de Comisión:

Legislación, sesión 54ª, en 22 de agosto de 1972.

Discusión:

Sesión 97ª, en 14 de septiembre de 1972.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

En la sesión de ayer, se pidió aplazar la votación de esta iniciativa.

El señor PALMA (Presidente).-

Se ha solicitado votar en forma nominal.

En votación.

(Durante la votación).

El señor PALMA (Presidente).-

El Honorable señor Aylwin puede fundar su voto.

El señor AYLWIN.-

Este proyecto de enmienda de la Constitución Política del Estado persigue consagrar algunos principios inspiradores de la reforma agraria, con el fin de evitar ciertos abusos que se han estado cometiendo en el último tiempo.

En él se establece el principio general de que las tierras que el Estado adquiera para la realización de la reforma agraria deben transferirse en dominio a los campesinos que acrediten haber tenido residencia en ellas al momento de la toma de posesión material, o a las organizaciones de campesinos con personalidad jurídica que aquéllos hubieren formado.

¿A qué responde este principio? Quienes han luchado a lo largo de los tiempos por una reforma agraria, lo hicieron siempre bajo el lema la tierra para el campesino, la tierra para el que la trabaja, y los campesinos entendieron que eso significaba, como es lógico, que la reforma agraria los convertiría en propietarios de aquélla.

La ley de Reforma Agraria vigente, dictada en el Gobierno anterior, recogió ese principio. En efecto, dispuso que todos los campesinos que trabajen en el predio expropiado tienen derecho a incorporarse al asentamiento y que, al cabo de un lapso, la tierra debe asignárseles, sea en propiedad familiar, sea en propiedad cooperativa, sea bajo un régimen mixto. Este principio legal contó y cuenta con el respaldo de prácticamente todas las organizaciones campesinas de Chile, porque interpreta la aspiración más profunda del hombre que trabaja la tierra.

Ahora bien, bajo el actual Gobierno, la Corporación de Reforma Agraria se ha negado sistemáticamente a otorgar títulos de dominio a los campesinos. Hace algunos días, cité el caso de los asentamientos San Diego y Flor del Llano de la comuna de San Clemente, de Talca. El primero ha enterado cinco años en tal condición, es decir, ha cumplido el plazo máximo que prevé la ley para un asentamiento. Todos los campesinos asentados están de acuerdo en que se les asigne la tierra en cooperativa. No exigen la asignación de la tierra en dominio; sólo piden la propiedad individual de la casa y del huerto. En otras palabras, los campesinos solicitan lo que la Unidad Popular prometió en su programa presidencial como sistema de tenencia de la tierra en el área reformada: la asignación individual de la casa y del huerto, y la asignación en cooperativa del resto del predio. Sin embargo, la CORA se niega a efectuar la asignación.

Otro tanto ocurre §n el asentamiento Flor del Llano.

El señor PALMA (Presidente).-

Ha terminado el tiempo de Su Señoría.

El señor AYLWIN.-

Concluyo expresando que estos motivos me mueven a votar favorablemente la reforma constitucional.

El señor GARCIA.-

Concurriremos con nuestros votos a aprobar esta reforma, aunque estimamos que debe modificarse en algunos aspectos, porque la ley no puede atentar contra ciertos hechos.

Tan mal uso se ha hecho de la reforma agraria; es tan grave la situación en el campo, y tan grande la inquietud por la falta de alimentos, que será necesario aprobar no sólo esta reforma constitucional, sirio también otras más, a fin de poder llevar tranquilidad a los campesinos.

En consecuencia, es la política de dar confianza a la gente, con el objeto de que pueda trabajar, lo que nos induce a votar favorablemente esta iniciativa.

Pero no podemos dejar de reconocer ciertas cosas. Por ejemplo, que se asegura a los residentes de los predios el dominio pleno de la propiedad expropiada y dos hectáreas de casa.

Al respecto, debo informar al Senado que en 1968 correspondió una faja de terreno de 8 hectáreas a cada uno de los primeros 10 mil asentados. En 1969 esa superficie bajó a seis hectáreas y tanto por persona; y ahora se están entregando alrededor de 4 hectáreas a cada una. De manera que los asentamientos van a ser dos hectáreas por campesino, más dos hectáreas de casa, siempre que no entren a dichos asentamientos residentes que tengan pequeñas propiedades. De acuerdo con esto, tendremos que dividir el millón cuatrocientas mil hectáreas de riego básicas existentes en Chile entre seiscientas mil personas, y por consiguiente sólo corresponderán dos hectáreas a cada una, en circunstancias de que bien sabemos que para poder vivir en el campo se requieren por lo menos siete u ocho hectáreas. O sea, todo este proyecto se funda en la suposición de la existencia de tierras que no hay en el país.

Todo nuestro problema agrario proviene de que siempre se ha supuesto en Chile que existe gran cantidad de tierras no cultivadas, como se dice, y resulta que la posible de cultivar en las condiciones que tiene el valle del Maipo no son más de un millón cuatrocientas mil hectáreas.

Por consiguiente, trataremos de modificar estas normas sea por la vía de la indicación, sea en la Cámara de Diputados.

También nos inducen a aprobar el proyecto otras disposiciones, como por ejemplo la que dice relación a la libertad de comercio y de transporte, que comienza señalando: Es deber del Estado velar por el libre abastecimiento y transporte de todos los bienes necesarios para el desenvolvimiento y desarrollo de las actividades comerciales en forma de permitir el acceso no condicionado a las fuentes de producción o distribución.

Hemos visto que todo el plan del Gobierno se ha hecho sobre la base de dar cuotas, de discriminar, de usar la fijación de precios como instrumento de presión, para que las empresas puedan entregarse. De manera que esto también nos mueve a dar nuestros votos favorables a la reforma.

El señor HAMILTON.-

La verdad es que si en Chile se estuviera aplicando la reforma agraria en términos auténticos y leales, probablemente estarían de más ésta y otras modificaciones que hemos propuesto a la Constitución Política del Estado. Lamentablemente, no ocurre así en los hechos.

Entre los logros que se señalan como alcanzados por el actual Gobierno, está el haber liquidado el latifundio y realizado una reforma agraria masiva, extensa y completa.

Esta esencial reforma se inició en el Gobierno anterior, pero dentro de la ley, con respeto del campesinado y salvaguardia de los derechos que la misma ley reconoce a los propietarios, y sin disminuir la producción nacional todo lo contrario, se aumentó. En cambio, durante este período se ha llevado a cabo en forma tal, que afecta gravemente los derechos de los campesinos, los derechos de los propietarios y los intereses de la economía nacional.

Respecto de los propietarios, es de todos conocida la aplicación al margen de la ley que el Gobierno está haciendo de la reforma agraria; también se sabe que no se ha respetado el derecho de reserva que la ley reconoce al propietario que ha cumplido las condiciones o requisitos que esa misma legislación consigna.

En segundo lugar, tampoco se ha respetado al pequeño y mediano agricultor. Hace algunas semanas, el Honorable señor Moreno proporcionó los antecedentes contenidos en un oficio que pidió y recibió a través de la Oficina de Informaciones del Senado respecto de las tomas habidas en el campo. Carabineros informó oficialmente que había más de 1.760 tomas, la mayor parte de las cuales afectaba a pequeños y medianos propietarios agrícolas.

Por otro lado, tampoco se ha respetado al campesinado. Por el contrario, se le ha burlado en sus derechos y legítimas expectativas,, basadas en la misma legislación.

La tierra es para el campesino, fue el slogan usado durante muchos años por los hombres que hoy gobiernan. Esa fue la idea que inspiró la reforma agraria. Sin embargo, como aquí lo han señalado otros señores Senadores, no se ha estado entregando la tierra al campesino; no se han estado formando asentamientos en términos provisionales de acuerdo con la ley; lisa y llanamente se ha estado procediendo a acaparar toda la tierra para el Estado y a transformar al campesino en un siervo de los nuevos patrones que son los burócratas estatales.

Por último, el perjuicio que la reforma agraria ha acarreado en este período a la economía nacional es de tal gravedad, que parte importante del desabastecimiento, escasez y hambruna que hay en el país, se debe, como lo reconocen los mismos dirigentes de la Unidad Popular, al fracaso de la aplicación de la política agraria.

Al respecto, basta considerar un solo antecedente. A fines de 1970, el país había importado durante el año 150 millones de dólares en alimentos; y durante 1972, según expresiones del propio Presidente de la República, deberán importarse sobre 400 millones de dólares en alimentos. Ese es el trágico resultado, ése es el lamentable balance de la aplicación de la reforma agraria por este Gobierno.

En consecuencia, es necesario aprobar esta reforma a la Constitución, que da garantías al pequeño y mediano propietario, aparte que desincentivará las tomas al margen de la ley.

El señor PALMA (Presidente).-

Ha terminado el tiempo de Su Señoría.

El señor HAMILTON.-

Voto que sí.

El señor JULIET.-

Deseo hacer una muy breve intervención en nombre de los Senadores del Partido Izquierda Radical.

En esta oportunidad, nuestro partido reitera y corrobora el propósito que manifestó en la anterior reforma constitucional, cuando prestó con entusiasmo su apoyo a la disposición que impide la nacionalización de la pequeña y mediana industria, del pequeño y mediano comercio, de la pequeña y mediana minería y del pequeño y mediano agricultor, puesto que es un imperativo para nuestra colectividad insobornable en su conducta estar siempre dispuesta a defender al pequeño y mediano productor.

También constituye parte de nuestra filosofía política el permitir que el trabajador del agro pueda tener no sólo un derecho frente a la tierra, sino también dominio sobre ella.

Por eso, al votar afirmativamente la primera de las reformas constitucionales, que permite al campesino en las tierras estatales reclamar el dominio sobre ellas, o sea, afianzar su residencia, lo hacemos con entusiasmo, participando de los fines que persigue este proyecto.

En seguida, manifestamos también nuestro apoyo a esta reforma en cuanto reduce la inexpropiabilidad de los predios, de 80, a 40 hectáreas, vale decir, en cuanto establece que son inexpropiables las tierras de cabida igual o inferior a 40 hectáreas de riego básicas, pues creemos que con ello es posible realizar una explotación intensiva en beneficio de la producción.

El inciso duodécimo del Nº 10 del artículo 10 de la Carta Fundamental dice: La pequeña propiedad rústica trabajada por su dueño y la vivienda habitada por su propietario no. podrán ser expropiadas sin previo pago de la indemnización. Mediante la reforma en estudio se reafirman los conceptos que he señalado con relación a la propiedad rústica de cabida igual o inferior a 40 hectáreas de riego básicas trabajada por su dueño.

Por eso, reiteramos con entusiasmo nuestra decisión de apoyar a los pequeños y medianos productores; de darles estabilidad en su trabajo y, con ello, tranquilidad para el futuro, a fin de que tengan real interés por cultivar su propia tierra, cuyo dominio ahora estará garantido, para entregar a quienes con ellos viven los medios que les permitan llevar una existencia exenta de riesgos, sin el peligro que representa una producción limitada.

Expresamos también nuestro apoyo a la enmienda consignada en el artículo transitorio, en cuanto impide que desde ahora hasta la fecha de aplicación de la reforma en estudio se expropien las tierras cuya cabida fluctúa entre 40 y 80 hectárea de riego básicas, pues con ello se frustra todo intento de burlar el propósito que ahora nos anima.

Voto que sí.

El señor LORCA.-

Señor Presidente, los Senadores democratacristianos, de acuerdo con el criterio de la directiva nacional de nuestro partido y de su departamento sindical y campesino, votaremos favorablemente la reforma en estudio.

Sin embargo, quiero expresar que tal vez pudo consignarse un inciso que estableciera una diferencia fundamental para aplicar las normas pertinentes en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. ¿Por qué? Porque existe una especie de contradicción en la forma como algunas veces se legisla en este Parlamento.

Hace poco tiempo se discutió un proyecto iniciado en moción del Honorable señor Foncea mediante el cual se establecía la inexpropiabilidad de las propiedades de cabida inferior a 80 hectáreas de riego básicas ubicadas en la provincia de Maule. Con el Honorable señor Morales, en la Comisión de Agricultura planteamos el mismo punto de vista. Porque una cosa es expropiar un latifundio, una hacienda o un fundo, y otra distinta dividir las tierras de los pequeños ganaderos, dejando prácticamente en la miseria a los agricultores dé Chiloé Continental y de las provincias de Aisén y Magallanes.

En sesión pasada sostuve que el Gobierno democratacristiano expropió un millón de hectáreas pertenecientes a la Ganadera Tierra del Fuego y varias grandes estancias de la provincia de Magallanes. Compartimos ese criterio. Pero nos parece absurdo y grotesco que, sobre la base de la reforma constitucional en estudio, el Gobierno pueda expropiar en las provincias australes propiedades de 45 hectáreas de riego básicas, porque en el fondo ello implica dividir por la mitad terrenos de 2 mil o 3.000 mil hectáreas, con lo que se deja en la miseria a cualquier familia campesina que sólo disponga de mil hectáreas o poco más. Me refiero a las zonas ganaderas de Chiloé Continental y de las provincias de Aisén y Magallanes.

Actualmente existen en Magallanes más o menos cuatrocientos pequeños agricultores, y cada uno no tiene más de 2.500 o 3.000 hectáreas. Sus tierras se dividirán, porque, de acuerdo con la tabla respectiva, 40 hectáreas de riego básicas del valle del Maipo equivalen a 2.000 o 2.200 de la región austral.

Estimo que con ese criterio se perjudica la producción agrícola y ganadera de las tres provincias que represento.

No sé si procede formular indicaciones al proyecto de reforma constitucional en debate y si se hubiera presentado alguna a este respecto la haría mía, porque aunque la situación de aquella zona está resuelta en la ley, prevalecerá lo dispuesto en esta reforma.

No obstante discrepar del criterio que se aplicará también a los campesinos de las tres provincias que represento en el Senado, quienes trabajan en regiones tan áridas y difíciles con el objeto de crear riqueza para el país, por orden de partido, voto que sí. Pero reitero que, pese a estimar conveniente al interés nacional la iniciativa en lo que dice relación al centro del país, me parece perjudicial para las provincias australes.

El señor MONTES.-

Señor Presidente, ya la Honorable señora Campusano adelantó la posición que los Senadores comunistas mantendremos al votarse la reforma constitucional en estudio. Su Señoría advirtió que nos abstendríamos de pronunciarnos sobre ella. ¿Por qué?

En primer lugar, porque consideramos que en el texto de la reforma figuran disposiciones que a nuestro juicio pueden acogerse; pero hay otras cuya conveniencia de incorporarlas en la Carta Fundamental no vemos; y, en un tercer orden de ideas, se establecen normas a las que nos oponemos categóricamente.

Para citar sólo un ejemplo, señalo que no nos explicamos bien la disposición del número 2 de la letra a) del artículo único, que dice: Los predios rústicos de una cabida igual o inferior a las 40 hectáreas de riego básicas no podrán ser expropiados para los fines de la reforma agraria. Este precepto general no discrimina acerca de si el predio rústico es trabajado por su dueño, por ejemplo, como lo hace la norma del número 3, con la que estamos de acuerdo.

Supongamos que en la práctica haya predios rústicos de cabida de 40 hectáreas de riego básicas que no sean trabajados por sus dueños y respecto de los cuales, inclusive, no se halle suficientemente bien establecido el dominio. De acuerdo con la citada disposición general, esas tierras no podrían ser objeto de expropiación.

Nos parece que un precepto general consignado en la forma como lo está el que acabo de señalar, no se aviene con la necesidad de resolver de modo racional los problemas particulares que puedan presentarse a este respecto, pues niega la posibilidad de solucionarlos en forma adecuada.

Insisto: si un predio rústico de cabida de hasta 40 hectáreas es trabajado por su dueño, estamos de acuerdo con la inexpropiabilidad; pero si hay predios rústicos no trabajados y que se hallan en la condición que establece la ley de Reforma Agraria para estos efectos, ¿por qué excluirlos de la posibilidad de expropiación y qué destino pueden tener?

No vemos, pues, con claridad los objetivos concretos que persiguen los autores del proyecto. Y creemos que, al existir una referencia general, para casos particulares ella puede constituir una traba insalvable, pues la norma pertinente establece la inexpropiabilidad de todos los predios rústicos, y punto, sin señalar condición alguna.

Hacemos presente esto, insisto, porque en la enmienda introducida a continuación se establece la inexpropiabilidad de La propiedad rústica de una cabida igual o inferior a 40 hectáreas de riego básicas trabajada por su dueño. Estamos de acuerdo con esta última norma; pero, reiteramos que la propiedad rústica que no pertenece a alguien de manera clara, tampoco podrá expropiarse, según los dispone la norma del número 2 de la letra a) del artículo único.

Repito que compartimos algunas de las ideas que consigna la reforma en estudio; he señalado por lo menos una. Pero otras, desde el punto de vista del interés nacional, nos parecen inconvenientes.

Es correcto el anuncio que hizo la Honorable señora Campusano respecto de nuestra abstención, y esperamos la solución que el veto dé desde nuestro punto de vista...

El señor PALMA (Presidente).-

Ha terminado su tiempo, señor Senador.

El señor MONTES.-

Aún me resta un minuto, señor Presidente. ¿O es acaso más corto que el de los demás señores Senadores el tiempo de que disponemos los representantes del Gobierno?

Termino reiterando que los Senadores comunistas nos abstendremos, porque aun cuando compartimos tal o cual disposición de esta reforma por ejemplo, la que señalé, rechazamos otras, ya que, desde el ángulo racional y lógico, velando por el interés del proceso agrario de nuestro país, nos parecen inconvenientes.

Me agradaría que algún señor Senador diera una explicación sobre los problemas concretos que he planteado.

Me abstengo.

El señor MORENO.-

Señor Presidente, fundaré mi voto favorable a la reforma constitucional que presentamos varios Senadores democratacristianos por encargo de la directiva nacional de nuestro partido.

El proyecto en estudio consigna cuatro ideas que, a nuestro juicio, resolverán problemas que hoy día afectan a distintos sectores de la ciudadanía vinculados principalmente a dos grandes campos de acción: uno, formado por quienes trabajan en la agricultura chilena como campesinos o como pequeños agricultores; y otro, por aquellos que se dedican a la actividad del comercio o del transporte.

Mediante la reforma en estudio se propone consignar en la Carta Fundamental de nuestra patria el derecho indiscutible, y no controvertible por Administración de especie alguna ni por el criterio de ningún funcionario, a que las tierras expropiadas para los fines de la reforma agraria sean objeto de asignación en propiedad definitiva, con título de dominio, a los campesinos vivientes en los predios objeto de expropiación, y a quienes se incorporen adicionalmente a ellas.

A nuestro juicio, esa norma reviste tal importancia, que debe estatuirse en nuestra Constitución Política, porque un Estado tiene el deber de definir en qué condiciones desea emplear recursos tan escasos como son la tierra productiva y la tierra laboral.

La ley 16.640 establece sin ambages la obligación de asignar las tierras en propiedad. Pero desde que se inició el actual Gobierno, ese principio, consagrado de manera perentoria en las normas de la referida legislación, se ha violado en forma permanente y reiterada. Y hoy día podemos constatar que hay miles de campesinos que están viviendo en los predios que han sido expropiados por esa ley bajo la consigna de la tierra para el que la trabaja. Sin embargo, han pasado cinco, seis y siete años, en algunos casos, y no existe decisión ni voluntad para cumplir lo que la ley establece: asignar a aquéllos la propiedad de la tierra.

Por eso, la primera idea que consigna esta reforma consiste en circunscribir al plazo de un solo año, desde el instante mismo de la toma de posesión material por el organismo expropiador, la asignación definitiva de las tierras en propiedad.

La segunda idea que se estatuye involucra un anhelo sentido por todos los campesinos chilenos y empleados agrícolas, y consiste en la asignación, desde el momento mismo de la toma de posesión de la propiedad, de la casa más dos hectáreas de terrenos anexos, que vienen a constituir lo que normalmente en la agricultura se denomina el huerto, el goce o el revuelco del campesino. Esta idea ahora se materializa. Consideramos que es necesario consignarla en la Constitución, porque no obstante haber sido planteada en el programa de la Unidad Popular; no obstante haber sido ofrecido esto por el Presidente de la República y por el Ministro de Agricultura, la verdad es que han pasado ya dos años y que hay cientos de campesinos que han sido desplazados de sus viviendas y sacados al camino por el hecho de no haber aceptado organizaciones de tipo socializado que tendían a crear condiciones en que aquéllos no tenían la seguridad de la tierra.

La tercera idea que consigna esta reforma constitucional consiste en declarar en nuestra Carta Fundamental que toda persona que trabaja como propietario un pedazo de terreno tiene, por lo menos, el derecho de la inexpropiabilidad absoluta de 40 hectáreas de riego básicas, sea su superficie igual o superior a esa cifra.

Termino anunciando mi voto a favor de este proyecto de reforma y expresando la inmensa satisfacción que, como Senador chileno, tengo de sumarme a esta idea de los parlamentarios democratacristianos, que tiende a crear condiciones de estabilidad para los campesinos, para los pequeños agricultores y para los comerciantes.

El señor MUSALEM.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor PALMA (Presidente).-

Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.

El señor MUSALEM.-

Señor Presidente, esta reforma constitucional presentada por varios Senadores democratacristianos, por encargo del Partido, tiene por objeto satisfacer, mediante normas constitucionales, diversas inquietudes que el Gobierno actual está creando a sectores amplios de la ciudadanía.

Cuando un Gobierno actúa sin ecuanimidad, arbitrariamente, usando las herramientas del Poder, la legalidad y las atribuciones administrativas para imponer un esquema al margen de lo que piensan las mayorías nacionales, se hace indispensable que el Parlamento recurra a garantizar en el texto constitucional los derechos de estos grupos amplios de la ciudadanía que se ven amagados en las actividades legítimas que desarrollan.

Ya el Honorable señor Moreno analizó lo relativo a las garantías que las normas propuestas estatuyen para los campesinos y pequeños agricultores. Yo quiero referirme, brevemente, a las garantías que satisfacen las inquietudes que hoy día tienen los pequeños y medianos comerciantes. Y quiero agregar que las normas sobre libertad de comercio, abastecimiento y transporte que se contienen en esta reforma constitucional, no sólo constituyen una garantía para el comerciante, sino también para la soberanía de los consumidores del país.

A raíz de los nuevos criterios de organización económica y de distribución fundamentalmente de este Gobierno, y a raíz de los errores cometidos en el manejo de la política económica, nuestros consumidores se ven cada día más afectados en la libertad, en la soberanía que toda persona, sobre la base de los derechos económicos, tiene para elegir cuándo, cómo y qué cosas desea consumir. En Chile cada día se va limitando más esta libertad para que sea el consumidor quien decida qué cosas, cómo y cuándo consume, qué adquiere y dispone para su familia.

Por eso, la reforma constitucional establece la libertad de abastecimiento y de transporte para el desenvolvimiento y desarrollo de las actividades comerciales, a fin de permitir el acceso no condicionado a las fuentes de producción y de distribución.

En la actualidad existe una serie de medidas de tipo administrativo adoptadas por el Gobierno, que están condicionando las ventas, con atropello claro a la legislación vigente. Se hacía indispensable, entonces, consagrar en la Carta Fundamental este principio general, impide al Estado condicionar las ventas, y establecer que sólo por ley podrán estatuirse normas para regular la libertad de producción, de distribución, de abastecimiento y de transportes; que sólo por ley se podrá autorizar al Estado o a sus organismos para intervenir en la adquisición y transporte de bienes con fines de comercialización. Igualmente, se obliga al Estado a garantizar, sin discriminación, el libre acceso a la adquisición o contratación de bienes y servicios, porque desde hace pocos años el Estado está entrando incluso a competir en la actividad comercial; no sólo a discriminarla, respecto de esa colectividad, sino que a competir.

Hoy día el Estado, arbitrariamente, está usando la herramienta del crédito, de las importaciones, del comercio exterior, para limitar la posibilidad de adquirir los elementos que se necesitan para proveer el mercado. El caso del monopolio de los repuestos está significando que en la actualidad gran parte de la actividad del transporte esté paralizada.

A propósito de esta reforma constitucional, quiero denunciar aberraciones tan grandes como aquella que implica que el Banco Central no autorice el desaduanamiento de repuestos para automóviles, camiones, microbuses, etcétera, que están en aduana particular.

Voto a favor de la reforma.

El señor OCHAGAVIA.-

¿Me permite, señor Presidente?

Los Senadores nacionales, a propósito de esta reforma constitucional a los números 10º y 16º del artículo 10 de la Constitución Política, queremos señalar, tal como lo hicimos al debatirse las enmiendas anteriores a este mismo artículo de la Carta Fundamental fuimos los autores de la primera ley sobre la materia, de modo que hemos sido y somos partidarios de realizar en Chile un proceso de esa naturaleza, que las finalidades de todo proceso de reforma agraria consisten en procurar que la mayor parte de los campesinos chilenos puedan tener acceso a la propiedad de la tierra, y, como meta paralela a ésta, aumentar la producción de alimentos, con el objeto de que el país logre la independencia económica que anhela y que hoy vemos comprometida, porque se ha quebrado el equilibrio de estos dos puntos de vista.

Si realizamos un proceso de reforma agraria masiva sin considerar la posibilidad de perjudicar la productividad, el resultado que se obtiene no es otro que el que Chile está observando. De ahí que nosotros nos sintamos con autoridad para destacar, aun siendo partidarios de realizar dicho proceso, que las dueñas de casa y, en general, todos los hogares modestos de Chile, están sufriendo la angustia que genera una falta de alimentos, producto de haber abandonado la técnica, reemplazándola por elementos políticos que buscan cumplir metas de esa índole.

Es importante hacer notar que después de haber analizado con acuciosidad el concepto de las 80 hectáreas de riego básicas concepto concebido con el ánimo de buscar la propiedad agrícola ideal en cuanto a su capacidad potencial de producción, que pudiera ser apta para la mecanización que permitiera al país aumentar la producción de alimentos, hemos llegado a la aberración de que para el presente año el país se ve en la necesidad de importar productos alimenticios por más de 450 millones de dólares, en circunstancias de que hace seis años el gasto en divisas por ese mismo rubro no superó los 120 millones de dólares. Es decir, ahora hemos casi cuadruplicado la cifra en referencia, lo que implica comprometer la soberanía nacional.

Nosotros estaríamos de acuerdo en una norma que, ciñéndose a los conceptos de la técnica y de la capitalización, señalara una propiedad de menor cabida pero que, mediante inversiones, que son considerables, sea posible colocarla en un real nivel de productividad. Por desgracia, el país no cuenta en estos momentos con esos recursos, por la dilapidación que el Gobierno ha hecho de todos los dineros del Estado con una meta política: la de controlar la economía nacional.

Debemos decir que el resultado de la reforma agraria en Chile es un desastre. Prueba de ello la encontramos en la importación de alimentos que Chile está haciendo, en la falta de balances de los asentamientos y en el rechazo de los campesinos a un proceso que pretende convertirlos en esclavos, llevado a cabo por funcionarios públicos que, por desgracia, no tienen ninguna capacidad técnica y. que se mueven simplemente tras una meta dogmática y política, que ha conducido al país a la violencia, a la anarquía y al caos.

Quiero terminar diciendo que soy autor de una indicación tendiente a marginar a la zona austral de la inexpropiabilidad, no de las 40 hectáreas, sino de las 80 hectáreas, en razón de tratarse de una región ganadera y de colonización donde la soberanía está en peligro y donde se han producido hechos de violencia de extraordinaria gravedad.

Voto que sí.

El señor PABLO.-

Pido la palabra.

Quiero referirme muy brevemente a una indicación, de la cual soy autor, que fue aprobada en la Comisión y que dispone que sin autorización de ley particular, el control de transporte de mercaderías no podrá significar la reserva de la comercialización o el transporte de determinados productos al Estado, a los organismos que de él dependen o en los que éstos tengan participación o control.

He procurado evitar con esto el problema presentado a lo largo de todo el litoral respecto de los pescadores, porque en virtud de disponer que no se entreguen guías de libre tránsito sino exclusivamente a la Sociedad de Terminales Pesqueros, se ha estado pretendiendo llevar a nivel artesanal la comercialización del pescado por parte del Estado.

A mi juicio, es inadmisible que, mediante estos mecanismos, sin tener un pronunciamiento general del Congreso o una ley especial, el Estado asuma la comercialización de ciertos productos. Lo que ocurre con el pescado se está programando, también, en la zona que represento, para las conservas y para otros artículos, los que serían distribuidos a través de DINAC u otras organizaciones comerciales del Estado.

Por estas razones, he estimado conveniente que la Constitución Política del Estado garantice que sólo en virtud de una ley se pueden establecer estas limitaciones, así como la transformación de estos organismos del Estado en distribuidores monopólicos de mercaderías, que ya ni siquiera son producidas por grandes empresas o actividades monopólicas, pues en la actualidad se está llevando la estatificación a nivel artesanal.

Voto que sí.

El señor PAPIC.-

Estimo justificada la inquietud de nuestro colega el Honorable señor Lorca en cuanto a la necesidad de establecer la inexpropiabilidad de las 80 hectáreas de riego básicas para las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. Pero quiero hacer presente, en todo caso, que tal propósito ya está establecido en un proyecto de ley despachado en esta misma Corporación, y que, además, para no dar lugar a dudas, el Honorable señor Hamilton presentó una indicación que cuenta con el respaldo del Partido Demócrata Cristiano y, por supuesto, de todos sus Senadores al proyecto que ahora votamos a fin de consagrar en la Constitución, tal como lo establecerá la ley, la inexpropiabilidad de las 80 hectáreas de riego básicas en las tres provincias australes.

Debo manifestar que esta reforma constitucional es de gran importancia no sólo para los campesinos, sino para todo el país, puesto que llevará la confianza a cientos o a miles de medianos agricultores que en este último tiempo mejor dicho, desde que asumió el Poder la Unidad Popular con Salvador Allende como Presidente, han vivido en una constante inquietud, en la zozobra y preocupación, lo que no les ha permitido dedicarse al cultivo de la tierra.

El año pasado, desde esta Corporación, advertimos al Gobierno que, como consecuencia de las tomas, del bandolerismo y de la trágica situación que se vive en los campos, disminuirían las siembras y, por lo tanto, las cosechas, lo que, como es lógico suponer, acarrearía graves perjuicios para el país. Pero pareciera que el Ejecutivo no presta oídos a estas observaciones, que hacemos con el mayor afán patriótico, porque esta es la verdad de las cosas. Por el contrario, cada vez que señalamos ai- gún error o falla de los hombres del Ejecutivo, se intenta presentarnos como gente interesada en derrocar al Gobierno. Sin embargo, el único propósito que nos ha movido al dar a conocer estos hechos en general, la mala forma como se actúa en los campos, ha sido el de servir al país.

Por eso digo que aprobar esta enmienda constitucional no sólo llevará tranquilidad y permitirá que puedan trabajar y producir en paz los medianos y pequeños agricultores, sino que también será muy importante para el sector de trabajadores campesinos. Y digo esto, porque hemos comprobado en innumerables fundos expropiados cómo centenares de campesinos han sido prácticamente arrojados al camino. ¡Precisamente este Gobierno, que dijo que sería el Gobierno de los trabajadores, que defendería sus intereses, ha tenido actitudes peores que las que adoptaban antes los latifundistas y terratenientes! Si bien a veces los lanzaban a la calle, por lo menos podían ir a otros fundos en busca de trabajo. Ahora ni siquiera pueden hacerlo, pues los actuales hombres nuevos de CORA e INDAP, con un sectarismo que calificaría no sólo de repudiable, sino que de criminal, están lanzando campesinos a la calle sin que tengan la posibilidad que tenían antes, de encontrar trabajo en otros fundos cambiando de patrón. Hoy día, prácticamente el único patrón es el Estado. En consecuencia, el campesino que no se somete a la prepotencia, al sectarismo, al atropello y a las humillaciones de parte ya no sólo de esos funcionarios, sino también de algunos de sus propios compañeros que son virtualmente obligados a proceder en forma sectaria, prepotente y abusiva, está totalmente desamparado. Al respecto, podría traer una extensa lista de campesinos que prácticamente han sido despojados por esta Administración y que hoy día no sólo no tienen dónde trabajar, sino que no tienen qué comer.

En resumen, somos partidarios de esta reforma constitucional, porque puede llevar en gran medida paz y tranquilidad a los campos para que se trabaje y se produzca, y porque, además, permitirá que exista mayor justicia.

Voto que sí.

El señor PRADO.-

Sólo deseo formular algunos breves alcances, porque, por tratarse de una reforma constitucional en primer trámite, que versa sobre varias materias importantes, durante el resto de su tramitación habrá oportunidad de intervenir más extensamente, ya que algunos de los conceptos o criterios de esta iniciativa sin perjuicio de considerar que la línea central de esta reforma constitucional es absolutamente indispensable deberán ser afinados un poco más.

El Honorable señor Montes planteó algunas observaciones respecto de uno de los incisos que se agregan al número 10° del artículo 10 de la Constitución, y señaló que esta reforma, al establecer la inexpropiabilidad de hasta 40 hectáreas die riego básicas sin ninguna otra calificación, de hecho producirá un efecto irracional en el campo. En realidad, pienso que, sin duda, al no hacerse calificación alguna se producirá, a primera vista, él efecto señalado por el Honorable colega.

Simplemente deseo dejar constancia de mi opinión en el sentido de que una reforma agraria está ligada, fundamentalmente, a las necesidades de un país. Lo que debe completarse y consolidarse ahora en Chile es la expropiación del latifundio, sin tocar las propiedades inferiores, aun cuando en ciertos casos algunos predios de menos de 40 hectáreas de riego básicas no sean explotados racionalmente.

Estimo que todo aconseja estimular al pequeño propietario agrícola, y para ello es necesario qué este agricultor no esté sujeto a calificación de ningún tipo sujeta a criterio funcionario.

Por otra parte, considero que esta reforma deberá precisarse un poco más en cuanto al principio de dominio a favor de los campesinos o de las organizaciones de campesinos. Me parece un poco vago el precepto en cuanto señala que se entenderá transferido el dominio a los campesinos que acrediten haber tenido residencia en ellas al momento de dicha toma de posesión material o a las organizaciones de campesinos con personalidad jurídica, etcétera.

La verdad es que, si se va a entender radicado de hecho el dominio, la ley tendrá que precisar en qué casos se radica en unos y cuándo en otros, para que el sistema opere de pleno derecho. Me parece que durante el resto de la tramitación del proyecto será posible aclarar el punto.

Finalmente, en la parte final del número 18, nuevo, que se agrega al artículo 10 de la Ley Fundamental, relativo a la libertad de comercio y transporte, deseo dejar constancia, de que, en mi concepto, esta disposición también deberá ser precisada en mejor forma. El precepto obedece a la necesidad de regular el proceso en virtud del cual el Estado, de hecho, ha invadido atribuciones, ha violentado leyes y, más allá de lo que la ley expresamente lo faculta, ha asumido un papel regulador y, en algunos casos, de monopolio, a través de los estancos, como sucede en varios sectores de la economía. Por eso, pienso que esa disposición relativa al comercio merece un mayor examen. Pero la Constitución Política, de algún modo, habrá de establecer cierto derecho que posteriormente pueda ser reglamentado por la ley.

Pienso que en una reforma constitucional, en su primer trámite, debe quedar establecido lo esencial, sin perjuicio de que luego corrijamos pequeños aspectos a fin de dictar, en definitiva, una legislación realmente adecuada a las necesidades sobre el particular.

Voto que sí.

El señor REYES.-

Por todos los antecedentes y razones que aquí se han dado, votaré favorablemente esta reforma constitucional; pero deseo destacar un aspecto que, en mi opinión, se debe tener especialmente en cuenta en el segundo informe que emitirá la Comisión. Me refiero al concepto de las 40 hectáreas básicas que debe servir de norma para la garantía que aquí se otorga.

Las 40 hectáreas y, el término básicas quedan regulados por las tablas de equivalencia consignadas en la ley de Reforma Agraria. Es evidente que si se reduce sensiblemente la equivalencia de estas 40 hectáreas físicas, al aplicarse las tablas respectivas, resultará muy difícil manejar las propiedades de menor superficie con un sentido agrícola, comercial, útil.

Deseaba dejar esta constancia, ya que respecto de zonas como la provincia de Santiago, que represento, parte de la de O’Higgins y, desde luego, en el norte, particularmente en los alrededores de Aconcagua y La Serena, es necesario tener una especial consideración por sus características.

Solamente quería agregar lo anterior a las observaciones que aquí se han formulado.

El señor BULNES SANFUENTES.-

Votaré favorablemente en general esta iniciativa, porque concuerdo con las tres ideas principales contenidas en ella.

La primera es establecer que las tierras que el Estado adquiera para la realización de la reforma agraria pertenecerán a los campesinos y no quedarán, como ocurre en la actualidad, bajo el dominio del Estado; la segunda, disponer la inexpropiabilidad de los predios rústicos de una cabida igual o inferior a las cuarenta hectáreas de riego básicas, y la tercera, asegurar el libre acceso tanto al abastecimiento y transporte de los bienes necesarios para el desarrollo de las actividades comerciales, como también a la adquisición o contratación de los bienes y servicios producidos por el Estado.

Reitero que concuerdo con estas ideas, pues todas ellas tienden a un propósito común, cual es el de restablecer, aunque sea en una pequeña medida, la confianza que debe existir en las actividades productivas y mercantiles, absolutamente deteriorada en el país.

Pero al votar a favor de esta reforma constitucional, debo advertir que, tal como está redactada la iniciativa, podría crear dificultades de interpretación y problemas jurídicos que, tal vez, provocarían una situación de desconfianza e inestabilidad todavía mayor que la actualmente imperante, especialmente en lo relacionado con el número 1° del artículo único, que dispone que las tierras adquiridas por el Estado pasarán dentro de un año a poder de los campesinos que hayan sido residentes en los predios, o de las personas jurídicas que ellos forman. Esta disposición, tal como está concebida, acarrearía necesariamente una total incertidumbre respecto de quién es el dueño de las tierras y, a mi juicio, ello en muchos casos estorbaría y, yo diría, casi imposibilitaría la explotación de las mismas.

En verdad, a este proyecto le faltó estudio en la Comisión. Debo dejar constancia de ello, de cómo se desarrollaron los hechos, porque soy miembro de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y, sin embargo, no figuro suscribiendo el informe.

Este proyecto fue tratado y despachado en una sola sesión, la cual, alterando todas las costumbres de esa Comisión, fue citada para el día lunes, entre las 8 y las 9 de la noche. Personalmente, yo debía concurrir a la televisión, en Valparaíso, y cuando me fui de Santiago a mediodía, todavía no sabía si habría sesión para tratar el proyecto, pues la citación no se había distribuido.

La iniciativa no tuvo el estudio necesario. Debe ser corregida en el segundo informe. Si no se hace así, se crearán repito situaciones tan complicadas, que llevarían a una mayor inestabilidad que la que estamos tratando de evitar.

Por eso, en el convencimiento de que en la Comisión, al tratar el segundo informe, habrá buena disposición para corregir los defectos que el proyecto tiene, voto en general que sí.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Resultado de la votación: 26 votos por la afirmativa y 5 abstenciones.

Aguirre Doolan, Aylwin, Baltra, Ballesteros, Bossay, Bulnes Sanfuentes, Carmona, Foncea, Fuentealba, García, Gormaz, Hamilton, Irureta, Juliet, Lorca, Morales Adriasola, Moreno, Musalem, Noemi, Ochagavía, Pablo, Palma, Papic, Prado, Reyes y Valenzuela.

Campusano y Carrera y los señores Luengo, Montes y Valente.

El señor PALMA (Presidente).-

Queda aprobado en general el proyecto de reforma constitucional y, por haber sido objeto de varias indicaciones, vuelve a Comisión para segundo informe.

CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y LA UNION PANAMERICANA SOBRE LA OFICINA EN CHILE DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Por acuerdo de Comités, corresponde tratar el proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados que aprueba el Convenio suscrito entre el Gobierno de Chile y la Unión Panamericana sobre la Oficina en Chile de la Organización de los Estados Americanos.

Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de acuerdo:

En segundo trámite, sesión 57ª, en 29 de agosto de 1972.

Informe de Comisión:

Relaciones Exteriores, sesión 97ª, en 14 de septiembre de 1972.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

La Comisión de Relaciones Exteriores, en informe suscrito por los Honorables señores Reyes (Presidente), Bulnes Sanfuentes, Juliet y Pablo, recomienda a la Sala aprobar el proyecto en los mismos términos en que viene concebido.

El señor MONTES.-

Pido segunda discusión.

El señor PALMA (Presidente).-

En la primera discusión, ofrezco la palabra.

El señor VALENTE.-

¿Dónde se originó el proyecto?

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Se trata de un mensaje del Ejecutivo, aprobado en la Cámara de Diputados en primer trámite.

El señor PALMA (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Queda para segunda discusión el proyecto.

El señor MONTES.-

¿Podría prorrogarse el Orden del Día, señor Presidente?

El señor PALMA (Presidente).-

Para ello se requiere el asentimiento de los dos tercios de la Sala.

El señor MONTES.-

Entonces, retiro mi petición.

El señor JULIET.-

Solicito la palabra para formular una sugerencia.

El señor PALMA (Presidente).-

Si le parece a la Sala, se concedería el uso de la palabra al Honorable señor Juliet.

Acordado.

El señor JULIET.-

Deseo referirme a la petición del Honorable señor Montes.

El señor MONTES.-

Ya la retiré, señor Senador.

El señor JULIET.-

Advierto al Honorable señor Montes que este proyecto interesa especialmente al Gobierno, por tratarse de un convenio con la Unión Panamericana sobre la Oficina en Chile de la Organización de Estados Americanos. La situación es muy inadecuada, y así lo hicieron presente el señor Ministro de Relaciones Exteriores y el Subsecretario de la Cartera. Por eso, ruego al Honorable señor Montes que recapacite en su petición de segunda discusión, a fin de que, por la unanimidad de la Sala, se pueda reabrir el debate y despachar este proyecto de acuerdo.

El señor PALMA (Presidente).-

Si le parece a la Sala, se reabrirá el debate sobre el proyecto de acuerdo en referencia.

Hay oposición.

VI.-TIEMPO DE VOTACIONES.

PUBLICACION DE DISCURSOS. CABLE AL SECRETARIO GENERAL DE LA NU.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Indicación del Honorable señor Moreno para publicar in extenso los discursos pronunciados por los Honorables señores Baltra, Aylwin y Ferrando, en Incidentes de la sesión de ayer.

Se aprueba.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Indicación del Honorable señor Aylwin para insertar, en el texto de su discurso pronunciado en Incidentes del día de ayer, los documentos, que indicó, que tienen aproximadamente seis páginas.

Se aprueba.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Indicación de la Honorable señora Campusano para publicar in extenso el discurso pronunciado por el Honorable señor Valente en Incidentes del día de ayer.

Se aprueba.

El señor VALENTE.-

Pido la palabra, en relación con esta materia.

El señor PALMA (Presidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor VALENTE.-

En la hora de Incidentes de la sesión de ayer intervine para referirme a la actitud asumida por la Kennecott Corporation en cuanto pretende embargar las ventas de nuestro cobre en los diferentes países del mundo. Deseo complementar dicha exposición pidiendo el envío por parte del Senado de un cable al señor Kurt Waldheim, Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, con el siguiente texto:

Señor Kurt WaldheimSecretario General de la Organización de las Naciones UnidasNueva York

Estados Unidos.

Senado chileno denuncia ante la Organización de las Naciones Unidas la agresión contra, nuestro país por parte de la Empresa norteamericana Kennecott Corporation al desconocer legítimo derecho de Chile de nacionalizar sus riquezas naturales en consonancia con Resolución N° 1803 de la Asamblea General de las Naciones Unidas respecto a la soberanía permanente sobre los recursos naturales punto solicitamos respetuosamente al señor Secretario General de las Naciones Unidos informar a la Asamblea de esa Organización Mundial la actitud de atropello flagrante a nuestra soberanía de parte de la Kennecott Corporation que ha notificada a países compradores de nuestro cobre de embargar las ventas que realice nuestro país soberanamente punto recordamos que proceso nacionalización materias primas chilenas se ha hecho con la aprobación unánime del Congreso chileno y con estricto respeto a las normas legales que nos rigen.

Atentamente.

Por lo tanto, ruego a la Mesa recabar el asentimiento de la Sala para enviar el cable a que he dado lectura.

El señor PALMA (Presidente).-

La resolución respectiva se adoptará en el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria próxima.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Indicación del Honorable señor Valente para insertar en el discurso pronunciado en la hora de Incidentes del día de ayer, el documento que señala, que tiene dos páginas.

Se aprueba.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Indicación del Honorable señor Morales para publicar in extenso el homenaje rendido a don Alfonso Quintana Burgos.

Se aprueba.

VII.-INCIDENTES.

PETICIONES DE OFICIOS.

El señor FIGUEROA (Secretario).- Ha llegado a la Mesa una petición de oficio.

El señor PALMA (Presidente).- Se le dará curso en la forma reglamentaria.

El oficio cuyo envío se anuncia es el siguiente:

Del señor Morales Adriasola:DESIGNACION DE MINISTRO SUMARIANTE PARA CONOCER DE DELITOS SANCIONADOS POR EL ARTICULO 19 DE LA LEY 16.643.

A la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, en los siguientes términos:

En la edición del diario Puro Chile, correspondiente al día 13 del actual, en las página 2 y 24, se publicaron sendos artículos suscritos por el periodista Raúl Pizarro Illanes, que contienen expresiones constitutivas de los delitos de difamación, injuria, calumnia y que configuran una noticia falsa, sancionada por el artículo 19 de la ley 16.643, sobre Abusos de Publicidad.

A fin de perseguir las responsabilidades penales y civiles del periodista antes mencionado, del director responsable o de la empresa propietaria, cuya conducta delictiva se encuadra en la letra c) del artículo 6º de la ley 12.927, de Seguridad del Estado, solicito se dirija oficio a la I. Corte de Apelaciones de Santiago, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 de la referida ley, a fin de requerir de ese Tribunal la iniciación del correspondiente sumario, previa designación del señor Ministro que lo sustanciará.

El señor PALMA (Presidente).-

Solicito el acuerdo unánime de la Sala para suspender la hora de Incidentes correspondiente a esta sesión y realizarla en la sesión de la tarde, manteniendo, naturalmente, los turnos de los Comités.

No hay acuerdo.

En el tiempo del Comité Socialista, ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

El Comité Nacional ha cedido su tiempo al Comité Demócrata Cristiano.

Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.

ACTITUD INDEBIDA DE FUNCIONARIO DE NACIONALIDAD EXTRANJERA EN CONTRA DE EMPLEADA DE CORA. OFICIOS.

El señor MORENO.-

Señor Presidente, agradezco al Comité Nacional que nos haya cedido su tiempo, a fin de dar a conocer una denuncia que me fue formulada en el día de ayer.

Quiero en esta oportunidad levantar mi voz para dar a conocer un atropello incalificable cometido por una persona de nacionalidad extranjera contratada en un organismo fiscal de la Administración Pública.

La señora Elizabeth Rodríguez Birkeneder, secretaria administrativa del Departamento de Programación y Control de la Corporación de la Reforma Agraria, llegó ayer al Senado a denunciar que el 5 de septiembre fue objeto de maltrato, de palabra y de hecho, por el funcionario extranjero, de nacionalidad brasileña, Raimundo Méndez-Ferreira Cerqueira, militante del Partido Comunista. En esa ocasión, el funcionario mencionado procedió a expulsar violentamente de su oficina a esta dama, a esta mujer chilena, sin que existiera ninguna razón o antecedente que justificara tal actitud.

En diversas oportunidades he denunciado en esta Corporación la existencia de un número importante de funcionarios extranjeros en los organismos de la Administración Pública de nuestro país. Según mis antecedentes, .muchos de ellos ni siquiera tienen contrato ni sus documentos al día, y han venido a desplazar a chilenos con idoneidad y capacidad para desempeñar tales cargos y que han sido objeto de una tremenda persecución, que les ha causado una frustración profesional y humana sumamente grave.

Creo que cualquier habitante del país tiene conciencia de que, tradicionalmente, hemos abierto con generosidad las puertas de nuestra patria y se han brindado oportunidades de trabajo a muchos extranjeros perseguidos en su país de origen. Deseo reiterar este principio. No se trata de negar el valioso aporte que mucha gente de nacionalidad distinta de la nuestra, nos ha entregado en nuestra historia y en obras concretas para el desarrollo del país; pero creo que las cosas en la Administración del Gobierno de la Unidad Popular han llegado a extremos realmente incalificables.

De los 17 funcionarios que trabajan en dicho departamento de la Corporación de la Reforma Agraria, el que está a cargo de toda la programación y control de la reforma agraria chilena, 14 son extranjeros y sólo 3 chilenos, que son dos secretarias y una geógrafa, la cual, a su vez, es hijastra del actual Vicepresidente de la CORA, señor Hugo Díaz. Y de esos 14 funcionarios extranjeros, 6 son mejicanos, 6 argentinos y 2 brasileños. Bien podrá suponerse cómo está organizado nuestro proceso agrícola en Chile, si él está entregado, en uno de los departamentos más importantes de la CORA, a personas que no conocen nuestra geografía, nuestra realidad y nuestra idiosincrasia.

Pero eso no sería mayor problema.

Lo que yo vengo a plantear aquí es que si Chile acoge extranjeros, los cuales son contratados como funcionarios públicos, ellos no solo deben someterse a nuestras leyes, sino que también deben saber desempeñar sus cargos con un mínimo de caballerosidad y que no pueden, cualesquiera que sean sus razones personales o sus alteraciones síquicas, venir a maltratar mujeres, a secretarias o a cualquiera otra persona, para tratar de satisfacer sus propios instintos.

Y este funcionario extranjero, don Raymundo Méndez-Ferreira, en premio, además, ha sido favorecido por el Gobierno chileno para que en los próximos días op- te a una beca ofrecida por el Gobierno alemán, y abandonará el país con goce de sueldo. Por lo demás, algo semejante ocurrió en otro caso que también fue denunciado: el de un extranjero a quien la Oficina de Asistencia Social del Ministerio del Interior le pagó los pasajes de él y de su señora para que fuera a tratarse siquiátricamente a París, en circunstancias de que probablemente pudo haberlo hecho en muy buenas condiciones en nuestro país.

Por ello, esta mañana levanto mi voz de protesta para expresar mi repudio por esta forma de proceder, y pido que se realice un sumario en la Corporación de la Reforma Agraria para esclarecer estos hechos.

El marido de la señora Elisabeth Rodríguez, don Germán Gallo, habló con el Jefe de Personal de la propia CORA, militante del Partido Socialista, don Alfonso Beaudran, quien le dio las explicaciones del caso y le manifestó, hace ya más de diez días, que se iba a iniciar el sumario correspondiente; pero éste está tapado.

En consecuencia, en primer término, pido oficiar, en mi nombre, a la Contraloría General de la República y al Ministerio de Agricultura para que se inicie dicho sumario, solicitado por la funcionaría afectada; petición respaldada por las organizaciones de trabajadores de CORA, pues, hasta el día de ayer, a ella sólo se le han dado explicaciones en los pasillos y es el hazmerreír de muchas de estas personas que se sienten protegidas por su militancia política y que creen tener derecho a vejar incluso a una mujer.

El señor NOEMI (Presidente accidental).-

De conformidad al Reglamento, se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría.

El señor MORENO.-

En segundo lugar, pido oficiar, también en mi nombre, a la Contraloría General de la República para que se envíe al Senado de la República la nómina de los funcionarios extranjeros contratados en la Administración Pública chilena, sean de planta, a contrata o a honorarios, agregándose si ingresaron legalmente al país y las condiciones de remuneración y de contrato de trabajo en que se encuentran desempeñando sus cargos en cualquier organismo público o en las empresas dependientes de la Corporación de Fomento de la Producción.

El señor NOEMI (Presidente accidental).-

En nombre del señor Senador, se enviará el oficio solicitado, de conformidad al Reglamento.

En el resto del tiempo del Comité Nacional, tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela.

COMUNICACION DE LA KENNECOTT COPPER COMPANY A COMPRADORES DE COBRE CHILENO.

El señor VALENZUELA.-

En días pasados, la Corporación del Cobre de Chile dio a conocer, mediante la prensa nacional, una nota enviada por los ejecutivos de Kennecott Copper Company a los compradores de cobre chileno, la que expresa conceptos que no aceptamos. Y pienso que debe quedar alguna constancia en el Senado de nuestro absoluto repudio al contenido de dicha nota.

Chile nacionalizó, en pleno uso de sus facultades, como Estado soberano, sus riquezas básicas, entre las cuales se halla el cobre. Y lo hizo mediante una reforma constitucional, que dio a tal acto una solidez jurídica de extraordinaria importancia y que contó con el apoyo unánime del Parlamento chileno. Por lo tanto, todo el país, sin excepción alguna, nacionalizó su cobre mediante el instrumento jurídico adecuado.

Creo de mi deber, como Senador por las provincias de O’Higgins y Colchagua, en la primera de las cuales está situada el mineral El Teniente, leer íntegramente esa nota, que estimo insólita.

Dice así:

Señores:

Junto con nuestra subsidiaria, Braden Copper Company, de 161 East 42 nd Street, New York, New York, Estados Unidos de América, deseamos hacerles saber lo siguiente. Hemos sido informados que ustedes están o pueden estar disponiéndose para una compra, adquisición o venta de cobre u otros metales o productos, derivados de la mina El Teniente, en la República de Chile, y sobre los cuales nosotros tenemos derechos de pertenencia. Llamamos vuestra atención hacia el hecho de que cualquier compra, adquisición o venta (o cualquier acción que apoye tal compra, adquisición o venta) del mencionado cobre y)o metales o productos, sin nuestro permiso, sería contrario a los principios legales que nos gobiernan, y les informamos que tomaremos todas aquellas medidas que pueden ser consideradas necesarias para proteger nuestros derechos, incluyendo los derechos referentes al cobre mencionado y]u otros metales o productos y con respecto a sus subproductos.

Muy atentamente,

C. D. Michaelson, presidente. Metal Mining División. Kennecott Copper Company.

Y como presidente, Braden Copper Company.

Nuestro Partido, el Demócrata Cristiano, por intermedio de su Vicepresidente Nacional, el Senador señor Osvaldo 0lguín, formuló una declaración de prensa protestando por esta actitud de una empresa que ya nada tiene que hacer en Chile. Lo que alegan, en cuanto a tener derechos en las pertenencias y que sin su permiso no se podrían realizar actos legales relativos a la venta del cobre, está absolutamente fuera de lugar y es inusitado desde todo punto de vista.

Por otra parte, en la Cámara se celebró una sesión especial para tratar también esta materia, y en esa oportunidad, Diputados de todos los partidos políticos condenaron esta actitud de la empresa norteamericana y dejaron muy en claro los derechos y títulos de Chile respecto de su cobre. Por nuestra colectividad intervino el Diputado por la provincia de O’Higgins don Ricardo Tudela Barraza.

Quise aprovechar esta Hora de Incidentes, tiempo en el cual podemos referirnos a algunos problemas generales del país, para expresar la solidaridad de la Democracia Cristiana con la forma como nuestros parlamentarios, en la Cámara, y nuestro Vicepresidente Nacional, Honorable señor Osvaldo Olguín, enfocaron el problema derivado de esta nota, de que tuvo conocimiento la opinión pública. Porque por encima de cualquier discrepancia que podamos tener sobre la manera como el Gobierno del Presidente Allende en diversas oportunidades hemos manifestado nuestras opiniones al respecto, en un afán de crítica constructiva realiza la explotación del metal rojo, nosotros coincidimos totalmente, como ya lo hicimos jurídicamente cuando aprobamos la reforma constitucional mencionada, en que Chile tiene la propiedad absoluta de su cobre dentro y fuera del territorio nacional.

He intervenido en esta oportunidad por creer conveniente que en el Senado se levante una voz para referirse a esta materia, que, a nuestro juicio, es de extraordinaria importancia.

El señor FIGUEROA (Secretario).-

Ha llegado a la Mesa una indicación del Honorable señor Musalem para publicar in extenso las observaciones del Honorable señor Moreno pronunciadas en Incidentes de esta sesión.

El señor NOEMI (Presidente accidental).-

Queda para el Tiempo, de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.

En el resto del Comité Nacional, ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra,

El turno siguiente corresponde al Comité Mixto.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

El señor NOEMI (Presidente accidental).-

Se levanta la sesión.

Se levantó a las 12.8.

Dr. Raúl Valenzuela, García, Jefe de la Redacción.

ANEXOS.

1. PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE DISPONE QUE LA EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD HARA EL APORTE QUE INDICA A LAS MUNICIPALIDADES DE ROSARIO LO SOLIS Y LA ESTRELLA DE COLCHAGUA; LAS CABRAS DE O’HIGGINS Y LAS OTRAS QUE SEÑALA.

Santiago, 14 de septiembre de 1972.

Con motivo de la Moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar el siguiente

Proyecto de ley:

Artículo lº.- La Empresa Nacional de Electricidad S. A., ENDESA, para compensar las pérdidas sufridas por las Municipalidades con la construcción del lago artificial de Rapel, aportará mensualmente, en moneda nacional, el 1% del valor total de energía eléctrica que produzca la Central Hidroeléctrica de Rapel, a las municipalidades de Rosario Lo Solís y La Estrella de la provincia de Colchagua, Las Cabras de la provincia de O’Higgins y Alhué y San Pedro de la provincia de Santiago.

La distribución del 1% será prorrateada por la propia ENDESA entre estas cinco municipalidades, de acuerdo con la longitud del territorio comunal que cada una de ellas tenga frente al lago.

Los fondos percibidos serán invertidos por dichos municipios sólo en obras de adelanto público, tales como mejoramiento de sus vías de comunicación, incluyendo la pavimentación de sus caminos principales; construcción de puentes, de edificios públicos como escuelas, postas de primeros auxilios, etc.

El producto del 1% empezará a ser entregado por ENDESA a las municipalidades favorecidas, después del primer mes calendario de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

Artículo 2º.- Las municipalidades respectivas deberán acordar la inversión de los fondos provenientes de la aplicación del artículo anterior en las obras señaladas en el inciso tercero, en sesión especialmente citada al efecto, con el quórum de los dos tercios de los Regidores en ejercicio y en ningún caso dichos recursos podrán destinarse a financiar gastos del presupuesto ordinario de las municipalidades.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.): Fernando Sanhueza H.- Raúl Guerrero G.

2. PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL EN MATERIA DE NOTIFICACIONES.

Santiago, 14 de septiembre de 1972.

Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Civil:

1.- Suprímese el inciso segundo del artículo 46.

2.- Suprímese en el inciso segundo del artículo 48, la frase y de la circunstancia de haberse dado el aviso ordenado en el artículo 46.

3.- Suprímense en el inciso segundo del artículo 50, las palabras y en letras.

4.- Sustituyese el inciso cuarto del artículo 50, por el siguiente:

De las notificaciones hechas en conformidad a este artículo, se pondrá simple testimonio en los autos. Los errores u omisiones en dicho testimonio, no invalidarán la notificación.

5.- Suprímense los incisos quinto y sexto del artículo 50.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.): Fernando Sanhueza H.- Raúl Guerrero G.

3. PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE FACULTA AL MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y A LA DIRECTIVA NACIONAL DE LA AGRUPACION NACIONAL DE LOS TRABAJADORES SEMIFISCALES PARA QUE SOMETAN A LA DECISION DE UN ARBITRO ARBITRADOR LA PETICION DE LOS PERSONALES DE LAS INSTITUCIONES SEMIFISCALES DE PREVISION SOCIAL Y OTRAS QUE INDICA.

Santiago, 14 de septiembre de 1972.

Con motivo del Mensaje e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo único.- Facúltase al Ministro del Trabajo y Previsión Social y a la Directiva Nacional de la Agrupación Nacional de los Trabajadores Semifiscales (ANATS) para que sometan a la decisión de don Enrique Silva Cimma, quien actuará en calidad de árbitro arbitrador y resolverá sin forma de juicio, la petición de los personales de las Instituciones Semifiscales de Previsión Social, incluido el del Servicio Médico Nacional de Empleados, y del Instituto de Seguros del Estado que se encontraban en servicio en diciembre de 1966, para que se les incorpore en el cálculo de sus sueldos bases a enero de 1967, las horas extraordinarias real y efectivamente trabajadas en diciembre de 1966. Respecto del Instituto de Seguros del Estado, corresponderá al Ministro de Hacienda y a un representante del personal de ese Instituto concurrir a la celebración del compromiso.

La resolución del árbitro deberá ser dictada dentro del plazo de 30 días, contado desde que acepte el cargo, y no será susceptible de recurso alguno.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.) Fernando Sanhueza H.- Raúl Guerrero G.

4. SEGUNDO INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO DE LOS PERSONALES DE LAS INSTITUCIONES FISCALES Y MUNICIPALES.

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de informaros respecto de las indicaciones formuladas durante la discusión general del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados señalado en el rubro.

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 106 del Reglamento, se deja constancia de lo siguiente:

1) Artículos que no fueron objeto de indicaciones: 2º, 4º 5º, 6°, 7º, 8º, 9º y 10 permanentes, y lº, 2º 3º y 4º transitorios.

2) Artículo que fue objeto de indicación aprobada: 1º (indicación número 4).

3) Indicaciones rechazadas: 1, 2, 3, 5 y 6.

4) Artículos que fueron objeto de indicaciones rechazadas: 1º y 3º.

En consecuencia, corresponde dar por aprobados los artículos señalados en el número 1) y, en el caso de no ser renovadas oportunamente las indicaciones respectivas, los artículos señalados en el número 4).

La indicación número 1, del Honorable Senador señor Valente, tiene por objeto que lo dispuesto en el artículo 1º sólo sea una autorización al Presidente de la República, y no que sea una norma a la cual tengan derecho los servidores de que se trate.

La indicación número 2, del mismo señor Senador, tiene por objeto suprimir a los empleados de, las empresas en que el Estado tenga aportes de capital, de entre los beneficiarios del proyecto en estudio.

La indicación número 3, del mismo señor Senador, tiene por objeto hacer una modificación concordante con la primera.

Las tres indicaciones señaladas precedentemente, fueron rechazadas por unanimidad.

La indicación número 4, del Honorable Senador señor Hamilton, tiene por objeto suprimir de entre las causales contenidas en los números 3 y 5 del artículo 2º de la ley Nº 16.455, en lo que dice relación con la cesación de funciones por las negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador, y por el perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.

Esta indicación fue aprobada por unanimidad.

La indicación número 5, del Honorable Senador señor Valente, tiene por objeto suprimir el inciso primero del artículo 3º, que se relaciona con el despido de los trabajadores de las empresas, sociedades o establecimientos que señala.

La indicación número 6, del Honorable Senador señor Reyes, establece normas para la provisión de las vacantes que se produzcan en los cargos de Martilleros y Depositarios de 6º categoría que indica.

Ambas indicaciones fueron rechazadas por unanimidad.

En virtud de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de recomendaros la aprobación del proyecto propuesto en su primer informe, con la sola modificación de suprimir en el inciso primero del artículo lº las referencias a los números 3, y 5.

Sala de la Comisión, a 15 de septiembre de 1972.

Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Valenzuela (Presidente), Noemi y Papic.

(Fdo.): Gustavo Yáñez Bello, Secretario.

5. INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION EN QUE PROPONE RECABAR EL ASENTIMIENTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS PARA ENVIAR AL ARCHIVO EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE UN NUEVO PLAZO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA OTORGAR LA CONCESION DE TERRENOS FISCALES A LAS PERSONAS QUE LOS OCUPEN EN LAS PROVINCIAS DE TARAPACA Y ANTOFAGASTA.

Honorable Senado:

La unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión os recomienda recabar el asentimiento de la H. Cámara de Diputados para enviar al archivo el proyecto de ley en estudio, en atención a que en fecha reciente el Senado aprobó, a proposición de esta Comisión, un proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Silva Ulloa y que también patrocinó el Honorable Senador señor Valente, que en su artículo único persigue el mismo propósito.

El referido proyecto faculta al Ministerio de Tierras y Colonización para transferir determinados inmuebles fiscales ubicados en las provincias de Tarapacá y Antofagasta.

Sala de la Comisión, a 14 de septiembre de 1972.

Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia dé los Honorables Senadores señores Moreno (Presidente), Aylwin y Valente.

(Fdo.): Rodemil Torres Vásquez, Secretario.

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