Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- PORTADA
- X. Otros documentos de la Cuenta.
- XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V ORDEN DEL DÍA
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- VII. INCIDENTES
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 358ª
Sesión 131ª, en martes 1 de marzo de 2011
(Ordinaria, de 11.07 a 14.16 horas)
Presidencia de la señora Sepúlveda Orbenes, doña Alejandra, y del señor Becker Alvear, don Germán.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Landeros Perkic, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- ANEXO DE SESIÓN
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 21
II. Apertura de la sesión 25
III. Actas 25
IV. Cuenta 25
- Acuerdos de los Comités 25
- Remisión de proyecto a Comisión de Gobierno Interior y Regionalización 25
- Agradecimiento a diputadas por participación en reunión de Naciones Unidas celebrada en Nueva York 25
- Despedida del diputado Gonzalo Uriarte Herrera 26
V. Orden del Día.
- Facultad a matronas para recetar anticonceptivos. Primer trámite constitucional 27
- Aplicación de normativa para bicicletas a vehículos con motor de hasta 50 centímetros cúbicos. Segundo trámite constitucional 43
- Informe de la Comisión Investigadora de los procesos de aprobación de proyectos hidroeléctricos y energéticos por las Coremas en cada una de las regiones 52
VI. Proyectos de acuerdo.
- Ratificación del convenio N° 181 de la OIT, sobre agencias de empleo privadas. (Votación) 54
- Preocupación del Estado de Chile por privación de libertad del Premio Nobel de la Paz 2010, señor Liu Xiaobo 55
- Solución al daño previsional de funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil 58
VII. Incidentes.
- Evaluación de instalación de tenencia en Sarmiento, comuna de Curicó. Oficios 60
- Medidas para disminuir la cesantía en la provincia de Osorno. Oficios 60
- Establecimiento de penas disuasivas para evitar la conducción en estado de ebriedad. Urgencia para proyecto relacionado con medidas tendientes a disminuir el consumo de bebidas alcohólicas. Oficios 61
- Disminución de presupuesto asignado a hospital de Antofagasta. Tiempo y recursos comprometidos en la construcción de nuevo edificio. Oficio 62
- Ampliación de Programa Residencia Familiar en Región de Aysén. Oficio 62
Pág.
- Agradecimientos a participantes en reconstrucción en la Región del Biobío 63
- Uso del derecho de feriado legal de funcionarios nuevos en la administración del estado. Oficio 64
VIII. Anexo de sesión.
Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 66
- Pago de bonos de enero y febrero a manipuladoras de alimentos. Oficios 66
- Precario suministro de energía eléctrica en balnearios de la provincia de Osorno. Oficios 66
- Cierre de la sucursal del BancoEstado de Las Ánimas, Valdivia. Oficio 67
- Infraestructura para ciclistas de la Región de Coquimbo. Oficio 67
- Regularización del Camino Horcón Bajo, de la Comuna de Paihuano. Oficio 68
- Información sobre la ejecución de facultades fiscalizadoras de la Superintendencia de Valores y Seguros respecto de las sociedades anónimas deportivas profesionales. Oficio 68
IX. Documentos de la Cuenta.
- Mensajes de S.E. el Presidente de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
1. que “Modifica la ley N° 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones”. (boletín N° 7502-15) 70
2. “Modifica la ley N° 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo”. (boletín N° 7503-19) 72
3. que “Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios”. (boletín N° 7484-01) 87
4. que “Otorga un bono mensual extraordinario a los ex beneficiarios de la indemnización compensatoria de la ley N° 19.129, que dejaron de percibir dicha prestación en agosto de 2010”. (boletín N° 7488-13) 94
5. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República respecto del proyecto “Sobre Calidad y Equidad de la Educación”. (boletín N° 7329-04) 97
6. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “Modifica la ley N° 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones”. (boletín N° 7502-15) 97
- Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
7. que “Crea el Tribunal Ambiental”. (boletín N° 6747-12) (S) 98
8. que “Permite la introducción de la televisión digital terrestre”. (boletín N° 6190-19) 98
9. que “Extiende plazo de vigencia de las franquicias contenidas en el artículo 28, de DFL N° 341, de 1977, y en el artículo 35, de la ley N° 19.420”. (boletín N° 7433-05) 99
Pág.
10. que “Regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados”. (boletín N° 7194-05) 99
- Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
11. que “Modifica la ley N° 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo”. (boletín N° 7503-19) 99
12. que “Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios.”. (boletín N° 7484-01) 100
- Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
13. que “Moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero”. (boletín N° 7440-05) 100
14. que “Autoriza la venta de medicamentos que tengan la condición de venta directa en establecimientos comerciales que cumplan los requisitos que indica”. (boletín N° 7274-11) 101
15. que “Introduce modificaciones a ley N° 19.657, sobre concesiones de ener-gía geotérmica”. (boletín N° 7162-08) 101
16. sobre “violencia escolar”. (boletín N° 7123-04) (S) 101
17. que “Modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández”. (boletín N° 6756-07) (S) 102
18. que “Modifica la ley N° 18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad.”. (boletín N° 5838-07) 102
19. que “Regula el contrato de seguro”. (boletín N° 5185-03) 103
20. Informe de la Comisión de Minería y Energía, constituida en “Especial Investigadora encargada de realizar un análisis de las disposiciones legales y administrativas que regulan las normas y estándares en seguridad y prevención de riesgos que deben cumplir las empresas respecto a los trabajadores que se desempeñan en faenas mineras; recabar los antecedentes que los servicios públicos tuvieron a la vista para decretar el cierre del yacimiento San José, perteneciente a la empresa San Esteban, el año 2007, y para su reapertura en 2008; determinar las causas y el grado de responsabilidad de las autoridades públicas en el derrumbe ocurrido el 5 de agosto de 2010; analizar la participación que le caben al Servicio Nacional de Geología y Minería y a otros servicios públicos en materia de autorización, fiscalización y protección de los trabajadores de la pequeña, mediana y gran minería, y las acciones concretas realizadas en cumplimiento de su mandato legal”. En Tabla 103
21. Informe sobre la participación de los diputados señores León, Bertolino, Ceroni; Espinoza, don Fidel, y Hernández, en la VI Reunión del Comité de Diálogo Político Congreso Nacional de Chile-Asamblea Popular Nacional de China, realizada entre los días 16 al 21 de enero de 2011, en Beijing (China) 294
Pág.
22. Informe sobre la participación de la diputada señora Denise Pascal en el Foro Parlamentario sobre Biodiversidad con ocasión de la 10ª Conferencia de las Partes de la Convención de Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica (COP 10), efectuado los días 25 y 26 de octubre de 2010, en Nagoya (Japón) 300
23. Informe sobre la participación de la diputada señora Andrea Molina y de los diputados señores Celso Morales y Patricio Vallespín en la Reunión Parlamentaria y Conferencia de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP16/CMP6), efectuadas entre los días 6 y 8 de diciembre de 2010, en Cancún (México) 303
24. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Pérez, don Leopoldo; Becker, Browne,; Edwards, Godoy; Monckeberg, don Nicolás; Santana, Sauerbaum, y de la diputada señora Rubilar, doña Karla, que “Modifica la ley N° 16.618, que fija el texto definitivo de la ley de menores, eliminando la expresión “menores en situación irregular”. (boletín N° 7473-18) 307
25. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Delmastro, Becker, Edwards, Martínez; Monckeberg, don Cristián; Monckeberg, don Nicolás; Pérez, don Leopoldo, Santana y de la diputada señora Sabat, doña Marcela, que “Modifica la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, facilitando el pago de multas por medios electrónicos”. (boletín N° 7474-07) 309
26. Proyecto iniciado en moción de la diputada señora Sabat, doña Marcela, y de los diputados señores Cardemil, Delmastro, Edwards, Godoy; Pérez, don Leopoldo, Santana y Verdugo, que “Agrega artículo a la ley N° 18.290, de tránsito, con el objeto de prevenir accidentes”. (boletín N° 7475-15) 311
27. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados García, don René Manuel, Becker, Browne, Cardemil, Delmastro, Godoy; Monckeberg, don Cristián; Pérez, don Leopoldo, y Verdugo, que “Suprime el numeral séptimo del artículo 357, del Código de Procedimiento Civil”. (boletín N° 7476-07) 312
28. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Melero, Álvarez-Salamanca, Hernández, Kast, Morales, Salaberry, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica; Molina, doña Andrea; Nogueira, doña Claudia y Zalaquett, doña Mónica, que “Somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la construcción de cárceles en el país”. (boletín N° 7477-12) 313
29. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados García, don René Manuel; Becker, Cardemil, Martínez, Rivas, Santana, Sauerbaum, Verdugo, y de las diputadas señoras Rubilar, doña Karla y Sabat, doña Marcela, que “Modifica el Código de Procedimiento Civil, incorporando regla para el cálculo de costas”. (boletín N° 7478-07) 315
30. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Hasbún, Arenas, Edwards, Van Rysselberghe, y de la diputada señora Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica la ley N° 19.496, con el objeto de establecer un sistema de cobro por uso de estacionamientos de vehículos motorizados”. (boletín N° 7479-03) 316
Pág.
31. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Santana, Browne, Cardemil; García, don René Manuel; Martínez; Monckeberg, don Cristián; Monckeberg, don Nicolás; Verdugo, y de la diputada señora Rubilar, doña Karla, que “Deroga la ley N° 18.356, y agrega el concepto de artes marciales a la ley N° 18.712, del Deporte”. (boletín N° 7480-29) 317
32. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Walker, Browne, Cerda, Chahín, Harboe; Monckeberg, don Cristián; Montes, Saffirio, Silber y Vallespín, que “Reforma el Código Penal tipificando los delitos de robo o hurto de vehículos motorizados y crea nuevas figuras delictivas y aumenta su penalidad”. (boletín N° 7481-07) 319
33. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Hasbún, Arenas, Chahín, Edwards, Tuma, y de las diputadas Hoffmann, doña María José y Zalaquett, doña Mónica, que “Modifica la ley N° 19.946, sobre protección de los derechos de los consumidores, estableciendo responsabilidad a los dueños de establecimientos comerciales por la sustracción, hurto o robo de vehículos en los lugares destinados a estacionamiento de los mismos”. (boletín N° 7482-03) 322
34. Proyecto iniciado en moción de la diputada señora Sabat, doña Marcela, y de los diputados señores Browne, Chahín, Edwards, Hasbún, Saffirio, Torres; Hoffmann, doña María José y Rubilar, doña Karla, que “Modifica el artículo 5 F de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, estableciendo descuentos a la dieta parlamentaria en casos de ausencias injustificadas”. (boletín N° 7483-07) 324
- Oficios del Tribunal Constitucional mediante los cuales remite copia autorizada de las sentencias definitivas de control de constitucionalidad referidas a los siguientes proyectos:
35. que “Regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana”. (boletín 3848-06 refundido con boletines 6289-25 y 6363-06). Rol 1869-10-CPR. (5468) 326
36. que “Modifica la ley N° 19.882, en materia de dedicación exclusiva respecto de cargos de Subdirector Médico.”. (boletín 7140-11). Rol 1895-11-CPR. (5458) 327
37. sobre “Asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública”. (boletín 3562-06). Rol 1868-10-CPR. (5482) 327
38. que “Modifica ley N° 20.022, con el objeto de establecer un nuevo plazo para el cierre de Tribunales del Trabajo de Santiago, que señala.”. (boletín 7434-07). Rol 1902-11-CPR. (5492) 328
39. que “Aumenta las plantas de Personal de Carabineros de Chile.”. (boletín 6962-02). Rol 1897-11-CPR. (5506) 328
40. sobre “Calidad y Equidad de la Educación.”. (boletín 7329-04). Rol 1911-11-CPR. (5515) 329
41. que “Crea el Ministerio de Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención del Consumo y Tráfico de Drogas, y modifica diversos cuerpos legales.”. (boletín 4248-06) (S). Rol 1901-11-CPR. (5522) 330
X. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios y comunicaciones
- Oficio de la seremi de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana por el cual remite Resolución Exenta N° 224 de 21 de enero de 2011 que destina inmueble fiscal al Congreso Nacional.
- Oficio de la Contraloría General de la República por el cual remite Informe en Investigación Especial sobre revisión de gastos del Estado Mayor Conjunto del Ministerio de Defensa Nacional.
- Oficio de la Comisión de Salud, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que se remita a la Comisión de Gobierno Interior, el proyecto iniciado en mensaje, que “Modifica ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con el objeto de promover las presentaciones de música en vivo”. boletín N° 7449-11, por tratarse de materias propias de su competencia.
- Oficio de la Comisión de Régimen Interno mediante la cual informa que a la Convocatoria al XV Período Extraordinario de Sesiones del Parlamento Andino , que se llevará a efecto los días 24 y 25 de febrero, en La Paz, Bolivia, participarán los diputados señores Gabriel Ascencio, Enrique Accorsi y Romilio Gutiérrez, dentro del Acuerdo Marco de Participación en Instancias Internacionales.
- Oficio de la Comisión de Régimen Interno mediante el cual informa que acordó disponer la participación de los diputados señores Jorge Ulloa y Cristián Campos en la 2° Conferencia Preparatoria de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur, que se efectuará en Cali, Colombia, entre el 24 y el 28 de enero, y en el 29° Periodo de Sesiones del Comité de Pesca de la FAO, que se realizará en Roma, Italia, entre el 31 de enero y el 4 de febrero.
- Oficio de la Presidenta de la Corporación mediante el cual informa que participará, junto a las diputadas señoras Denise Pascal, María José Hoffman, Marcela Sabat, Marta Isasi, Carolina Goic y Ximena Vidal, en la Reunión Parlamentaria Anual con ocasión de la Sesión 55° de la Comisión sobre el Estatus Jurídico y Social de la Mujer de la ONU sobre el tema “El rol de los Parlamentos en la promoción del acceso y la participación de las mujeres y niñas a la educación, perfeccionamiento, ciencia y tecnología”, que se llevará a cabo el 23 y el 25 de febrero en Nueva York.
- Comunicación de la Presidenta de la Corporación mediante la cual informa que el diputado señor Sergio Bobadilla reemplazará al diputado señor Gonzalo Uriarte en la XIV Reunión de la Comisión Parlamentaria de Asociación Congreso Nacional de Chile - Parlamento Europeo, que se llevará a cabo en Bruselas, los días 24 y 25 de enero de 2011.
- Comunicación del diputado señor Carmona, quién acompaña licencia médica por la cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 21 días, a contar del 28 de febrero próximo pasado.
- Comunicación del diputado señor Rincón, quién de conformidad con el artículo 195 del Código del Trabajo, hará uso del permiso parental por un plazo de 4 días, a contar del 01 de marzo en curso.
2. Notas
- Nota del diputado señor Hales, quién, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 27 de febrero en curso, para dirigirse a Italia, España, Israel y Palestina. Concedido por la Presidenta en virtud del art.60 C.P.R. y 35 del reglamento.
- Nota del diputado señor Bobadilla, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 24 de enero, para dirigirse a Bélgica.
- Nota de la diputada señora Hoffmann, doña María José, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 23 de febrero, para dirigirse a Estados Unidos.
- Nota del diputado señor Sabag, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Palestina.
- Nota del diputado señor Becker, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Mongolia.
- Nota del diputado señor Farías, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Israel y España.
- Nota del diputado señor Campos, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Colombia e Italia.
- Nota del diputado señor Moreira, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Palestina.
- Nota del diputado señor Van Rysselberghe, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 24 de febrero, para dirigirse a México.
- Nota del diputado señor Lobos, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 23 de enero, para dirigirse a Mongolia.
- Nota del diputado señor Baltolu, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 09 de febrero, para dirigirse a Estados Unidos.
- Nota del diputado señor Norambuena, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 24 de enero, para dirigirse a Bélgica.
- Nota del diputado señor Santana, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 20 de enero, para dirigirse a Estados Unidos.
- Nota de la diputada señora Sabat, doña Marcela, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Estados Unidos.
- Nota del diputado señor Núñez, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 23 de enero, para dirigirse a Mongolia.
- Nota del diputado señor Martínez, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Bruselas.
- Nota de la diputada señora Zalaquett, doña Mónica, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Palestina.
- Nota del diputado señor Sauerbaum, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 20 de enero, para dirigirse a España.
- Nota de la diputada señora Nogueira, doña Claudia, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Palestina.
- Nota del diputado señor Carmona, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 01 de febrero, para dirigirse a Argentina.
- Nota de la diputada señora Sepúlveda, doña Alejandra, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de febrero, para dirigirse a Estados Unidos y Europa.
- Nota del diputado señor Rincón, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 21 de enero, para dirigirse a Israel.
- Nota de la diputada señora Pascal, doña Denise, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 17 de febrero, para dirigirse a Estados Unidos.
- Nota del diputado señor Macaya, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 01 de febrero, para dirigirse a Bélgica.
- Nota del diputado señor Von Mühlenbrock, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 02 de febrero próximo pasado, para dirigirse a Estados Unidos.
- Nota del diputado señor Moreira, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 28 de febrero próximo pasado, para dirigirse a Europa y Medio Oriente.
- Nota de la diputada señora Goic, doña Carolina, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 23 de febrero próximo pasado, para dirigirse a Nueva York.
- Nota del diputado señor Silber, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 28 de febrero próximo pasado, para dirigirse a Israel y Palestina.
- Nota del diputado señor Cerda, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 28 de febrero próximo pasado, para dirigirse a Israel y Palestina.
- Nota del diputado señor Tarud, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 28 de febrero, para dirigirse a Medio Oriente.
XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.
- Diputado Araya, Solicita informe respecto del proyecto denominado “Boulevard Maipú” (2362 de 18/01/2011). A al señor alcalde de Antofagasta .
- Diputado Araya, Solicita informe respecto del proyecto denominado “Boulevard Maipú” (2363 de 18/01/2011). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Diputado Araya, Solicita información respecto del proyecto denominado “Boulevard Maipú” (2364 de 18/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Castro, Solicita informe respecto de eventuales incumplimientos a lo dispuesto en el artículo 26 de la ley N° 19.175, sobre gobiernos regionales, por parte del señor Intendente de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins (2365 de 18/01/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Castro, Solicita informe acerca de eventuales incumplimientos de la obligación de declarar y pagar las cotizaciones previsionales de los funcionarios de planta y contrata de la Intendencia de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins (2366 de 18/01/2011). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
- Diputado Castro, Solicita informe acerca de eventuales incumplimientos de la obligación de declarar y pagar las cotizaciones de salud de los funcionarios de planta y contrata de la Intendencia de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins (2367 de 18/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Castro, Solicita informe sobre el conflicto que afecta a trescientos pequeños mineros de la localidad de Chancón, comuna de Rancagua, tanto en materia de derechos laborales y de seguridad social, como en materia de las políticas de compra de mineral que desarrolla Enami respecto de ellos (2368 de 18/01/2011). A Ministerio de Minería.
- Diputada Pascal doña Denise, Solicita informe sobre las eventuales ventas de aguas tratadas que estarían realizando, o pretenden realizar, las empresas sanitarias (2369 de 18/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Díaz don Marcelo, Solicita informe sobre el resultado de la licitación para la construcción del muelle artesanal para la localidad de Totoralillo Norte, de la comuna de La Higuera (2370 de 18/01/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Robles, Solicita informe respecto a las medidas adoptadas a partir de las amenazas de muerte que recibió el Cabo 2° Jorge Martínez Alzamora, de la Prefectura de Viña del Mar (2371 de 18/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Robles, Solicita informe respecto a las medidas adoptadas a partir de las amenazas de muerte que recibió el Cabo 2° Jorge Martínez Alzamora, de la Prefectura de Viña del Mar (2372 de 18/01/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Hasbún, Solicita se informe sobre eventuales irregularidades administrativas en el Colegio Santa Lucía de Lo Caña; en particular, se investigue e informe, sobre la entrega y destino de los bonos de escolaridad del periodo 2010 y del otorgado por la ley N° 20.158; del destino de los bonos por término de conflicto y del otorgado con cargo a la Subvención Adicional Especial; y, por último, sobre los motivos por los que no se habrían pagado sus remuneraciones a algunos docentes. (2373 de 18/01/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Rincón, Solicita se informe sobre los bienes raíces de propiedad fiscal, y respecto de los funcionarios, remunerados con cargo a los presupuestos de las Fuerzas Armadas, destinados al servicio de los Comandantes en Jefe, Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas. (2374 de 18/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Monsalve, Solicita se fiscalice la ejecución de los subsidios de reparación para damnificados - a consecuencias del terremoto del 27 de febrero de 2010- en la comuna de Curanilahue; remitiendo, posteriormente, sus conclusiones a esta Corporación. (2375 de 19/01/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputado Monsalve, Solicita se informe sobre el estado de avance de los proyectos presentados por la Municipalidad de Curanilahue, para la construcción de muros de contención en las calles Manuel Montt, Cruz Alta, Cruz Baja y Riquelme esquina Cruz Alta; y, además, respecto del presentado para la reposición del tránsito vehicular por las calles Manuel Montt y Cruz Baja; en particular, señale si los antedichos proyectos tienen prioridad, las fechas en que han sido o será presentados para la aprobación del Consejo Regional y, finalmente, los plazos para su ejecución. (2376 de 19/01/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Monsalve, Solicita se informe sobre el estado de avance del proyecto presentado por la Municipalidad de Cañete, para la construcción de un muro de contención en la calle Esmeralda; en particular, señale si este proyecto tiene prioridad, la fecha en que ha sido o será presentados para la aprobación del Consejo Regional y, finalmente, el plazo para su ejecución. (2377 de 19/01/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Monsalve, Solicita se fiscalice el servicio de agua potable en la comuna de Lota y en las comunas de la provincia de Arauco, para, fundamentalmente, determinar si la provisión del servicio y el agua potable cumplen con la calidad correspondiente; remitiendo, posteriormente, sus conclusiones a esta Corporación. (2378 de 19/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre las fiscalizaciones o controles realizados por ese organismo a las aguas de consumo humano de la localidad de Loncura, comuna de Quintero, particularmente acerca de sus orígenes y responsabilidades comprometidas (2379 de 19/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre los análisis y estudios realizados con el objeto de determinar si los niveles de concentración de plaguicidas en frutas y verduras, producidas en el país, cumplen con los estándares legales y reglamentarios (2380 de 19/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado García don René Manuel, Solicita se informe sobre las medidas que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones adoptará, para restablecer la efectiva reciprocidad, en el transporte por vía terrestre, entre las empresas chilenas y argentinas del rubro. (2381 de 19/01/2011). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Diputado De Urresti, Solicita informe sobre la factibilidad, y los costos estimados, de instalar una oficina regional de la Dirección de Previsión de Carabineros en la ciudad de Valdivia (2382 de 19/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado De Urresti, Solicita informe sobre la existencia de un plan de modernización del Cuartel General de la Tercera División del Ejercito , ubicado en Valdivia, que importaría su traslado desde esa ciudad (2383 de 19/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Marinovic, Solicita informe sobre diversas materias relacionadas con la Empresa Nacional del Petróleo (2384 de 20/01/2011). A Ministro de Energía .
- Diputado Jaramillo, Solicita se informe sobre la fecha en que, eventualmente, se construirá un estacionamiento de buses en el Cruce de Los Tambores, comuna de La Unión, Provincia del Ranco , en la Región de Los Ríos. (2385 de 20/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Jaramillo, Solicita se informe sobre el costo que tendrá la eventual construcción del puente Cau Cau, en la ciudad de Valdivia. (2386 de 20/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Jaramillo, Solicita se informe sobre la continuidad, durante el año 2011, del programa “Orígenes”. (2387 de 20/01/2011). A Ministerio de Planificación y Cooperación.
- Diputado Jaramillo, Solicita se informe sobre la fecha de postulación, para el año lectivo 2011, a los Liceos de Excelencia. (2388 de 20/01/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Martínez, Solicita se informe acerca de los criterios que se aplican en la valoración de los proyectos sometidos a su consideración; en particular, en lo relativo a la evaluación de aquellos presentados para el financiamiento del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, en su convocatoria para el presente año; y, en especial, sobre los criterios técnico cualitativos aplicados en la evaluación del proyecto “Manual de Reflexología Podal”, folio 18680-5, que postuló en la “Modalidad Apoyo a ediciones Individuales y Colecciones”. (2389 de 20/01/2011). A Ministerio de Cultura y de las Artes.
- Diputado Gutiérrez don Romilio, Solicita se informe acerca del “Bono de Reconocimiento Complementario”, por horas paralelas, que ha sido otorgado a profesores y asistentes de la educación al tiempo de jubilarse; en particular, señale los beneficiados con este bono en las comunas de Linares, Colbún, Yerbas Buenas, San Javier y Villa Alegre; y, finalmente, remita los antecedentes, relativos a este beneficio, de las señoras María Luisa Méndez Méndez y Hetis Campos Vásquez. (2390 de 20/01/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado Gutiérrez don Romilio, Solicita se informe acerca del Programa de Habitabilidad, implementado por el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, durante los años 2009 y 2010, en la Región del Maule; en particular, señale la nómina de beneficiarios, el costo del programa y plazos y fechas de ejecución. (2391 de 20/01/2011). A Ministerio de Planificación y Cooperación.
- Diputado Gutiérrez don Romilio, Solicita se remitan los antecedentes relativos al pago de las indemnizaciones, por concepto de expropiación, realizados a los vecinos de la Ruta L-202, Putagán-Cunaco, en la comuna de Villa Alegra, Región del Maule. (2392 de 20/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputada Zalaquett doña Mónica, ´Solicita se remitan los estudios realizados por el municipio de Maipú, a las viviendas de la Villa Providencia, en dicah comuna; se indiquen las medidas que se adoptarán para solucionar el problema de inestabilidad que afecta a estas viviendas luego del terremoto del 27 de febrero del año recién pasado; y, por último, se especifique el plazo que se resolverá, definitivamente, el problema. (2393 de 20/01/2011). A al señor alcalde de Maipú .
- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita se informe acerca de las medidas que el municipio de Maipú adoptará para solucionar el problema de acumulación de basura que se produce en la calle Portales, frente a la Villa Divina Providencia -a la altura del número 3071-, en dicha comuna; y, además, se indique el plazo en que este problema, de salubridad y seguridad, quedará resuelto. (2394 de 20/01/2011). A al señor alcalde de Maipú .
- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita se informe sobre la solución que el municipio de Maipú dará a las personas que, informalmente, comercian en la feria Volcán Maipo, ubicada en el sector La Farfana; específicamente, si estos recibirán los permisos para trabajar que les fueron comprometidos; en qué plazo se dará solución a este problema; y, finalmente, la razón por las que el desalojo de estos comerciantes informales, desde aquel lugar, se efectúa con dotación de la Prefectura de las Fuerzas Especiales de Carabineros. (2395 de 20/01/2011). A al señor alcalde de Maipú .
- Diputada Zalaquett doña Mónica, Solicita se realice una fiscalización al proceso de licitación de los contratos de retiro de basura, en la comuna de Maipú; remitiendo sus conclusiones, posteriormente, a esta Corporación. (2396 de 20/01/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Torres , Solicita se remitan todos los antecedentes que sirvieron de base para la dictación del decreto supremo N° 130, del Ministerio a su cargo, publicado el 4 de octubre de 2010, que modifica el recinto portuario del Puerto de San Antonio, fija sus nuevos límites y deroga los decretos supremos Nos. 39/1998, 82/2001 y 126/2005. (2397 de 20/01/2011). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Diputado Torres , Solicita se remitan todos los antecedentes que determinaron la necesidad de modificar el recinto portuario de San Antonio. (2398 de 20/01/2011). A presidente del directorio de la Empresa Portuaria San Antonio.
- Diputado Torres , Solicita se remitan todos los antecedentes que determinaron la necesidad de modificar el recinto portuario de San Antonio. (2399 de 20/01/2011). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Alinco, Solicita se informe sobre los criterios utilizados por la Comisión Médica, Preventiva e Invalidez, de Talca, en los dictámenes 1070951-2010 y 1070048-2010, recaídos en las solicitudes de los señores José Bravo Domínguez y Humberto Armijo, respectivamente. (2400 de 20/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Alinco, Solicita se informe sobre las transacciones realizadas, durante los años 2000 a 2011, por las universidades privadas reconocidas por el Estado, y por las pertenecientes al Consejo de Rectores, con inmobiliarias, relacionadas o no con la universidad de que se trate, v. gr. contratos de compraventa, traspasos de propiedad a cualquier título, contratos de arrendamientos, comodatos, etc.; y, además, acerca de los contratos realizados, durante los años 2000 a 2011, por las mismas universidades antes referidas, con empresas de cualquiera índole, tales como constructoras, inmobiliarias, empresas de servicios, etc. (2401 de 20/01/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputado De Urresti, Solicita se informe sobre el programa de mantenimiento del camino Cullinhue a Quillalhue, en la comuna de Mariquina, Región de Los Ríos. (2402 de 20/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre la existencia de una denuncia formulada, en la Seremi de Educación de la V Región, por el señor Carlos Ambrosio Bosisio Honorato (2425 de 21/01/2011). A Ministerio de Educación.
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre la denuncia por no pago de gastos comunes, formulada por la Junta de Vigilancia del condominio social “Lanas del Valle”, de la comuna de La Ligua, respecto del departamento N° 23 de ese conjunto habitacional (2426 de 21/01/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputado Ascencio, Solicita informe respecto de la efectividad de la existencia de un contrato de arrendamiento, celebrado entre la cónyuge del Gobernador Provincial de Chiloé , sobre un inmueble de su propiedad, ubicado en la ciudad de Castro, y el Servicio de Salud de Chiloé (2427 de 21/01/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Ascencio, Solicita informe respecto de la efectividad de la existencia de un contrato de arrendamiento, celebrado entre la cónyuge del Gobernador Provincial de Chiloé, sobre un inmueble de su propiedad, ubicado en la ciudad de Castro, y el Servicio de Salud de Chiloé (2428 de 21/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Ascencio, Solicita informe respecto de la efectividad de la existencia de un contrato de arrendamiento, celebrado entre la cónyuge del Gobernador Provincial de Chiloé, sobre un inmueble de su propiedad, ubicado en la ciudad de Castro, y el Servicio de Salud de Chiloé (2429 de 21/01/2011). A Ministerio de Interior.
- Diputado Ascencio, Solicita se informe acerca del estado de avance del proyecto de construcción de la sede de la Federación de Pescadores Artesanales de Palena. (2430 de 21/01/2011). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Diputado Ascencio, Solicita se informe acerca las causas por las que 18 familias, trasladadas desde la localidad de Chaitén, no pueden habitar las viviendas que les fueran asignadas en la ciudad de Castro; y, además, sobre las medidas adoptadas por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo para evitar el deterioro de éstas. (2431 de 25/01/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputado Jarpa, Solicita se estudie la situación de 800 familias de las poblaciones Vicente Pérez Rosales, Villa Futuro, Lomas de Oriente y Los Volcanes 3, de la ciudad de Chillan, que no pudieron postular al subsidio de reposición por no disponer del respectivo certificado de inhabitabilidad; y de 129 otras familias que no pudieron postular a dicho beneficio por falencias en el sistema del Servicio de la Vivienda y Urbanismo. Y, por otra parte, informe a esta Corporación, las razones por las que vecinos de la Población Mardones, de la antedicha ciudad, afectados igualmente por el cataclismo de febrero de 2010, y que cumplían con los requisitos solicitados, no pudieron postular a adecuados beneficios habitacionales. (2432 de 25/01/2011). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Diputado Ascencio, Solicita remitir todos los antecedentes relacionados con el incidente protagonizado, el día 22 de enero próximo pasado, por el helicóptero en que viajaban S.E. el Presidente de la República y el señor Andrés Navarro. (2434 de 25/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Ascencio, Solicita se informe acerca de los hechos vinculados con el aterrizaje de emergencia de debió realizar, en la localidad de Cobquecura, Quilicura Norte, Región del Biobío, el día 22 de enero próximo pasado, el helicóptero en que viajaba S.E. el Presidente de la República y el señor Andrés Navarro. (2435 de 25/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Ascencio, Solicita se informe sobre la normativa para el transporte de combustibles y sus requisitos; y si cumple con los requerimientos legales el transporte de combustibles en bidones de plástico. (2436 de 25/01/2011). A Ministerio de Energía.
- Diputado Ascencio, Solicita se informe sobre a) los incidentes de aviación en los que se han visto involucrados, en los últimos 10 años, como pilotos, el señor Presidente de la República don Sebastián Piñera y el señor Andrés Navarro; con una relación de los hechos, las investigaciones realizadas, las responsabilidad determinadas, y las sanciones aplicadas; y, b) la manera o procedimientos utilizados por el señor Sebastián Piñera para revalidar su licencia de piloto civil; la forma en que completó las horas pertinentes; las aeronaves utilizadas para tal efecto; y, los días y horas en que estas se efectuaron. (2437 de 25/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Ascencio, Solicita se informe si el Presidente de la República don Sebastián Piñera ha pilotado helicópteros de la institución bajo su mando para revalidar la licencia de piloto civil. (2438 de 25/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Ascencio, Solicita se informe acerca de la legalidad y corrección en los procedimientos administrativos utilizados por las instituciones participantes en los hechos relacionados con el aterrizaje de emergencia que realizó el helicóptero en que viajaba el señor Presidente de la República y don Andrés Navarro, el día 22 de enero de los corrientes, en Cobquecura, Quilicura Norte, en la Región del Biobío; en especial, sobre la actuaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil y Carabineros; particularmente, acerca del cumplimiento de las normas de protección que se deben al Presidente de las República , y que son exclusivas de esta institución. Asimismo, se informe sobre los procedimientos, en la antedicha oportunidad, para la recarga de combustible de la aeronave y los costos de dicha operación. (2439 de 25/01/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Ascencio, Solicita informe acerca de los antecedentes que posea relativos al eventual aterrizaje programado, en la localidad de Cobquecura, Quilicura Norte, Región del Bibío, que protagonizara el helicóptero en que se desplazaba el señor Presidente de la República , el día 22 de enero del año en curso. (2440 de 25/01/2011). A Ministerio Secretaría General de Gobierno.
- Diputado Squella, Solicita se informe sobre la concesión de redes secas y húmedas del Centro de Detención Preventiva de San Miguel; la individualización de la empresa que se adjudicó dicho servicio; el monto invertido; y, la fecha en que se asignó la mencionada concesión. (2441 de 25/01/2011). A Ministerio de Justicia.
- Diputado Squella, Solicita se informe sobre la concesión de redes secas y húmedas del Centro de Detención Preventiva de San Miguel; la individualización de la empresa que se adjudicó dicho servicio; el monto invertido; y, la fecha en que se asignó la mencionada concesión. (2442 de 25/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Robles, Solicita se ordene el inmediato retiro de los residuos peligrosos que, desde hace más de cinco años acopia, al margen de la ley en la comuna de Copiapó, la empresa Solenor; sin perjuicio de que se informe sobre las medidas que ha adoptado el Ministerio de Minería respecto de esta situación. (2443 de 25/01/2011). A Ministerio de Minería.
- Diputado León, Solicita informe sobre el caudal actual, y el promedio de los últimos tres meses, del río Mataquito; el factor de dilución autorizado para los vertimientos, en dicho río, de la Planta Licánten, y el volumen de desechos líquidos efectivamente vertidos en los últimos tres meses, y el sistema de monitoreo y fiscalización que se aplica a esa planta en consideración de la situación de sequía y escaso caudal del curso fluvial (2444 de 26/01/2011). A Ministerio de Obras Públicas.
- Diputado Alinco, Solicita informe sobre la totalidad de los antecedentes de la investigación realizada por la autoridad marítima a raíz de la desaparición de don Miguel Villalón Maban, desde una embarcación de la empresa PescaChile S. A., el 1 de octubre de 2010, particularmente respecto de la explicación dada por el capitán del navío, y la individualización del encargado de dicha indagación (2445 de 26/01/2011). A Ministerio de Defensa Nacional.
- Diputado Silber, Solicita informe pormenorizado sobre la “Campaña de Vacunación Anti Influenza 2011” (2446 de 26/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Jarpa, Solicita una investigación en torno a la situación de alrededor de ochocientas familias de la comuna de Chillán, quienes no pudieron postular al subsidio de reposición de viviendas por no contar con sus certificados de inhabitabilidad, a pesar de haber pagado por ellos a la Municipalidad, e informe a esta Corporación (2447 de 27/01/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Jarpa, Solicita informe sobre el estado de avance del proyecto de construcción de un nuevo recinto de salud provincial, incluido un “centro de diagnóstico y tratamiento”, en la Provincia de Ñuble, particularmente respecto de las fechas consideradas o programadas para su ejecución (2448 de 27/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Jarpa, Solicita informe sobre el estado de avance del proyecto de construcción de un nuevo recinto de salud provincial, incluido un “centro de diagnóstico y tratamiento”, en la Provincia de Ñuble, particularmente respecto de las fechas consideradas o programadas para su ejecución (2449 de 27/01/2011). A Ministerio de Hacienda.
- Diputado Jarpa, Solicita informe sobre el estado de avance del proyecto de construcción de un nuevo recinto de salud provincial, incluido un “centro de diagnóstico y tratamiento”, en la Provincia de Ñuble, particularmente respecto de las fechas consideradas o programadas para su ejecución (2450 de 27/01/2011). A Ministerio de Planificación y Cooperación.
- Diputado Torres , Solicita se informe sobre la calidad del agua potable distribuida por la empresa Coopagua Santo Domingo Ltda, en la comuna de Santo Domingo. (2451 de 27/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Carmona, Solicita informe sobre la situación que afecta a cliente del Banco de Crédito e Inversiones, respecto de cierre de tarjeta de crédito (2452 de 27/01/2011). A Ministerio de Hacienda.
- Diputado Ascencio, Diputado Cornejo, Solicitan una investigación en torno a la situación de la señora Directora del Servicio Nacional de la Mujer de Valparaíso , quien habría ocupado parte de su jornada de trabajo en la realización de su práctica profesional, conducente a obtener el título de Abogado, en la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso (2453 de 28/01/2011). A Contraloría General de la República .
- Diputado Espinoza don Fidel, Solicita se remitan los resultados de las fiscalizaciones realizadas en hospitales y consultorios de la VIII Región, destinados a verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos para pacientes con tratamientos de enfermedades catastróficas adscritas al Plan de Acceso Universal con Garantías Explícitas en Salud; especialmente, en los casos en que los pacientes son derivados desde centros hospitalarios a otros de salud comunal. Sin perjuicio de disponer se investigue la deficiente atención y malos tratos que habría recibido la paciente señora Orietha Vargas Cornejo, en el Consultorio Leonera de la comuna de Chiguayante. (2454 de 28/01/2011). A Ministerio de Salud.
- Diputado Espinoza don Fidel, Solicita se informe acerca de las medidas adoptadas por el municipio de Chiguayante, a consecuencias de las denuncias por atención deficiente y malos tratos que habría recibido la paciente señora Orietha Vargas Cornejo, en el Consultorio Leonera de la comuna de Chiguayante. (2455 de 28/01/2011). A Municipalidad de Chiguayante.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (108)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo IND VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PRI II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto RN XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Edwards Silva, José Manuel RN IX 51
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Isasi Barbieri, Marta IND I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Oliva, Andrea IND V 10
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Morales Muñoz Celso UDI VII 36
Muñoz D'Albora, Adriana PPD V 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PRI VI 34
Silva Mendez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Vargas Pizarro, Orlando IND XV 1
Velásquez Seguel, Pedro IND IV 8
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20
-Asistieron, además, los ministros del Interior y Seguridad Pública , señor Rodrigo Hinzpeter Kirberg, y de la secretaría general de la Presidencia , señor Cristián Larroulet Vignau.
-Estuvieron presentes, también, la senadora Ximena Rincón González y los senadores Fulvio Rossi Ciocca y Juan Antonio Coloma Correa.
-Por contar con permiso constitucional, no asistió el diputado señor Patricio Hales Dib.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.07 horas.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- El acta de la sesión 125ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 126ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los Comités.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).- Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios, bajo la presidencia de la diputada señora Alejandra Sepúlveda, adoptaron los siguientes acuerdos:
1. Tomar conocimiento de las tablas de la semana.
2. Modificar el orden de la tabla de la sesión de hoy martes, dejando en primer lugar el proyecto de ley que modifica el Código Sanitario, con el objeto de facultar a las ma-
tronas para recetar anticonceptivos, y en segundo lugar, el que modifica la Ley de Tránsito, para hacer aplicable la normativa de las bicicletas a los vehículos de cilindrada que indica.
3. Autorizar el ingreso del director nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería durante la discusión del informe de la Comisión Especial Investigadora encargada de realizar un análisis de las disposiciones legales y administrativas que regulan las normas y estándares en seguridad y prevención de riesgos que deben cumplir las empresas respecto de los trabajadores que se desempeñan en faenas mineras, el día miércoles 2 de marzo.
REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR y REGIONALIZACIÓN.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- La Comisión de Salud solicita el acuerdo de la Sala para que se remita a la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que “modifica la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, con el objeto de promover las presentaciones de música en vivo”, por tratarse de materias propias de su competencia.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
AGRADECIMIENTO A DIPUTADAS POR PARTICIPACIÓN EN REUNIÓN DE NACIONES UNIDAS CELEBRADA EN NUEVA YORK.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En nombre de la Cámara de Diputados, agradezco a las diputadas María José Hoffmann, Marcela Sabat, Carolina Goic, Ximena Vidal, Denise Pascal y Marta
Isasi, por su destacada participación en la reunión de las Naciones Unidas, en Nueva York, los días 23 y 25 de febrero.
-Aplausos.
DESPEDIDA DEL DIPUTADO GONZALO URIARTE HERRERA.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Quiero saludar y, al mismo tiempo, despedir a un colega que a las 16 horas va a prometer o a jurar como nuevo integrante del Senado de la República.
Me refiero al diputado Gonzalo Uriarte Herrera, quien fue elegido representante del distrito N° 31 por los períodos 2002-2006, 2006-2010 y 2010-2014.
(Aplausos).
En el desarrollo de su trabajo, ha presidido muchas comisiones, como la Comisión Permanente de Vivienda y Desarrollo Urbano, en un período bastante complejo como el transcurrido con posterioridad al terremoto recién pasado. También ha integrado las Comisiones de Cultura y de las Artes y de Superación de la Pobreza, Planificación y Desarrollo Social, así como la Comisión Especial de Patrimonio Histórico y Cultural, que se creó el año pasado.
Asimismo, presidía los Grupos Parlamentarios Chileno-Ucraniano, Chileno-Checo y Chileno-Canadiense.
En esta despedida, le deseamos que le vaya muy bien en las nuevas labores que emprenderá en el Senado. Ojalá que nunca olvide que estuvo en esta Sala y que fue diputado de la República de Chile.
En nombre de la Mesa, con la diputada Denise Pascal, su compañera de distrito por muchos años, le vamos a hacer entrega de un recuerdo, que esperamos utilice en su nuevo escritorio de la Cámara Alta.
-La Presidenta de la Cámara de Diputados, señora Alejandra Sepúlveda, y la diputada señora Denise Pascal hacen entrega de un presente al diputado Gonzalo Uriarte Herrera.
-Aplausos.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Uriarte.
El señor URIARTE.- Señora Presidenta , muchas gracias por permitir que me dirija a esta honorable Cámara, en la que será mi última sesión como diputado .
Quiero agradecer a los funcionarios, a los secretarios de Comisiones y a todas aquellas personas que me acompañaron durante tanto tiempo desde el estrado.
Agradezco a la Oposición por compartir momentos en que pudimos defender ideas comunes y converger en soluciones legislativas al servicio del país.
Además, agradezco a mi coalición de gobierno, que muchas veces nos confirió su confianza para defender los proyectos de ley que el país necesitaba.
En forma muy especial, agradezco a mi partido, la UDI, que un 11 de marzo de 2002 me permitió jurar, en esta misma Sala, defender no sólo la Constitución y las leyes, sino también los intereses y derechos de las diez comunas que representan las provincias de Melipilla y de Talagante.
Igualmente, agradezco a mis 38 compañeros y amigos de la bancada de la UDI por el cariño y espíritu de equipo que siempre supimos mantener.
Finalmente, agradezco a todos ustedes por haber hecho de estos nueve años los más fecundos de mi vida, años en que pude defender los intereses de mi país.
Muchas gracias.
-Aplausos.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Gracias a usted, diputado Uriarte. Le deseo el mayor de los éxitos.
V ORDEN DEL DÍA
FACULTAD A MATRONAS PARA RECETAR ANTICONCEPTIVOS. Primer trámite constitucional.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción, que modifica el Código Sanitario con el objeto de facultar a las matronas para recetar anticonceptivos.
Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Víctor Torres.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 7245-11, sesión 83ª, en 5 de octubre de 2010. Documentos de la Cuenta N° 10.
-Informe de la Comisión de Salud, sesión 127ª, e 18 de enero de 2011. Documentos de la Cuenta N° 9.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor TORRES (de pie).- Señora Presidenta , en nombre de la Comisión de Salud, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en moción de la diputada señora Goic y de los diputados señores Lorenzini , Núñez , Torres y Walker , que propone modificar el Código Sanitario con el objeto de facultar a las matronas para recetar anticonceptivos.
La idea matriz o fundamental del proyecto es modificar normas del Código Sanitario con la finalidad de consagrar expresamente la facultad de las matronas para prescribir, en relación con la planificación familiar y la regulación de la fertilidad, métodos anticonceptivos, tanto hormonales como no hormonales, y desarrollar procedimientos vinculados a la anticoncepción que no impliquen el uso de técnicas quirúrgicas, todo ello en conformidad a la ley N° 20.418.
Para lograr dicho objetivo, esta iniciativa legal está estructurada a base de un artículo único, que propone modificar el artículo 117 del Código Sanitario.
Durante el análisis de esta iniciativa legal, la Comisión contó con la colaboración de la entonces subsecretaria de Salud Pública, señora Liliana Jadue ; del presidente y del vicepresidente de la Sociedad Chilena de Ginecología y Obstetricia, señores Luis Martínez y Hernán Muñoz , respectivamente; del profesor del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo del Adolescente de la Universidad de Chile (Cemera), señor Ramiro Molina , y de la directora y de la subdirectora de la Escuela de Obstetricia de la Universidad de Chile, señoras Hilda Bonilla y Lorena Binfa , respectivamente.
Fundamentos del proyecto de ley contenidos en la moción.
La moción hace referencia a que el Código Sanitario señala claramente el ámbito de competencia de los profesionales de la salud en el país. En ese sentido, define la función de los médicos cirujanos, pero también -a raíz de sucesivas modificaciones legales- ha introducido y precisado cuál es la función de otros profesionales que se vinculan y coadyuvan en el área sanitaria, como es el caso de las matronas.
Es así como el artículo 117 del Código Sanitario dispone que los servicios profesionales de la matrona comprenden la atención del embarazo, parto y puerperio normales, y la atención del recién nacido, como asimismo las actividades relacionadas con la lactancia materna, la planificación familiar y la ejecución de acciones derivadas del diagnóstico y tratamiento médico, y el deber de velar por la mejor administración de los recursos de asistencia para el paciente.
En la asistencia de partos, agrega dicha disposición, sólo pueden intervenir mediante maniobras en que se apliquen técnicas manuales, y practicar aquellas curaciones que signifiquen atención inmediata de la parturienta.
En su parte final, la norma dispone que las matronas podrán usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales.
La moción agrega que en la práctica tradicional de la asistencia profesional brindada por las matronas, de acuerdo a las normas técnicas que han emanado desde el Ministerio de Salud desde fines de la década de los ‘60, cuando se inició en Chile una política nacional de salud de hondo impacto en la salud materna e infantil -con la consecuente disminución de la mortalidad infantil y materna-, como parte de un equipo de salud, siempre han indicado anticonceptivos orales y han aplicado procedimientos no quirúrgicos de anticoncepción, como, por ejemplo, la instalación de dispositivos intrauterinos, sin que ello se haya considerado como actuaciones que excedan el mandato legal ni la lex artis.
Pese a ser un tema sin controversias desde hace muchos años, por problemas de interpretación y desconocimiento técnico de parte de algunas autoridades de salud, el rol clave que las matronas desempeñan día a día en la atención de salud de la población chilena ha sido cuestionado y, con ello, se ha puesto en riesgo el acceso equitativo y oportuno a las acciones de salud de las mujeres. Prueba de ello es el instructivo emitido en septiembre de 2010 por el secretario regional ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante el cual se restringe la posibilidad de que las matronas receten y despachen anticonceptivos de uso oral a mujeres que se encuentren en control de su salud sexual y reproductiva, pese a que estos medicamentos son, por regla general, de venta libre, por lo que no requieren de indicación médica para su dispensación en farmacias.
En la discusión general del proyecto se invitó a representantes del Gobierno y de instituciones médicas y de matronas.
La entonces subsecretaria de Salud, señora Liliana Jadue , hizo presente que el Ejecutivo comparte y apoya la idea planteada en la iniciativa legal en estudio, por cuanto reconoce el rol relevante que le ha cabido a las matronas en la historia sanitaria chilena, tanto en el ámbito del control del embarazo, atención de partos, control perinatal y planificación familiar, como en aspectos generales vinculados al cuidado de la salud de las mujeres, de las parejas y a la inclusión de los hombres en la participación del proceso de embarazo y prevención de los mismos, en su caso.
Por lo anterior, estima pertinente facultar por ley para que las matronas prescriban anticonceptivos hormonales y no hormonales. Ello, con la intención de complementar el trabajo que realizan en la actualidad en la atención primaria de salud.
La presidenta del Colegio de Matronas de Chile A.G. también se manifestó plenamente de acuerdo con la modificación propuesta al artículo 117 del Código Sanitario, atendida la necesidad de aclarar legalmente una disposición que ha sido aplicada en la práctica, en el sentido de que las matronas siempre han intervenido en áreas relacionadas con la planificación familiar y la salud de la mujer en el ámbito sexual y del embarazo. Por lo tanto, la modificación propuesta sólo reafirma la disposición vigente sobre el programa de salud de la mujer.
La Sociedad de Ginecología y Obstetricia, representada por su presidente y su vicepresidente, manifestó que al interior de esa sociedad médica existe consenso en que la iniciativa para modificar el artículo 117 del Código Sanitario, en el sentido propuesto en la moción, es conveniente porque explicita en la ley una realidad que, en la actualidad, ocurre en los hechos. Asimismo, hizo hincapié en que existen estudios, avalados por la Organización Mundial de la Salud, que demuestran que Chile está en un buen lugar en las tablas que acreditan los bajos índices de mortalidad infantil, materna y perinatal. En gran parte, esos resultados se deben a la participación de las tres mil matronas que trabajan en la red de la salud primaria, que es el primer eslabón de atención a la mujer.
Asimismo, agregó que las matronas han demostrado a través del tiempo y en la realidad que tienen capacidades más que suficientes para realizar las tareas enunciadas, sobre todo si se analizan los programas de estudio de las carreras que se imparten para su capacitación y profesionalización, y si se toma en cuenta que forman parte de un equipo de atención de salud, en el cual deben existir protocolos y regulaciones de trabajo claramente definidos para la atención de embarazadas y partos.
El profesor del Centro de Medicina Reproductiva y Adolescencia, de la Universidad de Chile ( Cemera ), hizo hincapié en que si bien la actividad vinculada con la regulación de la fecundidad no es exclusiva de las matronas, sí es atendida por ellas, al igual que los procesos de diagnóstico, medicación y seguimiento de ciertas enfermedades, debido a la demanda existente en la atención de salud primaria ante la falta de médicos generales y especialistas.
La matrona ha ido tomando responsabilidades que son indispensables para el sistema de salud. Si por ley, se les prohíbe realizarlas, no podrán ser absorbidas por el resto del personal médico de salud. Esas profesionales están capacitadas para atender el control perinatal y hasta los tres o cuatro meses de vida del recién nacido.
Respecto de la votación general del proyecto, puedo señalar que la Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y luego de recibir las explicaciones de la entonces subsecretaria de Salud Pública y la opinión del Colegio de Matronas y de profesores especialistas invitados, que permitieron a sus miembros formarse una idea sobre las implicancias y la incidencia real de la modificación propuesta en el proyecto de ley, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes, señores Juan Luis Castro, Juan Lobos, Marco Antonio Núñez y Alejandro Santana .
Hago presente que en la discusión particular del proyecto se presentaron cinco indicaciones, tres de las cuales fueron aprobadas y dos rechazadas, tal como figura explicado detalladamente en el informe que los diputados y diputadas tienen a la vista en sus escritorios.
Por las razones señaladas en forma muy resumida, la Comisión de Salud recomienda a la Sala aprobar la idea de legislar contenida en el proyecto y su articulado tal como fue aprobado y está propuesto en el informe respectivo.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente , tengo el honor de ser autor del proyecto, junto con el diputado señor Víctor Torres . También se contó con el apoyo de la diputada señora Carolina Goic y de los diputados señores Pablo Lorenzini y Marco Antonio Núñez .
El proyecto fue enriquecido por todos los colegas miembros de la Comisión de Salud.
Este proyecto de ley se inicia debido a un hecho que fue muy controvertido: un oficio ordinario emitido por el seremi de Salud de la Región de Coquimbo , doctor Osvaldo Iribarren , en septiembre de 2010, que prohibía expresamente a las matronas entregar todo tipo de anticonceptivos orales. Dicho documento se fundamentaba en el artículo 117 del Código Sanitario, que, como muy bien explicó el diputado informante , señor Víctor Torres , autoriza a las matronas a usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales. De esta forma, las matronas no tenían la facultad expresa para otorgar anticonceptivos hormonales o no hormonales.
Desde la década del 60 en adelante, muy especialmente a partir del gobierno del Presidente Frei Montalva , se inició toda la política de regulación de la fertilidad en nuestro país, la que logró disminuir drásticamente la tasa de mortalidad infantil y materna. La práctica otorgó a las matronas la facultad para prescribir y entregar anticonceptivos; distintas disposiciones reglamentarias otorgaron a las matronas esta facultad. El 28 de enero de 2010, durante el gobierno de la Presidenta Bachelet , se publicó la ley Nº 20.418, que fijas normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad. Su artículo 4º estableció expresamente que “Los órganos de la Administración del Estado con competencia en la materia, adoptarán las medidas apropiadas para garantizar el ejercicio de los derechos establecidos en esta ley”, la cual, reitero, fija normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad.
Entonces, el Congreso Nacional entendió que el problema estaba zanjado, porque entendió que las matronas tenían competencia en la materia. Pero la ausencia de una disposición legal expresa en el artículo 117 del Código Sanitario provocó que, tras una errónea interpretación de esta disposición por parte del seremi de Salud de la Región de Coquimbo , se prohibiera expresamente a las matronas entregar todo tipo de anticonceptivos, no solamente la anticoncepción de emergencia, que la citada ley Nº 20.418 estableció que no tiene carácter abortivo. Por lo tanto, se hizo necesario crear un proyecto de ley que incorporara una disposición expresa para que las matronas pudieran prescribir, utilizar y entregar todo tipo de anticonceptivos, tanto hormonales como no hormonales, incluyendo la entrega de los dispositivos intrauterinos, lo que ha sido una práctica de las matronas durante décadas. De esta forma, se evita una errónea interpretación de la ley y, al mismo tiempo, se recoge la realidad que observamos en todos los consultorios, en todos los centros de salud familiar de nuestros distritos y en todas las postas rurales, donde se comprueba la ausencia absoluta no sólo de ginecólogos, sino, en muchos casos, también de médicos generales. De allí que el rol de la matrona resulte fundamental, porque las madres y, en general, las mujeres, están acostumbradas a atenderse con su matrona, en el marco de su política de planificación familiar. Agradezco a todos los miembros de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados sus aportes a la iniciativa. Finalmente, deseo expresar que estamos muy satisfechos por la rápida tramitación del proyecto, que esperamos se apruebe en forma unánime y que pronto se convierta en ley de la República.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , intervengo porque un grupo de matronas del distrito 54, que represento, de la Región de Los Ríos, me pidieron que dijera lo que ellas piensan sobre el proyecto.
En primer lugar, debo hacer llegar las felicitaciones correspondientes a las colegas y los colegas que han hecho posible este proyecto que, sin duda, va a ser aprobado por la unanimidad de la Cámara.
En segundo lugar, deseo referirme a la intención que animó a quien dio pie para el inició de esta confusa discusión. Creo que no existió claridad en relación con un tema tan delicado.
Quizás no hubiese sido necesario tramitar este proyecto si autoridades de mando medio de algunas regiones no hubiesen decidido ir en contra de la corriente histórica, cual es que los profesionales en cuestión, matronas y matrones, pueden recetar anticonceptivos.
Así lo dijo el doctor y diputado Torres , y lo ratificó el colega diputado Matías Walker . El artículo 117 del Código Sanitario prescribe que los servicios profesionales de las matronas comprenden la atención del embarazo, parto y puerperio normales, y la atención del recién nacido, como asimismo actividades relacionadas con la lactancia materna, la planificación familiar, etcétera. No en vano son profesionales de la salud.
No obstante la claridad meridiana de este artículo, relativo a las facultades de estos profesionales, entre las cuales se encuentra la de recetar anticonceptivos -cuestión que, en la práctica, se realiza desde la década de los sesenta, según me han manifestado las profesionales con las que me entrevisté-, el seremi de Salud de la Región de Coquimbo decidió enviar una circular por medio de la cual se restringe la posibilidad de que las matronas puedan recetar anticonceptivos de uso oral a mujeres. Como sabemos, esta restricción, apoyada por autoridades de Salud del actual gobierno, motivó que un grupo de colegas diputados -a quienes reitero mis felicitaciones- presentara el proyecto en discusión, que no pretende otra cosa que sino hacer claridad respecto de las facultades de matrones y matronas en cuanto a actividades relacionadas con la salud sexual. Por eso, la modificación del artículo 117 del Código Sanitario incorpora entre los servicios de la matrona, las actividades relacionadas con la salud sexual. He ahí el tema. Asimismo, amplía el ámbito de acción de las matronas en los partos, al reemplazar, en su inciso segundo, la expresión “aquellas curaciones” por “aquellos procedimientos” y además permite la prescripción de métodos anticonceptivos y el desarrollo de procedimientos anticonceptivos que no impliquen uso de técnicas quirúrgicas, todo ello en conformidad con lo que estableció la ley N° 20.418.
Hago notar todo esto porque participé en la discusión que tuvo lugar en mi distrito, donde pude informarme sobre esta materia tan trascendente para la vida de estos profesionales de la salud y para la gente a quien se entrega este beneficio.
Entonces considero que la aprobación de este proyecto significará cerrar un espacio de oscuridad que abrió el seremi de Salud de la Región de Coquimbo y que sostuvieron las actuales autoridades de Salud en relación con la actividad de dichos profesionales. En definitiva, se hará explícito y formal reconocimiento a una labor que históricamente han venido realizando por el bien de la salud y, especialmente, de las mujeres de Chile.
Por lo tanto, este proyecto cuenta con mi apoyo, y espero que el de la bancada del PPD sea unánime.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS.- Señor Presidente , este proyecto simplemente legaliza una situación que de hecho se da en todo el país. Es sabido que la atención médica comprende no solamente la acción del galeno en sí, sino también la de los profesionales y técnicos que están incorporados en las acciones y que muchas veces son los responsables de ejecutar las políticas e indicaciones.
Uno de esos casos es el de las matronas, quienes tienen sobre sus hombros prácticamente la gran tajada de la torta que significa la atención de la mujer en su pubertad, en su vida sexual activa y en el climaterio. Son ellas las que indican, en todos los consultorios y hospitales, medicamentos con una receta, práctica que ha sido validada durante muchas décadas. Incluso más, gran parte de las políticas públicas ha estado siendo soportada por estas profesionales. Pues bien, se da la paradoja de que por ley no estaban facultadas para prescribir o utilizar algún medicamento, lo que hizo necesario presentar este sencillo proyecto de ley. Aprovecho de felicitar al autor de la moción.
Quiero dejar bien en claro que aquí no estamos haciendo una revolución, sino trayendo la cordura; que por ley funcionen las cosas como han funcionado durante muchos años, porque estas profesionales están capacitadas. Si tuviera que decir quién atiende mejor el parto en una ciudad o pueblo pequeño, donde hay un médico general y una matrona, por cierto diría que la matrona. Como dije, quien está más capacitada para comprender algunas patologías propias de la mujer en su pubertad, en su edad fértil y también en su climaterio, probablemente es la matrona, porque estudió las asignaturas respectivas para aplicarlas en la práctica. Por ello, en justicia, debe tener la posibilidad de manejar el arsenal terapéutico completo que implica intervenir sobre esas situaciones. Por eso, lo que en el fondo cambia la situación es el inciso tercero del artículo único de este sencillo proyecto, que establece que “Podrán indicar, usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales y, en relación con la planificación familiar y la regulación de la fertilidad, prescribir métodos anticonceptivos, tanto hormonales -incluyendo anticonceptivos de emergencia- como no hormonales, y desarrollar procedimientos anticonceptivos”, como el implante del DIU, que siempre lo ha hecho la matrona en el consultorio, “que no impliquen uso de técnicas quirúrgicas, todo ello en conformidad a la ley N° 20.418.”
Esto, que es de Perogrullo, lógico y que ha venido ocurriendo en el país durante muchos años, había que dejarlo plasmado en letra de molde para que, de esa manera, esas profesionales queden protegidas.
Ha existido una gran discusión respecto de los anticonceptivos hormonales, entre ellos, el anticonceptivo hormonal de emergencia, la llamada “píldora del día después”. Si queremos tener una política pública que efectivamente llegue a las personas, debemos entregar facultades a los profesionales que están en contacto diario y expedito con las personas para poder utilizar esos fármacos; de otra manera, será una política que nacerá muerta, es decir, será un mortinato, como diríamos en la jerga médica.
Por ello, entendiendo que este anticonceptivo no es abortivo, debe entrar en el régimen común del resto de los anticonceptivos, que maneja habitualmente la matrona en el policlínico; porque, queramos o no, en Chile todavía es difícil obtener consulta para un médico al momento. Ya llegará el tiempo en el cual esto sea más fácil, más expedito y podrán hacerse cambios en la ley. Hoy, en muchas partes sucede que la matrona es quien ejecuta estas acciones, los controles y la que receta esos fármacos. Por ende, hay que dejarlos necesariamente bajo su tuición.
Señor Presidente , anuncio mi voto favorable a este proyecto y espero que esta honorable Cámara lo apruebe para que, por una parte, hagamos un poco de justicia a estas profesionales y, por otra, traigamos también un poco de normalidad al funcionamiento de nuestro sistema, porque no todo lo que parece es. Hoy, sencillamente vamos a dejar protegidas a estas profesionales en su legítimo derecho de ejecutar una acción para la cual estudiaron y que han realizado durante varias décadas. Incluso más, han sido reconocidas internacionalmente.
Así, por ejemplo, muchas matronas han emigrado a países como Canadá, donde es muy apreciado el actuar de estas profesionales.
Por eso, solicito a esta honorable Cámara que tenga a bien aprobar el proyecto.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Víctor Torres.
El señor TORRES.- Señor Presidente , comienzo mis palabras agradeciendo al Presidente de la Comisión de Salud , diputado señor Alejandro Santana , quien tuvo la voluntad de dar premura al tratamiento del proyecto y sacarlo adelante, amén del respaldo que logró de la mayoría de los diputados integrantes de la Comisión, fundamentalmente porque viene a hacer justicia a una profesión que, aunque no es médica, sí tiene vinculación y es parte relevante en el equipo de salud, sobre todo en el de atención primaria del sistema público. Es más, desde hace mucho tiempo las matronas se vienen haciendo cargo de la política nacional de salud sexual y reproductiva.
En el tiempo, las matronas han demostrado ser profesionales competentes en la atención de partos y controles de embarazo, y en la aplicación de políticas orientadas al control de la natalidad.
La fuerza de los hechos nos revela que las matronas llevan sobre sus hombros esas políticas públicas. En lugares distantes y alejados, como son los sectores rurales o los sectores más pobres de Chile, no es el médico el que está al cuidado de las mujeres, sino que es la matrona quien entrega horas de sus días para generar vínculos con las mujeres en procura de brindarles la mejor salud sexual y reproductiva posible. De esto dan cuenta indicadores reconocidos a nivel mundial.
En síntesis, el proyecto viene a reconocer la labor que realizan las matronas, que por más de cuatro o cinco décadas han dado ejemplo de competencia profesional. Pero también nos permite normar, por la vía legislativa, el acceso igualitario de las mujeres a la salud sexual y reproductiva. Actualmente, en los consultorios de atención primeria y en los consultorios de salud rural, las mujeres no tienen más posibilidad que la asistencia de las matronas, y podrían ser discriminadas en el acceso a la anticoncepción si a estas profesionales no les permitimos prescribir anticonceptivos.
Hoy, en un acto de generosidad política y también profesional, porque muchos de los que participamos en la discusión del proyecto somos médicos, estamos reconociendo la labor que realizan esas profesionales. Aprovecho de agradecer la posición que tuvieron los diputados integrantes de la Comisión. Quiero resaltar la postura planteada por el diputado señor Juan Lobos , en la Comisión y en esta Sala, puesto que la iniciativa podría generar alguna controversia, habida consideración que contempla la anticoncepción de emergencia. Sin embargo, más allá de los prejuicios o de las ideas que puedan tener los diputados y las diputadas, el proyecto ha concitado respaldo, toda vez que se han entendido las razones que lo fundaron.
También agradezco a los diputados señores Walker , Lorenzini y Núñez , y a la diputada señora Goic , quienes, de manera muy coherente y con alto grado de convicción, nos ayudaron en la tarea de sacar adelante esta iniciativa legal.
Por eso, pido a la Sala que concurra con su voto favorable para un proyecto que, a mi juicio, es del todo justo con nuestras mujeres.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.- Señor Presidente , no soy médico y mis conocimientos al respecto son bastante escasos.
Afortunadamente, el diputado señor Matías Walker , a raíz de un instructivo que emitió el seremi de Salud de la Región de Coquimbo, planteó el problema, conversó con varios diputados y nos entusiasmó, toda vez que es un tema novedoso, real, ciudadano. Estos son los temas en los que nos gusta participar, tal como los que se nos vienen pronto -espero-, como la eliminación del 7 por ciento de cotización de salud a los jubilados y la extensión del posnatal, que ayer anunció el Presidente Piñera . Espero que el bono marzo -no hemos escuchado nada al respecto- ingrese en los próximos días. Estos son los temas que la ciudadanía, a un año del tsunami y del terremoto, nos planteó el fin de semana pasado en el distrito que representamos; temas reales y ciudadanos, como el de nuestras queridas 3 mil matronas que atienden en la salud primaria.
No en todas partes del mundo rural hay médicos. Es más, diría que la gran mayoría de las mujeres tiene más confianza con sus matronas que con sus doctores. Quizás, el diputado Torres , que es médico, diga que no es así; pero es lo que uno aprecia, por lo menos, en el mundo rural. Además -lo digo con mucho respeto por la organización médica-, los nuevos médicos, que son los que llegan al mundo rural, a las zonas alejadas de los centros más poblados, donde no hay consultas, no cuentan con la experiencia que sí tienen las matronas.
A mayor abundamiento, como me acotaba el diputado señor Ortiz hace un instante, el gremio de las matronas es muy gentil y de mucha calidad humana. Durante la discusión del proyecto nos acompañó su presidenta, la señora Anita Román , quien terminó de convencernos de que esto es un gran avance para la gente de la salud primaria que no tiene recursos.
Tal como dijo el diputado señor Lobos, la inclusión de la “píldora del día después” como uno de los métodos anticonceptivos, al cual tampoco tienen acceso las mujeres de las zonas rurales, fue un gran aporte de la Comisión de Salud de nuestra Cámara de Diputados.
El proyecto significa tranquilidad para el mundo aislado; significa tranquilidad para recetar, ya no a escondidas, sino facultadas por ley, para la planificación familiar y la regulación de la fertilidad. Quienes somos ingenieros o economistas, no entendemos mucho esto de los procedimientos vinculados a la anticoncepción, pero la ciudadanía nos ha reclamado. Por eso, damos las gracias a los colegas diputados médicos y no médicos, como Matías Walker , quien recogió esta inquietud ciudadana y nos invitó a suscribir la iniciativa, lo que nos permitió aprender algo de esto, que pareciera ser tan sólo del mundo rural y de ciudades pequeñas.
Espero que despachemos el proyecto en forma rápida, tal como espero que hagamos con otros, como el del posnatal, el relativo a la eliminación del 7 por ciento de cotización de salud a los jubilados y el del bono marzo, todos temas ciudadanos que la gente espera que resolvamos pronto. Más allá de las grandes normas que empezaremos a ver esta tarde en la Comisión de Hacienda, -los derivados y otros temas, como la corrección del mercado financiero, todas cosas que tienen que ver con las multinacionales y con los recursos macro-, la gente nos pide que nos preocupemos de temas que a la ciudadanía le generan carencias y necesidades, y el que aborda este proyecto es uno de ellos. ¡Qué bien que lo hayamos tratado en el primer lugar de la tabla!
No me cabe duda de que la iniciativa se aprobará en forma unánime. Por lo menos, la Democracia Cristiana así lo hará.
Por último, reitero mis felicitaciones a todos quienes nos motivaron a suscribir un proyecto de esta naturaleza.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.- Señor Presidente , quienes me antecedieron en el uso de la palabra señalaron todo lo beneficioso que es el proyecto para las mujeres. Aquí existe una tradición: las matronas llevan décadas al cuidado de las madres y de los niños recién nacidos. Esas profesionales tienen una tremenda experiencia en esta área.
Lo único que hace este proyecto es reconocer en forma legal algo que desde hace muchos años están haciendo las matronas. Esta iniciativa beneficiará directamente a las mujeres y a sus familias.
Estamos ante un tema controvertido, que hemos discutido muchas veces. Todos sabemos que, para aprobar la distribución de la “píldora del día después”, se tuvo que llegar a un acuerdo, en el sentido de que se requiere contar con receta médica para obtenerla. En otros países no se necesita receta médica, y nosotros estamos completamente de acuerdo con que la puedan recetar y prescribir las matronas. Esto tiene un beneficio directo para las mujeres de menores recursos y de áreas rurales y más aisladas. Además, se cuenta con el respaldo de que el medicamento será entregado por una profesional competente en esta materia. Sin disminuir a mis colegas médicos que recién egresan, que parten como generales de zona a áreas remotas, las matronas tienen un conocimiento mucho mayor que el de ellos en materia del cuidado materno infantil y maternal.
Finalmente, anuncio que vamos a apoyar con mucha fuerza este proyecto para entregar un reconocimiento a las matronas de Chile, profesionales que durante las últimas cuatro o cinco décadas han entregado tanto en pro de la salud de las chilenas.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Santana.
El señor SANTANA.- Señor Presidente , analizamos el proyecto desde los puntos de vista científico y de sentido común. No cabe ninguna duda de que busca entregar un reconocimiento a las competencias de las matronas, que se han validado en las últimas cuatro o cinco décadas, como se señaló anteriormente. Se trata de profesionales que han entregado una contribución significativa y relevante para el mejoramiento de la salud pública en nuestro país, básicamente en lo que dice relación con la natalidad.
Las matronas se han ganado el derecho a ser reconocidas como un ente profesional dentro de la medicina, para ejercer en forma legal una acción que, como se ha señalado, han desarrollado por muchos años. Al respecto, cabe considerar que Chile tiene condiciones diversas, dentro de las cuales está la ruralidad, la existencia de zonas extremas, de consultorios y postas donde, muchas veces, los médicos no están presentes para atender a mujeres que requieren de una prestación médica que les garantice bienestar.
Tuvimos oportunidad de dialogar con representantes del Colegio Médico, del Colegio de Matronas y con diversos expertos, y a mi juicio este proyecto concita un consenso absoluto.
Sólo me resta anunciar que la bancada de Renovación Nacional apoyará este proyecto, entendiendo que es un derecho, que es justo y que es parte del tiempo que hoy estamos viviendo.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).- Señor Presidente , el dicho “lo que abunda no daña” es muy pertinente a propósito del debate de esta iniciativa de ley, que viene a
refrendar y a establecer por ley, para que sea un mandato claro y preciso, una situación que hace mucho tiempo está regulada en el Código Sanitario, en la práctica profesional y en la cultura médico-sanitaria de nuestro país, cual es la facultad de las matronas para recetar, distribuir y entregar medicamentos anticonceptivos.
Como señaló el diputado Walker , uno de los autores de esta moción, la iniciativa se originó tras el lamentable instructivo del seremi de Salud de la Región de Coquimbo , a uno de cuyos distritos represento en la Cámara. En efecto, a mediados del año pasado, dicho seremi estableció la prohibición de prescribir anticonceptivos por parte de esas profesionales. De ahí en adelante se ha producido una situación compleja en la región. Esto se intentó replicar en todo el país.
La iniciativa es buena, aunque esto estaba regulado en el Código Sanitario, porque autoridades, fundamentalmente las que llegaron en este Gobierno, con una visión conservadora sobre la salud sexual y reproductiva de las mujeres se ha sentido con el derecho de establecer normativas, dictámenes y decretos que ha tenido como resultado, al menos en la Región de Coquimbo, la suspensión de la distribución y la venta de medicamentos anticonceptivos y la prohibición para prescribirlos por parte de las matronas.
Reitero, la iniciativa es buena, aunque sea una redundancia, porque estaba establecida en la legislación, cultura y cotidianeidad de la vida sanitaria del país, la facultad profesional de las matronas para prescribir medicamentos anticonceptivos.
En nuestra región, desgraciadamente, hemos tenido “el lujo” de contar con autoridades que a través de distintas intervenciones, como decretos, han intentado regular y normar la vida de las personas. Ésta es una situación muy dramática para las mujeres de nuestra región y del país, porque se dejó en suspenso la distribución y la venta de medicamentos que son necesarios, urgentes y fundamentales para la vida sexual y reproductiva.
Por otra parte, hubo otro instructivo que se distribuyó en la región, que fue públicamente conocido en todo el país, para normar la forma cómo debían vestirse los funcionarios públicos.
Entonces, creo que este tipo de episodios, que intenta normar, desde visiones personales y de un sector político, que puede ser muy respetado en el país, viene a introducir situaciones muy complejas, de distorsión de derechos y libertades conseguidas en nuestro país, fundamentalmente por las mujeres, en un área central de nuestra vida, como es la vida sexual y reproductiva, la cual ha estado vedada y permanentemente entrelazada con juicios y prejuicios valóricos que se transmitieron en este instructivo del seremi de Salud del Gobierno del Presidente Piñera.
Creo que es muy pertinente, ya que no se entendió de buena manera cómo es la cultura de nuestro país y las facultades que las matronas tienen históricamente por el Código Sanitario, que a través de una ley se obligue a respetar los derechos y libertades que tenemos las mujeres en nuestra vida sexual y reproductiva y las facultades de los profesionales para resguardarlos.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente , por su intermedio, quiero saludar a los colegas y decirles que es bueno encontrarnos nuevamente en este año legislativo.
(Manifestaciones en las tribunas)
Todos queremos posnatal…
-Manifestaciones en las tribunas.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Silencio en las tribunas.
(Manifestaciones en las tribunas)
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente , todos queremos un posnatal digno y legislaremos para que no haya letra chica.
Este proyecto tiene mucho que ver con los niños y la planificación familiar. Es algo tremendamente importante.
Quiero felicitar a los diputados que presentaron este proyecto que reacciona frente al desentierro de una legislación que, por el uso y los reglamentos, no se estaba ocupando.
Este proyecto es tremendamente importante, porque establece con claridad algo que las matronas han estado haciendo por muchos años y de manera muy eficiente. Es un orgullo para el país que existan esas profesionales universitarias -aun cuando se están incorporando hombres a la carrera, la mayoría son mujeres-, las cuales han contribuido enormemente a que nuestro país tenga las tasas de mortalidad materna más bajas del mundo. Chile tiene ese orgullo, a lo cual han contribuido grandemente las matronas. Tenemos un Servicio Médico de Salud eficiente desde los años cincuenta, creado por el entonces Presidente Salvador Allende ; segundo, tenemos un pacto hospitalario con dicho servicio, y tercero, esas profesionales contribuyen a la maternidad y a la infancia de manera importante, lo cual es fundamental.
Sin embargo, me extraña que en pleno siglo XXI todavía haya sectores tan conservadores en el Congreso Nacional que se opongan a un proyecto como éste. Son los mismos colegas que llevaron el proyecto sobre anticonceptivos al Tribunal Constitucional para declararlo inconstitucional, lo cual fue una noticia muy devastadora para la mayoría de las mujeres chilenas. Entonces, es muy importante que no pasemos bochornos y que el proyecto sea aprobado por unanimidad, porque así lo merecen esas profesionales.
Por intermedio de su señoría, quiero manifestar a mi colega Juan Carlos Latorre que el proyecto es muy importante, ya que contribuye a la salud sexual y reproductiva de las mujeres.
Por lo tanto, como señaló la diputada Adriana Muñoz , nuestro partido votará el proyecto favorablemente.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , el Código Sanitario es tal vez uno de los más importantes desde el punto de vista de la salud chilena y es evidente que requiere un remozamiento o un aggiornamiento para apoyar las políticas de salud pública del siglo XXI. Dicho cuerpo legal requiere que el Ministerio de Salud -lamento que el ministro o el subsecretario no estén presentes en la Sala para tratar una materia tan importante como ésta- le dé una visión integral para aggiornarlo y adaptarlo al desarrollo moderno de la salud pública chilena y mundial.
El proyecto que hoy estamos discutiendo tiene que ver con una profesional de la salud extraordinariamente importante en todo lo que ha sido el desarrollo sanitario de Chile. Hace ya muchos años que las matronas han desarrollado una labor importantísima en materias tan relevantes como la planificación maternal y la atención del parto. Sin el desarrollo de las matronas en el país no tendríamos las actuales cifras de mortalidad infantil, dado que se encargan principalmente de la neonatología y del momento más difícil de la vida: el nacimiento. Sin el auxilio de ellas, Chile no exhibiría las cifras que posee en términos de la atención profesional en el ciento por ciento de los partos. De hecho, es muy raro o hace noticia en los diarios cuando una mujer da a luz a su hijo o hija en un consultorio, en su casa, en un medio de transporte o en una comisaría, principalmente porque tenemos a un cuerpo de profesionales matronas de altísimo nivel.
Desde hace tiempo que las matronas venían prescribiendo medicamentos para el uso de la mujer desde el punto de vista ginecológico y no sólo desde la perspectiva obstétrica o de la maternidad. Desde hace tiempo que ellas también venían tomando decisiones muy importantes desde el punto de vista del funcionamiento de los hospitales del sector público de salud.
Por ello, el proyecto reivindica no sólo la profesión de las matronas, sino que también pone al día Código Sanitario a este respecto, entregándole ahora una facultad que venían ejerciendo desde hace mucho tiempo. Regularizar ese tipo de situaciones es extremadamente relevante, sobre todo cuando gracias a la modificación del Código Sanitario estamos entregando a las matronas la atribución para que actúen en la salud sexual de las mujeres en el ámbito ambulatorio y en el de su competencia, o en la planificación familiar, a fin de que puedan dar consejerías y otras materias que tengan que ver con la ginecología propia de las mujeres en edad fértil. Me parece extraordinariamente importante que avancemos en esa materia, como también en otros temas de puesta al día del Código Sanitario, o para reincorporar normas de dicho cuerpo legal que fueron excluidas en la época de la dictadura militar, como, por ejemplo, el aborto terapéutico, tema que también debemos discutir.
En ese sentido, la Comisión de Salud debe incorporar al debate un proyecto que presentamos hace mucho tiempo con otros parlamentarios, porque ha habido casos que hoy están claramente identificados y que necesariamente requieren un aggiornamiento del Código Sanitario. Eso ocurre, por ejemplo, cada vez que un médico opera a una mujer que ha tenido un embarazo ectópico; es decir, cuando el óvulo se anida en las trompas de falopio, situación que se da en un porcentaje no menor. Es una condición normal del embarazo, pero el problema surge cuando el huevo se implanta en un lugar anómalo, situación en la cual el cirujano debe extirpar el ovario y producir un aborto terapéutico. Eso se hace permanentemente en los hospitales públicos, pero no está avalado por ley. Si en algún momento alguien quiere recurrir a los tribunales a lo mejor podría tener éxito en su reclamación, dado que en ese caso el ginecólogo está provocando un aborto terapéutico.
Por ello, me parece importante discutir sobre la incorporación de las técnicas de salud públicas que hoy tenemos disponibles en el país, para que el Código Sanitario cumpla con el objetivo de ser la norma que dirija o encause el actuar sanitario en nuestro país.
Asimismo, hay otros profesionales de la salud que también merecen ser mejorados en términos del trabajo que hoy desarrollan, a objeto de incorporarlo en la ley: me refiero a los kinesiólogos, que hoy tienen muchas actividades en áreas tan importantes como la kinesiología infantil. Por ejemplo, en el área de las infecciones respiratorias, ellos están entregando medicamentos y utilizando algunos procedimientos que deberíamos incorporar dentro del aggiornamiento señalado. Hay otros profesionales del área que ya han hecho algunas cosas más, como, por ejemplo, que los tecnólogos médicos receten lentes, lo que estaba prohibido en el pasado. Hubo de pasar mucho tiempo antes de que hubiese la suficiente madurez como para lograr ese objetivo en la Sala.
Por eso, me parece muy relevante lo que estamos votando. Creo que el proyecto debe ser aprobado por unanimidad. Tal vez la única discusión que hubo en la Comisión de Salud, en la cual participé durante todo el análisis de la iniciativa, fue la relacionada con en el anticonceptivo de emergencia, materia respecto de la cual estamos logrando consenso dentro de la Cámara. Espero que lo mismo suceda en el Senado. La anticoncepción de emergencia no tiene nada que ver con el aborto, lo que se ha ido incorporando en el acervo de los detractores del pasado, quienes tenían una visión mucho más crítica respecto de la anticoncepción de emergencia, y que es algo absolutamente necesario en la farmacopea internacional, ya que son muy pocos los que insisten en que es un procedimiento abortivo.
Por lo tanto, y dado este escenario, me parece que el proyecto, como dije, debiera ser aprobado en forma unánime, con el objeto de entregar a nuestros profesionales de la salud las herramientas, ahora legales, para que desarrollen su labor plenamente, como lo han hecho las matronas durante tantos años.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Marco Antonio Núñez.
El señor NÚÑEZ.- Señora Presidenta , como miembro de la Comisión de Salud y de la bancada del Partido por la Democracia, y como autor del proyecto de ley, quiero manifestar mi satisfacción por la rápida aprobación por unanimidad en la Comisión de Salud, lo que espero que también se produzca en el Senado, con el objeto de que pronto se transforme en ley de la República.
Asimismo, agradezco a los coautores del proyecto de ley, en particular a la diputada Carolina Goic y a los diputados Matías Walker , Víctor Torres y Pablo Lorenzini , quienes manifestaron su acuerdo con la iniciativa apenas conocieron el impacto que produjo el oficio ordinario N° 1.139, firmado por el doctor Osvaldo Iribarren Brown , secretario regional de Salud de la Región de Coquimbo , mediante el cual recordaba a las profesionales matronas de la Región de Coquimbo que no era posible que ellas prescribieran levonorgestrel en comprimidos de 0,75 miligramos, porque había sido definido por el Instituto de Salud Pública como un medicamento que requería ser comprado en las farmacias de nuestro país con receta médica retenida, lo que contradecía el sentido común y una historia de cincuenta años, ya que de los más de 42 millones de atenciones de salud, de distinto tipo, simples o complejas, que se hacen en nuestro país, alrededor de 6 millones y medio las realizan las 3 mil matronas acreditadas en Chile.
Aquí hay que decir la verdad, señora Presidenta . Este debate estuvo permanentemente influenciado por la posición política de algunos parlamentarios que siguen planteando, después de dos años, que aprobamos en esta misma Sala el levonorgestrel de 1,5 milígramos, conocido como “píldora del día después”, como un medicamento más del arsenal terapéutico para que las mujeres y las familias puedan utilizarlo en la planificación familiar para prevenir los embarazos. En consecuencia, señora Presidenta , la única argumentación en contra del proyecto de ley en debate seguía siendo que podría ser un medicamento abortivo, no obstante que en este año y medio que ha pasado desde que debatimos intensamente en esta Sala el uso de dicho medicamento, la ciencia ha seguido demostrando que esas dosis del levonorgestrel, hormona femenina, no tienen efecto abortivo. Es más, una vez que ocurre la unión de los gametos, la hormona favorece la implantación del cigoto o huevo y, por lo tanto, el embarazo.
Quiero reconocer el esfuerzo que han hecho las matronas, lo que nos permite exhibir excelentes niveles de manejo de la mortalidad infantil y materna, y de atención del cuidado de la dupla materno-infantil, lo que fue posible con la reforma de la salud de los años 50 y que hoy viene a complementarse con la discusión que pronto tendremos respecto del posnatal de seis meses. La política de prevención del embarazo no deseado y de planificación familiar se fortalece con esta reforma al artículo 117 del Código Sanitario, ya que las matronas y matrones que trabajan en la salud pública y privada podrán hacer lo que han hecho siempre: recetar, disponer de los anticonceptivos hormonales y no hormonales, de los dispositivos intrauterinos y de los comprimidos de uso permanente.
También quiero reconocer el esfuerzo de nuestros invitados a la Comisión de Salud, en particular al presidente y al vicepresidente de la Sociedad Chilena de Ginecología y Obstetricia, los doctores Luis Martínez y Hernán Muñoz , respectivamente, así como al ya tan conocido por nuestra Comisión de Salud, el doctor Ramiro Molina , profesor del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo del Adolescente, de la Universidad de Chile Cemera, todos los cuales entregaron las argumentaciones y los datos necesarios para fundamentar técnica y políticamente el proyecto de ley en discusión, que es tan simple, pero que puede hacer tanto para desburocratizar y hacer realidad algo que ocurre día a día en nuestros consultorios, centros de salud familiar y hospitales de nuestro país.
Finalmente, quiero anunciar el respaldo del Partido por la Democracia al proyecto. Esperamos que la Comisión de Salud del Senado lo tramite rápidamente para que podamos informar al país que las matronas no deben temer los oficios ordinarios de algún seremi, motivados por la presión de algún intendente o intendenta, que restrinjan el trabajo de prevención, fortalecimiento de la familia y defensa de la vida, tarea de nuestras matronas y matrones.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.- Señora Presidenta , al parecer, seré la nota discordante en relación con el proyecto, porque no estoy de acuerdo con él. No obstante, usted sabe bien que los jardines no deben tener flores de un solo color y que es buena la diversidad de opinión en estas materias, por varias razones.
En primer lugar, porque valoro la labor de las matronas, por lo que me llama la atención que a las personas que deben traer la vida se las faculte para limitarla, porque eso es lo que hacen los anticonceptivos: limitar el nacimiento de las personas.
En segundo lugar, echo de menos en el proyecto la capacitación de las matronas y de los matrones en los métodos naturales para espaciar los nacimientos, lo que me inclinaría a votarlo a favor. Por si no lo saben, existen métodos naturales para el control de la natalidad, los que han demostrado ser muchísimo más eficientes que los artificiales. De hecho, existe un programa que se llama Teen star, que trabaja especialmente con adolescentes, que ha demostrado que las niñas de colegios de San Bernardo bajaron sus índices de embarazo de 18 por ciento al 3 por ciento. Es decir, los sistemas para el control de la natalidad en adolescentes basados en la anticoncepción química tienen un índice de 18 por ciento de embarazos, en cambio los métodos basados en los ciclos de la mujer, los métodos naturales, han reducido esa cifra al 3 por ciento.
De manera que me parece una buena idea que el proyecto considere no solamente que las matronas prescriban anticonceptivos químicos, sino que también sean capacitadas para enseñar métodos naturales, sobre todo a adolescentes. Por lo demás, son mucho más democráticos y menos discriminatorios, puesto que la anticoncepción tradicional
solamente interviene en el aparato genital de la mujer y no en el del varón. No existen anticonceptivos de varones, con excepción del preservativo, y todos intervienen en el aparato genital de la mujer con las consecuencias que ello conlleva. No es clara todavía -la ciencia no lo ha demostrado- la correlación que existe entre el uso del anticonceptivo y la aparición del cáncer cervicouterino y otras patologías que derivan del uso intensivo de estos fármacos.
Me opongo, porque en nuestro país la tasa de natalidad ha bajado. Se tiene 1,9 hijos por mujer y la tasa natural de recambio es de 2,1. Eso trae consecuencias negativas para una sociedad, como la inversión de la pirámide poblacional, cuyo fenómeno se está viviendo en Europa, especialmente en España, donde se pagan 1.500 euros a cada mujer, una cantidad importante de dinero, para que tenga un hijo. Tal medida ha sido recortada últimamente por Rodríguez Zapatero , dada la crisis económica en Europa, en especial en España.
Repito, rechazo la iniciativa porque creo que los métodos naturales son mucho más eficientes y debieran complementar el proyecto para que las matronas pudieran prescribirlo.
Me opongo porque no creo en los dogmas. La anticoncepción ha demostrado ser un verdadero dogma de nuestra civilización en los siglos XX y XXI, y es bueno tener una opinión distinta que se concreta en los métodos naturales que debieran enseñarse, junto con los tradicionales, en los consultorios públicos. Insisto, han demostrado ser mucho más eficientes para reducir los embarazos adolescentes.
Finalmente, la discusión era necesaria por lo ocurrido en la Cuarta Región. Nosotros no estamos llamados a inmiscuirnos en la moral de las personas pero sí a promover la diversidad. A mi juicio, la diversidad hoy, en el sistema de salud pública, no existe, pero sí el dogma de la anticoncepción y no la promoción y capacitación de los métodos naturales. Insisto, si diéramos una oportunidad a los métodos naturales para espaciar los nacimientos los embarazos adolescentes disminuirían en forma importante.
Para ser coherente con mi voto en contra de la píldora del día después voy a votar en la misma forma este proyecto.
Señora Presidenta , por último, le digo a mi amigo y colega, Marco Antonio Núñez , que Galileo necesitó más de dos años para que la historia le diera la razón.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra la diputada Karla Rubilar.
La señora RUBILAR (doña Karla).- Señora Presidenta , la verdad es que cuando se inició la discusión yo estaba con prenatal. Veía cómo colegas parlamentarios, a título de una polémica en la Cuarta Región, ingresaban un proyecto de ley que me parecía contradictorio en el sentido de que fuera necesario legislar sobre algo que las matronas realizan desde hace tiempo. Tendremos que revisar nuestro Código Sanitario, porque es probable que tenga, dada su antigüedad, deficiencias importantes que en la práctica se realizan por profesionales de la salud que no necesariamente son médicos. Es importante entender que el equipo de salud va mucho más allá del médico: matronas, enfermeras, tecnólogos médicos, nutricionistas son parte del equipo que cumplen, de igual a igual, funciones relevantes y trascendentes. Muchas veces son los que cumplen funciones bajo la ausencia del médico. En este caso, las matronas tienen todas las capacidades, el tiempo y la dedicación para asumir la educación sexual y la planificación familiar de mejor forma que un médico general. En ese sentido, me alegro por el proyecto y voy a concurrir con mi voto a favor.
Es de toda lógica que se incluya la anticoncepción de emergencia dentro de los medicamentos que puede prescribir la matrona. Hoy, el país legisló, el Congreso Nacional habló y la píldora debe estar al acceso de todas las mujeres. Como un anticonceptivo más obviamente debe ser recetado por las matronas y matrones de nuestro país.
Hago un llamado, especialmente a los colegas parlamentarios que trabajamos en la Comisión de Salud, para que hagamos una revisión del Código y veamos cómo los otros profesionales no médicos pueden, a través de su modificación, tomar mayores responsabilidades para permitir una mayor resolución, sobre todo a nivel de la atención primaria.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código Sanitario, con el objeto de facultar a las matronas para recetar anticonceptivos.
Hago presente a la Sala que las normas del proyecto son propias de ley simple o común y que la Comisión de Salud recomienda aprobar la idea de legislar.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos; por la negativa, 8 votos. Hubo 13 abstenciones.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
APLICACIÓN DE NORMATIVA PARA BICICLETAS A VEHÍCULOS CON MOTOR DE HASTA 50 CENTÍMETROS CÚBICOS. Segundo trámite constitucional.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley de Tránsito, para hacer aplicable la normativa de las bicicletas a los vehículos de cilindrada que indica.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Tuma.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín 4720-15, sesión 98ª, en 7 de noviembre de 2007. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, sesión 127ª, en 18 de enero de 2011. Documentos de la Cuenta N° 10.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor TUMA.- Señora Presidenta , paso a informar el proyecto de ley, iniciado en una moción del senador señor Novoa , en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, que modifica la ley de Tránsito, para hacer aplicable la normativa de las bicicletas a los vehículos de cilindrada que indica.
El proyecto en informe fue despachado por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados el 11 de enero de 2011.
La idea matriz del proyecto consiste en considerar legalmente como bicicletas aquéllas con pedaleo asistido, con motor fijo o agregado.
No hay artículos que deban ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
No hay normas de quórum o de rango orgánico constitucional.
No hay artículos ni indicaciones rechazadas.
La Comisión aprobó una indicación para exigir a los conductores de bicicletas con motor tener cumplidos 16 años de edad y, en caso de no haber cumplido la mayoría de edad, haber sido debida y expresamente autorizados por sus padres, apoderados o representantes legales.
Actualmente se considera como vehículos motorizados a las bicicletas que tienen motor y, por ello, se rigen por las mismas normas que las motos. Esto implica que requieren una licencia de conducir, la placa o patente única, el permiso de circulación, la revisión técnica, el certificado de seguro obligatorio de accidentes y la inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados.
Cumplir esos requisitos implica un alto costo, desproporcionado para las bicicletas. A éstas se les agrega un pequeño motor para recorrer distancias muy largas, indispensable para dirigirse al trabajo en las zonas rurales y para disminuir la contaminación y la congestión vehicular en las zonas urbanas. Además, con ello se contribuye a que los usuarios ahorren los gastos de pasajes y los riesgos de ser víctimas de la delincuencia.
Durante la tramitación en el Senado, el Ejecutivo recomendó tratar los requisitos que se establecerán a los conductores por separado en un reglamento.
En tanto que, en razón de la edad mínima con que se autoriza a trabajar con el consentimiento de los padres, se decidió establecer los mismos 16 años como límite para manejar estos vehículos.
La minoría que se manifestó contraria al proyecto, señaló que la dirección correcta respecto a las exigencias de tránsito es aumentarlas, para lograr una mayor seguridad, y no disminuirlas, como sucede con esta moción.
El proyecto de ley consta de un artículo único que incorpora un inciso segundo al artículo 83 (actual 79) de la ley N° 18.290, de Tránsito.
Por medio de este nuevo inciso, se considera a las bicicletas, con o sin motor, bajo una misma normativa, sin perjuicio de los requisitos que, por reglamento, se establezcan para llevar a cabo dicha homologación, y las condiciones en que podrán hacer uso de las vías y caminos públicos.
El proyecto fue aprobado en general por ocho votos a favor de los diputados señores García, don René Manuel ; García-Huidobro, don Alejandro ; Hernández, don Javier ; Meza, don Fernando ; Norambuena, don Iván ; Pérez, don Leopoldo ; Tuma, don Joaquín y Venegas, don Mario , y dos votos en contra de los diputados señores Auth, don Pepe y Hasbún, don Gustavo .
Finalmente, recuerdo que el informe que contiene el texto aprobado por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, así como el comparado que contiene la ley vigente, el texto aprobado por el Senado y el aprobado por la Comisión, se encuentra en poder de los señores diputados.
Es todo cuanto puedo informar a la Sala.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS.- Señora Presidenta, aprovecho la oportunidad para saludar con afecto a los colegas en este reinicio de actividades. Espero que sea un buen año para todos.
El proyecto en tabla parece muy sencillo, y lo es en realidad porque contiene un artículo único que se hace cargo de una realidad que hasta hace unos años no existía en nuestro país, cual es la aparición en el mercado vehicular de bicimotos o “mosquitos”, como se les llama en la jerga popular a este tipo de vehículos.
Se trata de bicicletas a las que se les adicionan pequeños motores de combustión que permiten aminorar el esfuerzo de pedalear largas distancias. Y es frecuente ver en nuestras ciudades, en provincia, el uso de bicicletas con ese motor adicional, lo cual no obsta que su conductor también deba pedalear para poder desplazarse.
Las bicimotos son muy usadas tanto por trabajadores como por trabajadoras -lo he comentado con otros colegas-, especialmente las temporeras, quienes deben trasladarse desde sectores urbanos hacia zonas rurales para cumplir sus tareas. Estoy pensando en la zona que represento: Malleco , Angol , Renaico , Collipulli.
Lo que ocurre en la realidad es que cuando alguien logra adquirir este tipo de bicimotos -insisto: una bicicleta con un motor de muy baja cilindrada-, de acuerdo a la ley actual, se le trata como si tuviera un vehículo motorizado y, por tanto, se le hacen las mismas exigencias: obtención de licencia de conducir, certificado de revisión técnica, entre otras, lo que al final resulta en extremo oneroso para una persona que, probablemente, dada su condición económica, sólo puede acceder a ese medio de transporte.
En consecuencia, lo que pretende el proyecto es que a las bicicletas con motor no se les considere como vehículos motorizados, de manera que no se les puedan hacer exigibles los mismos requisitos. Con ello, ayudaríamos a gente modesta, promoveríamos el uso de la bicicleta como un bien común general deseable, pues la contaminación es un tema bastante sustantivo en casi todas nuestras comunas e incentivaríamos su utilización como medio de transporte.
Por otra parte, dos distinguidos diputados argumentaron en contra del proyecto en la Comisión, sosteniendo que por tratarse de vehículos “motorizados” que se unirán al tráfico general, más bien había que subir las exigencias a sus conductores.
Ello no me pareció un buen argumento, toda vez que la bicicleta es un medio de transporte usado habitual y especialmente en provincia. Y aún más, en Santiago hay comunas como Providencia que tienen como política municipal estimular el empleo de la bicicleta. ¡Y resulta hermoso ver cómo la gente se traslada en este medio de transporte! Además, es conveniente.
La bicicleta con motor adicional, que ya se desplaza por nuestras calles de manera habitual, no tiene por qué necesariamente significar un potencial peligro, puesto que su cilindrada es bajísima, ni siquiera alcanza a la de una moto. Es más, el Ministerio de Transportes, que presentó la iniciativa y, de alguna manera, la auspicia, deberá presentar un reglamento que regule este aspecto. Porque se trata de cilindradas muy pequeñas. No sé si aquí se considera que una bicicleta con un motor 50 ó 60 centímetros cúbicos de cilindrada puede desarrollar una velocidad que provoque un impacto muy brutal en caso de accidente. Yo creo que no.
Por las razones antes enunciadas, fui de la idea de votar favorablemente este proyecto en la Comisión.
Pienso que con esta iniciativa le vamos a hacer un gran servicio a gente modesta, que como único medio de transporte tiene una bicicleta y la utiliza para trasladarse a sus fuentes laborales.
Por último, cabe recordar todos los beneficios que el uso de la bicicleta conlleva en términos de actividad física y para la salud de las personas.
Por lo expuesto, invito a los colegas a votar favorablemente este sencillo proyecto, pero que puede tener consecuencias bastante interesantes y convenientes para nuestra población.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.- Señora Presidenta , con este proyecto se busca dar una solución a un problema referido a la utilización de la bicicleta como medio de transporte. Y justamente veo en esta Sala al funcionario que me planteó su inquietud al respecto. Porque él se desplaza en una bicicleta a la que le agregó un motor llamado “mosquito”. Y la inquietud la compartimos todos. Porque la bicicleta hoy día puede y debe transformarse en una alternativa viable para el transporte en nuestra comunidad.
En la actualidad, en Antofagasta, estamos viviendo un tremendo problema de congestión vehicular debido a un aumento del parque automotriz que no se condice con el crecimiento de vías para desarrollar la conectividad vial requerida al interior de nuestra ciudad.
Por lo tanto, la posibilidad de agregar un motor “mosquito” o un pedaleo asistido a una bicicleta, ciertamente es positiva. Y también la sentimos positiva, de acuerdo al planteamiento hecho por colegas de zonas rurales, donde se utiliza mayoritariamente la bicicleta como medio de desplazamiento.
Sí tengo una aprensión respecto de lo que señala la Ley de Tránsito y lo que plantea el proyecto en su artículo único.
Hoy, para conducir un vehículo motorizado de cuatro ruedas un joven de 17 años puede obtener su licencia y manejar acompañado de un adulto -no necesariamente su padre- que tenga permiso para conducir. Así, ese joven puede manejar un vehículo como el señalado sin haber cumplido la mayoría de edad. Por su parte, el artículo único de la iniciativa dispone que cuando el conductor no cumple el requisito de la mayoría de edad, deberá tener la autorización correspondiente de sus padres, apoderados o tutores legales.
Por lo tanto, para agilizar la idea matriz del proyecto y pensando que la cilindrada que se estima para el motor que se agregue a una bicicleta no será superior a 50 centímetros cúbicos, me gustaría -veré si presento la indicación correspondiente- eliminar del artículo único del proyecto la frase: “y, en caso de no haber cumplido la mayoría de edad, ser debida y expresamente autorizados por sus padres, apoderados o representantes legales.”, y poner como exigencia inmediata que quien tenga 16 años de edad o más pueda conducir estos vehículos, lo que, estoy seguro, va a contribuir a solucionar en parte el problema de congestión que hoy afecta a la mayoría de las ciudades.
Además, estamos analizando la posibilidad de presentar la indicación ahora y solicitar su votación en la Sala en forma inmediata, a fin de que el proyecto se despache y no tenga que volver a la Comisión y para que al funcionario de la Cámara de Diputados que habló conmigo no le sigan cursando partes por usar su bicicleta para trasladarse hasta aquí.
Anuncio que votaré favorablemente el proyecto.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.
El señor AUTH.- Señora Presidenta , creo que estamos dando una señal completamente contraria a la inquietud ciudadana que, ante la probabilidad de que provoquen un accidente, cada vez exige una mayor regulación y control sobre las personas que conducen vehículos.
El día -ojala lejano- en que uno de estos vehículos sin registro y que sea conducido por una persona sin licencia provoque un accidente de proporciones, la mirada de la ciudadanía se va a volcar a esta Cámara para preguntar quién fue el que relajó las normas al punto de no exigir a las personas que manejan motocicletas o bicicletas con motor fijo o agregado y que pueden andar a 45 ó a 50 kilómetros por hora que no estén registradas en ninguna parte. Si alguien que maneja una bicimoto provoca un accidente y la deja botada en la calle y se arranca, va a ser muy difícil saber a quién pertenece dicho vehículo que era conducido por una persona cuyas características, condiciones, idoneidad y responsabilidad para conducir un vehículo no han sido evaluadas por nadie.
Por supuesto, el problema no es la bicicleta. Todos estamos de acuerdo en que la bicicleta debe ser un vehículo de uso cada vez más extendido, pero estamos hablando de bicicletas a las cuales se les adosa un motor, lo que las convierte en un vehículo de movilización cualitativamente distinto de la bicicleta y cuyas posibilidades de accidentabilidad y velocidad también se tornan distintas.
Por eso, eliminar la obligatoriedad de tener licencia de conducir y de registrar dicho vehículo me parece un error de proporciones que estaría avalando esta Cámara y estoy seguro de que la ciudadanía nos cobraría, sobre todo ahora que demanda mayor seguridad en las calles, el haber liberado la posibilidad de separar el vehículo de su propietario. Por ejemplo, alguien podría robar una bicicleta motorizada, provocar un accidente con ella y nadie sabría a quién responsabilizar de dicho evento.
Esas son las razones por las cuales en la Comisión dos diputados votamos en contra del proyecto y es la misma razón por la que voy a votar en contra en esta Sala.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado don René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).- Señora Presidenta , quiero recordar a mis colegas que pusimos 16 años de edad mínimos para manejar estas bicicletas asistidas por una razón muy simple. Actualmente, una persona de 17 años puede conducir un vehículo mayor acompañado de un adulto. En consecuencia, no podemos ser más papistas que el Papa. Hay miles de bicicletas a las cuales les adosan un motor; incluso, algunas las traen de fábrica desde China y se venden aquí a 200 mil pesos o 180.000 mil pesos.
Es muy importante entender por qué se presenta este problema. Primero, este tipo de bicicletas no está contemplado dentro de listado de licencias de conducir. En consecuencia, cuando una persona va en una bicicleta con motor y se encuentra con un carabinero, éste la hace parar, le pasa un parte y en algunos casos retira el vehículo de circulación porque no tiene la documentación para conducirlo.
Quiero señalar, por intermedio de la Mesa, al colega Pepe Auth , ya que tanto le gusta dar ejemplos respecto de que no va a quedar una constancia de los registros de esos vehículos, que hace pocos días un niño de 12 años, que conducía una camioneta, provocó un accidente que causó la muerte de su hermano. Recordemos que la camioneta era robada. ¿Quién va a responder por la vida de ese niño si quien conducía no tenía documentos por ser menor de edad? Se trata de un asunto de nunca acabar.
Lo importante de este proyecto es que le estamos dando a la fuerza laboral del país una posibilidad cierta de que se pueda trasladar a su lugar de trabajo en forma mucho más cómoda, sobre todo cuando las distancias son bastante largas y pedalear es más incómodo que transportarse en una bicicleta que tiene un pequeño motor. Ésa es la razón que se tuvo en consideración para presentar este proyecto de ley y no otra relacionada con las licencias de conducir.
Por intermedio de la Mesa, consulto a mis colegas diputados: ¿qué es más peligroso? Andar en estas bicicletas con motor mosquito que desarrollan 20 ó 30 kilómetros por hora o una persona que tiene 18 años y que por primera vez saca una licencia para manejar motocicletas con un motor desde 50 hasta 1.500 centímetros cúbicos, con el mismo documento. Debemos reconocer que las condiciones cambian bastante en ambos casos, pero la licencia para conducir que se exige es la misma.
En consecuencia, no se trata de poner o sacar trabas para las licencias de conducir, sino que estamos viendo una forma de facilitar la circulación de las personas. Actualmente, niños se suben a estos vehículos. ¿Pero cómo regulamos esto en relación con los niños? Si el niño tiene dieciséis años, va a poder manejar su motocicleta, bajo las condiciones que se establezcan en el reglamento, pero si tiene menos de dieciséis años -por ejemplo, de doce o catorce- y quiere subirse a un vehículo como ése, indudablemente los padres o los apoderados deberán asumir la responsabilidad de autorizar a este niño para que pueda conducir una bicicleta con motor. En consecuencia, hemos tomado todos los resguardos.
¿Dónde radica la gran diferencia? Pues bien, el proyecto expresa: “Para todos los efectos de esta ley, las bicicletas con pedaleo asistido, con motor fijo o agregado, serán consideradas bicicletas y se regularán por la normativa de las mismas.”.
Con eso estoy en absoluto desacuerdo, porque no se hace ninguna exigencia a las bicicletas con motor. Se resguarda al niño, al trabajador, a las personas que quieren trasladarse con más comodidad a su lugar de trabajo, para que no se les curse un parte. Ése es el fondo del problema.
Llegó el momento en que las personas que tienen bicicletas asistidas empezaron a tener problemas para trasladarse, porque se les empezó a exigir la documentación, por lo que nos llamaron muchas veces, lo que hizo al senador Novoa presentar esta moción. Hoy estamos tratando de solucionar el problema que aqueja a esas personas, para resguardarlas en la mejor forma.
Debo aclarar que con este proyecto la Cámara de Diputados no está dando una manga ancha para que las personas que manejan bicicletas asistidas hagan lo que quieran, sino que tienen que tener dieciséis años de edad; los menores de dicha edad deben tener el permiso de los padres o apoderados; la gente adulta tiene que asumir la responsabilidad por los menores que manejan. No debemos olvidar que, muchas veces, una bicicleta sin motor también ha sido causa de accidentes. Por eso, no podemos prohibir a la gente que se traslade en bicicleta de un lugar a otro; todo lo contrario, queremos incentivar el uso de las bicicletas. Y en cuanto a las bicicletas asistidas, debemos tener presente que es una herramienta indispensable para muchas personas que trabajan y que necesitan este medio de movilización para llegar a su trabajo mucho más descansada que cuando deben pedalear un par de kilómetros, sobre todo en el campo, donde tienen que transitar por caminos de ripio, que genera un mayor cansancio.
Como Presidente de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y después de haber estudiado profundamente el proyecto con todos los miembros de la Comisión, le introdujimos estas modificaciones porque consideramos que era lo mejor para solucionar un problema largamente esperado por la gente que usa este tipo de vehículos.
Por lo anterior, hago un llamado a mis colegas a que lean bien el proyecto, ya que están resguardadas las aprensiones que he visto en algunos de ellos, y los llamo a votar favorablemente la iniciativa.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado don Javier Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.- Señora Presidenta , este proyecto fue analizado durante largo tiempo por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado y, posteriormente, sancionado por la Sala. Hoy, lo estamos discutiendo en la Cámara en segundo trámite constitucional.
El proyecto surgió debido a que los trabajadores temporeros usan bicicletas para trasladarse, muchas de las cuales traen los llamados motores “mosquito”, que son de muy baja cilindrada y que no superan los 20 ó 30 kilómetros por hora. Pues bien, los conductores de estos vehículos suelen ser sancionados por Carabineros por no tener la respectiva licencia de conducir.
Hoy, estamos dando un paso adelante, porque buscamos atenuar las aprensiones mediante la concesión de un permiso de los padres, de manera que ellos sean responsables ante situaciones como las que aquí se han planteado.
Así se logra consensuar las aprensiones existentes -y no dejarlas de lado-, porque en la medida en que regulemos en forma excesiva, evidentemente, vamos a prohibir el desarrollo de muchas actividades. Si lo hacemos en el caso de las bicicletas “mosquito”, también tendríamos que empezar a regular, por ejemplo, la práctica del deporte, porque también tiene riesgos. Así, tendríamos que prohibir la práctica del deporte y la construcción de edificios de altura, porque las personas se pueden caer por las ventanas, situación que también suele ocurrir. De ahí nace la responsabilidad individual, y en todas las actividades que he mencionado debe concurrir este requisito.
Un reglamento deberá establecer que el motor no deberá tener una cilindrada superior a 25 centímetros cúbicos, lo que significa que no desarrollará una potencia letal capaz de producir un problema social, una especie de epidemia; por el contrario, nos vamos a tener que acostumbrar a asumir la responsabilidad individual, en cuanto a que las personas que usen estos vehículos deberán someterse a una reglamentación, razón por la cual le pedimos al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que tenga mucho cuidado en esta materia, a fin de no justificar las aprensiones que han expresado algunos colegas.
Este proyecto fue pensado para beneficiar a los trabajadores, fundamentalmente, con el objeto de que puedan concurrir a desempeñar sus labores, en particular los temporeros que utilizan este medio de transporte, especialmente en las zonas frutícolas. La actividad frutícola se ha ido desarrollando a lo largo de todo el país; no es exclusiva de la zona central, de las regiones Metropolitana, Sexta o Séptima; ha llegado a todas nuestras regiones y, por consiguiente, las bicicletas comunes y las bicicletas “mosquito” han pasado a ser un elemento de uso cotidiano en la realidad de nuestras regiones.
Por lo tanto, llamo a los colegas presentes a aprobar este proyecto de ley, porque irá en beneficio de la comunidad.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señora Presidenta , he escuchado con mucha atención las distintas opiniones vertidas sobre este proyecto de ley, que no cabe duda alguna que está bien inspirado.
Es importante recordar a la Sala que hay un proyecto de ley que regula el uso de la bicicleta, que fue presentado por un conjunto de parlamentarios. Uno de ellos es el diputado Burgos , con quien ingresamos en bicicleta al palacio de La Moneda , acompañados de otros parlamentarios y de representantes de organizaciones sociales que están pidiendo la regulación para un medio de transporte que es utilizado no sólo para movilizarse, sino también para desarrollar actividades lúdicas y deportivas, en el casco urbano de las distintas ciudades. Obviamente, la bicicleta es muy usada por los trabajadores temporeros de las zonas agrícolas.
El objetivo de este proyecto es loable, porque es necesario regular la situación de los usuarios de la bicicleta, que la han acondicionado, instalándole un motor “mosquito” para facilitar su desplazamiento y mejorar su velocidad.
Pero, considero -pretendo disuadir al autor del proyecto y a quienes lo defienden- que con el texto que nos propone el Senado, en particular, la parte que señala: “Para todos los efectos de esta ley, las bicicletas con pedaleo asistido, con motor fijo o agregado, serán consideradas bicicletas…”, se elude la discusión de fondo. Estamos hablando de una bicicleta modificada que se convierte en un vehículo motorizado, que genera otras condiciones, que exige al conductor otras destrezas y que puede provocar otras situaciones de riesgo y de accidentes. Así lo dijo muy bien el diputado Auth , que me antecedió en el uso de la palabra.
¿Qué explicaciones se van a dar cuando una persona que conduzca una bicicleta con pedaleo asistido, con motor fijo o agregado, a 20 ó 30 kilómetros por hora, impacte a un menor, ocasionando un accidente con consecuencias fatales? ¿Cómo se puede regular esta situación? Estamos convirtiendo las bicicletas en vehículos motorizados. Ello me parece positivo, porque se facilita el desplazamiento de los temporeros, en particular de las zonas agrícolas; pero debemos legislar integralmente y no en forma parcial.
Creo que estamos cometiendo un error que mañana podemos lamentar. No se trata de oponernos por oponernos; nuestra idea es establecer un marco regulatorio para las bicicletas y que existan políticas urbanísticas que apunten a la construcción de ciclovías que no sean ocupadas por vehículos motorizados. Se trata de que la gran cantidad de trabajadores y trabajadoras de las zonas rurales -una de ellas es representada por la señora Presidenta - que utilizan este medio de transporte tengan debidamente señalizado el carril por el cual se van a desplazar, para lo cual es necesario instalar señalética y modificar la Ley de Tránsito.
Pero asimilar este tipo de vehículos a la normativa de las bicicletas -así lo establece el proyecto- no significa avanzar en el sentido correcto; por el contrario, estamos exponiendo a personas y generando posibilidades de que estos vehículos causen accidentes.
La normativa que regula el uso de la bicicleta es fundamental y debe ser abordada en el Congreso Nacional, sobre todo cuando existe la voluntad de hacerlo. La idea es solicitar -ojalá hubiera estado presente algún representante del Ejecutivo- que se le fije urgencia a ese proyecto que -repito- fue suscrito en forma transversal por diversos diputados y que regula el funcionamiento, el desplazamiento y las condiciones de quienes usan la bicicleta, ya sea para hacer deporte, para transportarse o para divertirse. Creo que ésa es la forma adecuada de regular.
Para terminar, anuncio que voy a votar en contra de este proyecto, pero no en contra del espíritu que animó a su autor -no me cabe duda alguna de que estuvo bien inspirado-, porque considero que no apunta en la dirección correcta. Como digo, es necesario fijarle urgencia al proyecto que regula el uso de la bicicleta y, en ese marco, el de las bicicletas con pedaleo asistido. Hoy, existe una enorme cantidad de ellas y el Congreso Nacional no haría bien si autoriza y regula su situación sin las debidas consideraciones, porque ello nos llevaría, el día de mañana, a tener que lamentar accidentes. Una cosa es conducir una bicicleta, pero otra muy distinta es conducir una bicicleta con motor, para lo cual se requieren otras destrezas, otra licencia y otros elementos. No se trata de encarecer su uso, sino de brindar seguridad a quienes la utilizan y a los peatones.
Si vamos a regular esta situación, hagámoslo dentro del marco del proyecto que regula el uso de la bicicleta que, sin duda, será un enorme incentivo para los habitantes de las zonas rurales, de los sectores urbanos, para los deportistas y, en particular, para los habitantes de las grandes ciudades, donde ojalá exista una política de sustentabilidad en materia medioambiental y de desplazamiento, condiciones que estén aseguradas por el proyecto que regula el uso de la bicicleta.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Ofrezco la palabra al diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.- Señora Presidenta , gran parte de lo que iba a decir ya ha sido manifestado por el diputado De Urresti , pero permítame agregar que hay dos posibilidades: o el autor de este proyecto jamás ha andado en bicicleta o hace muchos años que no anda en bicicleta, porque la presunción que él hace es gravísima.
No obstante mi avanzada edad, soy ciclista y circulo buena parte de mis viajes en la comuna en que vivo y que represento en la Cámara de Diputados en bicicleta.
La aprobación del proyecto permitirá, por ejemplo, que en una comuna en donde hay muchas ciclovías, como Providencia y Ñuñoa , las bicicletas con motor, o como quiera que se llamen, circulen por las ciclovías a 40, 50 ó 60 kilómetros por hora. Hay personas que ya lo están haciendo y constituyen un peligro público, porque en las ciclovías conviven los ciclistas en bicicletas sin motor -para los cuales se crearon las ciclovías- y las personas que hacen deporte.
Si se aprueba el proyecto, vamos a ver circulando por las mismas ciclovías a personas en bicicletas con motores de dos tiempos que, además, son súper contaminantes.
Conclusión: o el autor del proyecto no ha andado nunca en bicicleta o, si lo hizo, se le olvidó.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En votación general el proyecto de ley, iniciado en moción, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, que modifica la Ley de Tránsito, para hacer aplicable la normativa de las bicicletas a los vehículos de cilindrada que indica.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos; por la negativa, 49 votos. Hubo 13 abstenciones.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DE LOS PROCESOS DE APROBACIÓN DE PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS Y ENERGÉTICOS POR LAS COREMAS EN CADA UNA DE LAS REGIONES
El señor VENEGAS.- Señora Presidenta , el tema investigado por una Comisión Especial de la Cámara de Diputados adquiere cada vez mayor relevancia e importancia, y me temo que en el futuro próximo va a ser cada vez más importante.
Sabido es que las políticas y las definiciones públicas en materia de matriz energética de nuestro país fueron objeto de un compromiso de los gobiernos de la Concertación, en el sentido de lograr que al menos el 5 por ciento de la generación de energía de nuestro país se implementara con sistemas modernos, no convencionales y limpios desde el punto de vista del medio ambiente.
El actual Gobierno, seguramente motivado por el entusiasmo, aumentó la meta y la puso más ambiciosa, de manera que en la actualidad hablamos de que el 20 por ciento de la energía se consiga con mecanismos como los descritos.
Desgraciadamente, la ley marco, la N° 19.300, tiene debilidades sustantivas que debiéramos abordar y que quedan reflejadas en el informe y en los estudios encargados por la Comisión. Recordemos que, incluso, hablar de Coremas está obsoleto, porque nos encontramos en una etapa de transición desde la antigua hacia la nueva institucionalidad generada por la creación del nuevo Ministerio del Medio Ambiente, realidad que no existía hace algunos años y que es un gran logro impulsado por el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet , en el que tuve el honor de participar como miembro de la Comisión de Medio Ambiente.
El problema radica en que, de manera creciente, la acción del Servicio de Evaluación Ambiental, como se llama en la actualidad, en el marco de la ley N° 19.300 y de otras leyes referidas a la modificación de que hablé, con la creación del ministerio, merece serios cuestionamientos ciudadanos a la hora de evaluar los proyectos que se están desarrollando en abundancia a lo largo y ancho del país.
Entrego un solo dato: según algunos informes que he leído, más del 40 por ciento de los proyectos de generación de energía en Chile se relacionan con producir energía con carbón, los más contaminantes dentro de los sistemas factibles de generación de energía. Y la moda que empieza a aparecer a lo largo y ancho del país son las llamadas centrales de pasada o microproyectos de producción de energía, que son negocios limpiecitos, porque basta con invertir una cierta cantidad de millones de dólares, producir energía y entregarla al sistema interconectado central para recibir las utilidades. Porque en Chile se produce una situación muy rara: un negocio es producir energía y otro distinto es la distribución de la misma.
Finalmente, estamos los usuarios, quienes debemos pagar tarifas altísimas, comparadas con otras realidades, por un servicio que muchas veces es de muy mala calidad. Recordemos los frecuentes cortes de energía y bajas en el voltaje, deterioro de los electrodomésticos, etcétera.
Señalo esto por la realidad que veo y represento de manera permanente, haciendo gestiones ante las autoridades respectivas para resolver los problemas que se generan por esas dificultades.
Nada mejor que hablar desde la realidad objetiva: represento a la provincia de Malleco, a su capital, Angol , en que una parte importante de la ciudadanía se encuentra en pie de guerra porque, de la noche a la mañana, entre gallos y medianoche -me hago responsable de mis palabras-, nos encontramos con inversionistas de origen italiano, que tienen residencia y casa matriz en Santiago, en Las Condes u otro sector alto de la capital, quienes han decidido intervenir con una central de pasada de esa naturaleza nuestra principal cuenca hidrográfica, el río Picoiquén, que abastece de agua potable a la principal ciudad de la provincia, a la capital, Angol , de más de 60 mil almas.
En el marco de la ley actual y de los procedimientos que emplea la autoridad de evaluación de impacto ambiental, esas empresas hacen las mediciones de caudal -pueden ir a otros ríos que les sirven de referencia- y luego presentan el proyecto sin que haya ninguna participación ciudadana. ¿Cómo lo hacen? Amparándose en la ley.
El proyecto a que me he referido requiere de una inversión de 48 millones de dólares. Interviene nuestro río, saca agua de una cuenca hidrográfica extraordinariamente amenazada, como consecuencia de una serie de factores, entre otros la deforestación del bosque nativo que se hizo en la parte alta de la cordillera de Nahuelbuta. Es un río estratégico, y todos los ciudadanos del sector hemos visto cómo ha disminuido su caudal, especialmente en el verano. Sin embargo, es intervenido sin consultar a autoridad alguna.
Recién nos enteramos de esa situación, cuando prácticamente se ha aprobado el proyecto, pero los ciudadanos del sector -entre los que me cuento- están indignados por la falta de consideración hacia ellos.
Lo mismo está pasando en otros ríos. Tengo entendido que están haciendo mediciones para intervenir otro río importante, el río Renaico, en Pemehue, cerca de unas termas maravillosas, en la comuna de Collipulli.
¡No, pues! Entiendo la necesidad de generar energía con medios no convencionales, menos agresivos con el medio ambiente, pero debe hacerse de cara a la ciudadanía. Expliquen la situación y, si el proyecto es tan beneficioso, den la cara e informen a la comunidad, para que sepa y entienda por qué es necesario para lograr un objetivo mayor, de país, y no simplemente para realizar un negocio de una empresa determinada que, en este caso, además, es extranjera.
Quienes tenemos la condición de representantes populares, al igual que el diputado Gonzalo Arenas , que también representa al mismo distrito, ¿cómo le explicamos a la ciudadanía este tipo de situaciones, en circunstancias de que estamos ante hechos consumados?
Es necesario que nos hagamos cargo de esta problemática, que revisemos las modificaciones legales que se deben introducir a la ley para que el objetivo de producir más energía con medios menos contaminantes, pues es necesaria para el desarrollo del país, vaya de la mano con el respeto a las comunidades, al medio ambiente, a los recursos hidrológicos y a la fauna y flora, que se ven afectados.
Con el apoyo de algunos asesores, he pedido al contralor general de la República , señor Ramiro Mendoza , que en el caso de este proyecto se cumpla no sólo con una declaración de impacto ambiental, cuyas exigencias son mínimas y no consultan la participación de la ciudadanía, sino que también se exija un estudio de impacto ambiental, de manera que la ciudadanía pueda expresar su opinión y proteger cuestiones esenciales, como la cuenca del río Picoiquén, caso emblemático que he mencionado, que se encuentra amenazada.
Sin embargo, en todas las regiones está ocurriendo lo mismo, lo que muestra una desafección de la ciudadanía, que se pregunta qué hace el Congreso Nacional para proteger los intereses ciudadanos. Porque, al parecer, todo apunta a proteger los intereses de quienes desean invertir en este muy rentable negocio.
Por estimar de la mayor importancia este informe de la Comisión Investigadora, he creído oportuno levantar mi voz para manifestar que esto debiéramos seguir haciéndolo con la mayor rigurosidad.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Ha llegado a su término el tiempo del Orden del Día y han quedado varios diputados inscritos: los señores Lobos, Auth, Jaramillo, Díaz, la señora Denise Pascal y los señores Lemus y Teillier.
La discusión del informe de la Comisión Investigadora continuará en una próxima sesión.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
RATIFICACIÓN DEL CONVENIO N° 181 DE LA OIT, SOBRE AGENCIAS DE EMPLEO PRIVADAS. (Votación).
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo N° 216, que solicita la ratificación del Convenio N° 181 de la OIT, sobre agencias de empleo privadas.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 1 abstención.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
PREOCUPACIÓN DEL ESTADO DE CHILE POR PRIVACIÓN DE LIBERTAD DEL PREMIO NOBEL DE LA PAZ 2010, SEÑOR LIU XIAOBO.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte dispositiva del Proyecto de Acuerdo N° 209.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo N° 209, de los diputados señores Walker, Ojeda, Saffirio, Silber, Cornejo, Ascencio, Chahín, Burgos, Torres y de la diputada señora Carolina Goic “La Cámara de Diputados acuerda:
1. Valorar el otorgamiento del Premio Nobel de la Paz 2010 al intelectual y activista chino de los derechos humanos Liu Xiaobo.
2. Solicitar al ministro de Relaciones Exteriores del Gobierno de Chile, señor Alfredo Moreno, que represente al Gobierno de la República Popular China la preocupación del Estado de Chile por la privación de libertad que afecta a Liu Xiaobo y a todos los disidentes y presos de conciencia chinos.
3. Instar por la implementación en la República Popular China de reformas democráticas que garanticen la libertad de opinión, de movilización y de asociación en dicho país.”.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Para intervenir a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente, el 8 de octubre de 2010 se anunció el otorgamiento del Premio Nobel de la Paz 2010 al intelectual y activista chino de los derechos humanos Liu Xiaobo, presidente del Centro Independiente Chino PEN desde 2003.
El 8 de diciembre de 2008 fue detenido en respuesta a su participación en la firma de la Carta 2008, documento por el cual se pide la entrada en vigor de derechos constitucionales como el pluripartidismo y la libertad de prensa, siendo formalmente arrestado el 23 de junio de 2009 bajo sospecha de “incitar la subversión contra el poder del Estado”.
Fue procesado con los mismos cargos el 23 de diciembre de 2009 y condenado a once años de cárcel el 25 de diciembre.
Su esposa, Liu Xia, se encuentra actualmente con arresto domiciliario de facto, luego de haber visitado a su esposo en su lugar de reclusión, sin autorización para usar su teléfono ni recibir visitas. Tampoco fue autorizada para recibir, en representación de su esposo, el Premio Nobel de la Paz.
En la República Popular China han ocurrido una serie de detenciones de disidentes, quienes se mantienen incomunicados, según lo denunciado por diversas organizaciones internacionales pro derechos humanos.
Hemos aprendido que la lucha por los derechos humanos es universal y su defensa traspasa las fronteras e ideologías, precisamente, por su condición de ser anteriores y superiores al Estado.
En virtud de lo expuesto, mediante este Proyecto de Acuerdo, pedimos que la honorable Cámara de Diputados acuerde, primero, valorar el otorgamiento del Premio Nobel de la Paz 2010 al intelectual y activista de los derechos humanos chino Liu Xiaobo ; en segundo lugar, solicitar al ministro de Relaciones Exteriores del Gobierno de Chile, señor Alfredo Moreno , que represente al Gobierno de la República Popular China la preocupación del Estado de Chile por la privación de libertad que afecta a Liu Xiaobo y a todos los disidentes y presos de conciencia chinos.
Por último, se pide instar por la implementación en la Republica Popular China de reformas democráticas que garanticen la libertad de opinión, de movilización y de asociación.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Para intervenir en contra, tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente, sin duda el tratamiento de los derechos humanos debe ser universal.
Sin embargo, no parece prudente que la Cámara de Diputados se pronuncie con aseveraciones que probablemente contengan errores de información.
En tal sentido, quiero hacer presente que los Gobiernos de la Concertación han intentado mantener las mejores relaciones con el Estado chino, que, como todos sabemos, está realizando transformaciones considerables.
Estamos hablando de obligar y querer establecer nuestro modelo a una cultura muy distinta.
Desde esa perspectiva, un gobierno que debe mantener en orden y en paz a aproximadamente 1.500 millones de habitantes, naturalmente, debe transitar de un modelo a otro con un grado de tolerancia importante.
El Gobierno chino ha realizado significativos avances en esta materia. En consecuencia, más que condenar, lo que debemos hacer es afianzar el apoyo de nuestro Gobierno para que continúen esos progresos.
Lo sabio para un país como Chile, que hoy tiene a China como segundo destino de sus exportaciones, es aplaudir el intento que hace el gobierno en esa materia.
Concedo un par de minutos al diputado señor Roberto León, para que se pronuncie respecto de un proyecto de acuerdo que, en lugar de ayudar, parece ser nocivo.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Roberto León.
El señor LÉON .- Señor Presidente , agradezco al diputado Jorge Ulloa su gentileza.
Me quiero referir a un par de temas que no son menores.
Es cierto que ha pasado bastante tiempo desde octubre a la fecha, pero quiero recordar a esta honorable Corporación que el proyecto de acuerdo Nº 208, que se aprobó, ya realizó una condena por la misma razón.
Este proyecto es idéntico al Nº 208. Entonces, seríamos la única Cámara de Diputados que aprobaría dos proyectos de acuerdo por un mismo hecho, con la agravante -hay que decirlo, porque no es menor- de que este proyecto de acuerdo se suspendió porque una misión oficial de esta Corporación estaba analizando distintos temas de interés nacional.
Cuando realizamos esa petición telefónica a todas las bancadas, valoramos mucho que hayan acogido ese hecho.
Pero lo que no corresponde, porque es un hecho inamistoso, es aprobar un proyecto de acuerdo, se hagan gestiones a favor de Chile con otro país amigo, como China, y después se pretenda aprobar un proyecto de acuerdo similar al anterior.
Por lo tanto, da la sensación de que más que hablar del tema de los derechos humanos, que nos compromete a todos, se pretende producir una diferencia muy fuerte entre las relaciones entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de China. Por tales razones, votaré en contra del proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- En votación el proyecto de acuerdo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; por la negativa, 17 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
SOLUCIÓN AL DAÑO PREVISIONAL DE FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- El señor Prosecretario dará lectura a la parte dispositiva del proyecto de acuerdo Nº 217.
El señor LANDEROS ( Prosecretario accidental ).- Proyecto de acuerdo Nº 217, de los diputados Meza, Browne, Pérez, don José; Espinosa, don Marcos; Harboe, Auth, Burgos, Montes, Jarpa y Saffirio, que en su parte dispositiva expresa:
“La Cámara de Diputados acuerda:
Oficiar y solicitar a S.E. el Presidente de la República , Sebastián Piñera, para que se instruya, tome conocimiento y provea alguna solución a la irregularidad que afecta al sistema previsional de los funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil.”.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Para intervenir a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA.- señor Presidente , mediante este proyecto de acuerdo se solicita una solución al daño previsional que afecta a los funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Desde 1968, los funcionarios de la DGAC fueron imponentes de la Capredena, es decir, del régimen previsional de las Fuerzas Armadas; pero por una resolución exclusivamente administrativa, el personal que ingresó a ese servicio a partir del 11 de noviembre de 1985, quedó afiliado a las famosas administradoras de fondos de pensiones, AFP, lo que generó una diferencia tremenda en los beneficios, tanto para jubilar como para ser atendidos, entre el personal anterior y el que se incorporó a la Dirección con posterioridad a esa fecha.
De manera que hoy existe personal de la DGAC que desempeña la misma función que el resto, pero que se encuentra sujeto a un sistema de seguridad social distinto, con desiguales beneficios.
Incluso, el Consejo Asesor para la Reforma Previsional reconoció que los funcionarios de la DGAC sufren un daño previsional, porque fueron obligados a imponer en las AFP.
Sería una acción de justicia reconocer el derecho de esos funcionarios a ser imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y corregir los años de distorsión que han sufrido hasta ahora. Además, los dineros que se trasladarían desde las AFP hasta la Capredena son bastante interesantes y no ocasionarían ningún daño al erario.
Reitero, con este proyecto de acuerdo solicitamos a su excelencia el Presidente de la República que provea una solución que elimine esta irregularidad que afecta a los funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que logren por fin los beneficios de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente , gustosamente daré mi aprobación a este proyecto de acuerdo porque hace justicia a funcionarios de la DGAC.
Desde 1968, por ley, el personal de la Dirección General de Aeronáutica Civil estuvo afecto el régimen previsional de las Fuerzas Armadas; pero, por una interpretación meramente administrativa, se estableció que a contar del 11 de noviembre de 1985, los nuevos funcionarios debían afiliarse al sistema de las AFP, establecido por el famoso decreto ley N° 3.500, que desconoció mu-
chos derechos previsionales de los funcionarios públicos y del Estado.
Apoyo este proyecto de acuerdo, con el objeto de que se haga justicia y repare esta anormalidad que ha significado, desde luego, mermas en los saldos de cuentas de capitalización individual.
Solicito también que el Presidente de la República efectúe los estudios correspondientes o reduzca esta solución a la interpretación del artículo 21 de la ley N° 16.752, orgánica del Servicio, en el sentido de que estos funcionarios deben ser imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y no de las AFP, como sucede con parte de ellos, lo que les ha ocasionado un tremendo perjuicio. Esperamos que el daño previsional se resuelva lo más pronto posible, porque ha pasado mucho tiempo. El personal afectado ha emprendido una lucha para resolver el problema; ha hablado con muchos diputados con el fin de encontrar una solución a su inquietud, que se reduce a una sola interpretación del artículo y de la ley señalados, porque, reitero, a esos funcionarios les corresponde el estatus de afiliados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, como lo fue desde 1968, y que, injustamente, en 1985, por una interpretación antojadiza, sobre la base del decreto ley N° 3.500, quedaron fuera.
Ojalá que todos los diputados aprueben este proyecto de acuerdo, que pretende se haga justicia, mediante la reparación del daño previsional que han sufrido durante tantos años funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que nos atienden muy bien a quienes viajamos.
He dicho.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Para impugnar el proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos. No hubo votos en contra ni abstenciones.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Aprobado el proyecto de acuerdo N° 217.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VII. INCIDENTES
EVALUACIÓN DE INSTALACIÓN DE TENENCIA EN SARMIENTO, COMUNA DE CURICÓ. Oficios.
El señor BECKER (Vicepresidente).- En el tiempo de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado Celso Morales.
El señor MORALES.- Señor Presidente , solicito enviar oficios al ministro del Interior y al general director de Carabineros de Chile , con el fin de que se disponga la evaluación de dar la calidad de tenencia al retén existente en la localidad de Sarmiento, comuna de Curicó.
Esta petición está respaldada por el crecimiento explosivo de este pueblo en los últimos años, cuya población sobrepasa los veinte mil habitantes y sólo cuenta con un retén de catorce funcionarios, lo que significa, en promedio, alrededor de dos mil personas por carabinero.
La municipalidad de Curicó, a través de su alcalde, Hugo Rey , ha ofrecido a Carabineros de Chile un terreno para que allí se construya una tenencia, de manera de dar seguridad y tranquilidad a un sector en el cual se han instalado nuevas poblaciones como consecuencia de la aplicación de las políticas habitacionales del Ministerio de Vivienda.
Queremos que se evalúe esta posibilidad. En la municipalidad de Curicó existe el ánimo y el deseo de realizar todas las inversiones que sean necesarias, a fin de que el retén existente tenga una nueva ubicación y calidad de tenencia que permita acoger a más funcionarios y, reitero, dar mayor seguridad al sector.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
MEDIDAS PARA DISMINUIR LA CESANTÍA EN LA PROVINCIA DE OSORNO. Oficios
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Javier Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.- Señor Presidente , en primer lugar, pido que se oficie a la ministra del Trabajo y Previsión Social , señora Evelyn Matthei , con el objeto de solicitarle un plan de acción concreto para disminuir los altos índices de cesantía en la provincia de Osorno y, particularmente, en la ciudad de Osorno, que alcanzó el 12,5 por ciento, convirtiéndola en la tercera ciudad de Chile con el más alto desempleo. Primero estaban Valparaíso y San Antonio , que tienen problemas estructurales, y Osorno que siempre había dado una pauta importante en cuanto a la generación de empleo, ya que en años anteriores se había destacado por tener una muy baja cesantía, hoy se encuentra en uno de los peores lugares del ranking.
Por lo tanto, solicito que la ministra analice alguna fórmula que nos permita disminuir este porcentaje tan alto.
En segundo lugar, pido que se oficie al intendente para conocer las coordinaciones, programas y proyectos que tiene en relación con la disminución de la cesantía en Osorno.
Hace un par de años, Puerto Montt, en la provincia de Llanquihue, tuvo un alza importante de la cesantía como consecuencia de la crisis del salmón. Allí, el Estado promovió una gran campaña para reducir ese fenómeno y hoy tiene un mérito importante, puesto que alcanza el 3,3 por ciento.
Por lo tanto, solicito -los osorninos lo exigimos- que se aplique el mismo proyecto de disminución de la cesantía que se usó en la provincia de Llanquihue.
Felicito a la gente de Llanquihue, pero, en definitiva, creo que la distribución interior de los recursos de la región debe ser equilibrada, de acuerdo con los problemas que allí se vayan presentanto. Hoy la provincia de Osorno está con problemas y, en consecuencia, pedimos al intendente que nos explique sobre ese proyecto, de manera de disminuir a la brevedad el alto índice de cesantía, alcanzado.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
ESTABLECIMIENTO DE PENAS DISUASIVAS PARA EVITAR LA CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD. URGENCIA PARA PROYECTO RELACIONADO CON MEDIDAS TENDIENTES A DISMINUIR EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Oficios
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada María Angélica Cristi.
La señora CRISTI (doña María Angélica).- Señor Presidente , ayer, se informó en los diferentes medios que en enero murieron más de doscientas ochenta personas como consecuencia de accidentes de tránsito; desgraciadamente, entre ellas, niños y jóvenes.
Durante este año y el anterior también hemos recibido antecedentes de los numerosos accidentes de tránsito que ocurrieron por conducción en estado de ebriedad. Hasta ahora, en el Congreso Nacional hay alrededor de cincuenta proyectos que proponen aumentar las penas a quienes conduzcan en estado de ebriedad. De hecho, ayer, el fiscal de la zona oriente de la Región Metropolitana nos contaba de la experiencia de países como Holanda, cuya legislación establece que a una persona detenida por conducir en estado de ebriedad, incluso, puede quitársele su licencia de por vida, aunque no hubiera estado involucrado en accidentes o causado lesiones, y que esa medida es la más disuasiva. O sea, con una sanción de esta naturaleza, sería mucho más fácil combatir el flagelo de conducir en estado de ebriedad, que tanto daño causa a la sociedad.
Por tanto, solicito que se oficie al ministro secretario general de Gobierno para que el Gobierno, con urgencia, nos envíe el proyecto que tiene preparado sobre la materia y que, al mismo tiempo, recoja las iniciativas de muchos diputados, que en su mayoría proponen aumentar las penas y bajar el límite de gramos de alcohol por litro de sangre, que se considera “estado de ebriedad” y “bajo la influencia del alcohol”.
Pido también al ministro secretario general de la Presidencia que haga presente la urgencia a un proyecto que hace cuatro años aprobó esta Cámara y que hace dos se tramita en el Senado. Tal iniciativa establece, como una forma de disminuir el consumo excesivo de alcohol, restricciones a la publicidad de las bebidas alcohólicas; restricciones a la venta de alcohol a menores, la responsabilidad solidaria de los padres, retraso en la entrega de licencias de conducir a menores que son sorprendidos conduciendo bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, amén de una serie de medidas que ayudarían a no fomentar el consumo de alcohol, especialmente en los jóvenes. Además, el gobierno podría aprovechar de formular algunas indicaciones, como la de prohibir o evitar las promociones de bebidas alcohólicas, que son las que más inciden en el consumo de menores de edad y jóvenes.
Hago presente a la Sala que el último informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) nos destaca como país con altos índices de cirrosis hepática, donde las muertes por esa causa -alcoholismo- superan las de accidentes automovilísticos. Tenemos el récord en Latinoamérica. Por lo tanto, este ya es un problema social grave, más que sólo de salud, que debemos enfrentar de una vez por todas.
En definitiva, pido al Gobierno, a través del ministro secretario general de la Presidencia, que en la agenda legislativa de este año se considere calificar la urgencia para todos los proyectos de ley que mencioné.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
DISMINUCIÓN DE PRESUPUESTO ASIGNADO A HOSPITAL DE ANTOFAGASTA. TIEMPO Y RECURSOS COMPROMETIDOS EN LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVO EDIFICIO. Oficio.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.- Señor Presidente , en los medios de comunicación de Antofagasta aparece hoy una noticia bastante delicada: el recorte del presupuesto asignado al Hospital Regional de Antofagasta , cuestión que preocupa a la comunidad, pero también a sus funcionarios, toda vez que se teme una crisis hospitalaria.
Recordemos que durante la discusión de la ley de Presupuestos para este año se adquirió el compromiso de tratar, por todos los medios, de no rebajar los montos asignados al hospital de Antofagasta y que ascendía a 32 mil millones de pesos. Sin embargo, por los antecedentes que tenemos, solo se entregaran 23 mil millones de pesos. La situación es preocupante, toda vez que con los 32 mil millones de pesos que se le asignaron el año pasado no se alcanzaron a cumplir las aspiraciones de entregar atención médica de calidad. Por eso, nos sorprende este recorte presupuestario denunciado por la prensa y por el director del hospital de Antofagasta .
En tal virtud, solicito que se oficie al ministro de Salud para que nos entregue un completo informe de la situación que afecta al Hospital Regional de Antofagasta .
Aprovecho esta oportunidad para pedir también que nos informe sobre lo mismo, en relación con el hospital de Calama, y nos indique los tiempos estipulados y los recursos comprometidos para la construcción del nuevo hospital de Antofagasta.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Alberto Robles, Juan Luis Castro , Enrique Van Rysselberghe , David Sandoval y Nino Baltolu .
AMPLIACIÓN DE PROGRAMA RESIDENCIA FAMILIAR EN REGIÓN DE AYSÉN. Oficio.
El señor BECKER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL .- Señor Presidente , en agosto del año pasado la Cámara aprobó por amplia mayoría el proyecto de acuerdo N° 104, relativo al Programa de Residencia Familiar, modalidad que permite que estudiantes de escasos recursos y que viven en localidades y regiones apartadas puedan continuar con sus estudios y acceder a la educación de enseñanza media cuando en sus comunas no existan establecimientos que entreguen tal nivel educativo.
El programa permite a las familias de los estudiantes becados salvar los costos de alimentación y estadía. Los alumnos son colocados en residencias particulares, en casa de familias tutoras que les brindan afecto y cuidados, fundamental para la formación de los jóvenes y la conclusión de los estudios de enseñanza media.
Ese proyecto de acuerdo solicitaba, entre otras cosas, que el programa tuviera carácter universal y que los estudiantes, sólo con el certificado de residencia que acredite la condición de ruralidad y la matrícula de un establecimiento de la localidad cuya oferta educacional no responde a los intereses del estudiante, debería acceder de manera natural a la beca, puesto que al Estado le asiste la obligación de entregar enseñanza básica y media gratuita.
El proyecto de acuerdo agregaba que, para asegurar ese acceso universal, el presupuesto de 2011 debía contemplar los recursos que el programa requiriera. Sin embargo, he recibido solicitudes de padres y apoderados de comunidades y alrededores de las comunas de mi región, como Coyhaique, Lago Verde y otras, en las que me señalan que han encontrado limitaciones de acceso al Programa y que, por tanto, solicitan la ampliación de las becas ya que, al parecer, habrían recortado el número de becas, cuestión que repercute y complica seriamente las posibilidades de los jóvenes de mi región para continuar sus estudios.
Por eso, pido que se oficie al ministro de Educación , señor Joaquín Lavín , para que a la brevedad revise y reasigne los cupos del Programa de Residencia Familiar que la extensa Región de Aysén necesita, ya que en ese tremendo territorio, sólo cinco de sus ciudades tienen liceos: Cisnes, Aysén , Coyhaique, Chile Chico y Cochrane.
Por ello, para la Región de Aysén, el Programa Residencia Familiar es de prioridad absoluta a fin de asegurar el acceso de sus jóvenes a la enseñanza media.
Pido que a la brevedad se oficie al ministro , dado que estamos ad portas del inicio del año escolar, y es menester asegurar la continuidad de los estudios de enseñanza media de los estudiantes que viven en lugares tan apartados de mi región, a través de las becas del Programa Residencia Familiar.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Manuel Rojas , Juan Luis Castro y Enrique Van Rysselberghe .
AGRADECIMIENTOS A PARTICIPANTES EN RECONSTRUCCIÓN EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Van Rysselberghe.
El señor VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente , este fin de semana, los distintos medios de comunicación informaron de los diversos actos conmemorativos del terremoto del 27 de febrero de 2010. En la mayoría se hizo referencia a las dolorosas circunstancias que nos tocó vivir en aquellos oscuros días del terremoto, tsunami y posteriores saqueos.
Aprovecho esta instancia para agradecer nuevamente a todas las personas que durante el año han participado en la reconstrucción material y humana de mí Región del Biobío .
Sí, señor Presidente , porque mientras algunos conmemoraron el primer aniversario del terremoto con críticas injustas y clarísimos objetivos políticos, me parece justo recordar y destacar la labor de miles de personas que han trabajado anónimamente por la reconstrucción y que han sido claves para que se restableciera la conectividad y los servicios básicos y para que la capacidad productiva de mi Región del Biobío hoy esté en pie.
Porque hay quienes olvidan que la intercomuna Concepción-Talcahuano presentaba la imagen de una ciudad devastada por un conflicto bélico: puentes en el suelo, calles cortadas e intransitables, buques en medio de la ciudad, comunas arrasadas, casas flotando en el mar, empresas saqueadas, supermercados en llamas y un largo etcétera.
Hoy, hemos vuelto a la normalidad; hoy, los puentes y las calles son transitables; hoy, las empresas grandes y pequeñas nuevamente funcionan; hoy, los servicios básicos están completamente normalizados. Todo eso se debe al impulso, a la motivación y al trabajo de la gente de mi región. A esa gente, a todos quienes vivimos el quinto terremoto más grande de la historia contemporánea universal, le quiero decir que seguiremos avanzando en la reconstrucción, con la eficacia, el ahínco, el sentido de urgencia y la honestidad que nos han caracterizado hasta el día de hoy.
He dicho.
USO DEL DERECHO DE FERIADO LEGAL DE FUNCIONARIOS NUEVOS EN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. Oficio.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- En el tiempo adicional del Comité del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.- Señor Presidente , cuando uno ingresa a la Administración Pública, tiene deberes y derechos, entre los últimos, el feriado legal, y debe atenerse a las disposiciones del artículo 107 del Estatuto Administrativo, que establece lo siguiente: “El funcionario que ingrese a la Administración del Estado no tendrá derecho a hacer uso de feriado en tanto no haya cumplido efectivamente un año de servicio.”.
El año pasado, gran cantidad de funcionarios públicos fueron despedidos y reemplazados por otros. Auxiliares, administrativos y profesionales han tenido que cumplir con ese requisito. En la Región de Atacama, los fines de semanas me encontré con algunos de ellos y me decían: “Ahora estoy aquí en la playa, pero aún trabajando y esperando el mes de abril para tomar vacaciones.” Sin embargo, quienes deben dar el ejemplo y representan a todos los funcionarios públicos, porque son la cara visible, en términos administrativos y de servicio, estaban de vacaciones: seremis, directores de servicio, la misma intendenta, gobernadores, ministros, subsecretarios. Ninguno de ellos lleva un año calendario efectivo de trabajo. Se debe cumplir a cabalidad con los deberes y también con los derechos.
Por todos los funcionarios públicos que trabajan en el país es muy importante tener claridad respecto de este tema, porque al final de cuentas no es posible que unos tengan derecho y otros no.
Dada la información de la prensa, quiero saber en qué condiciones tomaron vacaciones las autoridades: directores de servicio, seremis, gobernadores, intendentes, subsecretarios y ministros.
Asimismo, si se acogieron al artículo 109 que les permite solicitar permisos para ausentarse de sus labores por motivos particulares hasta por seis días hábiles en el año calendario, con goce de remuneraciones, o si solicitaron permiso sin goce de remuneraciones. ¿En qué condiciones tomaron sus vacaciones? Porque sería muy mal visto, preocupante e ilegal que estos funcionarios en todo el país no hubiesen dado cumplimiento al artículo 107.
Hay personas que han seguido trabajando como funcionarios públicos, por ejemplo, la intendenta del Biobío era alcaldesa de la comuna de Concepción. En tal caso, ella tiene continuidad como funcionaria pública, por lo tanto, todo el derecho de hacer uso del feriado legal; pero la intendenta de Atacama dejó de ser funcionaria pública hace bastante tiempo.
No sé en qué condiciones tomaron sus vacaciones la intendenta de la Cuarta Región y los ministros. Cuando uno asume ser funcionario público, lo hace con sus derechos y deberes. En virtud de la transparencia con todos los funcionarios públicos del país, quiero que la Contraloría General de la República me informe en qué condiciones hicieron uso de los feriados legales, publicitados por la prensa, todas las altas autoridades de la Administración Pública que iniciaron sus gestiones después del 11 de marzo de 2010.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.16 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES.
-Se abrió la sesión a las 13.55 horas.
La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra ( Presidenta ).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
PAGO DE BONOS DE ENERO Y FEBRERO A MANIPULADORAS DE ALIMENTOS. Oficios.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señora Presidenta , por segunda o tercera vez solicito que se oficie con extrema urgencia al ministro de Educación y a la directora de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, para que den curso a los bonos de enero y febrero, que no han sido cancelados en circunstancias de que en 2010 el actual gobierno se comprometió a pagarlos, lo cual se me informó a través de un oficio. La no entrega de los bonos ha significado un inmenso daño para las manipuladoras de alimentos, muchas de las cuales son madres de familia, por cuanto no han podido cubrir sus gastos. Hemos sabido que los recursos están disponibles y que en la Contraloría General de la República estaría el problema. Para apurar este asunto, pido que se oficie en esos mismos términos al contralor general de la República .
Asimismo, dado que las empresas que operan actualmente en mi región tienen los plazos vencidos y la licitación ha sido declarada desierta, lo que significa que las personas con contrato a plazo fijo quedarán en la misma situación ante el Gobierno y éste deberá cancelarles esos bonos, queremos que el ministro de Educación y la directora nacional de la Junaeb reiteren su compromiso de seguir pagándolos y expliquen qué pasa con el llamado a licitación.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores De Urresti , Burgos y Díaz.
PRECARIO SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN BALNEARIOS DE LA PROVINCIA DE OSORNO. Oficios.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Por otra parte, en los balnearios Bahía Mansa , Maicolpué y Pucatrihue, provincia de Osorno, el suministro de energía eléctrica es precario. Prácticamente todos los días se producen cortes de energía y bajas de voltaje en Bahía Mansa. Los veraneantes que acuden a esos lugares, que es gente de clase media y no de la que va a los grandes balnearios, se han visto perjudicados por la baja del voltaje en Bahía Mansa y por la interrupción del suministro de energía eléctrica en Maicolpué. Esa situación ha provocado la destrucción de algunos artefactos eléctricos. ¿Quién responde por ello? ¿Quién paga los daños? ¿Dónde hay que recurrir para obtener una solución? Saesa , la empresa que suministra la energía eléctrica, ha hecho oídos sordos.
Por ello, solicito que se oficie al ministro de Energía , para que éste a su vez solicite información al superintendente de Electricidad y Combustibles , con el fin de exigir el suministro normal y correcto de la energía eléctrica para los balnearios señalados y que la empresa Saesa dé a conocer los motivos que originaron las interrupciones y las bajas de voltaje. Asimismo, que informen de qué manera dicha empresa debería responder ante el deterioro de los artefactos eléctricos.
He dicho.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores De Urresti , Burgos y Díaz, especialmente al oficio referido a las manipuladoras de alimentos. Asimismo, pido al señor diputado que haga llegar a la Comisión el oficio que señala el compromiso del Gobierno de pagar los bonos de enero y febrero.
CIERRE DE LA SUCURSAL DEL BANCOESTADO DE LAS ÁNIMAS, VALDIVIA. Oficio.
La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señora Presidenta , a última hora del sábado 26 de febrero fue desmantelada la sucursal del BancoEstado de Las Ánimas, en la ciudad de Valdivia, lo que ha sorprendido a la comunidad local y ha molestado a los habitantes de dicho sector, toda vez que han dado una larga lucha para lograr equipamiento comunitario en la localidad.
No es posible que se cierre una sucursal del BancoEstado, el banco de Chile, sin que se les comunique el hecho a las autoridades vecinales, al Consejo de Desarrollo de Las Ánimas y a los vecinos, quienes han luchado durante muchos años por la permanencia de esa oficina en Las Ánimas. En consecuencia, creemos que no fue correcto cerrar esa sucursal el pasado 26 de febrero, entre gallos y medianoche, mientras se desarrollaba la Noche Valdiviana, y que el banco informara ese hecho el lunes siguiente. No es la forma en que una institución pública, el banco de todos los chilenos, debe tratar a la comunidad de Las Ánimas.
Por lo tanto, solicito oficiar al ministro de Hacienda y al directorio del BancoEstado, para que nos informen y expliquen los motivos y las razones técnicas que se consideraron para el cierre de esa sucursal, así como si se trata de una decisión adoptada en el nivel central o en la dirección regional.
Esta decisión obligará a la comunidad de Las Ánimas -a los pequeños comerciantes, a los jubilados- a pagar un pasaje extra para cruzar el puente y acceder al centro de Valdivia. Las Ánimas obtuvo algunos beneficios después de muchos años de esfuerzos, como una unidad policial, una oficina de Registro Civil y obras de infraestructura. En consecuencia, estimamos que el cierre de esa sucursal no se ajusta, ni en la forma ni en el fondo, a la manera en que se debe proceder en un país democrático y a las buenas relaciones que debe tener una empresa del Estado, como es el banco de todos los chilenos, con la comunidad en general.
Asimismo, solicito enviar copia de mi intervención a los dirigentes de las juntas de vecinos del sector Las Ánimas, cuyos nombres y direcciones pondré a disposición de la Mesa.
He dicho.
El señor BURGOS ( Presidente accidental ).- Si le parece al señor diputado , también se oficiará al señor gerente general del Banco Estado, don Pablo Piñera Echeñique .
El señor DE URRESTI.- De acuerdo.
El señor BURGOS ( Presidenta accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFRAESTRUCTURA PARA CICLISTAS DE LA REGIÓN DE COQUIMBO. Oficio
El señor BURGOS (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ .- Señor Presidente , jóvenes de la Región de Coquimbo, usuarios habituales de bicicletas por razones laborales, deportivas o turísticas, me señalan recurrentemente que encuentran dificultades para viajar entre las distintas comunas, en particular entre La Serena y Coquimbo, y especialmente en las localidades de Guanaqueros y de Vicuña, porque, al no existir ciclovías ni vías alternativas, deben usar las autopistas para llegar a esos destinos, las que están vedadas para el tránsito de bicicletas, y si las utilizan, se exponen a sanciones.
Por lo tanto, solicito oficiar al ministro de Obras Públicas, con el objeto de que nos informe sobre las alternativas para el desarrollo de infraestructura que permita el uso de la bicicleta a muchas más personas para llegar a sus destinos.
He dicho.
El señor BURGOS ( Presidenta accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
REGULARIZACIÓN DEL CAMINO HORCÓN BAJO, DE LA COMUNA DE PAIHUANO. Oficio.
El señor DÍAZ.- Por otra parte, los vecinos de la localidad de Horcón me han planteado que el camino Horcón Bajo, que va a orillas del río, en la comuna de Paihuano, es una servidumbre de paso que aún no está regularizada, por lo que uno de los dueños del tramo decidió cerrar el terreno hace algún tiempo, lo que cortó esa vía de acceso.
Por lo tanto, solicito oficiar a la ministra de Bienes Nacionales, con el objeto de que nos informe sobre lo señalado.
He dicho.
El señor BURGOS ( Presidenta accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DE FACULTADES FISCALIZADORAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS RESPECTO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES. Oficio
El señor DÍAZ (Presidenta accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.- Señor Presidente , solicito oficiar, en mi nombre y en el de los diputados Matías Walker y Gabriel Ascencio , al señor superintendente de Valores y Seguros, para que informe a esta Corporación respecto de lo siguiente:
-Sobre la forma en que se ejecutan las facultades fiscalizadoras que la ley N° 20.019, sobre Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, le otorgan, en especial las preceptuadas en los artículos 6°, letra b); 10 y 37.
-Mecanismos de coordinación entre el ente fiscalizador que el señor superintendente conduce con las ligas profesionales y el Instituto Nacional de Deportes en materias propias de la ley N° 20.019.
-A juicio del superintendente, ¿son suficientes las atribuciones fiscalizadoras que la ley le otorga, en especial respecto de las sociedades anónimas deportivas que no transan en bolsa?
-Por último, si las sociedades anónimas deportivas Club de Deportes La Serena y Unión La Calera han dado cumplimiento a las disposiciones legales que la Superintendencia de Valores y Seguros debe cautelar; si existe a la fecha alguna acción fiscalizadora concreta sobre las sociedades anónimas deportivas nombradas, en consideración a las denuncias de carácter público que las afectan, en particular en aquella parte que da cuenta de un presunto incumplimiento del artículo 8°, letra a) de la citada ley, esto es estar al día en el pago de las
obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores.
He dicho.
El señor DÍAZ ( Presidenta accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de quien habla.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.38 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.168 de 1982, ley general de Telecomunicaciones. (boletín N° 7502-15)
“Honorable Cámara de Diputados:
I. ANTECEDENTES
El proyecto de ley que presento a vuestra consideración tiene por objeto, haciéndose eco de la preocupación manifestada por los Honorables Diputados firmantes del Proyecto de Acuerdo N° 170, de 01 de septiembre de 2010, -señores Víctor Torres Jeldes , Miodrag Marinovic Solo de Zaldívar, Gonzalo Arenas Hodar , Pablo Lorenzini Basso , Ricardo Rincón González , Manuel Monsalve Benavides , Alberto Robles Pantoja , Ramón Farías Ponce , Pedro Araya Guerrero , Marcela Sabat Fernández y María Antonieta Saa -, modificar el artículo 28°A del Título IV, “Del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones”, de la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones (en adelante, también la Ley), en el sentido de extender la vigencia de Fondo de Desarrollo de las Tele-comunicaciones, dándole un carácter indefinido en el tiempo.
El Título IV de la Ley General de Telecomunicaciones, sobre el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, fue introducido por la ley Nº 19.302, de 10 de marzo de 1994, en reemplazo del anterior Título IV de la Ley, denominado “De los Aportes de Financiamiento Reembolsables”. Su objetivo fue promover el desarrollo de proyectos específicos de expansión del servicio público telefónico en áreas rurales y urbanas de bajos ingresos con escasa densidad telefónica. Para ello, estableció un subsidio que compensara la falta de atractivo que tenía para los inversionistas aquellos segmentos menos rentables del mercado.
Dicho Fondo se estableció por un período de cuatro años a contar de la vigencia de la referida ley Nº 19.302, debiendo haber expirado durante el año 1998. No obstante, por medio de una glosa incorporada en la Ley de Presupuestos para el año 1999, se mantuvo subsistente el Fondo por el año en curso. Igual mecanismo se utilizó en la Ley de Presupuestos para el año 2000, hasta que finalmente la ley Nº 19.724 de 11 de mayo de 2001, incorporando los actuales artículos 28°A y 28°F de la Ley, extendió la vigencia del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones por diez años. Dicho período vence el próximo año 2011, de manera que, como se desarrollará en las siguientes líneas, persistiendo la necesidad que dio origen a su instauración, y sin perjuicio del propósito que tiene el Ejecutivo de revisar en profundidad el mecanismo y funcionamiento de este Programa, resulta por el momento perentorio extender su vigencia y darle un carácter más permanente en el tiempo, que permita proyectar a mayor plazo y de forma sistemática la acción del Estado de fomento de las telecomunicaciones en áreas rurales y urbanas de bajos ingresos y con escasa penetración de los servicios de comunicaciones.
El problema que da origen al Programa del FDT se relaciona con la imposibilidad de ciertos sectores de acceder a las redes y servicios de telecomunicaciones, por parte de la población que habita zonas rurales, extremas y urbanas de bajos ingresos, siendo sus habitantes definidos como la población objetivo del programa. Esta imposibilidad se debe a que no es rentable para empresas privadas proporcionar los correspondientes servicios de telecomunicaciones, debido al aislamiento por condiciones geográficas o tecnológicas, al alto costo de inversión y operación que significa disponer de tecnologías, en particular en lugares apartados, de tal manera que la demanda de esos sectores es insuficiente para financiarlos privadamente, aún en los casos en que son socialmente rentables.
Así, el propósito de este Programa es promover el acceso y uso equitativo a las tecnologías de información y comunicación, favoreciendo con ello una mayor igualdad de oportunidades, el desarrollo económico, social y cultural del país y el incremento en la calidad de vida de las chilenas y chilenos.
El programa ha estructurado su funcionamiento mediante la entrega de subsidios a la oferta de infraestructura de telecomunicaciones a concesionarios y permisionarios de servicios de telecomunicaciones, Universidades y empresas en general. Ha focalizado su esfuerzo en zonas rurales y extremas y ha desarrollado una mayor segmentación de la población al intentar atender a nivel de localidades. Por su parte, la Subsecretaría de Telecomunicaciones, como responsable de hacer operar el Fondo, ha constituido una División-Gerencia (GFDT) dedicada en términos exclusivos a administrar los concursos y programas del Fondo. En conjunto, este equipo levanta, prioriza, evalúa la factibilidad, propone y apoya la convocatoria a los concursos y la adjudicación de los mismos.
II. EL DESAFIO PRÓXIMO
El problema que da origen al Fondo y sus programas sigue existiendo. Aún hay importantes segmentos de la población que no tienen la posibilidad de acceder a todos los beneficios de la conectividad, internet y telefonía móvil, sea porque no disponen de la infraestructura o por falta de capital humano con formación suficiente, y por lo tanto no pueden hacer uso de la tecnología que está disponible y es conveniente. En esta línea, y dentro de sus funciones, la GFDT ya ha efectuado la identificación de un conjunto de localidades que aún no han sido beneficiadas por el Programa. Además, existe una parte no cuantificada pero sí significativa de la población que desconoce o conoce sólo parcialmente las formas de acceder a las tecnologías de información y los servicios de telecomunicaciones.
Al año 2009, el 48% de la población en el país tiene acceso a internet y los estudios señalan que la brecha digital se va repitiendo al ir focalizando las zonas de estudio. Asimismo, existe una brecha digital indudable entre zonas urbanas y rurales, lo que muestra que el atender a dichas zonas de la población continúa siendo una necesidad vigente.
En dicho contexto, el Ejecutivo comparte la inquietud manifestada por los H. Diputados en el Proyecto de Acuerdo citado en cuanto a la necesidad de ampliar la cobertura de los subsidios otorgados por el Fondo y, en este sentido, se encuentra estudiando una futura reforma de la institución de mayor calado que considere, entre otros, a los instrumentos de fomento a emplear, los servicios subvencionables, etc.
No obstante lo anterior, y conforme a lo expresado, resulta por el momento indudable la necesidad de dar continuidad al Programa más allá de su actual fecha de expiración prevista para mayo del año 2011. De allí que el objeto de la modificación legal propuesta, sea la ampliación de la cobertura del subsidio otorgado por el Fondo eliminando el estable-cimiento de un plazo fijo de vigencia del mismo, el que a la fecha y de acuerdo a los términos de la ley, solo puede ser utilizado hasta mayo del año próximo. Con ello, se pretende además dar un carácter más permanente al Fondo, sin sujetarlo a periódicas modificaciones legales con el único objeto de prorrogar su vigencia, de manera que la programación de la labor del Fondo puedan acometerse con una perspectiva temporal más de medio y largo plazo, con mayor estabilidad y estimulando con ello la inversión en el sector de telecomunicaciones.
“PROYECTO DE LEY:
“Articulo único.- Modifíquese el artículo 28° A del título IV de la Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en la siguiente forma:
Artículo 28° A.- Créase el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, dependiente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante “el Fondo”, con el objeto de promover el aumento de la cobertura de los servicios de telecomunicaciones en áreas rurales y urbanas de bajos ingresos.
El Fondo estará constituido por los aportes que se asignen anualmente en la ley de Presupuestos de la Nación, sin perjuicio que pueda recibir otros aportes”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN , Ministro de Hacienda ; PEDRO PABLO ERRÁZURIZ DOMÍNGUEZ , Ministro de Transportes y Telecomunicaciones .”
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que modifica la ley Nº 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo. (boletín N° 7503-19)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a su consideración un proyecto de ley que modifica la Ley Nº 20.241, que Establece un Incentivo Tributario a la Inversión Privada en Investigación y Desarrollo, perfeccionando ciertos aspectos de los incentivos tributarios establecidos para las inversiones en investigación y desarrollo que las empresas realicen a través de centros de investigación, otorgando nuevos beneficios tributarios a las inversiones de este tipo que hagan las empresas con sus capacidades internas.
I. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA.
1. Estado actual de la inversión en investigación y desarrollo en Chile.
Es un hecho que la innovación incrementa la productividad y acelera el crecimiento económico. Diversos estudios demuestran que la inversión en investigación y desarrollo genera una alta rentabilidad privada, la que se estima entre aproximadamente 17% y 34%; y social, la que se sitúa en niveles del 60%.
No obstante, en Chile el nivel de inversión que se realiza por concepto de investigación y desarrollo sólo alcanza un 0,4% del PIB, según la encuesta del año 2009 realizada por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y el Instituto Nacional de Estadísticas, recogida de datos del año 2008.
Las cifras señaladas sitúan al país bajo el promedio de inversión en investigación y desarrollo en relación al PIB de los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (“OCDE”), donde los gastos por este concepto representan el 2,26% del PIB, de acuerdo a los últimos datos oficiales disponibles (2006).
En cuanto a los niveles de participación de las empresas en actividades de investigación y desarrollo, en Chile este porcentaje también es bajo, financiando sólo un 43,7% del total del gasto en investigación y desarrollo. En tanto, el resto es financiado por el Estado, universidades, instituciones privadas sin fines de lucro e inversión extranjera.
2. Incentivos tributarios como instrumento efectivo para incrementar el gasto en investigación y desarrollo que realizan las empresas.
La existencia de ciertas fallas de mercado -asimetrías de información, baja apropiabilidad del conocimiento, intangibilidad de los activos, entre otras- requiere la regulación del Estado para reducir estas distorsiones y favorecer un nivel de inversión en investigación y desarrollo que sea socialmente óptimo. En este sentido, la experiencia internacional demuestra que los incentivos tributarios son un instrumento efectivo para expandir el gasto en investigación y desarrollo que hacen los privados.
El uso de beneficios tributarios como herramienta de incentivo a las inversiones en investigación y desarrollo es ampliamente aplicado por los países miembros de la OCDE, lo que se ha ido incrementando en el tiempo. En efecto, mientras que en el año 1996 solamente 12 de estos países tenían algún tipo de incentivo, en 2004 la cifra llegó a 21 países.
Siguiendo esta tendencia, en el año 2008 nuestro país dio un paso importante al promulgar la ley N° 20.241, que creó un incentivo tributario del tipo “extramuros” para aquellas empresas que celebraran contratos de investigación y desarrollo con centros de investigación registrados por la Corporación de Fomento de la Producción (“Corfo”). Este beneficio, actualmente en vigencia, consiste en que las empresas pueden utilizar como crédito tributario contra el impuesto de primera categoría, un monto equivalente al 35% del gasto realizado en virtud de los contratos señalados, pudiendo rebajarse a título de gasto necesario para producir la renta, el 65% restante.
El incentivo se estableció de forma acotada en el tiempo, fijándose su duración hasta el 31 de diciembre de 2017, debiendo ser evaluada la eficacia de estas medidas en cuanto incentivo para potenciar el vínculo entre los centros de investigación y el sector privado, durante el primer semestre de 2015.
El beneficio tributario establecido en la ley N° 20.241 vino además a complementar una prerrogativa ya existente en materia de gastos por concepto de investigación científica y tecnológica, contenida en el N° 11 del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
En definitiva, lo que se pretende mediante ésta y otras iniciativas es incentivar decididamente el gasto en investigación y desarrollo de manera de elevar sus niveles actuales como porcentaje del producto.
3. Propuesta del presente Proyecto de Ley como incentivo a la inversión en investigación y desarrollo que las empresas realizan con sus capacidades internas.
De lo señalado anteriormente surge la necesidad de que la inversión en investigación y desarrollo que las empresas realizan con sus capacidades internas -llamada “intramuros”-, también pueda ser objeto de un beneficio tributario. Ello, en atención a que en la actualidad existe un gran número de empresas que cuentan con las capacidades internas para realizar este tipo de investigaciones pero no tienen la posibilidad de realizarlo pues la ley sólo permite la modalidad “extramuros”.
A partir de la experiencia internacional comparada y de los esquemas aplicados en países miembros de la OCDE, este proyecto de ley propone la creación de un incentivo tributario a los proyectos de investigación y desarrollo realizados al interior de las empresas. A su vez, perfecciona aquellos incentivos contemplados en la Ley N° 20.241.
En efecto, estos beneficios consisten en otorgar a las empresas que realicen proyectos de investigación y desarrollo con sus propias capacidades o de terceros, en la medida que tales proyectos sean previamente certificados por Corfo, la posibilidad de utilizar como un crédito tributario contra el impuesto de primera categoría un monto equivalente al 30% de los pagos por concepto de gastos en el marco de un proyecto de investigación y desarrollo, según se define en la ley. Respecto del 70% restante de los desembolsos que no dan derecho a crédito, puede ser deducido de la renta líquida de la empresa como gasto necesario, aun cuando éstos no sean necesarios para producir la renta del ejercicio.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO.
1. Perfeccionamiento y adecuación de ciertos aspectos generales de la ley y de los beneficios tributarios para las inversiones en investigación y desarrollo que hagan las empresas con un centro de investigación registrado (investigación y desarrollo “extramuros”).
Junto con introducir ciertos perfeccionamientos formales y también sustantivos a la ley N° 20.241, entre los que se cuentan, por ejemplo, el suprimir la prohibición consistente en la relación entre un contribuyente y un centro de investigación registrado, y con el objeto de dar certeza a los contribuyentes y fomentar de manera significativa las inversiones en investigación y desarrollo del tipo “extramuros”, el proyecto contempla además modificaciones a la mecánica de los beneficios tributarios a que pueden optar los contribuyentes que hagan inversiones extramuros.
En este aspecto, se modifica el artículo 5° de la ley y se fija el crédito contra el impuesto de primera categoría en una suma equivalente al 30% del total de los pagos en dinero efectuados conforme a los contratos de investigación y desarrollo, con el objeto de igualar este beneficio con el que se otorga a los contribuyentes que hagan inversiones en investigación del tipo intramuros.
Asimismo, se aumenta de 5.000 a 15.000 unidades tributarias mensuales el monto máximo del crédito a que tienen derecho los contribuyentes, independientemente de sus ingresos brutos en el ejercicio. Consistentemente con el actual artículo 5° de la ley N° 20.241, se mantiene el beneficio tributario que permite a los contribuyentes la deducción como gasto de los desembolsos incurridos con ocasión de la celebración de los respectivos contratos, que no dan derecho a crédito, aun cuando las actividades de investigación y desarrollo realizadas en virtud de los mismos no sean necesarias para producir la renta del ejercicio, pudiendo deducirse estos gastos hasta en diez ejercicios comerciales consecutivos.
También se establece que los desembolsos cuya deducción como gasto no está permitida por la ley, como es el caso de la parte que puede utilizarse como crédito, no se afecten con la tributación del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Finalmente, se deja en claro que toda vez que un contribuyente esté haciendo uso de los beneficios contemplados en la ley N° 20.241, respecto de un determinado contrato de investigación y desarrollo debidamente certificado por Corfo, no podrá ampararse además en la prerrogativa establecida en el N° 11 del artículo 31 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta, mecanismo que se deja subsistente para aquellos contribuyentes que quieran hacer inversiones en investigación y desarrollo sin ampararse en la ley N° 20.241.
2. Inversiones en investigación y desarrollo que las empresas realicen utilizando sus capacidades internas (investigación y desarrollo “intramuros”).
Además de sistematizar el articulado y contenido de la ley N° 20.241, la presente iniciativa introduce un nuevo título tercero a esta norma, denominado “De los Proyectos de Investigación y Desarrollo”, que contiene la reglamentación de los proyectos de investigación y desarrollo que realicen las empresas con sus propias capacidades o las de terceros, y los beneficios tributarios a que éstas pueden optar.
2.1. Proyectos de investigación y desarrollo.
Se permite a las empresas llevar a cabo inversiones en investigación y desarrollo utilizando sus propias capacidades o las de terceros, siempre que los proyectos sean debidamente certificados por Corfo y cumplan con ciertos requisitos, dentro de los cuales se cuenta el ser llevados a cabo principalmente dentro del territorio nacional.
2.2. Certificación y fiscalización de los proyectos de investigación y desarrollo.
Una condición esencial para hacer uso de los beneficios tributarios de la ley, consiste en que los proyectos deben ser previamente certificados por Corfo, organismo que también estará a cargo de la fiscalización de la correcta ejecución y cumplimiento de los proyectos ya certificados.
La certificación del proyecto permitirá a los contribuyentes hacer uso de los beneficios tributarios que contempla el proyecto de ley.
En caso que se incumplan los términos y condiciones de un proyecto ya certificado, Corfo está facultada para revocar la certificación, perdiendo el contribuyente los derechos consagrados en el proyecto a partir del primero de enero del año calendario en que se produjeron las causales que motivaron la revocación.
2.3. Beneficios tributarios que pueden utilizar las empresas que tengan un proyecto de investigación y desarrollo certificado.
Replicando el caso de las inversiones en investigación y desarrollo del tipo “extramuros” contempladas en la ley N° 20.241, se otorga a los contribuyentes del impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que declaren su renta efectiva determinada según contabilidad completa, y que inviertan en proyectos de investigación y desarrollo utilizando sus propias capacidades o de terceros, la posibilidad de utilizar un crédito contra dicho impuesto equivalente a un 30% del total de los pagos en dinero por gastos en proyectos de investigación y desarrollo, según éstos se definen en la ley, con un tope de 15.000 unidades tributarias mensuales. Asimismo, se permite que la parte de estos desembolsos que no dé derecho a ser utilizada como crédito, pueda ser rebajada de la renta líquida de la empresa a título de gasto, sin que se aplique sobre estas cantidades la tributación contemplada en el artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
En relación a los gastos corrientes, y al igual que en el caso de las inversiones del tipo extramuros, el proyecto permite su deducción como gasto aun cuando las actividades de investigación o desarrollo que se lleven a cabo en el marco de los proyectos certificados, no sean necesarias para producir la renta de del ejercicio, pudiendo deducirse estos gastos hasta en diez ejercicios comerciales consecutivos desde su generación.
En caso de haberse hecho uso de los beneficios establecidos en la ley N° 20.241, respecto de proyectos de investigación y desarrollo debidamente certificados, el contribuyente no podrá hacer uso, además, de la prerrogativa del artículo 31 N° 11 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta, esto es, la deducción de la renta líquida de gastos de investigación científica y tecnológica.
2.4. Situación de los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigencia del presente proyecto de ley, estén haciendo uso de los beneficios de la ley N° 20.241.
Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigencia del presente proyecto de ley, estuvieren haciendo uso de los beneficios de la ley N° 20.241 -esto es, tengan en vigencia un contrato de investigación y desarrollo debidamente certificado- seguirán haciendo uso de los beneficios tributarios que dicha ley consagra, en los mismos términos, hasta el término del ejercicio en el cual entren en vigencia las modificaciones a la ley N° 20.241 que el presente proyecto de ley introduce. A partir del ejercicio siguiente, estos contribuyentes podrán optar, por una vez, por continuar acogidos al régimen de beneficios anterior a la modificación de la ley N° 20.241, o bien por acogerse a las modificaciones introducidas a dicha norma por el presente proyecto de ley. En el primer caso, se les continuarán aplicando las disposiciones originales de la ley N° 20.241 hasta el término de los respectivos contratos. Esta decisión deberá ser comunicada al Servicio de Impuestos Internos en la forma y plazo que éste determine.
Con lo anterior, se busca evitar las dificultades prácticas que la utilización de dos créditos tributarios de distinta cuantía en un mismo ejercicio traería a los contribuyentes, al tiempo que se les da la posibilidad de continuar con el régimen de beneficios bajo el cual solicitaron la certificación de sus contratos a Corfo.
2.5. Extensión del plazo de vigencia de la ley N° 20.241.
Finalmente, el proyecto extiende la vigencia de la ley N° 20.241 hasta el 31 de diciembre de 2025, en el sentido de que los proyectos certificados cuyas solicitudes de certificación se hayan presentado hasta dicha fecha, darán a sus titulares el derecho a utilizar los beneficios que consagra esta iniciativa legal, aunque los mismos beneficios se hagan efectivos con posterioridad a la señalada fecha.
En consecuencia, tengo el honor de someter a su consideración, el siguiente
“PROYECTO DE LEY.
Artículo único: Modifícase la ley Nº 20.241, que Establece un Incentivo Tributario a la Inversión Privada en Investigación y Desarrollo, de la siguiente forma:
1) Sustitúyese el título de la Ley N° 20.241, por el siguiente: “Establece un Incentivo Tributario a la Inversión en Investigación y Desarrollo.”.
2) Incorpórase, antes del artículo 1º, la siguiente frase: “TÍTULO PRIMERO: Definiciones”.
3) Modifícase el artículo 1º, del siguiente modo:
i) Sustitúyese el texto de los literales a) y b) como sigue:
a) Investigación: la búsqueda metódica que tenga por objeto generar nuevos conocimientos en el ámbito científico o tecnológico, la que podrá ser básica o aplicada. Se entiende por Investigación Básica aquella que consiste en trabajos experimentales o teóricos que se emprenden principalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de los fenómenos y hechos observables, con prescindencia de si tienen una aplicación o utilización determinada. La Investigación Aplicada consiste también en trabajos originales realizados para adquirir nuevos conocimientos; sin embargo, está dirigida fundamentalmente hacia un objetivo práctico específico. Para efectos de esta Ley la expresión “Investigación” se entenderá referida tanto a la investigación básica como a la investigación aplicada.
b) Desarrollo Experimental: En adelante indistintamente “Desarrollo”, consiste en trabajos sistemáticos que aprovechan los conocimientos existentes obtenidos de la investigación y/o la experiencia, y está dirigido a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos; a la puesta en marcha de nuevos procesos, sistemas y servicios, o a la mejora sustancial de los ya existentes, siempre que el resultado buscado envuelva algún grado de novedad y permitan o faciliten la resolución de alguna incertidumbre científica o tecnológica. Asimismo, se comprende el desarrollo de programas informáticos, siempre que dicho desarrollo dé lugar a mayor conocimiento con el objetivo de resolver en forma sistemática una incertidumbre científica o tecnológica o permita generar un mejoramiento sustancial e innovador en algún proceso, producto y/o servicio.
ii) En el literal c), se introducen las siguientes modificaciones: (a)Reemplázase la expresión “cuya actividad principal consista en la realización de”, por la expresión “que realicen”; b)Sustitúyesela expresión “o” por la expresión “y”, entre las palabras “investigación” y “desarrollo”,todas las veces que aparece; y c) Reemplázase, a continuación del punto seguido, la frase que comienza con “El Reglamento”, por la siguiente: “El Reglamento del Registro de Centros para la Realización de Actividades de Investigación y Desarrollo que se dictará al efecto, establecerá los criterios o parámetros objetivos para determinar cuándo las actividades desarrolladas por tales Centros constituyen labores de investigación y desarrollo.”
iii) En el literal d) reemplázase la expresión “un contribuyente”, por la frase “uno o más contribuyentes”; y sustitúyese la expresión “o” por la expresión “y”, entre las palabras “investigación” y “desarrollo”.
iv) Agrégase un nuevo literal f) del siguiente tenor:
“f) Proyecto de Investigación y Desarrollo: Es el conjunto de actividades realizadas por los contribuyentes utilizando sus propias capacidades o de terceros, que tenga por objeto la realización o ejecución de actividades de investigación, desarrollo, o ambas, conforme ellas se definen en el presente artículo, siempre que se lleven a cabo principalmente dentro del territorio nacional, según lo establezca el señalado en el artículo 16. Una vez certificado un proyecto de investigación y desarrollo de conformidad a lo establecido en el Título III, los gastos en que incurran los contribuyentes para la realización de dicho proyecto, cumpliéndose los demás requisitos de esta ley, darán derecho a los beneficios tributarios establecidos en dicho Título.”.
v) Reemplázase, en el inciso segundo, la frase “Para los efectos de esta ley, no”, por la palabra “No”;y sustitúyese la expresión “o” por la expresión “y”, entre las palabras “investigación” y “desarrollo”; en el punto vi) del mismo inciso, reemplázase la frase “se incluya en” por la palabra “consista”; sustitúyese la expresión “o” por la expresión “y”, entre las palabras “investigación” y “desarrollo”, y reemplázase el punto vii) por el siguiente: “vii) La realización o contratación de estudios de mercado y de comercialización.”.
vi) Incorpóranse los siguientes incisos antepenúltimo, penúltimo y último, nuevos, del siguiente tenor:
“Tratándose de actividades asociadas a la constitución de derechos de propiedad industrial, consistentes en patentes de invención, modelos de utilidad, y diseños y dibujos industriales, todo ello al amparo de la ley N° 19.039, de Propiedad Industrial; de derechos de autor sobre programas computacionales, al amparo de la ley N° 17.336, de Propiedad Intelectual; y de derechos de protección sobre nuevas variedades vegetales, al amparo de la ley N° 19.342, que Regula Derechos de Obtentores de Nuevas Variedades Vegetales , las actividades necesarias para la constitución de los derechos respectivos, incluyendo los servicios profesionales involucrados en el proceso de obtención de los derechos y registros, informes periciales, defensas ante eventuales oposiciones y costos de publicaciones asociadas, podrán ser objeto del beneficio tributario establecido en esta ley, en la medida que éstas se deriven de los resultados obtenidos de proyectos y contratos de Investigación y Desarrollo debidamente certificados por la “Corfo”, al amparo de la presente ley.
Las actividades descritas en el inciso precedente podrán ser incorporadas ya sea en la solicitud original de certificación del correspondiente contrato o proyecto, o bien con posterioridad, rigiéndose en este último caso por el mismo procedimiento para la certificación de contratos y proyectos de investigación y desarrollo, en cuanto sea aplicable.
Para los efectos de la presente ley, se entenderá que la expresión “investigación y desarrollo” comprende a las actividades de investigación, desarrollo o ambas.”.
4) Introdúcese, a continuación del artículo 1º, la siguiente frase: “TÍTULO SEGUNDO: De los Centros de Investigación y de la Certificación de los Contratos”.
5) Modifícase el artículo 2° del siguiente modo:
i) Reemplázase, en el inciso segundo, la palabra “sexto” por la expresión “octavo”.
ii) Reemplázase los puntos ii) y iii) del inciso tercero por los siguientes:
“ii) Haberse encontrado en funcionamiento, ejerciendo actividades de investigación y desarrollo, durante al menos los seis meses anteriores a la solicitud de inscripción en el Registro.
iii) Contar con mecanismos que reflejen fiel y claramente la cuenta de aquellos gastos que serán realizados en el marco del proyecto.”.
iii) Reemplázase, en el inciso cuarto, la palabra “Reconstrucción” por la palabra “Turismo”.
6) Modifícase el artículo 3º del siguiente modo:
i) En el inciso primero, agrégase la siguiente frase final, a continuación del punto a parte, que pasa a ser punto seguido:
“Tratándose de contratos de investigación y desarrollo celebrados entre un centro de investigación y más de un contribuyente simultáneamente, cada contribuyente deberá comprometerse a pagar a lo menos 100 unidades tributarias mensuales, señalándose en el contrato la parte del precio a pagar por cada uno de ellos.
ii) En el inciso segundo, se introducen las siguientes modificaciones: a)Reemplázase la expresión “evaluación técnica” por “revisión”, las dos veces que aparece; b) Sustitúyese la expresión “o” por la expresión “y”, entre las palabras “investigación” y “desarrollo”, las dos veces que aparece; c) Sustitúyese en su literal ii), la frase “y que dicho precio corresponda a valores de mercado”, por la frase “y que el precio se ajuste a las condiciones observadas en el mercado”;y d) Elimínase su literal (iii) que se extiende hasta el primer punto seguido.
iii) Reemplázase el inciso tercero por el siguiente: “Para los fines previstos en el inciso anterior, Corfo podrá solicitar una declaración jurada, otorgada por el Representante, en la que éste deberá declarar que desde la fecha de la resolución que ordenó la inscripción del Centro de Investigación en el Registro o desde la última vez que informó a Corfo de las modificaciones ocurridas, según corresponda, el Centro de Investigación no ha experimentado modificaciones de aquellas a que se refiere el artículo 2°. De existir tales modificaciones, el Representante deberá informarlas a Corfo en forma previa a la certificación del contrato de investigación y desarrollo respectivo, de acuerdo al procedimiento previsto en el inciso séptimo del artículo 2°, debiendo indicar, asimismo, en la declaración jurada que debe acompañar, que no existen otras modificaciones distintas de las informadas.”.
iv) En el inciso final, sustitúyese la palabra “evaluación” por “revisión”, las dos veces que aparece; y sustitúyese la expresión “o” por la expresión “y”, entre las palabras “investigación” y “desarrollo”.
7) Derógase el artículo 4º
8) Modifícase el artículo 5º de la siguiente forma:
i) Reemplázase el inciso primero por el siguiente:
“Los contribuyentes del impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que declaren su renta efectiva determinada según contabilidad completa, tendrán derecho a un crédito contra el impuesto de primera categoría del ejercicio, equivalente al 30% del total de los pagos en dinero efectuados conforme a los contratos de investigación y desarrollo debidamente certificados, celebrados con centros de investigación y desarrollo registrados. El monto del crédito a que tendrá derecho el contribuyente en cada ejercicio, bajo las normas de este título, no podrá exceder el equivalente a quince mil unidades tributarias mensuales, de acuerdo al valor de dicha unidad al término del ejercicio respectivo.”.
ii) Reemplázase el inciso cuarto por el siguiente:
“El contribuyente tendrá derecho, además, a rebajar como gasto necesario para producir la renta, el monto de los pagos efectuados conforme a los contratos de investigación y desarrollo debidamente certificados, en aquella parte que no constituya crédito, aún cuando los gastos por las actividades realizadas en virtud de dichos contratos no sean necesarios para producir la renta del ejercicio, pudiendo ser deducidos hasta en diez ejercicios comerciales consecutivos contados a partir del mismo ejercicio en que se haya otorgado la certificación correspondiente, reajustados conforme a lo dispuesto en el número 7, del artículo 41, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.”.
iii) Intercálase a continuación del inciso cuarto los siguientes incisos quinto, sexto y séptimo nuevos:
“Los desembolsos, ya sea en la parte que den derecho a crédito como en la parte que puedan ser descontados como gastos, en ningún caso serán gravados conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta.
Una vez certificado el respectivo contrato, el contribuyente tendrá derecho a hacer uso de los beneficios tributarios de la presente ley, por los pagos efectuados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
Los contribuyentes no podrán hacer uso de las franquicias establecidas en el artículo 31 N° 11 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta, respecto de los pagos incurridos en virtud de contratos de investigación y desarrollo certificados que den derecho a los beneficios tributarios establecidos en la presente ley.”.
iv) En el numeral (v) del nuevo inciso octavo, elimínase después de la palabra “desarrollo” la frase que empieza con “así como las personas relacionadas con tales contribuyentes” hasta el punto final.
9) Incorpóranse las siguientes modificaciones al artículo sexto:
i) Reemplázase en el inciso segundo, desde la oración “La resolución antes referida” hasta la oración que termina con la expresión “Corfo”, por las siguientes: “La resolución antes referida deberá señalar la fecha del incumplimiento de los términos y condiciones del contrato de investigación y desarrollo respectivo y deberá ser notificada al Representante y a las demás partes contratantes. Contra dicha resolución procederán los recursos establecidos en la ley Nº 19.880. El contribuyente afectado por la referida resolución deberá rectificar sus declaraciones desde la fecha del incumplimiento señalada en la misma resolución, por los períodos en que reconoció el crédito y el gasto derivado del contrato de investigación y desarrollo.”.
ii) Agrégase el siguiente inciso tercero, nuevo:
“Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, el contribuyente afectado por la referida resolución tendrá derecho a repetir en contra del centro de investigación que es parte del contrato de investigación y desarrollo, de acuerdo a las condiciones que hubieren estipulado contractualmente y a las normas legales de aplicación general, en su caso.”.
10) Se modifica el Artículo 7° de la siguiente forma:
(i) En el inciso segundo se agrega, entre “Representante” y “y respecto”, la frase “al contribuyente”.
11) Agrégase, a continuación del artículo 8°, un nuevo Título Tercero, del siguiente tenor:
“TÍTULO TERCERO: De los Proyectos de Investigación y Desarrollo
Artículo 9º.- La solicitud de certificación de un proyecto de investigación y desarrollo deberá ser presentada por el o los contribuyentes a Corfo. Esta solicitud podrá ser acogida o rechazada por esta última, mediante resolución fundada, la que será notificada al o los contribuyentes y contra la cual procederán los recursos establecidos en la ley Nº 19.880.
Artículo 10.- Para los efectos de lo dispuesto en la presente ley, Corfo será la institución encargada de certificar los proyectos de investigación y desarrollo que los contribuyentes realicen con sus capacidades internas o de terceros, pudiendo asociarse los primeros para la presentación de tales proyectos.
Una vez obtenida esta certificación, los contribuyentes podrán hacer uso de los beneficios tributarios que contempla la presente ley.
Artículo 11.- El procedimiento de certificación se iniciará mediante la solicitud que el o los contribuyentes presentarán a Corfo, quien deberá verificar que los contribuyentes den cumplimiento a los siguientes requisitos:
a) Presentar un proyecto de investigación y desarrollo, según éste se define en el artículo 1°, con un costo superior a las 100 unidades tributarias mensuales al momento de su presentación. Tratándose de proyectos asociativos, esto es, aquellos presentados por dos o más contribuyentes, el costo del Proyecto para cada uno de los contribuyentes individualmente considerados, deberá ser superior a las 100 unidades tributarias mensuales al momento de la presentación.
b) Encontrarse en condiciones de disponer con las capacidades materiales y de personal, suficientes para llevar a cabo adecuadamente el proyecto de investigación y desarrollo.
c) Contar con mecanismos que reflejen fiel y claramente la cuenta de aquellos gastos que serán realizados en el marco del proyecto.
d) Presentar a Corfo una declaración jurada en la que se declare que los antecedentes que se entregan, para los efectos de optar a los beneficios de esta ley, son auténticos, fidedignos y veraces.
Tratándose de proyectos asociativos, cada uno de los contribuyentes deberá cumplir con los requisitos establecidos en los numerales anteriores, respecto de aquellas actividades a realizar.
Artículo 12.- Una vez entregados a Corfo los antecedentes señalados en el artículo anterior, ésta verificará:
a) Que los proyectos de investigación y desarrollo presentados por el contribuyente tienen efectivamente por objeto la realización o ejecución de labores de investigación y desarrollo, tal y como las mismas se definen en esta ley, sin consideración a la pertinencia, oportunidad o relevancia de la iniciativa, y
b) Que los desembolsos que se originen con motivo de dichos proyectos, reflejen adecuadamente los costos en que se incurra o incurrirá para realizar las actividades de investigación y desarrollo a que ellos se refieren y que tales costos se ajusten a condiciones observadas en el mercado.
Verificándose lo anterior, Corfo emitirá una resolución certificando el proyecto de investigación y desarrollo.
Una vez certificado el proyecto, el contribuyente tendrá derecho a hacer uso de los beneficios tributarios de la presente ley, a partir de la fecha de la respectiva solicitud de certificación.
Artículo 13.- La resolución que certifique un proyecto de investigación y desarrollo deberá contener, a lo menos, las siguientes menciones:
a) Nombre o razón social del contribuyente;
b) Rol Único Tributario del contribuyente;
c) Nombre del proyecto de investigación y desarrollo que se certifica;
d) Objetivo general del proyecto;
e) Costo total del proyecto sobre cuyos gastos se tendrá derecho al crédito tributario. Con todo, y según lo determine el reglamento, el contribuyente podrá, con antecedentes fundados, solicitar a Corfo su autorización para modificar este ítem, debiendo dictarse al efecto una nueva resolución. Mientras no se autorice un nuevo monto de costos y gastos, el contribuyente deberá utilizar los beneficios tributarios de esta ley con el monto autorizado por Corfo, y
f) Tratándose de proyectos asociativos, el costo total en que cada uno de los contribuyentes incurrirá.
En caso que se trate de un proyecto asociativo, la resolución de Corfo deberá contener las menciones señaladas en las letras a) y b) para cada uno de los contribuyentes respecto de los cuales se acredita el Proyecto.
Artículo 14.- Para los efectos de lo dispuesto en los artículos anteriores, Corfo deberá organizar e implementar un proceso de revisión de los proyectos de investigación y desarrollo, pudiendo utilizar al efecto capacidades internas o valerse de la asesoría de expertos nacionales o internacionales, según lo demande la naturaleza de las actividades de investigación y desarrollo a que se refieren los proyectos que sean objeto de su revisión.
Artículo 15.- Corfo, así como el personal que actúe bajo su dependencia, y aquellos asesores o expertos que participen en la revisión técnica de proyectos de investigación y desarrollo, deberán guardar confidencialidad acerca del contenido de los mismos y de los antecedentes que reciban de parte de los contribuyentes.
Artículo 16.- Un reglamento que deberá llevar las firmas de los Ministros de Economía, Fomento y Turismo, y de Hacienda, fijará los procedimientos para la presentación, revisión, certificación y revocación de los proyectos de investigación y desarrollo,así como el mecanismo de reajustabilidad, forma de pago y demás aspectos del arancel establecido en el artículo 25.
En el mismo reglamento se establecerá también el procedimiento mediante el cual los contribuyentes podrán requerir a Corfo para los efectos del inciso final del artículo siguiente.
Artículo 17.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del presente artículo, los siguientes tipos de desembolsos podrán ser considerados por Corfo como parte de un proyecto de investigación y desarrollo, siempre que se relacionen directamente con éste:
1. Gastos Corrientes de Investigación y Desarrollo
a) Remuneraciones y honorarios por servicios personales prestados por personas naturales, ambos valorizados según el porcentaje de dedicación al proyecto, correspondientes al personal técnico y profesional directamente vinculado a las actividades del mismo. Al menos el 50% de estos gastos deberán corresponder a actividades que se lleven a cabo dentro del territorio nacional.
b) Gastos directos en las actividades de ejecución del proyecto, tales como materiales e insumos, reactivos, servicios informáticos, análisis de laboratorio, material bibliográfico y otros componentes necesarios para llevar a cabo el proyecto.
c) Contratos con personas jurídicas para la prestación de servicios relacionados directamente con las actividades del proyecto. Al menos el 50% de estos gastos deberán corresponder a actividades que se lleven a cabo dentro del territorio nacional.
d) El arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquiera otra forma remunerada de cesión del uso o goce temporal de bienes muebles o inmuebles, siempre que sean necesarios para desarrollar el objeto del proyecto.
e) Gastos incurridos en la constitución de derechos de propiedad industrial, intelectual o de registro de nuevas variedades vegetales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de esta ley.
f) Gastos de servicios básicos asociados al proyecto, tales como agua, luz, teléfono e internet, entre otros. Estos desembolsos no podrán constituir más del 5% de los gastos corrientes del proyecto, sin perjuicio de la deducción como gasto de aquellos que no formen parte del mismo. No obstante lo anterior, mediante resolución fundada Corfo podrá autorizar un porcentaje superior al indicado en esta letra cuando los gastos de esta naturaleza sean un componente relevante del costo total, dadas las características del proyecto.
2. Gastos en Bienes Físicos del Activo Inmovilizado para la Investigación y Desarrollo.
Gastos en Bienes Físicos del Activo Inmovilizado para la Investigación y Desarrollo, entro de los cuales se cuentan aquellos incurridos en la adquisición o fabricación de equipos e instrumental requerido para la ejecución del proyecto. Estos desembolsos podrán incluir gastos de seguros, traslado e internación, y todos los accesorios necesarios para el funcionamiento y puesta en marcha de los activos señalados.
Asimismo, se considerarán las inversiones en edificación e infraestructura, y aquellas inversiones para la adquisición o compra de inmuebles, requeridos para la ejecución del proyecto.
Dentro del marco del presente artículo, Corfo establecerá, mediante resolución, la especificación y detalle de los gastos que podrán ser considerados como parte de un proyecto de investigación y desarrollo. Asimismo, corresponderá a dicho organismo determinar, de oficio o a solicitud de los contribuyentes, si un determinado desembolso no expresamente mencionado en este artículo ni en la resolución respectiva, puede ser tenido como parte de un proyecto.
Artículo 18.- Los contribuyentes del impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que declaren su renta efectiva determinada según contabilidad completa, tendrán derecho a un crédito contra el impuesto de primera categoría, que se calculará de la forma indicada en el inciso siguiente, siempre que los respectivos proyectos sean debidamente certificados por Corfo.
El crédito por cada ejercicio será equivalente al 30% de una base conformada por el total de los pagos por concepto de gastos corrientes y la cuota anual de depreciación de los bienes físicos del activo inmovilizado a que se refiere el artículo 17, siempre que estos bienes físicos sean adquiridos en el marco de un proyecto de investigación y desarrollo. Esta cuota anual de depreciación se determinará conforme a lo dispuesto por el artículo 31, número 5, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
El monto del crédito a que tendrá derecho el contribuyente en cada ejercicio, no podrá exceder del equivalente a quince mil unidades tributarias mensuales, de acuerdo al valor de dicha unidad al término del ejercicio respectivo.
El crédito establecido en este artículo se imputará contra el impuesto de primera categoría que grava las rentas del ejercicio en que se produjeron los desembolsos efectivos de los gastos señalados en el artículo anterior, o se dedujo la cuota anual de depreciación, en su caso, según corresponda. En caso de producirse un remanente de crédito, éste no dará derecho a devolución, pero podrá imputarse contra el impuesto de primera categoría que corresponda pagar en los ejercicios posteriores, debidamente reajustado en la forma que establece el artículo 95 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
El crédito a que se refiere este artículo se calculará considerando el monto de los desembolsos efectuados en el ejercicio por concepto de proyectos de investigación y desarrollo, así como la cuota de depreciación que corresponda, actualizados conforme al porcentaje de variación del índice de precios al consumidor en el período comprendido entre el último día del mes anterior al del pago efectivo y el último día del mes anterior al del cierre del ejercicio, según sea aplicable.
Cuando los pagos o la adquisición de los bienes físicos vinculados al proyecto hayan tenido lugar entre las fechas de presentación de la solicitud de certificación y de la resolución que certifica el proyecto, pero en un ejercicio distinto a aquel en que se dicta la referida resolución, deberán ser considerados para la determinación de los beneficios que establece esta ley en el ejercicio en que dicha resolución sea dictada.
Artículo 19.- Sin perjuicio del crédito señalado en el artículo anterior, el contribuyente tendrá derecho a rebajar como gasto necesario para producir la renta, en aquella parte que no sea crédito, los desembolsos y la cuota anual de depreciación a que se refiere el artículo 17, siempre que los respectivos proyectos de investigación y desarrollo estén debidamente certificados, y aun cuando los desembolsos incurridos con ocasión de las actividades de investigación y desarrollo realizadas en virtud de los mismos proyectos no sean necesarias para producir la renta del ejercicio, pudiendo ser deducidos hasta en diez ejercicios comerciales consecutivos contados desde que se generaron dichos gastos. Cuando se deduzcan en ejercicios posteriores, se reajustarán conforme a lo dispuesto por el número 7, del artículo 41, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Los desembolsos efectuados, ya sea en la parte que den derecho a crédito como en la parte que puedan ser descontados como gastos, en ningún caso serán gravados conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta.
Los contribuyentes no podrán hacer uso de las franquicias establecidas en el artículo 31, número 11, de la Ley sobre el Impuesto a la Renta, respecto de los pagos incurridos en virtud de proyectos de investigación y desarrollo certificados que den derecho a los beneficios tributarios establecidos en la presente ley.
Igualmente, tratándose de gastos en bienes físicos del activo inmovilizado respecto de las adquisiciones efectuadas en virtud de proyectos de investigación y desarrollo que estén certificados para los efectos de esta ley, los contribuyentes no podrán hacer uso, además, del crédito establecido en el artículo 33 bis de la Ley sobre el Impuesto a la Renta.
Artículo 20.- Al menos una vez al año, el contribuyente deberá presentar al Servicio de Impuestos Internos y a la Corfo, en la forma y plazo que dichas entidades determinen, una declaración jurada informando:
a) Los proyectos de investigación y desarrollo certificados por Corfo y que se hayan ejecutado, o se encuentren en etapa de ejecución, durante el ejercicio respectivo;
b) La individualización de las personas a quienes se han efectuado pagos en virtud de la ejecución de dichos proyectos, y el monto de dichos pagos, y
c) El costo total de cada proyecto certificado por Corfo.
Artículo 21.- Cuando parte de un proyecto de investigación y desarrollo sea financiada con recursos públicos, el beneficio establecido en esta ley será aplicable solamente respecto de aquella parte de los desembolsos que no haya recibido dicho financiamiento. Para estos efectos, el contribuyente deberá presentar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y dentro del plazo que éste señale, una declaración jurada en la que indique qué parte de los desembolsos incurridos en el respectivo año no fue financiada con recursos públicos.
Artículo 22.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13, corresponderá exclusivamente a Corfo fiscalizar la correcta ejecución y cumplimiento de los proyectos de investigación y desarrollo ya certificados a que se refiere esta ley, para lo cual podrá solicitar, incluso de los contribuyentes, en forma periódica, la información que estime necesaria para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en esta ley y en el proyecto de investigación y desarrollo respectivo.
Corfo podrá declarar, mediante resolución fundada, el incumplimiento de los términos y condiciones del proyecto de investigación y desarrollo correspondiente, si la información o antecedentes requeridos de conformidad con lo dispuesto en el inciso anterior y, especialmente, en el artículo 20, no fueren presentados a su satisfacción en los plazos y forma establecidos en la respectiva solicitud o en la ley. Asimismo, dicha resolución deberá señalar la fecha del incumplimiento de los términos y condiciones del proyecto de investigación y desarrollo respectivo.
También procederá esta declaración en el evento que el proyecto de investigación y desarrollo no estuviese ejecutándose adecuadamente de acuerdo a los antecedentes presentados a Corfo para efectos de su certificación.
No obstante lo anterior, cuando el contribuyente hubiese invocado los beneficios de esta ley en virtud de pagos o bienes que no correspondan total o parcialmente a los proyectos certificados por Corfo, el Servicio de Impuestos Internos podrá, previo pronunciamiento de Corfo mediante resolución fundada que determine que dichos gastos no corresponden total o parcialmente a los proyectos certificados por dicha Corporación, impugnar el crédito o la deducción de los gastos de que se trate, conforme a sus facultades de fiscalización, determinando los impuestos, intereses y multas que correspondan. En estos casos, Corfo podrá revocar la certificación correspondiente, siempre y cuando los gastos impugnados sean iguales o superiores al 20% del monto total del proyecto certificado.
Artículo 23.- La resolución que revoque la certificación del proyecto de investigación y desarrollo respectivo, impedirá al contribuyente acogerse a los beneficios tributarios establecidos en la presente ley respecto de dicho proyecto de investigación y desarrollo, por lo que el contribuyente deberá rectificar sus declaraciones desde la fecha del incumplimiento señalada en la misma resolución, por los períodos en que reconoció el crédito y el gasto derivado del proyecto de investigación y desarrollo.
La resolución de que trata este artículo y el artículo anterior deberá ser notificada al o los contribuyentes que corresponda, y contra ella procederán los recursos establecidos en la ley Nº 19.880.
Corfo deberá informar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y plazo que éste señale, acerca de todas las resoluciones revocatorias emitidas durante el ejercicio.
Artículo 24.- En todo lo relativo al procedimiento de Corfo para la certificación de los proyectos de investigación y desarrollo, y a las facultades de fiscalización de que dicha entidad es titular de acuerdo a lo establecido en esta ley, se aplicarán las normas de la ley Nº 19.880. Asimismo, en las antedichas materias corresponderá a Corfo implementar y regular sus procedimientos internos para la correcta aplicación de la presente ley.”.
12) Derógase los artículos 9°, 10 y 11.
13) Agrégase, a continuación del nuevo artículo 24, un nuevo Título Cuarto, del siguiente tenor:
“TÍTULO CUARTO: Disposiciones Generales y Sanciones
Artículo 25.- Corfo podrá cobrar un arancel a los contribuyentes por la certificación de los proyectos o contratos presentados, el que se incorporará al patrimonio de esta entidad y en ningún caso será restituido al solicitante, ni aun en el evento que el proyecto o contrato de investigación y desarrollo sea rechazado. El monto de este arancel, que tendrá por objeto financiar una parte de los costos del procedimiento establecido en la ley para la certificación de los contratos y proyectos de investigación y desarrollo, no podrá exceder del 4% del costo total del proyecto o contrato y, en todo caso, no podrá ser inferior a la suma de 10 unidades tributarias mensuales.
El pago de este arancel será considerado como un gastonecesario para producir la renta para los efectos del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Artículo 26.- Las actividades propias de los contratos para la prestación de servicios de investigación y desarrollo objeto del beneficio tributario establecido en el Título II de esta ley, no podrán ser al mismo tiempo objeto del beneficio señalado en el Título III.
Tampoco podrá ser objeto de los beneficios de esta ley aquella investigación contratada por un contribuyente, cuando simultáneamente vincule los desembolsos efectuados con motivo del contrato, a un proyecto.
Cuando se utilicen los beneficios que establece esta ley en los casos a que se refiere este artículo, respecto del contribuyente que no hubiere podido sino estar en conocimiento, se aplicará lo dispuesto por el artículo 23, para los efectos de revocar el proyecto, rectificar, girar o liquidar los impuestos, intereses y multas que corresponda.
Artículo 27.- Durante la vigencia de la presente ley, Corfo preparará anualmente, para fines estadísticos y de información, un informe en el que se incluirá de manera general y en términos agregados, a lo menos, la siguiente información referida a los doce meses anteriores a la fecha del antedicho informe:
a) Número de centros de investigación que solicitaron inscribirse en el Registro a que se refiere esta ley; número o porcentaje de los centros de investigación que habiendo solicitado dicha inscripción efectivamente fueron incorporados, incluyéndose información relativa a su distribución en las distintas Regiones del país y el porcentaje o número de centros de investigación registrados que dependen de universidades; número o porcentaje de los centros de investigación cuyas solicitudes de inscripción fueron rechazadas y las principales causales de dichos rechazos, y la identificación de los centros de investigación que hubieren sido eliminados del Registro y las causas de lo anterior;
b) Número total de contratos y proyectos de investigación y desarrollo respecto de los cuales se hubiere solicitado la certificación a la que se refiere esta ley, y número o porcentaje de los mismos que la hubieren obtenido, incluyéndose información que permita identificar la cantidad de contratos de investigación y desarrollo celebrados por cada centro de investigación. También, el número o porcentaje de contratos o proyectos de investigación y desarrollo a los que no se les concedieron la certificación y las principales causales de ello;
c) Número total de contribuyentes que hubieren suscrito contratos o presentado proyectos de investigación y desarrollo, que hayan sido certificados al amparo de lo dispuesto en la presente ley, incluyéndose información que permita, en lo posible, categorizar a los mismos según sector económico al que pertenezcan, su tamaño como organización y las regiones del país en las que tienen su domicilio, y
d) Cantidad total de recursos comprometidos por los contribuyentes en actividades de investigación y desarrollo, mediante los contratos y/o proyectos de investigación y desarrollo a los que se refiere esta ley, debiendo indicarse el o los sectores económicos y las regiones del país que concentran el mayor compromiso de recursos invertidos a través de tales contratos y/o proyectos.
El informe al que se refiere el inciso anterior será de público conocimiento, debiendo Corfo publicarlo en forma electrónica o digital el día 30 de enero de cada año.”
14) Reemplázase el artículo primero transitorio por el siguiente:
“Artículo 1° transitorio.- Para los fines de acogerse al régimen de incentivos contemplado en la presente ley, los contribuyentes deberán presentar a Corfo las solicitudes de certificación de sus contratos y proyectos hasta el día 31 de diciembre de 2025. En consecuencia, los contratos y proyectos debidamente certificados por Corfo, darán derecho a los contribuyentes a hacer uso de los beneficios de esta ley, aun cuando estos beneficios se hagan efectivos con posterioridad al 31 de diciembre de 2025, con tal que la solicitud de certificación respectiva haya sido presentada hasta a dicha fecha.”.
15) Reemplázase el artículo segundo transitorio de la siguiente manera:
Artículo 2° transitorio.- Durante el segundo semestre del año 2018, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo encargará la realización de un estudio y evaluación de la presente ley en cuanto instrumento de fomento para la realización, por parte del sector privado, de actividades de investigación y desarrollo, y en cuanto instrumento de incentivo para potenciar el vínculo entre los centros de investigación y el referido sector privado.
En el antedicho estudio deberá realizarse, a lo menos, un análisis acerca del efecto o impacto que la presente ley hubiere tenido en la creación de nuevos centros de investigación, y la calidad de los mismos, así como en la mejora de los centros de investigación ya existentes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, principalmente, en términos de infraestructura y de personal calificado para llevar a cabo las labores de investigación y desarrollo; su impacto en las empresas o contribuyentes involucrados, en términos de la incorporación de los resultados de la investigación y desarrollo a sus procesos, del gasto comprometido en investigación y desarrollo, del aumento en la competitividad de dichas empresas, de los incrementos de valor experimentados por ellas con ocasión de la investigación y desarrollo. El mencionado estudio deberá incluir además, de manera general y en términos agregados, la misma información a la que se refiere el artículo 27 de la presente ley. El estudio y evaluación antes referidos será de público conocimiento, debiendo ser publicado en forma electrónica o digital, por el referido ministerio, en el mes de junio del año 2019. Lo anterior es sin perjuicio de las evaluaciones que el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo pueda realizar durante la vigencia de la Ley.”.
“DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo Transitorio.- La presente ley entrará en vigencia transcurridos seis meses desde su publicación en el Diario Oficial. Con todo, los contribuyentes que a dicha fecha tengan vigente uno o más contratos de investigación y desarrollo, debidamente certificados por Corfo, en virtud del cual estuvieren haciendo uso de los beneficios que contempla el artículo 5° de la ley N° 20.241, continuarán acogidos a dichos beneficios, en los mismos términos que señala el referido artículo, hasta el término del respectivo ejercicio. En lo sucesivo, estos contribuyentes podrán optar si se acogen a las modificaciones introducidas a la ley N° 20.241 por la presente ley, o continúan haciendo uso de los señalados beneficios tributarios en los términos consagrados en el régimen anterior. En cualquier caso, deberán informar de su decisión al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y plazo que éste determine.
Dentro del mismo plazo deberá dictarse el reglamento establecido en el artículo 16 incorporado por esta ley a la ley N° 20.241, pudiéndose al efecto adecuar la reglamentación vigente.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN , Ministro de Hacienda ; JUAN ANDRÉS FONTAINE TALAVERA , Ministro de Economía , Fomento y Turismo.”
3. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios. (boletín N° 7484-01)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por finalidad regular las transacciones comerciales de productos agropecuarios.
I. ANTECEDENTES.
Las actividades productivas, en general, y la agrícola, en particular, requieren normas que identifiquen derechos y establezcan responsabilidades en las relaciones comerciales que le son propias.
Es una tarea del Estado contribuir a que los mercados operen de manera fluida y transparente, para lo cual debe favorecer el acceso de los agentes a información oportuna y completa, respecto a las transacciones que en ellos se desarrollan.
En particular, en la determinación de las características de los productos agropecuarios sujetos a transacción, las partes no concurren en igualdad de condiciones, puesto que, en general, son los compradores los que disponen del instrumental y establecen los procedimientos para cuantificar los elementos que determinan el precio final de transacción.
Tampoco existe un mecanismo oficial que permita homologar la calidad del producto importado a las normas vigentes definidas para los productos chilenos, ni que permita conocer en detalle la composición de los productos importados en términos objetivos y cuantitativos.
Producto de lo anterior, es que representantes del sector han manifestado a la autoridad la necesidad de disponer de normas reconocidas por todos los agentes comercializadores, que favorezcan la formación de precios atendiendo a las calidades de los productos nacionales y/o importados en mercados abiertos y competitivos.
II. NORMAS TÉCNICAS VIGENTES.
A la fecha el Instituto Nacional de Normalización (INN) ha elaborado normas que incluyen elementos de muestreo que son oficiales una vez aprobadas por decreto del Ministro de Agricultura . Estas normas son, entre otras, las de la leche y productos lácteos (NCh1011/2.Of.1980-NCh1011/1.Of.2008), carne y productos cárneos (NCh1371/1Of.1977), frutas y hortalizas al estado natural (NCh1426.Of.1980), productos alimenticios a granel (NCh1479.Of.1979), granos alimenticios-extracción de muestras (NCh531.Of.1986 - se aplica a cereales envasados o a granel y a legumbres envasadas), granos o semillas oleaginosas - Muestreo (NCh452.Of.1988 - se aplica a los granos o semillas oleaginosas destinadas a la elaboración de aceites vegetales) y miel de abejas (NCh617.E. Of.1968).
No obstante existir estas normas, ellas son de cumplimiento voluntario.
III. EL PROBLEMA QUE EXISTE.
Concordante con lo señalado anteriormente, en la actualidad no se dispone de procedimientos que permitan resolver de manera vinculante las controversias que, respecto a las características de los productos, se generan en los procesos de comercialización de granos tan relevantes como trigo, maíz o arroz.
IV. OBJETIVO DEL PROYECTO.
El objetivo de este proyecto de ley es establecer mecanismos e instrumentos que asistan a la libre determinación de precios en las transacciones de productos agropecuarios, regulando y transparentando los procedimientos que determinan la cantidad y calidad de los productos que son transados en el mercado agrícola y, con ello, mejorar las condiciones en las cuales el mercado pueda determinar precios que respondan a las características del producto.
En relación a los productos importados está ley tiene por objeto establecer un mecanismo de muestreo y análisis que permita obtener mayor y mejor información respecto a las características del producto importado evaluado bajo la normas de calidad vigentes para los productos chilenos. Esta información comparativa mejorará la transparencia del mercado y la toma de decisiones productivas y comerciales al interior de la cadena productiva, y dará más seguridad a los consumidores.
Esta regulación exceptúa expresamente las transacciones realizadas de conformidad con leyes especiales.
V. CONTENIDO DEL PROYECTO.
1. Contenido general.
Este proyecto regula aspectos fundamentales del proceso de transacción comercial de los productos agropecuarios, en cuanto a medición de calidad y cantidad de los productos, la certificación de los equipos y la toma de muestra y contramuestras, según corresponda a la naturaleza de los productos transados.
2. Carácter obligatorio del proceso.
Se establece en forma obligatoria el procedimiento de análisis de muestras y contramuestras, y medición, según corresponda, de los productos agropecuarios que se transan en el mercado nacional y que no se encuentren regulados en una ley especial.
Tratándose de productos importados, el referido procedimiento permitirá obtener información que facilite la homologación de tales productos a los productos nacionales, para los efectos de su transacción en Chile.
3. Definiciones.
El proyecto consagra diversas definiciones. Así por ejemplo, se entiende por muestra el acto de separar de una partida determinada de producto, una muestra representativa, a efectos de analizar su calidad; por intermediario a la persona natural o jurídica que intermedia en las transacciones comerciales de productos agropecuarios; y por producto agropecuario aquel que provenga directa o indirectamente de la agricultura, ganadería y apicultura, o de cualquier otra actividad que pueda ser entendida como agropecuaria, entre otras.
4. Obligaciones para los agroindustriales o intermediarios.
El proyecto establece, para los agroindustriales o intermediarios, la obligación de mantener en su establecimiento, a la vista del público, un listado de precios de referencia; emitir una Guía de entrega y, tratándose de primera transacción comercial de un producto agropecuario y de conformidad a las características del producto, la obtención y conservación de una muestra y una contramuestra del producto, así como el envío de la muestra al laboratorio de ensayo y de la contramuestra a un laboratorio de ensayo arbitrador.
5. Laboratorios Especializados.
Se crean en el Servicio Agrícola y Ganadero los registros de Laboratorios de Ensayo, de Laboratorios de Ensayo Arbitrador y de Laboratorios de Calibración, los que serán administrados por el Servicio.
A estos laboratorios les corresponderá, respectivamente, realizar los ensayos para determinar la calidad de la muestra de los productos agropecuarios transados comercialmente; realizar los ensayos para determinar la calidad de las muestras o contramuestras de los productos transados comercialmente o bien llevar a cabo las calibraciones a los equipos e instrumentos que son utilizados por los mismos.
6. Procedimiento de Análisis de Muestras y Contramuestras, y Medición.
El proyecto establece que, en la primera transacción comercial de un producto agropecuario y, de conformidad a las características del producto, será obligatorio para el agroindustrial o intermediario la obtención y conservación de una muestra y una contramuestra del producto, así como el envío de la muestra al laboratorio de ensayo y de la contramuestra a un laboratorio de ensayo arbitrador.
En caso que alguna de las partes de la transacción no estuviere conforme con el resultado obtenido del análisis de la muestra, podrá solicitar el análisis de la contramuestra enviada al laboratorio de ensayo arbitrador. El resultado de éste análisis será el definitivo.
Tratándose de productos importados, el sistema considera la obligatoriedad para el importador de obtener, conservar y enviar una muestra de los productos importados para su análisis por un laboratorio de ensayo o ensayo arbitrador, antes de su comercialización en Chile. La información resultante de dicho análisis será puesta en conocimiento público a través de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
7. Infracciones, Sanciones y Fiscalización.
El Servicio Agrícola y Ganadero fiscalizara el cumplimiento de las normas de la presente Ley y su reglamento.
El proyecto consagra ciertas infracciones, tales como, emitir informes o certificados sin haber practicado el procedimiento regulado, consignar en los informes o certificados datos distintos a los resultados obtenidos en el análisis o medición practicados, entre otras.
Se consagra también, la sanción de suspensión del Registro que lleva el Servicio Agrícola y Ganadero y multa para los laboratorios en los que se desempeñen personas que hubieren cometido las infracciones establecidas en esta Ley.
Dependiendo del tipo de infracción y de la sanción aplicada se entrega competencia al Juez de Policía Local o al Servicio para que conozca de ellas.
En mérito a lo expuesto, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
“PROYECTO DE LEY
REGULA LAS TRANSACCIONES COMERCIALES DE
PRODUCTOS AGROPECUARIOS
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°.- Esta Ley tiene por objeto establecer mecanismos e instrumentos que asistan a la libre determinación de precios en las transacciones de productos agropecuarios.
Artículo 2°.- Esta ley regula con carácter obligatorio el procedimiento de análisis de muestras y contramuestras, y medición, según corresponda, de los productos agropecuarios que se transan en el mercado nacional y que no se encuentren regulados por una ley especial.
Tratándose de productos importados, el referido procedimiento permitirá obtener información que facilite la homologación de tales productos a los productos nacionales, según criterios y parámetros definidos en los reglamentos que se dicten en conformidad a esta Ley, para los efectos de su transacción comercial en Chile.
Artículo 3°.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
a. Intermediario: persona natural o jurídica que intermedia en las transacciones comerciales de productos agropecuarios;
b. Productor agrícola o productor: persona natural o jurídica que aporta las materias primas para que el agroindustrial las procese o utilice;
c. Agroindustrial: persona natural o jurídica que procesa o utiliza la materia prima proveniente de la producción primaria agropecuaria;
d. Guía de entrega: documento autocopiativo que da cuenta de la cantidad, masa o volumen del producto recibido y del listado de precios de referencia, emitido por el agroindustrial o el intermediario, suscrita por éste y el productor o sus representantes;
e. Laboratorio de ensayo: aquel que, siendo un organismo registrado de conformidad con la presente Ley y su reglamento, realiza los ensayos para determinar la calidad de la muestra de los productos agropecuarios transados comercialmente, según los parámetros establecidos en los reglamentos que se establezcan a partir de la presente Ley;
f. Laboratorio de ensayo arbitrador: aquel que, siendo un organismo registrado de conformidad con la presente Ley y su reglamento, realiza los ensayos para determinar la calidad de las muestras o contramuestras de los productos transados comercialmente. Este laboratorio deberá ser independiente de ambas partes y estar certificado en un sistema de gestión de laboratorios reconocido internacionalmente y participar en rondas internacionales de laboratorios;
g. Laboratorio de calibración: aquel que, siendo un organismo registrado de conformidad con la presente Ley y su reglamento, realiza las calibraciones a los equipos e instrumentos que son utilizados por los laboratorios de ensayo, laboratorios de ensayo arbitrador, por los productores, intermediarios y por los agroindustriales para medir la cantidad, masa o volumen de los productos, o su calidad, según corresponda;
h. Producto agropecuario o producto: el que provenga directa o indirectamente de la agricultura, ganadería y apicultura, o de cualquier otra actividad que pueda ser entendida como agropecuaria;
i. Producto importado: el que provenga directa o indirectamente de la agricultura, ganadería y apicultura, o de cualquier otra actividad que pueda ser entendida como agropecuaria y que sea producido o elaborado fuera del territorio nacional;
j. Toma de muestras: acto de separar de una partida determinada de producto, una muestra representativa, a efectos de analizar su calidad;
k. Muestra: cantidad igual de producto tomada de cada punto de muestreo específico del lote, en todo su volumen o tomada del flujo del producto durante un período determinado, según lo establezca cada reglamento por producto o tipo de productos;
l. Contramuestra: cantidad de producto equivalente a la muestra y que sea igualmente representativa de la calidad del producto;
m. Primera transacción: aquella transacción de un producto cuyo destino es la agroindustria y que se efectúa directamente entre el productor y el agroindustrial o un intermediario; y
n. Precios de referencia: listado de precios de los productos agropecuarios en relación con sus características de cantidad, masa o volumen, o de calidad.
Artículo 4°.- Las metodologías para la medición de la cantidad, masa o volumen de los productos, la toma y obtención de muestras y contramuestras, y análisis de su calidad así como las metodologías a utilizar por los laboratorios de calibración en el desarrollo de su función se establecerán mediante reglamentos por producto o tipo de productos aprobados por decreto del Ministro de Agricultura .
Artículo 5°.- Los agroindustriales o intermediarios deberán mantener en su establecimiento, a la vista del público, un listado de precios de referencia.
Le corresponderá a los reglamentos de esta Ley, conforme a lo que se establezca para cada producto o tipo de productos, establecer los diferentes parámetros que componen el listado de precios de referencia, con el objeto que los interesados cuenten con la debida información de las condiciones comerciales ofrecidas por los agroindustriales o intermediarios. En particular, los reglamentos establecerán el modo en que se informarán los costos por concepto de obtención, conservación, envío al laboratorio y análisis de las muestras y contramuestras.
Artículo 6°.- Al momento de la entrega del producto transado el agroindustrial o intermediario, o quien lo represente, deberá emitir la Guía de entrega, quedando el original en poder del productor o sus respectivos representantes.
Para los efectos del presente artículo, la representación del productor, agroindustrial o intermediario se acreditará conforme a lo que determine el reglamento de esta Ley.
TÍTULO II
DEL REGISTRO DE LOS LABORATORIOS
Artículo 7°.- Créanse en el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, los registros de Laboratorios de Ensayo, de Laboratorios de Ensayo Arbitrador y de Laboratorios de Calibración. Dichos Registros serán administrados por el Servicio.
Le corresponderá al reglamento de esta Ley establecer los requisitos para obtener la inscripción de los laboratorios en alguno de los registros señalados en el inciso precedente y las exigencias para mantener la vigencia de la inscripción.
TÍTULO III
DEL PROCEDIMIENTO DE ANALISIS DE MUESTRAS
Y CONTRAMUESTRAS, Y DE MEDICIÓN
Artículo 8°.- En la primera transacción comercial de un producto agropecuario y de conformidad a lo establecido en los reglamentos señalados en el artículo 4°, será obligatorio para el agroindustrial o intermediario la obtención y conservación de una muestra y una contramuestra del producto, así como el envío de la muestra al laboratorio de ensayo y de la contramuestra a un laboratorio de ensayo arbitrador.
Artículo 9°.- Si alguna parte de la transacción no estuviere conforme con el resultado obtenido del análisis de la muestra, podrá solicitar el análisis de la contramuestra enviada al laboratorio de ensayo arbitrador. El resultado de éste análisis será el definitivo.
Los resultados de los análisis deberán notificarse a los interesados, de la manera que se indique en el reglamento de esta Ley.
Artículo 10°.- Las asociaciones gremiales, cooperativas o sociedades comerciales, representativas del sector agropecuario del ámbito productivo, podrán designar a través de un poder simple, a una persona para que, en calidad de Inspector Delegado, supervigile o inspeccione el cumplimiento de los procedimientos de obtención, conservación y envío de muestras y contramuestras, como también en los procedimientos de medición de la cantidad, masa o volumen de los productos, no pudiendo impedírsele el cumplimiento de su función.
En la Guía de entrega se deberá dejar constancia de la presencia del Inspector Delegado en cualquiera de los procedimientos señalados en el inciso anterior. En el mismo documento, el Inspector Delegado podrá dejar constancia de todas las observaciones respecto de actuaciones u omisiones que vulneren las metodologías establecidas en los reglamentos a que hace referencia el artículo 4°.
Los requisitos de idoneidad profesional que se deberán cumplir para ser designado Inspector Delegado se determinarán en el reglamento de esta Ley.
Artículo 11°.- Tratándose de importaciones de productos agropecuarios, el importador deberá obtener, conservar y enviar una muestra de los productos importados para su análisis a un laboratorio de ensayo o de ensayo arbitrador, antes de su comercialización en Chile.
La información resultante de dichos análisis será puesta en conocimiento público a través de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Un reglamento establecerá los procedimientos y parámetros de calidad a ser abordados en los análisis.
Artículo 12°.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, los análisis de inocuidad y de carácter sanitario que corresponda realizar a los productos importados, serán regulados de conformidad a la ley N° 18.164.
Artículo 13°.- Tratándose de las primeras transacciones, el resultado definitivo de los análisis de calidad, y la información consignada en la Guía de Entrega tendrán el carácter de plena prueba, para aquellos casos en que sea necesario recurrir a la justicia.
TÍTULO IV
DE LAS INFRACCIONES, SANCIONES Y FISCALIZACIÓN
Artículo 14°.- Le corresponderá al Servicio la fiscalización del cumplimiento de las normas de la presente Ley y su reglamento.
Artículo 15°.- Las denuncias por infracciones a la presente Ley serán realizadas por cualquier interesado o por los funcionarios del Servicio cuando las hayan conocido en el ejercicio de sus facultades fiscalizadoras.
Artículo 16°.- Constituirán infracciones a la presente Ley, las siguientes:
a) Emitir informes o certificados sin haber practicado el procedimiento correspondiente;
b) Consignar en los informes o certificados datos distintos a los resultados obtenidos en el análisis o medición practicado;
c) Dejar de cumplir, deliberadamente o por negligencia inexcusable, los procedimientos de análisis de muestras y contramuestras o de calibración, según correspondiere.
Artículo 17°.- Sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera corresponderles a quienes cometan las infracciones a que refiere el artículo anterior, los laboratorios registrados en los que se desempeñen los infractores, podrán ser sancionados con la suspensión de hasta 120 días para el ejercicio de las funciones reguladas en la presente Ley y su reglamento y con multa de hasta 500 unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal.
Artículo 18°.- Conocerá de las infracciones señaladas en el artículo 16, el Juez de Policía Local que fuere abogado, con competencia en la comuna en que se haya cometido la infracción y las sancionará de conformidad con el procedimiento establecido en el Título I de la ley N° 18.287 o aquella que la reemplace.
Artículo 19°.- El incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones establecidas en los artículos 5, 6, 8, 10, y 11 se sancionaran, por el Servicio, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Párrafo IV, del Título I, de la ley N° 18.755, con multa de hasta 100 unidades tributarias mensuales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1°.- Desde la entrada en vigencia de esta Ley y hasta por dos años, los procedimientos de muestra y contramuestra o medición, según correspondiere, podrán ser llevados a cabo por laboratorios de ensayo, laboratorios de ensayo arbitrador o laboratorios de calibración que se encuentren en proceso de obtener su registro, pero con la debida autorización del Servicio Agrícola y Ganadero, de lo que se dejará constancia por escrito en la Guía entrega establecida en el Artículo 6° de la presente Ley.
Artículo 2°.- El Reglamento de esta Ley deberá dictarse dentro del plazo de 120 días desde la fecha de publicación de este cuerpo legal en el Diario Oficial.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; JUAN ANDRÉS FONTAINE TALAVERA , Ministro de Economía , Fomento y Turismo; JOSÉ ANTONIO GALILEA VIDAURRE , Ministro de Agricultura .”
4. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el inicia un proyecto de ley que otorga un bono mensual extraordinario a los ex beneficiarios de la indemnización compensatoria de la ley N° 19.129 que dejaron de percibir dicha prestación en agosto del 2010. (boletín N° 7488-13)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto otorgar un bono mensual extraordinario a los beneficiarios de la indemnización compensatoria de la ley N° 19.129, que dejaron de percibir dicha prestación en agosto de 2010:
I. ANTECEDENTES.
Tras la grave crisis de la industria carbonífera nacional, la que se desarrolló, principalmente, en minas subterráneas y submarinas, se dictó la ley N° 19.129, publicada en el Diario Oficial el 24 de febrero de 1992.
Dicho cuerpo legal estableció, entre otras medidas, una indemnización compensatoria mensual, de cargo fiscal, a favor de los trabajadores de las empresas carboníferas del país cuyo contrato hubiere terminado entre el 10 de septiembre de 1991 y el 31 de octubre de 1995, siempre que no tuvieran la calidad de pensionados por antigüedad o vejez y contaran con un número determinado de años de trabajos en actividades mineras subterráneas.
Al efecto, el monto mensual de la re-ferida indemnización fue fijado en el 75% del promedio mensual de las remuneraciones imponibles líquidas percibidas en los doce meses calendario anteriores al 10 de septiembre de 1991, actualizadas. A la fecha, su monto promedio bruto mensual es de $333.000.
El derecho a recibir dicha indemnización, de conformidad al artículo 12 de la citada ley, expira el último día del mes en que el beneficiario cumpla con los requisitos para pensionarse por vejez, antigüedad, invalidez o fallezca, y en los casos en que se hubieran cumplido los requisitos para pensionarse anticipadamente. Lo anterior, ya sea en virtud de lo establecido en el artículo 68 del decreto ley N° 3.500 de 1980 o en razón de lo dispuesto por el artículo 68 bis del mismo, introducido en dicho cuerpo legal por la ley N° 19.404, sobre trabajos pesados.
II. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA.
El texto de la ley N° 19.129, en particular su artículo 12, al disponer que la prestación referida expira al cumplir los requisitos para pensionarse por vejez, in-validez o antigüedad, ha dado lugar a se-veras dificultades de interpretación por parte de los beneficiarios de la medida.
En efecto, parte importante de los ex trabajadores del carbón estimaron, equivocadamente, que el beneficio respectivo se percibiría hasta los 65 años de edad, aún cuando se pensionaran anticipadamente o cumplieran con los requisitos respectivos, situación que se verifica en determinados casos contemplados en nuestra legislación.
A su vez, en la práctica, se presenta-ron diversas dificultades en el pago de la citada indemnización y en la recopilación de la información pertinente, circunstancias que, desde la perspectiva de los beneficiarios, dieron lugar a que el cese de su pago, durante el año 2010, resultara inesperado.
Lo anterior, originó difíciles situaciones económicas para las que los afecta-dos y sus familias no estaban preparados, cuestión que ha preocupado especialmente a nuestro Gobierno.
En consecuencia, considerando las particulares circunstancias antes descritas, se propone entregar a este grupo un bono mensual extraordinario de cargo fiscal, equivalente al 80% de la diferencia entre el monto de la indemnización contemplada en la ley Nº 19.129 y el de la pensión que efectivamente estén recibiendo.
En la especie, dicho beneficio se pagará hasta el mes en que cumplan 65 años de edad.
Al respecto, al diseñar esta medida se ha tenido a la vista el objetivo contenido en nuestro programa de Gobierno de crear una sociedad de seguridades para nuestra población. Lo anterior, dado que una vez que se extinga el derecho al bono extraordinario que esta iniciativa regula, los beneficiarios del mismo verán complementa-das sus pensiones gracias al Aporte Previsional Solidario de Vejez que consagra la ley N° 20.255 -sobre reforma previsional- en tanto cumplan los requisitos correspondientes.
Sobre el particular, cabe recordar que el mencionado Aporte Previsional se concede a quienes han cumplido 65 años de edad y reúnen las demás condiciones exigidas por la ley. Por ende, una vez extinguido el derecho a recibir el bono mensual extraordinario, los beneficiarios del mismo accederán a dicho Aporte, en la medida en que reúnan las demás condiciones requeridas.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
a) Bono mensual extraordinario
La iniciativa tiene por objeto conceder un bono mensual extraordinario a los beneficiarios de la indemnización compensatoria especial consagrada en la ley N° 19.129, que hayan dejado de percibir la referida indemnización durante el mes de agosto del año 2010, por haberse pensiona-do de forma anticipada, siempre que sean menores de 65 años de edad. Dicho bono será administrado por el Instituto de Previsión Social.
Al efecto, quienes tengan derecho al citado bono deberán presentar la correspondiente solicitud ante el Instituto de Previsión Social. En la especie, dicha entidad verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos y procederá a su pago.
Ahora bien, el bono se devengará a contar de la fecha de la presentación de la solicitud respectiva y hasta el último día del mes en que el beneficiario cumpla 65 años de edad o fallezca, en caso que este último evento tenga lugar con anterioridad.
Además, cabe precisar que el bono extraordinario que someto a vuestro análisis será incompatible con la indemnización compensatoria del artículo 11 de la ley N° 19.129 y con las pensiones de gracia de la ley N° 18.056.
Por otro lado, el mencionado beneficio no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal.
b) Sanciones
Sin perjuicio de las demás sanciones que procedan, quienes perciban indebida-mente los bonos mensuales extraordinarios que consagra esta iniciativa, deberán restituir quintuplicada la cantidad recibida en exceso.
c) Fiscalización
De manera de garantizar el debido otorgamiento de la indemnización compensatoria de la ley N° 19.129 y del bono extraordinario, se precisa que le corresponderá a la Superintendencia de Pensiones la supervigilancia y fiscalización del otorgamiento y pago de los citados beneficios.
En mérito de lo expuesto, someto a la consideración de esa Honorable Cámara el siguiente:
“PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1°.- Los beneficiarios de la indemnización compensatoria especial establecida en el artículo 11 de la ley N° 19.129, que hayan dejado de percibir la referida indemnización durante el mes de agosto del año 2010, por haber estado pensionados en forma anticipada, en los términos establecidos en el inciso primero del artículo 12 de la citada ley, tendrán derecho a un bono mensual extraordinario de cargo fiscal, siempre que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley sean menores de 65 años de edad. El monto mensual de dicho bono será equivalente al 80% de la diferencia entre la referida indemnización compensatoria y la respectiva pensión, considerando ambas en términos brutos.
Artículo 2°.- Para impetrar el bono establecido en el artículo 1°, quienes tengan derecho a dicho beneficio deberán presentar la correspondiente solicitud ante el Instituto de Previsión Social dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta ley.
El bono se devengará a contar de la fecha de la presentación de la solicitud señalada en el inciso primero y hasta el último día del mes en que el beneficiario cumpla 65 años de edad o fallezca, en caso que este último evento se verifique con anterioridad.
El bono será incompatible con el beneficio establecido en el artículo 11 de la ley N° 19.129 y con las pensiones de gracia reguladas en la ley N° 18.056.
Artículo 3°.- El Instituto de Previsión Social administrará el bono en la presente ley, en especial le corresponderá con-cederlo, extinguirlo y requerir la restitución de las cantidades percibidas indebidamente según lo dispuesto en el artículo 5°.
El Instituto de Previsión Social, de conformidad a los antecedentes de que disponga y de los que, para es-tos efectos, le entreguen las Administradoras de Fondos de Pensiones, verificará el cumplimiento de los requisitos para acceder al bono de la presente ley y procederá a su pago, cuando corresponda.
Artículo 4°.- El bono mensual extraordinario no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, ni estará afecto a descuento alguno.
Artículo 5°.- Quienes perciban indebidamente los bonos mensuales extraordinarios que otorga esta ley, deberán restituir quintuplicada la cantidad recibida en exceso; sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.
Artículo 6°.- Corresponderá a la Superintendencia de Pensiones la supervigilancia y fiscalización del otorgamiento y pago de la indemnización establecida por el artículo 11 de la ley N° 19.129, como también del bono extraordinario a que se refiere la presente ley.
Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley durante el año 2011, se financiará con cargo al presupuesto vigente del Instituto de Previsión Social y, en lo que faltare, con los recursos que se traspasen de la Partida Presupuestaria Tesoro Público de la ley de Presupuestos del Sector Público.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; EVELYN MATTHEI FORNET , Ministra del Trabajo y Previsión Social; FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN , Ministro de Hacienda .”
5. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio Nº 9240 de fecha 20 de enero de 2011, tengo a bien manifestar a V.E. que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley sobre Calidad y Equidad de la Educación.(Boletín N° 7329-04).
Hago presente mi voluntad para los efectos de que el proyecto aprobado se remita al Tribunal Constitucional, para su consideración.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHEÑIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia .”
6. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley número 18168 de 1986, ley general de telecomunicaciones. (Mensaje 568-358) en todos sus trámites constitucionales –incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
7. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea el Tribunal Ambiental (boletín 6747-12).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
8. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre (boletín Nº 6190-19).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
9. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que extiende el plazo de las franquicias contenidos en el artículo 28 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 341 de 1977 y en el artículo 35 de la ley Nº 19.420 (boletín 7433-05).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
10. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados (boletín Nº 7194-05).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
11. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley Nº 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo. (Mensaje 575-358), en todos sus trámites constitucionales –incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simpla”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
12. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho del proyecto de ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios. (Boletín Nº 7484-01) en todos sus trámites constitucionales –incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de los dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
13. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero (boletín 7440-05).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
14. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que autoriza la venta de medicamentos que tengan la condición de venta directa en establecimientos que indica (boletín 7274-11).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
15. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que introduce modificaciones a ley Nº 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica (boletín Nº 7162-08).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
16. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley sobre violencia escolar (boletín Nº 7123-04).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
17. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández (boletín Nº 6756-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
18. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad (boletín 5838-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el
proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
19. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que regula en contrato de seguro (boletín Nº 5185-03).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE , Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
20. Informe de la Comisión de Minería y Energía, constituida en especial investigadora encargada de realizar un análisis de las disposiciones legales y administrativas que regulan las normas y estándares en seguridad y prevención de riesgos que deben cumplir las empresas respecto a los trabajadores que se desempeñan en faenas mineras; recabar los antecedentes que los servicios públicos tuvieron a la vista para decretar el cierre del yacimiento San José , perteneciente a la Empresa San Esteban, el año 2007, y para su reapertura en 2008; determinar las causas y el grado de responsabilidad de las autoridades públicas en el derrumbe ocurrido el 5 de agosto de 2010; analizar la participación que le caben al Servicio Nacional de Geología y Minería y a otros servicios públicos en materia de autorización, fiscalización y protección de los trabajadores de la pequeña, mediana y gran minería, y las acciones concretas realizadas en cumplimiento de su mandato legal.
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Minería y Energía, constituida en Comisión Especial Investigadora, pasa a informaros respecto del estudio realizado en cumplimiento del mandato otorgado por la H. Sala.
I. ACUERDO DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.
En la sesión celebrada el 10 de agosto de 2010, la Cámara de Diputados aprobó una petición de 49 señores Diputados, para que en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República, y 297 del Reglamento de la Corporación, la Comisión de Minería y Energía, se constituyera en Comisión Especial Investigadora, para analizar “las disposiciones legales y administrativas que regulan las normas y estándares de seguridad en que deben desarrollar sus funciones los trabajadores que se desempeñan en faenas mineras.
Del mismo modo, deberá recabar los antecedentes que los servicios públicos tuvieron a la vista, para decretar el cierre del yacimiento San José , perteneciente a la empresa San Esteban , en el año 2007, y los que se tuvieron en consideración para decretar su apertura el año 2008.
Por último, la Comisión deberá analizar qué participación le caben al Sernageomín y a otros servicios públicos en materia de autorización, fiscalización y protección de la seguridad y la salud de los trabajadores de la pequeña, mediana y gran minería.
Para estos efectos, la Comisión contará con todas las facultades que en derecho correspondan, a fin de poder esclarecer los hechos señalados precedentemente.
La Comisión tendrá un plazo de 60 días desde su constituciyn para evacuar su informe”.
Posteriormente, en la sesión celebrada el día 11 de agosto de 2010, la Cámara de Diputados aprobó una nueva petición solicitada por 48 señores Diputados, para que en virtud de lo dispuesto en los artículos antedichos, la Comisión de Minería y Energía, constituida en Comisión Especial Investigadora, abocada a analizar algunos aspectos vinculados con el desarrollo de las faenas mineras, a raíz del accidente ocurrido recientemente en un yacimiento ubicado en la Región de Atacama, ampliara “su competencia a los siguientes tópicos:
1) Determinar las causas y el grado de responsabilidad de las autoridades públicas en el derrumbe ocurrido en la mina San José.
2) Revisar las exigencias en seguridad y prevención de riesgos que deben cumplir las empresas del rubro.
3) Analizar las acciones concretas que la autoridad administrativa ha llevado a cabo para dar cumplimiento al mandato legal de fiscalizar los resguardos a la seguridad de los trabajadores que desempeñan labores en yacimientos mineros.
La Sala acordó, igualmente, que sólo si fuere estrictamente necesario para el cumplimiento de su cometido, la Comisión podrá extender, hasta 120 días, el plazo para emitir el informe correspondiente.”.
II. PERSONAS CITADAS O INVITADAS POR LA COMISIÓN.
Para el cumplimiento de la tarea encomendada por la H. Corporación, la Comisión de Minería y Energía, constituida en Comisión Especial Investigadora, realizó diversas sesiones.
Abordó su tarea sobre la base de un plan de trabajo propuesto por los Diputados miembros de la Comisión. En cumplimiento del mismo, durante el funcionamiento, citó y escuchó a diversos personeros, tanto del ámbito público como privado, quienes la ilustraron sobre aspectos de hecho, legales, técnicos y administrativos del problema.
En cuanto a las personas que dieron su opinión sobre el tema investigado, se pueden señalar las siguientes, ordenadas cronológicamente por la sesión en que participaron:
1.- El ex Director Regional del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomín), señor Anton Hraste Carrasco .
2.- El ex Director Nacional del Sernageomín , señor Alejandro Vio Grossi .
3.- El ex Subdirector Nacional de Minería de Sernageomín , señor Exequiel Yanes Garín .
4.- Por la Asociación Chilena de Seguridad, el Gerente de Prevención, señor Martín Fruns Quintana , y el Subgerente de Operación y Prevención, señor Horacio Soissa Stephens .
5.- El Jefe del Departamento de Propiedad Minera de Sernageomín , señor Patricio Leiva Urzúa
6.- Por la Compañía Minera San Esteban Primera S.A. (SEP), los dueños señores Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny .
7.- El ex Director Regional de Sernageomín , señor Marcelo Guzmán Díaz .
8.- El asesor del Jefe del Departamento de Prevención de Riesgos de Sernageomín, señor Santiago Pinilla.
9.- Por Enami, el Vicepresidente Ejecutivo , señor William Díaz Román y el Fiscal, señor Felipe Barros .
10.- Por Enami, el Gerente Comercial , Jorge Jorratt , y el Subgerente de Abastecimiento Minero, señor Sergio Zúñiga .
11.- Por los sindicatos de la Compañía Minera San Esteban Primera, la señora Evelyn Olmos Munizaga , Presidenta del Sindicato N° 2 , y los señores Arnoldo Avilés Godoy , Tesorero del Sindicato N° 2 , Javier Castillo Julio , Secretario del Sindicato N° 2 y Horacio Vicencio Araya , Presidente del Sindicato N° 1.
12.- El Gerente General de la empresa E-Mining Technology S.A., señor Nolberto Contador Villegas .
13.- Por Enami, el ex Vicepresidente Ejecutivo , señor Jaime Pérez de Arce y el ex Fiscal, señor Sergio Hernández .
14.- El ex Ministro de Minería , señor Santiago González .
15.- El ingeniero geomecánico y de planificación de la Compañía Minera San Esteban Primera, señor Hugo Yáñez .
16.- El ex Superintendente en Prevención de Riesgos de la mina San José , señor Vincenot Tobar .
17.- El ex Director Nacional de Sernageomín , señor Patricio Cartagena Díaz .
18.- Por el Sernageomín, los ex Directores Regionales, señores René Rojas San Martín y Rodolfo Díaz Godoy , y el Director Regional , señor Mariano Gajardo Morales .
19.- El Presidente del Directorio de Codelco, señor Gerardo Jofré Miranda.
20.- Por la División El Teniente de Codelco, el Ingeniero Jefe de Minas , señor André Sougarret Larroquet ; el Gerente de Sustentabilidad, señor Jorge Sanhueza , y el Superintendente de Gestión de Producción de la Gerencia de Recursos Mineros y Desarrollo, señor Manuel Montecinos .
21.- El Ministro de Minería , señor Laurence Golborne Riveros .
22.- Por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Ministra , señora Camila Merino Catalán ; el Subsecretario , señor Bruno Baranda , y la Directora Nacional del Trabajo, señora María Cecilia Sánchez .
23.- El Subsecretario de Minería , señor Pablo Wagner San Martín .
24.- Por los mineros rescatados de la mina San José , señores Samuel Ávalos , Jorge Galleguillos , Daniel Herrera , Juan Illanes y Franklin Lobos.
III. ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
1. Administración de la mina San José.
Se entrega una reseña de la mina San José, ubicada en la tercera región del país, donde estuvieron atrapados 33 mineros desde el 5 de agosto al 13 de octubre del presente año. Para su elaboración se utilizó información de distintas fuentes de prensa que han cubierto profusamente el tema.
La historia de la mina puede ser descrita en cuatro momentos. Su origen, cuando la familia Kemeny comienza a explotar sus recursos. Un segundo momento en que el patriarca de la familia, Jorge Kemeny muere y entrega en herencia la mina a sus dos hijos. En una tercera etapa, cuando Alejandro Bohn entra a la propiedad de la mina y toma la gerencia general de ésta, y una última etapa, cuando una serie de accidentes y malos negocios, comienzan a generar el ocaso de la mina, que tiene su expresión mayor en el accidente que convoca a esta Comisión.
1.1. Los orígenes.
La mina San José tienen una historia antigua, “de más de 170 años, pero que sólo a mediados de los ochenta pasó a manos de Jorge Kemeny, un inmigrante húngaro que se afincó a mediados de los años 50 en el país”.[1]
Jorge Kemeny Letay , huyó del régimen comunista que se instaló en Hungría el siglo pasado, instalándose el año 1957 en la ciudad de Vallenar junto a su esposa, Agnes Füller . Ahí “comenzó a operar con minerales de hierro en forma manual, sin mecanización, sólo con perforadoras livianas, compresoras, palas y picotas, según se consigna en una publicación de la Sociedad Nacional de Minería”.[2]
En una segunda etapa minera, Jorge Kemeny incursionó en la plata, llegando a operar 35 mil toneladas por mes, que se destinaban a mercados como Suecia, Estados Unidos y Canadá. La caída del precio de la plata en la década de los 80 lo obligó a liquidar el negocio. “Ubicó, entonces, dos minas polimetálicas al interior de Copiapó -San José y la San Antonio-, con contenido de cobre con oro. Construyó una planta de flotación y creó la Compañía Minera San Esteban Primera”.[3]
Jorge Kemeny logró hacer su fortuna gracias a los distintos yacimientos mineros en los que incursionó. A los 72 años, fallece. En su testamento, señala que “dividiría su imperio entre Marcelo y Emérico , sus dos hijos”.[4]
1.2. La herencia.
Marcelo y Emérico , hasta la muerte de su padre no habían tenido un especial interés en la minería. “La tragedia de Jorge Kemeny fue que ninguno de los dos hijos tenía ganas y jinetas para convertirse en su heredero. Porque Marcelo , ingeniero mecánico, se desvivía por los autos, y Emérico , arquitecto, moriría cinco años después. Quienes los conocieron coinciden en un par de cosas: ninguno conocía las rutinas ni los códigos subterráneos de la minería y tampoco tenían la pasta para hacerse cargo de la obra de su padre”.[5]
La herencia de Jorge Kemeny no comprendía sólo la mina, sino también una empresa de transportes que le prestaba servicios a la mina. Según revista Que Pasa, “ Jorge Kemeny murió y la lógica corrió su suerte: Marcelo se hizo cargo de la mina, y Emérico de la empresa de camiones K Limitada que la servía. Pero al año, Marcelo ofreció comprarle el porcentaje de la mina a su hermano, y éste le dijo que no era suficiente. Que el paquete también debía incluir su empresa de camiones -que odiaba-, que cargaba con pérdidas por US$ 3 millones”.[6]
Junto con las rencillas entre los hermanos Kemeny, los negocios de la empresa no estaban en su mejor momento. “La Compañía Minera San Esteban Primera ya había hecho un pésimo negocio a fines de los 90, cuando el precio del cobre estaba bastante bajo, negociaron con la Enami un acuerdo de precio satisfactorio. Pero luego, éste se triplicó en los mercados internacionales. Fijaron el precio en US$ 1.10, y el del oro en 320, y justo después se produjo una tremenda alza de esos dos metales. Paralelamente, y esto fue lo más problemático, tuvieron que cerrar la mina por un accidente y como no tenían producción, tenían que comprar a otros a esos precios mayores para cumplir los compromisos. Eso fue desastroso”, relata una fuente.[7]
Por esta razón, Marcelo Kemeny , quien ya tenía el control de la minera, buscó socios que le permitieran el ingreso de recursos y compartir la gestión de la mina. “Fue en esa época que Marcelo Kemeny se asoció con el hermano de su mujer, Alejandro Bohn Berenguer , quien tomó las riendas del negocio y pasó a ser gerente general”.[8]
1.3. La nueva administración.
Con la llegada de Alejandro Bohn a la gestión de la mina, junto con iniciar un proceso de aumento de los procesos productivos y de maximización de recursos, también se impuso un estilo de gestión que generó malestar en la gente que se desempeñaba en la mina. Así “dueño de un carácter impetuoso, Alejandro Bohn es protagonista de una historia llena de desaciertos y pasos errados, que culminaron en una tragedia. Su bitácora empresarial y de conflictivo arribó al mundo minero.”[9]
Una de las características de la gestión realizada por Bohn, fue que extremó los mecanismos de extracción. Richard Figueroa , ex trabajador de la mina señalaba que “el plan de manejo de la mina, desde entonces, cambió radicalmente. Para pasar a las grandes ligas había que sacar cantidades ingentes de material. El problema, de acuerdo a quienes trabajaron en la mina, fue que los nuevos dueños no respetaron el método de explotación presentado por la misma compañía y visado por el Servicio Nacional de Geología y Minería.” [10]
De acuerdo a las declaraciones realizadas por Kurt Kandora , uno de los ex directores de la Minera San Esteban, “el estilo de conducción había cambiado completamente, cuando empezó a formar parte del grupo Alejandro Bohn . El problema que yo tuve fue que cuando ocurrieron los (primeros) accidentes y el directorio no se reunía, como solía hacerse normalmente. Yo presenté mi carta de renuncia el 30 de enero de 2007 haciendo ver esto, porque la última vez que estuvo el directorio había sido en septiembre 2005. Es decir, más de un año antes y obviamente estábamos apareciendo como responsables legales”.[11]
1.4. El ocaso.
La situación vivida el 5 de agosto, con el desplazamiento del bloque monolítico de la mina [12] y la consecuencia de los 33 mineros atrapados, vino a sellar un proceso que en los últimos años no había funcionado bien.
La estructura de costos de la Compañía Minera San Esteban estaba por encima de las ganancias que se obtenían, y los accidentes en la mina habían obligado a cerrarla en dos ocasiones.
La gestión realizada por Bohn, “que venía de mundos muy distintos al cuprero, quiso aplicar mecanismos que conocía para lograr mayor producción. Esa, pensaba, era la salida para esta empresa, un desafío que rozaba con lo imposible. Porque las riquezas de la mina San José estaban muy abajo, y generar condiciones de seguridad para un pique como ese era muy caro. Algo así como US$ 5 millones, calcula un experto. Y en la minería había una máxima que probablemente Bohn no conocía: mientras más profundo un pique, más cara es la producción”.[13]
Así, tal como lo señala el diario El Mercurio, “en el año 2006, luego de un accidente en la mina San José, se ordenó el cierre temporal de ésta. Para reabrir se pusieron condiciones que la empresa cumplió. Pero en enero de 2007 un nuevo accidente costó la vida a Manuel Villagrán , y el peritaje especializado en mecánica de suelos concluyó que se trató de una explosión de roca.” [14]
Esta citación obligó a cerrar la mina y comprar mineral a otras mineras para responder a las obligaciones contraídas con anterioridad.
Los cercanos a Bohn señalan que “todos estaban molestos con la actitud del nuevo dueño. Y conscientes de las falencias que exhibía la mina en cuanto a infraestructura y seguridad. Le recomiendan que se declare en quiebra, para así llegar a acuerdo con los casi 80 proveedores a los cuales les debía casi $ 1.500 millones. Pero Bohn no los escuchó. Quería por la mina US$ 20 millones y les decía que „tenía un as bajo la manga¿: una planta situada al lado de la mina Candelaria, en Copiapó, la que finalmente vendió, en enero pasado, en US$ 3 millones. Con eso saldaron la deuda”. [15]
2. Fiscalización de la mina San José.
2.1. Los accidentes previos en la mina San Antonio.[16]
Cabe hacer una breve mención a la mina San Antonio, en razón que el Sernageomín calificó en situación de riesgo operacional la actividad de la Compañía Minera San Esteban Primera, desde el fallecimiento de un trabajador en esa mina, ubicada a un kilómetro de la mina San José , el año 2004. Desde entonces, realizó dieciséis inspecciones a las faenas, reforzadas luego de la muerte de don Fernando Contreras Véliz , el día 30 de noviembre de 2006, por un desprendimiento de roca en la misma mina. El Sernageomín ordenó, por ese hecho, la paralización de las faenas.
2.2. El cierre.
La mina San José se explotó por 47 años consecutivos, de acuerdo a la declaración de don Exequiel Yanes Garín . El 5 de enero de 2007 falleció don Manuel Villagrán Díaz , técnico geólogo, por un desprendimiento de material de la caja, debido a un estallido de roca, en la intersección de la rampa con el acceso del nivel 135 de esta mina. El Sernageomín paralizó las faenas hasta que se concluyeran “las investigaciones, se identifiquen las causas basales de los accidentes, se establezcan responsabilidades y eventuales sanciones administrativas (multas, cierre definitivo parcial o total)”, de acuerdo al oficio N° 92 de 23 de enero de 2007 en respuesta a la ex Ministra Poniachik , y que el mismo servicio aprobara los estudios de geología estructural para la rampa y geomecánico para la estructura mayor. Si se determinaba la reapertura, la empresa debía presentar un nuevo proyecto minero.
El 16 de febrero de 2007, don Pedro Hiplan , Director Regional (S) de Atacama solicitó a don Claudio Valencia , Subdirector Nacional de Minería , la tramitación de la resolución que paralizara temporalmente la mina San José. Don Patricio Cartagena , Director Nacional, dicta la resolución N° 316 al efecto, con fecha 22 de marzo de 2007.
2.3. La autorización de labores.
El señor Bohn , gerente general de la mina, envió dos cartas al Director Nacional de Sernageomín , fechadas el 3 y el 6 de julio de 2007, solicitando su autorización para realizar trabajos exploratorios en los niveles superiores de la mina San José , ubicados a cuatrocientos metros sobre el lugar del accidente, con el objetivo de reabrirla. El Director Nacional autorizó la inspección inicial de un profesional geomecánico.
El señor Yanes , Subdirector Nacional de Minería (S), se reunió con el señor Bohn el 17 de julio y, por el oficio N° 1.128 de 23 de julio de 2007, coordinó una visita inspectiva que se habría realizado el 1 de agosto, de la cual no consta documentación. Tampoco consta de la conversación del 1 de octubre, acerca de la propuesta de reapertura, a la que hizo mención el señor Bohn en su carta del 17 de octubre. En ésta señala los nombres de ocho profesionales y un técnico, que harían los estudios geotécnicos, visitando las faenas periódicamente. El trabajo sería supervisado y monitoreado por la empresa E-Mining Technology, quien subcontrataría a Geosinergia. El señor Bohn pidió autorización para acceder a los niveles inferiores de la mina San José , para completar los estudios solicitados por el Sernageomín al momento de resolver su cierre temporal. El señor Yanes así lo aprueba por carta del 29 de octubre.
En consideración del informe de la inspección geotécnica de la rampa principal y del nivel 90 de producción, además de la estrategia para la puesta en marcha de la mina, realizados por E-Mining Technology S.A., el señor Yanes autorizó la iniciación de faenas bajo el nivel 500 hasta el nivel 75 y la explotación del nivel 90, como trabajo previo a la reapertura total de la mina, por medio del oficio N° 1.773, fechado el 19 de diciembre de 2007. Allí exigió que, para el reinicio de la explotación del resto de la mina, se presentaran un proyecto de ventilación, uno eléctrico, uno geotécnico completo y una política de fortificación y monitoreo.
2.4. La reapertura.
El señor Yanes autorizó la continuación de las labores “en el nivel 75 y la construcción de la rampa al nivel 60, como trabajos previos a la reapertura total de la mina San José”, por medio del oficio N° 369 de 7 de marzo de 2008, pese a que el informe geotécnico solicitado aún no había sido entregado por el señor Bohn . Reiteró la necesidad de entregar los informes señalados en el oficio N° 1.773 para autorizar la reapertura total.
Ésta sucedió por medio del oficio N° 756, y no por una resolución, firmada por don Patricio Leiva el día 30 de mayo de 2008, en calidad de Subdirector Nacional de Minería (S). El oficio señala que se habrían revisado y aprobado por el Sernageomín los proyectos de ventilación y eléctrico, y el estudio geomecánico. Sin embargo, manda a que no ingresen trabajadores durante la ventilación de las tronaduras de producción, a que las puertas sean dobles para evitar cortocircuitos, a escalerar las chimeneas y a comprobar con aforos el sistema de ventilación.
2.5. Comunicaciones posteriores.
Don Marcelo Guzmán , Director Regional de Atacama , firmó el 3 de julio de 2008 el oficio N° 4.080, por el que comunica las negativas conclusiones de la visita inspectiva realizada el 18 de junio. Señaló que el Sernageomín no fue atendido por empleados con poder de decisión, lo que constituye una infracción gravísima, al igual que la no paralización de los equipos diesel. El oficio hace hincapié en el uso del refugio como choquera (lugar para la colación) y en la “pésima ventilación” existente, la cual debía funcionar en un máximo de sesenta días, sino se paralizaría la mina nuevamente. No se vio fundación alguna para la instalación de los generadores eléctricos y la descarga de mallas se consideró ineficiente como fortificación.
El señor Bohn replicó el día 7 de julio, pidiendo aumentar a 120 días el plazo para realizar el trabajo de ventilación y a tres semanas el necesario para informar la cotización de los generadores. Señaló que la fortificación cumplía con altos estándares, de acuerdo a la empresa externa. Se desconoce lo resuelto por el Servicio.
El 10 de noviembre de 2009, don René Rojas, Director Regional de Atacama , aprobó las respuestas entregadas por don Vincenot Tobar , Superintendente de Prevención de Riesgos de la empresa, tras la fiscalización efectuada el 13 de abril de ese año. El señor Rojas instó a controlar los aspectos geomecánicos de la roca para evitar derrumbes, a contar con una segunda labor conectada a la superficie para escapar en caso de emergencias y a mejorar la ventilación.
2.6. El último accidente.
El 3 de julio de 2010, un mes antes del suceso por el cual se constituyó esta Comisión Investigadora, don Gino Cortés Calderón sufrió la amputación de una pierna, debido a una explosión de roca en la misma mina San José.
Por el oficio N° 4.074, don Rodolfo Díaz , Director Regional de Atacama , autorizó el reinicio de las labores el día 21 de julio, pues se habría dado “cumplimiento a las medidas dejadas por este Servicio”.
3. Fiscalización de la mina San Antonio.
La mina San Antonio fue paralizada temporalmente en conjunto con la mina San José por la misma resolución N° 316 del 22 de marzo de 2007, que dictara el señor Cartagena .
Mediante la resolución N° 626 del 20 de junio de 2007, el señor Cartagena autorizó las labores de reapertura de la mina San Antonio, en consideración al modelo geotécnico, a la determinación de los estándares de sostenimiento para la reapertura y al procedimiento, enviados por la Compañía Minera San Esteban Primera. Esta resolución obligaba a la empresa a la inspección de supervisores, al apernado y colocación de mallas, a realizar un levantamiento geológico estructural, petrográfico y mineralógico, a confeccionar un estudio para determinar la presencia natural de agua, y a presentar proyectos de ventilación y eléctrico, entre otras tareas.
El Sernageomín realizó visitas inspectivas con fechas 9 y 25 de julio y 1 de agosto de 2007, para fiscalizar el inicio de los trabajos preparatorios, los de la empresa E-Mining, y la liberación por niveles de explotación, respectivamente. En la constancia de la fiscalización del 9 de julio se subraya que la acuñadura del túnel se encontraba incompleta y que la colocación de pernos helicoidales estaba mal realizada.
El señor Bohn envió al señor Yanes una carta fechada el 10 de agosto de 2007, por la cual acompañó el estudio geológico estructural, petrográfico y mineralógico, y el referente a la presencia natural de agua en el lugar.
Con las visitas inspectivas de los días 16 y 17 de agosto de 2007 se aprobó el ensanchamiento del túnel, y se autorizó reiniciar la explotación, de acuerdo a una conversación telefónica con don Santiago Pinilla.
Por medio del oficio ordinario N° 1.255 del 20 de agosto de 2007, el señor Yanes autorizó la reiniciación de faenas de explotación de la mina San Antonio.
El 30 de agosto de 2007, el Sernageomín visitó la mina a raíz del accidente de Henry Latorre , cuya caída no comprometió fracturas, miembros ni órganos vitales. El 16 de enero de 2008, la inspeccionaron nuevamente, observando negativamente la seguridad del yacimiento, por la inexistencia de ventilación en el acceso norte y de protección diferencial en las cajas eléctricas, entre veintiocho puntos.
IV. TEMAS CENTRALES DE LA INVESTIGACIÓN.
1. Conducta previa en seguridad de la Compañía San Esteban Primera.
En 1988 se afilian a la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) los yacimientos San José y San Antonio , además de la planta de tratamiento de Tierra Amarilla. La cotización genérica por seguridad es de 3,4% y aumenta por la tasa de accidentes de cada empresa. La de la Compañía San Esteban Primera es tan alta, que la cotización estaba en 5,7% al momento del desplazamiento del bloque. Este guarismo es aún más llamativo si se considera que el promedio de cotización de la industria minera es de apenas 1,6%. A mayor abundamiento, la tasa de accidentabilidad de esta empresa era de 9,6% y la de la industria de 2,2%, en tanto la siniestralidad de incapacidades temporales era de 289 días al año de trabajo perdidos por cada 100 trabajadores, en tanto que en la industria no pasaba de 63 días. Don Martín Fruns agregó que la Compañía San Esteba Primera llevaba seis meses declarando la cotización sin pagarla y que en 2002 tuvieron que multarla por no denunciar algunos accidentes.
Con las muertes de los señores Fernando Contreras y Manuel Villagrán , ésta última por la caída de la caja del túnel, que demostró que era demasiada la presión del cerro, los trabajadores decidieron retirarse del interior de la mina. Su mayor preocupación eran entonces las filtraciones de agua que provocaban desplazamientos de tierra. El señor Bohn informó que el 18 de diciembre de 2007 entregó un dossier de las mejoras en seguridad de la empresa a los señores Yanes , Cartagena y Valencia, luego de la fiscalización que se le hiciera el 1 de agosto del mismo año. Explicó el saneamiento por niveles que los llevó a once meses de inactividad antes de la reapertura total. Detalló que el 3 de abril de 2008 adjuntó el informe geotécnico que demostraba la viabilidad de la explotación, que luego presentó los informes de ventilación y eléctrico que se tomaron en cuenta para la reapertura. A todas las fiscalizaciones de ese año y del siguiente respondió don Vincenot Tobar . El señor Guzmán relativizó lo anterior, al señalar que a órdenes que dio por el Sernageomín en marzo de 2009, recibió respuesta recién en noviembre. Don Santiago Pinilla fue más lejos, con una fiscalización de 1999 que fue contestada cinco años después.
A los mineros en tanto, informó el señor Bohn , se les habría capacitado en estos temas. De acuerdo al señor Guzmán y a la experiencia de trabajadores como don Samuel Ávalos , la Comisión observó que cualquier persona sin experiencia alguna en minería entraba al yacimiento e incluso podía formar parte de las cuadrillas de fortificación.
El Diputado Calderón subrayó que ha habido tres accidentes fatales en los últimos seis años y que la empresa no cuenta con un reglamento específico para seguridad y riesgo, lo cual incumple lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 32 del Reglamento de Seguridad Minera. Sí existe, sin embargo, un reglamento de orden, higiene y seguridad, como indicó el señor Bohn . Don Javier Castillo , secretario del sindicato N° 2, agregó que por los diversos roles unitarios tributarios que maneja la empresa, descuentan la cifra oficial de sus accidentes. Así en la empresa K, por ejemplo, tuvieron tres muertos en carretera.
El Diputado Lautaro Carmona agregó que mantenían deudas con la ACHS. Si bien existía un Comité Paritario, integrado por los señores Javier Abarca , Cristián Aros y Álex González , los trabajadores se dividieron entre quienes dijeron desconocerlo y quienes, conociéndolo, señalaron que ninguno de sus miembros trabajaba al interior de la mina.
Los funcionarios del Sernageomín declararon unánimemente que la empresa escatimaba en medidas de seguridad. A juicio de don Santiago Pinilla, la empresa debería haber presentado un nuevo proyecto de explotación minera, como dispone el artículo 22 del Reglamento de Seguridad Minera. A juicio de don André Sougarret , la información topográfica era inapropiada, pues no tenía la comprobación o cierre topográfico, consistente en volver al punto de partida para asegurarse que calzara, de modo que un eventual rescate, como el que tuvo que hacerse tuviera certezas espaciales.
Por último, el sindicato de trabajadores, por vía de doña Evelyn Olmos informó que el 25 de mayo del presente año se reunieron con los representantes de la empresa, don Pedro Simunovic y el señor Díaz para representarles las permanentes preocupaciones en materia de seguridad de sus asociados por la falta de ventilación, la no acuñación del cerro, la deficiente instalación de las cajas eléctricas, la falta de entrega de agua y de instrumentos personales.
Los mineros atrapados reconocieron saber de la inseguridad del yacimiento, pero trabajaban de todas formas en él, pues los pagos eran mayores al mercado y las exigencias de experiencia previa, nulas. Por hacerlo, eran llamados “kamikaze” por mineros de otras empresas.
2. La sobreproducción.
El señor Fruns expuso que la compañía tenía un fuerte énfasis hacia la producción, considerando la seguridad como un mal menor. Estaban “floreando” la mina, esto es, rebajando los pilares para sacar metales que salvaran su mala situación económica. La señora Olmos y el señor Avilés confirmaron que ya hacia 2004 se “comían” los pilares, que terminaban desplomándose solos. El señor Castillo agregó que desde que la empresa cambió el método productivo, se rajó la mina en sus niveles superiores.
El señor Yanes señaló no tener antecedentes de que se comieran los pilares, sobre todo si se toma en cuenta que el Servicio a su cargo pidió que se aumentara al doble el ancho de éstos bajo cierto nivel. El señor Contador aseguró que no se explotó pilar alguno durante la operación de E-Mining. Su empresa envió una comunicación al Sernageomín comunicándole las condiciones de la mina cuando se retiraron de su operación. Don Hugo Yáñez , ingeniero geomecánico de SEP, admitió un disfrute sólo del material que ya se había derrumbado de los pilares, hacia 1998 y 1999, pero desmintió que se hubiera hecho después. El señor Guzmán , en cambio, fue enfático en declarar que luego del cambio de encargados de operarla, la sobreexcavación de la mina, su relleno con estéril y el proyecto de recuperación de los pilares que volvieron a comerse, fueron lo que provocó el colapso del 5 de agosto. El señor Tobar preguntó dónde estaban los pilares en los cien metros que se desplazó la loza e informó que se laboreaba a pocos metros de la frágil veta, como confirmó don Mariano Gajardo , Director Regional de Sernageomín .
Don Santiago Pinilla declaró que la empresa San Esteban Primera aumentó su producción de 19 mil toneladas mensuales en 2009 a 38 mil en 2010, lo cual debió haberse informado fehacientemente. A su juicio, esto podría deberse a la extracción de material de los pilares. Los mineros atrapados reafirmaron esta tesis, al punto que don Jorge Galleguillos declaró que se descargaban los disfrutes y se sacaban los rajos antes de llegar a la veta. Pero lo que es seguro, y así se manifestó también el señor Sougarret, es que un accidente de esta envergadura no sucede por sola obra de la naturaleza, sino que reacciona a una explotación centenaria. Claro que el yacimiento era centenario sylo hasta el nivel 730, denominado “marco alemán”, pues el señor Galleguillos hizo hincapié en que bajo ese nivel, los caserones eran todos nuevos y con napas de agua.
3. La remoción de don Anton Hraste y el autodespido de don Vincenot Tobar .
El cambio de funciones del Director Regional de Sernageomín en 2008, señor Hraste, llamó la atención de la Comisión, habida cuenta de su férrea oposición al proyecto de la mina San José, que se reabrió al poco tiempo. El señor Yanes informó que al parecer el cambio se había producido por la falta de comunicación que el señor Hraste tenía con los líderes sindicales y con dueños como los señores Bohn y Kemeny, que se quejaron de él a nivel central. El señor Guzmán , en tanto, sabía que el señor Hraste había paralizado temporalmente la mina y que había impedido que se sacaran equipos del fondo de ésta. El señor Rojas explicitó que el sumario al señor Hraste había sido por motivos administrativos, distintos de los relativos a la mina San José.
El señor Bohn señaló que el señor Tobar aprovechó las imposiciones impagas para autodespedirse, como consta en la transacción final para la indemnización y en la propia carta de autodespido. Informó que nada se habló antes de lo que apareció en la prensa con posterioridad, que lo ha tomado por sorpresa. El señor Tobar explicó por qué le convino la autodenuncia en términos legales y que el único motivo por el que no pudo seguir en la empresa fue que sus medidas de prevención de riesgos no eran tomadas en cuenta. Así lo corroboraron los mineros atrapados en la última sesión de la Comisión, destacando su profesionalismo y el hecho que le limitaron demasiado el presupuesto para operar.
4. Operación y retiro de E-Mining y otros operadores.
La empresa E-Mining fue creada por Nolberto Contador y un colega en 1997. Presta servicios especializados en geotermia, operación y desarrollo tecnológico. Está adherida al Instituto de Seguridad del Trabajo.
Una de las exigencias para reabrir la mina luego de los accidentes señalados anteriormente, era la realización de un estudio geotécnico. E-Mining lo hizo a mediados de 2007 y lo entregó a comienzos de marzo de 2008. El estudio geotécnico tiene como principal objetivo analizar el comportamiento del macizo y predecir qué pasará una vez que se explote para la minería. El señor Contador fue enfático en señalar que su informe arrojó las siguientes conclusiones: 1. define las dimensiones máximas admisibles de las cavidades, de los pilares y de los puentes de seguridad; 2. precisa el sistema de soporte o fortificación para la seguridad de los equipos y de las personas; 3. recomienda tres sistemas de monitoreo simultáneo que tienen que implementarse para tener una operación segura, que se haga cargo de las normales desviaciones, y 4. entrega pautas y seguimientos que requiere el geomecánico para poder operar en forma segura. Es el mandante, la Compañía San Esteban Primera, el que presenta ante el Sernageomín este informe, con el compromiso de cumplirlo.
E-Mining acepta entonces hacerse cargo de la operación de la mina. Tanto los trabajadores como los funcionarios de Sernageomín coincidieron en que las condiciones de seguridad de la mina mejoraron considerablemente mientras la operó E-Mining. Don Santiago Pinilla subrayó que en ese período no hubo ningún accidente grave, en tanto que en los pocos meses que lleva operando sin esa empresa ya van tres: dos amputados y los 33 mineros atrapados.
Luego de un comienzo atractivo, por la novedad del sistema de monitoreo, el señor Contador narró que comenzaron a fallar los insumos y los pagos. Señaló que insistieron en la necesidad de escalerar la salida de emergencia y de crear un refugio. El señor Bohn les escribió una carta desautorizando su construcción. Éste indicó en la Comisión que la medida de seguridad más importante es la fortificación de las galerías -que antes no se realizaba, según el señor Contador- pero que de todos modos invirtieron fuertemente en geófonos. El señor Yáñez admitió que estuvieron en funcionamiento apenas veintiséis días en más de un año instalados. Según el señor Bohn , éstos se descalibraban y los camiones rompieron la fibra óptica en más de una oportunidad. Los señalados geófonos fueron el único de los tres sistemas de monitoreo que se instaló, según declaró el señor Contador, y quedaron en desuso luego que en agosto de 2009 E-Mining se retirara definitivamente de las faenas por incumplimiento contractual de la Compañía San Esteban Primera. El señor Contador recalcó que su empresa no planificaba la mina, sino que sólo la operaba, como consta en el contrato. Respecto a la fortificación, explicó que no es una medida de estabilidad de la mina, sino que de seguridad.
Las opiniones estuvieron divididas respecto a si la tecnología de geosensores o geófonos aplicada por E-Mining habría alertado y a la larga, impedido, el accidente del 5 de agosto de haber estado en funcionamiento. Se argumentó que los sensores no advertirían estallidos de roca, pero de todas formas nunca se fiscalizó su operación efectiva. El señor Contador y los trabajadores invitados coincidieron en señalar que el cerro siempre avisa antes de derrumbarse, y que de eso dan cuenta los geófonos.
En cuanto a los distintos operadores, el señor Tobar informó que aparte de E-Mining estaba la empresa Colega. Sólo el jefe de operaciones era de la Compañía San Esteban Primera, don Sergio Osorio , hasta que renunció, y tomó su lugar por E-Mining, el señor Ricardo Miranda . Luego, se sumó otro contratista, Ávalos . Tras él se hizo cargo el señor Jean Couderc . Señaló que entonces muchos funcionarios de San Esteban Primera se traspasaron a E-Mining. Uno de ellos fue don Carlos Pinilla , contador, como jefe de operaciones que vuelve a SEP cuando E-Mining se retira. Ahí toma la faena el señor Simunovic . La otra empresa contratista es Armanic, dedicada a la mantención mecánica, señaló Tobar .
Don Carlos Pinilla , que llegó de jefe de turno y escaló hasta jefe de minas, fue indicado por los trabajadores atrapados, como el que ejecutó el cambio hacia una mayor explotación y menor seguridad. El señor Galleguillos comentó que él le exigió silenciarse respecto a las trizaduras que vio en los by-pass y al hecho de comerse los pilares, lo cual era ordenado por Pinilla . Todos le tenían miedo, comentó. El mismo día del accidente el señor Pinilla estaba muy nervioso y arrancó, avisándole a unas 10 personas solamente. A juicio del señor Galleguillos , sabía del eventual desplazamiento del bloque, pero si evacuaba a la gente y la mina no se caía, le habría costado el puesto.
5. Falta de ventilación y de salida alternativa escalerada.
Pese a que la empresa envío los informes de ventilación, de fortificación y de geomecánica solicitados, fue un hecho comprobado por la Comisión que nunca cumplieron con las medidas recomendadas por E-Mining y ordenadas por Sernageomín al respecto. El Ministro Golborne enfatizó que es distinto ser poco previsor que no tomar medidas habiendo sido requerido al respecto, por lo que calificó el actuar de la Compañía San Esteban Primera a lo menos de negligente.
Se comprobó que efectivamente no existía un segundo camino de evacuación de la mina. Se argumentó que este fin lo cumplía la chimenea, pero ésta nunca estuvo escalerada, por lo que malamente podría haberse utilizado para escapar ante un desplazamiento de roca como el del 5 de agosto. Tampoco existió un camino, una rampa ni una construcción alternativa a la rampa principal.
La falta de ventilación generaba las temperaturas cercanas a los 50 grados Celsius, descritas como inhumanas por parte de los trabajadores. El ideal, señaló don Santiago Pinilla, era que hubieran instalado ventiladores, lo que era más caro que una ventilación soplante como la que él autorizó. El minero señor Juan Illanes jamás vio sistemas de ventilación eficientes, y al reclamarlo, le respondieron que con la rampa bastaba. No existía tampoco un ducto de ventilación, ni una línea de abastecimiento directos al refugio.
6. Reapertura por oficio y no por resolución de la mina San José .
El señor Vio admitió que la reapertura debió haber sido por una resolución dictada por el Director Nacional a petición del Subdirector. Este último no tiene la facultad de reabrir una faena, por lo que calificó la situación de irregular. Es más, no recordó algún otro caso en que se hubiese reabierto una faena de esta manera. Por ello, instruyó una investigación al respecto, dos años después, cuando recién tuvo conocimiento de esa reapertura. Aclaró que el señor Hraste no cerró definitivamente la mina, sino que sólo de manera parcial y temporal.
El señor Leiva informó que el señor Yanes estaba con licencia cuando firmó la reapertura. Tuvo a la vista los oficios 309 y 1.773 firmados por éste y la aseveración del señor Pinilla de que la empresa E-Mining daba plenas garantías a la operación de un yacimiento que antes había dado problemas. A juicio del señor Leiva , fue un gran error reabrir la mina de forma parcial, por niveles, y la real oportunidad para cerrarla fue en la fiscalización posterior a la reapertura. En ella se constataron las gravísimas infracciones de que no estuvieran los dueños, se paralizaran los equipos diesel y los mineros trabajaran a casi 50 grados. Señaló que la Dirección Regional debe fiscalizar los proyectos que en Santiago se visan.
Tomó la decisión sin consultar al Director Nacional y sin tener a la vista los informes, pues señaló que confió en los profesionales que le recomendaron la aprobación. Sin embargo uno de ellos, don Santiago Pinilla, declaró haber recibido presiones del señor Leiva para evacuar rápidamente el informe. Si hubiera actuado equivocadamente, señaló este último, debería habérsele representado por la autoridad jerárquica. Por eso le dio para pensar que su subrogancia hubiera servido para firmar algo que los llamados a hacerlo, evitaron, y que por medio de un oficio se omitiera el trámite de Contraloría. Algunos diputados concuerdan con ello, por el trato directo del señor Yanes con los dueños. El Ministro de Minería de la época, señor González , agregó que su cartera no tuvo conocimiento de esta decisión, la cual consideró inadecuada habida cuenta de la inexistencia de una salida alternativa.
Todas las personas citadas a la Comisión estuvieron de acuerdo en que es la única vez que se ha reabierto una mina de esta manera. Los yacimientos San Antonio y San José se cerraron por sendas resoluciones, pero sólo esta última se reabrió parcialmente por oficios. Varios de los funcionarios admitieron que hubo cierta permisividad en la labor del Sernageomín, pese a que el señor Contador señaló que no había mejores estándares que los que la mina cumplía a la fecha de la reapertura. Algunos la relacionaron con el costo social de dejar a centenares de trabajadores cesantes.
Al respecto, el señor Castillo desmintió que el sindicato hubiese ejercido presiones para la reapertura.
Con todo, un informe geotécnico completo debe determinar la situación de stress, las fallas, rajaduras y cambios de la roca. Determina su dirección y las medidas necesarias para que las galerías no se caigan. Además, el artículo 21 del Reglamento de Seguridad Minera exige que la empresa que reinicie actividades lo informe previamente y por escrito al Servicio, lo que no se cumplió en este caso.
7. La eventual reapertura de la mina San Antonio.
El señor Castillo informó haber estado de nochero el 14 de noviembre de 2003, cuando se hundió la mina San Antonio de forma muy similar a lo sucedido con San José este año. Aquella vez, los trabajadores alcanzaron a escapar.
El señor Hraste señaló que “la mina San Antonio continuó cerrada y yo nunca más autoricé que se abriera.” “Desde la explosión de roca sólo me refiero a la mina San José. La otra mina ya no había abierto más.” “Hasta el 30 de junio de 2007, cuando dejé de ser director regional del Sernageomín , las dos minas de la empresa San Esteban Primera -San Antonio y San José - estaban paralizadas.”
El señor Vio informó que “se cerraron las minas San Antonio y San José , producto del incumplimiento del reglamento. Además, se invocó el accidente fatal del señor Fernando Contreras en la mina San Antonio y el del señor Manuel Villagrán , también fatal, ocurrido el 5 de enero de 2007.”
El señor Fruns comentó que “a raíz de un accidente fatal que ocurrió en noviembre de 2006, Sernageomín cerró la mina San Antonio y desde esa fecha no ha sido reabierta.” “Del 5 de enero de 2007 hasta diciembre de 2009 la Asociación no tuvo mayores responsabilidades respecto de la mina San José, pero sí con el resto de las faenas de la San Esteban, que era la planta de tratamiento de minerales ubicada en Tierra Amarilla. La San Antonio ya estaba cerrada.” “Creo que la mina San José no debió reanudar su operación, puesto que no guardaba condiciones de seguridad suficientes; debió quedarse cerrada, tal como está la mina San Antonio, que no se abrió más.”
El señor Leiva declaró lo siguiente: “se cerraron San Antonio y San José por resolución. Las aperturas por oficio eran parciales y sólo de la San José.”
Por su parte, el señor Guzmán comentó que bajo su dirección regional (del 31 de marzo de 2008 al 21 de junio de 2009), “las minas San Antonio , Carola , Laura Laurita y La Condesa presentaban problemas serios.”
Don Santiago Pinilla aseguró que “San Antonio operó hasta el derrumbe de 2009” y que “se reabriy por un ordinario. Los dueños no siguieron, porque la construcción de un by-pass era más cara que lo que la ley de la mina les daba.”
Esta Secretaría observa que las declaraciones prestadas a esta Comisión por parte de los distintos funcionarios y ex funcionarios del Sernageomín, respecto al cierre de la mina San Antonio son coincidentes.
Existe sí una diferencia radical entre lo señalado por el señor Pinilla y el señor Fruns , de la Asociación Chilena de Seguridad, por cuanto este último desconoce por completo la reapertura de la mina, que el mismo Pinilla fiscalizó.
Respecto a la declaración del señor Leiva , cabe aclarar que la mina San Antonio también reinició sus faenas de explotación por medio de un oficio. Sin embargo, éste contaba con el antecedente de la resolución que permitió las labores previas de reapertura.
Se ofició al Sernageomín, para que remitiera todos los antecedentes sobre la mina San Antonio , fueran internos o públicos, fechados con posterioridad al 16 de enero de 2008, día de la última constancia de fiscalización a que tuvo acceso esta Comisión Investigadora. La información solicitada aún no es recibida por esta Secretaría, pese a las insistencias llevadas a cabo. Sólo por las declaraciones de los señores Pinilla y Guzmán , se conoce que esta mina operó con posterioridad.
8. El rol de Enami.
8.1. La compra de concentrados.
En razón de una considerable diferencia entre el tonelaje producido según la Compañía Minera San Esteban Primera y aquél señalado por el señor Santiago Pinilla , que implicaría una peligrosa sobreexplotación, se convocó a representantes de Enami, pues esa empresa pública es la que compra los concentrados.
El señor William Díaz , Vicepresidente Ejecutivo , explicó que la relación con la Compañía Minera San Esteban Primera es sólo por vía de la planta de Tierra Amarilla, la cual es abastecida por los yacimientos. La producción que llegó a Enami efectivamente coincidía con la que informaron los dueños.
8.2. El cambio en la decisión del Directorio.
El señor Bohn admitió tener una deuda de US$ 2 millones con Enami, que logró disminuir respecto a los US$ 4 millones de deuda con que tomó la empresa.
Llamó la atención de la Comisión el cambio en la decisión del Directorio de Enami, respecto de la deuda de la minera con ésta. En la sesión Nº 1.027, de enero de 2009, se consideró la proyección de los flujos de caja, el plan minero y las reservas, para rechazar una solicitud de renegociación. El Directorio instruyó que se hiciera exigible la deuda vigente, ejecutándose la cláusula de aceleración. Tres meses después, en cambio, se aprobó renegociar la deuda vigente en 48 cuotas, con un periodo de gracia de un año para pagar el capital y exigiendo sólo el pago de los intereses. El señor Díaz hizo hincapié en que en enero se mandó a ejecutar las garantías y en abril se renegoció la deuda vigente, refiriéndose a gestiones de los dueños con el Ministerio de Minería de la época.
El gerente comercial de Enami , señor Jorge Jorratt explicó esta diferencia de criterios en la sesión siguiente de la Comisión. Primeramente, señaló que luego de una relación comercial de treinta y cinco años con la Compañía Minera San Esteban Primera, no sería Enami la que la condujera a la quiebra, exigiéndole el pago de US$ 3 millones. Esquematizó otras tres diferencias centrales entre ambos escenarios:
1.- En enero se pidieron prestados US$ 1,5 millones más, aparte de la reprogramación de la deuda, en tanto que en abril sólo se pidió esto último.
2.- En el período comprendido entre ambas sesiones, la Compañía Minera San Esteban Primera hizo efectivo el prepago de la deuda. A mayor abundamiento, vendió a Candelaria el terreno del que había prometido deshacerse, con lo que no sólo mejoró su situación patrimonial, sino que demostró su capacidad de cumplimiento.
3.- Las proyecciones del precio del concentrado de cobre y de oro hacia 2010, 2011 y 2012 aumentaron considerablemente en abril.
El ex Vicepresidente Ejecutivo de Enami , señor Jaime Pérez de Arce confirmó, en una sesión posterior, los mismos elementos del cambio de escenario. Admitió desconocer la participación de las autoridades políticas entre ambas sesiones del Directorio, recalcando que es normal y aceptable que empresas que ofrecen centenares de plazas de trabajo conversen sus problemas con aquéllas. Así también lo hicieron los sindicatos de trabajadores, por vía de cartas enviadas a Enami en marzo y abril de 2009 solicitando ayuda económica para la empresa.
9. El accidente de Gino Cortés.
El señor Bohn señaló que el sábado 3 de julio de 2010 a las 0:15 horas se avisó del accidente por el prevencionista de riesgos de la empresa a todos los servicios. Admitió que la empresa debía fortificar las galerías, algo que venían haciendo, pero no de forma sistemática. Esta fortificación consistía en instalar pernos de 2,4 por 3,5 metros en las crucetas de alto tráfico, además de mallas y planchuelas. A su juicio, el accidente de Gino Cortés fue fruto de un error de operación de la cuadrilla encargada de fortificar el espacio donde éste ocurrió. La investigación interna arrojó tres conclusiones que fueron comunicadas el día 12 de julio al Sernageomín y al sindicato:
1.- Por 16 días no se repuso la malla según el procedimiento por el mismo turno que quedó atrapado un mes después.
2.- Si no se repuso de inmediato, debió marcarse el hito, lo cual no se realizó.
3.- Por su experiencia, el mismo señor Cortés debería haber evitado transitar por una zona sin malla.
Esta versión fue desmentida tácitamente por el minero señor Galleguillos , que en febrero de este año se accidentó en la misma cruceta en que lo hiciera por estallido de roca el señor Cortés cinco meses después, lo cual demuestra la inseguridad del hito más allá de la fortificación particular del mes de julio. El señor Galleguillos agregó que el minero William Araya había denunciado previamente la falta de fortificación y que luego del accidente del señor Cortés , lo despidieron.
Sin perjuicio de lo anterior, y que declaró que la no reposición de la fortificación es inaceptable, el señor Díaz manifestó que el accidente de Gino Cortés nada tiene que ver con el del 5 de agosto, pues el primero, provocado por falta de fortificación, ocurre en la veta, en tanto que el segundo sucede en la rampa. Aclaró que no recibió nunca una información que pudiera predecir en lo más mínimo el último desplazamiento de roca.
El Diputado Calderón hizo hincapié en la Comisión respecto a que la fecha en que se emitió el informe de fiscalización de la Inspección Provincial del Trabajo, fue el día 13 de agosto de 2010. Lo señaló en respuesta a la conferencia de prensa de la Diputada Pascal y del Diputado Espinoza , en la que habrían dado a entender que el Ministerio del Trabajo contó con información suficiente para haber precavido el accidente del día 5 de agosto.
El Diputado Fidel Espinoza respondió que de todos modos la fiscalización se realizó en los días 3 y 9 de julio, con información suficiente para cerrar la mina, atribución que no es exclusiva del Sernageomín, y que bien pueden ejercer la Inspección del Trabajo o el Servicio de Salud, de acuerdo a la ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
En efecto, el Diputado Felipe Harboe recordó los artículos 23, 26, 27, 28 y 37 de la ley orgánica de la Dirección del Trabajo, que señalan entre las facultades del Director Regional y de los fiscalizadores, la posibilidad de ordenar el cierre inmediato de faenas cuando esté en juego la seguridad del trabajador.
La Ministra Merino respondió que el Diputado Harboe omitió el artículo 191 del mismo cuerpo legal, que obliga a los demás servicios a abstenerse de intervenir, si llegó la Seremía de Salud antes. Es el caso del accidente de Gino Cortés. La Dirección del Trabajo no abrió ni cerró la mina por este accidente, aseguró la señora Sánchez , a lo que el Diputado Harboe retrucó que debería haberlo hecho cuando el Seremi de Salud abrió la mina, pues tenía suficientes antecedentes, como consta en el informe de fiscalización.
Diversos personeros de Sernageomín, entre ellos el señor Vio, manifestaron que las facultades del servicio para cerrar faenas son débiles, pues a su reglamento se antepone la ley N° 20.123, que regula el régimen de subcontrataciyn. En efecto, esta ley obliga a que, “en caso de accidentes del trabajo fatales y graves, el empleador deberá informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud que corresponda”. Existe sin embargo un acuerdo de palabra, para que ante accidentes fatales o graves, sea el Sernageomín quien informe técnicamente a Salud o a Trabajo si corresponde reabrir las faenas. De hecho, fue este servicio el que puso las condiciones de reapertura en el segundo considerando de la resolución N° 2.225.
Una explosión de roca disipa mucha más energía que un derrumbe. A juicio de la mayoría de las personas citadas a la Comisión, la mina no debió haberse reabierto luego de este accidente. El señor Contador fue más específico al señalar que ante un accidente de roca, sea por colapso, estallido o caída, es esencial pedir un informe de geotecnia antes de autorizar su reapertura.
10. Relación entre la falta de fiscalización y el accidente del 5 de agosto.
El señor Yanes aseguró en un 90 a 95% que la eventual falta de fiscalización nada tuvo que ver con las causas del accidente. El planteamiento técnico del señor Contador coincide parcialmente con esta declaración, por cuanto existían a lo menos cuatro instancias de responsabilidad de la empresa para que el desastre se evitara a tiempo. Dos objetivas: uno, que se instalara completamente y se operara el sistema de monitoreo, y dos, que se hubiera escalerado la chimenea. Su opinión -que los mineros habrían escapado por ahí- fue puesta en entredicho por el señor Díaz , para quien el hecho que el desplazamiento de roca tapara la chimenea demuestra que no habría servido ni aún escalerada. El Ministro Golborne admitió que no sabremos si la chimenea escalerada habría salvado a los mineros, pero de todas formas es inaceptable su falta y demuestra el poco interés de los dueños por la seguridad. Agregó que por las 48 horas posteriores al primer desplazamiento del bloque, la chimenea no estuvo tapada. Con todo, el señor Contador sumó a lo anterior, dos presunciones: tres, que se deberían haber atendido las alertas evidentes de crujidos, reconocidas por los mineros, y cuatro, que no hubieran sobreexplotado la mina, pues si no es a través de comerse los pilares, placas o puentes, hasta derrumbes anteriores que operaban como soportes, no se explica cómo pudieron sacar tanta producción adicional.
El señor Rojas admitió no haber decretado nuevas fiscalizaciones en la mina a fines de 2009, pues la empresa llevaba adelante varias acciones para superar sus estándares, y de todos modos se ofició para su cumplimiento. A su juicio, no basta con que asista un inspector a las faenas, sino que debe ser acompañado por especialistas tales como geólogos e ingenieros. La falta de funcionarios era dramática, al punto que el Director Regional debía revisar todas las declaraciones y estudios de impacto ambiental. Esta situación se le representó al Departamento de Desarrollo de las Personas del servicio. El señor Díaz calificó la estructura organizacional como mala, porque todo pasa por el Director.
A juicio del señor Gajardo , si en el año 2004 se solicitó que se escalerara la salida de emergencia, tres años después corresponde cerrar la mina ante el incumplimiento, en vez de volver a pedir la misma escalera. El señor Herrera , uno de los mineros atrapados, comentó que el Servicio suele exigir salidas de emergencia y otro tipo de refugios a la gran minería, pero que la mediana minería no cumple estándares similares para evitar este tipo de accidentes.
11. Falta de recursos y atribuciones de Sernageomín.
El Sernageomín se funda en 1981, por la fusión del Instituto de Investigaciones Geológicas, que dependía de la Corfo, y del Servicio de Minas del Estado, que dependía del Ministerio de Minería.
De forma unánime los personeros de Sernageomín arguyeron que dos fiscalizadores son absolutamente insuficientes para las miles de faenas mineras de la Región de Atacama. A veces se debe viajar cinco horas sólo para llegar a la mina, y aún una revisión de cuatro horas no pasa de ser una pincelada, en el decir del señor Guzmán . La sola bajada puede tomar media hora en las escaleras de patilla. Los trabajadores confirmaron con dureza esta información, diciendo que nunca vieron a los fiscalizadores.
Los funcionarios del Sernageomín se refirieron, además, a la falta de tecnología y a las limitadas atribuciones que tienen. Se habrían quedado atrás respecto al explosivo aumento de la pequeña y mediana minería en la zona.
Más allá de los recursos, que aumentaron en 46% en el último presupuesto de la nación y fueron casi doblados para el año que viene - pese a lo cual funcionarios como el señor Rojas declararon que seguían siendo visiblemente insuficientes-, se observaron problemas de coordinación con otros servicios. A mayor abundamiento, entre el año 2007 y el accidente hubo cinco directores regionales: Anton Hraste , Pedro Hiplán , Marcelo Guzmán , el mencionado René Rojas y Rodolfo Díaz , lo que impide una continuidad real de políticas de prevención y seguridad, además de un fiel traspaso de conocimiento.
El Diputado Marinovic fue enfático en ratificar que el Sernageomín aprueba proyectos y no acciones efectivamente realizadas. Disintió del señor Pinilla , que consideró normal autorizar proyectos sin revisar su cumplimiento, por no tener motivos para dudar de E-Mining. Esta falta de recepción de obras fue considerada muy grave por la Comisión.
12. El costo del rescate.
Pese a su convencimiento que el rescate de los trabajadores no tiene precio, el Diputado Carmona insistió en la necesidad de que fuera no sólo eficaz en lograr su objetivo, sino también eficiente en cuanto al uso de los recursos disponibles. El Diputado Robles agregó que el plan C, que no contribuyó mayormente al rescate, costó 8 millones de dólares.
De acuerdo al señor Bohn , el costo total del rescate fue equivalente a 5.000 millones de pesos (aproximadamente 10 millones de dólares). De acuerdo al señor Jofré y al Ministro Golborne , oscila entre 15 y 20 millones de dólares, según se incorpore en el costo lo gastado por privados. Se dividen de la porción propiamente minera, los recursos empleados en logística y abastecimiento.
El señor Sougarret explicó que el bloque que se desplazó atrapando a los mineros mide 100 metros de largo, 25 metros de ancho y unos 145 metros de profundidad. Pesa 700.000 toneladas, no es estable ni afectaba la zona donde estaban los mineros, por lo que cualquier intento de fortificarlo constituía un riesgo mayor e innecesario. No había otra opción que los sondajes, señaló. Se efectuaron 9.500 metros de éstos en 18 a 20 pozos. Informó que contaron con nueve máquinas que se usan normalmente para el reconocimiento de yacimientos, no para rescates. Cada una de estas máquinas alcanza hasta 1.500 metros, con un 7% admisible de desviación, equivalente en este caso a 49 metros, para apuntarle dificultosamente a una galería de apenas 10 por 5 metros, justificó.
El Ministro Golborne explicó que el plan B logró el objetivo gracias a la creatividad de los sondajistas. Detalló el proceso de percances como la pérdida de un cabezal de máquina que retrasó en cinco días el reinicio de las faenas. Los gastos están muy detallados por contratos, que permitirán repetir oportuna y adecuadamente por la vía judicial.
V. ASPECTOS NORMATIVOS.
La minería es la única actividad económica que tiene un reglamento especial. El primero se dictó en 1926, teniendo como antecedente el cuerpo de seguridad minera del año anterior. El que actualmente se encuentra vigente es del año 1985, modificado sustancialmente en 2004.
1. Preceptos del Reglamento de Seguridad Minera (RSM) que podrían ser elevados a rango de ley.[17]
Las medidas de seguridad que deben observar las empresas mineras se encuentran contenidas a nivel reglamentario, especificando las obligaciones técnicas de las faenas. A partir de lo anterior, se formuló una propuesta de materias que podrían ser elevadas a rango de ley.
Con este objeto, se analizaron el marco constitucional y legal que permitieron la dictación del RSM, para entregar una visión doctrinal de lo que es el ámbito de la ley y del reglamento. A partir de él, se formuló una propuesta, que tiene como base que la doctrina establece, a partir del artículo 63 N° 20 de la Constitución, que es materia de ley toda aquella norma que de manera general y obligatoria estatuye las bases esenciales de un ordenamiento jurídico. Se propuso entonces pasar a rango de ley las siguientes materias contenidas, actualmente, en el RSM:
-Objetivos, campo de aplicación y atribuciones del Sernageomín;
-Obligaciones de las empresas y trabajadores de faenas mineras;
-Condiciones sanitarias mínimas en faenas mineras y obligaciones ambientales y relativas al cierre de faenas, y
-Fiscalización, infracciones y sanciones.
1.1. Marco constitucional y legal habilitante para dictar el RSM.
Las fuentes a partir de las cuales se dictó el RSM se encuentran fijadas en el visto del propio decreto por el que se dicta [18]. En él se señalan el artículo 32 N° 6 [19] y los artículos 2° numeral 8 y 9° numeral 2 letra c) del decreto ley N° 3.525, que crea el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomín)[20].
El artículo 32 N° 6 de la Constitución dispone que “Son atribuciones especiales del Presidente de la República :
6º. Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal, sin perjuicio de la facultad de dictar los demás reglamentos, decretos e instrucciones que crea convenientes para la ejecución de las leyes;”
Por su parte los artículos del decreto ley N° 3.525 disponen que:
“Articulo 2°. Corresponderá al Servicio Nacional de Geología y Minería:
8.- Velar porque se cumplan los reglamentos de policía y seguridad minera y aplicar las sanciones respectivas a sus infractores; proponer la dictación de normas que tiendan a mejorar las condiciones de seguridad en las actividades mineras de acuerdo con los avances técnicos y científicos; y requerir información sobre los programas y cursos de capacitación e informar a los trabajadores que se desempeñan en la industria extractiva.
Articulo 9°. El Subdirector Nacional de Minería tendrá las siguientes atribuciones:
2.- Proponer al Director Nacional y ejecutar los planes y programas de la Subdirección para la realización de las siguientes labores:
c) Velar porque se cumplan los reglamentos de policía y seguridad minera y aplicar las sanciones respectivas a sus infractores; y proponer la dictación de normas que tiendan a mejorar las condiciones de seguridad en las actividades mineras de acuerdo con los avances técnicos y científicos.”.
1.2. Marco doctrinal relativo al ámbito de la ley y la potestad reglamentaria.
Tanto la ley como el reglamento constituyen normas de carácter general. Entre una y otra existen, eso sí, diferencias, en cuanto a su ámbito de materias, de quién emanan, entre otros aspectos. A continuación se intenta fijar el ámbito de unas y otras.
1.2.1. Ámbito de la ley.
Conforme con lo que plantea Silva Bascuñán , las leyes son reglas abstractas, predeterminadas, generales, permanentes y principales [21], que emanan “del órgano legislativo, se sujetan al procedimiento propio para establecerlas” [22].
En nuestro ordenamiento constitucional, el ámbito de la ley se encuentra fijado a partir del artículo 63 de la Constitución, que se inicia con la frase “Sólo son materias de ley” a partir de lo cual, se “rechaza la posibilidad de atribuir tal calidad [de ley] a normas que versen sobre asuntos ajenos a la enunciación, la cual pretende ser categyrica” [23]. A través de ella, “el constituyente quiso, pues, prohibir al legislador disponer por tal vía en todo asunto respecto del que no exista un llamado expreso de la Carta a hacerlo” [24].
Lo anterior, por cuanto nuestro sistema legal se conforma como de dominio legal máximo; es decir, el ámbito de la ley está limitado a aquellas materias que la Constitución determina, ya sea dentro del artículo 63 del texto constitucional o en otros preceptos constitucionales que disponen que tal o cual materia debe ser objeto de regulación vía ley. Respecto de esto Silva Bascuñán señala que “Aquello que, conforme a la Constitución, ha de definirse necesariamente mediante ley, no puede, evidentemente, ordenarse a través de otro tipo de reglas de derecho”.[25]
En un sentido similar, Cordero Quinzacara señala que en nuestro sistema constitucional “se habría pasado desde un sistema de dominio legal mínimo, que rigió tradicionalmente en nuestras cartas constitucionales, a un sistema de dominio legal máximo. Así se establecería un reparto horizontal de competencias normativas entre la ley y la potestad reglamentaria del Presidente de la República ”. [26] Agrega más adelante este autor que, en razón de este reparto de competencias normativas “la ley sólo podía regular las materias que expresa y taxativamente enumera la Constitución”. [27]
Finalmente, dentro de las materias que quedan entregadas a la regulación vía ley, se debe tener presente que el artículo 63 N° 20 establece que queda dentro de éstas “Toda otra norma de carácter general y obligatoria que estatuya las bases esenciales de un ordenamiento jurídico.”. Este precepto constitucional, según Cordero Quinzacara , “abarca casi todo el poder normativo”.[28]
En todo caso, más adelante este autor concluye que, lo que este precepto constitucional dispone “es el deber que sus preceptos [de ley] han de ser generales y abstractos” [29], pues a través de él lo que se hizo fue incorporar “respecto de la ley un elemento sustancial, el cual más que constituir una materia de ley es una condición que debe cumplir una norma para tener el carácter de ley.” [30].
Por otra parte, al analizar la expresión “las bases esenciales del ordenamiento jurídico” señala que, a partir de ella, “el legislador tiene la capacidad de regular los más diversos aspectos de la vida social a través de las técnicas e instrumento[s] propios del derecho, pero al momento de afrontar dicha tarea ha de hacerlo a través de normas que respondan a las características de generalidad y abstracción.” [31]. Concluye, entonces -en relación con el dominio legal máximo- que “Es el propio legislador el que determina qué materias son jurídicamente relevantes y han de ser disciplinadas con las técnicas propias del derecho positivo (imposición de deberes, sanciones, coacción, etc.). Así, y tal como hemos señalado, es el legislador quien determina o cumple la función de clausurar las materias de dominio legal.”[32], [33]
1.2.2. Ámbito de la potestad reglamentaria.
Cuando hablamos de la potestad reglamentaria, queremos hacer referencia a la atribución especial del Presidente de la República contenida en el artículo 32 N° 6 de la Constitución, antes citada. Se trata “de un poder [entregado al Presidente de la República ] que le permite contar con una autosuficiencia normativa, pudiendo ejecutar las leyes y administrar el Estado.” [34].
Silva Bascuñán , por su parte, la define como “la facultad otorgada al Presidente de la República , para emitir toda especie de órdenes, encaminadas a satisfacer en la amplitud de su proyección, la vastísima tarea que le entrega la Carta y que no tiene más limitaciones que la de someterse a la Constitución y a las leyes (art. 24, inciso 2°) y la de no dictar normas que pertenezcan a la función legislativa (arts. 32 N° 8 [32 N° 6] y 60).” [35]
Esta potestad reglamentaria, se divide en dos: la potestad reglamentaria de ejecución y la potestad reglamentaria autónoma. A continuación analizamos, brevemente, lo que se entiende por una y otra.
La potestad reglamentaria de ejecución está destinada al desarrollo y detalle de la ley a fin de que ella sea operativa “cuando la ley no se baste a sí misma para su aplicación efectiva”. En estos casos, nos encontramos con que “la ley establece la regulación de una materia, dejando al Gobierno que establezca, mediante un reglamento, las normas necesarias para su ejecución concreta”.[36]
Con la potestad reglamentaria autónoma se hace referencia a “aquellas normas que fuesen dictadas por la Administración en materias no reguladas por las leyes y sin autorización, remisión o apoderamiento alguno por parte de éstas.” [37] En cuanto al ámbito que corresponde al ejercicio de esta potestad reglamentaria, ella correspondería a todo lo que, conforme con la Constitución no corresponda a materias de ley; sin embargo, señala Cordero Quinzacara , ello no sería así, por lo que la solución debiese establecerse a partir de la “intensidad de la regulaciyn que corresponde al legislador y a la potestad reglamentaria en una determinada materia” [38].
1.2.3. Relación entre ley y reglamento.
Respecto de este punto no cabe duda de cuál es la relación que existe entre la ley y el reglamento de ejecución; donde sí existirían dudas, sería en la relación entre la ley y el reglamento autónomo. En este punto, Cordero Quinzacara, señala que, mientras a la ley le corresponde determinar las bases esenciales de un ordenamiento jurídico, al reglamento le correspondería la regulación de los aspectos “no esenciales, complementarios o de detalles” [39].
Respecto de este mismo punto, Cazor Aliste y Pfeffer Uquiaga señalan que en la relación ley-rreglamento y la determinación de uno y otro, pasa por varias consideraciones [40], pero dentro de ellas, a nuestro juicio, es el principio de reserva legal el de mayor relevancia. Lo anterior por cuanto es, a partir de él, que “la intensidad de la reserva [legal] se modula [ ... ] y a mayor grado de afectación de un derecho fundamental, menos flexible serán las posibilidades de remisión de la ley al reglamento [41]; en los demás casos de reserva, el ejercicio de la potestad reglamentaria reconoce un cierto margen para introducir opiniones políticas” [42].
Sirve también para fundamentar lo anterior el hecho que existiría, en lo que se refiere a las materias de ley, “una competencia de atribución no constitucionalmente clausurada”43 derivado de lo que dispone el artículo 63 N° 20 antes citado, por el que se entrega al ámbito de las normas legales todo lo que dice relación con el establecimiento de normas de carácter general y obligatoria que estatuya las bases esenciales de un ordenamiento jurídico.
1.3. Propuesta de normas del RSM que podrían ser objeto de regulación legal.
A partir del esbozo hecho acerca de los ámbitos de la ley y el reglamento y la relación que entre ambos existe, se formula una propuesta de materias contenidas en el RSM que podrían ser objeto de regulación a nivel legal.
1.3.1. Contenido del RSM.
El texto refundido, coordinado y sistematizado del RSM se encuentra en el artículo quinto del Decreto Supremo N° 132. Se compone de 593 artículos organizados en los siguientes títulos y capítulos:
-Título I de los Objetivos, Campo de Aplicación y Atribuciones del Servicio
-Capítulo Primero Propósito y Alcances
-Capítulo Segundo Definiciones y Campo de Aplicación
-Capítulo Tercero Funciones y Atribuciones del Servicio
-Título II Normas Generales
-Capítulo Primero de las Obligaciones de las Empresas
-Capítulo Segundo de las Obligaciones de los Trabajadores
-Capítulo Tercero Normas Generales
-Capítulo Cuarto Condiciones Sanitarias Mínimas en Faenas Mineras
-Capítulo Quinto Obligaciones Ambientales
-Capítulo Sexto Estadísticas, Accidentes y Planes de Emergencia
-Título III Explotación de Minas Subterráneas
-Capítulo Primero Generalidades
-Capítulo Segundo Equipos de Transporte en Interior Mina
-Capítulo Tercero Maquinaria Accionada Mediante Combustible
-Capítulo Cuarto Ventilación
-Capítulo Quinto Perforación y Tronadura
-Capítulo Sexto Fortificación
-Capitulo Séptimo Equipos de Izamiento
-Capítulo Octavo Prevención y Control de Incendios
-Capítulo Noveno Instalaciones de Servicios
-Capítulo Décimo Sistemas Eléctricos
-Título IV Explotación de Minas a Rajo Abierto
-Capítulo Primero Generalidades
-Capítulo Segundo Perforación y Tronadura
-Capítulo Tercero Carguío y Transporte
-Capítulo Cuarto Instalaciones de Servicios
-Capítulo Quinto Servicios Eléctricos
-Título V Explotación Minería del Carbón
-Capítulo Primero Generalidades
-Capítulo Segundo Sistemas de Ventilación
-Capítulo Tercero Explosivos, Perforación y Tronaduras
-Capítulo Cuarto Sistemas de Fortificación
-Capítulo Quinto Prevención y Control de Incendios y Explosiones
-Capítulo Sexto Electricidad
-Título VI Explotación Minería del Petróleo
-Título VII Procesamiento de Sustancias Minerales
-Capítulo Primero Plantas de Tratamiento de Minerales
-Capítulo Segundo Fundiciones - Refinación
-Capítulo Tercero Plantas de Extracción por Solventes y Refinación por Electro-Obtención
-Capítulo Cuarto Depósitos de Residuos Mineros
-Título VIII Construcción de Proyectos y Obras Civiles en la Industria Extractiva Minera
-Capítulo Primero Definiciones y Generalidades
-Título IX Instalaciones y Servicios de Apoyo
-Capítulo Primero Generalidades
-Capítulo Segundo Transporte
-Capítulo Tercero Talleres y Maestranzas
-Capítulo Cuarto Instalación de Faenas y Campamentos
-Capítulo Quinto Sistemas Eléctricos
-Título X Normas Sobre Cierre de Faenas Mineras
-Capítulo Primero Normas Generales
-Capítulo Segundo Aspectos Técnicos de los Proyectos de Planes de Cierre
-Capítulo Tercero Aspectos Técnicos de los Proyectos de Plan de Cierre
-Título XI Generalidades de Explosivos en la Minería
-Capítulo Primero Construcción de Polvorines y Transporte de Explosivos
-Capítulo Segundo Manipulación de Explosivos
-Capítulo Tercero Perforación y Tronadura
-Título XII Puertos de Embarque de Minerales
-Título XIII Sanciones
-Título XIV Disposiciones Finales
1.3.2. Criterio para determinar las materias que debiesen tener rango de ley.
Como criterio para la determinación de cuáles materias podrían pasar a tener rango de ley, se puede señalar que, debieran tener rango de ley, todas aquellas materias a partir de las cuales se establezcan las bases esenciales de un ordenamiento jurídico, conforme con lo establecido en el artículo 63 N° 20.
A partir de lo anterior se diferenciarían los dos ámbitos normativos: el legal y el reglamentario. En el primero, por tanto, deberían considerarse todas aquellas materias básicas de la normativa aplicable a la seguridad minera; el segundo, en tanto, correspondería a la normativa de detalle que complemente y desarrolle dicha normativa, siguiendo lo que plantea Cordero Quinzacara en cuanto a que dentro del reglamento se deben contener las materias no esenciales y de complemento.
1.3.3. Propuesta de normativa que debiese tener rango legal.
Se formula la propuesta no señalando los artículos específicos que deben ser contenidos en el RSM que podrían alzarse a rango de ley, sino que las materias de dicho reglamento norma que, a partir de lo que plantea la doctrina nacional, podrían tener tal rango.
A partir del criterio anterior, podrían tener rango legal las siguientes materias:
-Objetivos, campo de aplicación y atribuciones de Sernageomín. Respecto de esta última materia debería determinarse qué facultades específicas no se encuentran reconocidas en la ley orgánica del Sernageomín y que requieren de reconocimiento legal expreso.
-Obligaciones de las empresas y trabajadores de faenas mineras, con especial énfasis en los planes de emergencia.
-Condiciones sanitarias mínimas en faenas mineras y obligaciones ambientales y relativas al cierre de faenas. Esta última materia, se refiere específicamente a las medidas que se deben tomar para evitar daños a la integridad y seguridad de las personas.
-Fiscalización, infracciones y sanciones, estableciendo los procedimientos de fiscalización, los procedimientos de aplicación y reclamación. En cuanto a las sanciones, se debiese establecer los tipos de infracciones siguiendo, por ejemplo, el esquema de infracciones leves, graves y gravísimas y los rangos de sanción aplicables a cada categoría de infracción.
2. Propuestas de nueva regulación presentadas en el seno de la Comisión.
2.1. Aumento de las multas.
De forma unánime, los funcionarios citados y los diputados que se expresaron al respecto, señalaron que resulta irrisorio que las multas del RSM lleguen apenas al millón de pesos.
En términos procedimentales, el señor Yanes , indicó que si el Sernageomín sube las multas, la Contraloría las objeta, por lo que se requiere una intervención gubernamental.
El aumento es fundamental para disuadir a las empresas del incumplimiento del RSM porque les conviene económicamente. Una eventual reforma al sistema sancionatorio debe, por ello, considerar la capacidad de pago de las compañías mineras, ya que existen en nuestro país a lo menos dos realidades: la de la gran minería y ésta de las medianas y pequeñas, en las cuales las normas de seguridad son insuficientes.
Algunos Diputados incluso propusieron que ciertos casos de incumplimiento de normas mineras fueran tipificados penalmente.
2.2. Otorgamiento de la facultad de clausurar faenas al Sernageomín y coordinación de cierres temporales.
Actualmente el Sernageomín no tiene esta facultad, lo que le resta imperio para imponer sus observaciones.
Frente a los accidentes graves, como se ha señalado, tienen la facultad de exigir el cierre temporal la autoridad de Salud, del Trabajo y el Sernageomín. Suele suceder también, que las mutuales de seguridad lleguen antes al lugar del accidente, pero hoy sólo se relacionan con la Superintendencia de Seguridad Social, que las fiscaliza. Se requiere, por tanto, modificar la normativa de modo de exigir una coordinación comunicacional entre todos estos organismos, centrada en el informe técnico del propio Sernageomín, que es el único servicio que cuenta con la experticia profesional en materia minera. Así se evitarán las frecuentes contradicciones.
Con todo, la posición de las mutuales en prevención se ha visto mejorada, y por su cercanía a los trabajadores, deberían adquirir competencias mayores.
2.3. Separación de Geología y Minería.
Ambas áreas son cada vez más distintas, por el conocimiento técnico que requieren. Es una idea orgánica que puede hacer del Sernageomín un ente mucho más eficiente.
2.4. Creación de un departamento de estudio.
El señor Yanes consideró urgente que el Sernageomín cuente con un grupo de profesionales aislado del devenir diario, que estudie los adelantos tecnológicos y la actualización del RSM. Propuso que éste fuera constituido por geomecánicos, geólogos, ingenieros civiles de minas y geomensores de experiencia.
2.5. Recepción de obras.
Es fundamental que el Sernageomín vise que las exigencias dictadas a las compañías mineras sean cumplidas por éstas para seguir operando.
2.6. Presencia de los comités paritarios y del prevencionista de riesgos en las faenas.
Éstos son los llamados a velar por la seguridad de sus propios pares, y empresas como San Esteban Primera los tenían fuera de las faenas, por lo que la prevención no era efectiva. Urge entonces hacer obligatoria la presencia al menos de uno de sus representantes con fuero por vía reglamentaria, por cuanto pueden denunciar los accidentes con mucha mayor facilidad que las empresas, que ven sus cotizaciones aumentadas por éstos. El representante debe ser auxiliado por el conocimiento técnico del prevencionista.
2.7. Acreditación del empresario minero, del jefe de minas y de los mineros.
Los Diputados observaron el peligro que implica en muchos casos la aplicación de lógicas de eficiencia de otras industrias a la minería. Y más aún aplicadas al laboreo al interior de la mina. Por ello proponen que se acredite la experiencia para cumplir la condición de empresario minero y se exija un título profesional de áreas ligadas a la explotación minera para dirigir las faenas.
Se recalca que faenas que requieren conocimiento técnico, como la fortificación, e incluso aquellas de mera extracción, no pueden ser realizadas por personas sin experiencia. Para evitarlo, es indispensable la selección de personal o a lo menos su capacitación, comunicada al ente fiscalizador.
2.8. Validación de los sindicatos como interlocutores.
Ante la evidencia del conocimiento que los trabajadores tienen de los yacimientos, sabiendo cuando éstos pueden desplomarse, es fundamental que sean escuchados por las autoridades fiscalizadoras y de Gobierno.
2.9. Exigencias diferenciadas por profundidad y tamaño.
Este tema es central, por cuanto el Reglamento de Seguridad Minera debería distinguir los piques según su profundidad y establecer mayores exigencias de seguridad cuando más honda sea la faena, pues la mayoría no pasa de los 100 metros y la mina San José llegaba a los 700.
Aparte de la profundidad, se propone utilizar la distinción económica entre gran, mediana y pequeña minería, para efectos de proteger a los trabajadores según las necesidades y posibilidades del modo de explotación. Así se podrá evitar la mayor complicación de la mediana, por su sensibilidad a los precios y porque no son mineros quienes la operan directamente, como sucede en la pequeña minería.
2.10. Catastro de minas.
Para evitar nuevos accidentes, se recomienda el establecimiento de un organismo técnico nacional que lleve el catastro de minas, con capacidad de sancionar. Actualmente existen sobre 3.000 faenas empadronadas por Enami. Habría que exigir a todos quienes comienzan actividades de pequeña minería enrolarse por medio de un formulario, cumpliéndose efectivamente el artículo 21 del RSM.
Una alternativa es generar un nuevo empadronamiento por la vía de un tercero externo, para saber dónde están ubicadas esas 3.000 faenas que a Enami le venden minerales.
2.11. Métodos de explotación.
Se recomienda que exista un peritaje de ingenieros civiles en minas del modo de explotación. A las empresas habrá que exigirles que acrediten cómo van a llevarlo a cabo, firmado por el ingeniero en cuestión.
2.12. Creación de una Superintendencia.
Entre las labores de este nuevo organismo estará el de asignar mejores sueldos, observando el mercado, para evitar los actuales problemas de competencia y experticia para los concursos públicos.
VI. DOCUMENTOS.
Toda la documentación siguiente está disponible en la página web www.camara.cl y en la Comisión de Minería y Energía.
2. Antecedentes aportados por las personas citadas e invitadas.
2.1. Alejandro Vio.
1. Cuadro resumen del presupuesto y del personal para el período 2008-2010.
2. Resoluciones de Sernageomín, Nos. 1.158 de 11 de mayo de 2004, que aprueba el proyecto de saneamiento de la infraestructura de la rampa y la regularización del método de explotación de la mina San José , y 316 de 22 de marzo de 2007, que ordena la paralización temporal parcial de la faena, por accidentes fatales del 30 de noviembre de 2006 y 5 de enero de 2007.
3. Oficios de la Subdirección de Minería de Sernageomín, Nos 1.773 de 19 de diciembre de 2007, del Subdirector de Minería, que autoriza el reinicio de la faena bajo el nivel 500 hasta el nivel 75 y la explotación del nivel 90, y 756 de 30 de mayo de 2008, del Subdirector de Minería (S), que aprueba la reapertura total de mina.
4. Oficios de la Dirección Regional de Sernageomín, N° 4.080 de 3 de julio del 2008, que ratifica lo comprobado en visita inspectiva de fiscalización e indica que el proyecto de ventilación no estaba completado, concediendo un plazo de 60 días para hacerlo, y de julio de 2010, que reanuda el trabajo en la zona paralizada por el accidente grave de Gino Cortés.
2.2. Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny .
1. Estudio geotécnico: dimensionamiento de unidades de explotación, recomendaciones de fortificación y monitoreo para la reapertura de la mina San José .
2. Resolución Nº 316 de 22 de marzo de 2007, que ordena la paralización temporal y parcial por contravención al Reglamento de Seguridad Minera.
3. Carta del Sernageomín a Alejandro Bohn , comunicando la reunión del día jueves 18 de enero de 2007, enviada por el señor Patricio Cartagena , Director Nacional .
4. Cartas enviadas por Alejandro Bohn a Patricio Cartagena , Claudio Valencia y Exequiel Yanes , en las cuales adjunta el resumen de actividades de prevención de riesgos del período 2004-2006, fechado el día 18 de diciembre de 2006.
5. Cartas enviadas por Alejandro Bohn con el propósito de reabrir la mina San José .
6. Declaración de quiebra de la Compañía Minera San Esteban Primera S.A., de fecha 18 de agosto de 2010.
7. Antecedentes del accidente de Gino Cortes.
8. Ordinario Nº 04.074 de 21 de julio de 2010, sobre la autorización de reinicio de las faenas, enviado por Rodolfo Díaz Godoy .
9. Factura Nº 25.727 por compra de suministros para el refugio de la mina, de fecha 3 octubre de 2010.
10. Reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad.
11. Reglamento y procedimientos de acuñadura del área de la mina.
2.3. Santiago Pinilla .
Fotocopias del libro de visitas inspectivas de Sernageomín, el cual se encuentra en el lugar de las faenas.
2.4. William Díaz .
1. Información sobre las compras de concentrado de cobre y oro realizadas a la Minera San Esteban y detalle de su endeudamiento con Enami.
2. Actas de acuerdo del Directorio de Enami, en relación a la Minera San Esteban Primera S.A., con atención a modificar la estructura de pagos de deudas.
2.5. Sindicato de trabajadores de la mina San José.
1. Acta de mediación entre el Sindicato y la Minera San Esteban, con respecto a un Plan de Egreso para trabajadores de las minas San José y San Antonio.
2. Recurso de Protección Nº 65-2004 del Sindicato Nº 2 contra Minera San Esteban y Sernageomín.
3. Cartas enviadas al Servicio de Geología Minera, Superintendencia de Seguridad Social e Intendenta de la Región de Atacama
4. Modificación del método de explotación de las minas San José y Carmen .
5. Resumen de las visitas inspectivas a las minas San José y San Antonio por parte de Sernageomín.
2.6. Nolberto Contador.
1. Resumen de actividades de E-Mining con Minera San Esteban.
2. Diagnóstico de estabilidad para el rescate de los equipos de la mina San José.
3. Propuesta operativa de la mina San Antonio.
4. Contrato de suministros de servicios de operación de la mina San Antonio.
5. Intercambio de correos electrónicos entre ejecutivos de E-Mining y Alejandro Bohn , con respecto al refugio en construcción en la mina San José y sobre los pagos adeudados a E-Mining, por su operación.
6. Carta enviada por E-Mining a Sernageomín dando aviso del término de servicios en la Compañía Minera San Esteban.
7. Informe del estudio geotécnico, para la reapertura de la mina San José.
2.7. Vincenot Tobar .
1. Memorándum Nº12/200. En el cual informa del Sistema de Gestión y de Seguridad y Salud de la mina San José.
2. Carta a René Rojas San Martín , Director Regional Interino del Sernageomín , en la que adjunta el informe “Respuesta a observaciones de Sernageomín formuladas durante la inspección a mina San José” de 13 de abril de 2009.
2.8. Hugo Yáñez .
1.- Carta de Fernando Gatica , de Sernageomín, en la cual informa sobre la documentación solicitada en las actas de inspección del 5 de julio de 2010 (Ord. Nº 6.336).
2.- Correos electrónicos de Hugo Yáñez enviados a ejecutivos de la mina, en relación a los trabajos de fortificación, construcción de by-pass en el nivel 120 y trabajos en los niveles 120, 90, 75 y 45 de la mina San José .
2.9. Mariano Gajardo .
Informe sobre el trabajo realizado en Sernageomín, su estructura organizacional, presupuesto 2010 y recursos con que cuenta el Departamento de Seguridad Minera para el período 2010-2011.
2.10. Rodolfo Díaz .
Informe sobre la organización, funciones y atribuciones del cargo, relación con la Compañía Minera San Esteban, cronología de hechos relacionados con el rescate y circunstancias de término de su relación laboral.
2.11. Otros.
1. Resolución Nº 2.225/ 2010 del Seremi de Salud de la Región de Atacama , en la que autoriza la reanudación de faenas en la mina San José , Nivel 60 NNE, de 28 de julio de 2010.
2. Alternativa de rescate de la empresa Reveco .
3. Documentos de la ACHS sobre seguridad de las faenas mineras, que incluyen copias de los informes que dan cuenta de su asesoría en prevención de riesgos a la Compañía Minera San Esteban Primera.
4. Antecedentes de la mina San Antonio:
4.1. Informe del accidente fatal del 3 de diciembre de 1996.
4.2. Memorándum Nº 581 de 8 de septiembre de
1997, sobre el proyecto del método de explotación de la mina San Antonio. 4.3. Documentos sobre el método de explotación.
4.4. Informe del accidente fatal del 30 de marzo de
2002, ocurrido en la ruta C-37.
4.5. Carta enviada por el Sindicato de Trabajadores Nº 2 de la Compañía Minera San Esteban al Director Regional del Trabajo Región de Atacama , con fecha 19 de febrero de 2004.
4.6. Informe de opinión referente a la mina San Antonio .
4.7. Resolución Nº 1.306 de 27 de marzo de 2004, en el cual se aprueba el Proyecto de Reactivación de la Mina San Antonio.
4.8. Informe del accidente fatal de fecha 30 de noviembre de 2006.
4.9. Resolución Nº 316, en la cual se ordena la paralización en forma temporal y parcial de las faenas pertenecientes a la Compañía Minera San Esteban Primera S.A.
4.10. Resolución Nº 626 del 20 de junio de 2007, que autoriza las labores de reapertura de la mina San Antonio, con la finalidad de realizar los estudios que en esta misma resolución se solicita.
4.11. Ordinario Nº 1.255 del 20 de agosto de 2007, en el cual autoriza el reinicio de faenas de explotación de la mina San Antonio.
VII. EXPOSICIONES EFECTUADAS POR LAS PERSONAS INVITADAS A LA COMISIÓN.
1. El ex Director Regional de Sernageomín , señor Anton Hraste Carrasco .
Explicó que tuvo un período bastante extenso como Director Regional de Atacama, desde el 1 de febrero de 1995 hasta el 30 de junio de 2007.
Señaló que es importante tener en cuenta que la empresa San Esteban Primera explota una veta mediante dos minas, la San José y la San Antonio. Ambas tienen las mismas características. La mina San José tiene una longitud de más de 5 kilómetros, una profundidad que supera los 800 metros y un ancho de aproximado de 30 metros. La mina San Antonio tiene una profundidad de 400 metros. Son minas con bastante accidentalidad.
Indicó que el 5 de enero de 2007 fue a visitar la mina San Antonio, la que como Director Regional de Sernageomín había paralizado un mes y medio antes, por un accidente fatal, en el que perdió la vida un conductor de un camión que estaba esperando en una estación de carguío. En el lugar cayó un planchón grande, de alrededor de 90 toneladas y lo mató en forma instantánea.
Agregó que cerró la mina y solicitó que se hicieran estudios geomecánicos. Posteriormente, a petición de la empresa fue a la mina para rescatar un cargador frontal, por cuanto no había autorización para sacar maquinaria. En aquella ocasión lo acompañó un geólogo de Sernageomín que trabajaba bajo sus órdenes en la dirección regional, el señor Ricardo Castro , y en esa ocasión observaron que se habían producido dos o tres derrumbes, por lo que no se pudieron acercar donde estaba la maquinaria, porque era muy peligroso. Tuvieron que abandonar la mina San Antonio, la que continuó cerrada y nunca más autorizó su reapertura. Era una mina que tenía un gran historial. Incluso, cuando volvía de vuelta a Copiapó, le informaron que se había producido otro accidente fatal, pero ahora en la mina San José.
A raíz de lo cual, se devolvió a conocer de los hechos ocurridos y se percató que se había producido un derrumbe que provocó la muerte del ayudante de un geólogo que trabajaba ahí, a 600 metros de profundidad, pero en la rampa de acceso. En aquella oportunidad no entró a la mina, ya que estaba Carabineros retirando el cadáver.
Señaló que en esa ocasión entró el geólogo Ricardo Castro y observó la situación, e incluso sacó fotos y ayudó a sacar el cadáver. En ese momento determinó que más que un derrumbe, lo que se produjo fue una explosión de rocas y eso cambia mucho las cosas, porque cuando hay un derrumbe, se fortifica. Y si se fortifica adecuadamente, es muy probable que no ocurran más derrumbes.
Explicó que ambas minas son muy similares, el comportamiento, la mineralogía, la estructura, el tipo de roca, la mecánica de rocas, etcétera, es similar porque la veta es la misma. Es una lástima que no estén comunicadas, porque si fuera así, cada una tendría salidas auxiliares y ventilación.
Indicó que cuando el geólogo le dijo que le parecía que era una explosión de rocas, le produjo una gran preocupación. Porque cuando existe una explosión de roca, no es predecible. Efectivamente, uno de esos trozos golpeó a este señor y le causó la muerte en forma casi instantánea.
Por consiguiente, solicitó a la empresa dueña del yacimiento, San Esteban Primera , que contratara los servicios de una empresa consultora especializada en mecánica de roca, para determinar si efectivamente era o no explosión de roca. En 20 días, se emitió un informe en el cual se corroboró que esto era efectivo.
Era absolutamente necesario saber si se había producido una explosión de roca. La roca siempre está sujeta a presión, por el peso del cerro, que son muchas toneladas. Normalmente, cuando la roca llega a su máxima posibilidad de compresión, colapsa y se fractura, lo que puede generar un derrumbe normal, como todos los conocemos. Pero cuando se juntan circunstancias especiales, en que hay una presión especial, que puede ser igual que otras veces, pero con un tipo de roca que tiene componentes distintos, el comportamiento de la roca no es tan plástico, sino que responde casi al comportamiento de un cristal, que no sólo se fractura pasivamente, como un terrón que se aplasta, sino que es como un vidrio o un cristal que al romperse, suelta esquirlas y las tira con cierta potencia a una cantidad de metros. En este caso, el geólogo que midió y sacó fotos vio fragmentos que llegaron hasta 25 metros.
Por otra parte, esta la mina San José , la cual tiene un historial complicado. Tiene una rampa de acceso que siempre ha sido causa de muchos problemas. Planteó que ambas minas fueron explotadas con tecnología que, seguramente, en los tiempos en que se inició era la adecuada, porque había otro tipo de explosivos, de arranque, de diagrama de disparo, de maquinaria minera y de camiones. Pero ahora ya no lo era, porque la rampa de acceso, que era paralela a la veta y bajaba en forma de zigzag, no en forma de espiral, estaba muy cerca de ésta, entre 5 y 10 metros. Además, la veta es ancha, cada vez que se perforaba y se tronaba, la rampa de acceso era muy golpeada. La rampa es el lugar por donde pasan obligadamente los que entran y salen de la mina.
Indicó que en la mina San Antonio , algunos años atrás, había obligado a que se hiciera otra rampa de acceso, e hicieron alrededor de 3 kilómetros, lo que solucionó gran parte del conflicto. Lamentablemente, no se hizo lo mismo en la mina San José, por lo que la rampa tenía serios problemas.
Agregó que a la mina San José se sumó todo un historial. La explosión de la roca fue lo que gatilló para determinar que no era prudente reabrir la mina nunca más. Su decisión se la señaló a la prensa, lo conversó con las autoridades de la región y se lo manifestó a los dueños de la empresa y en forma particular al gerente general, señor Alejandro Bohn . Ante la determinación de no reabrir la mina, el señor Bohn concurrió a la Dirección Regional, en compañía de su jefe de operaciones, señor Sergio Osorio , para solicitarle que estudiara las posibilidades de rescatar la maquinaria minera que quedó en su interior, no enterrada, porque la explosión de roca botó muy poco material, de hecho pudieron bajar a la mina. La idea era sacar un par de camiones, unos jumbos de perforación, un cargador frontal, que es maquinaria minera de alto costo. Para lo cual les solicitó que le presentaran un procedimiento para rescatar dicha maquinaria, que no produjera riesgo en las personas que ejecutaran dicho rescate, por cuanto se podría ocasionar un nuevo derrumbe u otra explosión de roca. Por último le presentaron el procedimiento solicitado, que era el informe de la empresa consultora respecto de la explosión de roca, que está disponible, porque es un documento oficial, el cual fue revisado, modificado y finalmente aprobado, realizándose el rescate de la maquinaria. Se dejó en claro, sin embargo, que una vez retirada la maquinaria, ya nadie más entraría a la mina, para lo cual se ordenó que se tapara la entrada con material, como piedra y rocas.
Explicó que no accedió a reabrir la mina, conservando el documento inicial que la paralizaba, porque no había innovaciones sustanciales, ni un un acceso nuevo. Para reabrir una faena minera en esas circunstancias había que presentar todo un proyecto nuevo de ingeniería, completo. Eso no lo vió, porque dejó el cargo antes. No sabe si después cumplieron con la petición que se le había hecho a la empresa.
Posteriormente comenzaron las conversaciones, que era algo natural, por cuanto se le habían paralizado las faenas mineras de ambas minas. También había razones de tipo social, pues trabajaban más de 200 mineros. La empresa, con sus dos minas paradas, empezó a procesar minerales que tenía en stock, no supo si eran de buena o mala ley, pero lo hicieron y en ese momento hubo conversaciones para estudiar la posibilidad de reabrir esas minas.
Luego hubo conversaciones durante un par de meses, donde había teorías de buena voluntad, en el sentido de que iba a cambiar radicalmente la visión de la seguridad, entre otras. Pero no cedió ante las proposiciones que hacía la empresa. Les planteó que de las dos minas hicieran una sola, con un ingreso y rampa nuevos; es decir, una mina nueva para trabajar los sectores vírgenes. Y también era posible que si se iban por el nivel mucho más bajo, se podría extraer por gravedad, sin arriesgar a la gente, el mineral que más se pudiera, no todo. La idea era no arriesgar a las personas. Se trataba de explotar sectores de la veta que no estaban explotados.
Anteriormente, los había hecho usar maquinaria al interior de la mina a control remoto; había funcionado. En otra mina también lo aplicó y ese sistema se puede operar. Entonces, había posibilidades, pero en una mina nueva, y sobre todo, con un acceso nuevo. Durante el tiempo que fue Director Regional , eso no ocurrió.
Finalmente, mientras fue Director Regional no permitió la reapertura de la mina San José , a pesar de todas las conversaciones, planteamientos, argumentos y proyectos presentados para reabrir la mina. En junio de 2007 el entonces Director Nacional , señor Patricio Cartagena Díaz , le comunicó que tenía que dejar la Dirección Regional de Sernageomín, para realizar otras funciones en el Servicio. Situación que le pareció bastante extraña, pero acató tal decisión sin cuestionarse más allá de lo necesario. Por lo que optó por el centro de capacitación de Sernageomín, quedó como coordinador académico y al cabo de unos meses, asumió como jefe del Centro. Por lo tanto, desde el 30 de junio de 2007, que dejó el cargo de Director Regional, quedó completamente alejado de todo el quehacer en cuanto a inspecciones y proyectos de la región, cuando las dos minas de San Esteban -San Antonio y San José - estaban paralizadas.
Lo subrogó don Pedro Hiplán , jefe del departamento de propiedad minera en la regional. Pero la mina San José se reabrió, cuando ya estaba como Director Regional titular, don Marcelo Guzmán Cornejo . No tuvo conocimiento de aquello, porque ya no estaba en la zona.
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2. El ex Director Nacional del Sernageomín , señor Alejandro Vio Grossi .
Explicó que trabajó en Sernageomín, desde mediados del 2003 hasta el año 2006 como Subdirector Nacional de Minería . Posteriormente, trabajó en la Comisión Chilena del Cobre, y retornó el 15 de enero del año 2008 al Servicio, como Director Nacional de Sernageomín , a través de una terna que hizo el Sistema de Alta Dirección Pública.
Dividió la exposición en dos partes. La primera, sobre la actuación que tuvo como Director Nacional de Sernageomín , la que a su vez, se divide en tres partes, a saber: los datos más relevantes que ocurrieron en Sernageomín en el período 2008-2010; los principales desafíos o urgencias que han ocurrido en ese período, y las políticas impulsadas.
La segunda parte, se refiere a la relación que le cupo a Sernageomín, en el derrumbe de la Mina San José , la cual, a su vez, se divide en los siguientes temas: las resoluciones del Director Nacional; las resoluciones de la Subdirección -o del subdirector- Nacional Minería; los oficios de los directores regionales y las acciones que adoptó Sernageomín, en relación con lo ocurrido.
Por último, hizo algunas reflexiones, más que conclusiones.
Indicó que la idea, es aportzr la mayor cantidad de antecedentes para efectuar un esclarecimiento de la verdad de lo acontecido en la mina San José , para lo cual, aportó antecedentes acerca de la labor de fiscalización que le corresponde a Sernageomín, respecto de la seguridad minera.
Recalcó la falta de presupuestos del Servicio, para tener una dotación de personal adecuada a las labores que debe desarrollar. En el año 2008, el Servicio tenía un presupuesto aprobado de 6.946.530 millones de pesos, con una dotación autorizada de 329 funcionarios.
En relación con lo anterior, señaló que la Subdirección Nacional de Minería, tiene 120 personas; la Subdirección Nacional de Geología, tiene 131 personas; la casa central, para realizar una gran cantidad de funciones, cuenta con 77 funcionarios y finalmente, la Subdirección de Minería, tiene 17 inspectores, para fiscalizar 3.600 faenas mineras. Agregó, que en el año 2008, ocurrieron 41 accidentes fatales.
Explicó que en el año 2009 se les otorgó un presupuesto de 10.998 millones de pesos, y se les aprobó una dotación de 356 personas. Agregó que en ese año, se aumentó en dos, el número de inspectores de fiscalización de acuerdo al presupuesto, y se debían fiscalizar 3.400 minas. En ese año, hubo un baja en el precio del cobre, lo que hizo que algunas faenas cerraran.
Para este año 2010, se le aprobó al Servicio un presupuesto de 12.200 millones de pesos, con una dotación de 359 personas. A lo que va de la fecha, han fallecido 31 personas, por accidentes mineros.
Planteó que en el instante que dejó la dirección nacional, existía un estudio para postular a un presupuesto para el año 2011 de 28.400 millones de pesos aproximadamente, y se solicitaría un aumento de dotación de personal de hasta 611 funcionarios.
Indicó que la institución tiene en la actualidad 349 personas contratadas; de las que 143 están dedicadas a la Subdirección de Geología y 127 a la Subdirección de Minería. De las 127 personas de la Subdirección de Minería, 9 son profesionales dedicados a la seguridad, que es la gente que revisa los proyectos que presentan las empresas, -métodos de explotación,- y los proyectos de cierre de faenas mineras, que se hacen de acuerdo al reglamento de seguridad minera. Además se revisan los proyectos de la construcción y mantención de los tranques de relaves del país. Por último, hay 19 inspectores de seguridad.
De las 349 personas que integran la totalidad del Servicio, 144 personas trabajan en regiones, 205 trabajan en Santiago, y 21 trabajan en la Región de Atacama.
Por otra parte, es importante señalar que el Sernageomín cuenta con 7 direcciones regionales: Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama , Coquimbo, una regional central que tiene sede en Quilpué y que abarca la Quinta, la Metropolitana y la Sexta regiones, y una regional sur, ubicada en Concepción, que abarca desde la Séptima Región hasta la Antártida.
Esas direcciones regionales, son dependientes técnicamente de la Subdirección Nacional de Minería, es decir, abarcan la propiedad minera, la seguridad minera y el medio ambiente en la minería.
En la parte de geología, la mayor cantidad de gente que trabaja en esa Subdirección, está en la ciudad de Santiago. Además, se cuenta con una oficina regional técnica en Puerto Varas, en Coihaique y el primer observatorio vulcanológico que se está implementando en base a la red nacional de vigilancia volcánica, que está en Temuco.
Explicó que el presupuesto 2008-2009 fue de 6.900 millones de pesos. El presupuesto aprobado para 2009 fue de 10.900 millones de pesos, lo que significa un aumento de 4 mil millones de pesos en ese año. Además, por la construcción de la red nacional de vigilancia volcánica, les entregaron 1.800 millones de pesos y 322 millones de pesos para la contratación de personal que se incorpora al tema del vulcanismo.
Indicó que cuando asumió como Director Nacional de Sernageomín , el 15 de enero de 2008, ya estaba en erupción el volcán Llaima. El 3 de mayo hizo erupción el Chaitén y después vino el terremoto de febrero del presente año.
En todas estas acciones de la naturaleza, el Servicio ha tenido una muy amplia participación y ha centrado sus esfuerzos en estas tareas.
Señaló que en el año 2008, cuando se empezó a diseñar el presupuesto para el 2009, se hizo a tres años para que tuviera una lógica en los recursos que se estaban pidiendo.
Expresó que el primer tema que había que estudiar, era el de la seguridad para obtener una buena fiscalización de las faenas mineras. Para lo cual, se solicitó tener 44 ingenieros dedicados a la seguridad minera, fiscalizando las faenas con las correspondientes camionetas, computadoras, etcétera.
El Servicio no solo fiscaliza, también efectúa una capacitación a los trabajadores, para lo cual, les imparte diversos cursos. En algunos casos, cuando son cursos que dan categoría profesional, estos son pagados. En muchos casos, sobre todo en la pequeña minería, se realizan cursos con convenios con asociaciones mineras, o a través del Pama, en donde los cursos son gratuitos. Agregó que en el año 2009, el Servicio capacitó alrededor de 4 mil personas, entre profesionales y trabajadores del sector minero.
Otro proyecto muy importante impulsado por el Gobierno, es el que se refiere a la información geológica con que cuenta el país. En este tema el país se encuentra muy atrasado en información geológica para la exploración, para el desarrollo sustentable, para las construcciones hidroeléctricas y para el ordenamiento territorial.
Indicó que al respecto, existe la necesidad imperiosa de contar con esta información, no sólo para el sector minero, sino también en materia de peligros geológicos y para el ordenamiento territorial.
Por otra parte está el tema de la seguridad, el que siempre ha sido prioritario para Sernageomín. Por lo que en el año 2007, se realizaron 2.029 fiscalizaciones; en 2008 aumentaron a 2.285 y en el año 2009 se realizaron 2.310 fiscalizaciones. Para este año se pretende llegar a efectuar 2.400 fiscalizaciones, producto de dos fiscalizadores nuevos que se incorporaron y algunas acciones de mejora que se efectuaron en el tema de la fiscalización.
Es necesario efectuar fiscalizaciones, a raíz de que no se cumplen las normativas dictadas por parte de las empresas, las que tienen la obligación de acatarlas. Es imposible medir el efecto que tienen las fiscalizaciones efectuadas por el Servicio. Porque cuando se hace una fiscalización y la empresa hace la acción correctiva, puede ocurrir un accidente, pero no hay datos al respecto. Lo que sí se sabe, es que el Servicio hace las fiscalizaciones y a raíz de lo cual, se han cerrado minas, por lo que es efectivo que se ejecuta el mandato de la ley. Lo que no se puede saber, es que si a raíz de las paralizaciones decretadas, se pudo evitar algún accidente. Además, es necesario fortalecer el Servicio, para lo cual, es indispensable tener entre doce a dieciséis inspectores, para le Región de Atacama, pero también sería necesario contar con recursos, para poder contratar asesores externos. Un servicio público no puede tener profesionales de todas las competencias, por tanto, si se necesita el mejor geomecánico para autorizar el funcionamiento de una mina, el Servicio debe tener los recursos necesarios para contratarlo. En Sernageomín hay un problema serio por falta de recursos, de tecnología, de gente. El Estado creó este servicio por la peligrosidad del trabajo en las faenas mineras.
Otro tema que le tocó realizar durante su gestión, fue organizar el Centro de Capacitación de Seguridad Minera, el que capacita alrededor de 4 mil trabajadores y profesionales durante el año. Ha sido necesario reestructurar dicho Centro, después del sumario administrativo que hubo que realizar debido a las gravísimas infracciones que se produjeron, razón por la que fueron destituidas cuatro personas, entre los que estaba el señor Anton Hraste . Agregó que cuando él asumió el cargo de Director Nacional, el señor Hraste ya no era Director Regional de la Tercera Región . Era el Director del Centro de Capacitación y producto de un sumario administrativo, fue destituido junto a tres funcionarios más. Posteriormente los destituidos apelaron a la Contraloría General de la República, pero ésta validó el sumario.
Por otra parte, cuando asumió el nuevo Gobierno se reunieron con el Ministro de Minería , señor Golborne y en esa oportunidad le explicó en que pie estaba Sernageomín, con sus fortalezas y debilidades. En aquella oportunidad le pidió el Ministro que apurara al máximo la cartografía geológica de Chile, por lo que fue necesario solicitar la suma de 140 millones de dólares para completarla que es un dato muy importante para el desarrollo sustentable del país.
Señaló que el Servicio tiene un problema de presupuesto y de personal para revisar las mensuras. Agregó que el Sernageomín actúa como asesor en los tribunales de justicia para la constitución de las concesiones de explotación a través de la revisión de mensuras en terreno de todas las concesiones que se piden en el país. Producto del gran boom que ha habido por el precio de los metales y por la actividad minera, la cantidad de mensuras que llegan al Servicio para ser revisadas, ha aumentado significativamente, lo que implica que el Servicio tiene un atraso del orden de un año. Por lo tanto, había que presentar un proyecto para cumplir a tiempo la revisión de mensuras y ese trabajo se debía hacer sin descuidar las tareas normales que debe realizar el Servicio.
Además producto del terremoto, hubo que realizar una reducción presupuestaria de un 5 por ciento y se debieron de adecuar algunos otros ítems.
Explicó que la mina San José es explotada desde el año 1883, en forma artesanal. Después ha sido parte de la mediana minería. En mayo de 2004, se dictó una resolución que aprobó el proyecto de saneamiento de la infraestructura y la regularización del método de explotación de dicha mina; es decir, se autorizó formalmente su método de explotación. En dicha resolución, se autorizó un nivel de producción de hasta 23 mil toneladas por mes. Además se estableció que el sistema de explotación sea a través de realce por niveles, que había que arreglar la rampa y que la chimenea de ventilación debía cumplir con lo establecido en el Reglamento de Seguridad Minera, para lo cual la chimenea se debía adecuar como galería de escape. Todas éstas, fueron las condiciones que estableció Sernageomín, a través de la resolución de normalización.
Planteó que luego de los accidentes fatales ocurridos, en 2006 del trabajador Fernando Contreras en la mina San Antonio y el ocurrido el 5 de enero de 2007, del trabajador Manuel Villagrán en la mina San José , se dictó una paralización temporal de la faena. No fue un cierre definitivo, sino que fue temporal.
El cierre temporal implicaba solo lo que dispone la resolución. En ella se otorga la realización de labores superficiales, se ordena presentar un estudio geomecánico que incluya las labores de desarrollo, que se identifiquen los frentes de peligro y se fortifique en forma adecuada. Es decir, se cerró la faena temporalmente hasta que se presentaran esos antecedentes. Por lo que debe quedar claro que no fue un cierre definitivo, solo se le condicionó a realizar los trabajos de seguridad que dispuso Sernageomín.
Indicó que el 19 de diciembre de 2007, el Subdirector Nacional de Minería, mediante oficio N° 1.773, autorizó a la Empresa San Esteban Primera el reinicio de las faenas en la mina San José, solamente bajo el nivel 500 para reparación, no para explotación. Asimismo, le indica que para obtener la reapertura total, debe presentar un proyecto de ventilación, un proyecto eléctrico y un informe geomecánico que aparte de la fortificación, debe incluir un monitoreo, para lo cual se le un plazo de 60 días. En todo caso, es necesario dejar en claro, que la reapertura debió hacerse mediante una resolución y no por medio de un oficio, como se hizo.
Posteriormente el 30 de mayo de 2008, el Subdirector Nacional de Minería subrogante, autorizó la reapertura total de la mina, exigiendo que se debían tomar precauciones para efectuar tronaduras, habilitar la chimenea para servir de vía de escape y comprobar el sistema de ventilación.
En ese momento el señor Patricio Leiva , que era el Jefe del Departamento de Propiedad Minera , subrogaba al señor Exequiel Yanes , titular de la Subdirección Nacional de Minería, quién estaba enfermo, fue quien firmó el oficio de reapertura de la mina San José. En todo caso, entiende que los antecedentes relativos al estudio geomecánico y el proyecto de ventilación tiene que haberlos tenido a la vista el señor Leiva , para haber hecho el oficio de reapertura de la mina. El estudio geomecánico debe contener también las fortificaciones a colocar en la mina para trabajar con explosiones de roca. Recalcó que, como Director Nacional, no fue informado de los antecedentes técnicos que se tuvieron en consideración, para determinar la reapertura de la mina. Por lo tanto, nunca tuvo conocimiento sobre los elementos de juicio, para señalar si estuvo bien la reapertura de la mina o si desde el punto de vista administrativo se hizo algo que no fuera normal.
En esa instancia, a su juicio se produjo un error, porque lo que correspondía era que el Subdirector Nacional de Minería, pusiera en antecedente del proyecto de reapertura de la mina al Director Nacional, quién es el que mediante resolución autoriza o no la reapertura de la mina. Recalcó que el que cerró la mina fue el Director Nacional, pero no definitivamente. Por lo tanto, el Director General de Sernageomín era la autoridad competente para reabrir la mina, pero lamentablemente esta situación no fue puesta en su conocimiento, para tomar la decisión.
En relación con el accidente ocurrido el 3 de julio de 2010, explicó que se constituyó Sernageomín, pero desconoce si concurrió algún representante del Ministerio de Salud o del Trabajo. El Servicio lo hizo por cuanto existe una norma que dice que la empresa tiene que autocerrar la zona o el sector y efectivamente estaba cerrada. En esa situación, se hizo la investigación correspondiente y el Director Regional , cuando se termina la investigación, debe emitir un informe de apertura, pero señaló que desconoce dicho informe.
Agregó que, el Sernageomín tiene un libro que está en todas las faenas mineras, llamado Libro de Sernageomín. Cuando un inspector va a hacer su inspección, registra en él todas las novedades o los incumplimientos del reglamento y coloca lo que debe hacer la empresa para regularizar tal situación, para lo cual establece los respectivos plazos.
Precisó que Sernageomín estaba implementando un proceso de modernización del servicio que incorporaba ese libro en formato electrónico., para que lo que ocurría en las empresas, que dispusieran de internet pudiera saberlo la Dirección Regional y la Oficina Central.
En todo caso, precisó aclarar que los cierres y las aperturas las hace el Director Nacional a través de una resolución. Efectivamente, en este caso no ocurrió así y desconoce las causas. Es más, el Reglamento de Seguridad Minera establece que la resolución de cierre y de reapertura la hace el Director Nacional, a solicitud del Subdirector Nacional de Minería, quien, a su vez, se respalda en los informes técnicos que le envía el Director Regional más los técnicos especialistas que están en el departamento de seguridad minera. Ese es el procedimiento normal y está establecido en el Servicio como debe ser. Por lo que dispuso que se iniciara una investigación sumaria sobre esta situación.
Por otra parte, en el momento del accidente ocurrido el 5 de agosto pasado, concurrió inmediatamente el Director Regional del Servicio , para verificar el accidente y cooperar con las tareas de rescate. En todo caso, Sernageomín no tiene ninguna facultad respecto de los rescates. Además, Sernageomín ha estado abocado a apoyar técnicamente al ministro y al subsecretario, y a realizar las tareas en lo que respecta a la seguridad, con que se están realizando hoy las labores de rescate.
Por último señaló, que en los dos años y seis meses que se desempeñó como Director Nacional, le tocó aplicar las políticas dispuestas por el respectivo gobierno para Sernageomín, las cuales fueron alteradas por los desastres naturales ocurridos últimamente, los que le impusieron algunas restricciones presupuestarias al Servicio.
En el ámbito de la seguridad minera, se ha avanzado progresivamente en las fiscalizaciones. Se han incorporado cinco profesionales al tema de la seguridad, en particular dos inspectores: uno para Arica-Parinacota y otro para Atacama. Las mayores partidas presupuestarias que ha tenido el servicio, incluyendo las relativas a personal, se han ejecutado conforme al presupuesto y a su gradual entrega por la autoridad financiera.
Finalmente, hizo hincapié en que, como Director Nacional, no emitió resolución, ni fueron elevados para su conocimiento, los antecedentes que condujeran a que se modificara la resolución que en 2007, decretó la paralización parcial de la mina San José .
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3. El ex Subdirector Nacional de Minería , Sernageomín, señor Exequiel Yanes Garín .
Señaló que es ingeniero civil de minas y que ingresó en el año 1999 a Sernageomín a desempeñarse como Jefe del Departamento de Seguridad Minera . Luego de su ingreso al Servicio, empezó a reemplazar al Subdirector Nacional de Minería y el 1° de noviembre de 2008, lo nombraron oficialmente en dicho cargo que desempeñó hasta el 11 de agosto de 2010.
Explicó que en el año 1925, se constituyó por primera vez en nuestro país un cuerpo de ingenieros de minas para estudiar la seguridad en la minería, y en 1926 se dicta el primer reglamento sobre seguridad minera. Agregó que desde esa fecha se han dictado varios reglamentos. El vigente data de 1985. Ha tenido varias modificaciones, la principal se hizo el año 2004. El reglamento debe ser dinámico y debe estar de acuerdo a las tecnologías que se están usando, por lo que es indispensable mantenerlo al día, opinó.
El Reglamento de Seguridad Minera entrega una serie de normas a la minería que deben ser cumplidas, principalmente referidas a la seguridad, pero también sobre sanciones y la forma como llevar a cabo todo el trabajo en la minería. Añadió que el reglamento faculta al Servicio Nacional de Geología y Minería para fiscalizar su cumplimiento. Indicó que la minería es la única actividad económica en nuestro país que tiene un reglamento específico, debido a la alta peligrosidad que conlleva esta actividad en todo el mundo.
Desde el año pasado, en materia de seguridad, ha existido en el Servicio una gran preocupación por la pequeña minería, debido a los altos precios que han tenido los metales como el cobre y el oro. Razón por la cual, a los inspectores del Servicio se les pide en forma muy especial, controlar, fiscalizar y asesorar a la pequeña minería.
Expresó que la pequeña minería no es como la mediana y la gran minería, que cumplen con el reglamento, están inscritos en el Servicio y envían todos los formularios que corresponden.
En relación con el cierre y la reapertura de la mina San José, señaló que no es normal que se reabra mediante un oficio, pues esto se debe hacer mediante una resolución. Lamentablemente en ese momento, se encontraba enfermo. Agregó que cuando dictó la resolución para el cierre de la mina San José, se establecía que para reabrirla, debía obligatoriamente, cumplir con ciertos estudios geotécnicos, que tenía que entregar al Servicio, debido al accidente ocurrido en el año 2007.
Planteó que los estudios de geomecánica debían hacerse dentro de la mina, por lo que era necesario ingresar a ella. Por lo que fue necesario hacer una apertura parcial. Por eso, se le daba autorización de entrar a la rampa, de limpiarla y empezar a hacer los estudios. Una vez realizado aquello, había que estudiar la forma cómo se podía fortificar y cuál era el resultado de las fortificaciones que se estaban haciendo. También se indicó que para dar la autorización definitiva para reabrir la mina, era necesario constatar si estaban bien hechas las fortificaciones establecidas en los estudios de geotécnica. Eso fue lo que se hizo. En todo caso, la empresa E-Mining Tecnology, que era la que realizaba esos estudios, le daba plena seguridad al Servicio.
Explicó que los trabajos se demoraron tres meses y que una vez probado que la fortificación estaba bien hecha y que la rampa no tenía problemas, recién en ese momento se podría pensar, en que se había cumplido con lo que se establecía en la resolución y en ese instante se podía resolver la apertura de la mina. A raíz de lo cual, los señores Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny concurrían al Servicio para reunirse con el Director Nacional, con el fin de cambiar ideas, respecto de los trabajos que solicitó Sernageomín.
Posteriormente visitó la mina en compañía del Jefe del Departamento de Seguridad Minera del Servicio de ese entonces, y de un Inspector de Seguridad de la Dirección Regional de Atacama. Era necesario verificar como se estaban fortificando los lugares de trabajo, en los niveles de producción. En todo caso, de la inspección realizada se dejó constancia en el Libro de Seguridad de la Empresa y se establecieron una serie de observaciones. También se exigía un proyecto de ventilación, por cuanto la de la mina era absolutamente insuficiente respecto a los estándares exigidos. Tampoco había escaleras por las que habrían podido escapar los mineros. Por otra parte, era necesario establecer una política de fortificación para prevenir derrumbes y, lo más importante desde su perspectiva, un proyecto geotécnico completo.
Insistió que la reapertura de la mina San José fue solo parcial. Para lo cual no recibió ningún tipo de presión. A pesar de no haber tenido a la vista el informe final de la empresa, sobre la geotécnica que se estaba haciendo, pensó en la honradez del empresario. Agregó que el valor que tiene el informe geotécnico es determinar la situación de estrés del cerro, de la roca, del macizo y la situación de las fallas, de las rajaduras, de los cambios de roca que podrían provocar que esa presión permanente, al construirse una galería o un socavón, provoque un estallido o un rompimiento. El geotécnico lo que hace es determinar el estrés, su dirección y, en base a ello, recomendar las fortificaciones necesarias para que la galería sometida a ese estrés no se caiga
Respecto del oficio N° 369, de 7 de marzo, reconoción que efectivamente fue firmado por él, por cuanto era necesario ir comprobar los estudios en relación con la fortificación que necesitaba la mina. Agregó que en el oficio nunca se dijo que se iba a reabrir en forma definitiva, sino que se siguió insistiendo en que mientras no se tuviesen los proyectos de ventilación, de electrificación, el informe de geotécnica y el proyecto de fortificación, la mina no se iba a abrir.
Señaló que en esa instancia, hubo una reunión a la que asistió E-Mining Technology, que presentó los antecedentes que tenían hasta ese momento. Aún no tenían el informe escrito final. Además, se analizó la forma en que funcionaba la estructura de fortificación, principalmente en el punto de producción, lugar en el que hubo un accidente fatal.
Explicó que después que se reabrió la mina, se trabajó sin problemas durante todo el 2008 y el 2009. También es del caso explicar que el estudio geotécnico lo hizo E-Mining Technology y que posteriormente, la operación de la mina la hizo E-Mining Operation. Lamentablemente, la empresa se retiró de la mina a fines del año 2009. Agregó que en el estudio que hizo E¬Mining Technology se establecía el temor de los estallidos de roca, que era un sistema microsísmico que estaba a lo largo de toda la rampa. Al hacerlo funcionar, se podía y se debía ir monitoreando, para saber lo que estaba pasando en toda la mina, porque además se sentían temblores.
Planteó que cuando autorizó la continuación de las labores en el nivel 75 y la construcción de la rampa a nivel 60 como trabajo previo a la reapertura total de la mina San José, lo hizo pensando que el sistema de explotación va profundizándose y en la medida que eso ocurre va dejando un caserón que se hace cada vez más grande. Por lo tanto, para evitar que en un caserón muy alto caiga una piedra y pegue muy violentamente en el lugar en el que se está trabajando, se dejan pilares o puentes-losas, las llaman en algunas partes. Las losas limitan la altura máxima de caída de las piedras. Por lo tanto, su energía es menor. Era absolutamente necesario que se siguiera dejando los pilares. Agregó que en los acuerdos logrados con E-Mining, se puso que esos pilares que tenían un grosor de 15 metros en el nivel 180, se debían doblar a 30 metros. Según lo señalado por los dueños, con un pilar de ese grosor y con la plataforma o la losa que debía existir, podría soportar cualquier cosa que pasara. Señaló que con los pilares puestos a 50 metros de distancia, agarrados en las dos cajas, pueden recibir cualquier material que caiga de ellas. Pero, en una de las cajas existe, por el problema de la falla que pasa por allí, una zona de un ancho variable en la que hay salbanda, que con el movimiento de la falla, al rozar las rocas, produce un material disgregado que es muy complicado y puede tener problemas con el agua. Por eso, en una recepción hecha anteriormente, se le dice a la empresa que tiene que tener mucho cuidado con la lluvia, para que el agua no se meta adentro y llegue a hacer salbanda. Además, se le señaló que debía amarrar a la roca firme los pilares que se estaban dejando.
Se obligó a hacer un by-pass en la mina, para alejar la rampa a una distancia de 30 metros de la falla. Agregó que y se les exigió seguir haciéndolos hacia abajo. No era posible continuar con la rampa tan cerca de la falla.
En relación con la chimenea, señaló que lo normal es que las minas tengan dos conductos de aire: uno para que entre el aire limpio y otro para sacar aire. Ésa es la función de las chimeneas, las cuales se van conectando a través de la rampa, que sigue para abajo. Por lo tanto, la chimenea iba a estar en la última parte de la rampa, desde la cual sale el nivel de producción, ya sea 60, 75 ó 90, etcétera. Ahora, la rampa no es recta por un problema de construcción, pues cuando llega a un punto determinado, tenía una zona horizontal. Pero para eso, lógicamente, tiene que estar escalerada, de lo contrario, no tiene sentido. ¿Cómo van a subir, de qué manera? A no ser que coloquen un huinche, que tampoco había en este caso. Uno de los puntos del oficio que autorizó la apertura total de la mina dice que inmediatamente se debe escalerar la chimenea.
Explicó que la principal razón de estas chimeneas, es que también sirvan como una segunda salida de emergencia, en caso de incendio en la rampa. Una rampa de 6 kilómetros de largo puede tener algún problema, se necesita por lo tanto, salir por ese camino auxiliar, pero también se necesita contar con los refugios correspondientes.
Por otra parte, señaló que la empresa E-Mining Technology instaló un sistema de sensores a lo largo de la mina, pero nunca supo que no estaba funcionando. Siempre creyó que para algo se había comprado el sistema, por lo tanto, que se iba a usar. Por lo que cuando ocurrió el derrumbe, preguntó y pidió, que se tuviera la huincha del registro del sistema microsísmico, antes y después del hecho. Solo en ese momento supo que no estaba funcionando. Agregó que la Compañía Minera San Esteban Primera no le avisó a Sernageomín que E-Mining Technology se había retirado de la asesoría que le daba a la mina San José y que también había retirado los geófonos y todo lo demás, porque no se los habían pagado. Añadió que quizás pecó por haber sido muy ingenuo al creer en el empresario, pero sinceramente, pensaba que el sistema estaba funcionando.
Finalmente reiteró que la autorización para reabrir definitivamente la mina para producción se hizo luego de que llegaran el proyecto de ventilación, el proyecto eléctrico, el de fortificación y el geotécnico. Recalcó que después que arribaron esos proyectos y que se estudiaron, se aceptaron.
Señaló que personalmente comprobó el 1 ° de agosto, cómo era el proyecto para fortificar la rampa y para la zona de producción. Después de la aprobación, o del alzamiento total de la mina, se fue a hacer una inspección respecto de la situación. Posteriormente, el 27 de agosto, cuando se reabrió definitivamente la mina San José para su explotación, el Director Regional de Atacama , señor Marcelo Guzmán di cuenta de la inspección realizada a la mina y de las cosas que había visto. Por ejemplo, observó que estaban puestos los geófonos; se dio cuenta que estaban los ventiladores y que había que colocarlos, para lo cual se había terminado de hacer una conexión. Por lo tanto, en esa inspección se observó un buen trabajo.
Con las aperturas parciales que se hicieron, se estaba comprobando el resultado de las investigaciones, y ése era el fin.
Además, en el nivel 90, se constató que la fortificación funcionaba al hacer la explotación. También en el nivel 75; no los dos juntos. Se autorizó que se hiciera la rampa, para ir conociéndola con la nueva fortificación que se estaba creando.
Por lo tanto, después de todo eso, que resultó positivo según los antecedentes, se abrió a la producción formal. Porque éste consiste en por lo menos tres niveles que producen al mismo tiempo, según el sistema de explotación.
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4. El Gerente de Prevención de la Asociación Chilena de Seguridad, señor Martín Fruns Quintana .
Explicó que la Asociación Chilena de Seguridad es la institución que tiene asegurados a los trabajadores de la minera San Esteban y, por eso, quisieron dar a conocer la relación que han tenido con ellos.
Describió cómo surge su relación con esa empresa y efectuó un breve recuento de los hechos posteriores.
La compañía minera San Esteban Primera se afilió a la Asociación en el año 1988 y tiene hoy, en promedio, 257 trabajadores, distribuidos en tres faenas: lo que era la mina San Antonio , la mina San José y la planta de tratamiento, ubicada en Tierra Amarilla.
Agregó que tenían conocimiento que esta empresa minera ponía un fuerte énfasis en la producción y que para ellos la seguridad era un mal menor. Existía la información que la empresa pasaba por situaciones económicas no muy buenas, entonces, como se dice en la industria minera, estaban floreando la mina. De hecho, algunos pilares que estaban mineralizados los rebajaban con la finalidad de hacer más rentable la operación.
Planteó que las empresas mineras tienen una cotización genérica, esto es, lo que pagan a las mutuales o al ISL, de 3,4 por ciento de los salarios. Sin embargo, este empresa se encontraba cotizando 5,37 por ciento, es decir, se encontraba alzada en su cotización.
Agregó que la cotización se fija cada dos años de acuerdo al riesgo efectivo. El último período en que se realizó este estudio fue durante el segundo semestre de 2009, pero se hizo efectivo a partir de enero de 2010. La empresa, en enero de 2010, mantuvo esa cotización alzada que provenía del período anterior, debido a que presentaba una accidentabilidad más alta que el promedio de la industria.
Las empresas mineras que están adheridas a la ACHS, tienen un promedio de cotización de 1,65 por ciento, lo que, comparado con el 5,37 por ciento que cotizaba la empresa, les puede dar una idea de la siniestralidad que presentaba.
Consideró necesario explicar que la empresa debe cinco meses de cotizaciones. Es decir, además de estar pagando recargado, llevaban cinco meses declarando la cotización, pero no pagándola. Añadió que hay dos millones y medio de pesos que están sometidos a juicio. Por lo que ustedes se podrán dar cuenta de las características de esta empresa, señaló.
Por otra parte, están los indicadores que miden la siniestralidad, además, está la tasa de accidentabilidad, que mide la frecuencia de accidentes por cada cien trabajadores al año. La tasa de esta empresa, a junio de 2010, era de 9,5 por ciento, es decir, de cada cien trabajadores, se accidentaban al año 9,5. En cambio, la tasa promedio de la industria minera es 2,2 por ciento. Recalcó que hay otro indicador que refleja las características de siniestralidad de la empresa.
Señaló que la tasa de siniestralidad de incapacidades temporales es otro indicador que mide la gravedad de los accidentes, ya que muestra los días que se pierden en un año por cada cien trabajadores. En el caso de la minera San Esteban , era de 289. La tasa de siniestralidad del sector minero es de 63. Esto sirve para graficar la realidad en cuanto a la accidentabilidad de la empresa. Explicó que a raíz de un accidente fatal que ocurrió en noviembre de 2006, Sernageomín cerró la mina San Antonio y desde esa fecha no ha sido reabierta.
Además, la Asociación Chilena de Seguridad está obligada a informar a la Superintendencia de Seguridad Social respecto de las estadísticas de accidentes de todas las empresas y de las modificaciones a las cotizaciones que pagan ellas al seguro.
Por otra parte, de las inspecciones que lleva a cabo la Inspección del Trabajo, en las que se detectan infracciones gravísimas, la reglamentación respectiva establece que les deben comunicar de la situación para que proceda a visitar la empresa correspondiente, con el objeto de solicitar las medidas de control, además, de verificar si fueron cumplidas las normas e informar a la Superintendencia de Seguridad Social y a la Dirección del Trabajo. Eso se refiere a los accidentes fatales y graves. Por lo tanto, hay información que se traspasa a los organismos fiscalizadores.
Indicó que el 5 de enero de 2007 ocurrió un accidente fatal en la Mina San José, lo que dio lugar al cierre de la mina por parte de Sernageomín. La Asociación hizo un informe de investigación, en el que se señaló que se debía hacer un estudio geológico en dicha mina y geomecánico del yacimiento y suspender los trabajos de preparación, desarrollo y explotación, para que se pudiesen controlar los riesgos que presentaba en esa época, sin saber que el Sernageomín simultáneamente, producto de su estudio, había establecido el cierre de la mina.
Agregó que desde enero de 2007 permanece la mina cerrada y el 19 de diciembre de 2007 el Sernageomín autorizó una reanudación parcial de las operaciones.
Indicó que a partir de esa fecha la empresa San Esteban contrata a E-Mining Operation S.A., con la finalidad de que preparara las operaciones para presentar el plan de reapertura al Sernageomín.
En mayo de 2008 el Sernageomín da la autorización para la reapertura total de la mina San José, siendo operada por la empresa E-Mining hasta diciembre de 2009. Ahora hay que decir que la empresa E-Mining no está adherida a la Asociación Chilena de Seguridad, sino que a otro organismo administrador: el Instituto de Seguridad del Trabajo.
En el mes de enero de 2010, la empresa San Esteban traspasa los trabajadores de E-Mining a la propia empresa San Esteban y de ahí nuevamente pasan a estar afiliados a la Asociación Chilena de Seguridad.
En resumen, señaló que desde el 5 de enero del 2007 hasta diciembre de 2009 la Asociación no tuvo mayores responsabilidades respecto de la mina San José, pero sí con el resto de las faenas de la San Esteban, que era la planta de tratamiento de minerales ubicada en Tierra Amarilla, por cuanto la mina San Antonio ya estaba cerrada. Por lo que la Asociación sólo comenzó a operar con ellos a partir de enero de este año 2010.
Por lo tanto, lo primero que se hizo fue recomendarles iniciar la implantación de un sistema de gestión de seguridad. Se les había dado charlas a los supervisores y a los trabajadores respecto de en qué consistía implantar un sistema de gestión, cuando empiezan a ocurrir estos accidentes graves. O sea, los pilló en todo el trabajo previo para poder implantar un sistema de gestión, esto es, qué es lo que cada empresa debiera manejar en cuanto a prevención de riesgos. La idea es gestionar la prevención como parte del negocio; no esperar que sea un experto en prevención o un organismo externo, el que les haga la prevención de riesgo. Es la empresa la que tiene que asumirlo como parte de su trabajo normal y corriente.
Respecto del tema de seguridad existe un proceso de capacitación en prevención de riesgos, que es la herramienta más eficaz para generar una cultura de prevención, que es lo que uno debiera propender a establecer en una empresa.
Señaló que en ese sentido, la Asociación está desarrollando cursos presenciales en las propias faenas de las empresas, como también ahora existe la modalidad a distancia por vía e-learning. Y cuando el trabajador es accidentado, a su regreso se le dan charlas sobre los aspectos que fueron los condicionantes de su accidente.
Agregó que éste es un aspecto de bastante relevancia y en general las mutuales le dan bastante importancia. Se dispone de un cuerpo de relatores para las distintas actividades económicas donde la capacitación pasa a ser un elemento importantísimo para ir creando en el trabajador, también en los ejecutivos de la empresa, una mayor conciencia de seguridad.
En la actualidad existe una autopreocupación, que consiste en que uno tiene que ser el principal preocupado por la seguridad y no esperar que segundos o terceros anden tratando que el personal no se accidente. Por lo que hay un enfoque bastante importante hacia lo conductual, a las actitudes de las personas, y en eso se ha estado enfatizando mucho en el último tiempo.
Indicó que luego está la ley N° 16.744, que establece ciertos instrumentos de prevención como son el reglamento interno de higiene y seguridad, los comité paritarios en aquellas empresas que tienen más de 25 trabajadores, y un departamento de prevención en las que tienen más de 100 trabajadores. Por lo tanto, esas empresas ya tienen un experto en prevención y la Asociación entra a apoyar el programa que define ese experto.
Expresó que todos sabemos lo que ocurrió el 5 de agosto pasado, a raíz del derrumbe que se produjo al interior de la mina San José , quedando obstruida en unos niveles intermedios de la rampa de ingreso. Era uno de los aspectos que se les había indicado respecto que necesitaban tener vías de salida de emergencia. Sólo había una vía de salida.
Luego está el caso de la chimenea de ventilación, que también se obstruye, que no tenía las escaleras para subir, cosa que también había sido detectada e informada oportunamente, por la Asociación.
Explicó que de los 33 trabajadores que se encuentran en la mina, 32 está adheridos con la Asociación. Uno de ellos está en el IST. De esos 32, veinte son de la empresa San Esteban Primera y los otros doce son de contratistas que trabajaban con la empresa minera. Además, hay seguros de vida comprometidos.
Por otra parte, el sistema de accidentes del trabajo cubre, desde el momento en que el trabajador se accidenta, el subsidio, la indemnización o la pensión a la que dé lugar y la rehabilitación de ese trabajador.
Incluso, el seguro de accidentes del trabajo le enseña un nuevo oficio al trabajador si, por ejemplo, queda impedido de un brazo y no puede seguir ejerciendo el trabajo que desempeñaba hasta el accidente.
Señaló que en el caso de un accidente fatal, la familia queda cubierta; la señora queda con una pensión de viudez, y los hijos hasta cierta edad también quedan cubiertos. Agregó que son pensiones con tope y cree que a nadie, en caso de fallecer un ser querido, le gustaría vivir con lo que se recibe. A su juicio es un problema de la ley, en términos de que deberían mejorarse las pensiones. Pero la familia queda protegida, siempre que la viuda no se vuelva a casar, porque en ese caso pierde la pensión. Si ese trabajador era casado pero vivía con otra dama, también ella recibe parte de la pensión. Es un seguro bastante amplio en su alcance, agregó.
Además, le entregó a la Comisión un dossier con fotocopias de todos los antecedentes, los que ya habían suministrado a la Superintendencia de Seguridad Social, que les pidió copia de todos los antecedentes que le habían enviado a la empresa minera, advirtiéndole de las situaciones y de las recomendaciones de seguridad que debían tener para con los trabajadores.
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4.1. El Subgerente de Operación y Prevención de la Asociación Chilena de Seguridad, señor Horacio Soissa Stephens .
Señaló su interés de agregar alguna información, relacionada con el tema de la capacitación entregada a la minera San Esteban Primera.
Indicó que en varias oportunidades, la Asociación le entregó a la empresa minera un calendario anual de capacitación que en cada región del país se pone a disposición de las empresas mineras. Agregó que entre los años 2006 y 2010 se dictaron en esta empresa cursos de manejo defensivo, cursos de emergencia y evacuación, factor humano en la prevención, prevención y control de incendios y cursos de riesgos críticos en la minería subterránea.
Explicó que éste es un complemento de lo señalado por el señor Fruns , respecto del tema de la capacitación.
También es del caso explicar que los subsidios se pagan directamente al trabajador, es lo que determina la ley. Por lo que se produce una situación especial con el tema de los trabajadores que se encuentran atrapados en el interior de la mina, por cuanto no están en condiciones de recibir el subsidio. En este caso, la Asociación deberá estudiar cómo resolver el tema del subsidio que va en beneficio del trabajador, por cuanto éste está impedido de ejercer su trabajo.
Como entonces existía comunicación con los trabajadores atrapados en la mina, perfectamente se les podía preguntar por medio de una carta, quién es la persona que debería recibir sus ingresos, a nombre de él.
Respecto del tema de los Comités Paritarios, explicó que en la Asociación Chilena de Seguridad existen un poco menos de 10 mil comités paritarios de empresas asociadas.
Señaló además, que son los propios representantes de los trabajadores los que determinan, quién es el que tiene fuero. Agregó que los comités paritarios están formados por representantes de la empresa y por representantes de los trabajadores.
En el caso específico de la Compañía Minera San Esteban Primera, existen tres comités paritarios funcionando, todos en Copiapó: uno en la mina San José y uno en cada una de las dos plantas de tratamiento con que cuentan.
Explicó que operan relacionándose con la Dirección del Trabajo o con las inspecciones del trabajo. Éstas visitan las empresas y levantan lo que se denominan “infracciones”, cuando, a juicio de la Inspecciyn del Trabajo, la empresa, no está cumpliendo en ciertos aspectos.
Tal información llega a conocimiento del organismo administrador de la ley de Accidentes del Trabajo de esa empresa. Es decir, a la Asociación les llega todas la información sobre las infracciones cursadas a las empresas que son adherentes de la Asociación Chilena de Seguridad. Cuando les llega esa información, la Asociación está obligada a concurrir a la empresa para indicar cuáles son las medidas preventivas que, a nuestro juicio, corregirán o regularizarán la situación que ameritó la infracción correspondiente.
Además, el sistema, porque esto es un sistema, no una cosa que funcione por voluntariedad. Está dispuesto así y la Asociación está obligada, al recibir la información de la Inspección del Trabajo. Es decir, la Asociación debe concurrir hasta el lugar de los hechos, prescribir medidas preventivas y luego hay un plazo para que se concurra a verificar que la empresa, haya cumplido con la aplicación de las medidas preventivas.
Agregó, que los informes de prescripción y de verificación de medidas preventivas se deben poner en conocimiento de la Superintendencia de Seguridad Social. Hasta ahí llega la información sobre la gestión que realiza la Asociación Chilena de Seguridad.
La situación descrita, opera cuando la Dirección del Trabajo ha levantado una infracción, pero en el caso del último accidente ocurrido en la mina San José , la Inspección del Trabajo no levantó una infracción. La infracción se levanta en otras circunstancias, no ante un hecho de esa naturaleza.
Indicó que lo que la Asociación Chilena de Seguridad hizo en esa oportunidad, fue investigar el hecho y emitir un informe de investigación del accidente, ocurrido el 3 de julio de este año 2010, en el que le amputaron una pierna al trabajador Gino Cortés .
Señaló que la Asociación Chilena de Seguridad investigó ese accidente y le entregó el respectivo informe a la empresa, indicándole medidas que, incluso, son reiterativas, por situaciones anteriores que se habían producido. Agregó que el trabajador aún permanece en el Hospital del Trabajador, siguiendo el tratamiento normal, prescrito para dicho tipo de accidentes.
Además, señaló que copia del informe se encuentra en poder de la Superintendencia de Seguridad Social y el Ministerio del Trabajo, porque lo requirieron, pero una vez que ya había ocurrido este accidente. También tiene entendido, que Sernageomín investigó este accidente.
En relación con el tema de la seguridad minera, indicó que existe un reglamento, en el que establece que Sernageomín debe clasificar a los expertos en prevención en tres categorías: A, B y C.
Agregó que los de categoría A deben ser ingenieros civiles de minas y los de la B y C pueden ser ingenieros de cualquier calificación, pero que se hayan desempeñado en actividad minera.
El Sernageomín dicta cursos regularmente durante el año para formar expertos. Es un curso de 200 horas. A veces, algunos de los relatores son profesionales de la Asociación.
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5. El Jefe del Departamento de Propiedad Minera de Sernageomín , señor Patricio Leiva Urzúa .
Explicó que es funcionario de carrera en el Servicio Nacional de Geología y Minería, desde el año 1995. Ingresó como Director Regional de la zona sur gasta el año 2007. Luego fue trasladado a la ciudad de Santiago, a ocupar el cargo de Jefe del Departamento de Propiedad Minera , el cual lo ostenta hasta la fecha.
Agregó, que en la zona sur no sólo aprendió el oficio de Director Regional , sino que, se involucró en realizar rescates muy complicados.
Señaló que es ingeniero geomensor de la Universidad de Santiago de Chile, además posee un post título en Ciencia Ambiental en la Universidad de Concepción, un MBA de la Universidad del Desarrollo y también es perito desde el año 1990, con estudio doctoral, terminando el proyecto de tesis.
Indicó que Sernageomín es un servicio jerarquizado, en el que uno responde a su jefatura. Agregó que la jerarquía en el Servicio, es importante, en razón que lo que se hace, siempre debe estar en conocimiento de los jefes. Además, existe un sistema de distribución, que a su juicio, es la forma más lógica para realizar un trabajo, el que puede tener acceso cualquiera, para que se enteren de todos los actos administrativos que se hacen dentro del Servicio y se conozca el mecanismo adecuado de control que existe en el Servicio.
En relación con el tema relacionado con el oficio que firmó, para reabrir la mina San José , lo hizo como subrogante del señor Exequiel Yanes , quién se encontraba con licencia médica. Agregó que la subrogancia, la hizo entre mayo y parte de junio de 2008.
Planteó que cuando a uno le toca subrogar a alguien, es normal que firme documentos del área de Gestión Ambiental, del área de Propiedad Minera, que es su área, y del área de Seguridad Minera. Agregó, que al área de Seguridad Minera llegó este oficio ordinario N° 0756, a través del jefe del departamento de Seguridad Minera , señor Santiago Pinilla , con el objeto de que yo lo suscribiera. Además, esto estaba decidido entre el señor Yanes y él. Ahora, ustedes comprenderán que como ingeniero, lo que más interesa son los antecedentes técnicos, que están detrás del documento que uno va a firmar. Uno firma una serie de documentos y todos ellos son de carácter técnico. Probablemente, los únicos que tienen un cierto sentido jurídico son los que firma como jefe de Propiedad Minera , pero está todo reglamentado, ya que el Código de Minería y su Reglamento indica todo lo que se debe hacer y uno opera sólo como auxiliar del Poder Judicial .
Cuando miró el oficio de reapertura total de la mina San José, lo primero que preguntó fue cuáles son los antecedentes de este oficio ordinario. Se me indica que esto obedece a los antecedentes que se encuentran en los oficios ordinarios 0309 de fecha 7 de marzo de 2008 y el 1.773, de fecha 19 de diciembre de 2007, los cuales los tuvo a la vista y agregó que ambos estaban firmados por su ex jefe, señor Exequiel Yanes .
Lo primero que visualiza, es que se estaba estableciendo un proceso gradual de reapertura de la mina San José. Además, constató que desde diciembre se estaba trabajando en la mina, es decir, se estaba explotando a cierto nivel. Por otra parte, el oficio ordinario 1.773, de fecha 19 de diciembre señalaba: “Considerando los antecedentes entregados y los estudios realizados, se autoriza la recuperación de la rampa, desde el nivel 500 hasta el nivel 75, el saneamiento del nivel 90 y la explotaciyn sylo en el nivel 90.” O sea, eso es autorizar para que la gente trabaje en la mina.
Señaló que el señor Santiago Pinilla , le indicó que esa mina tenía cierta complejidad, la faena se realizaba en un sector profundo y que además había problemas de ventilación y geomecánicos. Además, se producía desprendimiento de roca y que ese había sido el factor de haberla cerrado, pues a raíz de un desprendimiento de roca murió un trabajador. Por otra parte, vió un segundo oficio, el N° 0309, en el que se amplía este nivel de trabajo y se habla de la producción del nivel 75, y en ambos oficios se pide mejorar los proyectos de ventilación y geomecánicos. Después de meditar un poco, respecto de lo que se le estaba informando, accedió a firmar el oficio que establecía la reapertura total de la mina.
Sin embargo, era necesario conocer con una mayor profundidad, si el proyecto geomecánico cumplía con todas las expectativas técnicas respecto de la ventilación y de el tema eléctrico. El señor Pinilla le informó, que la empresa San Esteban Primera, había contratado a la consultora E-Mining Technology, que tenía mucho prestigio en el rubro y en especial en el tema geomecánico. Además el señor Pinilla , es un ingeniero civil de minas, con mucha experiencia en lo relativo a la parte geomecánica. Por lo tanto, no podía dudar respecto de la información que le entregó.
En lo referente a la parte geomecánica, era necesario hacer un tipo determinado de fortificación, para la calidad de roca que había en ciertos sectores. En otros tramos de la mina, en que la roca es de otra forma, era adecuado fortificar de otra forma, con pernos de anclaje, que ocupe shotcrete y que se ocupe una malla adecuada.
Respecto del proyecto eléctrico, también le informó don Santiago Pinilla, que cumplía con las condiciones establecidas.
Explicó que el tema de ventilación, pasó a ser más complejo. El sistema de ventilación de esta mina está dado por la rampa, por los pozos de ventilación, por las chimeneas. Por lo que preguntó si las chimeneas cumplían la función de escape, y se le dijo que sí, pero que no estaban escaleradas. Entonces, pidió que se debía poner escaleras en las chimeneas. Añadió, que era indispensable tener un adecuado sistema de ventilación, ya que estimaba que era inhumano, trabajar con 40 o 50 grados de temperatura.
Por tanto, después de escuchar toda la exposición del señor Santiago Pinilla , quedó conforme con las explicaciones que él le dio y procedió a firmar el documento y el señor Pinilla , le señaló que haría una fiscalización a la mina, en el más corto plazo, para verificar que la empresa cumpla con todo aquello comprometido. Efectivamente supo que fue a fiscalizar la mina y lo hizo junto con los profesionales que eran de Copiapó y el ex Director Regional de Atacama , señor Marcelo Guzmán .
Señaló que a pesar que los dueños de la mina San José, estaban informados que fiscalizadores de Sernageomín iban a visitar la mina para verificar si se habían realizado los trabajos que estaban dispuestos a efectuar, éstos no estaban.
Por tal motivo, se permitió leer el siguiente documento:
“Oficio N° 04080, de fecha 30 de julio. Del Señor Marcelo Guzmán Cornejo , Director Regional de Atacama al señor Alejandro Bohn , gerente general de la Compañía Minera San Esteban Primera. Durante la visita realizada por el personal de Sernageomín no pudieron ser atendidos por el personal ejecutivo de la Compañía Minera San Esteban, a pesar de estar en conocimiento previo de ella y que esta duró más de cuatro horas. La atención la realizó el administrador de la empresa contratista que desconocía los últimos proyectos presentados de ventilación eléctrica. De acuerdo al artículo 16 del reglamento de seguridad minera, nuestro personal debe ser atendido por personal o empleados de la faena minera, con poder de decisión y no por personal contratista. El no cumplimiento de este artículo corresponde a una infracciyn gravísima.”.
Posteriormente, el señor Santiago Pinilla entregó un informe respecto de la fiscalización, que señala lo siguiente:
“a) En el nivel 90 se determinó que el oxígeno era de 19.5 por ciento y el monóxido de carbono, de 73 p.p.m, la temperatura era de 39° Celsius. De acuerdo al artículo 135 del Reglamento de Seguridad Minera deberían haberse paralizado todos los equipos diésel y además esos niveles de gases, es superior al límite permisible ponderado y muy cercano al valor del máximo temporal. El hecho de no paralizar los equipos diesel, se está cometiendo una infracción gravísima.”.
Al respecto, señaló que se constató otra infracción gravísima. La primera, es que los dueños no recibieron a los fiscalizadores del Sernageomín para ver el avance de los proyectos y, la segunda, es que se constató una infracción gravísima, relacionada con el tema de la ventilación.
En relación con esta situación, informó, que si hubiese tenido acceso a este documento, oportunamente, seguramente que habría podido hacer algo distinto. Agregó, que desconoce si se hizo algo al respecto. En todo caso, planteó que sería bueno preguntarle al señor Marcelo Guzmán o al señor Santiago Pinilla , si se tomó algún tipo de determinación o si se estableció alguna sanción.
Además continuó con el informe entregado por el señor Santiago Pinilla:
“b) La temperatura de 39° Celsius indica que el valor es similar al grado geotérmico.”. O sea, constata que la gente está trabajando a una temperatura inhumana y éste no es un tema nuevo. Todos los que hemos trabajado en minería subterránea, sabemos que la ventilación cumple cuatro propósitos: entregar aire fresco, eliminar gases nocivos, eliminar el polvo en suspensión y entregar un clima agradable para que la gente pueda trabajar decentemente.
“c) Durante la visita se comprobó que se estaba construyendo chimeneas por el sistema VCR” -que es un sistema de construcción de chimeneas- “para comunicar la chimenea troncal con los niveles inferiores, pero no se estaban instalando los ventiladores del proyecto y menos los auxiliares de las labores ciegas.”.
Agregó que al respecto es del caso precisar, que en todo proyecto de ventilación tienen que instalarse ventiladores principales. Pero, además, hay que instalar ventiladores en las galerías ciegas, es decir, donde esa galería no se comunica con ninguna otra y eso no se estaba haciendo y también correspondía a una infracción gravísima.
Continúo leyendo el documento, elaborado por el señor Pinilla:
“d) Se estaba construyendo un refugio, pero se indicy que además de refugio se utilizaría de choquera” -es decir, para alimentación- “para economizar el tiempo que pierde el personal al salir a la superficie a choquear. Deben tomarse resguardos, para evitar robos y pérdidas de los elementos de seguridad y de emergencia que deben estar ahí, para cumplir con la función de refugio.”.
Acotó, que esto gracias a Dios que se hizo.
“Debido a que la pésima ventilaciyn que tiene la mina puede afectar la salud del personal y pone en alto riesgo la vida de los trabajadores es que este Servicio da un plazo perentorio de 60 días para poner totalmente en funcionamiento la ventilación proyectada. Pasado ese tiempo, y no se haya cumplido lo anterior, la Mina San José debe paralizar sus desarrollos, preparación y producción hasta que la ventilación esté normalizada.”.
Al respecto, desconoce si se corrigieron las falencias detectadas y si esta medida tuvo el efecto requerido.
En relación con el proyecto eléctrico, planteó lo siguiente:
“En el proyecto se consideraba dos grupos generadores y no se ve la fundación para su instalación, y esto es fundamental para la operación de los ventiladores.”.
Planteó que no es normal que el aire ingrese a una mina y, por tanto, se lo debe forzar y para ello se necesita energía. Por eso el proyecto de ventilación va de la mano con el proyecto eléctrico. En esto también hubo una falla.
Respecto de la fortificación, que es el tema geomecánico, señaló finalmente, lo siguiente:
“La empresa minera instaló un sistema microsísmico con 12 geófonos, y además está usando pernos de anclaje con mallas. La descarga de las mallas es ineficiente y sería recomendable agregar una pequeña capa de shotcrete para minimizar el desprendimiento de rocas pequeñas que, a veces, produce desprendimiento de planchones mayores. De todas maneras debe mejorarse la operación de descarga de las mallas. Sin otro particular, saluda atentamente a usted Marcelo Guzmán Cornejo .”.
Por lo tanto, sería interesante preguntar al señor Santiago Pinilla , que hizo la fiscalización, y al señor Guzmán , por qué hicieron un informe de esta naturaleza, el cual no concluye, no establece multas; detecta fallas gravísimas, detecta problemas, y detecta que la gente está trabajando con cerca de 60 grados, pero no dice nada y no resuelve nada.
En relación a la reapertura de la mina, reiteró que decidió firmar el oficio N° 0756, para reabrir la mina San José , ya que en su función de subrogante del Subdirector Nacional de Minería, lo tenía que hacer. Además, lo firmó confiando en la asesoría prestada por el señor Santiago Pinilla , que es un profesional reconocido por sus conocimientos sobre la trayectoria que tiene en el mundo minero, por lo tanto, nunca puso en duda la forma de enfrentar el problema.
Agregó, que lo que realmente le complica, es que no pudo hacer nada, después para verificar esto, que era la forma de constatar el cumplimiento de las medidas que se le estaban pidiendo a la empresa.
Por otra parte, cuando volvió el señor Exequiel Yanes al Servicio, nunca le hizo algún reparo por lo que había firmado.
Además, estos documentos iban con copia a la Dirección Regional, a la Dirección Nacional, a la Subdirección Nacional de Minería, al Departamento de Seguridad Minera y a la Oficina de Partes, o sea todo el mundo estaba en conocimiento y nunca nadie le dijo nada al respecto.
Señaló que durante todo este tiempo, ha sido duramente presionado por esta situación. Es por ello, que desea dejar en claro, que era algo que tenía que hacer, por cuanto, era parte de su trabajo. Agregó que para tomar la decisión de firmar el oficio para la reapertura de la mina, tuvo conocimiento de los informes, tuvo una debida explicación del ingeniero Pinilla , percató que los informes estaban correctos y tuvo también, la información que se haría la fiscalización a la mina, para verificar que las condiciones dispuestas, se cumplieran.
Por tanto, si hoy tuviera que firmar, firmaría de nuevo, porque era su trabajo. Pero al respecto, es necesario dejar en claro, que había que tener conocimiento sobre el comportamiento que tenía esa empresa, obviamente. Porque si hoy le preguntaran, si firmaría ese documento, habiendo tenido conocimiento del comportamiento de la empresa, lo que menos haría sería firmar el mencionado documento. Lo que pasa, es que en ese momento, no tuvo la información sobre el comportamiento de la empresa, sobre los temas de accidentabilidad, sobre la tasa de gravedad, sobre la tasa de accidentes fatales y la tasa de frecuencia. Tampoco, tuvo conocimiento de los antecedentes técnicos, que era necesario tenerlos presentes, en el momento de considerar la reapertura de la faena minera.
Tampoco era usual que para reabrir una mina, se le comunicara al dueño mediante un oficio. Lo que pasa es que el señor Santiago Pinilla , le explicó que la reapertura debía hacerse por niveles. Además, le explicó el señor Pinilla , que esta era una forma de reabrirla, ya que la gente estaba trabajando, desde el mes de diciembre del 2007, en otros niveles. Era una mina que ya estaba operando, bajo la lógica de un trabajo.
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6. El dueño y Gerente General de la Compañía Minera San Esteban Primera S.A., señor Alejandro Bohn .
Inició su exposición señalando que su empresa minera, pondrá todo lo que esté al alcance, para cooperar con el rescate de los trabajadores mineros, que se encuentran dentro de la mina. Además, pone a disposición de los acreedores, todos los bienes disponibles de la empresa, para concurrir a ellos en todo lo que sea necesario.
Agregó que le gustaría repasar los elementos principales del proceso de reapertura de nuestra mina, a partir de su autosuspensión y cierre parcial y temporal, en el 2007, por parte de Sernageomín.
Planteó que a raíz de los hechos ocurridos el 5 de enero de 2007, la mina San José fue cerrada total y parcialmente, por el director nacional del Sernageomín , señor Patricio Cartagena , el 23 de marzo, a través de la resolución N° 316.
Recalcó que el cierre es temporal, es parcial y en ninguna parte se indica, que es un cierre para siempre. Además, en la resolución de cierre, se plantea, que para reabrir la mina, se requiere que la empresa, presente un estudio geomecánico, incluyendo las labores de desarrollo, y también debe identificar los frentes de peligro y fortificarla en forma adecuada. Se agrega, que se autorizará la extracción de mineral, cuando el servicio apruebe el referido estudio y la propuesta de fortificación de las galerías.
Cuando recibieron la notificación de cierre, acudieron a las oficinas de Sernageomín, para conversar sobre el tema. Se les informó que debían concurrir a tratar el tema directamente, con el Director Nacional, señor Patricio Cartagena , quien los recibió en su oficina. En aquella oportunidad, le hicieron toda clase de peticiones con el objeto de buscar una solución adecuada, para responder a los distintos requerimientos que se les hacía a la empresa.
Explicó que en aquella ocasión, le adjuntaron un resumen de actividades de prevención de riesgo que habían hecho entre los años 2004 y 2006, porque se esgrimía que la empresa no había hecho nada en el tema de seguridad. Agregó que este documento, se encontraba desde el 18 de diciembre de 2006, en poder de los señores Patricio Cartagena , Exequiel Yanes y Claudio Valencia .
Señaló que desde ese momento, empezaron a estudiar la forma como realizar los trabajos adecuados y sugeridos, para reabrir la mina San José.
Con fecha 6 de julio del 2007, solicitaron una autorización para hacer un recorrido por la rampa de la mina y poder revisar que estuviese en buen estado. Al respecto, indicó que la rampa está construida como infraestructura permanente a 20 ó 25 metros de la veta, o sea, de la mina propiamente tal, donde se lleva el laboreo y la extracción de mineral. Agregó, que la idea era recorrer la rampa hasta la cota 500 de profundidad, que era más o menos la mitad de la mina.
Con fecha 19 de julio de 2007, el señor Exequiel Yanes , autorizó hacer el recorrido, para hacer una inspección. Para lo cual, se dispuso que el ingeniero geomecánico de la empresa ingresara a la mina, para que pudiera preparar un informe para la visita que realizaría Sernageomín.
Con fecha 1° de agosto de 2007, concurrieron los señores Exequiel Yanes y Santiago Pinilla de Sernageomín de Santiago y con dos inspectores de la División regional de Sernageomín de Atacama, quienes visitaron la mina. Agregó, que como gerente general y en compañía de ingenieros de la empresa, se incorporaron al grupo del Sernageomín.
Indicó que esta visita dio origen a una serie de comentarios. Como que la rampa está en desuso por siete meses, situación que es tradicional que las rampas se vayan acuñando, se vayan preparando y se vayan retirando todos los elementos que pueden ser rocas peligrosas que se van soltando en todas las minas.
En aquella ocasión, se recibieron todas las recomendaciones, se hicieron todos los ajustes a la rampa que se solicitaron, que principalmente consistieron en botar piedras que eventualmente parecieran ser riesgosas, porque la mina estaba paralizada durante siete meses. Se hizo un recorrido por la rampa, de arriba hacia abajo y el personal de Sernageomín, planteó las correcciones que era necesario hacer.
Explicó que una vez realizada las sugerencias efectuadas por Sernageomín, se habilitó la rampa hasta el nivel medio de la mina, o sea hasta la cota 500, y con fecha 8 de octubre se le presentó al señor Exequiel Yanes , en su calidad de Subdirector Nacional de Minería, un proyecto de exploración en los niveles superiores de la mina, ya que la mina estaba muy estable y bien en esos niveles.
Por lo tanto, se propuso buscar mineral en los sectores superiores de la mina, por si los antiguos mineros, hubiesen dejado alguna posibilidad de explotación en ese sector. Se acompañaron los detalles respecto del proyecto de exploración, ya que habían dos o tres túneles que se deseaban hacer en forma exploratoria, en el nivel superior.
En razón, que la mina empezaba a regularizarse, era necesario contar con un informe geomecánico profundo de la mina y derivar un sistema de fortificación para las galerías.
Con fecha 17 de octubre de 2007, se le solicitó al Director Nacional de Sernageomín , señor Patricio Cartagena , que autorizara el ingreso de nueve profesionales de alto nivel, para que efectuaran el informe geomecánico solicitado.
Con fecha 29 de octubre de 2007, la empresa minera recibió por parte del señor Exequiel Yanes , en su calidad de Subdirector Nacional de Minería subrogante, la autorización para que ingresen las personas, a los niveles inferiores, para efectuar los estudios solicitados por el Sernageomín, al momento del cierre temporal de las faenas en la minera San José. Agregó que el señor Yanes en su nota señala lo siguiente: “La autorizaciyn a su solicitud no necesariamente permite la reapertura de la explotación en los niveles inferiores. Solamente posibilita los estudios solicitados para una mejor y mayor supervisión de los trabajos de geomecánica y estudios de presiones necesarios.”.
Expresó que con motivo de la evacuación y la autosuspensión de la mina, el procedimiento normal en estos casos, pasados 30 ó 45 días, era acercarse a Sernageomín regional, en particular al señor Anton Hraste , para solicitarle que les indicara la forma, de cómo rescatar todos los equipos que habían quedado en el fondo de la mina.
El señor Hraste les manifestó que no autorizaría nada, sin antes tener un informe de una empresa externa, especialista en geomecánica. Agregó que el señor Hraste, le recomendó la empres E-Mining y le señaló que era una empresa muy calificada en el tema de geomecánica.
Indicó que a raíz de la recomendación recibida, se contactaron con los ejecutivos de E-Mining y les manifestaron la necesidad de tener un informe inicial, con la finalidad de recuperar los equipos que se encuentran en el fondo de la mina. Posteriormente a lo conversado, dicha empresa ingresó a la mina e hicieron el informe solicitado por Sernageomín y el señor Anton Hraste autorizó el ingreso para recuperar los equipos.
Señaló que le tocó conocer a la empresa E-Mining a través de la operación de recuperación de la maquinaria, por lo que se dieron cuenta, que se trataba de una empresa con gente muy calificada, que trabajaba desde hacía muchos años con empresas multinacionales, que tenían mucha experiencia y les pareció que ellos les podían ayudar para poder atender el requerimiento que le hizo Sernageomín, para que confeccionaran el estudio geomecánico.
El 11 de diciembre de 2007, se realizó una reunión en las oficinas de Sernageomín de la ciudad de Santiago, entre los señores Exequiel Yanes , Santiago Pinilla y nuestra empresa, en la que les presentamos un resumen de las conclusiones, de todos los estudios geomecánicos y se les anticipy que: “Los estudios demuestran que la mina es explotable en forma segura. Agregó que luego, de la determinación del modelo geomecánico y de las magnitudes de los esfuerzos in situ esperados, se puede concluir que el régimen de esfuerzos a enfrentar, es clasificable como intermedio a bajo, condición en la que se encuentra la gran mayoría de la minería metálica en Chile.”.
Explicó que este resultado, fue producto de los estudios que hicieron y para lo cual, subcontrataron a otras compañías propias de la minería, para calcular y medir las presiones y los elementos que fuesen necesarios.
Por otra parte, hay un nutrido modelo matemático y métodos empíricos que se usan, tanto a nivel nacional, como internacional, para la minería subterránea, y todo indicaba que había una posibilidad concreta, de explotar la mina en forma segura y de atender también el segundo requerimiento expresado por Sernageomín, que había una metodología de fortificación para las galerías, que sería la adecuada y la más segura.
Señaló que a raíz de lo positivo de las conclusiones que tenía en su poder, a través de estos expertos externos sobre nuestra compañía, lo cual fue ratificado por sus expertos, y con el fin de iniciar los trabajos en la mina San José, solicitaron formalmente a Sernageomín, que los autorizara para hacer los trabajos iniciales para la recuperación de la rampa, en la mitad de la mina. O sea, desde la cota 500 hasta el nivel 75, que era el nivel más profundo que teníamos y que representaba la otra mitad de la mina. Este era el segundo paso que se daba, después de casi un año de paralización de la mina.
Por lo tanto, no sólo se le pedía a Sernageomín poder recuperar y recorrer la segunda mitad de la mina en profundidad, por abajo del nivel 500 hasta la zona del nivel 75, sino que además, se le solicitó autorización para sanear el nivel 90, que es el nivel inmediatamente inferior que tenía y que era el nivel donde se estaba trabajando y produciendo en el momento del cierre. Además, se le pidió que después de ese saneamiento los autorizara a explotar el nivel 90. O sea, hacerlo como trabajo previo a la reapertura total de la mina.
Agregó, que siempre estuvieron muy consientes de que la mina no estaba autorizada totalmente para operar y que se estaba solicitando la apertura, con intervenciones, visitas y revisiones de parte del Sernageomín, después de tener casi un año de paralización.
Para fundamentar los trabajos realizados en la rampa y en el nivel 90, le solicitaron un trabajo detallado a E-Mining, del recorrido de toda la rampa y de las especificaciones de todos los trabajos que habría que hacer.
Señaló que junto con lo anterior, se le envió a Sernageomín, todo el análisis que hizo E-Mining en relación a la rampa y cada uno de los 146 puntos que ellos determinaron que requerían algún tipo de atención en ella. Por ejemplo, algunas veces se trataba de una simple acuñadura, de poner un perno o dos y, otras, de poner algunos pernos y malla, lo cual sigue siendo natural.
Indicó que a modo de ejemplo, se establecía en dicho documento, que en parte del túnel se hacía una indicación, con atención de lo que había que hacer y con la recomendación para que el punto quedara bien. Eso también está anexado. El documento tiene varias páginas, pero totalizan 146 puntos en 3 kilómetros de rampa. Este es un trabajo muy detallado y completo que dio origen al proceso de saneamiento de la rampa.
También, se adjunta la recomendación de saneamientos puntuales, a lo largo de cada metro en el nivel 90, donde teníamos fortificación, pero no la fortificación sistemática que posteriormente el informe geomecánico recomendó. Además, Sernageomín también autorizó a seguir avanzando y corrigiendo eso.
Explicó, que la compañía minera recibió el 26 de diciembre de 2007, el oficio ordinario N°1773, de fecha 19 de diciembre de 2007, en el que el señor Exequiel Yanes , autoriza a la mina San José , para que inicie faenas bajo el nivel 500, hasta el nivel 75 y la explotación del nivel 90, como trabajo previo a la reapertura total de la mina. Agregaba el documento, que para el reinicio de la explotación total se va a necesitar un proyecto de ventilación, un proyecto eléctrico y el informe geomecánico que se requería.
Señaló que luego, el 3 de febrero de 2008, envió una carta a Sernageomín solicitando que les informaran, sobre los informes preliminares que le hicieron llegar, para conocer el parecer del Servicio, al respecto.
Con fecha 3 de febrero de 2008, le informó al señor Exequiel Yanes , que los trabajos dispuestos por el Servicio, iban bien y que además habían recibido la segunda visita que ellos habían dispuesto a la mina, la cual, fue llevada a cabo, por los inspectores señores José López -que era la persona que había ido como inspector en la primera visita- y Jaime Varela . Ellos recorrieron para verificar que todo se había hecho y luego hicieron comentarios, los que se implementaron dentro de la mina. Al respecto, solicitó a Sernageomín autorización para seguir avanzando sólo en el nivel 75 y así no perder el ritmo que habíamos ganado, porque los meses iban pasando y además, los trabajos avanzaban de acuerdo a lo presupuestado y sólo faltaba redactar y emitir el informa final.
Indicó que mediante el oficio ordinario N° 0309, de 7 de marzo de 2008, Sernageomín accedió a nuestra solicitud para seguir trabajando en el nivel 75 y en la construcción de la rampa en el nivel 60, nuevamente como trabajo previo a la reapertura total de la mina San José. Esta comunicación se la hizo llegar el señor Exequiel Yanes , Subdirector Nacional de Minería y fundamentó su autorización considerando la pronta resolución de parte de la empresa de las acciones correctivas originadas en las inspecciones realizadas. En todo caso, no se autoriza la reapertura total, hasta que no esté listo el informe geotécnico, el proyecto eléctrico y el de ventilación.
El 3 de abril de 2008 le envía al señor Exequiel Yanes , el informe geotécnico, el cual, es bastante extenso que abarca todos los estudios directos e indirectos, en relación a la geotecnia de la mina. Agregó, que envió dos ejemplares y le indica que las conclusiones son claras y que apuntan a que la mina es completamente viable en su explotación. Además, se empieza a hacer la fortificación. De hecho, el nivel 90 se puede explotar una vez que está saneado, y para sanearlo se necesita implementar esa fortificación inicial.
El 7 de abril de 2008, le envió al señor Exequiel Yanes los proyectos de ventilación y el eléctrico, respecto de lo cual, el señor Yanes hizo varias preguntas, las que fueron respondidas el 30 de abril. Posteriormente, hay nuevas consultas, las que fueron respondidas el 23 de mayo.
Indicó que desde el 23 de mayo de 2008, ya ha pasado casi un año y medio en que la mina, si bien tiene operación, no está con autorización total de reapertura. Agregó, que Sernageomín ya tiene el informe geotécnico completo; lo analizan, lo estudian, se discute, y finalmente, el 30 de mayo de 2008, autoriza la reapertura total de la mina San José .
Recalcó que han tenido un proceso bastante largo, un año y medio, paso a paso, con revisiones de Sernageomín, incluyendo cartas que van y vienen, respuestas, preguntas; en fin, una serie de acontecimientos que en definitiva dan origen a la apertura.
Por otra parte, desea aclarar que nadie de la compañía, ha hecho algún tipo de presión indebida a las autoridades para lograr la reapertura de la mina. En todo caso, acudieron al Sernageomín Regional, con el objeto de explicar la situación difícil, por la que estaba pasando la empresa.
Además, a raíz del difícil período que les tocó vivir, por la paralización de las faenas de la mina, acudieron a la Intendente de la Región de Atacama , a los Senadores de la Región , al Seremi y a quienes pudieron, para explicar el problema serio que tenían. Lo que pedían era que se les atendiera técnicamente a nuestros requerimientos, porque técnicamente estábamos contratando a expertos para poder tratar un asunto que en definitiva era técnico.
Continuó señalando que durante el 2008 y comienzos de 2009, Sernageomín hizo una serie de visitas, indicando distintos elementos a los cuales hace sus comentarios. Se refería acerca de la ventilación, también hizo comentarios de que descubre a unos trabajadores comiendo en el interior de la mina, lo que no le pareció adecuado; en fin, hizo distintos tipos de comentarios, todos los cuales tienen una respuesta dada por el aquel entonces Superintendente de Prevención de Riesgos , señor Vincenot Tobar . Él firmó un documento de fecha 5 de noviembre de 2009, por el que da respuesta a 24 observaciones de distinta índole.
Plantea que posteriormente, el señor René Rojas San Martín , Director Regional de Sernageomín , con fecha 9 de diciembre de 2009, le responde al señor Vincenot Tobar , en el que le señala que “acusa recibo de la respuesta de la fiscalización de las faenas realizadas el día 13 de abril de 2009 y las respuestas son adecuadas a las observaciones realizadas, por lo que esta regional, del Servicio se da por enterada de que los peligros y riesgos en los procesos asociados a la explotación están bien resguardados técnica y operativamente.”.
Indicó que otro elemento importante que es importante resaltar, es lo que ocurre a principios de julio con el accidente del señor Gino Cortés , pues a raíz de la caída de una roca, se le debe amputar la parte baja de una de sus piernas. Agregó, que le cayó encima un megabloque de 700 millones de kilogramos que se ha movido en la parte superior de la mina, que era un sector que no se explotaba hace muchos años.
Recordó que esto ocurrió el sábado 3 de julio, a las 00.15 horas. Como es normal, nuestro Superintendente de Prevención de Riesgos , señor Vincenot Tobar , avisó rápidamente a todos los servicios de un accidente grave. Agregó que a esa hora la mina era operada por los jefes de turno, pues la gerencia y los expertos en materia de geotecnia y otro tipo de supervisiones, no están presentes a esa hora. El señor Gino Cortés fue evacuado de la mina y, luego de pasar por nuestro propio policlínico, al ver que era algo mayor, fue trasladado rápidamente en una ambulancia de la Asociación Chilena de Seguridad, hacia el hospital de Copiapó donde recibió la atención que correspondía.
Por otra parte, estaba el informe geomecánico, que era una de las tareas más importantes que se debía cumplir y, tal vez, el foco de atención más importante que tenía Sernageomín, para reabrir la mina era la fortificación en galerías, cuestión que se venía haciendo, pero no en forma sistemática y sin una recomendación geotécnica fundada en un informe geomecánico hasta esa fecha.
Señaló que al respecto, se siguieron todos lo consejos que dieron nuestros expertos en la mina. Al efecto, no sólo se hace el informe geomecánico, respecto de la fortificación, sino que además, se siguieron los consejos de todos los ingenieros de minas, en términos de cómo hacer esto dentro de la mina. Para tal efecto, se les recomienda contratar cuadrillas especiales de fortificación, para cumplir con esta tarea y contratar maquinaria de levante especial, con el objeto de que los trabajadores sean suspendidos en altura, como lo hace toda la minería subterránea y puedan hacer su tarea de fortificación, en forma segura. Con tal objeto se cotizaron distintos proveedores de materiales, en este caso, pernos helicoidales que oscilaban entre 2,40 metros y 3,50 metros, según las recomendaciones que les hicieron en el informe geotécnico; la malla, el perno y la planchuela, que constituyen el sistema de fortificación. Pero poner pernos en nuestra mina no es suficiente, en otras minas puede ser. Agregó que en nuestra mina hay que poner pernos de 2,40 metros en todas las galerías, pernos de 3,50 metros en las crucetas de alto tráfico, hay que ponerles malla, planchuela y asegurarla con una tuerca. Ése es nuestro sistema de fortificación. Ahora la dosificación de esos pernos, tanto por corrida como la distancia entre corrida y corrida, está especificada en el informe geomecánico. Ese era uno de los focos más importantes que tenía el estudio geotécnico, y operativamente también era uno de los focos más importantes.
Agregó, que el día del accidente, fue informado, porque obviamente no estaba en faena en un día sábado. Sus funciones abarcan las finanzas de la compañía, la tesorería, la contabilidad, la relación con proveedores, las plantas de chancado, las plantas de beneficios y las demás tareas que a nivel de gerencia general le toca supervisar a las personas que tienen, esta responsabilidad.
Por lo tanto, los expertos en implementar esto van desde la gerencia de mina, con todos los ingenieros de mina hacia abajo, en toda la estructura que tienen, que pasa por asesores geomecánicos de planta, que son ingenieros civiles en mina, prevencionista de riesgo, que es ingeniero civil en mina, por la jefatura de operaciones de la mina, por los jefes de turno de la mina y por el jefe de fortificación de la mina. Además, todos tienen la responsabilidad de implementar esto, que es una política sagrada en la empresa. Ellos son los que recomiendan los procedimientos, y yo aquí les voy a adjuntar los procedimientos de fortificación de un tipo y de otro tipo. Hay todo tipo de fortificación. Existe el procedimiento de carga y descarga de las mallas. Las mallas cumplen un rol de soportar piedras y cuando se carga hay que levantar la malla, descargar, acuñar y volver a poner la malla, etcétera. Es por eso, que siguiendo todas las recomendaciones de ellos, nosotros proveímos de todos los recursos, de personas, técnicos y de materiales, para que realicen su labor en forma adecuada.
Por lo tanto, ese día 3 de julio, cuando fue informado de esto, siente una profunda decepción, porque la compañía tenía el personal, las cuadrillas especializadas en fortificación, tenía la maquinaria, tenía jefatura de fortificación, tenía jefes de turno y todos los materiales en bodega, según guardan los registros computacionales de ese día y de los 15 días anteriores.
Señaló que cuesta mucho entender lo sucedido, ya que la empresa había proveído el estudio, las formas de fortificar, el personal, las maquinarias y los materiales, y que por un error de operación, en un sector que abarca aproximadamente 50 metros cuadrados, el jefe de fortificación determina que hay que descargar una malla, porque ya había cumplido su rol, y había que sacarle las piedras que sostiene la malla. El procedimiento dice que inmediatamente hay que reponer la malla, pero no la reponen, y no la reponen por aproximadamente 16 días.
Indicó que a raíz de ello, se hizo una investigación interna en forma inmediata. Agregó, que personalmente la impulsó, porque era demasiado grande la frustración de tener un accidentado grave, como Gino Cortés , que es un trabajador con experiencia según su currículo. Agregó, que desde el año 2001 trabajaba en minería, no es una persona nueva en el área, es alguien que sabe lo que es estar en minería subterránea.
Por lo tanto, se hizo una investigación interna, donde se concluyen tres cosas a raíz de la investigación:
Lo primero, es que el día 16 de junio, la cuadrilla que hizo el trabajo de descarga de malla no repuso la malla, según el procedimiento establecido. Lamentablemente, ese mismo turno de trabajadores, es el que se encuentra atrapado en la mina, actualmente.
Segundo, se concluye también que si bien puede quedar por algún momento o por algún turno una zona sin malla, el sector deber ser demarcado para que nadie transite por ahí y nadie en la jefatura operativa, en la cadena de producción dentro de la mina, detectó esto y tampoco indicó que se tenía que marcar. Esta es otra falla operativa importante.
Por último, es evidente, que el mismo trabajador con la experiencia que tiene, pase por una zona que no tiene malla, siendo él el fortificador. Esto es muy difícil de entender.
Por tanto, se conjugan estos tres elementos para que se dé este lamentable e innecesario accidente, porque la compañía tiene todos sus procedimientos, todos los materiales, toda la maquinaria y toda la gente prevista para que una cosa como esta, no suceda.
Señaló, que la investigación se hizo con la participación de Sernageomín y con el Sindicato en pleno de los trabajadores, el día 12 de julio, en las oficinas de Sernageomín en Copiapó.
Agregó, que en aquella oportunidad, se hizo una presentación acerca de los riesgos que existen, de cómo se tienen que administrar, y se hizo una abierta y honesta conversación, acerca de los tres puntos que explicó anteriormente, en presencia de nuestros expertos, de varios expertos de Sernageomín y de los tres miembros del sindicato de la mina encabezados por su Presidenta .
Explicó que días después, para ser más preciso, el día 21 de julio, el Director Regional , señor Rodolfo Díaz , autorizó volver a trabajar en el punto, porque el punto está autosuspendido como corresponde en una faena que tiene y enfrenta una situación grave, no en toda la mina. Recalcó que el gerente de mina y el jefe de operaciones también hacen lo adecuado: evacuaron la mina, por cuanto, era una cosa muy puntual, de todas formas evacuaron la mina entera, esa misma madrugada.
El Director Regional , dió la posibilidad de trabajar en esa zona, con una recomendación técnica, que debía otorgar el Seremi de Salud, que fue el que finalmente autorizó reabrir ese punto de trabajo, para volver a ponerle malla, porque ya llevaba demasiado tiempo sin malla, y, desde el punto de vista de la seguridad minera, aunque estaba demarcado y nadie ya podía hacer nada ahí, era importante volver a acuñar nuevamente y ponerle la malla.
Afortunadamente, esto se hizo, por que era primordial asegurar el punto y sobre todo volver a ponerle malla a un sector, que ya llevaba casi 20 días sin ella, lo cual era bastante malo.
Agregó, que producto de la investigación, se encontraron los libros de novedades de fortificación, libros de novedades de acuñadura, que es la metodología que se usa internamente entre las distintas personas y grupos que trabajan, turno a turno, dentro de la mina para informarse, entre otras cosas, de que en tal nivel se hizo tal trabajo y quedó otro pendiente. Los libros de novedades se van revisando turno a turno.
Señaló que lamentablemente, aunque no es su función revisar estos libros a diario ni mucho menos, se percató que entre el jefe de fortificación, el jefe de operación en mina, los geotécnicos, etcétera, ese libro de novedades es tremendamente subutilizado. Por lo tanto, tampoco hay un buen registro en la cadena de producción de lo que está pasando.
A pesar de todo, Sernageomín no cerró la mina después del análisis que hizo por lo ocurrido el 12 de julio, acerca de este accidente gravísimo ocurrido en la mina. Su interpretación personal es que, a la luz del análisis y de la conversación que se tiene entre los sindicalistas, nuestros expertos y Sernageomín, se dan cuenta, que es algo puntual y que merece toda la atención que ha merecido, pero nadie sugiere cerrar la mina a raíz de eso.
Por otra parte, los sindicalistas no alegan que la mina es peligrosa y que hay que cerrarla, si fuera así nadie habría entrado a la mina.
Por lo tanto, indicó que existe alguna confusión entre la catástrofe ocurrida en la mina el 5 de agosto y lo que puede ser un accidente particular, como el que les acabo de describir, son dos cosas completamente distintas, que tiene una dimensión distinta, con un efecto diferente y que, de alguna forma, han tendido a confundirse en estas últimas semanas.
La primera, se relaciona con un procedimiento que no cumple cabalmente la gente que opera la mina y es una falla de un procedimiento. Evidentemente, tengo que pensar que el jefe de fortificación no tiene ninguna intención de hacerle daño a nadie, cuando se levanta en la mañana, que los fortificadores que tienen que poner la malla tampoco, etcétera. Imagina que allí hay un error humano, de no seguir los procedimientos, a pesar de que se contaba con todos los materiales y las maquinarias para llevar a cabo su labor.
Lo segundo, es una catástrofe que tiene una dimensión completamente distinta y de la que, evidentemente, no había ningún antecedente de que pudiese ocurrir.
Señaló que este es el relato y los antecedentes que puede proporcionar, en relación con este caso en particular, que los relaciona con Sernageomín, hasta el día en que ese servicio autoriza reabrir ese punto, lo cual ocurrió, si no me equivoco, el 21 de julio, lo que con posterioridad fue corroborado por el Seremi de Salud.
Planteó que los trabajadores han sido entrenados. Agregó, que personalmente impulsó dos cosas apenas supo de este accidente que le causa tanta frustración. La primera fue solicitar que se tomara una medida administrativa, en relación con la responsabilidad dentro de la cadena de producción, de no cumplir con un procedimiento escrito, entregado y básico, de una tarea importantísima dentro de la mina y, en segundo lugar, solicitó, en concordancia con lo requerido por la dirección regional de Sernageomín, recapacitar en forma masiva a todo el personal de mina, para que quedara claro que el sistema de fortificación incluía mallas, o sea, que los procedimientos incluían poner todos los elementos, y que no hubiese una idea de falsa seguridad, porque hubiesen pernos.
Al respecto, la empresa tiene un procedimiento de acuñadura, en el que está todo firmado, como corresponde, por los expertos que diseñan esos procedimientos. Así como ese, hay otros de carga de tiros y de extracción de marina; también hay procedimientos que son un poquito más sofisticados y que involucran otras medidas de seguridad que se han tomado en la mina.
Además, se ha incorporado en la mina, maquinaria a control remoto, para no arriesgar la vida de los trabajadores en los puntos donde no tienen que ingresar. En consecuencia, hay métodos manuales de manejo de equipos y también métodos a control remoto de equipos previstos para asegurar la vida de los trabajadores.
En relación con el derrumbe ocurrido en la mina San José, señaló que este acontecimiento ocurrió el día 5 de agosto, alrededor de las 14.00 horas. Al conocer lo ocurrido y que no salía ningún trabajador del interior, el gerente de la mina, que es ingeniero en minas, hacía intentos de ingresar a ella, pero era muy difícil, por cuanto, había muchísimo polvo en suspensión dentro de la mina, motivo por el que no se podía hacer un ingreso seguro a ella. Agregó, que llegó a la mina alrededor de las 15,30 horas y en ese momento observó que la cantidad de polvo que salía era impresionante y el túnel estaba completamente tapado.
Continuó que ingresar al interior de la mina, era algo peligroso y un equipo técnico, se encontraba abordando el problema en ese minuto. Se esperaba que el polvo reinante terminara, para poder saber lo que ocurría al interior de la mina. Le dijeron que se escuchaban algunas detonaciones y después mucho ruido de roca en el exterior. Así era como lo graficaron las personas que estuvieron ahí y que escucharon el fenómeno: una suerte de detonaciones, después una caída de roca importante, ruido del cerro y posteriormente mucho polvo.
Posteriormente a esto, indicó que se dio aviso a las autoridades de la región como a las 17,30 horas, en el momento de hacer el último intento de ingresar a la mina, se constató que había una pared caída por delante de la rampa, o sea en el camino de acceso a la mina. Había una pared que iba a ser insoslayable traspasarla con equipos nuestros. Finalmente, nos percatamos que había forma que se pudiera atacar ese tema. Previo a eso, se había ingresado y se logró ver, con algo más de polvo disipado, rocas interrumpiendo la rampa. Añadió que ésta es la secuencia, del porqué se da aviso de lo ocurrido alrededor de las 17,30 horas. Agregó, que aprovechando sus contactos, llamó a personas conocidas en Pucobre y en la mina Carola, con el fin de solicitar rescatistas.
Por otra parte, explicó que la Compañía Minera San Esteban Primera, tiene compromisos financieros con Enami, los que partieron siendo de cuatro millones y medio de dólares, en el 2004, y a la fecha son 2,1 millones de dólares. Agregó, que esto se ha pagado en la medida que se ha podido.
Señaló, que durante el largo tiempo que la mina estuvo detenida, la compañía perdió entre siete y ocho millones de dólares, sosteniendo el empleo para un vasto número de personas y creyendo en nuestro proyecto y en que la vida en Atacama, debía seguir después de tantos años luchando y trabajando, por la mediana minería en la región.
Planteó que a partir de este año 2010, la compañía se encontraba en franca recuperación, pero lamentablemente ocurrió esta desgracia.
A pesar de lo sucedido, la empresa ha hecho un gran esfuerzo, para pagar los sueldos de los trabajadores.
Por otra parte, explicó que para el tema de la seguridad, se instalaron los geófonos, que es un sistema microsísmico, para detectar los posibles derrumbes. Lamentablemente, este sistema se desconectó seis meses antes de lo ocurrido, por fallas de fibra óptica. Además, la compañía cuenta con un informe geomecánico e incorporó la metodología de fortificación en las galerías, que era el foco más importante que tenía por delante, a requerimiento de Sernageomín y para su operación diaria con el fin de crear las condiciones más sanas y protegidas para nuestros trabajadores. También se incorporó el uso de equipos scoop a control remoto, equipos anti incendios automáticos, en los equipos que estaban dentro de la mina y se construyó el refugio, que tanto se cuestionó al comienzo de este evento, puesto que se dijo, en forma malintencionada, que la compañía no tenía un refugio y que si lo tenía, era de dos por dos y que tampoco estaba abastecido.
El refugio es de 45 metros cuadrados, cuenta con inyección de aire, tiene alimentos para sostener a 25 personas durante 48 horas, que es lo previsto en la generalidad de los accidentes que los refugios pretenden cubrir, y cuenta con camillas, frazadas, etcétera. Son todos estos los elementos iniciales, para satisfacer las necesidades de una emergencia. Esto constituyó, una fuerte inversión y una alternativa de seguridad al interior de la mina.
Señaló que antiguamente, se usaban refugios móviles, que eran prácticamente containers. Ese tipo de refugios se usa bastante y va siguiendo a la operación, en la medida en que se va profundizando. Sin embargo, como éstos eran muy pequeños, la compañía decidió construir una infraestructura más importante. Por lo tanto, en el refugio construido por la empresa, se encuentran actualmente los 33 trabajadores y les ha permitido, afortunadamente, resistir durante los primeros días de la emergencia, sumado a su destreza, habilidad y sapiencia para vivir estos momentos tan difíciles para ellos.
Por último explicó, que dentro de las medidas de seguridad que tenía la empresa, era tener un geotécnico de planta. La empresa tenía además, visitadores geotécnicos. O sea, tenía una persona externa que hacía una visita cada 15 días y luego emitía un informe. El tener un geotécnico de planta, significaba para la empresa lo siguiente: primero, que debía revisar la fortificación que se estaba implementado. Segundo, era necesario tener una visión general y particular, de todas las indicaciones que se podían hacer, especialmente en los frentes de trabajo, porque la minería es dinámica y requiere un geotécnico, cuando hay algo que atacar puntualmente y que se sale de cualquier estándar. También es preciso indicar, que la empresa gasta en seguridad entre 30 y 40 millones de pesos al mes, que deben ser alrededor de 800 mil dólares anuales, en distintos elementos. Por lo tanto, el geotécnico de planta era muy importante, para asegurar que la inversión que se hacía en seguridad, se hiciera en forma adecuada y que no pasara lo sucedido, en el accidente de Gino Cortés.
Por último está el tema de la chimenea, la cual fue aceptada como salida de emergencia, por parte de Sernageomín en la autorización firmada, por el señor Leiva . De hecho, el señor Leiva dice en su oficio, que la chimenea tiene que servir como salida de emergencia, y solicita para ello que se escalere. Al respecto, indicó que se logró hacer parcialmente, por cuanto, era bastante difícil y peligroso escalerarla. Reiteró, que era un trabajo enormemente lento y peligroso. Usar esa chimenea como vía de salida definitiva y también escalerarla era difícil, porque era muy angosta y peligrosa. Por lo tanto, en algún momento se le planteó a Sernageomín, un sistema de refugios múltiples, como alternativa de seguridad. Es así, que el primer refugio que se construyó, es en el que se encuentran hoy, los 33 trabajadores y eso responde a la necesidad de proveer de una infraestructura mayor en caso de una emergencia, que evidentemente nunca se pensó que podía tener las características de catástrofe como la que estamos viviendo. Agregó que lamentablemente, tampoco había otra salida de emergencia.
Por otra parte, está la empresa E-Mining, que tuvo la responsabilidad de elaborar el informe de geomecánica, hizo los estudios, sacó los antecedentes y entregó un informe detallado. Posteriormente, E-Mining, operó la mina desde su comienzo en forma parcial y después total. Agregó, que esa empresa les informó que aparte de hacer ingeniería, geología y geotermia, también operaban yacimientos subterráneos de Anglo American, específicamente la mina El Soldado. Por lo que, les ofrecieron operar la mina, lo que les pareció razonable. Pues la empresa venía de un período difícil, por lo que les pareció adecuado operar a través de un contratista que podría aportar personal y maquinaria, para iniciar la faena de nuevo, lo que les facilitaría volver a operar la mina. Además, ellos habían hecho el informe geomecánico, lo que les aseguraba, que la parte más crucial, que era la fortificación en las galerías, se haría bien. Agregó, que la relación con E-Mining, se puso término a fines del año 2009, a causa de conflictos comerciales que se produjo entre ambas partes. En ese momento la empresa pasaba por una seria estrechez económica, no se podía resistir más esta situación, por lo que, fue necesario solicitar el término de la relación. Se acordó, que gran parte del personal de E-Mining fuera recibido por la compañía minera San Esteban . A los trabajadores, se les reconocieron todos los años de servicio, todas sus condiciones y sus remuneraciones. Fue así como se siguió adelante con la operación.
Señaló, que en ese momento la producción oscilaba entre las 15 mil y las 17 mil toneladas mensuales, pero el objetivo de la empresa, era producir 20 mil toneladas.
Por otra parte, nunca existió algún informe respecto que la mina era imposible de operar, que era peligrosa de operar o que era grave operarla, desde cualquier punto de vista. Agregó que los expertos que la empresa tenía contratados, tampoco le entregaron algún informe geológico, que señalara que la mina tenía una falla peligrosa. Es más, a los pocos días de ocurrido este evento catastrófico, preguntó si era efectivo que todo esto, pudo haber sido provocado por una falla geológica, pero los geólogos le respondieron que no. Además el señor Vincenot Tobar , en su calidad de prevencionista de riesgo, jamás emitió algún documento, que dijera que la mina no se podía operar en esas condiciones. Ahora, si los expertos externos hubiesen dicho que la mina no se podía operar, habría que haberse detenido a pensarlo. Pero la verdad, que como empresarios mineros, hicieron todas las consultas técnicas a los expertos, quienes tuvieron la oportunidad de discutir con la gente del Sernageomín, pero en ningún momento se les dijo que no; muy por el contrario, se les indicó, que era completamente factible hacerlo y que la recomendación de la fortificación en las galerías era totalmente factible, que era normal y que era lo que se usaba en la industria minera. Para lo cual, les recomendaron el uso de pernos de 2 metros 40 centímetros o de 3 metros 50 centímetros, dependiendo del tipo de túneles que debían hacer.
Reiteró finalmente, que nunca tuvieron dudas al respecto, además, que jamás tuvieron la intención de provocar un desastre como éste. Fue por ello, que dosificaron la fortificación, que se requería en todas las galerías de producción y también se puso a disposición de todos los expertos que trabajaban en la empresa, las maquinarias adecuadas, los materiales y procedimientos para explotar la mina, con todos los medios de seguridad que estaban al alcance de la empresa. De ahí la frustración nuestra, por la ocurrencia del accidente porque, pese a que había de todo, ocurrió en forma absolutamente innecesaria y por una falla de procedimiento.
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6.1. El dueño y Ejecutivo de la Compañía Minera San Esteban Primera S.A., señor Marcelo Kemeny .
Planteó que el señor Alejandro Bohn ha hecho una buena descripción de los hechos relativos al cierre de la mina.
Agregó, que están muy consternados y preocupados por los mineros que están en el interior de la mina y por sus familias. Desde el primer día, cuando ocurrió el accidente, hasta el fin de semana pasado estuvieron en la mina y han estado muy preocupados de la situación y de todo lo que ha ocurrido con los mineros y sus familias. Están sumamente dolidos con toda esta situación que les ha tocado vivir, y han apoyado, en la medida en que se ha podido, a los mineros y sus familiares.
Señaló que la minera San Esteban Primera, es una empresa familiar, fundada por su padre y en el año 1987, comenzó a participar en ella y a trabajar activamente en las plantas.
Explicó que en el año 2004, invito a participar al señor Alejandro Bohn en el negocio minero, con quien se conocían desde la época del colegio y además son cuñados. El motivo de su incorporación, era aprovechar su capacidad empresarial y todos los conocimientos que tenía en lo que se refiere a manejo de los negocios. Agregó, que la empresa estaba pasando por una delicada situación económica, de modo que, a la vez, él pudo aportar ciertos recursos financieros, a fin de ayudar a la estabilidad de la compañía minera.
Indicó que en la minera, han ocurrido tres accidentes fatales: el primero, en 2004, el segundo, en 2006, cuando se produjo un accidente fatal de un trabajador de una empresa contratista y el tercero, el 5 de enero de 2007.
Por otra parte explicó, que la mina San Antonio se produjo un derrumbe en los primeros niveles de explotación, que eran muy cercanos a la superficie. Ahí se produjo una socavación, que hizo caer y abrir hasta la superficie los primeros dos niveles de la mina, que fueron los primeros que se habían operado hace mucho tiempo atrás.
Tampoco se insistió en continuar operando la mina San Antonio, ya que se paralizó la faena y se cerraron los niveles inferiores de la mina, a raíz de una serie de grietas ubicadas en la rampa, ya que se debía hacer una serie de by-pass. Es por ello, que se optó por no trabajar dicha mina, especialmente hacia abajo. Además, hubo factores económicos, pues los precios no eran los adecuados, tampoco las leyes de la mina; económicamente, no se justificaba seguir con la explotación de la mina.
Respecto del accidente del señor Gino Cortés ocurrido el 3 de julio, explicó que el Comité Paritario analizó el caso, ya que Sernageomín, emitió un informe, que fue compartido con los sindicalistas. Es un grupo mixto, compuesto por la administración de la mina, los expertos y el resto, que es de otro grupo.
Indicó que al parecer había una crítica hacia la empresa, ya que el comité paritario no habría hecho una reunión formal. Se lo informaron, aunque no es el encargado de decidir cómo se hacía, pero el comité paritario está representado por los señores Javier Abarca Salas , presidente ; Cristián Aros y Alex González y los otros del grupo que analizó el caso en particular.
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7. El ex Director Regional de Sernageomín , señor Marcelo Guzmán Díaz .
Inició su exposición explicando que se desempeño como Director Regional de Sernageomín de Atacama , entre el 1 de abril de 2008 y el 20 de mayo de 2009.
Señaló que estudió en la Universidad de Atacama ingeniería en ejecución e ingeniería civil. El señor Exequiel Yanes , fue quién lo invitó a participar en un concurso para el cargo en la Regional, cargo para el cual, fue elegido.
Indicó que sólo llevaba dos meses como Director Regional y le tocó conocer un oficio, que se había emitido en la ciudad de Santiago, que establecía la reapertura de la mina San José .
Recordó que en esa oportunidad, a raíz del oficio de reapertura, conversó con doña Elizabeth Cortés , jefa del Departamento de Seguridad y le explicó que era una mina complicada y le comentó sobre el prontuario de la mina. Además conversó con don Exequiel Yanes y con don Santiago Pinilla. Agregó, que el señor Santiago Pinilla le indicó que iría a Copiapó, para hacer una visita inspectiva a la mina. Efectivamente, el 18 de junio, visitó la mina y emitió un informe al respecto, el que se le envió al señor Bohn .
Planteó que el 3 de julio, después de la visita, se emitió el oficio ordinario N° 04080, en el que se hacen ver varias irregularidades, lo cual era repetitivo, era parte de la historia.
Señaló por otra parte, que en esta Comisión se ha planteado mucho, sobre del escalonamiento de la chimenea. Al respecto, indicó tener el oficio N° 1158, de 11 de mayo del año 2004, firmado por el entonces director regional del servicio, señor Luis Sougarret Seitz , que dice lo siguiente: “Aprueba el proyecto de saneamiento, infraestructura, rampa y regularización del método de explotaciyn de la mina San José”, y en cuyo punto Nº 4 establece: “La empresa minera deberá considerar que las chimeneas de escape deben cumplir con lo dispuesto por el artículo 80 del Reglamento de Seguridad Minera, y en el sector donde no tengan huinche de extracción, debe estar escalerada con una plataforma de descanso y tener una distancia hacia la veta que asegure que cualquier evento geomecánico no afecte la salida auxiliar”. Como se darán cuenta, ya en el año 2004, se hablaba de la famosa escalera; sin embargo, nunca se hizo. Es más, el señor Patricio Leiva , que estuvo en esta Comisión, dijo: “Yo exigí escalerar”.
Explicó que cuando se cerró la mina por la resolución Nº 316, de 22 de marzo de 2007, decía: “Se autorizará la extracción de mineral cuando el servicio apruebe el referido estudio geomecánico y la propuesta de fortificación de las galerías”. Si se dan cuenta, habla de propuestas, pero no de hacer el trabajo.
Por otra parte, cuando se dice: “Autorización para la reapertura total de la mina”, les llamó la atención en la Dirección Regional, ya que había rumores, que la mina se iba a abrir a través de una nueva metodología de apertura, en forma parcial y secuencial o sea se iba a usar un nuevo sistema, que era de una forma extraordinaria de actuar para este caso particular, donde la reapertura iba hacerse por partes.
Enfatizó que nunca participó en la reapertura de la mina, auque fuera en forma parcial. Por lo demás, el mismo señor Bohn , señaló que las gestiones que realizó para reabrir la mina, las hizo directamente en la ciudad de Santiago.
Señaló que el tema sobre la ventilación, debe comprobarse con aforos, que es una medida de ventilación, de caudal de flujo, de velocidad de flujo, etcétera.
Para lo cual, leyó el artículo 139 del Reglamento de Seguridad Minera, que dice: “Se deberá hacer, a lo menos trimestralmente, un aforo de ventilación en las entradas y salidas principales de la mina.” En otras palabras, cada tres meses necesito hacer un estudio con un anemómetro, medir flujos, etcétera. Sin embargo, el servicio no tiene la capacidad para mandar a profesionales ITO -inspector técnico de obras- a fiscalizar. Cuando llegan esas informaciones numéricas, el servicio tiene que creer. De lo contrario, tendría que contrarrestar en terreno lo que se me está informando. Es la única forma. O sea, cada tres meses habría que ir a medir flujos y semestralmente hacer un control general de toda la mina. O sea, en ventilación, un control general significa un levantamiento completo de las caídas de presión de la mina respecto de la ventilación, etcétera; si los flujos están bien distribuidos. Hay que hacer el cálculo por número de personas, por equipo de combustión interna diesel que está funcionando dentro de la faena, cantidad de explosivo a utilizar, gases nocivos, etcétera.
Agregó por otra parte, que los estudios de ventilación requieren tiempo y conocimiento, porque, hoy en día, se hacen en base a software.
Al respecto, indicó que en el informe de 3 de julio, en que se mandan algunas observaciones sobre el monóxido de carbono existente y de las temperaturas. En todo caso, parece extraño que haya números, que no corresponden a la realidad: 60 grados celsius al interior de la mina. Cuando generalmente, ésta se movía entre 35 y 38 grados.
Expresó que debido a la pésima ventilación de la mina puede afectar la salud del personal y poner en alto riesgo la vida de los trabajadores, es por eso, que se le da un plazo perentorio de 60 días para poner totalmente en funcionamiento la ventilación. Además, se señala que pasado ese tiempo y si no se hubiera cumplido lo anterior, la mina San José debe paralizar su desarrollo, preparación y producción hasta que la ventilación esté normalizada. Posteriormente a ello, Sernageomín debe exigir el cumplimiento de
lo encomendado. El señor Bohn pidió 120 días para hacer el trabajo encomendado. Agregó que con esos 120 días, a contar de los 60 que les dio, se llegó al final de 2008.
Planteó que recibió un llamado telefónico del Director del Trabajo de la época, señor José Órdenes , quien le dijo: “Director, he recibido a los dirigentes de la mina San José y siempre se quejan de las condiciones de trabajo y de seguridad. A lo cual, le dije que hiciéramos un trabajo en conjunto. Me solicitó además, a través del Oficio N° 277, de 13 de marzo de 2009, de la Inspección del Trabajo, solicitándome realizar una nueva fiscalización a la mina.
Señaló que le contestó 7 días después, mediante los oficios N°s. 1504 y 2104, en los que le informa sobre el resultado de la inspección realizada a la mina. Agregó, que esa fue la última fiscalización que se hizo, estando como Director Regional . O sea, se hicieron dos y quedó pendiente una tercera. Indicó que en el informe entregado al Director del Trabajo , le sugiero hacer una inspección colegiada a la faena, en el mes de junio de 2009, en el que participemos junto a ustedes y el servicio de salud, con el fin de dedicar un día entero a esta faena y decidir, con razones bien fundadas, las medidas y acciones correctivas que correspondan hacer, ante las evidencias encontradas y no tener que lamentar hechos, que los respectivos organismos no quieren que suceda.
Por otra parte, explicó lo que significa trabajar una mina a 700 metros de profundidad. Es que geomecanicamente hablando, como modo de explotación, obviamente trabajar a 700 metros, significa que es una mina que recién está traspasando, de acuerdo a su nivel de producción, la mediana minería, porque no es pequeña minería sino que mediana minería. Lo que sí, es una mina profunda. O sea, no muy profunda, pero profunda, donde hay que tener cuidado más allá de lo común.
Agregó que durante el tiempo que ejerció el cargo de Director Regional , no hubo accidentes en la mina San José. En ese período esta Regional, tuvo una preocupación personal, sobre el tema de la seguridad de la mina San José . Al respecto, se entrevistó en algunas ocasiones con el señor Bohn , en las que hablaron largamente sobre el tema de la mina. También se entrevistó con la empresa E-Mining. Además, recibió como tres o cuatro veces al dirigente sindical, señor Javier Castillo , que era una de las personas que más insistía en la seguridad de la mina, hasta el día de hoy, como ex trabajador y después como dirigente sindical.
Otra cosa que es importante, es que mientras la mina estuvo operada por un operador minero, tuvo algunos problemas, pero estuvo controlada en la operación. Mientras estuvo operada por gente que sabía de minería, algunos riegos estuvieron controlados. Agregó, que en dicho período, no hubo ni siquiera incidentes.
Finalmente señaló, que lo ocurrido el 5 de agosto pasado, no fue un derrumbe, sino un colapso; hay que hacer diferencia entre ambos conceptos. Hay que tener claro, que la faena no colapsó porque faltara la ventilación, o por el proyecto eléctrico, ni debido a que no estaban las escaleras puestas. Recalcó, que esas son las consecuencias de una mejora operacional, dentro de la faena. Lo que pasa, es que a veces se producen fallas estructurales de una sobre excavación del mega caserón, o una falta de control del caserón, o también, se debió a que el relleno con estéril del caserón hizo presión crítica sobre los pilares; en relación a cómo se llevó el proyecto de recuperación de pilares, el cual, como dicen los mineros, tal vez se comieron los pilares y se generó un sobreesfuerzo excesivo. Lamentablemente, no es especialista en mecánica de roca ni en geomecánica. Esa hipótesis, solo lo podría contestar una persona que realmente haya hecho un estudio de la mina. Por último, señaló que dar una opinión sobre las causas específicas del colapso de la mina, sería una opinión muy irresponsable, porque seguramente puede estar muy equivocado.
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8. El Asesor del Jefe del Departamento de Prevención de Riesgos de Sernageomín, señor Santiago Pinilla.
Inició su exposición, señalando que es ingeniero civil en minas de la Universidad de Chile, con mención en geología. Egresó en el año 1964, por lo que tiene 46 años de ejercicio de la profesión. Además, es hijo de un ingeniero en minas, por lo que la primera vez que entró a un yacimiento, tenía tan solo 4 años de edad.
Indicó que de los 46 años de ejercicio profesional, trabajó en la Compañía Minera La Disputada, luego en la CAP, donde llegó hasta el cargo de superintendente de minas. Con posterioridad, y durante 25 años, fue profesor universitario, tiempo durante el cual realizó trabajos de investigación, de extensión y de docencia en los ramos de Túneles, Evaluación de Yacimientos, etcétera. Además, fue jefe del laboratorio de mecánica de rocas.
También realizó trabajos como proyectista: por lo tanto, proyectó la mina y la planta del yacimiento El Toqui, hizo el proyecto de prefactibilidad de Alumisa, el proyecto de rajo abierto del yacimiento El Soldado. Además, su mayor logro fue que lo contrataran para desarrollar el proyecto de la mina Yanacocha, en Perú, que es la mina de oro más grande del mundo.
Por lo tanto, cree tener experiencia sobre el tema. Además lo enorgullece, que durante sus 46 años de ejercicio profesional nunca murió ninguno de los trabajadores que tuvo a su cargo. Incluso, cuando se desempeño como Superintendente en Lota, se ganaron un premio de seguridad, en circunstancias de que era una mina peligrosa cuyo límite estaba 1.000 metros bajo el nivel del mar.
Explicó que en Sernageomín está contratado como ingeniero a contrata y se desempeña como asesor del Jefe del Departamento de Seguridad Minera y realiza las investigaciones de todos los proyectos en Chile. No ha sido nunca jefe de departamento, porque a contrata no se puede. Ni siquiera puede subrogarlo. Lo que sí sucedió, es que durante un tiempo, debido a su experiencia y a que la gente lo respetaba mucho, hizo las veces de cabeza del Departamento de Seguridad Minera. En aquella ocasión, todo se lo consultaban y, en el fondo, estaba cumpliendo la labor de jefe del departamento.
A continuación, expuso la relación que tuvo con la mina San José:
En el año 2004, le pidieron que investigara un accidente que había ocurrido en esa compañía. Para lo cual, fue a la mina y tuvo que hacer un levantamiento geológico, para saber cuál era el problema que ocurría y se dio cuenta, que el mayor problema que tenía esa mina, era de operación. Tenían salbanda, que es el producto del movimiento de zigzag de una falla. Es un material muy molido, que al mojarse se vuelve igual que aceite y hace caer los bloques. Agregó, que todas las muertes que ha habido en esa mina, fueron por culpa de eso o que se ha infiltrado agua, en esas salbandas.
Motivado por las preguntas que se hacen, sobre cual, habría sido la razón del hundimiento de la mina, se preocupó de investigar al respecto. Para lo cual agregó, que esta mina, que en el año 2009 producía 19 mil toneladas, comenzó a producir 38 mil toneladas a partir del 2010. Ésa es la estadística que tiene Sernageomín. Indicó que al no ser el jefe del departamento, no le llegaba ese tipo de información, pero de acuerdo al Reglamento de Seguridad Minera, cualquier mina que aumente su ritmo de explotación más allá del 25 por ciento, debe presentar un proyecto nuevo e indicar de dónde saca esa mayor cantidad de material. En relación con esto, señaló que es muy difícil extraer tal cantidad de material, por cuanto, los desarrollos de los niveles inferiores son muy chicos, como para dar un tonelaje tan alto. Por eso tiene sus sospechas sobre esto, pero es muy difícil de probar.
En relación con la cifra señalada anteriormente, explicó que los dueños están obligados a entregar mensualmente el informe de producción y así lo hicieron. Sernageomín tiene anotado este año una producción de 38 mil toneladas mensuales hasta abril, porque la información de mayo y junio todavía no está actualizada.
Agregó, que este año hubo tres accidentes graves. Uno fue el 2 de febrero, que nadie ha mencionado, en el que también una persona perdió una pierna. Después está el accidente del 6 de julio y posteriormente este derrumbe. Mientras E-Mining estuvo a cargo de la explotación de la mina no hubo accidentes graves. Sin embargo, los dueños no alcanzaron a operar seis meses y ya tuvieron tres accidentes graves. Algún motivo debe haber sobre esto.
Al respecto, indicó que se hicieron varias observaciones: Una de ellas, era que “Las chimeneas de los niveles inferiores deben hacerse manualmente.”. “Es fundamental que los pilares y puentes resistan las presiones y no se derrumben. Por lo tanto, todos los puentes deben ser sujetos con cables y lechada de longitud tal, que atraviese la zona de salbanda y anclados en roca firme.”. Además, se dice que “Los sectores cercanos a la veta, en los pilares, en los puentes y en algunos lugares de la rampa deben instrumentarse. Se recomienda usar extensómetros de tipo eléctrico, que son más rápidos de medir.”.
También se dice que se debe hacer la fortificación, mediante pernos de anclaje y malla.
Luego se señala, que “La empresa minera debe considerar que las chimeneas de escape, deben cumplir con lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de Seguridad Minera. Y en el sector donde no tenga un huinche de extracción, deben estar escaleradas con plataforma de descanso y tener una distancia a la veta que asegure que cualquier evento geomecánico no afecte la salida auxiliar.
O sea, que el año 2004, se exigió, primero, que las chimeneas estuvieran alejadas y, segundo, poner un huinche con jaula para que la gente pudiera arrancar rápido en caso de accidente, o, como se hace en las minas más pobres, escalerar.
Además, se insistió en que la escalera debía hacerse con parrilla, para evitar la pérdida de carga del aire, de manera que llegara cierta cantidad de aire al fondo.
Explicó que esa situación no se hizo, por tanto, la mina debió haberse cerrado después del 2004, lamentablemente, sólo lo hicieron en el 2007, cuando hubo otro accidente.
Agregó, que cuando se hacen propuestas en las oficina de Sernageomín en la ciudad de Santiago, llegan directamente a las Direcciones Regionales, que son las encargadas de hacerla cumplir. Esa es su obligación. Lamentablemente no se supo, que no se habían cumplido las exigencias.
Señaló que posteriormente se cerró la mina, por un problema de estallido de rocas. Agregó, que pone en duda que se haya producido tal estallido, porque según las mediciones que se hicieron, las presiones no daban, no eran suficientes como para que eso ocurriera, salvo que haya ocurrido una cosa muy extrema, puntual, un pequeño estallido de roca, que se llama popping, pero no es normal que esto se produzca, cuando no hay presión. En un laboratorio se puede demostrar, haciendo compresión contra una muestra de testigo. De acuerdo a esto, se pidió a todo el personal que se alejara del sector, porque cuando se pasa de un cierto nivel de presión, la roca estalla. Pero esta situación también ocurre, que cuando la roca tiene una falla, se rompe antes de estallar.
Planteó que esta mina estaba llena de grietas. No se habría podido juntar presiones como para producir un estallido de roca. Por lo tanto, me parece que no es el motivo. Además, nunca más hubo un estallido de rocas. El motivo del derrumbe no es ése.
Por otra parte es necesario explicar, que en el sistema del Sernageomín, la suspensión de una faena, temporal o lo que sea, la pide el director regional. Después, llega al Subdirector de Minería, que lo manda al Departamento de Seguridad para que confeccione la resolución de cierre. Esto lo hace un funcionario que está dedicado a eso. Ese funcionario se lo entrega al jefe del Departamento , que no era yo, quien le pone el visto bueno. De ahí va al Subdirector, quien le da su visto bueno y lo manda al servicio jurídico, que revisa que cumpla con las disposiciones legales y le pone un timbre. Sólo después de todo eso, va al Director Nacional del Servicio .
Indicó que en este caso, nadie pidió suspensión, salvo Pedro Iplan . Recalcó que no fue Anton Hraste , porque cuando se pidió, el señor Hraste estaba de vacaciones. Es la única vez que se ha pedido la suspensión de la mina, a pesar de todos los problemas que ocurrieron.
Explicó además, que cuando ocurría un accidente grave, concurría a informarse, porque era el que tenía una mayor experiencia o porque era necesario hacer un rescate. Al respecto, le tocó participar en varios rescates que al final resultaron exitosos.
Por lo tanto, era muy difícil haber podido detectar en terreno, que no se estaba cumpliendo con la resolución que se había emitido y que había sido revisada por los superiores.
En relación con la reapertura de la mina San José, explicó que el señor Patricio Leiva le pidió insistentemente, que redactara un documento para reabrir la mina. Subrayó que el señor Leiva era en ese momento era el Subdirector subrogante. Todos los días lo iba a ver, con el fin de apurar la reapertura.
Por otra parte, es necesario dejar en claro que la resolución que decretó el cierre de la mina, estableció que para reabrirla se debía cumplir con una condición fundamental, que era realizar un estudio geomecánico y además se recomendaba hacer una fortificación adecuada.
Por tanto cuando comenzaron a pedirle que debía cooperar con la reapertura de la mina, tomó la decisión de exigir la realización de varios estudios. Debían los dueños de la mina, ejecutar estudios geológicos de detalles, uno hidrogeológico y uno geológico estructural. Además, pidió un estudio geomecánico, que había que pedirlo de todas maneras, y la recomendación de hacer fortificaciones y también se solicitó un proyecto eléctrico y otro de ventilación. Agregó, que desconfiaba de la mina, por lo que, debió exigir muchas cosas que es necesario establecer en el documento, para reabrir la mina.
¿Por qué la reapertura se hizo por oficio? Sencillamente, porque se lo pidió el señor Leiva . Le daba lo mismo, hacer un oficio o una resolución. Hizo el oficio, porque recibió instrucciones en ese sentido. No tenía antecedentes respecto si al señor Leiva , lo presionaban, pero él lo presionaba bastante. Además, desde que le llegó la petición, solo me demoré cuatro días en hacer el oficio, no obstante que tenía 60 días para sacar el oficio. Nunca antes, le había tocado cerrar o abrir una mina. Este es el único caso que conoce al respecto. Por lo tanto, no tenía antecedentes sobre la forma como se hacía esto. Sin embargo, exigí que se cumplieran muchas cosas antes de reabrir la mina. Fuí personalmente a chequear en terreno y emitió un oficio, que se le remitió por correo electrónico al Director Regional , señor Marcelo Guzmán para que lo firmara, documento que también firmé. En ese oficio se mostraban todas las carencias que tenía la mina y se les dio un plazo de 60 días a los dueños para que efectuaran las tareas, que se les imponía en el documento. Le pareció que en 60 días, era el tiempo adecuado, para hacer la chimenea y escalerarla. Ese fue el tiempo en que se comprometió el señor Bohn , para realizar el trabajo. Por último señaló, claramente que si a los 60 días, no se cumplía con lo solicitado, la mina se debía cerrar. Eso no se cumplió, pero no tenía autoridad para hacerlo.
Posteriormente, concurrió 30 días después y en aquella ocasión, no fue atendido por el personal de la empresa, sino que por un contratista, quién le dijo que estaban haciendo la chimenea por VCR para llegar al nivel, por eso la ventilación estaba tan mala.
Explicó que una chimenea de VCR demora pocos días, es muy rápida y es mucho más barata que hacerla a pulso. Además, debía chequear la autorización, para explotar la mina en el nivel 90 y en ese momento aprovechó de revisar la fortificación y si se estaba haciendo, de acuerdo con la propuesta.
Señaló, que se cumplió con lo dispuesto, porque no hubo accidentes, ni en el 2008, ni en el 2009. Los accidentes se produjeron después que se retiró E-Mining, a partir del 1 de enero de 2010. Antes no hubo accidentes graves, porque esa empresa tenía buenos ingenieros en minas, quienes sabían hacer su trabajo.
Explicó que la empresa E-Mining, hizo un muy buen informe geomecánico, en el que se puede observar que hay un perfil por nivel y al lado se indica el tipo de fortificación que hay que hacer. Además, están indicados todos los niveles de la rampa. También están indicados los sistemas de fallas, etcétera. Se agrega, un estudio de mecánica de roca, en el que se parte con un levantamiento de terreno, se miden las fallas, su ángulo, su manteo, etcétera, para determinar si puede producir un derrumbe. Eso está hecho. Después de eso se recomienda cómo sujetar las zonas peligrosas. O sea, la empresa estaba decidida a asegurarse de que no hubiera ningún otro tipo de problema.
Por otra parte, la empresa decidió colocar un medidor de microsismos, que tenía 12 canales, en donde cada canal tiene un geófono. Agregó, que geófono se mete en la roca y tiene un piezoeléctrico, a través del cual transforma cualquier movimiento de la roca en corriente eléctrica y lo lleva al medidor. Indicó, que en su visita a la mina que efectuó el 1 ° de agosto de 2008, observó que estaban colocando los extensómetros. Ésa fue una de las razones que le dio confianza, que estaban trabajando seriamente. Por lo demás, esta era una exigencia, y por eso lo estaban haciendo. Agregó, que en su visita a la mina, quiso chequear el equipo de microsismo, solicitó que se lo dejaran leer, pero le indicaron que no estaban colocados todos los geófonos. A lo que les expresó que eso era muy rápido de hacer y que se suponía que en corto plazo, los deberían haber instalado todos. Estaban instalados en el nivel 500 y además, se instalaron un geófono en cada nivel. En total era 12. Explicó que el medidor de microsismo se utiliza cuando hay sospechas de estallido de roca, porque esos estallidos dan aviso previo con pequeños sismos. En El Teniente y en muchas otras minas también sirve para detectar deslizamientos, porque son indicativos de que se va a producir el movimiento de una falla. El deslizamiento genera un sismo muy pequeño, pero es un sismo.
Finalmente se instalaron, pero la empresa no quiso gastar plata en contratar un profesional adecuado.
Explicó que lo ocurrido el 5 de agosto pasado, se habría detectado, con una semana de anticipación y se habría podido evacuar la mina, si esos instrumentos hubieran estado funcionando.
Por último indicó estar convencido, que se hizo una mala operación, que se intervinieron sectores que no deberían haberse intervenido. También está convencido, pero lamentablemente, no lo puede demostrar, cómo se pudo aumentar de 20 mil a 38 mil toneladas, eso no se puede haber hecho en la parte de debajo de la mina, porque la longitud de esos caserones es muy baja y no da para sacar ese tonelaje. En definitiva, se habrían traducido en una sobreexplotación, para la cual, la mina no tenía las condiciones de seguridad, que permitieran soportar ese nivel extractivo. Reiteró, que antes de asistir a esta Comisión consultó sobre las estadísticas que tenía la mina sobre su explotación. Según los datos oficiales que tiene Sernageomín, la producción media que tiene en el año 2009, fue de 19 mil toneladas y lo que va corrido del año 2010, alcanzaba a 38 mil toneladas. Este aumento, de un ciento por ciento de la producción, va contra el reglamento de Seguridad Minera y su artículo 22 señala claramente, que al existir un aumento significativo de producción, debe presentarse un nuevo proyecto. Claramente, ese volumen significativo en el aumento de explotación, puede haber sido una de las causas del accidente ocurrido el 5 de agosto pasado. Reiteró, la mina no tenía las capacidades para superar las 20 mil toneladas, pues el sistema de explotación no permitía más de esa cantidad. Ellos tenían que hacer redes corridas en un solo nivel, porque no podían quitarse el piso y, bajo esa premisa, no da ese tonelaje.
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9. El Vicepresidente Ejecutivo de Enami , señor William Díaz Román .
Inició su exposición, explicando que la Empresa Nacional de Minería, es una empresa del Estado que tiene, por ley orgánica, entre sus mandatos desarrollar el fomento y la comercialización de productos mineros de la pequeña y mediana minería.
Señaló que se entiende por pequeña minería aquella de características extractivas que produce, dentro de los productos mineros, minerales que compran nuestras plantas propias y plantas de terceros, que se someten a beneficios minerales para transformarlos en concentrados de cobre o cátodos de cobre que comercializamos a nivel de los mercados internacionales.
Agregó, que la relación con la pequeña minería tiene que ver con políticas de fomento, aquellas que nos encarga el Ministerio de Minería a través de una asignación de 8 millones de dólares anuales a esta empresa, que se destinan a programas de fomento, algunos crediticios; otros, reembolsables y, otros, no reembolsables, que buscan fundamentalmente desarrollar y dar estabilidad a la pequeña minería.
En resumen, se entiende como pequeña minería a las actividades empresariales que tienen producciones menores a las 2 mil toneladas de mineral seco, que se les compra a través de un sistema tarifario, conocido y publicado mes a mes. Y a aquellos productores que entregan más de 2 mil toneladas mensuales, se les hace la misma recepción de minerales, con la salvedad de que se hace a través de contratos de abastecimiento. Por lo tanto, su principal característica es entregar minerales y, dependiendo de la cantidad que entreguen, son sujetos de contrato o marco tarifario.
Por otra parte, la relación que tienen con la mediana minería está categorizada por Enami, como una minería más desarrollada, que les entrega productos mineros, orientados desde los concentrados de cobre, de oro y de plata. Estos productos abastecen la fundición de Paipote, que tiene la Enami en la ciudad de Copiapó, y con ellos desarrollan cátodos de cobre obtenidos desde esa fundición y refinados en la Refinería de Codelco - antiguamente de Enami, en Ventanas-. Además, se procesan los minerales preciosos de oro y de plata, en una planta propia que tiene Codelco.
Por lo tanto, la relación que tienen con la mediana minería, a diferencia de la pequeña, es que compran un producto de más valor agregado, conocido como concentrado de cobre, oro y plata, y todos son sujetos de contrato. En otras palabras, toda la mediana minería está sujeta a contratos de abastecimiento, y dentro de ésta se encuentra la compañía que sufrió este accidente, minera San Esteban , que tiene una situación contractual con la Enami, en contratos de abastecimientos de concentrados de oro, fundamentalmente.
Planteó que la minera San Esteban , tiene relaciones comerciales con la Empresa Nacional de Minería, desde los años 80. Es una compañía que está en un distrito minero, ubicado a unos 45 kilómetros de la ciudad de Copiapó, y fue fundada por don Jorge Kemeny , en el año 1979.
Indicó que a comienzos de la década del 80, adquirió las minas San Antonio y San José y, desde esa época, es abastecedor de concentrados de oro y de cobre de la Empresa Nacional de Minería.
Básicamente, sus actividades comerciales y extractivas se han desarrollado en la mina San Antonio y en la mina San José . Sin embargo, la relación de esta compañía con la Empresa Nacional de Minería es, única y exclusivamente, a través de la planta de beneficio. Enami no compra minerales que se han extraído directamente de la mina San José, que es una mina de abastecimiento para la planta.
Explicó que la Empresa Nacional de Minería, tiene rigurosos procesos de empadronamiento tanto de la pequeña minería, como de la mediana minería, empadronamientos que por su esencia lo que buscan garantizar, es la trazabilidad bien habida de los minerales. En el caso de la pequeña minería, que sean minerales de minas conocidas y que tengan derechos de propiedad aquellos que la explotan, ya sea vía propiedad con sentencia de constitución de propiedad o por la vía de un contrato de arrendamiento o alguna otra figura legal que le permita a la Empresa Nacional de Minería, certificar que el mineral que se está entregando proviene de esa mina y no es mal habido de otras. Por lo tanto, el único alcance de la Empresa Nacional de Minería, respecto de la compra de minerales y de concentrados tiene que ver con la trazabilidad de que sea bien habido.
Las condiciones de seguridad, laborales y ambientales corresponden a otras instituciones del Estado y quedan en ellas delegadas. La Empresa Nacional de Minería, no tiene rol fiscalizador alguno sobre la seguridad, ni sobre los temas ambientales y laborales. Independiente de eso, la compañía, igual está permanentemente mirando, pero reitero, no tiene función fiscalizadora.
Señaló que en el caso de la mediana minería, la Empresa Nacional de Minería empadrona la planta directamente, no el origen de los minerales que llegan a esa planta, porque son contratos de abastecimiento de concentrados que pueden ser perfectamente comprados a otros mineros y beneficiados y transformados en concentrados de cobre para ser vendidos a Enami. Por eso, lo que empadronamos son las características de la planta.
Expresó que esta compañía tiene una faena minera a 45 kilómetros de Copiapó, en la comuna de Caldera. Desde allí extraen minerales y los benefician en una planta que tienen en Tierra Amarilla, la que sí empadrona la Empresa Nacional de Minería y está ubicada cerca de 80 kilómetros al sur de la mina San José .
Planteó que esta compañía ha tenido contratos de abastecimiento, que han ido decreciendo a través del tiempo, lo que atribuyen a problemas propios de operación de sus faenas mineras. Hoy están entre 800 y 900 toneladas de concentrados.
Agregó, que existe una relación comercial con esta compañía, a través de la compra de concentrados y también una relación de acreedor. Esta compañía tiene una deuda con la Empresa Nacional de Minería que asciende a una cifra cercana a los 2 millones cien mil dólares, para lo cual la Empresa Nacional de Minería, preservando los activos del Estado, tiene garantías sobre esa deuda, que se las voy a describir en unos minutos más.
De acuerdo a la información que maneja Enami , la minera San Esteban tiene cerca de 300 personas trabajando en sus distintas faenas, que van desde la extracción de minerales en San José, hasta la planta de beneficios, ubicada en Tierra Amarilla. El año pasado, 2009, facturaron cerca de 8 millones de dólares.
Indicó que las facturaciones de los últimos años han venido decreciendo hasta llegar cerca de los 9 millones y medio de dólares, pero han tenido también un peack de casi 30 millones de dólares en el 2006.
En los últimos diez años esta compañía ha recibido ingresos por ventas de concentrados desde la Empresa Nacional de Minería por una cifra cercana a los 147 millones de dólares.
Explicó, que las condiciones comerciales que tiene esta compañía con la Empresa Nacional de Minería, en lo que dice relación a su relación contractual, básicamente, se expresan a través de dos tipos de contrato. El primero es un contrato evergreen, que significa que se renueva en plazos permanentes, tipo renovación móvil, y el segundo es un contrato spot sólo para el 2010.
Señaló, que los cargos de refinación del oro, están a condiciones de mercado internacional, lo mismo sucede con las deducciones metalúrgicas. El precio del cobre, que utiliza Enami para los contratos es el del London Metal Exchange, y en cuanto al precio del oro, el 97 por ciento de la cotización, la entrega el London Bullion Gold Fixing , entidad que fija el precio internacional del oro.
Añadió, que en las condiciones de pago, al igual que en casi todos los contratos de este tipo de compañía, se hacen recepciones de concentrados hasta el día viernes y se van liquidando martes, miércoles o jueves de la semana siguiente. Eso está escriturado, en los contratos que se firman para asegurar el abastecimiento.
En el caso particular, esta compañía no tiene ninguna diferencia respecto de lo que he dicho.
En el contrato de 2010 se aplicaron tres instancias de pago de anticipos, provisionales y definitivas, bajo un calendario especial, que solicitó la compañía San Esteban Primera . Las instancias de pago de anticipos, solamente van dependiendo del minuto en que se conoce el precio, al cual, se liquida. Se recepcionan concentrados a medida que van pasando los días, por lo que se van haciendo liquidaciones provisorias y cada treinta días se cierran a los valores que están determinados por el precio del cobre y por el precio del oro.
Por otra parte, explicó que las deudas vigentes de esta compañía, según SEP, hay una deuda relacionada con la familia cercana a los 9 millones de dólares. Se trata de dos sociedades que figuran en la información que entregaron al tribunal, una es Calderaridge Financial Limited, que tiene RUT extranjero y que entendemos es una sociedad BBA, y la otra es la inmobiliaria e inversiones El Remanso, que también es de propiedad de Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny . Entre ambas sociedades suman 9 millones de dólares.
El tercer acreedor es la Empresa Nacional de Minería, con una cifra cercana a los 1.100 millones de pesos, es decir, casi 2 millones de dólares.
Sin embargo, los dos primeros acreedores son los más importantes: la sociedad Calderaridge Financial Limited y la inmobiliaria e inversiones El Remanso, que también es de propiedad de Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny .
Señaló que después hay deudas con proveedores que suman cerca de 4 millones de dólares. Agregó que son casi 80 ó 90 acreedores, los que están registrados en la solicitud que se entregó en el tribunal en Copiapó.
En estas deudas, no están incluidos los trabajadores, porque son sólo cien de cargo de la compañía, a pesar de que en ella laboran trescientas personas. El resto son todos contratistas. De hecho, la información que manejamos señala que de los 33 mineros atrapados hay treinta contratistas y sólo tres son trabajadores que dependen de la minera San Esteban .
En relación con el tema de la deuda provisional, sólo se consignan las cotizaciones no pagadas. Además, las remuneraciones estaban completamente al día, hasta agosto. La deuda de esta compañía con la Empresa Nacional de Minería también está al día.
Señaló por otra parte, que está el tema del endeudamiento de la compañía minera San Esteban Primera con la Empresa Nacional de Minería. Agregó que la deuda, se genera a partir de dos fuentes, la primera, es por un crédito de sustentación que se cursó hacia fines de los años noventa. La pequeña minería también tiene un crédito de sustentación y este se produce, cuando el precio spot está por debajo del precio de tendencia, al minero se le paga el precio de tendencia y la diferencia se va acumulando en un crédito, pero al sector, a todos los mineros que entregan por tarifa o por contrato de pequeña minería. Por lo tanto, las devoluciones que se hacen también son sectoriales. Un pequeño productor minero podría entrar sin haber recibido el crédito, pero igual debe pagar, porque es una deuda solidaria del sector.
Explicó que en la mediana minería el mecanismo es el mismo, pero las deudas son individuales. Allí se genera un crédito hacia la compañía cuando se produce la operación de precios de tendencia respecto de los precios spot. Adicionalmente, la Enami presta a la mediana minería un servicio de fijación de precio futuro, en el que se hacen coberturas en los mercados financieros para asegurar un determinado nivel de precio contra contratos de abastecimiento de finos, de cátodos de cobre.
Por lo tanto, la minera San Esteban , por los bajos precios del cobre y el oro durante el período 2000-2003, recibió un crédito de sustentación, cuyo saldo al año 2004 era cercano a 540 mil dólares. Después, para el año 2004, tuvo fijaciones de precio de cobre en 91 centavos la libra y de oro por 324 dólares por onza.
Por otra parte, se produce la situación que en noviembre de 2003, el yacimiento San Antonio paralizó sus operaciones por problemas geomecánicos, mientras que la mina San José paralizó en 2004, debido a un accidente fatal.
Planteó que a raíz de esa paralización de las minas, la empresa San Esteba Primera , solicitó recomprar las posiciones de cobre y de oro en el 2004. Todos los contratos que en el front office hace la Empresa Nacional de Minería de cara a los dealer, a los brokers de metales, la Enami, en el back office le cobra al minero todo lo que haya que pagar en esa relación, porque actúa como una especie de hub, de concentrador, para tomar posiciones en los mercados. Por lo tanto, la facilidad que tiene la Empresa Nacional de Minería, no la tienen esas pequeñas empresas y por el efecto escala, no lo pueden hacer.
Agregó que de acuerdo a lo anteriormente explicado, se les hizo esa operación, lo que generó la recompra. Además, cuando se paralizan las minas, se quedan sin cobre fino, para responder en los mercados, de manera que la alternativa en ese caso es recomprar la posición en una operación financiera, lo que les generó una deuda cercana a los 3.900.000 dólares, que debían empezar a pagar, a partir del 1 de enero de 2005. Agregó, que esta operación se aprobó en la sesión de directorio Nº 936 y también se le autorizó la entrega de un crédito de anticipo especial para cancelar la deuda de 540 mil dólares originada por el crédito de sustentación.
Por lo tanto, en resumen hay dos fuentes del crédito original: 540 mil dólares por el crédito de sustentación y casi 4 millones de dólares por la recompra de una posición que la compañía no podía cubrir, porque no tenía producción, para responder.
Explicó que en el mes de octubre de 2009 San Esteban Primera S.A. vendió el terreno donde tiene instalada la planta de Tierra Amarilla a la empresa Glencore , dueña de la minera Candelaria , en aproximadamente 2 millones 600 mil dólares. Con el producto de esa venta, hicieron un abono a la deuda con Enami, por lo que al 31 de julio de este año el total adeudado es de 2 millones 161 mil dólares, que se mantiene hasta la fecha.
Al respecto la Enami, tiene garantías que son todos los activos mineros que tiene la compañía, que son del orden de 8 ó 9 pertenencias, más la planta de beneficio, ubicada en Tierra Amarilla.
Señaló que la tasación aproximada que tiene esta compañía, en función del precio del oro y del cobre, garantizando la deuda señalada, es cercana a 5 ó 6 millones de dólares.
Por lo tanto, si se toman todas las pertenencias mineras de la compañía, incluidas las minas San José y San Antonio y la planta de beneficios, la empresa San Esteban Primera , tiene garantías en la Empresa Nacional de Minería, del orden de 6 millones de dólares.
Manifestó, que en la sesión de directorio del 20 de junio de 2005, se estableció un calendario de pago para los años 2005 y 2006. De los casi 4 millones y medio de dólares que tenía de deuda la empresa minera, pagó aproximadamente un millón y medio de dólares el 2005 y 1.200.000 dólares el 2006.
Además, se estableció un calendario de pago para los años 2007 y 2008, que la compañía no cumplió, producto de accidentes con víctimas fatales ocurridos a fines del 2006, en el yacimiento San Antonio , y en la mina San José , a comienzos del 2007, lo que le significó la paralización de las faenas mineras. Esa situación llevó a la minera San Esteban a contraer nuevas deudas, las que sumadas a lo que le debían a Enami, hacían un total de 2.878.377 dólares, al 31 de diciembre de 2007.
Por otra parte, durante el año 2008 la compañía sufrió una complicación de caja más o menos severa y nunca más, logró recuperar los niveles de entrega que tuvo a principios del 2000, cercanos a 30 mil toneladas de concentrado.
Expresó que al respecto, en la sesión de directorio Nº 1027, teniendo en cuenta todos los flujos de caja proyectados, el plan de desarrollo minero y la situación general de las reservas de la compañía, se rechazó una solicitud de renegociación y se instruyó a la administración de la época, para que ejecutara las garantías y que hiciera exigible la deuda vigente. Además, el contrato de deuda de la compañía, tiene una cláusula de aceleración que permite, al solo entendimiento del acreedor -en este caso la Empresa Nacional de Minería- que la compañía, no va a ser capaz de tener flujo de caja para poder servir la deuda, acelerar el cobro de la deuda. Fue lo que instruyó el directorio de Enami , en enero de 2009 a la administración de la época. Agregó, que tuvo conocimiento que los dueños de la compañía minera, señores Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny , hicieron gestiones en el Ministerio de Minería de la época, para revertir esa decisión.
Posteriormente, en la sesión de Directorio de fecha 24 de abril de 2009, se acordó renegociar la deuda vigente en 48 cuotas, contemplando un periodo de gracia de un año para pagar capital y exigiendo sólo el pago de los intereses. Agregó, que dicho acuerdo no fue unánime, se abstuvo el señor Jorge Rodríguez , que en esa época era director y votaron en contra los señores Eduardo Jiménez , que representaba al Instituto de Ingenieros en Minas y Manuel Viera, en representación de la Corfo. Además, en ese acuerdo participó el director Cristián Quinzio , quien apoyó la moción de la renegociación, pero ya no era director de la minera San Esteban .
Es importante señalar que el deudor, San Esteban Primera S.A., firmó una escritura de reconocimiento de deuda y un mutuo en favor de la Empresa Nacional de Minería, donde se establece todo ese calendario de pagos. Esa documentación más las garantías se encuentran debidamente cauteladas en la compañía. Además, se hipotecaron las pertenencias, se constituyó prenda industrial sobre la planta y los equipos, con una valoración que en su minuto superaba el endeudamiento con Enami.
Indicó que es relativamente habitual, renegociar deudas de las distintas empresas de la mediana minería, como esta compañía, y las condiciones son bastante diversas, porque el tipo de negociación que se hace, depende mucho del tipo de minerales que abastecen y de las características propias de cada yacimiento. Puede haber dos yacimientos que se encuentren muy cerca, pero las condiciones geológicas y mineralógicas podrían no ser las mismas, como para establecer una política de estandarización respecto de las negociaciones.
Expresó, que es habitual renegociar las deudas que van adquiriendo las compañías, lo que en muchos casos, se hace en períodos en los que el precio proyectado del cobre es muy bueno, por cuanto, se requiere caja para realizar inversiones. Las deudas se renegocian, para que las empresas puedan invertir y ser más eficientes en los períodos en que habrá mejores precios. Es una práctica habitual renegociar las deudas.
Por último, señaló que hay una tasación externa que se hizo en el 2009 y hay otra, de la propiedad minera y de las plantas, que hizo la empresa consultora JMC y Asociados en el año 2007. Posteriormente ese informe fue revisado y actualizado por la Subgerencia de Desarrollo de Enami. La actualización a valores del precio del cobre y oro proyectados para 2009 y que describe a continuación:
La propiedad minera contempló una tasación de la pertenencia Ángela I y II, del 1 a 7; Ángela III , 1 al 10; Ángela IV , 1 al 10; Katy, 1 al 6; Imaginación, 1 al 12, y Pancho , 1 al 6.
Además, esas pertenencias contemplan los principales yacimientos de propiedad de San Esteban Primera S.A., donde están incluidos San Antonio , San José , Ángela y Bárbara , que son todas pertenencias que están dentro de este mismo distrito.
Indicó que es normal que a las coordenadas GPS se les dé un nombre, y es normal que sea nombre de mujer. Lo que se hace es una especie de loteo en cada una de las pertenecías, y esto significa que sea, por ejemplo, del 1 al 10 ó 1 al 8, depende de cómo se lotee. Eso obedece a que cuando se hacen las labores de exploración y los sondajes, sea más fácil ubicar los cuerpos mineralizados, porque se sabe en superficie dónde parten. Por ejemplo, parte en la Ángela I y II en el loteo 4 y termina en la Ángela I, en el loteo 8. Todos los sondajes son en ángulo, por lo tanto, se sabe dónde parten y terminan los cuerpos mineralizados. Ésa es, básicamente, la razón de los nombres; obedecen a esta categorización.
Planteó que el valor esas pertenencias, según la tasación a enero de 2009, era del orden de entre 5 y 6 millones de dólares, suficiente para garantizar una deuda cercana a los 2 millones de dólares. La fluctuación se debe, básicamente, al porcentaje de cobre y oro pagable que arrojan las mediciones que se hacen a través de los sondajes.
En la planta I y II, una es de flotación de cobre y la otra de flotación de oro, hay un valor de tasación de los activos que va de 700 mil dólares, valor de rescate -eso significa vendida por partes- a 2 millones 300 mil dólares, si se vende como unidad productiva, vale decir, funcionando.
Señaló que el total de la tasación a enero de 2009 era de entre 5,5 y 6,5 millones de dólares, con valor de rescate, y de entre 7,1 y 8,1 millones de dólares, con valor como unidad productiva.
Ése es el rango de garantía que tenía Enami , sin estar incluidas San José y San Antonio y, como se sabe, San Antonio ya no cuenta, porque está cerrada a consecuencia del colapso, y respecto de San José, existen serias dudas de que pueda seguir funcionando.
Finalmente se refirió al tema de la seguridad minera, la que habría que dividirlo en dos partes. Una tiene relación directa con la seguridad personal de los mineros, donde hay una fuerte raigambre cultural que evita utilizar -muchas veces a pesar de todos los instructivos y de todo lo que se conoce- sus elementos de seguridad, como zapatos, cascos y el resto de la indumentaria necesaria, incluso cuando la tienen. Ahí hay un tema cultural muy de fondo.
Planteó que la Empresa Nacional de Minería va a entregar, por segunda vez, una edición revisada de un manual de seguridad, que ya fue entregado hace un tiempo. El manual se va a reeditar y se volverá a entregar a los mineros. En él vienen todas las instrucciones del manejo de explosivos, del acuñamiento dentro de las minas, del uso de los implementos de seguridad, etcétera.
Expresó que el segundo tema, esta relacionado con la seguridad minera y se refiere a lo que sucede al interior de las faenas mineras propiamente tal. Dentro de este segundo aspecto, existe un rol que le cabe a Sernageomín, respecto de cómo ir adecuándose a los requerimientos modernos, esto es sumamente importante.
Agregó que en el reglamento de seguridad de Sernageomín, se establece que las faenas de socavón, es decir, de extracción subterránea, requieren de un refugio. Sin embargo, cuando se aplica esa norma, así de general, a pequeños mineros que llevan un socavón de 5 metros y se les exige refugio, simplemente lo cierran, cuando la verdad es que no es necesario.
Probablemente ahí haya que hacer una labor, más bien en la práctica, para asegurar el trabajo al interior de las minas, pero que no tenga los mismos estándares, porque no es lo mismo, una explotación a 700 metros -como la mina en que ocurrió el accidente, donde los trabajadores se salvaron porque había refugio- que una explotación de la pequeña minería, que ni siquiera alcanzan a tener la necesidad de un refugio.
Por lo tanto, habría que pensar en cómo adaptar la legislación, para los distintos estamentos y niveles de extracción.
Planteó que probablemente, habría que pensar más bien en que, cuando un socavón sobrepasa los 200 metros de rampa, se le deban exigir condiciones distintas, y lo mismo cuando llegue a 500 metros. Creo que en esa dirección debe emigrar el esfuerzo que hay que hacer en temas de seguridad.
Señaló, que al similar ocurre con el manejo de los explosivos y con la seguridad al interior de las minas, en lo relativo al acuñamiento y a aquello que tiene que ver con las fortificaciones internas, para evitar los derrumbes.
Explicó que en ese sentido, la Enami tiene una batería de instrumentos de fomento: reconocimiento de reservas, constitución de propiedad, asesoría técnica y otros, donde, en un trabajo que se está realizando conjuntamente, con los ejecutivos y con la Sociedad Nacional de Minería por más de un mes, se está avanzando en desarrollar instrumentos de fomento para una extracción segura. Y dentro del paquete de los instrumentos de fomento, se incluirá aquellos que tengan directa relación con la explotación segura.
Agregó que Enami va a poner a disposición de la pequeña y mediana minería este tipo de instrumentos, que, además, permitirán que accedan, a través de estos programas, a asesorías, a líneas de crédito o a algún tipo de créditos no reembolsable que permitan que esos pequeños mineros puedan mejorar las medidas de seguridad. Se trata de un programa de fomento, pero dentro del rol que le compete a la Empresa Nacional de Minería.
Recordó que el objetivo que tiene la Empresa Nacional de Minería, es ir en ayuda del pequeño y mediano empresario, para entregarles los instrumentos adecuados para que realicen sus labores en forma segura, pero, de ninguna manera podría realizar la función de fiscalización, para eso están todas las instituciones que el Estado bien provee para enfrentar ese tipo de requerimientos. Por lo tanto, no es posible visualizar a la Enami que deba cumplir con las funciones de fiscalización, en circunstancias que su labor, es garantizar a los pequeños y medianos mineros que puedan contar, con los recursos necesarios para que realicen una extracción segura de sus minerales.
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9.1. El Fiscal de Enami , señor Felipe Barros .
Explicó que el Directorio de Enami, se rige por una normativa interna. Además existe un comité de crédito que analiza los elementos para renovar u otorgar un crédito. Montos sobre 500 mil dólares, necesariamente debe aprobarlo el Directorio. Por lo tanto, es importante tener presente, que hay procedimientos y normativa interna para tratar todas las solicitudes de créditos, de renovaciones y de las prórrogas.
Señaló para el otorgamiento de créditos, el comité de crédito, en algunas oportunidades es resolutivo y en otras oportunidades es solo consultivo. Pero de acuerdo al monto, el que decide es el Directorio. Añadió que cuando el directorio debe resolver, generalmente se le presenta un análisis y un flujo de caja, que lo prepara la gerencia comercial.
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10. El Gerente Comercial de la Empresa Nacional de Minería , señor Jorge Jorratt .
Inició su exposición, indicando que tiene 15 años de servicios en la Empresa Nacional de Minería. Durante cuatro años, se desempeñó en el área de operaciones, lo que hoy se denomina Gerencia de Minería y posteriormente pasó al área comercial, en la que lleva 10 años de ejercicio. Agregó que su función principal, es comprar materiales con contenido metálico y vender cátodos de cobre. Adicionalmente, debe generar coberturas de futuro, para que el precio de compra sea igual al precio de venta y la Enami, no enfrente riesgos de precios.
Planteó que la Empresa Nacional de Minería tiene como función principal, sostener al sector de la pequeña y de la mediana minería en Chile. Lo ha hecho durante los 50 años de su existencia y lo hizo también cuando aún no era Enami, era Empresa Nacional de Fundiciones. Es decir, hay muchas décadas de sostenido apoyo al sector de la pequeña y mediana minería, en múltiples formas, por parte de lo que actualmente es la Empresa Nacional de Minería.
Explicó que hace algunos años se firmó un decreto presidencial, el N° 76, que contextualiza y determina la forma en que Enami debiera apoyar al sector de la pequeña y mediana minería. Ese decreto presidencial es muy importante porque se incluyó a la mediana minería. Por cuanto, existe una discusión muy añeja respecto de si era necesario apoyar también a la mediana minería y no sólo a la pequeña.
Agregó que en ese decreto presidencial, que fue apoyado en el contexto de la venta de la Refinería de Ventanas por parte de Enami a Codelco, simultáneamente se le entrega seguridad al sector de los pequeños y medianos empresarios mineros. Hay una definición estatal, más que gubernamental, de que era importante tener herramientas no sólo para la pequeña, sino también para la mediana minería. Además, dentro de las herramientas para la mediana minería se definió, explícitamente, el apoyo crediticio.
Señaló que es importante haber planteado lo anterior, para que se entienda la relación que tiene Enami , con la compañía minera San Esteban Primera .
Planteó que en el año 2008, cuando el precio del cobre cayó abruptamente, provocó un fenómeno que se conoce como las diferencias de QP, que son diferencias de precio, lo cual, generó un problema financiero a la minería mundial. Es decir, los vendedores de concentrados de cobre, vendieron a los compradores de concentrado, generalmente fundiciones, y a los traders a precios más arriba de lo que realmente correspondía liquidar posteriormente, situación que generó anticipos que se constituyeron en deuda.
Indicó que en el caso de un conjunto de empresas de la mediana minería chilena, esa situación generó una deuda con Enami de casi 30 millones de dólares. Entre octubre de 2008 y enero de 2009, las empresas pasaron de no deber nada y de estar en una situación boyante, a una deuda de casi 30 millones de dólares.
En ese contexto se desarrolló una estrategia muy rápida, muy flash, y Enami generó apoyos crediticios. Dichos apoyos, en general están pagados; lo que se conoce como deuda por diferencia de precio se pagó por completo. Adicionalmente, Enami , entre 2008 y la actualidad, ha entregado créditos individuales a medianas mineras importantes del país por casi 7 millones de dólares, para que pudieran expandirse y aprovechar el ciclo de bonanza de precios que vino a posteriori. Son empresas que están entre la Tercera y Cuarta regiones y que han solicitado apoyo a la Empresa Nacional de Minería, obviamente con las garantías de respaldo suficientes y con los flujos de fondos adecuados, para financiar sus planes de expansión.
Explicó que Enami no entregó ningún apoyo especial a la minera San Esteban Primera, por múltiples razones, entre otras, debido a que ya tenía una deuda pendiente, de manera que no era pertinente hacerlo.
Agregó, que la generación de la deuda que tuvo esa minera en el año 2004, fue producto de un crédito forzado, a raíz de una fijación de precios, por una venta a futuro que tenía Minera San Esteban. Además, se les produjo un cierre de faena, por lo que no pudieron seguir entregando material, ni facturando. A raíz de lo cual, cuando una empresa hace una fijación de venta a futuro está obligada a entregar materia prima, porque tiene que respaldar la colocación con sus ingresos por venta. Esa situación le generó un problema a Enami y para no hacer la pérdida, lo que hizo con las garantías, para no ejecutarlas, fue que transformó en deuda esa operación de futuro. Así se constituyó una deuda del orden de 3,9 millones de dólares, más otros créditos de sustentaciones individuales anteriores, lo que llevó a San Esteban a deber casi 5 millones de dólares a Enami.
Planteó que en la actualidad, la Compañía Minera San Esteban Primera debe a Enami 2,1 millones de dólares, pero actualmente se encuentra al día en sus acreencias con la empresa.
Respecto de la duda existente, sobre los acuerdos adoptados por el directorio en las sesiones del 23 de enero y la del 24 de abril, ambas de 2009, sobre la empresa minera San Esteban Primera, las que se podrían entender contradictorias, es preciso señalar, que como administración de Enami, y yo en particular, como gerente comercial, instruido por la administración superior de la empresa, preparó una propuesta de análisis de los flujos de caja de la Compañía, y le presentó al directorio, la información necesaria para que emitiera un pronunciamiento, en relación con una solicitud de crédito que en ese momento estaba haciendo la Compañía Minera San Esteban. Ellos querían 1,5 millones de dólares para pagar sus acreencias de corto plazo y además solicitaron una reprogramación de sus pasivos, en un plazo de 4 años.
Expresó que en aquella oportunidad, el Directorio denegó la solicitud de crédito y le correspondió como gerente comercial de Enami, entregar los antecedentes a la fiscalía de la Empresa y le solicitó a su vez, que se realizaran los actos jurídicos necesarios, para ejecutar la garantía y cobrar la deuda, tal cual, lo había mandatado el Directorio de la Empresa en esa sesión. Era la última semana de enero de 2009, por lo que estábamos ad portas del feriado judicial. Además, no era sano arriesgar más créditos en una compañía que estaba complicada, la cual si bien se veía que sus flujos a los precios corrientes eran sanos y sólidos, había directores que estimaban que había una mala gestión corporativa, que podría generar problemas a futuro, lo que generó las aprensiones correspondientes.
Agregó, que en el mes de marzo, como gerencia comercial, recibió a los dueños de la Compañía Minera San Esteban en las oficinas de Enami y ellos les manifestaron, en esa oportunidad, que era indispensable poder revertir la situación, dado que si eso no ocurría, los dejaba al borde de la quiebra.
Acto seguido, invitaron a los dueños de la Compañía Minera, que hicieran una propuesta más audaz, ante lo cual plantearon la posibilidad de vender un terreno muy valioso que tienen en Copiapó, que está en medio de una zona muy buena. Dicho terreno, tenía un valor aproximado de los 2,5 millones de dólares y señalaron, que al vender ese terreno ellos podrían pre-pagar a Enami y cancelar una serie de acreencias de corto plazo que les permitirían mejorar su situación ante la Empresa.
Señaló, que para lo cual, tenían que hacer efectiva la propuesta por escrito, cuestión que no se produjo. Por lo tanto, el 5 de marzo de 2009, volvió a reiterar a la fiscalía de Enami, que ejecutaran la garantía y se cobrara la deuda, dado que se había producido un acercamiento, pero lamentablemente no hubo resultados positivos, así que era necesario que siguieran adelante con la preparación de la demanda ejecutiva, para que la garantía fuera ejecutada. Por lo que la fiscalía redactó la demanda ejecutiva para ejecutar la garantía y cobrar los 2,87 millones de dólares, que a la sazón la Empresa San Esteban debía a Enami.
Posteriormente, en la segunda semana de marzo hubo acercamientos de los ejecutivos de la minera San Esteban, señores Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny con el Ministro de Minería , en todo caso, no hay que olvidar que el Ministro es presidente del Directorio . De esta situación se informaron, por cuanto, existía un trato fluido entre la gerencia comercial y los ejecutivos de la minera San Esteban. Además, hubo un intercambio de cartas entre los sindicatos de la Compañía Minera y la Vicepresidencia de Enami, en las que solicitaban el apoyo de la Empresa, para que la Minera San Esteban no quebrara y que pudiera seguir funcionando, con el objeto de que los trabajadores no fueran despedidos. Razón por la que, se produjeron esos acercamientos con el Ministerio de Minería.
Por tal motivo, el Vicepresidente Ejecutivo y el Presidente del Directorio de Enami , de la época, decidieron revisar el acuerdo de directorio de enero. Por lo que, el 6 de abril, Enami constituyó un comité consultivo de propiedad y negocios mineros, el cual, es una instancia regular del directorio, que ve en detalle, los temas que son conflictivos y los que necesitan de un análisis meticuloso.
Explicó, que en ese comité, le toco presentar nuevamente, la situación de la compañía minera San Esteban. Después de una discusión bastante larga, el comité consultivo, integrado por directores de la compañía, acordó recomendar al directorio el inicio de una nueva negociación con la minera San Esteban, para que reprogramara la deuda, en un número más largo de meses.
Posteriormente como se sabe, el directorio, con fecha 24 de abril, autorizó a la administración y a la gerencia comercial, para que renegociara la deuda que tenía la minera San Esteban con Enami, en 48 meses.
La sesión de directorio la presidió el representante de la Sonami en el directorio de Enami, señor Alberto Salas Muñoz . Participaron, además, el director Cristián Quinzio Santelices , nombrado por el Ejecutivo ; el señor Sergio Jiménez Moraga , representante del Ejecutivo , y la señora Verónica Barahona , representante de Cochilco. Se excusaron de asistir los directores señores Manuel Viera , representante de los ingenieros, y Eduardo Jiménez , representante del Gobierno. Por parte de Enami, participó el Vicepresidente Ejecutivo de la época, señor Jaime Pérez de Arce ; el señor Sergio Hernández Núñez , ex fiscal, el señor Jorge Jorratt , gerente comercial, y el señor Sergio Zúñiga Cadenasso , subgerente de abastecimiento minero.
Además es del caso señalar, que Enami tenía las garantías suficientes respecto de esta compañía minera. Agregó que sus flujos, si se programaban en el largo plazo, aparecían sólidos. Sin embargo, por otro lado había una especie de incertidumbre, de aprensión en torno a la capacidad de gestión de los ejecutivos de la compañía. Por lo tanto, esas dos fuerzas tendían a colisionar en el directorio de Enami. En consecuencia, la discusión siempre fue muy amplia y profunda. Por lo tanto, no era del interés de Enami, llevar a la quiebra una compañía que tenía 35 años de relación comercial con la Empresa.
Por otra parte, la empresa San Esteban hizo efectiva su promesa de anticipar pago, para lo cual, presentaron una carta, en la que proponían, formalmente, que de la venta del terreno que ellos tenían en venta, por lo que se iba a poder hacer el prepago a favor de la Empresa Nacional de Minería. En octubre de 2009 ellos hicieron ese prepago, correspondiente a 700 mil dólares, lo que bajó la deuda de 2,8 a 2,1 millones de dólares.
Esos son los hechos que ocurrieron, respecto de la renegociación que se produjo entre Enami y la empresa minera San Esteban Primera S.A.
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11. La Presidenta del Sindicato N°2 , señora Evelyn Olmos Munizaga .
Inició su exposición expresando su molestia, por la negligencia que ha tenido la empresa San Esteban , en el tema de seguridad y la poca eficiencia que han tenido los entes fiscalizadores, en la constatación de las anomalías que ocurren al interior de la mina San José y que finalmente, esto ha significado que se encuentren 33 compañeros atrapados, en el interior de la mina.
Señaló por otra parte, que como sindicato quedaron desvinculados de la operación de la mina, entre junio de 2007 y diciembre de 2009, debido a que la empresa E-Mining en ese tiempo, tomó labores de operación de la mina. Agregó, que tampoco tenían injerencia en la parte de seguridad interior de la mina.
Indicó que en el mes de enero de 2010, retomaron la operación de la mina como compañía minera San Esteban y ahí se hizo el traspaso del personal de E-Mining a San Esteban. El personal de E-Mining se traspasó a nuestro sindicato, y ahí tuvieron injerencia y empezaron a movilizarse en cuanto a tener conversaciones con la empresa.
En aquella ocasión como sindicato, tuvieron conversaciones con el gerente de mina, señor don Pedro Simonovich , el actual prevencionista, don Julio Díaz , a quienes le plantearon temas referidos a la seguridad de la mina. También le hicieron presente el tema de la ventilación.
Recibían muchas quejas, por parte de los asociados, que trabajaban en el interior de la mina, ya que la ventilación era muy mala. Además, tenían problema de acuñadura, porque no se estaba acuñando el cerro antes de comenzar el trabajo. También, las cajas eléctricas estaban mal instaladas. Por otra parte, tenían el problema del refugio, que no estaba en su totalidad habilitado. Eso fue el día 25 de mayo. Existía además, serios problemas con el agua potable. Se había echado a perder la planta de osmosis, por lo que había problemas de abastecimiento de agua. Por otra parte, la entrega de implementos de protección personal se estaba restringiendo mucho.
Otro tema que se analizó, fue el relativo a la extracción de agua del interior de la mina, que se estaba trasvasijando desde unos niveles a otros y se estaba tirando sobre el caserón. Se estaba haciendo un trasvasije desde el nivel 345 al 355 y de ahí se estaba trasvasijando al caserón.
También se analizó el plan de emergencia porque era necesario renovar el existente. Agregó, que se estudiaron algunos temas administrativos, que estaban ocurriendo, como era el que no se pagaran las imposiciones y que tampoco se pagaban los créditos de la caja de compensación. Se había cerrado el casino, por lo que tenían problemas con las colaciones que les estaban otorgando. En todo caso eran colaciones frías. Habían problemas con la movilización.
Por otra parte, estaba el problema ocurrido el 3 de julio, a nuestro compañero Gino Cortés , que le costó la amputación de la pierna. Ese mismo día el mismo Gino Cortés , les contó que hubo una caída de roca que le amputó la pierna en forma instantánea. En aquella ocasión, se llamó al Seremi del Trabajo, para que hiciera gestiones ante las entes administrativas, a fin de que investigaran el accidente ocurrido.
Posteriormente, se entrevistaron con la Asociación Chilena de Seguridad con el fin de plantearle los problemas que se produjeron, con el traslado de Gino Cortés.
Señaló que el día 8 de julio, concurrió la Directiva a la Dirección Regional de Sernageomín, con el objeto de saber si habían concurrido a la mina para saber lo que realmente ocurrió. En esa reunión estaba el Director Regional de Sernageomín , inspectores e ingenieros a cargo de la fiscalización, en la parte de seguridad minera. También estaba un geomecánico, el personal de la Minera San Esteban que iba a exponer y nosotros que somos los dirigentes sindicales. En esa ocasión se dio un debate técnico, que era lo que les interesaba. Se tocaron los temas relativos a la ventilación, el tema de las acuñaduras, fortificaciones, etcétera. Explicaron también que por el tipo de roca, era necesario hacer una fortificación distinta.
Con respecto al accidente ocurrido en la mina, que mantiene a los 33 compañeros atrapados, como dirigentes sindicales agradecen el apoyo que han tenido por parte del Gobierno.
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11-1. El Secretario del Sindicato N° 2 , señor Javier Castillo Julio .
Planteó que su intervención se basa en tres documentos, a saber: El proceso del recurso de protección de marzo de 2004, el acta de acuerdo del mismo año y un acta de mediación de 2007, fecha en la que fueron sacados del interior de la mina.
Por otra parte, uno de los elementos principales y que es algo que les preocupa como trabajadores, es la poca normativa legal que existe, respecto de la seguridad.
Además, existe una multiplicidad de organismos, los que no tienen una coordinación unificada. Al respecto, está la Dirección del Trabajo, la Superintendencia de Seguridad Social, las mutualidades, Sernageomín, todos entes que van por una misma causa, pero por caminos distintos. No se puede tener una relación única bajo un mismo tema.
Su queja la plantea, en cuanto a que el Código del Trabajo y su aplicación los perjudica, porque la Minera San Esteban, es una empresa que practica todos los vicios habidos y por haber, entendiendo la multiplicidad de RUT, en los que aparece la empresa como mandante.
Explicó que existe en la Minera San Esteban un Sindicato N°2, desde el año 1992. Agregó, que este sindicato negocia colectivamente el tema remuneracional.
Señaló que el hijo de don Jorge Kemeny , Emérico Kemeny constituyó la Empresa K Limitada, la que también hace operaciones al interior de la mina, tanto de extracción mina, como de transporte mina, y transporte interior mina, etcétera. Agregó, que proviene de dicha empresa, la cual también, negocia colectivamente. Posteriormente, ellos constituyeron otra empresa, que se llama El Remanso Ltda., la cual, también formó un sindicato. Entendían que todos estos sindicatos, obedecían al mismo dueño y por eso formaron un consejo directivo de sindicatos, el que presentó un recurso de protección, en marzo del año 2004. Esto fue producto, de que a la empresa K Ltda., se le produjeron tres muertos en la carretera. Se hacían las denuncias a las entidades, que debían controlar el tema de la accidentabilidad o sea, a Sernageomín y a la Inspección de Trabajo y no pasaba nada.
Por otra parte, los sindicatos de San Esteban también hacían el mismo tipo de denuncias, por la poca seguridad que había dentro de la mina. Entonces nos dimos cuenta, que era necesario unificar los esfuerzos para protegernos y fue por eso que formaron el Consejo Directivo de Sindicatos para actuar al unísono. Es así como desde el año 2000 en adelante, empezamos a hacer denuncias en conjunto, como Consejo Directivo de Sindicatos .
Indicó que esas denuncias, generalmente chocaron con posiciones que guardaban relación con cuidar el empleo, con darle mucho énfasis a que hay que privilegiar el empleo y que no hay que generar cesantía en una región como la nuestra, con altos índices de desempleo. Esto era algo que lo teníamos muy claro, porque a ninguno de nosotros nos interesaba perder la pega, pero sí dábamos razón a que las condiciones laborales eran extremadamente peligrosas.
Por tal razón, solicitaron que se hiciera una adecuada fiscalización y que se pusiera en práctica la normativa legal vigente, como ello no ocurrió empezaron a reunirse con las máximas autoridades, en este caso con la Intendenta de la Región , para solicitarle que ella pudiera interceder respecto de las peticiones que hicieron a los diferentes organismos, como la Superintendencia de Seguridad Social, Ministerio del Trabajo, y tratar de vincularnos más a través de la misma Confederación Minera. La angustia que tenían, era que todos los informes emitidos por Sernageomín, señalaban que el cerro se iba a caer.
Con todos estos elementos empujaron a la Intendenta, para que estableciera una mesa técnica para respaldar lo que estaban diciendo. Era por eso que solicitaban que Sernageomín se hiciera presente, al igual que era necesario que comparecieran las mutualidades y de la Superintendencia de Seguridad Social. El motivo era para que esas instituciones les entregaran todos los elementos para presentar un recurso de protección que fuese sólido, en el sentido de proteger la vida e integridad física de los trabajadores. Eso fue por allá por diciembre de 2003, y se suponía que había un acuerdo, según consta en los documentos que tenían.
Luego, en el mes de febrero, le mandaron una comunicación a la Superintendencia de Seguridad Social, que en ese tiempo era dirigida por la señora Ximena Rincón , a quién le consultaron si había recibido la notificación para continuar con las gestiones que estaban haciendo, y así poder dar cuerpo a la denuncia, o al recurso que querían interponer. Al fin acusaron recibo de la carta, pero señalaron que no había llegado ninguna información al respecto.
Señaló que así llegaron al día 4 de marzo del 2004, fecha en la que fallece el compañero Pedro González . En ese momento decidieron seguir con lo que tenían presupuestado y lograron con la ayuda de gente conocida, presentar un recurso de protección. Agregó, que ese recurso de protección, era un grito por la vida, que decía “escúchennos, por favor”.
Por otra parte, tenían una tremenda disyuntiva, respecto de lo que podía hacer el Ministerio de Minería y el Ministerio del Trabajo, ya que uno apuntaba a la mantención del empleo y el otro a tratar de dar cierta protección o a dar cumplimiento a las normativas legales. También estaba el problema que en las discusiones, parecía que no les entendían mucho lo que planteaban, por cuanto, le decían a las autoridades que se había cambiado el método productivo; que habían rajado la mina; que se estaba rellenando el rajo de la mina y que se estaban comiendo la rampa. Esos eran los temas que planteaban.
Indicó que tenían mucha angustia por lo que estaba pasando, ya que los informes que entregaba la mina no se condecían con la realidad. Y en medio de todas esas gestiones y trámites, llegó la muerte de Pedro González. Fue una situación tremenda, quedaron desconsolados, porque habían advertido en todos los tonos, que la mina estaba inestable y nadie los escuchó. Por esa razón, recurrieron de protección.
Ahora dentro de esa misma instancia, entendiendo que en noviembre de 2003 se había asentado la mina San Antonio y la intención de Sernageomín era reabrirla. Por lo que plantearon a la Dirección Regional del Trabajo, con Pedro Melo a la cabeza, para que se continuara con el cierre, para lo que era necesario que se aplicara el Reglamento de Seguridad Minera por el tema de las vías de escape. Agregó que con eso lograron el cierre de la mina, pero fue una decisión que emanó de parte de la Dirección del Trabajo y no del ente competente como es Sernageomín.
A raíz del cierre, la empresa ejerció presiones muy sucias, utilizó y presionó a los trabajadores, incluso publicó un inserto en el Diario Atacama , donde consiguieron el respaldo de los trabajadores, en forma engañosa.
Con ello, lamentablemente perdieron el recurso de protección, y junto con ello se redactó un acta, para la reanudación de faenas en la mina San Antonio. La condición que le pidieron al Gobierno de turno fue que la Dirección del Trabajo no entregara la autorización hasta que no se diera garantía de que se iban a hacer las cosas como correspondía. Agregó, que en el acta se hablaba de hacer la fortificación y de otras condiciones. En ese momento llegó el ingeniero señor Vincenot Tobar y la Superintendencia de Prevención de Riesgos, se convirtió en el órgano principal de la estructura de la empresa.
Señaló que como trabajadores agradecían este tipo de situaciones y entendían que se iba a producir un cambio favorable. Sin embargo, ese cambio duró sólo hasta mediados del 2006, porque en ese momento la Superintendencia de Producción nuevamente pasó a la cabeza, y la Superintendencia de Seguridad Social se desplazó del sitial donde la habían colocado con anterioridad, por lo tanto, perdió el peso relativo que tenía.
Planteó, que nuevamente no hay inversión, nuevamente se descuida ese aspecto y, aparecen las prácticas antisindicales. La empresa de la cual provenía como trabajador, K Limitada, dejó de prestar servicios a la compañía minera San Esteban , elimina su transporte mina planta y elimina el transporte interior mina. Debido a esa situación les dijeron que tenían que irse, y los trabajadores de servicio, que pertenecían a K Limitada, fueron traspasados a la minera San Esteban .
Indicó que es esas circunstancias, defendió su fuero laboral y señaló que se estaban utilizando subterfugios para presionarlo. Todo lo cual, le permite continuar con su condición de dirigente sindical y con relación vigente con esta minera.
Es así como se desvincularon el año 2007, todos los trabajadores de interior mina, quedando solo, cinco compañeros sindicalizados, entre ellos Arnoldo Avilés -que estaba con un cuadro pulmonar que lo mantuvo con una licencia médica por un año- y yo, en mi condición de dirigente nacional de la confederación, para velar por el finiquito de los compañeros que quedaban, que se suponía que era personal de la cancha y que iban a despachar el desmonte, en razón del cual se iban a pagar los finiquitos que fueron pactados a plazo.
En eso se encontraron con la sorpresa, que la minera retoma las operaciones mineras, para lo cual, incorporó a la empresa E-Mining.
Por lo que muchos de los trabajadores que se fueron el año 2007, volvieron a trabajar, incluso trabajadores de más de 50 años, algunos que tenían silicosis, con pocas posibilidades de entrar en el mercado laboral, de manera que la única opción que tenían era trabajar en San Esteban, compañía minera en la que no se colocan muchas exigencias para trabajar, puesto que el que se presenta puede ir a trabajar.
En todo caso, no los podemos criticar bajo ningún punto de vista, porque ellos tienen la principal responsabilidad de responder a sus familias, y para hacerlo la única opción que tenían era esa.
Posteriormente, ocurrió el accidente de Gino Cortés, ese momento se comunicaron de inmediato con el Seremi del Trabajo, para informarle al respecto y les señaló que nadie se lo había informado. Lamentablemente, la compañía mantiene la actitud de ocultarlo todo, de no informar nada.
Explicó que el 12 de julio, se reunieron con la Presidenta del Sindicato y con el Director Regional del Sernageomín , con el que tuvieron una discusión técnica, en la que alegaron e hicieron contrapunto de todas y cada una de las presentaciones, tanto del caso del accidente de Gino Cortés, como de la presentación de la aplicación del artículo 60 del Reglamento de Seguridad Minera, que tiene que ver con ventilación, certificación y otras cosas, y les señalamos que íbamos a estar muy atentos al cumplimiento de las medidas que ellos habían planteado. Además, estaba la preocupación principal, que era la ventilación y el derrumbe de rocas, con un listado de incidentes.
Señaló que el 5 de agosto, cuando ocurrió el derrumbe de la mina, sabían que no había sido un hecho fortuito, puesto que desde el 2000 se venía anunciando la forma que tenía esa minera de trabajar. Por tanto, los entes que deben fiscalizar y poner especial énfasis en la protección de la vida de los trabajadores no han hecho su pega, ya sea por recursos, por disposiciones, por planteamientos o por lo que sea. A los trabajadores no se les escucha.
Expresó que fueron a la mina y tomaron contacto con sus compañeros, para saber qué estaba ocurriendo. El informe que les entregaron sus compañeros, los viejos que saben, fue que por la hora, por las condiciones que se estaban dando, los mineros estaban bien, que los treinta y tres se encontraban en el refugio. Por lo tanto, la cuenta que sacaron los viejos de lo que sucedía al interior de la mina era clara. Lo que les dijeron fue su posición referente al hecho. Así lo comunicaron en las radios y lo hicieron público, en todas partes.
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12. El Gerente General de la empresa E-Mining Technology S.A., señor Nolberto Contador Villegas .
Inició su exposición señalando que es ingeniero civil de minas de la Universidad de Chile. Tiene 30 años de experiencia en esta profesión y tiene un máster en ingeniería de minas en Estados Unidos, específicamente, en sistema geotécnico. En estos 30 años ha trabajado en planificación minera, diseño minero, pero el 90 por ciento ha sido en geotecnia, que es su especialidad dentro de la minería.
Señaló que en año 2007, creó junto con unos colegas, la empresa llamada E-Mining Technology, que tiene tres focos principales. Uno es el desarrollo de ingeniería, servicios de ingeniería y geotecnia. El otro foco es servicio de operación, esto es, operar como contratista en las empresas mineras, pensando en la mediana minería. Y un tercer foco es el desarrollo tecnológico, que es el sueño más reciente.
Explicó que en ese contexto, la empresa minera San Esteban Primera solicitó a mediados del año 2007, un estudio geotécnico, a solicitud de Sernageomín.
Indicó que el estudio geotécnico, se solicitó porque en ese minuto la mina San José estaba cerrada por un accidente, que habían ocurrido recientemente y el Sernageomín había sido quién la había cerrado.
Expresó que una de las exigencias del Sernageomín en ese minuto para reabrir la mina, es que se necesitaba un estudio geotécnico, que les permitiera evaluar la condición de la mina. Así parte la relación principal con la mina San José . Este estudio geotécnico se desarrolló entre mediados de 2007 y se entregó el informe en marzo de 2008.
Planteó que el estudio geotécnico, tiene como principal objetivo entender el comportamiento del macizo y cómo se va a comportar una potencial explotación de la mina. Para eso, se parte con una toma de datos. Es un estudio largo. Estamos hablando desde mediados de 2007, es decir, casi ocho meses de estudios y mediciones.
Agregó que al entender el comportamiento, uno puede dar recomendaciones a la minera o al proyecto, independiente de que sea para reapertura o apertura. En cualquier estado en que esté el proyecto, el estudio geotécnico siempre apunta a lo mismo.
Al final, el estudio llegó a cuatro conclusiones fundamentales. Primero, se definieron las dimensiones máximas admisibles de las cavidades que se pueden generar y de los pilares y los puentes de seguridad que se tienen que dejar. Es decir, se le dice a la minera: “Usted no puede superar estas dimensiones y tiene que dejar los pilares de estas dimensiones y los puentes de tales dimensiones.” Esa es una de las conclusiones del informe.
Una segunda conclusión define el sistema de soporte o fortificación que se tiene que implementar en los lugares de trabajo. Eso es para la seguridad de los equipos y de las personas, que están en el frente de producción.
Una tercera conclusión es para atender cualquier desviación que se produce en la minería. Esto es normal. En todas las minerías puede producirse una desviación, ya sea de tipo operacional o geológica. Es decir, yo puedo no hacer las cosas bien, lo cual, genera una desviación. Puede aparecer un rasgo geológico que se desconoce, y es una desviación. Para prevenir eso, se recomiendan tres sistemas de monitoreo simultáneo, que tienen que implementarse para tener una operación segura. Entonces, el tercer elemento que se recomienda son los sistemas de monitoreo.
El cuarto elemento que se entrega, son todas las pautas y seguimientos que requiere el geomecánico o el grupo geomecánico de la minera, para poder operar en forma segura.
Por tanto, hay cuatro recomendaciones que presenta el informe, que, en consecuencia, es lo que presenta el mandante ante el Sernageomín. Es decir, el mandante ante el Sernageomín presenta un informe, pero en el fondo está haciendo el compromiso de cumplir estas cuatro recomendaciones. Eso es básicamente el informe.
Señaló que el informe geotécnico es parte de una serie de otros informes y de compromisos que establece la minera con el servicio. El informe geotécnico no da cuenta de las vías de escape. Esos temas no lo menciona un informe geotécnico. Esos son los compromisos que hace el mandante con el Sernageomín. No da cuenta de los sistemas de ventilación que deben implementarse. No da cuenta de los sistemas contra incendios. Todo eso son otros elementos que van por otras vías. El informe geotécnico es parte de lo que requiere el Sernageomín para la reapertura o la puesta en marcha de cualquier proyecto. Básicamente, eso es el informe geotécnico.
Planteó que parte del informe o la base del informe es entender el macizo y dentro del macizo entender la competencia de la roca. Esa es la información base para definir si las topografías existentes, más las geometrías que yo voy a excavar, son estables o no estables, y de eso da cuenta el informe. El informe hace una recopilación de toda la geometría existente, qué es lo que se puede explotar y qué no se puede explotar.
Agregó que el informe contiene dos partes: La primera está basada lo relativo a lo geotécnico u el segundo consta de una serie de documentos que relatan el proceso desde cuando entraron a operar la mina. Los estándares que se usaron en ese informe son los internacionales. No hay mejor estándar que ése; no conozco otro.
Al respecto, es importante conocer la competencia de la roca del yacimiento. Esta es la parte fundamental, para poder definir el tamaño de las cavidades, de las geometrías aceptables.
Indicó que cuando se terminaron loe estudios, una parte muy importante era no dejar de lado, la importancia que tienen los sistemas de monitoreo. En minería, en los procesos mineros, son extremadamente relevantes los procesos de monitoreo. Son los que dan la alerta temprana ante cualquier evento. Si no se tiene sistema de monitoreo contra incendios, es muy difícil tocar la alarma y se puede tener un incendio en la mina, por alguna desviación.
Reiteró que lo que evita el desastre son los sistemas de alarma. En geotecnia es exactamente lo mismo.
Por lo tanto, en pocas palabras, el cerro no va a derrumbarse o a colapsar ni se va a caer de un día para otro, sin avisar. Agregó, que siempre avisa y los sistemas de monitoreo tienen la particularidad de detectar esos avisos antes que el ojo o el oído humano lo detecte.
Explicó que cuando empiezan a aparecer unas pequeñas grietas, milimétricas, no las vamos a ver, pero los sistemas de monitoreo las van a detectar. Esa es la relevancia que tiene el sistema de monitoreo.
Indicó que posteriormente al informe, se invitó a nuestra empresa, a participar como operadores mineros, como contratistas de las operaciones de la minera. Recalcó, que fueron un contratista más dentro de la minera; no éramos los únicos, si bien los primeros cinco o seis meses fuimos los más importantes. Partimos con 60 operarios y terminamos con alrededor de 100 en todo el período que estuvimos trabajando en la mina, casi un año y medio. Agregó que en esa instancia, la mina estaba siendo operada, en ciertas partes, con personal propio de la empresa San Esteban Primera .
En todo caso, cuando partieron operando, las condiciones en sus inicios fueron muy buenas. Esa mina partió operando antiguamente y no existía un sistema de fortificación, que es un tema muy relevante.
Señaló que al poco tiempo que empezaron a operar la mina, instalaron los sistemas de monitoreo que sugirieron, el microsísmico, y empezamos a operar con ese sistema ya instalado, lo que hacía que fuera una de las pocas minas que lo tuviera operando.
Era un sistema de alta tecnología. Dicho sistema lo instaló una empresa canadiense, por lo que tuvieron que hacerles un curso al personal de la empresa minera San Esteban Primera .
En consecuencia, la empresa San Estaban Primera partió con el permiso de Sernageomín y en segundo lugar, partió con un sistema de alta tecnología instalado, y con un sistema de fortificación que anteriormente no utilizaba. Es decir, las condiciones eran bien atractivas. Es más, los primeros meses de operación fueron muy normales y comenzamos a implementar nuestros propios programas de prevención de riesgos.
Sin Embargo, transcurre el tiempo y todo esto se empieza a deteriorar. El deterioro se manifiesta en varios elementos. Primero, los insumos no llegan, hay un retraso. Segundo, los pagos no son totales; empieza a haber pagos parciales. Paulatinamente esto empieza a ser así. Tercero, se empieza a notar la falta de compromiso, por parte de la empresa San Esteban Primera, para cumplir con las obligaciones de mediano y largo plazo. Por ejemplo, el Sernageomín establece que debe haber una vía de escape. La vía de escape existe, pero debe ser escalerada. Sin embargo, ya el compromiso de escalerar no lo hacen. No hay recursos y se empiezan a poner trabas.
Agregó, que cuando Sernageomín aprobó la reapertura de la mina, lo hizo poniendo ciertos compromisos. Muchas veces hay compromisos de fe, que se supone que el mandante va a cumplir, que va a hacer las cosas a las cuales se compromete hacer. Se establece el compromiso. Pero llega el mes equis y no se cumple. Poco a poco hay una acción dilatoria de los compromisos.
Explicó que como empresa E-Mining, insistieron mucho en la construcción del refugio, para ser utilizado en caso de incendios u otro tipo de siniestros o accidentes. Además, el sistema de monitoreo les avisaría ante un posible colapso.
Sin embargo, se vieron obligados a entrar en un proceso de retirada, cuando se percataron que no se cumplía con las condiciones de mediano plazo y la minera comenzó a poner trabas y a bajar los insumos.
Al respecto explicó, que cuando nuestro administrador de faenas empezó la construcción del refugio, con los estándares de E-Mining, el señor Alejandro Bohn envió una nota directa, en la que hacía saber que él no había autorizado esas platas ni esos estándares, que no los había visto nunca en la minería y que, por lo tanto, paralizaba la construcción del refugio, lo que motivó una respuesta de nuestro supervisor en contra de nuestro mandante.
Agregó, que nuestro supervisor indicó al señor Alejandro Bohn que eso no significaba más de 2 millones y tanto de pesos que tendrían que poner, porque lo otro ya lo había invertido E-Mining. Además, le señaló que el refugio se construiría igual, porque era una necesidad de seguridad y un compromiso con el Sernageomín. Ése era el ambiente que se había comenzado a generar.
Al final señaló que no se recuerda en qué terminó esa historia, porque aún está en el proceso de recopilar la información.
Con respecto al compromiso de escalerar la chimenea, indicó no tener muchos antecedentes al respecto, por cuanto, era un compromiso que adquirió la empresa con Sernageomín. En todo caso, el plazo que existía para cumplir con dicho compromiso, era muy difícil de realizarlo y la opinión la digo como ingeniero de minas.
En todo caso, el tema del escaleraje si bien era importante, no era lo más significativo. Había otro tema sumamente importante, que era que de los tres sistemas de monitoreo se instaló sólo uno, el cual nunca se operó, por falta de compromiso. Al principio fue porque se cortaron los cables, pero después siempre hubo alguna excusa para postergar su operación. Era entendible que en los primeros meses tendría que haber un período de puesta en marcha, entre otras cosas, porque se debía buscar al profesional que operaría el sistema de monitoreo. Uno nunca espera que vaya a ocurrir algo durante los primeros meses de explotación, sino que en el mediano y largo plazo. Uno no ingresa a operar una mina esperando que a los dos meses vaya a producirse un derrumbe. El estudio habría indicado que no se podía explotar, porque la faena estaba muy sensible a que durante los primeros meses se produjera un derrumbe. Eso es un proceso paulatino.
Explicó que ese fue el porqué se demoraron en tomar la determinación de desvincularse del trabajo con la empresa San Esteban Primera. Si bien operaron tranquilos algunos meses, después se dio inicio a un período en el que mandaban a los supervisores a revisar lo que ocurría, porque había dos problemas graves. Uno de ellos era muy importante, porque queríamos dejar a nuestros trabajadores tranquilos, por lo menos con los pagos, ya que ni siquiera nos pagaban los servicios previsionales. A esas alturas, la situación era un desastre. Además los pagos ya no eran ni siquiera parciales, sino que mínimos. Por lo tanto, tomamos la decisión de retirarnos. Eso fue lo que ocurrió durante los últimos cuatro meses en que estuvieron operando la mina.
Indicó que la decisión definitiva de retirarnos de las labores que se realizaban en la empresa San Esteban Primera , se adoptó alrededor de julio o agosto de 2009, pues las cosas a esa altura, no daban como para seguir cumpliendo con las labores contraídas. Dimos la alerta de que los compromisos no se estaban cumpliendo.
Planteó que no podíamos llegar y retirarnos, puesto que teníamos a cien trabajadores en esos momentos. Finalmente, logramos negociar para que los trabajadores quedaran bien, con todos sus pagos al día. Sin embargo, nosotros quedamos con la deuda. Cuando nos retiramos, en diciembre de 2009, no había riesgos de inestabilidad y existía un nivel de producción razonable. La producción era entre 15 mil a 18 mil toneladas mensuales en ese período, incluso se podía llegar a niveles de producción de hasta 20 mil toneladas como máximo. Obviamente, no sacando pilares ni nada por el estilo, sino que siguiendo las pautas de una ingeniería de minas normal.
Además estábamos haciendo un esfuerzo tremendo para pagarles a nuestros trabajadores, porque ellos sabían que la empresa no nos estaba cancelando. Por lo tanto, para resistir comprometimos dineros de nuestra empresa, lo que generó una deuda muy grande. En plata de hoy, la deuda debe ascender a aproximadamente dos millones de dólares.
Finalmente, le informaron a Sernageomín que a partir del 31 de diciembre de 2009, dejaban de prestar servicios de explotación minera, en la mina San José , perteneciente a la compañía minera San Esteban . Además, se explicaba que la empresa E-Mining, a partir de esa fecha, no posee ya ninguna injerencia en las decisiones operativas y de seguridad asociadas al negocio minero de San Esteban Primera. Por lo tanto, al desvincularse E-Mining, de la empresa San Esteban Primera, quedaba liberada de cualquier responsabilidad legal y civil asociada a la relación contractual con ella.
Sin embargo, había una situación de deterioro total, puesto que la compañía minera San Esteban Primera, no cumplía con los pagos ni con los compromisos, ya que no había insumos, sistema de monitoreo ni escaleraje. El ambiente no era propicio, debido al riesgo que existía respecto de lo que podía ocurrir.
Al respecto, debo recordar que en el período en que nosotros estuvimos los riesgos estaban bajo control. Las medidas de seguridad, de mediano y largo plazo, eran sobre las cuales no había compromiso. En esa época, en la que estábamos fortificando, si bien el no pago generó un mal ambiente, las medidas de seguridad se iban cumpliendo y los riesgos estaban bajo control.
Agregó, que tenemos plena seguridad de que nuestros supervisores no habrían explotado un pilar, aunque se lo hubiesen mandado. Habrían actuado tal como lo hicieron cuando les impidieron o pusieron trabas para construir el refugio.
Además, señaló que no era labor nuestra fiscalizar los cumplimientos de las normas de seguridad o lo que se haga con posterioridad al trabajo que realizamos en la mina. Para eso, está Sernageomín, y obviamente el servicio asume que hay un acto de fe del mandante. Nosotros no podíamos cerrar la mina.
Por otra parte, no se debe olvidar -que es un aspecto muy relevante para la investigación,- que la empresa minera San Esteban Primera , tenía un equipo geomecánico, es decir, tenía los especialistas que se dedican a este tema, los que debían garantizar que la minera estaba cumpliendo todas las restricciones geotécnicas o de otro tipo. Por lo tanto, hay un geomecánico que tiene que dar explicaciones, respecto de por qué no se cumplieron algunas cosas o cómo controlaba los riesgos, si es que no contaba con un sistema de monitoreo en funcionamiento.
En consecuencia, no es que los trabajadores hayan quedado solos, puesto que quedaron con el mandante, con los especialistas y con el servicio, el cual estaba fiscalizando.
En relación con el derrumbe de la mina San José, indicó que a su juicio, era evitable y eso es relevante. Agregó que se pueden producir derrumbes en la mina, pero eso no es lo fundamental. Lo que pasa es que la mina tenía elementos, para detectar este tipo de situaciones. Tenía un sistema de monitoreo, que si hubiera estado funcionando, éste habría avisado.
Planteó que el sistema que se recomendó fue instalado en forma incompleta. Lo poco que se instaló no lo estaban operando. No es que no funcionara, sino que -reiteró- no lo estaban operando, lo cual es distinto.
Esa era una alerta muy importante, para evitar que ocurriera el desastre que fue el derrumbe.
Explicó que en las minas se producen ruidos y crujidos y los mineros, saben distinguir entre el ruido de una corrida de cuando se rompe un pilar.
Por otra parte, hay un segundo elemento que es relevante: si la chimenea hubiese estado escalerada, los mineros habrían alcanzado a salir. Este es otro elemento muy objetivo.
Agregó, que lleva 30 años en el área minera y le ha tocado vivir muchos derrumbes, tantos que podría hacer una historia al respecto. Por lo tanto, sabe que no hay nada que se caiga de un segundo para otro, sino que siempre hay un aviso. En el caso de la mina, no se atendieron las alertas evidentes, de manera que cree que será muy relevante la opinión de quienes operaban en esos momentos la mina. Además, en el lugar donde ocurrió el accidente, no había nada que indicara, que existía un potencial derrumbe.
Planteó que hay un cuarto elemento, que merece que sea investigado, puesto que es sólo una presunción: si los niveles de producción subieron en los últimos meses, de alguna parte se extrajo el mineral. Lo que cree que ocurrió, es que comenzaron a comerse un pilar. Una mina es como un tablero de ajedrez inclinado, donde las piezas blancas son las cavidades y las negras los pilares. Al respecto, si se come un pilar puede que no pase nada; si se saca otro, tampoco, pero si se siguen sacando llegará el momento en que la cantidad de pilares que queden, no resistirá y se producirá el colapso. En todo caso lo que plantea, es sólo una presunción, pero si subieron los niveles de producción y el mineral salió de la mina, de alguna parte se extrajo.
Expresó que para llegar a un mineral se requiere de muchos meses de desarrollo de la mina, hacer túneles, y se avanza 50 ó 60 metros mensuales, de manera que no es fácil aumentar la producción en dos o tres meses; ése es el problema minero. Para lograrlo se debe recurrir a otras fuentes, y las que se tienen a la mano son los pilares, las placas, los puentes. Otra posibilidad es que sea producto de derrumbes anteriores que estaba en las cavidades, los cuales se empezaron a sacar, pero, al fin y al cabo, eran elementos de soporte.
Con respecto a Sernageomín, señaló que es una institución que la conoce bastante, por cuanto, es el ente fiscalizador, que realiza una labor intensa, respecto de las revisiones de metodología. Si ingresa un informe geotécnico, sabe que nadie de esa institución se lo va a contradecir, por cuanto, sólo puede revisar la metodología, porque, de lo contrario, tendría que tener un experto geotécnico. Agregó que en este tema, le ha tomado 20 años, a poder declararse, experto geotécnico. De hecho, indicó que puede contarse con los dedos de una mano, los que somos expertos en asesoría de geotecnia en Chile. Por lo tanto, Sernageomín no tiene un experto que revise este tipo de materias. Tampoco tiene expertos en ventilación, ellos revisan la metodología y tienen que confiar en el informe firmado por especialistas. Hay ocasiones que hacen observaciones y que piden explicaciones. Esa es su labor, la cual creo que han ejecutado bien. Ese es el procedimiento que se sigue cuando se parte con un proyecto. Luego viene la relación entre el mandante, la minera, y Sernageomín, en el proceso de fiscalización, en el que normalmente se actúa sobre la base de la buena fe del mandante. Ese es el principio básico. Si hay un empresario minero que no tiene compromiso, no va a actuar de buena fe. Por ejemplo, Sernageomín puede requerir que se lleve a cabo un trabajo de escaleraje, pero si el mandante no actúa de buena fe, nada se puede hacer.
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13. El ex Vicepresidente Ejecutivo de Empresa Nacional de Minería , señor Jaime Pérez de Arce .
Inició la exposición señalando que como ex Vicepresidente Ejecutivo de Enami , le corresponde explicar que permanentemente tuvo una relación, casi cotidiana con todos los actores de la pequeña y mediana minería chilena, por lo tanto, también le correspondió tener una relación con la Compañía Minera San Esteban, empresa que opera en el sector desde hace una buena cantidad de décadas.
Por otra parte, indicó que entre los años 2000 y comienzos del 2010, la Empresa Nacional de Minería puso a disposición del sector de la mediana minería alrededor de 78 millones de dólares, en la forma de distintos mecanismos de crédito y sustentación de precios.
Otro antecedente importante a tener presente es la política de la Enami, en la que ha jugado un rol importante esta Comisión de Minería en el pasado y el propio Parlamento, puesto que fue en este Congreso Nacional donde se gestó la solución financiera a la grave crisis que tenía la Enami, a comienzos del 2000, que consistió en el traspaso a Codelco de la fundición y refinería de Las Ventanas, y, simultáneamente, la dictación del decreto supremo N° 76, de 2003, vigente, todo lo cual fue considerado un avance importante por el sector y por todos los actores nacionales.
Indicó que el decreto 76, de 2003, establece que la política de fomento de la Enami, le asegura a la mediana minería, la compra y la capacidad de tratamiento de los productos del sector, en condiciones comerciales de mercado internacional. Asimismo, se considerará la oferta de mecanismos de mercados futuros. Recordemos que el origen del problema de la compañía minera San Esteban radica en su decisión de hacer uso de estos mecanismos de futuro que, posteriormente, merced de la crisis que enfrentan por los accidentes, la compañía minera se cierra y se genera esa situación forzada, en que ellos van a recomprar su posición, como explicó en sesión pasada el actual gerente comercial de Enami, con quien trabajó, y así se genera este crédito forzado.
Señaló que además, se establece un mecanismo usual como es el de mercados futuros para la estabilización de precios, cuando las condiciones del mercado así lo permitan, y el financiamiento de créditos individuales de sustentación de precios y de capital de trabajo.
Por lo que Enami realiza con la minera San Esteban, al igual que con muchos otros actores, es poner en vigencia políticas establecidas por decreto supremo en aquel entonces.
Además, existe un plan estratégico vigente de la Enami, que se terminó de construir en el 2008 y que establece claramente como misión y visión que Enami es el gestor y operador de políticas públicas de fomento y desarrollo del Estado de Chile para la pequeña y mediana minería. El protagonismo en el fortalecimiento de este sector, se traducirá en agregar valor a los minerales en la cadena productiva y acceso a los mercados internacionales.
Explicó también, cuáles son las circunstancias en que la Enami ha operado con la compañía minera San Esteban , cuya deuda se gestó en estas operaciones de mercado futuro, que después la obligan a recomprar esta posición, debido a que su yacimiento estaba cerrado por los accidentes que hubo. Y así se genera este crédito.
Señaló que Enami tuvo múltiples reuniones con los ejecutivos de la empresa minera San Esteban Primera, para enfrentar la siguiente situación: primero, el 23 de enero de 2009, hubo una reunión de directorio, para analizar la renegociación de la deuda que tenía la empresa minera con Enami, la cual ascendía a 2,87 millones de dólares y a su vez, solicitó un crédito adicional por 1,5 millones de dólares. Es decir, hay una solicitud de apoyo por una cifra cercana a 4,4 millones de dólares.
Planteó que en aquel entonces, la administración reconoció la sensibilidad y la magnitud del problema, y reconoció también que tiene una mala disposición para el otorgamiento de este crédito, en las condiciones que estaban planteadas en enero de ese año; al mismo tiempo reconoció que no llevó ninguna propuesta a esta reunión del directorio. En las actas, la administración dijo que no tenía una propuesta sobre qué hacer, pero sí le parece que este problema es suficientemente sensible y de gran magnitud como para discutirlo. No obstante, no tener una buena disposición con el tema, sí les correspondía como administración, tramitar la solicitud de esta compañía, porque el directorio de la Enami, tiene amplias facultades de administración sobre la misma y, por lo tanto, son materias que le competen a ese directorio.
Señaló que una vez abierta la sesión, el director Quinzio anunció su abstención en esta materia, por el hecho de haber tenido vínculos con esta compañía hasta hace pocos días. Entiendo que el director Quinzio renunció a una responsabilidad de directorio, que tenía en la compañía minera San Esteban en aquel momento. No obstante, él advirtió que no se iba a pronunciar sobre las materias que a continuación, vería el directorio.
Indicó que hay un tercer aspecto, que le parece relevante plantear, respecto de la evaluación de la renegociación más el crédito solicitado, por 4,4 millones de dólares se hizo en enero de 2009 y es del caso recordar, que en ese entonces el mundo enfrentaba una crisis de precios que había estallado en octubre de 2008 cuando el precio del cobre llegó a 160 centavos, la mitad de lo que había sido en el mes anterior, alrededor de 320 centavos. Por lo tanto, estábamos en el punto más bajo de esa crisis de precios, de la que nos recuperamos y el mundo entero se recuperó, con relativa prontitud, a pesar de lo dura que parecía.
Indicó que la solicitud de crédito se evaluó con todo el rigor, analizándose los flujos, la situación de los trabajadores, la deuda de la empresa y se consideraron los efectos que pudiera producir, si la empresa quebrara. Es decir, la responsabilidad que tiene la Enami es muy superior a simplemente otorgar un crédito, como lo hace un banco, pues tenemos la responsabilidad de fomentar al sector y, al mismo tiempo, preocuparnos de que sigan funcionando, porque la producción de los medianos mineros al mismo tiempo, es relevante para poder llenar la fundición de Paipote y los contratos de abastecimiento que tiene la Empresa Nacional de Minería, en Ventanas.
Explicó que durante los 10 años que le tocó estar a la cabeza de Enami, siempre planteó que la relación de la Empresa Nacional de Minería, con el sector de la pequeña y mediana minería, es como las dos caras de la misma medalla, pues si la pequeña y mediana minería entran en crisis, aparte de las cuestiones obvias que le pasan a esos productores, la Empresa Nacional de Minería ve sus planteles desabastecidos y, por tanto, sus plantas y sus fundiciones empiezan a operar bajo las capacidades instaladas, lo que genera importantísimas pérdidas, ya que son faenas continuas que cuando no están plenamente abastecidas, los negocios caminan mal.
Planteó que cuando Enami debe enfrenta a actores que están en dificultades financieras, busca apoyarlos, pero con seriedad, con análisis serios de sus flujos. Esa seriedad y esa profundidad llevo al directorio, por unanimidad, a rechazar esa solicitud de renegociación más el crédito por parte de la compañía minera San Esteban .
Al respecto, es muy relevante que en el acuerdo que adoptó el directorio, se dice claramente que ante la inminente quiebra y dada la existencia de garantías suficientes, se mandata ejecutar la deuda por las garantías correspondientes.
Adicionalmente, el directorio de la Empresa Nacional de Minería tiene, como parte de su propia estructura, comités que en algunas épocas de la historia de la empresa han sido resolutivos, como el comité de auditoría y caja y el comité de negocio y propiedad minera. Agregó, que en el período inmediatamente anterior, a partir del 2008, por resolución del Ministro señor Santiago González , el directorio adoptó el criterio de que los comités siguieran funcionando, pero sólo con carácter consultivo, de manera que efectuaran recomendaciones al directorio, para que, de esa manera, se concentraran todas las decisiones en un solo órgano, como es el directorio. Sin embargo, en administraciones pasadas, en las que también le correspondió estar a cargo de la Enami, esos comités eran resolutivos.
Además, los comités están conformados por directores de la empresa. Son un subconjunto de directores de la Enami. Este comité en particular sesionó a comienzos de abril, presidido por el señor Alberto Salas , actual presidente de la Sociedad Nacional de Minería . Hay que recordar, que el directorio de la Enami es un directorio grande, en el cual participan distintas estructuras del Gobierno y, adicionalmente, tres representantes independientes, dos representantes de la Sociedad Nacional de Minería y un representante del Instituto de Ingenieros de Minas. Por lo tanto, ese comité resolvió recomendar al directorio que renegociara la deuda pendiente de la compañía minera San Esteban y rechazar, al igual que había sucedido en la sesión anterior del directorio, la petición de que se les otorgaran nuevos créditos.
También está el antecedente de la reunión del comité de propiedad minera, pero también está el antecedente de la propia compañía minera San Esteban que, ante la denegación de la solicitud que hizo en enero, naturalmente hizo múltiples gestiones para que su situación fuese revisada. Al respecto, no sólo fueron los dueños y ejecutivos de la compañía minera San Esteban , sino también sus sindicatos, los que participaron en las gestiones para que obtener los créditos que eran indispensables para continuar con las labores de las faenas mineras.
Agregó, que en aquel entonces ambos sindicatos de trabajadores de la compañía minera, les solicitaron que pudieran revisar la situación de la empresa y que Enami le otorgaran el apoyo, para renegociar la deuda que ellos tenían con la Enami.
Sin embargo, más allá de esas gestiones, que en todo caso son frecuentes en este tipo de situaciones, es usual que cuando alguna autoridad o algún órgano desechen una solicitud de administración, esa decisión de administración puede ser revisada por otra decisión de administración.
Es del caso recordar, que el directorio de la Enami es un órgano de administración, no un tribunal, por lo cual, sus resoluciones no son fallos que no se pueden cambiar, sino decisiones administrativas que se pueden modificar por otras decisiones administrativas, tomadas por el mismo órgano.
Posteriormente, el día 24 de abril, se analizó una nueva solicitud, por la que la compañía minera San Esteban Primera, pedía que la Enami pudiera renegociar la deuda que tenía con ella. En esa solicitud ya no se incluía el crédito, que habían solicitado en enero, por un millón y medio de dólares.
Además, en esa ocasión no se visualizaba que la compañía minera, pudiera entrar en quiebra. Por el contrario, en esa oportunidad ellos les manifestaron el interés, de enajenar un terreno de gran valor que tenían en la zona de Tierra Amarilla. También les informaron que, con la venta de ese terreno, se pondrían al día en algunas deudas prioritarias, como las que mantenían en materia previsional y en materia tributaria, y pagar parte de la deuda que tenían en ese entonces con la Empresa Nacional de Minería.
Por lo tanto, la Enami resolvió analizar la situación planteada por la compañía minera, en cuanto, a que se pudiera revisar la deuda y considerando que ya no existía ninguna posibilidad de quiebra. Además, que la solicitud era sólo para renegociar la deuda y ya no se pedía un crédito adicional, es decir, era una solicitud de financiamiento de 2,8 millones de dólares y no de 4,4, como había sido al comienzo, por lo que era un tercio menor que la solicitud anterior. Además, al renegociar la deuda, se suscribió el título ejecutivo, que correspondía a la deuda anterior. Dicha solicitud, pasó al Comité de Propiedad Minera y de Negocios, que es el organismo que estudia estas solicitudes y también se incluyeron aquellos miembros del directorio que son expertos en estas materias y ese comité fue el que hizo la recomendación, para que el directorio la analizara el día 24 de abril. En esa sesión el directorio nuevamente reconoció la complejidad del tema que se estaba tratando. En el análisis, se incluía el punto relativo a que quedarían trescientos trabajadores de la compañía minera, sin empleo.
Señaló, que en aquella oportunidad el directorio reconoció la complejidad de la situación que teníamos con la compañía minera San Esteban y la dificultad que significaba dejarla caer.
En todo caso, es frecuente que las empresas de la mediana y pequeña minería renegocien sus deudas con la Enami. Por lo demás, es algo que es muy fácil corroborar. Además, que no se hizo ninguna consideración excepcional con la compañía minera San Esteban Primera .
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13-1. El ex Fiscal de la Empresa Nacional de Minería, señor Sergio Hernández .
Inició su participación señalando, que la instrucción dada por el directorio respecto a la presentación de la demanda y a la ejecución de las garantías, en contra de la compañía minera San Esteban Primera, era una situación delicada, por cuanto, la empresa no tenía un título ejecutivo, sino que un reconocimiento, en instrumento privado, de la situación de hecho que se produjo y que hizo nacer el crédito por la recompra de posiciones de mercado futuro, puesto que no podían cumplir las entregas físicas al tener paralizadas las faenas mineras.
Agregó que la recompra produjo una pérdida a la compañía minera San Esteban Primera, la cual Enami convirtió en deuda. Es decir no hubo flujos de Enami entregados en crédito a la compañía, sino que una situación de hecho por la que tuvo que responder, lo que se convirtió en pérdida y luego en deuda. Así nació esa obligación.
Explicó que si hubiese sido un crédito, obviamente la empresa habría tomado precauciones en su oportunidad para poder contar con algún título ejecutivo. Señaló además, que una pequeña parte de esos cuatro millones de dólares originales del crédito, nacieron de un crédito de sustentación, que se concedió de acuerdo con las políticas de fomento dispuesto para la mediana minería establecido en el decreto supremo N° 76. Mientras el crédito de sustentación para la pequeña minería es de un crédito sectorial, que se otorga a todos por igual, a la mediana minería se le otorgan créditos individuales, pero en condiciones generales similares. Es decir, hay un precio determinado que se entrega a todas las compañías, pero se exigen las garantías individuales que corresponden. Entonces, también se produjo por una situación de hecho, ya que el mercado fijó, en ese momento, un precio inferior al de sustentación y Enami estaba obligada a cumplir las políticas de fomento y a entregarle a la compañía una cantidad determinada de recursos.
Indicó que por ser ése el origen de los créditos, obviamente, que la Enami no tenía título ejecutivo. En el momento en que el directorio resolvió ejecutar, a fines de enero de 2009, la gerencia comercial les solicitó inmediatamente, que procedieran, y lo hicieron el 5 de marzo, una vez que terminó el feriado judicial. En aquella ocasión, el gerente comercial le solicitó a la fiscalía, la preparación de una demanda para ejecutar las garantías de la compañía. Eso fue a las 12.10 horas del 5 de marzo. Luego, a las 12.28 horas del mismo día, envió un correo electrónico al abogado jefe, mediante el cual, le instruyó que redactara la demanda contra la compañía minera San Esteban Primera . Ese mismo día, a las 13.06, es decir, sin que alcanzara a mediar una hora entre la instrucción dada por el gerente comercial y la reacción de la fiscalía, el abogado jefe encargó a un abogado de su dependencia, que procediera en la forma solicitada.
Continuó que el abogado Rodolfo Botecelle , al parecer después de algunos intercambios de borradores con el abogado jefe, el 19 de marzo, es decir, dos semanas después, ya que se trataba de una demanda compleja, envió al abogado jefe el último borrador. Entremedio hubo conversaciones y discusiones jurídicas entre los abogados de la fiscalía para preparar un borrador, porque se trataba de una demanda respecto de la cual no era fácil identificar su camino formal y su camino sustantivo.
Posteriormente, el 19 de marzo la demanda estuvo totalmente preparada y sólo quedaba pendiente alguna información: una certificación del valor del dólar, encargada a la gerencia de finanzas y una liquidación final, que estaba preparando la gerencia comercial. No son procesos fáciles, por lo que le parece que la reacción fue bastante rápida. Finalmente, la demanda no se presentó.
Terminó explicando, que es lo que puede comentar respecto de este tema.
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14. El ex Ministro de Minería , señor Santiago González .
El ex Ministro señor Santiago González , inició su exposición explicando que Chile es un país minero y la seguridad minera representa su principal valor. Sobre ese principio, se desarrolla una política tendiente a realizar las actividades de minería bajo acciones y condiciones de seguridad, tanto en sus faenas, como en la educación que se imparte en este aspecto, a los trabajadores.
Señaló que los accidentes, en cualquier actividad laboral, se producen, principalmente, por dos causas: acciones inseguras realizadas por personas que desarrollan una determinada labor, o condiciones inseguras en los lugares de trabajo donde deben desempeñarse las personas.
Agregó que cada uno de estos elementos debe tratarse con una metodología específica, orientada, en el primer caso, al cumplimiento, por parte de los trabajadores, de las normas e instrucciones que en materia de seguridad se imparten y, en el segundo caso, a garantizar mediante estudios y aplicaciones tecnológicas realizadas por expertos, que las condiciones de los lugares de trabajo se encuentran aptas para la seguridad minera de las personas.
Las acciones que se realizan en beneficio de la seguridad minera se deben reflejar claramente en los indicadores utilizados para su medición, los cuales representan el número de accidentes con tiempo perdido o incapacitantes por cada millón de horas trabajadas y las fatalidades producidas en accidentes laborales también por cada millón de horas trabajadas.
Explicó que Chile se ha caracterizado en los últimos años por realizar importantes avances en materia de seguridad minera, lo cual se ha visto reflejado en las disminuciones de los índices de accidentabilidad y fatalidad que veremos más adelante.
El Estado tiene la responsabilidad de promover una política de seguridad en materia laboral en el país, a través de acciones que permitan disminuir al máximo la accidentabilidad. En materia minera, el país cuenta con un reglamento de seguridad minera, publicado en 2004, el cual aborda materias relevantes en este aspecto y obliga a su cumplimiento por parte de las empresas que operan en el sector.
Señaló que el reglamento indica específicamente cuáles son las condiciones de seguridad en las cuales deben operar las faenas mineras en todos sus aspectos, especificando materias especiales cuando se trata de operaciones de rajo abierto o de operaciones subterráneas. Este reglamento es obligatorio en su cumplimiento y no está supeditado a ningún tipo de condición para ello.
Además, la fiscalización del cumplimiento del reglamento de seguridad minera recae en Sernageomín, servicio del Estado, descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica propia, y que tiene por función, entre otras, la de velar por que se cumplan los reglamentos de seguridad minera y aplicar las sanciones respectivas a los infractores.
Por otra parte, la empresa minera es la principal responsable del cumplimiento del reglamento y la aplicación de una política de seguridad en la faena donde se realizan las labores, la cual ha solicitado autorización para operar, obligándose a respetar y cumplir el citado reglamento y las condiciones de seguridad laboral en las faenas.
Planteó que la minera en un país se aborda desde tres ejes estratégicos. El Estado debe proveer una legislación y regulación técnica obligatoria sobre la materia, además de fiscalizar su cumplimiento a través de organismos especializados, y entregar los recursos para ello. Las empresas mineras tienen la obligación de cumplir el reglamento de seguridad minera en todas sus partes, así como generar las condiciones y entregar los elementos de seguridad necesarios, dependiendo de las actividades a realizar, y además contar con profesionales en faena que tengan por misión evaluar, coordinar e implementar las acciones tendientes a garantizar la seguridad de los trabajadores y a dar cumplimiento al reglamento.
Por su parte, expresó que los trabajadores tienen la obligación de respetar las instrucciones y recomendaciones que en materia de seguridad le sean impartidas, esto en beneficio de su propia seguridad y la de sus compañeros de trabajo.
Indicó que el concepto de seguridad en la minería no sólo debe ser abordado desde la óptica de la fiscalización, ya que las actividades son de tan alto riesgo y de condiciones de cambio permanente, que no permiten mitigar la totalidad de los riesgos sólo a través de visitas inspectivas periódicas; el verdadero avance en materia de seguridad se alcanza cuando la empresa minera logra generar una cultura de seguridad en sus operaciones que redunda en acciones seguras por parte de sus trabajadores y condiciones seguras en los lugares y operaciones de trabajo.
En esta materia, el Estado cumple con la responsabilidad de formar expertos en seguridad minera, los cuales, luego de obtener su calificación, se desempeñan en las mismas empresas y en las faenas, donde diariamente están evaluando las condiciones de trabajo e impartiendo instrucciones y recomendaciones para mejorar las condiciones. Es obligación de las empresas, de acuerdo con su envergadura, el tener estos expertos y monitores en seguridad minera, organizados a través de comités paritarios que cumplan con el objetivo de seguridad permanente.
Señaló que sin lugar a dudas que la importancia que le asignen las máximas autoridades que dirigen las empresas al aspecto seguridad será relevante a la hora de tomar decisiones y realizar acciones en su beneficio, ya que el reglamento de seguridad minera es obligatorio para toda empresa, su implementación de manera eficiente y oportuna debe ser motivada por la administración y debidamente fiscalizada por los organismos públicos a cargo de ello.
Agregó, que en materia de formación de expertos y monitores en seguridad minera podemos señalar que entre los años 2006 y 2009 se capacitó a 5.058 personas en el país entre profesionales y trabajadores, incluyendo 1.728 expertos en seguridad minera y 3.330 monitores en seguridad minera.
Por su parte, el Ministerio de Minería, en el mismo período, llevó adelante una política de seguridad minera focalizada principalmente en la pequeña minería.
Planteó que en el mes de junio de 2008 se envió una carta a la comunidad minera, incluyendo la totalidad de las empresas, sindicatos y asociaciones, a través de la cual se les comunica e insta a trabajar en el tema de la seguridad minera, informándoles de las acciones que se realizarán en ese sentido, invitándolos a participar a través de sus representantes en la constitución de una mesa de seguridad minera en el país, la cual efectivamente se conformó con representantes del sector público y privado, entre los cuales estaban la Sociedad Nacional de Minería, la Empresa Nacional de Minería, el Sernageomín, la Superintendencia de Seguridad Social, el Instituto de Previsión Social, las asociaciones de seguridad, representadas por la Asociación Chilena de Seguridad, la Mutual de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajo, además de representantes de las asociaciones mineras y de los sindicatos de trabajadores.
Agregó que esta mesa, constituida en el año 2008, fue presidida por la señora subsecretaria de Minería y en ella se discutió sobre política orientada a proteger la seguridad, principalmente de los pequeños mineros y pirquineros. Esa mesa de seguridad minera fue replicada en regiones a través de los Seremis.
Indicó que por la vía del Programa de Ayuda a la Minería Artesanal, Pama , y producto del impulso que se le dio a la seguridad minera en esta mesa, se impartieron cursos de seguridad, se prepararon manuales y se entregó equipo básico de seguridad, así como equipo mecanizado, a los trabajadores de la pequeña y mediana minería, que les permitiera realizar labores propias de las faenas con mayor seguridad y eficiencia.
Por otra parte, el presupuesto del programa de apoyo a la minería artesanal fue aumentado paulatinamente durante el período 2006- 2009, destinando desde aproximadamente 800 millones de pesos a 1.200 millones de pesos. Además, éste es el único programa con el que contaba hasta ese momento el Ministerio de Minería para abordar este tema y otros en lo concerniente a la pequeña y mediana minería.
Cabe señalar en este punto que el presupuesto destinado por el Estado de Chile a apoyar las labores de la minería artesanal y de la pequeña minería en nuestro país, de aproximadamente 2 millones de dólares anuales, corresponde al 0,04 por ciento de las utilizadas anuales de Codelco.
Señaló que esta es la importancia que le damos en este país a la pequeña minería.
Indicó que durante los años 2008 y 2009 se desarrolló, en conjunto con los gobiernos regionales, el proyecto de apoyo a la pequeña minería en las regiones Segunda, Tercera y Cuarta, a través de los cuales se prestó asesoría a las pequeñas empresas mineras en distintos aspectos, uno de los cuales abordaba el tema del desarrollo minero y su seguridad.
Los recursos destinados a este programa ascendían aproximadamente a 1.200 millones de pesos en las tres regiones y provenían de los fondos de desarrollo regional, ya que el Ministerio no contaba con recursos propios para ello.
Explicó que en el caso de las empresas públicas, Enami y Codelco , en las cuales el ministro , como ustedes saben, oficiaba de presidente , al tema de la seguridad se le dio máxima prioridad y se abordó a nivel de directorio, tratándose en particular en las sesiones y dejando constancia de ello en acta cada vez que ocurría un accidente grave.
Manifestó que en el caso específico de Codelco, en todas las sesiones de directorio, al inicio de ellas, se realizaba una reflexión de seguridad en la cual se analizaban distintos aspectos de seguridad, especialmente cuando ocurrían accidentes graves, en cuyo caso se citaba al gerente de la división respectiva para que entregara un completo informe de la situación ocurrida.
En los planes de desempeño de los ejecutivos estaba también considerado el aspecto de la seguridad minera, castigándose fuertemente la calificación cuando esta situación no era bien abordada.
Expresó que la política de seguridad minera desarrollada tanto en el sector público como en el privado llevó a que en un plazo de veinte años en el país disminuyeran considerablemente sus índices de accidentabilidad en la minería.
Señaló que si se revisan las estadísticas, se puede apreciar que entre los años 1990 y 2009, el índice de gravedad disminuyó desde 30 a 4 accidentes, además eso significa un tiempo perdido e incapacitante por millón de horas trabajadas.
Indicó que estos son los indicadores que se usan para medir los accidentes en la minería.
Por lo demás, durante los últimos diez años se ha producido una disminución, relevante en la accidentabilidad en la minería, de acuerdo a estadísticas entregada por la Sociedad Nacional de Minería.
Señaló que en el caso de los accidentes fatales el índice disminuyó en igual período desde 0,35 a 0,1 accidentes fatales por cada millón de horas trabajadas. Agregó, que esta disminución tiene especial relevancia al considerar que la actividad minera ha tenido un aumento importante en los últimos años.
Por lo tanto, en estos indicadores se aprecia un positivo resultado en la aplicación de políticas de seguridad minera, lo cual colocó a la minería en el día de hoy como la actividad con menores índices de accidentabilidad en el país. Incluso, tiene menores niveles de accidentabilidad que el comercio, que la banca, que la construcción y que muchas otras actividades.
Por lo que explicó que la fiscalización, sin lugar a dudas, representa un aspecto relevante en la aplicación de cualquier política. Para ello, el ente fiscalizador debe contar con los recursos y las atribuciones necesarias para cumplir su función. De lo contrario, esta aplicación no tendrá el efecto esperado.
Planteó, que en el caso de nuestra legislación, las multas y sanciones aplicadas a incumplimientos en materia de seguridad sin duda deben ser revisadas y aumentadas, ya que el efecto que deben tener debería ser financieramente relevante para los incumplidores, por tratarse de materias que vinculan la salud y la vida de las personas.
Por otra parte, los organismos fiscalizadores deben contar con los recursos necesarios para realizar su fiscalización, materia abordada en la discusión presupuestaria de los años 2008, 2009 y 2010, aumentándose los recursos para estos efectos.
Indicó, que en el caso específico del año 2009, el presupuesto del Sernageomín se aumentó casi en un 45 por ciento -creo que fue uno de los servicios públicos que más aumentó su presupuesto; ustedes saben lo difícil que es aumentar esos presupuestos- respecto del año anterior, focalizado principalmente en el desarrollo de la red de vigilancia volcánica producto de la explosión del volcán Chaitén . También se autorizaron, en menor medida, recursos para el fortalecimiento de la fiscalización minera.
Señaló que al respecto, el presupuesto de Minería, incluyendo todos sus servicios relacionados, no supera el 0,5 por ciento del presupuesto de la nación. Sin embargo, la minería en su conjunto representa el 25 por ciento de los ingresos del país.
Al respecto, el accidente ocurrido en la mina San José, de la Región de Atacama, debiera de hacernos reflexionar respecto de los recursos, que como país minero se destina a esta actividad.
Por lo que parece muy necesario, reforzar las labores de fiscalización a la gran y mediana minería. Sin embargo, ese esfuerzo será estéril, si no tenemos organismos fiscalizadores con mayores facultades y sanciones ejemplarizadoras, porque el incumplimiento en muchas oportunidades resulta menos oneroso que cumplir debidamente las normas. Por lo que, la solución real no debe estar basada solamente en la fiscalización, ya que la actividad minera es en su esencia riesgosa y cambiante, generándose día a día, nuevos riesgos y condiciones de inseguridad en las faenas.
En mérito de ello, la fiscalización debe estar principalmente orientada a verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas como obligatorias en el reglamento, y que la faena cuente con los programas y elementos de seguridad necesarios para afrontar accidentes y catástrofes como la ocurrida.
En razón de lo anterior, al no ser posible mantener en forma permanente un fiscalizador en la faena, se debe perseverar en la formación de expertos y monitores en seguridad minera, que son finalmente los profesionales que están diariamente involucrados con los peligros, y son las personas que pueden advertirlos y mitigarlos oportunamente.
Indicó, que prueba de ello es que en el caso de la mina San José , ésta faena había sido reiteradamente fiscalizada. Sin embargo, esta fiscalización no advirtió el peligro. Incluso, la ocurrencia de un grave accidente treinta días antes del colapso no permitió tampoco advertir esa situación.
Por lo tanto, es absolutamente necesario incorporar las siguientes propuestas, respecto del tema de la seguridad:
Abordar el tema presupuestario de la minería tomando en cuenta la importancia que esta actividad tiene para Chile, garantizando los recursos para desarrollarla en sus distintos aspectos, incluyendo, por supuesto, la seguridad, con visión de largo plazo, y teniendo conciencia de que los principales recursos del país provendrán por muchos años más de este sector.
Separar en dos entidades las labores de geología y minería que realiza hoy el Sernageomín. Esto es importante, ya que, si bien es cierto, ambas actividades son propias de la minería, ellas obedecen a necesidades, ritmos y especializaciones completamente distintas. Por una parte, el desarrollo geológico corresponde a una labor científica, estratégica y de largo plazo destinada al estudio y a la generación de conocimientos científicos de apoyo, no solamente a la minería, sino que a la vulcanología y a la planificación territorial segura, desde el punto de vista geológico.
Al respecto, el país presenta un retraso importante en el desarrollo de su geología, lo cual representa un déficit que puede resultar estratégico para su desarrollo. En el anterior Gobierno se presentó un proyecto que abordaba la planificación geológica nacional, disminuyendo sus plazos en aproximadamente veinte años, respecto de lo que venía presupuestado. Ese proyecto tenemos entendido que está en este momento en estudio, y su financiamiento por diez años alcanzaba a los 150 millones de dólares. Chile como país minero, volcánico y esencialmente rico en recursos geológicos naturales, y con graves problemas de agua, que también involucran a la hidrogeología, debe tener un servicio geológico nacional potente y financiado.
Establecer un organismo técnico coordinador de la minería nacional orientado a regular la explotación de los recursos, dar las aprobaciones a los proyectos, llevar el catastro nacional de la propiedad minera, la fiscalización medioambiental minera, y, por supuesto, la seguridad, y también la capacitación de expertos y monitores, tomando en esencia la labor que realiza la Subdirección de Minería del Sernageomín, otorgándole las facultades de fiscalización y sanción necesarias para la ejecución eficiente de sus labores.
Por último, incrementar las sanciones y multas por incumplimiento en materia de seguridad minera. Estas deben ser lo suficientemente elevadas, de modo que a los incumplidores no les sea rentable incumplir con la seguridad.
Finalmente señaló que sin lugar a dudas, el accidente minero ocurrido en la mina San José, que ha conmocionado al país, y en el cual afortunadamente no hubo que lamentar víctimas fatales, nos hace reflexionar respecto de la forma como abordamos el tema de la minería en nuestro país, no sólo desde el aspecto de la seguridad, sino que en un contexto global.
Explicó que los recursos provenientes de la minería son extremadamente importantes para el país, por lo tanto, es necesario tener instituciones fuertes, técnicas y financiadas para abordar esta realidad.
La gran minería nacional, tiene indicadores de seguridad de nivel mundial, por lo que se sabe que cuenta con los recursos necesarios para garantizar la seguridad de sus trabajadores.
Sin embargo, en el caso de la mediana minería debemos poner especial atención en la capacitación y en la fiscalización, ya que en este sector, si bien es cierto se ha avanzado mucho en mejorar sus indicadores, vemos cómo existe un gran potencial de accidentes que pueden llegar a ser extremadamente graves.
Por último, señaló que la pequeña minería debe ser el foco de nuestra acción, ya que en dichos sectores no existen recursos para abordar el tema de la seguridad en la forma que debería realizarse, con el contrasentido de que es un sector que genera la mayor cantidad de trabajo en el norte de nuestro país. Es ahí donde el Estado debe cumplir un rol fundamental, ya que si se permite que esta pequeña minería se desarrolle en nuestro país, se le debe dar las herramientas para hacerlo con seguridad.
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15. El ingeniero geomecánico y de planificación de la Compañía Minera San Esteban Primera, señor Hugo Yáñez .
Inició su exposición señalando que en 1998, se desempeño como gerente técnico en empresas consultoras en Lima, Perú , como ingeniero geomecánico, responsable del soporte técnico de proyectos de geomecánica para la evaluación de macizos rocosos, determinación de sistemas de sostenimiento, instrumentación y capacitación geotécnica en geomecánica aplicada. También fue docente de la Escuela de Minas de la Pontificia Universidad Católica del Perú, para la cátedra de mecánica de rocas.
Agregó, que entre los años 2003 y 2004 regresó al país, como administrador del contrato de servicio de geomecánica para la división El Teniente, de Codelco Chile, como contratista externo, que es lo usual en las divisiones de Codelco.
Posteriormente entre los años 2005 y 2006, le correspondió realizar un desarrollo similar como ingeniero geomecánico subterráneo en el contrato de asesoría geomecánica para la división El Salvador, de Codelco Chile.
Planteó que a partir del año 2007, asumió el cargo de ingeniero geomecánico en la compañía minera San Esteban Primera S.A., puesto que desempeña hasta hoy.
Indicó la compañía minera San Esteban Primera , tiene tres minas la San José, la San Antonio antigua, la cual se encuentra cerrada y la San Antonio Norte, que es posterior al 2004 y fue en la que se produjo un accidente fatal en diciembre del 2006, por lo cual también fue cerrada. En esa ocasión falleció el chofer de un camión sobre el cual cayó parte del techo de la mina mientras era cargado. Agregó, que lo del accidente ocurrió en 2006, cuando aún no había sistema de fortificación diseñado ni sistemático y tampoco había un ingeniero geomecánico. Eran otras las condiciones.
Agregó, que esa es la mina que posteriormente se reabrió y generó una duda en cuanto a que hay quienes no se explican por qué se reabrió, si en ella había ocurrido un accidente de esas características. Lo cierto es que son minas diferentes. El evento ocurrió en la mina San Antonio antigua, que nunca más se abrió. Ésta otra es la mina San Antonio Norte que empezó a producir después de 2004. En este yacimiento también hubo un accidente y se cerró, pero posteriormente fue reabierta, con nuevas condiciones de fortificación, aproximadamente a partir de 2007.
También está la San José, que es una mina de principios del siglo XIX. En 1998 se estaba explotando lo que hoy corresponde a la medianía de la mina, el nivel 400, aproximadamente. En el 2001 ya habían llegado a la altura del nivel 265, profundidad hasta la cual fue posible llegar a través de la chimenea cuando se intentó realizar el primer rescate de los mineros atrapados, pero la chimenea estaba tapada, así es que no se pudo continuar. En el 2007, que es la fecha en que ingresó a la empresa, se reabrió la mina San José , la que se encontraba explotando en el nivel 90, en tanto que en el 2010 se había llegado al nivel 60, aunque con la rampa ya se había alcanzado el nivel 44.
Explicó que la zona de producción, se fortifica sistemáticamente, que es la zona donde normalmente se corren los mayores riesgos. Está también la rampa, que es por la que se accede a las galerías, las que tienen 20, 25 y hasta 30 metros, a veces, y que permiten llegar a la veta, hacer niveles y realizar la minería.
Planteó que el acceso a la mina está en la zona superior a la cota 800. La rampa es de 5,5 metros de sección, 5 metros de alto, 5 metros de ancho y con una pendiente de 12 por ciento. Como está emplazada en una roca diorítica de muy buena calidad, no requiere fortificación, ya que su competencia geomecánica es entre buena y muy buena.
Indicó que la zona del macro bloque que generó el colapso, que comienza a la altura del nivel 400. Eso fue constatado en terreno, visualmente, por nuestros rescatistas de la compañía San Esteban Primera, ayudados por efectivos del GOPE y rescatistas externos, que llegaron hasta el nivel 320. De allí hacia abajo, al bajar por la chimenea, solamente se observó abundante material, que no dejaba de acceder hasta la rampa. Así es que en esa parte no está constatada visualmente la presencia del macro bloque, pero al parecer, debería llegar hasta ahí.
Señaló que en el nivel 290 esta la ubicación de los acelerómetros, que forman parte de las redes del sistema de monitoreo sísmico, instalado entre el nivel 295 y el 130, aproximadamente. Están en esa zona porque el equipo microsísmico estaba orientado a detectar con anticipación la ocurrencia de eventos parecidos al que provocó el accidente fatal por el cual se cerró la mina en enero de 2007, lo que sucedió en el nivel 135, muy cerca de donde está llegando la sonda que va hacia el taller mecánico. A escasos 35 metros se encuentra el acceso al nivel 135, donde se produjo ese accidente fatal.
Pero esos esfuerzos necesitaban ser monitoreados, pero no es fácil que una compañía de la mediana minería cuente con esos sistemas. Éste fue un caso muy particular, ya que, este sistema lo tienen minas como El Teniente y El Salvador, que forman parte de la gran minería. Esto no es lo usual en la mediana minería, por la magnitud del costo y el nivel tecnológico que se debe desarrollar para obtener resultados e interpretarlos. Ese sistema de monitoreo significó una inversión del orden de los 200 mil dólares. Fue E-Mining la que vendió ese sistema a San Esteban Primera y los posicionó en el lugar, orientado a detectar anticipadamente un posible evento de estallido de roca.
Explicó que es necesario tener presente, que para que se produzca un estallido de roca se deben dar ciertas condiciones, que son las siguientes:
1.- Alto nivel de esfuerzos. El trabajo a gran profundidad podría generar alto nivel de esfuerzo.
2.- Roca extremadamente dura y poco deformable, es decir, rígida, como la diorita.
3.- Que existan geometrías favorables a un estallido, como las geometrías angulosas, que generan mucha cara libre, y
4.- Que exista una fractura que favorezca el desplome o deslizamiento de masas rocosas.
Por lo tanto, es indispensable contar con estas características.
Respecto de las geometrías, éstas deben estar fortificada o mitigada con algún sistema. En la mina se aplica el apernado con malla en esos sectores que, no obstante, que es de diorita y no necesita fortificación, era fortificada para efectos de mitigar un posible estallido de roca, porque había una geometría demasiado desfavorable, muy convexa en ciertos puntos.
Señaló que lo otro, es efectuar el cambio de esfuerzos, pero se sabe que la mina tenía esfuerzos bajos, que fueron medidos y están presentes en el estudio ejecutado por E-Mining. Eran de alrededor de 20 megapascales, es decir, valores bastante bajos para la medianía de los esfuerzos que se dan en esas profundidades.
Pero cuando la minería hace minado, es decir, extrae, excava y genera cavidades, los esfuerzos, como no se transmiten a través del aire, buscan algún lugar por el cual transmitirse y se van concentrando en ciertos sectores, lo que hace aumentar sus niveles. Pueden llegar al doble y, en casos muy extremos, al triple, como ocurre en El Teniente, donde es habitual que los valores in situ aumenten hasta el triple, producto de un minado que va generando una gran cavidad. En el caso de la mina San José, el aumento del minado no es tan grande.
Agregó, que esas condiciones se van a dar abajo, donde está la producción y se generan cavidades, lo cual produce aumento de esfuerzos, que, combinado con los otros tres aspectos, podría haber generado un estallido de roca. Por eso este sistema está instalado allí. Las perforaciones fueron ubicadas por la empresa que les vendió el equipo para atender a esa zona, en profundidad.
Los pilares de la mina San José , corresponden al metraje y parámetros de dimensionamiento geomecánico generados, calculados y recomendados por el informe geotécnico que permitió la reapertura de dicha mina. Son pilares de 10 metros de largo, alto y sección, que se encuentran a 48 metros uno del otro, con losas de seguridad de 12 metros.
El sector del refugio, en el que estuvieron los mineros atrapados, se encuentra ubicado en el sector norte de la mina, que fue donde llegaron los sondajes. El primero rompió a 25 metros, bajando por la rampa hacia el refugio; el segundo, rompió 1 ó 1,5 metros atrás de aquél, y el tercero rompió en el taller.
Explicó después de ocurrido el derrumbe, hicieron los intentos de bajar por la chimenea, lo que no fue posible, por lo que fue necesario diseñar rápidamente la segunda etapa del rescate, que correspondía a los sondajes. En ese momento empezaron a llegar los equipos necesarios y se diseñaron siete sondajes iniciales, seis de los cuales iban al refugio y uno al taller.
Luego vinieron los mayores aportes, afortunadamente. Cuando habían 3 sondajes funcionando llegó Codelco y en ese momento ellos tomaron el control de las acciones.
Señaló que también es necesario destacar, que según la información que posee, los mineros se encuentran atrapados, desde el nivel 240 hacia abajo y en ese sector, la mina no tiene ningún problema.
Por otra parte, está el tema del escaleraje, que es por el cual, se ha insistido que los mineros atrapados habrían podido salir por ahí, si hubiera estado terminado. La verdad es que el deslizamiento del macro bloque colapsó los sistemas de chimeneas existentes. Eso significa que aunque la empresa hubiera cumplido con lo establecido, no habría existido la posibilidad que los mineros, pudieran haber salido dentro de las primeras 24 ó 48 horas después de producido el colapso, como le ha escuchado decir a alguna personas. El bloque colapsó el sector de entre 130 y 150 metros, así como su entorno, y se llevó los circuitos de chimeneas existentes.
También se plantea, que el accidente de Gino Cortés fue la consecuencia del estallido de una roca de 40 toneladas, cuando en realidad se trataba de un bloque de 1,4 metros de largo; 0,9 metros de alto y 0,7 metros de ancho, lo que, multiplicado por la densidad de la diorita que es de 2,8, nos da un peso aproximado de 3 toneladas. Además, lo que ocurrió no fue un estallido de roca, sino un desprendimiento o caída de roca.
Explicó que la caída de roca que ocurrió en el nivel 60 -el mismo de Gino Cortés- anunciaba el colapso de la mina. Ése es otro mito. La realidad es que esa caída de roca corresponde a un evento puntual, a un error de procedimiento que ocurrió en la veta y en el nivel 60, en tanto que el colapso tuvo lugar en la zona media de la mina, en el nivel 365, y en la rampa de acceso, que, como dijo, es zona de diorita.
Recalcó que son dos eventos completamente distintos uno del otro. Uno ocurrió en la veta, en la profundidad de la mina. Y el otro en la rampa, que es zona de diorita, y en la medianía de la mina. Hay aproximadamente 300 metros de distancia entre uno y otro, y no ocurrieron en la misma línea vertical, así es que no hay relación entre una y otra situación.
Otro mito que ha escuchado es que no había refugio, pero ya todos sabemos que sí hay, porque incluso lo vimos por televisión. Es un compartimento normal de 5 por 10, esto es, de 50 metros cuadros. Está apernado, enmallado, “shotcreteado” y completamente equipado.
Señaló que además se dijo, que la topografía existente era un croquis hecho a mano. Otro mito. Incluso fue cuestionada cuando los sondajes sufrieron una desviación y se anduvieron alejando de su destino. Se pensó que podía ser un problema de topografía; sin embargo, posteriormente se corrigió el desvío y los sondajes llegaron -demoraron 17 días- a los lugares que debían llegar, tal como señalaba la topografía de la mina, que es la misma que fue cuestionada en un primer momento.
Cabe señalar que esa topografía fue realizada con instrumentos geodésicos normales, de última generación, lo que se llama una estación total, lo mismo que se utiliza en la gran minería. Los teodolitos son los que se usan habitualmente en los niveles de levantamiento.
Además, se dice que la compañía San Esteban no hizo nada por la seguridad. En términos globales, desde el punto de vista geomecánico, obviamente privilegio la fortificación y, si ésta es sistemática, mucho mejor, porque es lo que genera la estabilidad puntual de una mina y la seguridad para el personal y los equipos que transitan por ella. Agregó que la fortificación sistemática es potente como concepto y más aún si se lleva a cabo como se hizo en esta mina.
Indicó que siempre en materia de seguridad se puede decir que tener LHD o palas con control remoto para sacar el mineral, debido a que el ingreso a los rajos en sectores que ya fueron levantados es un riesgo para el operador, es algo que no ocurre habitualmente en la mediana minería. Asimismo, la mina contaba con equipos de levante para subir al personal hasta cinco metros, de manera que pudiera, poner o sacar un perno, mover una malla o cargar un frente. Eso demuestra la preocupación de la empresa, puesto que antes esas tareas se hacían sólo con una escalera o con la ayuda de un equipo auxiliar, en la pala del balde, lo cual, no ofrece las mejores condiciones para trabajar. La existencia de este tipo de equipos revela preocupación por la seguridad, aparte del menudeo del casco, la bota, los tapones, que son elementos básicos.
Afirmó categóricamente, que la fortificación era sistemática en todas las labores de producción de la mina, es decir, que se instalaban pernos metálicos lechados y malla a lo largo de todos los niveles. No debía haber un solo tramo sin fortificación en los diferentes niveles, porque así se estableció en el diseño que resultó del estudio geomecánico que reabrió la mina: una fortificación sistemática de 7 pernos de 2,4 metros de largo, enmallados, de gradiente a gradiente, en toda la longitud de los niveles de producción por vetas, ya que ésta no es como la diorita, sino tres veces más mala, por lo que necesitan un sistema de fortificación que proteja al personal y a los equipos.
También se dijo, que había mallas cargadas de material que no posibilitaban el paso de cargadores en la rampa. En la rampa no existen sectores con mallas cargadas, porque ahí no se necesita fortificación, y cuando hubo una necesidad puntual, si bien instalamos zonas con pernos y malla en la rampa, fue por prevención. Pero nunca se cargaron con material, dado que era una medida de seguridad adicional para ciertos sectores. Nunca fue necesario cargar una malla en la rampa, dada la buena calidad de la roca.
Por otra parte, se habló que existía una sobreproducción. Al respecto señaló, que la producción se mantuvo en el orden de las 15 mil toneladas y las 19 mil toneladas entre 2009 y 2010, valores que maneja, por haber trabajado en la mina y en la planificación de la empresa. Esos son los rangos, a veces bien, con 18 mil toneladas; en ocasiones mal, con 15 mil toneladas. Nunca hubo variaciones sustantivas respecto de esas cantidades.
Además se decía, que se habló de que se comían los pilares, pero lo cierto es que este método de explotación no permite recuperar pilares, por problemas de seguridad. Si quisiéramos recuperarlos, tendríamos que ingresar a un rajo ya explotado, pero esa condición es insegura, por lo que no se permite el ingreso de personal o de equipos para posesionarse cerca de un pilar y generar una perforación que permita explotarlo.
Planteó que a continuación, se referirá al accidente ocurrido el 3 de julio de 2010, que corresponde a la caída de un bloque de aproximadamente 3 toneladas, lo que produjo el accidente del señor Gino Cortés . Se menciona que el accidente fue producto de una caída de roca y que esto sucedió, por no haber sido reparada la zona fortificada en la forma adecuada y por eso le atrapó la pierna al trabajador.
Explicó que el colapso ocurrido el 5 de agosto de 2010, tiene que ver con el bloque en cuestión, por cuanto, hasta ese sector se pudo llegar en camioneta ese día.
Indicó que en términos generales ocurrió lo siguiente:
Alrededor de las 14.00 horas se sienten ruidos semejantes a tronaduras, a mitad del turno, desde el interior de la mina, primero una corta, enseguida una más larga y luego dos o tres más de menor intensidad. Se observa abundante polvo que sale desde el pique superficial y, también, por el portal de la mina.
Se ingresa aproximadamente a las 14.15 horas.
A continuación se describe la secuencia de los hechos:
El primer ingreso se hizo a las 14.15 horas. En aquella ocasión, ingresó el jefe de operaciones, señor Carlos Pinilla ; el jefe de prevención de riesgo, señor Julio Díaz ; el ingeniero geotécnico, Hugo Yáñez . Se llegó sólo hasta el nivel 500, por falta de visibilidad. Era imposible seguir, incluso detuvieron la camioneta para seguir a pie, porque podían chocarla a raíz que no se veía mucho. Agregó, que el procedimiento normal que se hace, cuando ocurre ese tipo de “empolvamiento”, hay que esperar que el polvo decante para seguir caminando y llegar a los lugares con seguridad.
Planteó que una hora después, o sea a las 15.15 horas, baja nuevamente el jefe de operaciones, el jefe de mantención, un eléctrico, para ver si las líneas telefónicas estaban deterioradas, poder repararlas y lograr comunicación con el personal que estaba más abajo. También bajé yo. Llegamos hasta el nivel 365, donde había material que obstruía la rampa principal. La visibilidad no era buena, pues todavía había polvo en abundancia, aunque menos que al principio. Eso les permitió llegar más abajo, al nivel 365. Sólo pudieron ver que había material que obstruía la rampa. Tuvieron que salir y entrar nuevamente, aproximadamente una hora después. Éramos casi las mismas personas, más el gerente de minas, señor Pedro Simunovic . Las condiciones de visibilidad ya habían mejorado. Llegaron nuevamente hasta el nivel 365 y observaron material rocoso en el piso y la presencia de un gran bloque de pared lisa y fresca que atravesaba y obstruía totalmente el sector de la rampa. Por lo tanto, retornaron a la superficie alrededor de las 17 horas, porque se dieron cuenta de lo que efectivamente había pasado, por lo que era necesario dar los avisos que correspondían.
Posteriormente, hubo ingresos de rescatistas y del jefe de turno de la compañía, quienes constataron que se trataba de un macizo, de un macro bloque de diorita de sección triangular y de más de 130 metros de altura que se deslizó verticalmente, en forma súbita, y que colapsó la rampa principal, entre los niveles 365 y 265. Tampoco se pudo continuar el descenso por la chimenea, ya que ésta se encontraba obstruida o tapada con material a partir en el nivel 265.
Existe un informe sobre las posibles causas del derrumbe. Se señala “posibles causas”, porque el evento tiene una magnitud y unas características, que van un poco más allá de lo que se pueda abordar rápida y fácilmente. Sin embargo, el haber conocido y trabajado en la mina y haber recorrido esos sectores continuamente, le permite plantear algunas conclusiones posibles.
Enfatizó que la causa que se expone a continuación, corresponde a procesos que se pueden haber desarrollado en el macizo rocoso, pero que no son verificables completamente, como para dar certeza que haya sido así.
Explicó que se produce un debilitamiento puntual o parcial de una losa de seguridad que restó confinamiento al macizo rocoso del entorno y permitió la configuración de un bloque acotado, por la cara del caserón explotado y dos diaclasas o fracturas, como también se les pueden llamar. Dicho macizo de deslizó hacia abajo, por su propio peso y atravesó la rampa en cinco puntos: En los niveles 365, 345, 320, 295 y 265.
Diez metros más arriba hay un nivel, el 375, donde está el mismo bloque tapando el acceso al nivel, no la rampa, sino que uno de los accesos hacia el nivel antiguo ya no se podía acceder, porque el bloque tapó la pasada.
Está también el nivel 400, donde se produjo rotura, y que equivale a la zona donde había una losa de mineral, un puente de seguridad. No se explotó, pero hay una cavidad abajo. A eso se refiere cuando habla de una inestabilidad puntual.
En el nivel 620, existe una cavidad más o menos antigua y vacía. Luego está el nivel 500, el 400. Es ahí donde está el bloque, el que se encuentra hasta el nivel 265.
Está además el tema de la chimenea, por la que se hicieron los descensos originales y que posteriormente no se pudo continuar.
Por último, es del caso señalar pequeñas cosas, que pueden estar relacionadas con lo ocurrido el 5 de agosto de 2010.
Indicó que el 14 de enero de este año, informó al jefe de operaciones, al gerente de minas y a la gerencia general, una situación anómala ocurrida en la rampa, en el nivel 540. Les dijo: Señores, les explico que se evidenciaron algunas nuevas fracturas, unas grietas. Una primera evaluación constató que, al parecer hay una falla, una grieta, por lo que se procederá a hacerles un monitoreo, a fin de saber si están o no en actividad.
Explicó que dicho sector de la rampa, posee una distancia al rajo de 14 metros, por lo que está bajo diseño de un by-pass. O sea, está en mente hacer un by-pass, si tenemos esta condición de grietas, para que aumente esa separación de 25 metros como mínimo. Actualmente, de departamento de geología, se encuentra realizando un mapeo de estas estructuras del sector, para determinar la existencia o no de cuñas inestables y se ubicarán controles de vidrio, para iniciar un monitoreo. Esa es la situación que comunicó, en esa oportunidad.
Agregó que los vidrios son trozos normales, planos, que se ponen sementados a un lado de la roca y al otro. Por el medio pasa la fractura. Si esta fractura se mueve un poquito, el vidrio se quiebra y les indica algo.
Esto se hizo en el sector del rajo, que la llaman la zona explotada antigua, es parte de la rampa antigua, en la que hay un by-pass.
Aquí se comienzan a producir las grietas. Es tremendamente similar a lo que ocurrió en agosto, cuando también se deslizó un gran bloque con esta configuración triangular. Por lo que fue necesario poner vidrios, para ver qué pasaba, y diseñaron un byáss, para alejarse de esta zona. Sin embargo, estos vidrios no se rompieron, por lo comenzaron a construir el by-pass, porque no se podía esperar a que se empezaran a romper los vidrios, para dejar de pasar por ahí. Finalmente el by-pass, se comenzó el 14 de enero y finalizó el 15 de febrero. O sea, este bloque triangular se configuró, se desplazó lentamente, así es que se dio el aviso correspondiente.
Agregó, que cuando uno va al lugar, ve la fractura, la monitorea y si observa alguna actividad, toma cierta decisión. En esta caso, se hizo el monitoreo, se hizo un by-pass para ver si ocurría algún evento, para tener una salida para seguir transitando. Se logró hacer el by-pass, pero este bloque se manifestó lentamente, a un orden de 2 centímetros por mes.
Señaló que con esta introducción, se apunta a que muchos eventos geomecánicos avisan, pero no todos. No podría ser taxativo y decir que todos avisan, porque no soy el dueño de la verdad. La mecánica de roca es una ciencia muy interesante, desde ese punto de vista.
Estos eventos son típicos y se pueden controlar, previsualizar; permiten predecir su comportamiento y tomar medidas correctivas. Lamentablemente, no ocurrió lo mismo con el evento de la rampa, que colapsó en 5 puntos. No avisó, no se alcanzó a poner ningún monitoreo. Se configuró y se empezó a deslizar desde las dos de la tarde hasta las cinco de la tarde.
Por otra parte, las rocas mientras más rígidas son, como la diorita, no tienen la capacidad de deformarse, por lo que se manifiestan de otra manera, por ejemplo, aumentando su temperatura, estallando o emitiendo un sismo o un crujido, un ruido. Al respecto, había una manifestación de la diorita en la mina, porque se comporta de esa manera, pero genera esa manifestación cuando le están haciendo una cavidad y los esfuerzos se acomodan en ese punto, encuentran una roca que no se deforma y, por lo tanto, la roca cruje. Normalmente se producían esos crujidos en nuestros avances en profundidad de la rampa.
Al respecto, le envió una nota técnica al jefe de operaciones de aquel entonces de E-Mining, Carlos Pinilla, al jefe de operaciones superficiales, a la gerencia y a Ricardo Miranda, que era el jefe de faenas de la mina, en ese entonces entregada a la empresa E-Mining.
La nota decía lo siguiente: “Lunes 20 de abril de 2009. Fortificación de la rampa 60 sur. Debido a la profundidad y tipo de roca constitutiva, diorita de alta rigidez, cada avance genera un período de reacomodo de esfuerzos, lo que se traduce en crujido de la roca en profundidad y lajeo de sus contornos superficiales, trozos de roca que pueden caer desde los costados.
“Al construir la curva en dirección de la veta se generará una geometría convexa en la caja derecha, bajando. Esta condición favorece el lajeo de capas superficiales. Se define en el tramo de la curva, 20 metros, una fortificación sistemática en base a perno helicoidal. El perno split-set también podrá emplearse, como una segunda opción. El apernado deberá aplicarse hasta la frente misma, hacia el techo y clave derecha.”.
Luego les dio una secuencia de operaciones unitarias.
“La especificaciyn de los planos: 4 pernos helicoidales de longitud 2.4 metros; la distancia entre cada perno de 1.5 metros y separación entre cada corrida de 4 pernos de 1.5 metros también.”.
Por lo tanto, para que cesaran los crujidos y no se generara ese “lajamiento” aconsejó el apernado correspondiente en ese punto.
Finalmente, se hizo el seguimiento del sistema de monitoreo sísmico en la mina San José . Por tanto, esta es una cronología desde que llegó el sistema hasta este año.
Se instalaron 12 acelerómetros el 31 de marzo de 2008. Se reparó la fibra óptica el 16 de junio de 2008. Se implementó una caseta sísmica y se trasladó el computador hacia el interior de la mina en el nivel 295 el 19 de junio de 2008. Se chequeó la transmisión y ejecución del software sísmico. Se inició la marcha blanca, el 27 de junio de 2008. Hubo anomalías en el registro de eventos a partir del 8 de julio, es decir, 10 días después; 3 días después el computador no arrancó. Se empiezan a hacer las investigaciones con E-Mining y recién el 1 de febrero, después de ciertos cambios como el UPS y el servidor, por lo que el sistema volvió a funcionar. El 26 de febrero el computador nuevamente no arrancó, es decir, funcionó 26 días solamente.
Ese fue el mayor tiempo que logró funcionar, pero alcanzó a evacuar el informe de monitoreo sísmico de febrero. Eso ocurrió el 2 de marzo de 2009. Después se cortó la fibra óptica, el 11 de mayo de 2009. Posteriormente solicitó una orden de trabajo para su reconexión, el 6 de agosto, y se programan las actividades para el reinicio del sistema, como limpieza de los sectores y chequeo de los dispositivos. El 18 de enero se informó el estado del sistema sísmico a la nueva gerencia de minas, que se hizo cargo de la faena a partir del 1 de enero, y se verifican los estados eléctricos y de la luz de la caseta y la energía en cada uno de los receptores de los acelerómetros, el 16 de marzo de 2010.
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16. El ex Superintendente en Prevención de Riesgos de la mina San José , señor Vincenot Tobar .
El señor Tobar inició su exposición, explicando que cuando llegó a la compañía minera San Esteban Primera, estaban paralizadas las dos minas, la San José y la San Antonio. La mina San Antonio , se había hundido en noviembre de 2003 y en la mina San José se había producido un accidente fatal el 10 de marzo de 2004. Ingresó el 22 de marzo de 2004, precisamente por exigencias del Sernageomín, que le pidió a la empresa que contratara a un experto senior. Tenía más o menos 30 años de experiencia minera y el Sernageomín le había otorgado un premio por el buen desempeño, que había tenido en la compañía minera Ojos del Salado, donde llegamos a cero accidentes.
Por lo tanto, Sernageomín lo consideraba un experto senior que podía proponer a esta empresa un buen sistema de gestión. Lo contrató Máximo Uribe , que era el gerente de operaciones en ese momento. Su primer propósito fue tratar de desarrollar un sistema de gestión que consiste en una especie de plan escrito, una gran normativa para hacer los programas de prevención de riesgos y de actividades para la línea de mando. En el fondo, se trataba de introducir el concepto de que la seguridad debe ser descentralizada a la línea de mando y no estar sólo en las manos del experto, ya que preocuparse de la seguridad de 300 personas que trabajan en una compañía en tres turnos distintos, a, b y c, es muy difícil. Si bien a los dueños de la empresa les gustaba que el experto estuviera siempre abajo, en la mina, para evitar que los trabajadores se fueran a accidentar, cuidándolos e instruyéndolos, lo cual es muy difícil.
Señaló que en la década del 70, se introdujo la administración descentralizada de seguridad en nuestro país, a través del control de pérdidas, que fue uno de los primeros programas que llegó a Chile.
Agregó que en pocas palabras, este manual permite que cada experto haga el sistema de gestión y asigne responsabilidades desde el gerente hasta el último trabajador, en cuanto a prevención de riesgos se refiere. En ese documento, se encuentran todas las responsabilidades, la identificación de peligros que tienen las plantas, las minas; los planes que se van ejecutar, como el de liderazgo, el de inspección, el de capacitación del personal, el de investigaciones de accidente, el de análisis de tareas, el de normas y reglamentos o el de emergencia.
Indicó que esos son los planes principales que se utilizan. Luego hay que desarrollar los programas correspondientes, es decir, determinar las actividades que se van a realizar: cuántas charlas, cuántas inspecciones, qué porcentajes se va a investigar de los accidentes, las reuniones, que son una expresión de liderazgo; cuántas reuniones van a hacer, con quiénes y cuándo se van a hacer, etcétera. Todo esto está relacionado con la actividad de la prevención.
Planteó que el prevencionista, no se puede preocupar de la ingeniería de las minas. Es decir, si se comieron los pilares o no, realmente no es tarea del Departamento de Prevención de Riesgos, sino del Departamento de Ingeniería de la compañía, quienes se deben preocupar de la estabilidad global y local de la mina.
Expresó que el señor Yáñez es un geomecánico experto, por lo que sabe perfectamente, que la estabilidad local está referida a la fortificación, en tanto, que la estabilidad global, se refiere a lo que hay que cumplir en lo referente al método de explotación. Él no expuso cuál era el método de explotación que se utilizaba. Me habría gustado que lo hubiese hecho para que los señores diputados hubieran visto en qué consiste ese método que es el que se establece, en esta compañía.
Agregó, que cuando el señor Yáñez habla de la losa de 15 metros de espesor arriba y la otra losa de 15 metros de espesor abajo. Lo que se saca de la veta es lo que está en el medio de esas dos grandes losas, que son pilares que tienen un kilómetro de largo, 4 metros de espesor y 15 metros de altura. Ahí tienen 140 mil toneladas si se explotara. O sea, se trata de mucho mineral.
Por lo tanto, cuando se refiere a que la losa se desplazó del nivel 365 al nivel 265, es decir, se corrió 100 metros, entonces cabe preguntarse, dónde están los pilares que sostenían el caserón. Por cuanto, en esos 100 metros debería haber tres pilares, por lo menos. Ahora, si los integrantes de esta Comisión van a la mina, no van a encontrar ningún pilar en la parte superior. Sólo van a encontrar un hoyo gigantesco.
Ratificó que efectivamente se explotaban los pilares y esta es una situación perfectamente comprobable. En la parte alta de la mina todavía se puede ver. Todavía es posible ingresar a la mina, hasta el nivel 500. Se pueden asomar al caserón, al hoyo gigante que hay ahí y no van a encontrar los pilares de la parte alta de la mina. Por lo que muy importante, que se investiguen las causas de lo ocurrido.
Es indispensable que se solicite una investigación, de este accidente del trabajo a peritos, a expertos, a ingenieros civiles expertos en minas, que entreguen un informe, porque yo, también, podría estar equivocado. Pero, insiste en que éste es un accidente del trabajo que debe ser investigado, por expertos en seguridad y por ingenieros civiles de minas.
Reafirmó que cuando llegó a trabajar a la compañía minera San Esteban Primera, se preocupó mucho de entregar un buen sistema de gestión, aunque no era obligatorio para la empresa en ese momento. Hoy sí es obligatorio, dado que la ley de subcontratación establece que las compañías que tienen muchos contratistas y deben por lo tanto, entregar un sistema de gestión adecuado. En tal sentido, se dio el trabajo de desarrollarlo y se lo hizo llegar al señor Bohn . Agregó, que le hizo llegar al señor Bohn , el último sistema de gestión, en 2007, pero, como siempre, al igual que ocurrió con el del 2005, nunca recibió respuesta. Incluso le preguntó si había recibido el sistema de gestión, para saber qué le parecía. Respecto de ello, sólo le dijo: “Mira, no Vincenot. En realidad, no tengo tiempo para eso. Leí la carta que me enviaste, pero nada más.”.
Por otra parte, se refirió a la fiscalización que realiza el Sernageomín, la cual es de muy buena calidad, no es comparable con la que hacen otros servicios. Es hecha por profesionales, pero no le dan seguimiento, porque no tienen un número adecuado de profesionales. Por eso es que cuando los otros servicios llegan a una mina que está intervenida, clausurada, no levantan la clausura -me refiero a la dirección del Trabajo o al servicio de Salud-, dichos organismos, sólo esperan que el Sernageomín, sea quien levante la clausura.
No obstante, lo cierto es que cuando los ingenieros volvieron a la mina, constataron que no se habían subsanado algunas observaciones importantísimas, como era la construcción del segundo camino, lo que habría ayudado a salir a los trabajadores atrapados, o el sistema de ventilación, que era muy necesario, por cuanto hubo muchos intoxicados por gases tóxicos en esa mina. Un 25 por ciento de los accidentes ocurridos en ese yacimiento correspondía a intoxicaciones y otro 25 por ciento a caídas de rocas. Es decir, el 50 por ciento de los accidentes se debió a esos dos tipos de eventos. Después vienen los otros tipos de accidentes.
Explicó que cuando llegaron los ingenieros del Sernageomín y constataron que no se había cumplido con las obligaciones establecidas, no tomaron ninguna determinación, sino que por el contrario, le dieron un nuevo plazo. Eso es algo que no se puede entender, que dieran un nuevo plazo.
Planteó que esto ocurre generalmente, cuando hay que buscar soluciones, que significan mucho dinero. En ese momento el dueño decide no hacerlo porque no tiene el dinero disponible para hacerlo, para lo cual, argumenta que la compañía está pasando por una pésima situación económica. En fin, siempre los empresarios se quejan de falta de dinero y demuestran una pobreza franciscana, en todos los aspectos: en las camionetas, en el casino, en los servicios higiénicos, en las oficinas. Todo lo que se indica es para demostrar que la empresa se encuentra en una situación deficitaria, o sea de una pobreza realmente indignante.
Señaló que esta es la forma, de cómo se trabaja y que se sigue trabajando en esta empresa.
Por otra parte, explicó que no supo lo que hizo el señor Bohn , para conseguir que le permitieran reabrir la mina. Lo único que supo, fue que la mina San José fue reabierta y que llegaron los ingenieros inspectores del Sernageomín, que hicieron sus observaciones y que les pidieron que contestaran dichas observaciones.
Indicó que en aquella ocasión, el Sernageomín, planteó que la rampa debía estar a un mínimo de veinte metros de distancia del caserón. Por ello, en la parte superior se hicieron los by-pass y después se mantuvo la rampa alejada del caserón. Agregó que el caserón de la mina San José es muy grande, porque son dos vetas. Es la única mina que tiene dos vetas paralelas, separadas sólo por diez metros. Entonces, si se saca una veta y después la otra, todo lo que está al centro se cae.
Señaló que no sucede lo mismo en la mina San Antonio, que tiene una sola veta, un solo cuerpo. Esa mina es más segura en el sentido de la estabilidad global. En cambio, como en la mina San José son dos vetas y las dos reciben dinamita, explosivos, etcétera, los esfuerzos que soporta ese terreno son mucho mayores.
Ahora bien, se explota la mina San José porque tiene el doble de leyes que las otras: en vez de tener un gramo de oro por tonelada, tiene dos; en vez de tener 0,3 por ciento de cobre, tiene 0,6 por ciento de cobre, y es más fino. Por eso se busca tanto explotar la mina San José , pero también es mucho más compleja.
Expresó que el señor Yáñez está equivocado, cuando calcula la fortificación, porque ocurre que las vetas son de calcita que es un mineral blando, quebradizo, y lo que está al lado de la veta es diorita. Entonces, como son dos vetas, tenemos diorita, calcita, diorita, calcita. No hay que olvidar que son dos vetas. Efectivamente, la diorita es muy resistente, pero estalla. La calcita no estalla, se rompe y se cae, y en el contacto es muy peligrosa.
A raíz de eso, se aprobó que la fortificación en el cruzado debiera hacerse, a partir del contacto, de cinco metros en la diorita, y el cruzado tenía que hacerse con pernos especiales, más largos, porque esa zona es la que menos apoyo tiene.
Explicó que en este sector está el túnel de diorita y después de él sigue la otra veta y aquí está el nivel. Le hacen una cruz, por lo tanto, ésa es la zona más peligrosa de la mina en cuanto a caída de roca y por eso debe fortificarse expresamente con pernos más largos, mejor malla, mejor shotcrete. Eso fue lo que se cayó justamente, cuando perdió la pierna el trabajador Gino Cortés . Por eso, a diferencia de lo que planteó mi amigo Hugo Yáñez , que pusieron pernos de 3,5 metros, había que poner pernos de no menos de 4 ó 4,5 metros. Era absolutamente necesario asegurar ese punto, que era muy peligroso, era indispensable afirmar ese punto, que era por donde se ingresaba a ese nivel.
Recalcó que la mina San José nunca tuvo un segundo camino. Se confundían las chimeneas de ventilación de la rampa, con un segundo camino y si ese camino hubiese existido, tendría que haber estado, a una distancia mínima de 20 metros de la rampa. Tampoco hubo un sistema de ventilación. Se presentaron varios proyectos, pero jamás se realizaron.
Al respecto, señaló que por sistema de ventilación se entiende, un sistema de ventilador principal que está fuera de la mina, que tiene 250 HP de capacidad, ventiladores auxiliares y un ducto; un circuito, pero la mina no tiene un circuito de ventilación, sino chimeneas que podrían llegar a ser un circuito, siempre que se taparan sus conexiones con la rampa para hilvanar por allí.
Planteó que las chimeneas son cortas; son de ventilación de la rampa y, por lo tanto, no están hiladas una detrás de la otra, sino cerca. Entonces, hay que trabajar mucho para cerrar todo eso para constituirlo en un circuito de ventilación un camino para el aire-, para que el aire entre por la rampa y salga por el ducto. Habría que separarlo e instalar los ventiladores. Eso nunca se hizo.
Agregó que se conversó desde el principio con la gerencia, para construir un segundo camino, pero la empresa lo desechó siempre, dado que para ellos era muy oneroso cumplir con esa exigencia. Lamentablemente el señor Bohn , siempre se opuso a ejecutar este proyecto. Añadió, que él se negó siempre a hacer el segundo camino y el sistema de ventilación, argumentando que no había dinero. Era la respuesta que siempre daba, para oponerse a su realización.
Por otra parte, explicó que cuando llegó la empresa E-Mining, el 27 de julio de 2007, mediante una licitación que se hizo entre varias empresas, se hizo cargo de la mina. Es una muy buena empresa que trajo su propio departamento de ingeniería, de topografía, de prevención de riesgos, por lo que la compañía minera San Esteban Primera, pasó a ser un grupo de veinte personas y también estaba nuestro gerente de operaciones. Aparte del Superintendente de Prevención de Riesgos , queda todavía el jefe de mina y se contrata además, al señor Hugo Yáñez , quien se hizo cargo de la mina San Antonio.
La empresa E-Mining, empezó a trabajar en la mina San Antonio, haciendo el segundo camino y, escalerando varias chimeneas. Posteriormente, pasó a realizar sus funciones en la mina San José.
Indicó que lamentablemente, después de un año y medio de trabajo en la mina San José , empezó a tener problemas con la empresa San Esteban Primera, por cuanto, no se le pagan las facturas. En realidad, E-Mining aguantó sólo dos años acumulando pérdidas enormes, siendo que ellos estuvieron a cargo, porque ellos tenían la autoridad completa de esas dos minas. Cuando el 16 de enero se empieza a trabajar en las minas, ellos también se incorporan a la compañía. Además, tenían la autoridad total; tenían su personal, sus trabajadores, sus empleados y sus departamentos. Sólo supervisaban el contrato existente, el cual era bien extenso.
Explicó que en la medida en que se van deteriorando las relaciones, se va nuestro gerente de operaciones y se hizo cargo uno de E¬Mining, y Alejandro Bohn empezó a tomar el control de la compañía nuevamente.
Agregó que entre los años 2008 y 2009, empezó a ser muy difícil la relación en la empresa. No se pagaban los sueldos; se produce un atraso enorme en todas las AFP. Los trabajadores empiezan a votarse en huelga todas las semanas, o cada 15 días, porque no les pagan el sueldo, etcétera. Todo esto que ocurría a fines de 2009 y eso le hace tomar la decisión de retirarse de la empresa.
Planteó que desde fines del año 2006, tuvo interés de retirarse de la empresa, pero a raíz de los accidentes ocurridos, fueron acusados ante la justicia, quien habla, y los señores Alejandro Bohn ; Sergio Osorio , gerente de operaciones y Sergio Polanco , superintendente de Minas , por cuasidelito de homicidio. Las familias de Fernando Contreras y de Manuel Villagrán , quienes fueron afectados por accidentes fatales, presentaron una querella por 100 millones de pesos, en nuestra contra. Afortunadamente el señor Alejandro Bohn , se allanó a pagar 100 millones de pesos, por cada una de esas personas, a sus respectivas familias. Fue por eso que se salvaron de ir a la cárcel.
Con posterioridad a eso, tomó la decisión de autodespedirse, ya que el señor Alejandro Bohn tenía una forma muy especial de mantener a la gente, no le pagaba los sueldos y mantenía las imposiciones atrasadas, todo lo que le daba vergüenza continuar en dicha empresa.
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17. El ex Director de Sernageomín , señor Patricio Cartagena Díaz .
Inició su exposición señalando que es abogado y que se ha desempeñado en distintos ámbitos del mundo minero, privado y público, por alrededor de 15 años; le ha tocado tener responsabilidades directivas, tanto en la Comisión Chilena del Cobre como en Sernageomín, en empresas públicas y privadas; tiene estudios de post título y postgrado en temas de derecho de minas, derecho de aguas y valorización y certificación de activos mineros. Por lo tanto, su trayectoria en los últimos 15 años ha estado muy ligada al desarrollo minero y, últimamente, a los aspectos propios de la seguridad y salud ocupacional en la minería.
Explicó que el accidente de la mina San José, se da en un momento en que la minería necesita llevar a cabo un estudio muy profundo, respecto de aquellas reformas propuestas y aspectos que deben ser actualizados y mejorados sobre la seguridad minera.
A modo de introducción, señaló algunos aspectos que le parece importante poner en antecedentes, desde el punto de vista general, y llegar a lo que fue su participación en la situación de la compañía minera San Esteban .
Planteó que en mayo de 2006, fue designado Director Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería, Sernageomín. Agregó que en esa fecha el cargo era de exclusiva confianza del Presidente de la República . Sus funciones las desempeño hasta el mes de diciembre de 2007.
Indicó que durante los últimos 20 años, ha habido un importante desarrollo en lo relativo a la prevención de riesgo. Esto es de gran importancia, por cuanto, en la actualidad trabajan alrededor de 170 mil personas en la minería. Esto significa que hay más personas expuestas a los riesgos inherentes a la actividad minera.
Al observar las empresas mandantes y contratistas en el período, 2002-2009, prácticamente se han duplicado. En el año 2002 había 1.700 empresas y en el 2009, se registró alrededor de 3.400 empresas mineras, mandantes y contratistas.
Esto es de gran importancia, para explicar la importante misión que cumple el Sernageomín. Los datos anteriores, son oficiales, registrados por el Servicio, a partir de una serie de instrumentos que establece el reglamento de seguridad minera, entre ellos, el inicio de actividad minera, artículo 21 del Reglamento, que obliga a las empresas a formalizar e informar todos los antecedentes, sea mandante o contratista. A raíz de lo cual, en los últimos 8 años, prácticamente se ha duplicado el número de trabajadores y de empresas y, por qué no decirlo, los riesgos en donde se desarrolla la minería.
Planteó que en los últimos 20 años la tasa de frecuencia global en la industria minera ha tenido una mejoría notable. Es importante mencionarlo, porque podría entenderse que la minería no cuenta con los estándares, procedimientos y elementos necesarios para tener un buen manejo de los riesgos. Agregó, que la tasa de frecuencia, en 1980 era de 33 puntos y en 2009 es de 4 puntos. Es decir, en sólo 30 años ha habido una tendencia a la mejoría notable. Esto ha sido así porque, básicamente, el sector minero ha sido líder, en forma sistemática, en lo productivo y, también, en la gestión de riesgos. Si se le compara con otras industrias, por lejos, en cuanto a tasa de accidentabilidad, la industria minera lidera la gestión de riesgos. Con esto se puede concluir, por un lado, que lo positivo es que en la actualidad tenemos menos accidentes con lesión, pero cuando estos ocurren, las lesiones son graves y terminan por ocasionar la muerte de un trabajador.
Por otra parte, si se observa las empresas que han tenido una mayor cantidad de accidentes y de personas fallecidas, son fundamentalmente las de la pequeña y mediana minería. Eso se puede apreciar revisando las estadísticas de los últimos años, que arrojan que alrededor de dos tercios de las personas fallecidas en accidentes se radican en la pequeña y mediana minería. Al respecto, la gran minería ha tenido una tendencia a la baja en términos de personas fallecidas y de accidentes. Por ello, hemos dirigido los esfuerzos principalmente, hacia el sector de la pequeña y mediana minería.
Señaló que los hechos han demostrado, que nuestra legislación debe ser necesariamente actualizada y mejorada. El reglamento de seguridad minera, es el único reglamento especial en Chile que regula en lo particular una actividad productiva como es la minería; son 593 artículos que regulan. Es un verdadero manual. En él ustedes van paso a paso viendo cómo se establecen las formas de realizar la actividad minera.
Indicó que hay varias cosas que deben ser mejoradas, por ejemplo, la focalización o la especificidad dentro del reglamento, entendiendo que la gran, mediana y pequeña minería no se encuentran debidamente reguladas. Creo que ese reglamento y los instrumentos asociados a él, que son un conjunto de circulares, instrucciones y manuales que están contenidos en la página web del Sernageomín deben atender a este sector.
También se ha mencionado bastante en este reglamento la capacidad sancionatoria del Sernageomín, que es un tema que debe ser revisado, mejorado y actualizado. Hay que ser creativo en cómo generar las sanciones al sector para buscar un mejor funcionamiento. Por eso se habla de las acciones correctivas.
Otro tema que le interesa señalar, en lo que respecta a accidentes graves y fatales, no ha hecho bien el que haya una concurrencia de competencias de distintos servicios como es la Dirección del Trabajo, Salud y Sernageomín a los efectos de fiscalizar, investigar y sancionar.
Indicó que es una figura o un sistema que fue incorporado en enero de 2007, a partir de la entrada en vigencia de la ley de subcontratación, donde todos los servicios, ya sea la Dirección del trabajo, Salud y Sernageomín tienen una competencia similar en lo que es la accidentabilidad. Uno podría ver que hay matices: la Dirección del Trabajo ve aspectos más laborales; Salud, aspectos de condiciones sanitarias y Sernageomín, aspectos vinculados a la prevención de riesgo.
Pero en los hechos, cuando ocurre un accidente grave o fatal, uno ve que hay una concurrencia de competencias, de funciones y de profesionales que se disponen a los efectos. Y ha ocurrido que esta superposición de actuaciones administrativas da lugar a informes, a actas de inspección, a investigaciones o instrucción de sumarios sanitarios y a investigaciones que son propias de Sernageomín. En consecuencia, respecto de un mismo hecho, se generan distintas acciones administrativas y eventualmente pareceres, criterios o formas de actuar en lo administrativo que pueden ser distintas, lo cual, no ayuda a la empresa que es la principal responsable de la prevención de riesgo, ni ayuda en general a todas las personas que trabajan en la industria minera y que tienen derecho a trabajar en un lugar seguro.
Señaló que este es un tema fundamental y es parte de la agenda pública. Al respecto es necesario plantear que desde el punto de vista profesional y técnico, es un tema que requiere una urgente resolución.
Explicó que hay muchas alternativas de solución respecto de este tema, en cuanto a cómo mejorar en lo inmediato. Al final de la presentación me referiré a algunas ideas o iniciativas que podrían ser en lo administrativo rápidamente implementadas y a aquellas que son más bien de corte o ámbito legal que requieren de una mayor precisión.
Por otra parte, desea referirse a la actuación de la compañía minera San Esteban en el período que me correspondió participar y ejercer la función de director nacional del Sernageomín , desde mayo de 2006 a diciembre de 2007,por cuanto, dejó las funciones de Director Nacional, el 31 de diciembre de 2007.
Al respecto lo fundamental, lo más importante y también dramático, es que entre noviembre de 2006 y en enero de 2007 ocurrieron dos accidentes con consecuencias fatales en la compañía minera San Esteban , en las minas San Antonio y San José . Eso generó en esas fechas, como lo señala el reglamento de seguridad minera, sendas investigaciones llevadas a cabo por la Dirección Regional y que es una obligación que compete al Sernageomín. Esto es importante, porque ha tenido consecuencias. No hay que olvidar que a esa fecha no estaba vigente la ley de subcontratación. Ésta entró en vigencia el 14 de enero de 2007. Por lo tanto, lo que sucedió en términos de hechos como accidentes y la regulación aplicable es la que estaba vigente a esa fecha. Temas como la autosuspensión, la competencia o la participación de servicios como Salud y la Dirección del trabajo, no estaban presentes en aquel entonces como está ocurriendo hoy. En consecuencia, es importante este punto, porque la preponderancia a esa fecha de la investigación que llevaba a cabo Sernageomín era central, era capital y lo más importante que ocurría en relación a un accidente fatal en la industria minera. Hoy es una situación distinta, porque concurren los tres servicios y puede haber tres informes iguales, similares o completamente distintos. Pero a esa fecha era Sernageomín, el servicio técnico que tenía la responsabilidad central de llevar a cabo la investigación, de un accidente con esas consecuencias.
Otro aspecto que le interesa destacar, que cuando Sernageomín aplica, a través de una resolución, la paralización temporal y parcial de ambas minas, y lo hace en marzo de 2007, lo hace en ejercicio de las funciones que establece el reglamento de seguridad minera y lo hace en el marco de una sanción. Porque cuando se instruye la investigación, se genera inmediatamente en el libro de Sernageomín, una suspensión de funciones de la minera y de las dos minas. Esa es una medida que se hace en el marco de la investigación. Esto decantó, cuando se realizaron ambas investigaciones en forma distinta llevadas a cabo por la Dirección Regional, en una sanción.
Indicó que la sanción que se aplica es la que establece el reglamento de seguridad minera y es, por lo demás, la más grave que establece el reglamento, salvo la del cierre definitivo. Esto lo plantea, porque ha sido un tema de cierta reflexión en esta Comisión, el por qué no se generó a esa fecha un cierre definitivo. Al respecto, el procedimiento para llevar a cabo el cierre, ya sea temporal o definitivo, tiene una cierta secuencia. Y lo más importante es lo que pudiera haber sido indicativo de los respectivos informes de investigación.
Enfatizó que el cierre temporal y parcial, se produjo debido al resultado de ambas investigaciones. En dichas investigaciones, determinaron que las condiciones en que se encontraba la faena minera respectiva, es y debió haber sido determinante para establecer qué tipo de sanción aplicar, puesto que hay una relación causa-efecto. Lo digo porque en estos meses ha aparecido mucha información y se han hecho muchos comentarios respecto de por qué no hubo un cierre total, un cierre definitivo. Ha habido comentarios en el sentido de que esa faena nunca debió haberse abierto o que nunca debí permitir esto o lo otro. Sin embargo, cuando se actúa como autoridad, nacional o regional, se hace sobre la base de los actos administrativos que compete realizar, y éste era uno de los que competía hacer, en el caso de la sanción, al Director Nacional .
Además, es resorte, facultad y obligación del Director Regional y de su equipo llevar a cabo la mejor investigación posible. Hasta donde recuerda, de esos dos informes no emanó una recomendación formal, de establecer un cierre definitivo de ambas minas, más allá de cualquier otro comentario, que se haya formulado años después. Los hechos están establecidos en el procedimiento a seguir.
Señaló que dado lo anterior, se dispuso la paralización temporal y se dejó, a ambas minas sujetas a una serie de condiciones o requisitos, como estudios geotécnicos, que se establecieran los frentes de peligro y que se elaborara un plano de procedimiento de fortificación, es decir, a una serie de condiciones que quedaron expuestas en la resolución, las que dieron lugar, durante 2007, a actividades de la empresa, pues suponemos que su obligación o su mayor interés era llevar a cabo una solicitud de reapertura cuando correspondiera.
Explicó que durante todo el 2007, hubo comunicaciones e informes, en los que la empresa, en particular la Mina San José , fue entregando información a partir de junio o julio de ese año, con el objeto de mostrar o acreditar documentalmente ante el Servicio el interés de cumplir con los requisitos de la resolución 316, para efectos de generar un procedimiento o un proceso de reapertura. Eso ha quedado establecido, pero lo más importante en el proceso fue llevar a cabo el estudio geotécnico, aspecto sobre el cual los expertos en la materia pueden dar cuenta. De hecho, entiende que el señor Nolberto Contador , hizo una exposición sobre ese punto.
Por lo tanto, se fueron generando algunas autorizaciones bastante específicas y focalizadas, por cuanto desde julio en adelante la empresa acreditó tener personal idóneo o capacitado para esos efectos. Entiende que en el mes de octubre, a través de una nota enviada al Director Nacional, informaron sobre la contratación de E-Mining para la elaboración del estudio, empresa especializada y de reconocido prestigio en el mundo minero, que se dedica especialmente a estudios de geotecnia.
Señaló que luego de eso, ocurrió lo que está acreditado dentro de la investigación. Hubo autorizaciones parciales para permitir el ingreso a la mina de la empresa especializada, con el propósito de llevar a cabo recorridos en las rampas, diagnósticos de los puentes y pruebas de fortificación. Hasta donde entiende, ello se hizo en forma exitosa y derivó, por lo que se ha informado, en la entrega del informe en marzo.
Indicó que esa fue su actuación como Director Nacional del Sernageomín , durante el período en que le correspondió participar directamente y orientar la relación de fiscalización y de control de la Compañía Minera San Esteban.
Por otra parte, es importante tener en cuenta que la Compañía Minera San Esteban Primera, es una empresa de larga data y trayectoria en la región y en la comuna, con faenas mineras antiguas. Ellos hicieron el intento de escalar productivamente en el año 2004, mediante la presentación de un proyecto o método de explotación o revisión del Sernageomín, el cual, según los datos que revisamos, se aprobó ese año.
Agregó que en el contexto del 2006 y del 2007 hubo situaciones complejas y conflictos. Los sindicatos y la confederación minera tuvieron un rol bastante activo, con comentarios en la prensa y reuniones. Se entrevistó varias veces con la confederación minera y con algún miembro de los sindicatos. Por otro lado, cree que los dueños de la empresa y el gerente de operaciones de la fecha, señor Sergio Osorio , también fueron muy activos, pues trataron de participar, de entregar información y de otorgar las mayores facilidades, con el objeto de llevar a cabo su producción minera. Tenían algunos aspectos que resolver en lo que se refiere al ámbito minero propiamente tal, pero también en materias de plantas y procesamientos, pues había un problema con un tranque de relaves. En el fondo, fue una época, con esta empresa y con otras, en la que hubo mucha comunicación e intercambio de información. No hay que olvidar que en el 2006, 2007 y 2008 los precios del cobre fueron altísimos, de modo que había un interés legítimo de todas las empresas mineras por llevar a cabo una explotación eficiente. En ese período también hubo mucha minería informal, la que hasta hoy se mantiene en números bastante altos y, quizás, no tan determinados.
Explicó que tuvo una relación bastante activa con la empresa, con los sindicatos y con los trabajadores. Teníamos opiniones distintas, pero por nuestra parte nos mantuvimos en los procedimientos y en lo que establece el Reglamento de Seguridad Minera.
Planteó que en el año 2006, cuando las dos minas estaban autorizadas para funcionar y ocurrieron los hechos en noviembre de ese año y en enero de 2007, se aplicó inmediatamente lo que establece el Reglamento de Seguridad Minera, es decir, la suspensión, para efectos de la investigación, y el cierre temporal parcial, el cual, es una sanción, no una medida de gestión. Debido a esa sanción, la empresa no tuvo actividad hasta julio de 2007. Entiende que en ese período, sylo procesaron los materiales “stockeados” que tenían en sus plantas.
Expresó que el comportamiento de la empresa estuvo a la altura de los márgenes normales: estaban interesados por reabrir la mina, para lo cual, entre otras cosas, presentaron antecedentes y estudios y entregaron información. Por nuestra parte, mi función como Director, la del Subdirector y la del Director Regional , estaba dentro de lo que permite la normativa del Reglamento de Seguridad Minera.
Por otra parte, respecto de lo señalado por el Director Regional de la época, señor Anton Hraste , desea enfatizar un punto que es importante: él fue destinado a funciones distintas en junio del 2007. No se le pidió la renuncia, sino que fue destinado a cumplir funciones en el Centro de Capacitación del Sernageomín, el que tiene un ámbito y alcance nacional fundamental en materia de seguridad. Por lo tanto, sus responsabilidades eran bastante más importantes de lo que pretendíamos hacer como plan de trabajo en el 2007. Durante el período anterior, él cumplió a plena cabalidad el ejercicio de sus funciones.
Al respecto, señaló que empezaron a aparecer una serie de artículos de prensa, en el diario Atacama o El Chañarcillo, que daban cuenta de presiones y comentarios que hacían los sindicatos y la confederación minera, en relación con el rol del director regional de la época. Aparecen en la prensa las solicitudes de renuncia, las solicitudes de impugnación.
Además, los comentarios que se hacían, le impedía seguir avanzando en la gestión que se hacía en la región, a raíz de que, existían complicaciones en la comunicación, con los dirigentes sindicales, quienes planteaban que no eran recibidos por la autoridad regional y que muchas veces tenía que actuar el Seremi, en fin. Había serios problemas de gestión, en una de las direcciones regionales.
Explicó que durante el primer semestre de 2007, este problema fue cada vez más intenso, por lo cual las dificultades en el ejercicio de la función eran complejas. También había conversaciones a nivel de gobierno regional, en fin; había una cierta situaciyn o efervescencia...
Indicó que el Sernageomín de la Tercera Región es, probablemente, uno de los servicios más importantes en tamaño, en dotación y en términos de relaciones con el sector productivo más relevante de la región. Por tanto, se generó una situación que lo llevó, como Director Nacional, a tomar la decisión, de acuerdo a lo que le permitía la legislación, de destinar al señor Anton Hraste a una función importante. Además, debidamente conversado e informado. Estas cosas las hizo en el marco de una relación profesional con quien había ejercido por 13 años, el cargo de Director Regional . Por eso, le pareció necesario que él asumiera una función distinta, dentro del Sernageomín, y, luego, generar un proceso de búsqueda de un nuevo director regional, lo cual tomó bastante tiempo, por cuanto no es fácil llenar el cargo de Director Regional , dadas las rentas que uno puede ofrecer y el ámbito de responsabilidad, que es bastante amplio.
Señaló que fue un proceso largo que, al final, decantó, incluso, en la búsqueda y selección de candidatos a través del diario. Para lo cual, fue necesario publicar avisos, para invitar a profesionales y expertos con trayectoria para llenar el cargo de director regional.
En relación con los comentarios efectuados por el señor Anton Hraste , en cuanto a lo que él ha manifestado por la prensa y en el curso de la investigación que esas minas nunca debieron reabrirse. Agregó, que por mi parte, lo único que puedo señalar, en lo formal, desde el punto de vista del ejercicio de la función pública, que de los dos informes de investigación pudo haberse determinado, que si se daban condiciones absolutamente subestándar lo único que podía suceder, como consecuencia de las investigaciones, era el cierre definitivo. Lo que ocurrió fue que se entendió, que no estaban dadas las condiciones de información, de investigación y de causalidad que hubiera permitido, con los antecedentes de esa fecha, llegar a un cierre definitivo y no temporal.
Señaló que acto seguido, se estableció en la resolución una serie de condiciones importantes y bastantes complejas de llevar a cabo por parte de la empresa. No hay que olvidar que ésta se tomó alrededor de un año y medio en poder cumplir con los requisitos establecidos en la resolución: estudios geotécnicos, plan de fortificación, ventilación, estudio eléctrico, etcétera. Se demoró más de un año y medio, de manera que, a mi juicio, se le establecieron condiciones duras y exigencias altas para que informara y desarrollara todo lo que se dice que hizo y que entregó, según tengo entendido, en una fecha posterior a la que estuve en Sernageomín, diciembre de 2007.
En cuanto al procedimiento, desea entregar una opinión desde el punto de vista de experto, por así decirlo, en lo que se refiere a regulaciones mineras, ámbito en el cual se desenvuelve.
Planteó que en relación con el oficio ordinario de reapertura del mes de mayo, los artículos 590 y 592 del Reglamento de Seguridad Minera señalan, claramente, que las sanciones sólo se establecen por resolución, de modo que se debe utilizar el mismo mecanismo para que queden sin efecto.
Agregó que internamente, existe un procedimiento, consistente en la evacuación de un informe técnico, del respectivo Director Regional , el cual, a su vez, es revisado por el departamento de Seguridad Minera, el que hace una propuesta al Subdirector Nacional, con el objeto de que éste envíe el expediente con una propuesta definitiva al Director Nacional . Lo señala porque, desafortunadamente, las sanciones del Sernageomín, en general, constituyen una excepción a la regla. Las reglas son las 1.700 fiscalizaciones y las 4.700 acciones correctivas. Sin embargo, la sanción no es un procedimiento general, sino especialísimo y de amplio conocimiento de la institución, de manera que no es algo que uno pueda ignorar, en el desarrollo de las funciones del Sernageomín, que una mina en algún lugar del país tiene una sanción. Ésa es una información pública en el ámbito de las funciones del Servicio.
En consecuencia, no se siguió el procedimiento normativo interno, establecido desde mucho antes que estuviera ese año y medio en el Sernageomín.
Además, indicó que desde el nuevo punto de vista de la normativa actual, en materia reglamentaria, si uno sigue la secuencia de hechos que ocurrieron, sobre la base de los requisitos y de las barreras que se establecieron para la reapertura de la mina, el resultado de todos los estudios daban cuenta de un nuevo proyecto, en lo geotécnico, en fortificación, etcétera. El Reglamento de Seguridad Minera dispone, que si hay una modificación mayor del proyecto es obligación de la empresa o del titular, presentar las modificaciones a éste. En este caso, según entiende, a través del oficio ordinario, se estableció una reapertura, en circunstancias de que lo que se debió haber hecho, es solicitar el levantamiento de la sanción y, por consiguiente, haber presentado un nuevo proyecto de explotación, el cual, debería haber sido revisado.
Al conocer las resoluciones de los métodos de explotación aprobados, se podrá observar que se incorporan a la resolución, todos los alcances técnicos. Habitualmente, son resoluciones extensas, en las que se señala, claramente, la forma en que se va a explotar y cuáles son las medidas de seguridad que se van a adoptar. Además, si hay procedimientos de trabajos, se incorporan, y si hay reglamentos específicos, se deben indicar. Es decir, estamos hablando de un nivel de detalle, que la normativa establece cómo debe seguirse.
Por lo tanto, lo que uno observa en ese ordinario, es que al menos, en los aspectos de su contenido, no se cumplió con lo que el Reglamento establece.
Por otro lado, explicó que la modalidad de trabajo que tuvo cuando desempeñó el cargo de Director Nacional del Sernageomín , era la de efectuar visitas permanentes a terreno, todos los lunes, a las 9 de la mañana. Todos los Directores Regionales mandaban un informe con las novedades de la semana y los aspectos principales de la agenda. Todos los lunes había una ronda de conversaciones telefónicas con ellos, antes de la reunión del comité ejecutivo que hacía con todos los jefes de departamento. Por lo tanto, la relación y comunicación eran permanentes.
Además, existe un tema que sería bueno mejorar o profundizar, que es lo relacionado con la regionalización y a su vez, disminuir lo relativo a la centralización. Hay una serie de aspectos de procedimiento, de revisión de proyectos, aprobación de reglamentos de seguridad y variados temas vinculados a la propiedad minera y medio ambiente, que, finalmente, son resueltos en Santiago. Agregó que en su período se procedió así, y está seguro que actualmente se sigue el mismo camino, en términos de una cierta centralización, en Santiago, en relación con la revisión de temas, de la resolución y aprobación de proyectos, reglamentos y otras materias. Ésa es la realidad.
Planteó que éste fue un problema en el que, dadas sus características, se procedió de la misma manera, porque significaba proyectos, significaba experticia, en lo específico, bastante avanzada, referidos a estudios geotécnicos y otras materias. Todo fue llevado directamente en el ámbito del Departamento de Seguridad Minera, con una tuición directa del Subdirector Nacional de Minería de la época, indudablemente, con una supervisión en materia de estrategia y en la manera de avanzar, pero en la que le tocó participar como Director Nacional.
También se indicaba que todos los proyectos, cuando se presentan a su aprobación o revisión del Sernageomín, llámese proyectos nuevos, modificaciones en lo ambiental, seguridad y propiedad minera, se hacen con reuniones, cara a cara, con la empresa. Eso se hace en todas las direcciones regionales. Fue una instrucción que le tocó dar cuando participó como Director Nacional . Por lo tanto, no ha sido ni fue anormal haberse reunido en Copiapó o en Santiago con los dueños de la empresa.
De hecho, al menos, se reunieron en tres oportunidades con los representantes de la empresa y, al menos, en dos de estas tres, con los expertos de E-Mining, explicando e informando los avances y cómo estaban viendo ellos, como funcionaba la empresa contratada para estos efectos, los estudios y los procedimientos, efectuados. Eso es parte de la gestión, y están las minutas, están las agendas, etcétera. O sea, eso no es, para nada, algo anormal.
En relación con el cierre de la mina San José y su reapertura que se hizo mediante un oficio ordinario, explicó que es un tema que escapa de su información del porqué no se hizo la reapertura, mediante una resolución.
Por otra parte, señaló que respecto a la situación del lamentable accidente, de carácter grave, donde un trabajador sufrió la mutilación de una pierna, desconoce las causas basales del accidente, pero sí puede indicar, que cuando ocurre un accidente grave, son convocados todos los servicios que tienen competencia en materia de seguridad e higiene en Chile, que en este caso específico se trata de Sernageomín y, en el caso general, de la Dirección del Trabajo y del Servicio de Salud, la Seremi respectiva.
Indicó que uno de los elementos que no hacen tan eficientes la fiscalización y la investigación de accidentes, es la concurrencia de competencias. Si bien alguien podría entenderlo como una fortaleza del sistema, en su opinión, eso no ha sido así, sino que ha habido una duplicidad de funciones. Eventualmente, el que se lleven a cabo acciones de fiscalización no coordinadas puede provocar que se llegue a conclusiones disímiles, distintas, entre un servicio y otro.
Respecto de quien concurriy “en primer lugar” entre la Dirección del Trabajo y el Servicio de Salud, señaló que quien se arroga o mantiene la competencia en la investigación, es el Seremi de Salud y entiende que así fue, pero eso no obsta a que Sernageomín, debió haber hecho la investigación del accidente.
Explicó que el Reglamento es muy claro, al señalar que cuando se trata de accidentes fatales o accidentes graves, se debe investigar. Eso es la que señala el Reglamento e, incluso más, desde el punto de vista de instrucción interna, por lo menos en lo que a mí respecta, cuando ocurrieron accidentes fatales, era obligación del Director Regional dirigir personalmente la investigación. De hecho, ésa fue una de las instrucciones que en su periodo entregó.
Planteó que hay que separar algo que también entiende, ha generado una cierta confusión. Al operar actualmente, la nueva norma sobre subcontratación y, por tanto, opera de forma inmediata, con todas sus consecuencias, la autosuspensión, hay que separar dos cosas: una, la autosuspensión de las faenas y, otra, la investigación respecto de los antecedentes de fondo de la causalidad del accidente. La autosuspensión, como está señalada en la ley, persigue un objetivo muy claro: impedir de forma inmediata que en el lugar de la faena pudiera ocurrir un nuevo accidente que dañe a otros trabajadores. Por lo tanto, se genera esta suerte de autosuspensión del lugar, respecto de lo cual existe un procedimiento.
Señaló que la autosuspensión, se establece hasta que se hayan adoptado las acciones correctivas que eviten que otro trabajador pueda verse expuesto, en el lugar a una situación parecida a la del accidente. Eso tiene una tramitación particular. La ley señala que hoy sólo la Dirección del Trabajo o la Seremi de Salud, son los órganos que pueden levantar la autosuspensión, contando con un informe técnico. En este caso, por ser un accidente minero, el informe es elaborado por el Sernageomín para dar a conocer las acciones correctivas.
Agregó, que esto no es vinculante, pero pudiera darse la situación que el Sernageomín, en el caso específico de la autosuspensión, disponga que se han adoptado todas las acciones correctivas necesarias, para impedir un nuevo accidente y podría darse el caso de que el Servicio de Salud o la Dirección del Trabajo estimen que no son suficientes, y que la empresa no ha cumplido. Reiteró, que son informes no vinculantes, y eso es uno de los aspectos que uno pudiera entender como de cierta debilidad, porque en lo específico, según el Reglamento Minero, las funciones de Sernageomín son las de un órgano con competencias y especialización en lo que es el tema minero. Eso es lo que puede decir sobre la autosuspensión.
Indicó que hay otro aspecto que dice relación con elementos vinculados a la causalidad del accidente, que da lugar a una investigación. La ley dice que tanto, la Dirección del Trabajo, como la Seremi de Salud y Sernageomín, deben llevar a cabo una investigación, por lo tanto, lo que hace el Servicio de Salud, es instruir un sumario sanitario con un procedimiento, donde hay cargos, descargos, medios de prueba y una resolución que, habitualmente, establece multas y eventualmente puede establecer también el cierre de las respectivas faenas. Eso emana del Código Sanitario y del Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, aprobado mediante el decreto supremo N° 594. La Dirección del Trabajo, a su turno, también tiene la misma normativa del Código del Trabajo y establece, a su vez, facultades parecidas en el DFL 1 de la Dirección del Trabajo, que tiene el mismo esquema. Entonces, en lo específico entiende que está más referido, a la autosuspensión y no tanto, a la investigación. Habitualmente lo que ocurre es que la Dirección del Trabajo, no hace una investigación en el concepto que entendemos. Se levanta un acta, se revisa en terreno el cumplimiento de una serie de requisitos formales, pero habitualmente no se hace una investigación de fondo.
Señaló que esta situación, implica una debilidad del sistema, porque hay competencias recurrentes, duplicidad, porque no hay claridad respecto de cuál es el órgano, referido a los accidentes mineros, el que debiera corresponder a la tuición técnica y global en relación a la accidentabilidad. Eso ha frenado o debilitado, las facultades del Sernageomín.
Recordó haber estado conjuntamente con del Subdirector de la época, señor Exequiel Yáñez , para llevar a cabo una modificación con estas características, teniendo en cuenta que un sector productivo, como el minero, cuenta con una reglamentación específica, con un servicio técnico competente en lo específico para esto. Por lo tanto, esto va a generar esta mirada global a partir de lo que fue la ley de subcontratación, y generaba contraindicaciones, cosas que han ocurrido, en el último tiempo.
Finalmente desea entregar algunos elementos de propuesta, para que pudiera considerar la Comisión.
En el ámbito del funcionamiento de la gestión de riesgo, o prevención de riesgo, indudablemente que el Sernageomín, como autoridad minera que ejerce las funciones de policía minera, se relaciona con los titulares o con las empresas, con las asociaciones gremiales, y también con las mutuales, pero en una relación de coordinación y de trabajo, de intercambio de información, de intercambio de estadística, de la posibilidad de apoyar actividades de capacitación, donde hay un marco de colaboración permanente.
De forma muy importante últimamente han estudiado con el ex Instituto de Normalización Previsional, quien cumple el rol de mutualidad para que se incluya a los pequeños mineros. Con ellos, durante el período que estuve como director nacional, tuve una relación de trabajo muy cercana para generar manuales, afiches, es decir, una serie de información en ayuda de los pequeños mineros.
De hecho, durante los dos años en que ejercí el cargo, una de las acciones que llevamos a cabo fue la que denominamos operativos de seguridad. Durante varios meses dentro del año, se generaba una fuerza colectiva de fiscalización en una región determinada, en que sumábamos nuestros fiscalizadores a las mutuales -las mismas empresas se sumaban- y generábamos una fuerza de fiscalización que, más que fiscalización, buscaba acompañar y capacitar a los pequeños mineros.
Eso lo hicimos en las regiones Segunda, Tercera, Cuarta y Octava. Hacíamos un diagnóstico e identificábamos a los pequeños mineros, les entregábamos material y les hacíamos capacitación. Todo eso se puede hacer y se puede mejorar, porque existen las herramientas.
También quiero señalar que existe un ánimo -siempre ha existido- de cooperación, de compartir las mejores prácticas, en el sentido de que la gran minería ha estado disponible siempre a ayudar y poder compartir lo que son sus mejores prácticas al resto de la industria minera. Eso lo puedo acreditar, porque en el ejercicio de mis funciones, tuvimos toda la cooperación.
Ahora, el cómo hacerlo genera que uno entre en algunas dificultades, porque, por un lado, es un servicio fiscalizador en donde sus propios fiscalizados pretenden ayudar al servicio fiscalizador a un tercero, lo que ha generado una cierta confusión, sin embargo, me parece que es un paradigma que hay que desterrar, que hay sacar de lo que hoy entendemos como fiscalización, porque aquí lo que más se necesita es cooperación, ayuda e instrucción, más que fiscalización.
Indudablemente, con las empresas mineras se puede lograr. Hoy existe el concepto de los acuerdos marco de producción limpia que, para el sector minero y para los pequeños mineros, hubo una experiencia piloto entre 2007 y 2008, que tuvo un alcance bastante escaso porque alrededor de 200 pequeños mineros se sumaron a este acuerdo, sin embargo, sí hubo una experiencia piloto, aún cuando la participación haya sido menos del 10 por ciento de lo que hoy son los pequeños mineros o las empresas que están entregando mineral a Enami.
Por lo tanto, diría que hay instrumentos, y que existe la disposición. Es importante sumar una voluntad política y empresarial para generarlos.
No hay que olvidar que, por disposición de la ley de subcontratación, es decir, del año 2007 en adelante, las mutuales tienen la obligación legal que, cada vez que ocurra un accidente respecto de una empresa que es cliente de esta mutual, se debe generar una investigación, acciones correctivas y hacer el correspondiente seguimiento. Eso hoy está establecido en la ley.
Se hizo así porque en los años anteriores existía la impresión -y creo que es una impresión correcta- de que las mutuales estaban muy volcadas al tema curativo de enfermedades profesionales, y muy poco al tema de la prevención, en circunstancias de que las mutuales tienen el rol, la función y la expertise técnico para poder aportar. Eso la ley de subcontratación lo mejoró y considero que se puede ir mucho más rápido en eso.
Estoy seguro de que las mutuales van a estar muy disponibles para esto. Además, las mutuales tienen la cobertura regional por tener oficinas no sólo en la capital regional, sino oficinas en otras ciudades de la región lo que las acerca más a los mineros.
Otra posibilidad que puede ser importante, y no sé si los representantes de la Enami lo señalaron, es que mucho quisimos hacer con Enami en cuanto a que ellos tuvieran, además, un rol de colaboración en los temas de seguridad.
Como ustedes saben, hay sobre tres mil pequeños mineros o empresas que están empadronadas, es decir, que tienen una existencia en los listados de Enami, y hay alrededor de 2.400 ó 2.500 que actualmente entregan mineral a Enami, por lo tanto, existe una relación especial con una empresa que recibe el mineral de ese pequeño minero.
Cuando estuve en el cargo, insistimos en hacer tres acciones muy concretas. La primera era exigir a todos los pequeños mineros que acreditaran el formulario de aviso de inicio de faenas, relacionado con el artículo 21 del reglamento de seguridad. Es muy concreto, porque es un formulario.
Ustedes dirán que esto es muy básico, pero es necesario porque, muchas veces, cuando se va a investigar accidentes, no se sabe dónde están ubicadas las faenas, por lo tanto, se necesita ese aviso, con coordenadas, con identificación de responsables. Es una medida muy concreta. Desconozco si eso está ocurriendo en la actualidad.
Lo que también se planteó como idea fue que junto con el formulario se debe exigir que acrediten con la resolución de aprobación del método de explotación, relacionado con el artículo 22 del reglamento. Cuando digo método de explotación me refiero al hecho de que el titular, sea empresario o pequeño minero, además, tiene que acreditar cómo va a hacer su explotación, en qué momento, con qué metodología, en qué lugar, si es a cielo abierto o rajo, en qué condiciones.
Lo ideal sería que ese método de explotación -para ese pequeño minero- además pudiera ser firmado por un ingeniero civil de minas. Pero, a lo menos, exigir la resolución significa un avance importante.
En tercer lugar, y quizá un poco ambicioso y que probablemente la Enami lo considerará poco económica a lo mejor, es generar un nuevo empadronamiento. Esto significa básicamente desplegar en terreno, por Enami o a través de una tercerización de este servicio, e identificar dónde están hoy esos 2.500 productores mineros que le están entregando mineral, de tal forma de generar un nuevo proceso con ellos, de identificación, de evaluación, y no sólo en lo geológico minero, sino también en las condiciones de seguridad en donde ellos funcionan.
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18. El ex Director Regional de Sernageomín , señor René Rojas San Martín .
Señaló que le correspondió ejercer el cargo de Director Regional , en forma interina, por un período de cuatro meses y medio, a raíz de una contingencia que ocurrió en esa dirección regional. Se le solicitó que asumiera esa función, por un período no definido en ese instante todavía, para atender una situación administrativa, que afectaba a esa dirección, por cuanto, había sido trasladado el entonces Director Regional , señor Marcelo Guzmán . Asumió el cargo desde el 13 de julio de 2009 hasta la designación de otro titular. Ejerció como Director Regional , en un momento en que la gente de la dirección regional, estaba bastante resentida o conmovida, porque habían sacado al Director Regional y se había sometido a sumario a cuatro personas, quienes fueron suspendidas de sus funciones. Los sumariados eran: el Jefe Administrativo , una contadora, el Jefe del Centro de Capacitación y otro funcionario que también trabajaba en dicho Centro de Capacitación.
Comentó que el Director Regional , no estaba en este sumario, a él se le había asignado otra función, por orden de la superioridad de Sernageomín y es una situación que nunca la tuvo clara.
El sumarió se inició en enero o febrero de ese año 2009 y concluyó en septiembre u octubre, con la destitución de esas personas.
Agregó, que actualmente es funcionario de Sernageomín y sus funciones las realiza en la ciudad de Santiago, en el departamento de seguridad minera.
Explicó que su misión, era mantener operativa la dirección en cuanto a sus contactos, no sólo internos, sino que externos, esto es, los otros actores de la región, las demás actividades que se involucran con la minería. También debía restablecer la confianza de nuestro personal, que estaba en funciones y continuar con el proceso de relación externa, a nuestra institución con la región, llámese Intendencia, Seremi de Minería, Conama , etcétera. Ese fue su desempeño que realizó hasta el 30 de noviembre de 2009; fueron cuatro meses y medio aproximadamente.
Planteó que ingresó a Sernageomín hace catorce años. Su desempeñó anterior fue realizado en faenas mineras. Soy ingeniero civil metalurgista y trabajé en empresas mineras. Cuando llegó a Sernageomín, ingresó al departamento de ingeniería y gestión ambiental y, después, pasó al departamento de seguridad minera, durante los últimos cinco años.
Por otra parte, señaló que no le tocó actuar, ni tener ningún conocimiento de ese sumario. Esa fue una de las razones por las cuales se pensó en mi designación; era prudente que asumiera ese rol, mientras el sumario era ejecutado por otras personas.
Incluso, le tocó interactuar con las cuatro personas que estaban suspendidas de sus funciones, porque en su rol de Director Regional, no tenía ningún inconveniente para conversar con ellas.
En todo caso reiteró, que no participó en el sumario, lo cual era un punto a favor, en el sentido de que podía esperar a que el sumario terminara y ellos se reintegraran a sus funciones.
Además planteó, que mientras ellos estaban fuera de su rol o desempeño, la función estaba vacía y no podían buscar reemplazo, porque el cargo estaba ocupado. Estaban sólo suspendidos, pero no habían sido desvinculados de la institución, no habían cesado en sus funciones.
Por supuesto, que esa situación les ocasionaba serios problemas. No tenían a la contadora porque estaba suspendida o en vacaciones forzosas, ni al jefe administrativo, ni al director del centro de capacitación de aquella época, y eso les generaba un tremendo problema y una carga de trabajo enorme. Sin embargo, igual lograron mantener la operatividad de esa dirección regional, hasta el último día en que estuvo en esa función. Por lo tanto, aprovechó de hacer un reconocimiento para el personal que se desempeña en dicho servicio, por la lealtad y espíritu de sacrificio demostrado.
Por otra parte, señaló que en el tiempo que se desempeñó como Director Regional , no le correspondió fiscalizar a la mina San José , por cuanto, durante ese período tuvieron un desempeño sin dificultades. No sucedió ningún accidente ni grave, ni fatal, lo que habría significado tener que hacer alguna visita de inspección o fiscalización.
Comentó que era una empresa, que había hecho mejoras respecto la situación vivida anteriormente, que tenía relación con el cierre y posterior reapertura. Recordó que Sernageomín, había cerrado la mina y posteriormente, autorizó su reapertura, en el mes de abril de 2008. Por lo tanto, no tuve que hacer visitas inspectivas ni tener dedicación absoluta.
Sin embargo, le correspondió analizar una respuesta que envió la empresa, a través del Superintendente de Prevención de Riesgos , a una fiscalización hecha anteriormente. En ese informe se daba respuesta a una inspección realizada en abril de 2009, en la que se habían hecho varias observaciones, para ser más preciso, eran más de veinte. Esa respuesta llegó durante su período.
Además, analizó con su gente las respuestas, que la minera daba a esas acciones y le correspondió emitir un oficio de respuesta al superintendente de prevención de riesgos. En ese oficio se les decía, que se habían recibido las respuestas a las observaciones realizadas, las que eran muy variadas. No obstante, se agregaron algunos párrafos, que eran muy determinantes. Se les dijo, textualmente: “Sin embargo, les instamos a mantener un riguroso control en los siguientes puntos con probabilidad de afectar negativamente las operaciones y poner en peligro la integridad del personal de la faena.”. Se refería específicamente, al oficio ordinario N°6336, de fecha 10 de noviembre de 2009, que la propia empresa entregó a la Comisión. Agregó, que desconoce si se adoptaron acuerdos, referidos a los aspectos geomecánicos y si se solucionó lo relacionado con los derrumbes y con la ventilación. Había conciencia, que la empresa estaba llevando adelante varias acciones, para superar y mejorar sus estándares; no obstante, esas son recomendaciones que insistió en que se debía hacer, ese tipo de situación fue lo que se indicaba en el oficio señalado.
Comentó que no decretó una nueva inspección, por cuanto, le hizo presente al Superintendente de Prevención de Riesgos , que aún habían cosas que cumplir, por lo que lo instaba a mantener un riguroso control sobre lo planteado.
Por otra parte, señaló estar absolutamente de acuerdo, respecto que es necesario hacer modificaciones en Sernageomín, para ello es indispensable tener mayores recursos.
Al respecto, para hacer visitas inspectivas, es necesario que el inspector no concurra sólo. El inspector que debe concurrir a una visita, es un ingeniero de alta experiencia, y muy bien formado y dotado. En general, los profesionales que trabajan en Sernageomín, son así, formados afuera, y la institución los ha captado después. Y llegan a aportar con el conocimiento personal que tienen, por haber sido formado profesionalmente afuera. Pero es fundamental que un inspector no vaya solo y eso ocurre generalmente por la falta de un mayor presupuesto para contratar, un mayor número de personal.
Planteó que a su juicio, el inspector, que es un ingeniero de minas, debiera de hacerse acompañar por un ingeniero geomecánico, que es otra especialidad, por un geólogo, que es otra profesión y otra especialidad, y por un ingeniero metalurgista, puesto que las visitas se pueden encontrar con una faena que puede tener una o dos minas de rajo o una subterránea, una planta de chancado, una de molienda, una de explotación, una fundición, un puerto de embarque de sus minerales o concentrados, un tranque de relave; y eso es lo que debe hacer nuestro inspector sólo, sin otro profesional que lo acompañe y a su vez lo pueda asesorar.
Por lo que urge aumentar la dotación y además incorporar especialistas. Sernageomín, no se puede llenar sólo de ingenieros de una especialidad. Debe haber una mayor dotación en Sernageomín, de otros profesionales, por cuanto, dentro de las investigaciones que hay que realizar, hay procesos químicos, mecánicos, está el tema de la extracción, la explotación, la tronadura, y todo eso tiene que verlo una sola persona, por lo que parece que el esfuerzo es muy grande por lograr advertir y controlar lo que él visitó en su inspección.
Señaló que respecto del señor Anton Hraste , él fue Director Regional hasta el 2007 y después fue designado en el cargo de jefe del Centro de Capacitación de Sernageomín . Entiende que él y otras personas saben por qué ocurrieron aquellos cambios. Por último, desconocía lo que sucedió acerca de él.
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19. El ex Director Regional de Sernageomín , señor Rodolfo Díaz Godoy .
El señor Rodolfo Díaz , señaló que asumió el cargo de Director Regional de Sernageomín de la Región Atacama , el 1 ° de diciembre de 2009 hasta el 10 de agosto de 2009, pero fue notificado con fecha 20 de agosto de 2010.
Comentó que tratará de hacer un relato, que contempla nueves puntos que son los antecedentes personales; postulación para el cargo; organización funciones y atribuciones del cargo que le tocó desempeñar; cronología sobre los hechos relacionados con la compañía minera San Esteban, en lo que le compete; cronología de hechos relacionados con el rescate; circunstancias del término de la relación laboral de quien habla; resumen, consultas que estimen convenientes y una pequeña reflexión final.
Indicó que para el cargo de Director Regional de Atacama , postuló de acuerdo a un aviso que se publicó en el diario El Mercurio, en el mes de mayo o junio del año 2009.
Agregó que entre los meses de octubre y noviembre del mismo año, fue entrevistado por el entonces jefe del Departamento de Seguridad Minera , señor Santiago Pinilla ; por el Subdirector de Minería, señor Exequiel Yanes ; por el Director Nacional, señor Alejandro Vio ; por la jefa del Departamento Jurídico, señora Adriana Pérez , y por el jefe del Departamento de Desarrollo de las Personas , señor Rodrigo Beas . Para evitar las suspicacias que ha escuchado, aclaró que no conoce a ninguno de ellos, excepto al señor Alejando Vio, que lo conocía por estar en el ambiente minero, pues era el Director Nacional , y al señor Exequiel Yanes , que es reconocido, por ser especialista en lo referente al sistema de ventilación, que es el ámbito por lo cual, lo conoció.
Indicó que a mediados del mes de noviembre, lo llamaron de Sernageomín para informarle que fue seleccionado para ocupar el cargo de Director Regional de Atacama , situación que se hace efectiva, a partir del 1 de diciembre de 2009, directamente en la regional. Allí se hicieron las presentaciones protocolares y tuvo la suerte de conocer al señor René Rojas San Martín .
A continuación se refirió a que, cuando se hizo cargo de la regional, se encontró con una organización estructurada en la cual, se encontraba un geólogo, quién dependía de la Subdirección de Geología y Minería en Santiago, lamentablemente, faltaba otro geólogo, que integrara la estructura de la regional. En el Departamento de Ingeniería y Gestión Ambiental había una persona, que era dependiente del director. En el Departamento de Propiedad Minera había un jefe, a quien le llamaban “el encargado”, más cuatro profesionales, más un encargado de estadísticas y una secretaria. En el Departamento de Administración y Finanzas no había un profesional a cargo, sino sólo una ayudante y tres conductores.
Explicó que el Departamento de Propiedad Minera, manejaba alrededor de 400 ó 500 expedientes, que los debía conocer el Director Regional y que había que enviarlos a los tribunales. Agregó que en el año 2010, se manejaba un promedio de 400 expedientes de exploración, 130 documentos de explotación y requerimientos específicos de fiscalía. Ahora, si se producen superposiciones o posibles hurtos, también tienen que pronunciarse. Asimismo, hacen atención de público por situaciones específicas, solicitar y dar respuestas a otros organismos del Estado que les requieren, como Bienes Nacionales o la Seremi de Minería, etcétera.
Señaló, que en Gestión Ambiental tenían una profesional. Pero el Director Regional , también tenía que revisar todas las DIA y todos los EIA, los informes consolidados, ICE, y todos los documentos que aparecen en forma específica.
Indicó que en el Departamento de Minera se encuentra todo lo que es revisión y aprobación de informes. Cabe señalar que los informes, así como la resolución de aprobación de proyectos de sobre 5 mil toneladas iban a Santiago; la aprobación de vehículos para transporte de explosivos, los libros del Sernageomín, oficios, requerimientos a situaciones informadas, requerimientos específicos del día a día a petición de alguna de las autoridades, por lo cual teníamos que cambiar nuestro propio plan de acción.
Comentó que en el Departamento de Administración y Finanzas, se ve todo lo que es control de presupuesto: remesas, preparación de bases de licitación, aprobación y adjudicaciones de contratos, controles de asistencia, licencias médicas, etcétera. Cabe señalar que partimos con cero profesionales.
Es importante indicar que toda la documentación que ingresa a la oficina de Partes pasa por el Director Regional y todo lo que egresa también. Es decir, no sale ningún documento si no es con el visto bueno del Director Regional.
Por otra parte, en el Departamento de Propiedad Minera se proyectaba quedar al día en concesión minera y explotación, aproximadamente a mediados de 2011. En el fondo, se hicieron algunas modificaciones para optimizar el servicio, con el apoyo de Santiago, en materia de seguridad minera, y se plantearon para el 2011, ponerse al día con expedientes que se arrastraban desde el año 2007.
También en el DIGA, se disponía de una profesional. Luego se incorporó a un joven, sin experiencia, como apoyo, a fin de mantener a dos profesionales en terreno.
Ilustró que otra modificación que hicieron, fue relativo a la Seguridad Minera que fue la encargada que DIGA asumiera la coordinación y la responsabilidad como jefe de área de seguridad, para no provocar mayor impacto en la presencia de los inspectores.
Comentó que en el Departamento de Administración y Finanzas no se dispuso de un profesional hasta febrero. A partir de marzo comenzó un training de quién se hacía cargo. También llevaban todo lo que era la parte financiera del Centro de Capacitación, que estaba en Santiago en un proceso de cambio; tuvieron que asumir esa carga de trabajo.
En síntesis, no se disponía del personal mínimo requerido, de acuerdo a las vacantes teóricamente existentes, particularmente para Administración y Finanzas; conductor e ingeniero para el departamento de Seguridad Minera, que era lo específico. Dice teóricamente, porque no se disponía de perfiles profesionales, ni estaban bien definidos. Se imagina que a consecuencia de todo lo que relató René Rojas, era un proceso no muy ágil en el sistema público.
Planteó que a lo anterior, es necesario sumar que el 3 de enero de 2010, ocurrió el primer accidente fatal, el cual, no fue en la pequeña minería, sino que en una empresa grande como Candelaria; si se suman los requerimientos de los otros servicios; si se agrega que después hubo diez accidentes fatales, que no es algo pequeño, se observa que esto quebró la idea tradicional, de que los accidentes fatales ocurrían en un 80 ó 90 por ciento, principalmente, en la pequeña minería. Acá van ocho accidentes fatales hasta abril y mayo, y el 50 por ciento ha ocurrido en la gran minería de esa región. A nivel nacional son más de 33 los accidentes que van a la fecha. Por lo que, cuando se hizo cargo de la dirección regional, tomó la determinación de mantener la programación respecto de la seguridad minera.
Comentó que en ese momento, identificaron casi 2 mil faenas mineras activa y había que atenderlas con solo dos ingenieros-inspectores activos. Es decir, ese funcionario está cinco días de la semana, trabajando para fiscalizar el máximo, sin descuidar la calidad y sin descuidar el incremento que se les exigió en orden a subir de 458 inspecciones a 600 en los PGM para este año. Es decir, les aumentaron en un 23 ó 25 por ciento las inspecciones y les redujeron el presupuesto. En ese momento, le hizo presente al Departamento de Desarrollo de las Personas, su profunda molestia por esta situación.
Señaló que el Departamento de Desarrollo de las Personas, es el ente técnico especializado en esa materia. Cuando asumió la dirección, ese ente especializado estaba al tanto de esta realidad. Además, se le hizo ver esta situación y se les solicitaba un mayor apoyo y que se contratara el personal requerido.
Explicó que este tema lo conoce, a raíz de vivencias y experiencias que han tenido empresas con problemas. Por lo tanto, el desafío profesional no le llama la atención. Para ello, es necesario lograr los objetivos que uno, se puede plantear, pero para eso se requiere tiempo, sobre todo cuando se producen estos déficit. Obviamente, que la carga de trabajo es sobrepasada. Además, las horas de trabajo que debe dedicar el Director Regional , son absolutamente sobrepasadas, debido a que todo debe pasar por él.
Por otra parte, hay un tema de estructura organizacional y de descripción de perfiles de cargo, de atribuciones y funciones, no sólo para el Director Regional. En estricto rigor las cargas no se pueden medir, si no hay un ente especializado que se dedique a ello.
Indicó que el tema técnico es muy importante, respecto de lo que ocurrió. En la actualidad, el 70 por ciento de los costos en las empresas está destinado a recursos humanos y las empresas, hoy invierten en recursos humanos porque ahí está el funcionamiento, la calidad y los logros de la productividad de las empresas. Una institución como el Sernageomín o como cualquier institución del Estado, necesita ese tipo de inyecciones.
En relación con el perfeccionamiento, planteó que Sernageomín tiene muy buenos profesionales y hay que sacarse el sombrero frente a estos viejos.
Comentó que la dependencia jerárquica es del Director Nacional, y el Director Regional es el que recibe la instrucción. Sin embargo, por la funcionalidad del servicio, el nexo principal era directamente con los jefes de departamento. Ése era el modus operandi del servicio, por lo menos cuando estuvo como Director Regional .
Señaló que la relación con las autoridades locales, era a través del Seremi de Minería, con quien sostuvieron un buen nivel de comunicación. De hecho, muchos problemas se solucionaron bajo el apoyo técnico del Sernageomín. Es más, había problemas con el tema del material “stockeado” por la Minera Carola, había problemas en Tierra Amarilla por la polución, etcétera. La relación era buena con las autoridades. Había un buen nivel de comunicación.
Explicó que en su funcionamiento como Director Regional , existen ciertos filtros, como es el tema del medio ambiente. Para esta materia existe una profesional, reconocida por el servicio. La experiencia de hacer estudios de impacto ambiental, obviamente, hay cosas que se aprenden. Sin embargo, en Sernageomín regional en materia medioambiental, por lo menos, no se firma un documento porque sí. Primero, porque hay una profesional competente, insisto, muy reconocida, pues recurren de distintos servicios para que les brinde apoyo técnico y, segundo, porque que todos los directores hacen exactamente lo mismo: hay cosas que hay que revisar y no se puede llegar y firmar.
Comentó que el 3 de julio de 2010, ocurrió un accidente de la mina San José , por todos conocidos, respecto del que señaló que la empresa se aplicó una autosuspensión del área involucrada, que el ingeniero del Sernageomín se presentó en el lugar para proceder a la investigación, e informó que el área de suspensión, se había extendido. Agregó que el Servicio, actuó bajo los preceptos del artículo 77 del Reglamento de Seguridad Minera, que dispone que las empresas informen y que el Servicio investigue. Las determinaciones del Sernageomín son independientes de otras instituciones, pero su pronunciamiento no está por sobre lo indicado por éstas. Posteriormente, el ingeniero del Sernageomín citó a los testigos para tomarles declaración, y también a la gerencia, junto con su equipo de especialistas, para el lunes 12 de julio, para que expusieran sobre dicho accidente y aspectos relacionados con el artículo 60, del Reglamento de Seguridad Minera, de acuerdo con las instrucciones que les fueron impartidas por quien habla y por la encargada del departamento. El mismo día lunes, el señor Alejandro Bohn se excusó telefónicamente de no poder asistir, porque se encontraba en Santiago. El gerente de mina describió el accidente e hizo un análisis, que fue bastante extenso.
Reiteró que la exposición fue bastante extensa y completa. Pero si alguna conclusión habría que sacar, fue que no se repuso la fortificación existente en el lugar, que es el punto de cruzamiento en el nivel 60 nor-noreste, la cual, es una zona de veta, y, por lo tanto, hay una exigencia y una necesidad mayor. En una zona sensible a la caída de rocas, de planchones, es gravísimo e inaceptable que se haya permitido ese tipo de situación.
Por otra parte, explicó que se descargaban las mallas, por lo tanto, soltaron las planchuelas, soltaron los pernos y quedó libre; quedó el planchón con la perforación y con los pernos solamente con la lechada, y en una zona activa, con dos, tres o cuatro toneladas de peso, se empezaron a soltar. En el fondo, lo que pasó fue que el perno se soltó y el planchón se desplazó. Eso es lo que ocurrió, y es lo que va a ocurrir siempre, cuando no se tomen las medidas que corresponden. Además, lo mínimo, por último, fue haber cercado el lugar, pero tampoco se hizo. Agregó, que esto es parte del informe que la empresa les hizo llegar al Sernageomín. Por lo que desde el punto de vista técnico, el accionar de la empresa no resistía análisis.
Explicó además, que se aprovechó la oportunidad para que expusieran sobre otros aspectos relacionados con el tema, como es la proyección de la producción; la producción que tenían en ese momento, que según los antecedentes que presentaron alcanzaba a 19 ó 20 mil toneladas; espesores de placas o puentes, de 10 ó 12 metros, si mal no recuerda, y control de las tronaduras, esto es, qué tipo de frecuencia y densidad de carga estaban utilizando para los factores de carga, ya sea para el desarrollo o para la producción, que son dos enfoques totalmente diferentes.
En aquella ocasión, también explicaron que mantenían adecuados flujos de ventilación, para lo cual, se les exigió la presentación de sus aforos, pero no los tenían en ese momento. Se estableció además, un diálogo técnico entre el geólogo del servicio y su homónimo, y el geomecánico de la empresa, pero no se evidenciaron aspectos que pudieran haber sido interpretados de cuidado. Al menos, no hubo un planteamiento que les alertara al respecto, como para asimilar una mínima posibilidad de lo que ocurriría de manera posterior al 5 de agosto pasado.
Señaló que finalmente, expusieron las condiciones que presentaba el refugio. Al respecto, se les exigió aumentar la autonomía para 48 horas y para una dotación mínima de 25 personas. De igual modo, la Brigada de Emergencia se encontraba en formación, pero que tenían personal preparado para atender emergencias sobre primeros auxilios.
Ilustró que debido a las falencias detectadas, se condicionó la autorización de reanudación de los trabajos en el lugar del accidente al cumplimiento de la fortificación del lugar, presentación de sus aforos de ventilación, habilitación del refugio y otros antecedentes que, le parece, que era un procedimiento de emergencia actualizado. Pero si es necesario limitarse a lo que establece la circular N° 2.345, habría sido mucho más extensa el área de influencia. El ingeniero detectó este tipo de situaciones, este tipo de anomalías en las presentaciones efectuadas y sólo se actuó en base a la información que se poseía.
Con posterioridad, el 21 de julio le informaron que la empresa había cumplido con los requerimientos exigidos, relacionados con la causa del accidente, en particular, con la fortificación del lugar amagado y su procedimiento, así como el mejoramiento de las condiciones del refugio y otros documentos solicitados, que, como dijo, no guardan relación con las causas del accidente.
Por lo tanto, no existía algún tipo de impedimento como para no permitir su acceso a ese lugar -nivel 60 norte/norte-, lo cual, fue comunicado mediante un ordinario preparado por el Departamento de Seguridad Minera, que es el procedimiento habitual, emitido con igual fecha y firmado por mí. En ese mismo oficio ordinario, se agregó un mensaje de ratificación sobre las responsabilidades que tiene la empresa, para garantizar la integridad de los trabajadores y difundir las medidas que se adopten, que era algo que se hacía en cada escrito que se enviaba a las empresas.
Explicó que durante su gestión la mina San José , nunca estuvo cerrada. Esto lo señala, porque salieron algunos comentarios de prensa, en los que se decía que él había reabierto la mina. Eso no fue así. Lo cierto es que Sernageomín nunca cerró la mina, en su período, sólo suspendió los trabajos en el lugar del accidente. Entonces, mal podrían haber reabierto algo que nunca estuvo cerrado.
Señaló que el levantamiento definitivo de la suspensión se efectuó el 28 de julio, mediante una resolución de la Seremi de Salud, lo que demuestra la independencia y la competencia de la autoridad de cada servicio. Dicha resolución se remitió a lo que establece la circular N° 2.345 y consideró el hecho de que el Sernageomín no tenía objeciones, porque técnica y legalmente no existían razones para oponerse al levantamiento de la suspensión, a causa del accidente.
Reiteró enfáticamente, que el accidente ocurrido el 3 de julio, fue una situación puntual, que se produjo, básicamente, por una negligencia, ya que la empresa no cumplió un procedimiento, lo cual, fue testificado por los propios representantes de la empresa cuando concurrieron a declarar a la Comisión. Indudablemente, después del accidente vino el proceso de investigación, respecto del cual el nuevo Director debe tener más información, dado que no tuvo ese informe a la vista, pues ya no formaba parte de la Institución.
Indicó que respecto del accidente ocurrido el 5 de agosto, lo único que puede señalar es que durante ese período, en el que ejerció el cargo de Director Regional , no tuvo conocimiento ni recibió denuncias, que indicaran que había situaciones que pudieran representar un riesgo, que se relacionaran con el evento en cuestión o que fueran de tal gravedad. No se mencionó nada al respecto, en las reuniones internas en las que participó, en los informes que tuvo a la vista, ni en reuniones sostenidas con el seremi de Minería, con el que se reunía semanalmente durante los últimos dos meses de su gestión. Jamás se hicieron presentes los planteamientos que hoy menciona la comunidad y los dirigentes, de modo que el seremi, tampoco debe de haber tenido alguna información previa de esa situación.
Por último señaló, que tuvo reuniones con ingenieros de la Seremi de Minería, con los que habló de varios temas, pero nunca de esto. Tampoco tocaron este problema con la ACHS en las ocasiones en que le correspondió reunirse con la gerencia de esa Asociación. Jamás hablaron sobre este tema, aunque se reunieron; pero nunca surgió alguna inquietud al respecto. En la reunión que mencionó, la del día 12, donde participaron personeros del Servicio, de la empresa y representantes de los trabajadores, tampoco se entregó algún tipo de información que diera cuenta de ciertas condiciones graves que pudiera suceder o que alguien hubiera entregado algún un atisbo que les permitiera decir lo que podría ocurrir.
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20. El Director Regional , señor Mariano Gajardo Morales .
Planteó que trabajó en Sernageomín central hasta el 12 de agosto de 2010, como jefe del departamento de Geología Económica . Posteriormente, fue designado Director Regional de Atacama y se trasladó de inmediato hasta la mina San José y se presentó ante el Ministro de Minería . De esto han pasado algunos meses y se ha convertido en un fiscalizador más, a raíz de lo cual, ha visitado las 50 minas que los ingenieros fiscalizadores le informaron, que se encontraban dentro del margen crítico.
Además, ha citado a su oficina a la mayoría de los gerentes de la mediana minería, los que han concurrido con su plana mayor de gerentes a conversar sobre sus problemas. Les planteó su interés de ayudarlos respecto de la seguridad minera. Les agregó que es muy importante, prevenir para que no ocurran accidentes. Reiteró su interés de prevenir los accidentes, para no tener que cerrar algunas minas, que no practican la prevención. Además, las autoridades de los Ministerios del Trabajo y de Salud, cierran las minas con una facilidad asombrosa.
En relación con la pequeña minería, señaló que ha visitado más de treinta minas. A los representantes del Core en Copiapó les dijo, que puede cerrar todas las minas de la pequeña minería, porque, prácticamente, el 90 por ciento no cumple con los reglamentos. Por eso les indicó que esta situación, es un problema político, económico, de recursos técnicos y humanos. Si no intervenimos todos, esto va a ser un fracaso y esto va ha afectar a un grupo grande de trabajadores. Es indispensable que entre todos, superemos este problema, incluidos los funcionarios del Ministerio del Trabajo y del Ministerio de Salud. De hecho, a muchas minas ha ido a visitarlas, con representantes de la Enami y del Ministerio del Trabajo.
Ilustró que le ha tocado ingresar a las minas, con gente del Ministerio del Trabajo o del Ministerio de Salud, cosa que no había hecho anteriormente. Incluso, para estas visitas ha invitado a la Contralora Regional quien ha ido acompañada con un ingeniero de nuestro servicio, para que ella, esté en conocimiento de lo que hace Sernageomín.
Señaló que actualmente está trabajando prácticamente como un inspector más. Afortunadamente como es geólogo, tiene una gran especialidad en minería y en exploración. A raíz de lo cual, le ha tocado conocer de cinco o seis accidentes fatales, porque como es uno de los pocos geólogos que sabe de minas. Por lo tanto, está trabajando muy duro; y está dispuesto a continuar haciéndolo.
Informó, que el gobierno regional los está ayudando, ya que están conciente que no hay suficientes inspectores. El 1 ° de noviembre, tendrán cinco ingenieros para visitar las minas, con cinco camionetas y cinco GPS. Con esto, van a poder barrer la región, pero no para efectuar una inspección, sino para saber cuántas son las minas que hay realmente en la región. Han dicho que hay 2.600 minas, pero a la Enami le venden no más de mil. Pero realmente, aún no es posible saber, cuantas son las minas y cuantas son las que funcionan. Además, a estas inspecciones lo acompaña en Seremi del Trabajo, para conocer el número de trabajadores que elaboran en las minas, conocer además el nombre del dueño, las coordenadas, etc.
A continuación, se refirió a la mina San José , pero como una idea preliminar, por cuanto, aún no hay suficientes antecedentes para emitir una opinión más profunda. En todo caso, la próxima semana va a entrar a la mina junto con tres ingenieros, para ver qué es lo que pasó realmente.
Sin embargo, en función del informe geotécnico entregado por E-Mining, el cual, es muy bueno y de lo que ha conversado con la gente de la mina, ha recibido muchas declaraciones, las que le han dado un juicio preliminar sobre lo que podría haber pasado.
Al respecto, explicó que han iniciado una investigación, la cual, es obligación realizarla. Para ello, han pedido declaraciones a personeros, a mineros, a dirigentes de la mina, pero todavía les falta más personas que consultar. Lamentablemente, no han podido avanzar mucho, porque no han podido obtener la información básica sobre la historia de la mina. Agregó, que esta información la tienen los fiscales y la PDI. Por lo que, además aún no han podido entrar a la mina. Todo esto va a significar que el informe final, no se va a poder entregar muy pronto. Es una cuestión muy compleja y hay que estudiarlo muy bien. Pero en todo caso, podrá entregar algo en forma preliminar.
Comentó que a raíz de esto, ha tenido que estudiar muy bien el trabajo realizado por la empresa E-Mining, algo que es muy relevante. También sería bueno, conocer todos los antecedentes que tiene Codelco, pues podrían ser vitales para nuestro informe final sobre el accidente que ocurrió.
Por lo que explicará lo relativo a la mina San José y lo que está programado para el año 2011.
Al respecto, señaló que tiene un resumen muy simple, sobre la geología de la mina.
Indicó que el yacimiento está constituido por cuerpos mineralizados del tipo veta. La roca de caja es de diorita, felizmente, porque por ahí pudieron entrar las sondas y los rescatistas para sacar a los trabajadores. La mineralización corresponde a relleno de falla en un yacimiento de tipo rosario.
Señaló que en las profundidades, la mina se bifurca en dos vetas. Parte siendo una, pero después se bifurca en dos. Agregó que la roca es intrusiva, de buena calidad geotécnica; la veta, es de regular a mala calidad geotécnica, y la zona de contacto entre la veta y la roca intrusiva, que en términos geológicos se llama zona de cizalle, es de mala o muy mala calidad geotécnica. En su opinión, eso tuvo una relevancia importantísima, para que se produjera el accidente.
Explicó que estas características están basadas en índices de calidad medidos por técnicas de uso común en geotécnica. Para lo cual, explicará muy rápidamente como se hace.
La medición de la calidad del macizo, se logra con índices de calidad. Uno de ellos es el RMR, que representa la calidad del macizo, determinada a través de un puntaje, que varía entre cero y cien. A mayor puntaje asignado, mayor es la calidad del macizo. El RMR es utilizado para estimar la probabilidad de derrumbe en función de las dimensiones de una cavidad.
Agregó que según ese índice, la diorita tiene muy buena calidad geotécnica, pues alcanza un puntaje de 75; la veta es de regular a mala calidad geotécnica, ya que alcanza a 63 puntos. La zona de contacto, de cizalle, es de mala a muy mala calidad geotécnica, dado que sólo alcanza 20 puntos. Hay fallas en una dirección; hay fallas casi paralelas a esta misma, pero también las hay en otra dirección. O sea, desde el punto de vista estructural, la mina es de muy mala calidad.
Además, no sólo existen métodos sísmicos para controlar los problemas de una mina; también están estos otros dos métodos, que son el BRED y el método TDR.
Explicó que el método BRED, permite detectar el avance de los derrumbes, mediante un sistema de cables electrónicos. O sea, se hace un sondaje y se introduce un cable con electricidad. Si hay movimiento, el cable se corta; deja de pasar electricidad, lo cual, es posible medirlo desde afuera.
Por otra parte, está el método TDR que es más o menos parecido, pero se hace con un cable. Si el cable se corta, se sabe.
También los geotécnicos de E-Mining hicieron un estudio para ver cómo se comportaba la mina en profundidad, para trabajar en profundidad. Tal es así, que después ellos mismos explotaron la mina. ¿Por qué se fueron? No lo sé. Pero sé que trabajaron la mina y fueron contratistas de San Esteban. Al parecer, la parte inferior de la mina era trabajada de mejor forma que la superior. Está además, el sistema microsísmico que se instaló para la parte inferior de la mina. Todos los geófonos se pusieron desde ese punto hacia abajo, aproximadamente en la cota 325. Desde ese punto hacia arriba no había ningún geópono ni control de ningún tipo. ¿Por qué? Porque la empresa hizo el estudio para la explotación de la parte inferior de la mina, no para la parte superior.
Comentó que se cometió un grave error, por parte de los especialistas y de los dueños de la mina, ya que no controlaron los tremendos caserones que había en la parte superior. Había uno de hasta 200 metros verticales por 180 en la horizontal. Además, los estaban cargando, y si se carga un caserón donde la roca es de mala calidad, llega un momento en que la estructura se empieza a debilitar en la base, razón por la cual, esto otro empieza a ceder, y como es de mala calidad, quién puede decir que eso no se estaba cayendo naturalmente. Por lo que empieza a haber torque, el cual afecta la parte lateral del caserón, y como la zona es débil, llega un momento en que el piso cede y cae todo el sistema, porque está vacío en el medio. Al medio había un caserón semi lleno; cedió el piso, se llevó todo esto y, además, la carga del caserón. El presidente del comité paritario dijo: “Lo normal era que la mina crujiera mucho”.
Señaló que parte de la responsabilidad por lo sucedido es de los mineros, porque si la mina cruje mucho, sencillamente no había que entrar; había que reclamar donde correspondiera. Estos son parte de los problemas que hay que analizar.
Planteó que el presidente del comité paritario agregó que “se acumulaban muchos gases” y que “la jefatura, desde el jefe de operaciones mina hacia abajo, no eran profesionales calificados”.
Agregó que el responsable de los servicios señaló: “La distancia mínima en el nivel 540 y el 590 era de 4 metros a la rampa”. Eso es muy poco, porque lo mínimo deben ser 20 metros. Eso los obligó a construir algunos by-pass. Hay quienes dicen que fueron ocho y otros que fueron cinco; pero un minero en el cual confío me dijo que había más de 20 by-pass en la rampa.
Explicó que los by-pass se hicieron, para evitar las fracturas que se detectan en la rampa. Hay un by-pass de 90 metros, para alejarse de la zona de explotación, lo que constituía un peligro. Hay gente que le ha dicho, que hay más de veinte by-pass dentro de la mina. Un minero dice que hay tres, otro dice que hay cinco. La diferencia se puede deber a que había muchos mineros nuevos.
Por otra parte, hay una información que no puede afirmar que sea cierta. Un ingeniero le dijo, que el año pasado tuvieron que salir de emergencia cuatro veces, debido a que se llenó la mina de tierra, de polvo, y estuvieron todo el día afuera. No puede decir si esa información es cierta, pero son antecedentes que se van acumulando. Por eso, se atrevió a hacer este informe, casi irresponsablemente, basado en las declaraciones y en un libro muy bueno.
Al respecto, el ingeniero geomecánico declaró que para el monitoreo sísmico se contaba con doce acelerómetros, pero también señaló que desde el año 2009 ninguno funcionaba. ¡Los tenían abajo y no funcionaban! ¿Para qué los tenían? En última instancia se quedo callado. Tenían doce acelerómetros fuera de servicio desde el 2009. Menos mal que no declaró ante mí.
Agregó que el mismo ingeniero geomecánico, declaró que el control del problema en las zonas superiores, lo hacía colocando vidrios. Cuando hay fracturas se coloca un vidrio, porque si hay movimiento el vidrio se quiebra. Se trata de un tipo de control básico que no sirve mucho.
También declaró que la zona afectada, corresponde a un tramo de la rampa de acceso entre los niveles 400 y 265. Este es el lugar donde, según él, está el bloque, pero según el jefe del turno 1°, el bloque está hasta el nivel 190.
Planteó que el botadero se encuentra actualmente en el nivel 170. Hasta marzo de 2010, el botadero se daba por el nivel 445; o sea, ese caserón grande lo estaban rellenando con el nivel 445. Hasta diciembre de 2009 se utilizó el mismo botadero con acceso en el nivel 520. Es decir, lo estaban llenando de piedras y, por lo tanto, lo estaban debilitando el peso. Es obvio; si cae, se lleva todo, porque la mina estaba muy debilitada.
Por otra parte, del jefe de turno 2°, señaló que se acuerda de ocho by-pass, que fueron construidos por varias razones. Una de ellas, por la presencia de grietas; otra, para alejarse de la galería de producción, lo que, en el fondo, es lo mismo. Se querían alejar del caserón porque estaban en peligro. Tampoco, se contaba con los planos de la mina.
El asesor de prevención, declaró que la mina no estaba bien ventilada, que había deficiencia de oxígeno y presencia de gases, además, de polvo en el frente de trabajo. Señaló también que no se cumplía con el procedimiento de fortificación, porque en los sectores antiguos no se respetaban los estándares. Eso es muy importante.
Explicó que los niveles nuevos se estaba mejorando, porque, al aparecer, como esta empresa hizo el trabajo para los niveles inferiores, seguramente, los estándares de abajo eran mejores, pero pasaban todos los días por las partes de arriba. El asesor de prevención, creía que existía un procedimiento para el cierre de labores, pero no estaba claro, si se aplicaba totalmente. Al respecto, planteó que revisó seis caserones que estaban abandonados, que eran los más relevantes, porque estaban expuestos al tránsito y caídas de personas y equipos.
Agregó que en relación con el accidente del trabajador Gino Cortés , en su opinión, no se hizo bien el trabajo a nivel de trabajadores, como la supervisión.
Ilustró que la empresa de geotecnia E-Mining planteó que mientras más grande es la cavidad, se producen mayores problemas estructurales porque toda la tensión se disipa a las zonas aledañas, por lo tanto, existe un posterior derrumbe progresivo, controlado por el patrón estructural y la zona de cizalle, la zona deformada y caótica entre la roca de caja y la veta. Así, se define la potencialidad de la caída de rocas y socavamiento a partir del arreglo estructural y el asentamiento del bloque a partir de la interface zona de cizalle y la veta. Por lo tanto, ese fue el bloque que cayó a partir de su asentamiento entre la zona de cizalle y la veta. Es decir, cayó la zona que está al lado de la veta, que es la más débil, la peor desde el punto de vista de Geotecnia. Cayó el piso y esto se vino hacia abajo. Un millón de toneladas se vinieron abajo.
Explicó que a partir de eso, aparecen las primeras ideas acerca del desastre. Lamentablemente, son muy preliminares acerca de las razones de lo ocurrido. En todo caso, el informe que está realizando Sernageomín, tardará un tiempo más.
Al respecto, comentó que el ingeniero geomecánico que monitoreaba estructuras utilizando vidrios, son solidarios a la roca para determinar desplazamientos. Agregó, que ese sistema originó la realización de un by-pass de la rampa, de 95 metros entre los niveles 540 y 520. Acotó que hacer un by-pass de 95 metros, significa un tremendo trabajo. Pero lo hicieron, a raíz que los vidrios determinaron que había movimiento en la parte superior. Ellos sabían que había un gran peligro, sin tener ningún instrumento geotécnico sofisticado.
Por lo tanto, ese hecho fue interpretado como una señal, que habían problemas estructurales, en los niveles superiores de la mina y que eran conocidos y no controlados rigurosamente.
Señaló que a su juicio, las causas del accidente, según el ingeniero geotécnico, fueron producto de un deslizamiento súbito de un macro bloque. Ese bloque acotado por la cara del caserón, en los niveles 600 al 400, con dos fracturas, se comenzó a deslizar en la vertical al perder el confinamiento lateral, dado por la placa de seguridad; es decir, la losa ubicada entre los niveles 385 y 400. A ese nivel estaba el piso del caserón de 200 metros.
Por otra parte, indicó que el trabajo que realizaba la empresa E-Mining respecto de la parte geotécnica, estaba implementada para continuar profundizando la mina. También implementaron el sistema de geófonos, los que se instalaron desde el nivel 300 hacia abajo, pero hicieron ensayos justamente donde estaba ese gran caserón, para comparar con lo que podía pasar abajo. Por cuanto, la responsabilidad de controlar los caserones de arriba, era trabajo de los dueños de la mina, sus especialistas y técnicos. Lamentablemente, nadie controlaba la parte de arriba.
Explicó, que al debilitarse esa placa, el bloque se deslizó hacia abajo por su propio peso, atravesando la rampa en cinco puntos: los niveles 365, 345, 320, 295 y 265. Según eso, se ubica entre los niveles 400 y 265, pero, según su opinión y la de los jefes de turno, está en el nivel 190.
Comentó a título personal, que la veta y su entorno son de mala calidad geotécnica; además, los caserones superiores no eran controlados por los especialistas. Esto último es relevante. Esos caserones -uno de ellos, de 200 metros verticales- se cargaban con material estéril. El peso del material presionaba su losa, la cual, podría estar ya debilitada por socavamiento natural, porque, como es muy mala, empieza a caer. La losa fue cediendo lentamente y, por lo tanto, debilitando las cajas de la veta y la zona de contacto veta-zona de cizalle, que es de muy mala calidad geotécnica.
A raíz de aquello, a su juicio, se produjo el colapso, se cayó la losa y se deslizó el bloque junto con el material del caserón hasta el sector donde hoy se encuentra. En todo caso, reiteró que es una opinión muy preliminar, porque en un tiempo más podrá hacer un informe más detallado, más riguroso, cuando pueda entrar a la mina a comprobar este tipo de cosas.
Por último ilustró, que si le hubiera correspondido como geólogo, controlar lo sucedido con el señor Gino Cortés , seguramente habría llegado al lugar del accidente para percatarse de lo ocurrido y le habría dejado tarea a los que tenían la responsabilidad sobre la seguridad de la mina y en 15 días más, habría verificado si se hicieron los arreglos correspondientes. El geomecánico o el geólogo tendrían que haber sabido, porqué ocurrió el accidente y sobre todo que leyeron el informe sobre lo sucedido, que decía que en esa zona iba a pasar lo que pasó.
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21. El Presidente del Directorio de Codelco, señor Gerardo Jofré Miranda.
El señor Jofré inició su exposición, comentando que desea señalar que el rol que cumplió Codelco en la labor de rescate de los 33 mineros, fue esencialmente técnico; fue un rol de apoyo prestado a solicitud del Gobierno, que les pidió que la empresa pudiera designar a los técnicos y equipos, que fueron encabezados por el señor André Sougarret , con el objeto de que aportaran el conocimiento minero, que se necesitaba para efectuar la compleja labor de rescate.
Agregó que el rol que cumplió Codelco, por un período de más de dos meses, fue brindar apoyo técnico a la labor de rescate que quería hacer el Gobierno. Reiteró que el rol no fue más allá de eso.
Respecto del aspecto técnico, explicó que el rol que realizó Codelco, fue fundamentalmente de coordinación de los esfuerzos de varias empresas y también de realización directa, de muchos de los trabajos ejecutados por parte de su equipo en la zona.
Por otra parte, el rol que tuvo André Sougarret, fue dirigir el equipo de Codelco y articular sus esfuerzos con los de las otras empresas, las cuales, se alinearon detrás del objetivo común, que era lograr el rescate de los 33 mineros.
Enfatizó que el rol de Codelco, fue el de articular las labores necesarias para el rescate; no fue un rol fiscalizador ni investigador. Por lo tanto, la información que se pueda entregar, es aquella que, en razón de haber estado haciendo este trabajo, se pudo recabar en terreno.
Al estar en terreno, tuvieron la oportunidad de conocer la mina y de enterarse de lo que pasaba.
Por otra parte, se refirió a la participación que le cupo a Codelco en el rescate de los mineros atrapados, la cual, se originó ante una solicitud del Gobierno, pues el primer día de ocurrido el accidente, lo llamó el Ministro del Interior , para que enviáramos rescatistas de Andina a la zona del derrumbe, porque los antecedentes que tenían señalaban que eran los mejores calificados. Si bien ello es efectivo, cabe señalar que, en general, todos los rescatistas de Codelco, están muy bien calificados.
Por lo que el primer contingente de rescatistas que llegó al lugar, fue de Andina y de El Salvador, porque se encontraban más cerca, ellos fueron los que participaron en la primera bajada a través de la chimenea, hasta que se vieron obligados a desalojarla tras producirse un derrumbe. En ese evento, participaron también rescatistas del GOPE y algunos locales, como, por ejemplo, el señor Pedro Rivero , quien se ha hecho bastante conocido después de esta historia.
Añadió que luego de que se produjo el derrumbe, lo volvieron a llamar y le solicitaron que enviara a una persona experta en minería subterránea, que fuera la más calificada de la empresa. Por lo tanto, decidieron enviar al señor André Sougarret , gerente de minas de El Teniente , la mina subterránea más grande del mundo, quien es el que tiene una vasta experiencia, en temas de minería subterránea.
Explicó que el señor André Sougarret , concurrió al lugar del derrumbe y lo hizo acompañado con personal de todas las divisiones, pero el equipo más potente era de El Teniente, el cual, lo integraba también el señor Manuel Montecinos , además de otros funcionarios que también tuvieron roles muy importantes. Además, señaló que en una de las etapas del proceso, estuvo presente el señor Jorge Sanhueza .
Reiteró que el Gobierno llamó a Codelco y también a otras empresas privadas, para que hicieran contribuciones y financiaran parte de la operación. Por ejemplo, Collahuasi financió una máquina perforadora y otra para el “Plan B”, que fue la que realizó el acceso que definitivamente se usó. Además, hubo contribuciones de Minera Escondida en todo el proceso de perforaciones, al igual que de la minera Pucobre, que también tuvo un rol en el rescate. Hubo participación de varias empresas, algunas de las cuales, financiaron parte de los costos de la operación. En otras palabras, sus aportes fueron una especie de responsabilidad social y empresarial.
Expresó que también hubo otras empresas que prestaron servicios remunerados y que fueron contratadas, ya sea por estas empresas privadas o por Codelco, en calidad de mandante del Gobierno. En el fondo, el rol de Codelco fue contratar a distintas empresas para que hicieran labores, coordinaran los esfuerzos de esas empresas con los aportes que había de las empresas privadas, que estaban financiando a otras y que también estaban haciendo parte de las labores, y todo eso bajo un mandato y por cuenta del Gobierno, quien era el que iba a sufragar los gastos de la operación, aparte de los gastos realizados por los aportes privados.
Explicó que es muy importante señalar, que el Ministro de Minería , lideró todo el proceso del rescate y siempre la idea fue, que Codelco tuviera un rol puramente técnico y subordinados al ministro de la cartera. En ese sentido, el rol de Codelco fue de mandatario del Gobierno, para ejecutar ciertos trabajos de subordinación del equipo que envió Codelco para ponerse a disposición del Ministro de Minería , quien estaba dirigiendo, los trabajos que se hacían en la mina. Las empresas privadas eran colaboradoras y Codelco , además, tenía el rol de coordinar los esfuerzos de todas ellas, para que se dirigieran a una meta común, en lo que no hubo problemas. Las empresas privadas entendieron de esa forma el rol y así se ejecutó la operación.
En relación con los gastos involucrados en el rescate, señaló que aún se están calculando los costos finales de la operación, porque a Codelco le faltan algunos contratos y facturas por cerrar. Esperan tener todo finiquitado a la brevedad. Toda la información se la han ido entregando al Gobierno. En todo caso, hasta ahora se sabe que las cifras que se han dado a conocer son verídicas, por cuanto, el costo total debería bordear los 15 ó 20 millones de dólares, según si se incorpora o no la parte privada. Por lo tanto, el gasto estatal va a ser más o menos ése, y se descompone en dos partes: una que es la de los costos propiamente mineros, como el tema de la perforación, y otra la que corresponde a las medidas de otro tipo que se tomaron, como fue la parte logística y de abastecimiento, entre otras. De ese orden es la magnitud del costo, que tuvo la operación.
Por lo tanto, la labor nuestra ya concluyó, porque los organismos llamados a investigar y a tomar decisiones y emprender acciones respecto de la mina y su futura explotación, y sobre la minería en general, son otros, no Codelco. Obviamente, siempre tendrán la mejor disposición para hacer los aportes técnicos que les soliciten, pero la función, que fue llevar a cabo la labor del rescate, ya terminó, y en forma feliz. De aquí en adelante, sin perjuicio de la colaboración que se pueda prestar, en la medida en que les soliciten, piensan que el liderazgo y la responsabilidad respecto de quién debe tomar las medidas, acciones, precauciones y normativas que hay que adoptar, por lo tanto, no le corresponde a Codelco.
Indicó que es importante destacar, que la labor desarrollada fue sólo de rescate, no de investigación. Lo único que puede decir es que estaban las especialidades de ingeniería de minas, que se necesitaban. O sea, se pedía información topográfica, y había un topógrafo; se necesitaba alguien experto en geología y había un geólogo; si necesitaban antecedentes de geomecánica, había un geomecánico. Sin embargo, no se dedicó a investigar cómo explotaban la mina, de modo insiste que no puede emitir una opinión responsable. Lo único que hizo fue mirar hacia adelante, para ver cómo sacar a los mineros con la información que ellos le entregaron.
Dijo que si la explotación o la secuencia eran las más adecuadas para garantizar la estabilidad, la verdad es que no puede emitir una opinión responsable, porque necesita más antecedentes, y el tiempo que estuvo en la mina San José , se dedicó al rescate de los mineros. No sabe si la explotación que se hacía era la adecuada o no.
Por otra parte señaló que los valores son sustentados por el Ministerio del Interior, dicho organismo es el encargado de emitir los decretos de emergencia, que fue lo que se hizo. El Ministerio del Interior es el mandante, es quien les envió a hacer este trabajo. Esa fue la forma legal utilizada.
Además, es necesario mencionar que las empresas privadas, tampoco dudaron en mandar a su gente y ofrecer su colaboración, cuando fue pedida.
Agregó que tampoco dudaron en concurrir cuando los llamaron a colaborar en eso. Después se preocuparían del tema legal. Ante una catástrofe como ésa, el Ministerio del Interior tiene determinadas facultades; por tanto, se decretó emergencia o catástrofe y, en virtud de eso, los mandataron para cumplir esa labor, la que manejaron en una cuenta separada, siempre muy clara. Desde el principio se les dijo que no se preocuparan, porque los gastos iban a ser solventados por el Gobierno.
Por lo tanto, reiteró que actuaron mandatados por el Gobierno, para enfrentar la catástrofe en el marco de la institucionalidad del Ministerio del Interior e hicieron el trabajo por cuenta de dicho Ministerio.
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22. El Ingeniero Jefe de Minas de la División El Teniente de Codelco, señor André Sougarret Larroquet.
Explicó que su deseo es entregar todos los antecedentes que requiera la Comisión, respecto de la labor que le tocó realizar entre el lunes 9 de agosto y el 15 de octubre, cuando hizo abandono de la mina.
Señaló que en este largo período, le correspondió desarrollar todas las labores tendientes a sacar a los mineros desde el fondo de la mina, con los antecedentes que tenía a la vista, con la información que pudo recabar en el terreno mismo, y con la ayuda de muchas personas, entre ellas de Codelco y de empresas privadas que trabajaron en el rescate.
Ilustró que tuvo contacto con los dueños de la mina en su momento, quienes le ofrecieron toda su ayuda en la labor de rescate. Se contactó con alguno de los técnicos de la empresa y a partir de esa información diseñó una estrategia que les permitió el rescate exitoso, de los 33 mineros sin ningún accidente.
Además precisó que la mina San José , ha sido explotada durante más de cien años. Por lo tanto, tenía una cantidad de laboreo importante. Obviamente, en la medida en que se va llevando a cabo la explotación, se generan condiciones que permiten su explotación futura.
En relación con el accidente, planteó que es necesario contar con un mayor número de antecedentes para poder hacer un informe sobre lo sucedido. Porque no fue a la mina a hacer un estudio acabado, respecto del porque se produjo un derrumbe al interior de ella. Cuando trató de ingresar a la mina, se encontró con un megabloque. Por lo tanto, lo que se pudo comprobar en esa oportunidad fue mínimo, debido a que llegaron un día lunes y el martes tuvieron que hacer un análisis, en conjunto con el personal de la mina que estaba a cargo de ella, para que les pudieran explicar lo ocurrido y poder hacer un análisis de la situación.
Comentó que la mina parte en el nivel 800. Qué a través de la rampa de acceso bajaron al nivel 355 y se dieron cuenta, que frente al acceso a este sector, existía un bloque monolítico. O sea, no era un derrumbe como se entiende en minería, en el que se encuentra material granular, sino que era un bloque completo que se había desplazado frente al túnel, que debería haber continuado en esa dirección, bajando hacia los niveles inferiores. Esa fue la primera señal, que se trataba de un tema mayor; no era un derrumbe local.
Señaló, que posteriormente tomaron una serie de providencias, para trabajar en la mina, en lo que se refiere a monitorear geomecánicamente, es decir, saber si hay o no movimientos al interior de la rampa en la cual estaban trabajando y desarrollar labores de fortificación que facilitaran el acceso hacia los niveles inferiores, a raíz de lo cual, tomaron la decisión de bajar a la mina por la chimenea del sector donde estaba el bloque, con la idea original de acceder al nivel donde se suponía que estaban atrapados los trabajadores. Obviamente eso les tomó varios días.
Luego tuvieron acceso al nivel 320 y recorrieron, en ese nivel, el sector donde estaba el bloque, encontrándonos con la misma situación, la misma cara del bloque. Veían exactamente lo mismo. Y rodearon, a través de la rampa, el otro sector del bloque, con lo cual pudieron dimensionar su tamaño. Según nuestra estimación era de 100 metros de largo, 25 metros de ancho y unos 135 a 140 metros de profundidad. Era un bloque del orden de 700 mil toneladas.
Dijo que ello significaba que cualquier intento de fortificar o de hacer trabajos en ese sector era un riesgo mayor. Sumado a eso, el bloque se encontraba en una posición inestable. Es decir, no estaba apoyado firmemente con algún material, que les permitiera garantizar que no iba a tener movimiento adicional. Esa circunstancia les hizo concluir, que esa situación podía seguir aumentando, por lo que trabajar en torno al bloque con personas, al interior de la mina era un riesgo inaceptable. Esa situación significó elegir el camino de los sondajes. Trabajar en un bloque inestable de ese tamaño, era un riesgo que no tenía control, y que en vez de ayudar en la tarea, dificultaría más el trabajo de los rescatistas.
Agregó que luego tuvieron acceso al nivel 320 y recorrieron, en ese nivel, el sector donde estaba el bloque, encontrándose con la misma situación y la misma cara del bloque. Además, estaban rodeados, a través de la rampa y el otro sector del bloque, con lo cual pudieron dimensionar su tamaño. Según la estimación que hicieron, era de 100 metros de largo, 25 metros de ancho y unos 135 a 140 metros de profundidad. Era un bloque del orden de 700 mil toneladas.
Expresó que una segunda razón por la que se optó por los sondajes, fue que el lugar de trabajo donde se encontraban los mineros estaba en una posición distinta a la del bloque. Es decir, el bloque no afectaba el lugar donde se suponía que estaban los mineros. Por lo tanto, tampoco había que hacer un intento por mover ese bloque o realizar algún trabajo de minería. Había que buscar un nuevo acceso y por ello tomaron la determinación de seguir sólo con los sondajes.
Planteó que los sondajes fueron realizados fuera de la zona del derrumbe, o sea, al norte de donde ocurrió el hecho. La calidad de la roca, comprobada en terreno, les permitía generar un contacto y, posteriormente, un acceso seguro, que fue lo que se hizo a través de los planes que elaboraron en la segunda etapa del rescate.
En el tema de si era predecible o no el derrumbe, la verdad es que, le faltan antecedentes para dar una opinión razonablemente responsable, dado que no tiene el historial de la mina, ni cómo avanzó la explotación, ni del tipo de labores preventivas que se realizan en una faena minera, como es el monitoreo geomecánico o el desarrollo de explotación. En consecuencia, para hacer un análisis fidedigno es necesario tener todos esos antecedentes, los cuales nunca ha tenido a su disposición.
Por otra parte planteó, que a las 6 de la mañana del domingo 22 de agosto, se produjo el rompimiento del sondaje y el contacto con los mineros, aunque, probablemente, ello ocurrió unos 10 ó 15 minutos antes. Sin embargo, para efectos nuestros, esa no es la hora exacta de comprobación de que efectivamente estaban los mineros. Había un protocolo predefinido, respecto de cuándo iba a declarar en qué situación estaban los mineros una vez que tomara contacto con ellos, lo que obedecía, primero, a sacar el tren de barras de la perforación y, posteriormente, introducir una cámara de televisión con un sistema de audio que les permitiera tomar algún grado de contacto. Se siguió el protocolo y sacaron las barras de perforación. Sin embargo, mucha gente decía que había contacto y ruido en las barras, pero debe recordar que días antes también habían tenido una suerte de conexión con una cavidad, y mucha gente también creyó, que estaban golpeando las barras, pero ello, no era un medio probatorio para definir que las personas estaban allí. Sólo era un antecedente, pero no definitivo.
También es necesario recordar, que estaban trabajando con sus familiares muy cerca de las faenas, de manera que tenían que ser muy precisos y claros a la hora de definir si estaban allí y en qué situación se encontraban.
Por lo demás todos saben lo que ocurrió al sacar las barras. La información más clara, fueron las barras pintadas y los mensajes que todos conocen. Ellos se adelantaron en la información y con eso pudieron comprobar, finalmente, que los mineros estaban bien. Posteriormente, cumplieron con el protocolo de bajar una cámara de televisión y poder conversar con ellos, lo cual, fue el dato final sobre la situación real de los mineros atrapados. La hora en que se produjo esta situación, era aproximadamente la una y media de la tarde. . En todo caso, hay que recordar que sacar las barras significaba un proceso de varias horas. La cámara de televisión se envió varias horas después, aproximadamente a las cinco o seis de la tarde.
Comentó que respecto de la de la rampa y el diseño de las salidas de emergencia, para ser bien preciso, tiene que estar lo más lejos posible, considerando el peor evento geomecánico que pueda suceder.
Por otra parte, indicó que si se considera que pueda haber un derrumbe asociado a la explotación minera, uno tiene que calcular, cuál podría ser la magnitud del evento máximo y, desde allí, diseñar la salida o acceso. Por lo tanto, es parte del criterio de diseño. Añadió, que el diseño de una mina, debe revisarse en forma periódica, porque los avances de la mina van cambiando en función del conocimiento geológico y de la explotación. Inicialmente, se tiene la idea de que el yacimiento puede ser de cierto tamaño, pero una vez que empieza la explotación, su forma cambia. El proceso de transformación de la mina continúa cada vez que se suma nueva información, lo que redunda en un nuevo diseño de la faena.
Señaló que es necesario preguntarse, cómo se puede prevenir un colapso de este tamaño. Al respecto, se puede decir que esta mina, en particular, no presentaba las condiciones más extremas que puede tener una faena minera, en términos de la calidad de la roca y de su configuración geométrica, de manera que lo que requiere es un buen diseño de explotación, que conjugue seguridad y rentabilidad, y un buen análisis geomecánico global.
En relación con la fuerza de rescate, es bueno tener presente, que este es un país esencialmente minero, por lo que debe contar con personas especializadas para ese tipo de faenas.
En mérito de ello, es del caso señalar que la división El Teniente de Codelco, tiene personal muy preparado, para este tipo de emergencias, gente que cuenta con las competencias y habilidades físicas necesarias para realizar un rescate en una mina tan grande como la de El Teniente. Lo mismo ocurre en la división Andina y en la división El Salvador. Más adelante, cuando Chuquicamata comience sus explotaciones subterráneas, también deberá contar con personal de esas características.
Ilustró que es obvio que existan fuerzas de rescate de esa naturaleza, capaces de atender las necesidades de toda la comunidad minera nacional. Entiende que en Copiapó existe una unidad de ese tipo, llamada Fuerza Atacama , que agrupa a los rescatista de la zona, pero lo cierto es que, en su opinión, también sería deseable que hubiera mayor intercomunicación entre las unidades de ese tipo.
Planteó que a través del Instituto de Ingenieros de Minas de Chile, van a propiciar el desarrollo de esa actividad y el intercambio de la información que han podido recabar a partir de estas experiencias. Asimismo, pretenden generar propuestas, que les permita estar siempre preparados, para una eventualidad como la que acaban de vivir.
Reiteró, que no es posible entregar una opinión responsable sobre lo ocurrido, por cuanto es necesario tener toda la información al respecto. Pero lo que sí puede asegurar y aseverar, es que estas cosas no suceden sólo por obra de la naturaleza. Aquí no hubo una falla geológica ni algún fenómeno tectónico que supere las capacidades que se han desarrollado en la minería; este accidente obedeció a una explotación centenaria y a un cambio en la geometría, en la distribución del equilibrio natural que tiene un cerro como el que se estaba explotando.
Indicó que para ejecutar la labor de rescate, el equipo trabajó con la información que les entregaron los técnicos de la compañía minera San Esteban , como bases de información topográfica, antecedentes entregados por el geomecánico y por el geólogo, que estaban en terreno, y la información que les suministró el jefe de operaciones, todo lo cual les permitió desarrollar el concepto del rescate. Además, se reunió con los señores Bohn y Kemeny, quienes le ofrecieron todo lo que estaba a su disposición, en cuanto a técnicos e información, con lo que no tuvo mayores inconvenientes.
Comentó que el informe que se evacuó respecto de la estabilidad de la mina al momento del rescate, como comentó anteriormente, debe decir que hicieron una evaluación geomecánica una vez que accedieron al sector 320 de la mina y pudieron evaluar ese bloque. Se emitió un informe geomecánico y geotécnico respecto de la real situación y riesgo que podían correr las personas que trabajaran en el entorno de la zona donde se ubicaba el bloque, pero en ningún caso se habló de posibilidades o probabilidades de vida, porque no tenía ningún antecedente para corroborarlo.
Probablemente, alguien emitió un juicio a partir de esos antecedentes, pero lo único que podía decir era si el bloque se encontraba estable o no y si eran capaces de acceder a la mina en forma segura. Ese informe llevó a cerrarla. Imagina que todavía está vigente.
Explicó que respecto de los planos topográficos, lo único que puede indicar es que tuvieron acceso a la base de datos que les entregó el topógrafo de la empresa minera, que, básicamente, consiste en la información de las placas topográficas que se utilizan en la minería subterránea para determinar la posición geográfica cada ciertos metros del avance de las galerías. Esa información topográfica, según el estándar utilizado en Codelco, no era la más apropiada, porque no contaba con un elemento fundamental, que era la comprobación o el cierre topográfico, es decir, medir desde un punto y, después de haber hecho todas las mediciones siguientes, volver al mismo punto y certificar que no había diferencia en la medida. Esa información la solicitaron y no estaba disponible.
Otro aspecto que hay que tomar en cuenta, es que hay que tener los planos de las minas, los avances mensuales de los distintos avances mineros que se desarrollan por la explotación o por el desarrollo de algún proyecto. Esa información también la solicitaron y no estaba disponible. No quiere decir que no esté, pero cuando la solicitaron no estaba.
Por eso, se generan algunas dudas razonables respecto de si era el mejor estándar para desarrollar una obra de ingeniería, que finalmente fue la que hicieron con los sondajes y, posteriormente, con el nuevo acceso.
No se podía hacer un sondaje, sin saber exactamente hacia donde debían dirigirlo.
Agregó que a través de la información topográfica, sobre la base de datos topográficos, hicieron un modelo más sofisticado, en 3D, que les permitiera colocar la explotación minera, los accesos y los sondajes. Sobre esa base de información tomaron las decisiones respecto del rescate mismo. Cada uno de los planes, A, B y C, fue desarrollado a partir de esa información y, en su opinión, fue de utilidad.
Al respecto, clarificó que en el tercer sondaje, que sirvió para el rescate final, el hecho de desviarse en la última etapa, más allá de lo que razonablemente se había visto en los 9.500 metros de sondajes que se hicieron, fue más lejos de lo que se podía prever. Tuvieron suerte, que el tercer sondaje pinchara en una esquina de una galería. Eso les ayudó para utilizarlo en el rescate final. Evidentemente, el resto de los sondajes obedece a una planificación, a un trabajo sistemático, a mediciones que se hicieron de los mismos tiros, de sus desviaciones y, obviamente, al trabajo de los operadores, que lo hicieron bastante bien.
Ante una consulta sobre el fenómeno denominado roca explosiva, señaló que es una situación geomecánica que corresponde a la ruptura violenta de roca. Eso sucede cuando las presiones que ocurren al profundizar una mina se acercan mucho al límite de la capacidad de resistencia de la roca. En ese momento, la roca no es capaz de resistir. Cuando sucede una situación así, se entiende que se trata de una roca muy blanda, que actúa como plasticina y se deforma o si es muy rígida, como la que existe en El Teniente, la que estalla como un vidrio y eso produce una ruptura en forma violenta.
Explicó que en el caso de la mina San José, la capacidad de resistencia de la roca que falló, fue de 140 a 250 megapascales, y los esfuerzos, según los informes a los que tuvo acceso, hablaban de entre 17 y 25 megapascales. Es decir, estaban muy lejos de la capacidad de la resistencia de la roca, respecto de las presiones que se encontraban en el nivel 400 o en el 430. Por lo tanto, en su opinión, el fenómeno de estallido de roca no es posible según la información que maneja.
Por otra parte, el estudio realizado para la reapertura de la mina, que al parecer se hizo entre el 2007 y el 2008, corresponde al reinicio de la explotación de la zona más profunda de la mina, que son los niveles 90 y 44, que entiende que fue el último nivel que estaban explotando.
En relación con el estudio geomecánico, comentó que tuvo algún conocimiento de él y del tipo de fortificación que había en esa zona o sea, lo que existía en la parte profunda de la mina. Por lo que no le fue posible, saber si se estaba cumpliendo con el tipo de fortificación a que se refería el informe.
Sin embargo, indicó que en el informe se señalaban dos tipos de rocas, una que era la veta propiamente tal y otra que rodeaba la veta. En la zona que rodeaba la veta, que es a la cual tuvo acceso, se trata de una roca de muy buena competencia, y solamente indicaba fortificación puntual para aquellas zonas donde hubiera grietas razonables. Hasta el nivel 355 había fortificación puntual; no había una fortificación sistemática a lo largo de todo el túnel. Por lo tanto, era necesario tener la información, por lo menos para saber, si se cumplía con lo prometido. No tuvo acceso al nivel inferior, que era donde se estaba explotando y no supo, si se cumplió con el estándar establecido.
Enfatizó que es necesario invertir en las minas, sobre todo en el tema de seguridad y en las condiciones de trabajo. Esa es una lección que es necesario captar. Además, no existen trabajadores de primera o de segunda categoría, sino que es indispensable tener personal que trabaje dignamente y de acorde con el desarrollo del país. Por lo que es bueno sacar como lección, que para hacer minería es necesario hacer las inversiones adecuadas, porque los trabajadores merecen trabajar en labores que sean dignas.
Finalmente señaló que no conoció ningún informe geológico, sobre los recursos de reserva para determinar si tiene algún valor económico el yacimiento como tal. Depende de eso, si hay una reserva mineral que sea importante, obviamente, es un problema de inversión para mejorar los estándares, pero podría tener algún valor económico final. Eso depende de cuánto mineral de cobre u oro exista, para tomar una determinación y hacer una tasación.
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23. El Superintendente de Gestión de Producción de la Gerencia de Recursos Mineros y Desarrollo de la División El Teniente de Codelco, señor Manuel Montecinos .
Explicó que fue convocado a la mina San José, con el objeto de crear los accesos pertinentes al interior de la mina, para lo cual, nombraron a un número de trabajadores y profesionales, con los cuales trabajaron desde el lunes 9 hasta el domingo 15 de agosto, fecha en que se estableció fehacientemente la inestabilidad del megabloque y por lo tanto, se decretó el abandono del rescate desde el interior mina.
Agregó, que en el quehacer que realizó durante esa semana, tuvo contacto y se reunió con el gerente de Mina, con el jefe de Operaciones y con el jefe de turno del yacimiento San José.
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24. El Ministro de Minería , señor Laurence Golborne Riveros .
El Ministro Golborne inició su exposición, refiriéndose al derrumbe ocurrido en la mina San José , el jueves 5 de agosto pasado, alrededor de las 20 horas, cuando el Subsecretario Pablo Wagner recibió una notificación de la Seremi de la Tercera Región, por la que comunicaba que había sucedido un derrumbe en una mina de la tercera región, denominada San José .
Comentó que en ese momento iba en vuelo, junto al Presidente de la República y la comitiva presidencial hacia Quito , Ecuador . Una vez que aterrizó el avión, alrededor de las 21,00 horas, leyó el mensaje y trató de comunicarse con el Subsecretario Wagner y con el Ministro del Interior .
Agregó que a las 21,15 horas, se comunicó por primera vez con el Subsecretario Wagner y con el gerente general de la empresa San Esteban . Básicamente la conversación fue para preguntar por los antecedentes que tenía del accidente, algunos aspectos técnicos, las acciones que se estaban tomando y cómo esperaban afrontar el problema.
Finalmente, les pidió al Subsecretario Wagner y a la Ministra Merino que viajaran a la mina para saber sobre lo que había ocurrido. Ambos se embarcaron en la mañana del viernes a la mina San José. A las 8.00 horas salieron desde el Grupo 10 de la FACH, acompañados por personas del gabinete y de comunicaciones, los que llegaron a las 11.00 horas a la mina San José y se percataron de la situación existente. En ese momento habían diversos grupos de compañías de rescatistas de distintas empresas mineras, quienes habían llegado para apoyar este proceso de rescate. Eran de la mina Carola, de la mina Yamaha, personal del GOPE y otros. El personal de la minera San Esteban , en ese momento estaba tratando de coordinar el proceso de rescate. Ellos no tenían un grupo de rescate específico, por lo tanto, habían pedido ayuda a otras empresas. A esa altura de la mañana, una vez que se decantó el polvo provocado por el accidente, se intentó ingresar por el túnel, hasta donde se pudo, y se llegó hasta el nivel del derrumbe que era el nivel 355.
Comentó que durante todo ese día viernes, el equipo de rescatistas estuvo tratando de fortificar la chimenea, para iniciar un descenso a través de ella, hasta el lugar donde presumiblemente podía haber sobrevivientes, el que se estimaba que era en el nivel 100, toda vez que se tenía información, que las labores se estaban realizando bajo el nivel 65.
El refugio de la mina, se encontraba en el nivel 100 o 105, por lo tanto, era presumible que de haber sobrevivientes, ellos estuviesen ahí, en caso que de que no hubiese sido un colapso total de la mina.
Explicó que la operación de ese momento, era manejada por el gerente de operaciones de la minera San Esteban . Se pidió a los rescatistas designar a un jefe operativo. Por tal motivo, se designó al señor Arnoldo Briones , rescatista de la empresa Pucobre, para coordinar la labor de las distintas empresas rescatistas, ya que en estos procesos es necesario tener un orden respecto de quién entra y sale de la mina.
Por otra parte, la Ministra del Trabajo y Previsión Social y la Intendenta de la Tercera Región, fueron las encargadas de la parte comunicacional y del bienestar de las familias, las que empezaron a llegar la noche misma del accidente, al lugar de los hechos.
Continuó señalando que en la primera etapa, el Subsecretario Wagner y los equipos de rescate, apoyaron en la provisión de bienes y algunos elementos técnicos. En el fondo, se pusieron a disposición de quienes estaban manejando la situación.
Agregó que en esa etapa, la actividad se concentró en conseguir herramientas, elementos de rescate, cuerdas, etcétera. Los objetivos eran tres: fortificar el ducto, especialmente en el metraje 295, donde había problemas para pasar; organizar las brigadas de rescatistas y mantener tranquilas a las familias con una debida información y tratando de cubrir sus necesidades, en una zona que no estaba preparada para recibir esa cantidad de personas.
El día sábado 7 retornó a Chile desde Ecuador, lo que no fue tan simple. Llegó a Copiapó a las 4.00 horas, luego de de viajar desde Lima a Santiago y de Santiago a Copiapó y posteriormente se dirigió a la mina San José. En esta última etapa, lo acompañó el Vicepresidente Ejecutivo de Enami , señor William Díaz , a quien le pidió ayuda, dado que operaba comercialmente a través de Enami, para proveerse de los elementos técnicos.
En ese momento, inició sus relaciones con las familias afectadas, a quienes les tuvo que explicar la situación del derrumbe. En ese momento existía un nivel de desinformación muy grande. Hubo una serie de rumores que se propagaron, en el sentido que los trabajadores posiblemente estaban muertos y que se estaba ocultando la información. Tampoco se tenía claridad respecto del número de mineros atrapados.
Además cuando llegó a la mina San José , se encontraban los parlamentarios de la zona, como el Diputado Vilches , etcétera, todos tratando de colaborar con este equipo de rescatistas que intentaban encontrar un acceso a través de la chimenea.
Planteó que luego se inició una reunión de coordinación general, con el objeto de analizar el avance de las faenas, para lo cual invitaron a dicha reunión al personal de Carabineros, de la Onemi, personal técnico de las empresas de rescate, etcétera, con la idea de organizar el proceso de rescate y si encontraban alguna señal de vida una vez llegado al nivel 100. En ese momento tomaron el control de la situación, porque en ese momento había desconocimiento total respecto de quiénes y cuántos eran los afectados. A esa altura, había muchos rumores, incluso de que había personas ilegales operando en la faena, lo que fue desmentido por la empresa. En ese minuto, le pidió al prefecto Miranda , de Investigaciones, que se preocupara de cuadrar los números provistos por la empresa, por las familias y la distinta información de los relojes de turno, con el objeto de determinar cuántas personas eran las afectadas en el accidente.
Posteriormente siguieron trabajando en el rescate. A eso de las 09.00 horas, se inició el ingreso de los rescatistas por la chimenea. Alrededor de las 15.00 horas les informan que ese trabajo no era posible de continuar, pues la chimenea había colapsado, se había producido un derrumbe interior y no había mucha claridad sobre lo que había pasado. El equipo de rescatistas sintió piedras que bloquearon el paso, por lo que salieron de emergencia de esa chimenea y no se pudo continuar con el rescate por esa vía.
Por otra parte, explicó que se informó a las familias sobre lo sucedido, se informó que existía una situación muy compleja, y que no era posible hacer el rescate por el interior de la mina, por lo que las alternativas eran mucho más largas, pues debían hacerse desde afuera o por el interior mina, destapando la chimenea colapsada, aunque se desconocía la magnitud de ese colapso.
Señaló que a continuación se les explicó a las familias, sobre todo lo que se ha hecho y las alternativas que se estaban evaluando. En ese minuto había conversado sobre la conveniencia de realizar sondajes para encontrar a los mineros. Los equipos de rescate que trataron de ingresar al interior mina, inician la retirada, lo que genera mucha alarma por parte de las familias. Pero no tenía sentido contar con 150 rescatistas, para intentar un rescate desde el interior de la mina, si eso no era factible. En ese momento se solicitó al señor Alejandro Bohn , que ayude al control de la situación y que dé explicaciones a las familias, cosa que se intentó, pero no fue posible, pues las familias protestaron y hubo una situación bastante complicada.
Comentó que paralelamente a lo que se estaba haciendo, se mantuvo informado al Presidente de la República vía telefónica. Al llegar a la mina y tener los antecedentes, le comentó la magnitud del problema, que a esa altura entendían que era bastante más complejo que un rescate normal, en una faena de pequeña minería. La situación era difícil, dada la profundidad y las características de la mina.
Expresó que en ese momento debieron de estudiar, algunas alternativas de sondajes. Con tal motivo, se contactó con su jefa de gabinete, señora Luz Granier y le solicitó que consiga una máquina de sondaje que había en la zona. Durante esa noche realizó la gestión hasta que el día domingo logró llegar esa máquina a la faena. Además, consiguió la colaboración de distintas empresas mineras, en particular, de Escondida y de Collahuasi, que desde Antofagasta, enviaron máquinas de sondaje importantes, que incluía el personal especializado para apoyar la labor. En ese momento, comenzaron lentamente a tomar el control de la situación. La realidad es que el equipo técnico que hasta ese minuto estaba manejando y liderado por el señor Bohn y por el gerente de Operaciones, señor Simunovic , no estaba demasiado estructurado y se dieron cuenta, que la situación se complicaba y que requería de una acción mucho más decidida.
Señaló que el domingo 8 de agosto se concreta el plan de sondaje. Estaban trabajando en la parte técnica, para definir los puntos adecuados para realizar los sondajes. También se había trabajado en la búsqueda de los planos más exactos de la faena interior, pues para hacer un sondaje, es necesario determinar la ruta exacta tridimensional, por la cual, se quiere pasar, posicionar el punto de perforación, la acimut y la extensión que se requiere para cada uno de estos sondajes. Todo este trabajo se hizo previo a la llegada de las máquinas, porque era necesario estabilizar con bulldozer y nivelar el terreno antes de iniciar el sondaje. Posteriormente, comienzan a llegar los especialistas en sondaje y en ese momento, se desarrolla un plan de sondajes y distintas ideas de cómo abordarlos.
Ilustró que durante ese domingo, se contactó con el Presidente del Directorio de Codelco y le pidió ayuda en esta materia y con su equipo técnico, analizó quiénes podrían ser las personas más idóneas para apoyarlos. Les menciona el nombre del señor André Sougarret , un ingeniero de minas, responsable de la operación de la mina subterránea más grande del país y se envían equipos técnicos desde Codelco, viajando por tierra, llegan a la mina el domingo por la tarde.
A esta altura, el Presidente de la República había decidido suspender su viaje a Colombia, por el cambio de mando que se debía realizar en ese país. Emprendió el vuelo devuelta a Chile el sábado y aterrizó en Copiapó, donde fueron con la Ministra del Trabajo y le informaron sobre la situación que se estaba viviendo. Fue a la mina esa misma noche, se reunió con representantes de los familiares y les aseguró el compromiso del Gobierno para darles una respuesta y apoyar el proceso de rescate. Y digo “para darles una respuesta”, porque no tenían ninguna información respecto de la viabilidad de que las 33 personas, hasta ese minuto confirmadas, pudiesen o no estar vivas.
Explicó que en ese momento, tenían distintos niveles de información, sabían que había agua en el interior de la mina, pero no sabían la magnitud del derrumbe. Ese fue un tema que no supieron hasta que los encontraron. No sabían si fue un colapso completo o parcial de la mina. Sabían que había agua abajo por las máquinas de perforación que requieren el uso de ella. Presumiblemente había aire, en virtud de conversaciones con personas de la mina. Es una mina bastante antigua, que tiene un caserón, es decir, un hoyo interior muy grande. Por lo tanto, tiene mucho aire y este se filtra por distintas vías a los túneles de operación. Sabían también que había comida en el refugio, a la cual podían acceder; de acuerdo con el reglamento minero y estaba diseñada para 48 horas de sobrevivencia de los equipos de turno que trabajan en la mina. Lo que no sabían era si había heridos o si estaban todos sanos y salvos.
Planteó que durante los siguientes días se continuó desarrollando el plan de sondajes, liderado por el equipo de sondajistas. En particular, se pidió a Codelco que coordinara la labor al interior de la mina, donde se inició un trabajo de reforzamiento en forma concienzuda y muy profesional, para evitar poner en riesgo la vida de los rescatistas. Para ello se fueron reforzando los túneles en los 4 kilómetros que había hasta el nivel 355. Había partes complejas. De hecho, había grietas que fue necesario controlar. Y en el nivel 355, ya el paso estaba bloqueado -situación que comprobó personalmente- por una gran roca, que no era posible ser pasada de lado o “de guatita”, como algunos sugerían, o ser escavada. La única posibilidad era entrar por la chimenea lateral que sabían que había sido obstruida.
Posteriormente, se inició un trabajo de reforzamiento de esa chimenea en forma muy seria, colocando plataformas de madera, que garantizaran a los rescatistas trabajar de forma segura, pensando en llegar al nivel del bloqueo, estimado en el nivel 265. La idea era desbloquear la chimenea como una vía alternativa a la de los sondajes. Era una opción de supervivencia, no de rescate. Obviamente, a través de un sondaje de 5 pulgadas es imposible rescatar a alguien.
Agregó que en paralelo al proceso de sondaje, se estableció un canal de comunicación y mantención de eventuales sobrevivientes, se trabajó en el reforzamiento de túneles y chimenea para intentar un rescate interior. Este rescate iba a depender de qué tan bloqueada estuviese la chimenea.
Indicó que días después, revisando planos antiguos descubrieron otra chimenea en una zona distinta de la mina y que de no estar bloqueada se podía acceder a través de ella hasta el nivel 100. En ese momento abrigaron una nueva esperanza, que no haría necesario desbloquear la chimenea colapsada, lo cual, significaba meter gente colgando con un capacho, estar poniendo y sacando piedras, lo que iba a tomar muchos días dependiendo del nivel de bloqueo. Se podrán imaginar a una persona colgando con un capacho, sacando un metro cúbico de piedras, se podría demorar muchísimo, y ese sector, probablemente, tenía varios metros de bloqueo. Añadió, que el hecho de que existiese una chimenea alternativa, les abrió una luz de esperanza. Varios se ilusionaron con una opción más rápida.
También se estableció un equipo técnico en Santiago, en las oficinas de Codelco, liderado por el señor Fidel Báez , para que recabara toda la información que llegara de propuestas, de ideas, de sugerencias de rescate, ya sea a través del Presidente de la República o a través de la Cancillería. Además pidieron ayuda a distintas organizaciones y países para iniciar el rescate. Como llegaban muchas ideas, algunas muy ocurrentes y otras no tanto, era necesario descartar y evaluar. Al respecto, se organizaron de una manera bastante clara.
Señaló que estuvo a cargo total de la operación. Tuvieron en esto, tres grandes áreas: una dedicada al bienestar de las familias; liderada por la Intendenta señora Ximena Matas . Ella y su equipo eran responsables de todo el trabajo con las familias y sus necesidades. También trabajaron con ellos muy fuertemente los alcaldes de la zona; ellos se hicieron cargo del tema de la alimentación, de proveer agua, leña, salud, atención médica, atención a los niños, que no iban al colegio, a resolver sus problemas educacionales, problemas laborales. Reiteró que toda esa labor de bienestar de las familias, quedó a cargo de la intendencia y de la gobernación.
Por otra parte, en el ámbito de la salud, estaba a cargo del Ministro Mañalich , coordinaron toda la labor con la Asociación Chilena de Seguridad, responsables de los seguros de salud de los trabajadores. Se estableció un protocolo de alimentación ante un eventual contacto con los trabajadores atrapados, lo que iban a hacer y cómo sería el rescate, desde el punto de vista médico.
Explicó que la parte técnica estuvo bajo la conducción de André Sougarret , con tres áreas: una, directamente, reportándose a mí y a la señora Luz Granier ; en Santiago, donde se realizaba el análisis de alternativas, el tema de sondajes y el tema interior mina.
En seguida, se inició el trabajo de buscar alternativas de rescate, porque la opción del sondaje era sólo de supervivencia. Comenzaron a analizar distintas opciones, partiendo por una sonda petrolera, pero que tenía un problema de manejo con el barro, las dimensiones que tenía la máquina, los costos de cada una de esas tecnologías, las disponibilidades de estas maquinas en distintos lugares del mundo, etcétera. Vieron varias tecnologías de perforación de chimeneas, la máquina Raise Borer . Fueron todas alternativas que se analizaron.
Indicó que el equipo de sondaje trabajó en llegar a los mineros, una tarea muy difícil. Quiero destacar la labor de ese equipo, en el que participó gente de distintas empresas: Geotec, Geo Atacama , empresa minera Escondida. Era gente muy capaz, que son los verdaderos artífices del rescate, porque durante 17 días trabajaron en los procesos de sondaje hasta lograr el éxito. Que de 18 sondajes tres llegan a destino, esto no es casualidad, sino que fue un trabajo profesional de gente que, utilizando maquinarias que no estaban diseñadas para ello, lograron controlar el equipamiento.
Agregó que en el intertanto buscaron opciones técnicas, con el equipo de Santiago. Veían que los sondajes se desviaban en forma significativa. Supieron de tecnología de direccionamiento de sondajes en Australia y Estados Unidos. Trajeron especialistas y equipamientos de esos países con sentido de tremenda urgencia. La señora Luz Granier , en un rol muy importante, a las 4.00 horas de la mañana, hizo las gestiones para que se pudieran sacar los equipos de la Aduana y se pudiera trasladar a las personas a la brevedad, sin perder ningún minuto, para trabajar en la mina San José .
Planteó que en paralelo al sondaje y al análisis técnico, estaba el trabajo en la mina interior de reforzamiento y búsqueda de opciones. Durante esos 17 días tuvieron varios fracasos. Hubo desvíos de sondaje, como una constante, trabas y fallas técnicas en las máquinas. No podían pasar con ninguna máquina a más de 400 metros. Cuando íban con una máquina bien direccionada, cayó en una labor que no estaba en los planos perdiéndose el sondaje. Cuando llegaron las máquinas diamantinas direccionales de Australia y Estados Unidos, tomaron los dos sondajes más bien direccionados y se los asignaron a esas máquinas, decisión que parecía ser la más lógica en ese momento, porque la corrección de un sondaje es muy difícil; mientras más hay que corregir, el trabajo se torna más complejo.
Por lo tanto, las máquinas resultaron ser tremendamente lentas, debido a que la roca en la región es muy dura, lo cual dificultaba la situación.
Comentó que en el intertanto, se intentó bajar por la segunda chimenea, pero cuando se logró llegar a su nivel de acceso, ésta se encontraba colapsada, de manera que esa opción de trabajo interno, también desapareció. Además, en esa exploración interna se dieron cuenta, que el bloque que se había desmoronado, de cuyas dimensiones tenían sospechas, se encontraba colgando y que había grietas, que estaban creciendo al interior de la mina. Por ello, André Sougarret y el equipo técnico de trabajo interior de la mina se juntaron y adoptaron la decisión de que no se entrara más al yacimiento, reunión técnica en la que pidió, que se tomaran actas claras, porque eso implicaba que nuevamente nuestro trabajo por interior mina no iba a ser posible.
Recordó haber escuchado a los rescatistas que decían, literalmente, que entrar a la mina era un suicidio. Muchos de ellos señalaban que estarían dispuestos a entrar, pero que no permitirían que ninguno de sus compañeros lo hiciera. Debido a ello, finalmente, la decisión fue no permitir el ingreso a la mina, lo que provocó una reacción muy negativa por parte de los familiares, de las organizaciones mineras e, incluso, de distintas personas, quienes insistían, en forma reiterada, en que se debía intentar el acceso por el interior de la mina, opción a la que nunca estuvo dispuesto, ya que significaba poner en riesgo la vida de personas.
Señaló que la situación entre el 5 y el 17 de agosto, fue tremendamente dramática y muy difícil, ya que había total incertidumbre y muy poca claridad respecto de qué se podría lograr; existían distintos escenarios, desde los más variados. Durante esos 12 días se estudiaron todas las opciones que fueron presentadas, desde consultar a médiums hasta buscar opciones técnicas. No quisieron cerrar la puerta a nada que pudiese ayudarlos a encontrar a esas personas con vida.
Afortunadamente -como ya es historia conocida-, alrededor de las 06:00 horas del 22 de agosto, se llegó con un sondaje muy cerca del refugio, lo que permitió, con posterioridad, confirmar una de las teorías que tenían vigente, en cuanto a que si había sobrevivientes éstos iban a buscar el punto de contacto. Ya es sabido por todos, que ese día hubo una gran alegría, al saber que estaban vivos los 33 mineros.
Por lo tanto, el 22 de agosto la situación era distinta, toda vez que estaba muy bien planificado el trabajo técnico, para mantener con vida y en buena condición a esos trabajadores e iniciar un proceso de rescate. De hecho, el jueves 19 se había tomado la decisión con el equipo técnico de Santiago, por cuanto, ya había dado el visto bueno y también había hablado con el Presidente de la República , de iniciar la desmovilización de una máquina y partir con lo que después se llamó el Plan A, de modo que ese mismo día, se inició la desmovilización de la máquina Raise Borer .
Indicó que el Presidente de la República , le dio su visto bueno, respecto de la parte económica, ya que obviamente las cifras eran importantes, y se inició de inmediato la desmovilización de la máquina para comenzar el proceso de rescate, el cual se calculaba podría ocurrir en los primeros días de diciembre, dada la dureza de la roca. Hasta ese momento era la opción más cercana que tenían.
Comentó que en paralelo, estaban estudiando otras opciones y la utilización de máquinas petroleras. Luego de iniciado ese proceso, la gente del equipo de sondajes -a la que nuevamente entrego mi reconocimiento- empezó a trabajar una opción de rescate, a través de una de las varias líneas de sondajes que habían definido, la mayoría de las cuales iban dirigidas al refugio, muy pocas al taller, pero una de las cosas en la que insistió mucho, era en que apuntaran al taller, ya que era bastante más grande. De hecho, de los tres sondajes, el que iba al taller dio en el blanco, que tenía una distancia de 620 metros.
También el equipo de sondajistas diseñó una solución para escariar el ducto y ampliarlo, de 5 a 12 pulgadas y luego a las definitivas 28 pulgadas, con la máquina de sondaje Schramm T-130 , la que utilizaba distintos trépanos que había que importar o mandar a fabricar a Estados Unidos. La Minera Collahuasi colocó la máquina gratis, al igual que los equipos técnicos, y nosotros tuvieron que financiar los trépanos.
Explicó que finalmente llegó la máquina petrolera del Plan C, que era muy rápida, pero que requería mucho más tiempo de preparación y movilización.
Agregó que de esa forma nacieron los planes A, B y C, de los cuales, el primero en llegar al taller fue el Plan B, gracias a la creatividad y a la gran labor del equipo de sondajistas.
Señaló que durante el 22 de agosto y el 13 de octubre, los distintos planes tuvieron avances y retrocesos. Por ejemplo, el cabezal de la máquina del Plan B -que era la primera vez que se utilizaba en estas tareas- quedó atrapado y se perdieron cinco días de trabajo, pues gracias al ingenio de los sondajistas se logró rescatar una cabeza incrustada en la roca.
De ese modo, se fue construyendo la historia, hasta que lograron llegar y romper en la madrugada del domingo 8 de octubre en el refugio. Ese mismo día hicieron la prueba de bajar a través de ese sondaje la cápsula Fénix .
Ilustró que en ese momento se produjo una discusión técnica muy interesante y compleja, respecto de la conveniencia de llevar a cabo el casing o encamisado del ducto, puesto que había distintas posiciones, pero finalmente, tomaron la decisión de no hacerlo, porque la dureza de la roca era bastante buena y la información técnica que recabaron les hacía prever, que no iban a tener problemas en esa materia. No obstante, para una mayor seguridad decidieron encamisar la primera parte del ducto, hasta donde se alcanzara, decisión que fue muy acertada, porque no se pudo encamisar más de 50 ó 60 metros, debido a que la inclinación del ducto hacía que el casing se trabara, de modo que habría sido absurdo haber hecho el encamisado general. La diferencia entre encamisar todo o no hacerlo, equivalía a un par de semanas, o sea de mayor tiempo, en el caso de que hubiese sido exitoso, pues también tenía riesgos inherentes, ya que se podría haber perdido el tubo con un encamisado mal hecho.
Indicó que dos días después, se montó un sistema de izaje muy profesional, que permitió dar una mayor seguridad en el movimiento de la cápsula Fénix , la que había sido diseñada con algunas semanas de anticipación, por equipos técnicos de distinta naturaleza. Agregó que en la confección de la cápsula participó la gente de Asmar, de Codelco y de algunos que lo hicieron, en distintos detalles del aspecto técnico.
Finalmente se inició el proceso de rescate, el que afortunadamente terminó en forma exitosa el 13 de octubre pasado. Esa es la historia y la información que tiene respecto de este proceso.
En relación con los gastos efectuados en este proceso, explicó que son entre 15 y 20 millones de dólares, lo que incluye costos de vuelos de aviones FACH, vuelos comerciales, manutención, costos del Ejército, etcétera. En todo caso, se están afinando en detalle las cifras, las que han sido provistas al Consejo de Defensa del Estado para proceder a su recuperación.
Agregó que entre el 75 y el 80 por ciento de ese costo, es de financiamiento estatal y entre el 20 y el 25 por ciento corresponde a contribuciones que efectuaron distintas empresas privadas, las que en forma desinteresada apoyaron esta labor. No obstante, una vez que tengamos las cifras exactas informaremos con mayor detalle.
Por otra parte, se está estudiando reformular la estructura de fiscalización del Sernageomín. Al respecto, se tomaron medidas inmediatas una vez que se supo del accidente, pues se pusieron los antecedentes en conocimiento de la Contraloría General de la República, para que iniciara una investigación en el ámbito de su competencia, mientras que, por su parte, el Sernageomín también efectuó investigaciones sumarias internas para hacer efectivas las eventuales responsabilidades funcionarias. Previo al informe del Ministerio de Minería, el Presidente de la República , en virtud de las facultades que le otorga la ley Nº 19.882, le solicitó la renuncia al Director Nacional del Sernageomín .
Por otra parte, se está reestructurando completamente la organización del Sernageomín. Al mismo tiempo, en forma transitoria, se ha solicitado un aumento presupuestario importante, para llevar a cabo la labor de fiscalización en forma activa. Además se está buscando, a través de un concurso de la Alta Dirección Pública, al nuevo profesional que se haga cargo de ese servicio, sin perjuicio de que a raíz del análisis efectuado, es posible que cambie sus funciones o sea objeto de una reestructuración orientada a tener más facultades de fiscalización y más estructura salarial, pues uno de sus problemas es que compite por talento profesional con un sector tan dinámico y activo como la gran minería, de manera que requiere de profesionales que estén a la altura de ese desafío, los que normalmente tienen una demanda muy alta, desde el punto de vista salarial, es necesario poner el servicio en condiciones de pagar cifras adecuadas.
Adicionalmente, se está abordando un trabajo de capacitación y fomento a la actividad minera segura.
Señaló que en ese sentido, aparte de las medidas que se ha comentado, con el objeto de que los patrones de compra, consideren elementos de seguridad para acceder a la venta de minerales a la Enami, a través de esa empresa, se están desarrollando programas de fomento en la seguridad minera, porque si se va a intensificar, tanto la fiscalización, como la regulación en materia de seguridad minera, es necesario preocuparse de no generar un impacto muy grande, de una actividad tan importante en muchas zonas del país.
Por lo tanto, es necesario apoyar a los pequeños mineros, en el cumplimiento de esas normativas. Para eso, la Enami está estableciendo ciertos programas de fomento y se han aprobado presupuestos en esa dirección, a través del Programa de Apoyo a la Minería Artesanal, Pama , del Ministerio de Minería, mediante el cual, se han destinado recursos importantes. También, a través de los FNDR de las distintas regiones mineras, se ha acordado con los intendentes, una vez que sean aprobados, cifras que van a ir a apoyar esa misma labor en cada una de las regiones, de manera que el año 2011 se contará, por primera vez, con cifras generales del orden de 15 millones de dólares, destinados a apoyar el desarrollo de la seguridad minera en la pequeña minería, por la vía de la capacitación, de la regularización de faenas y de la construcción y el apoyo directo de proyectos de seguridad, como construcción de refugios, escaleramiento de chimeneas o de otros que puedan ser necesarios, para mejorar la seguridad en las faenas mineras específicas.
Señaló que la estrategia que tiene el Ministerio de Minería a este respecto, va por dos vías, mediante la fiscalización y la regularización, como brazo importante, pero también por el apoyo y el cuidado de la pequeña minería, para ponerla en regla con la estructura o tipo de compañía de quienes están produciendo minerales en el país.
Finalmente señaló que en paralelo a esa tarea, que se está llevando a cabo a nivel del Ministerio de Minería, el Presidente de la República , como es de público conocimiento, encomendó a la Ministra del Trabajo , Camila Merino liderar un equipo multidisciplinario que revise el tema de la seguridad laboral, materia en la que participamos y en la que se está ad portas, de una serie de medidas que la Ministra anunciará, para incentivar y mejorar el tema laboral, en ámbitos tan disímiles como la construcción y el transporte, incluida la minería.
Además, el Ministerio de Minería no tiene atribuciones para dar instrucciones directas a los funcionario del Sernageomín, ni para definir el quehacer diario de esa institución; sólo le corresponde participar en la definición de sus políticas, de manera que en caso de determinar que el director de la institución no está cumpliendo con sus funciones, se debe solicitar al Presidente de la República que lo remueva del cargo, lo cual, no se hizo inmediatamente después de ocurridos los hechos que se investigan, porque cuando el nuevo Gobierno asumió, el 11 de marzo, se decidió dar un tiempo, para trabajar con la gente del Sernageomín y evaluar sus capacidades técnicas.
Planteó que los problemas que hay que enfrentar para hacer de la minería, una actividad más segura, son bastante más profundos que lo que se advierte a primera vista. Sin embargo, reiteró que la minería no está entre las actividades productivas más inseguras del país. Pareciera ser que nos olvidamos de eso, hasta que ocurre un nuevo fallecimiento en otro sector productivo. Quizás no son tan dramáticos como los que ocurren en la minería, pero son igualmente impactantes para la vida de las familias de los afectados.
Respecto de si la compañía minera San Esteban estaba preparada o tenía real preocupación por la seguridad de los trabajadores, lo cierto es que no tenía conocimiento alguno respecto de esa empresa y de la mina San José, de manera que no tenía información o referencias previas en cuanto a si en esa mina había problemas de seguridad. No obstante, a la luz de los acontecimientos que he conocido con posterioridad, después de haber visto el quehacer en la mina misma, me atrevería a decir que la seguridad del personal no tenía la más alta prioridad dentro de la empresa.
Reiteró que después de haber conocido el tema de la mina, no cree que la seguridad haya sido una prioridad en la compañía minera San Esteban, toda vez que la forma en que se explotó el caserón, mirado ex post, indica que ésa fue una de las causales del accidente. Quizás la explotación de la mina fue excesiva, aunque hay que hacer la salvedad de que existían informes técnicos que, probablemente, avalaban esa decisión, lo cual debe llamar a reflexionar a quienes, de una u otra manera, participaban en la toma de decisiones.
Explicó que respecto del decreto de declaración de zona de catástrofe, hay bastantes documentos que dan cuenta de los gastos en que se incurrió, porque no obstante la exención que se estableció en virtud de la dictación de dicho decreto, se trató de ser lo más riguroso posible, con el propósito de dejar registrado en contratos al menos las partidas más grandes. Quizás no haya documentos que respalden algunas compras puntuales, como las de PVC, pero les aseguro que sí hay contratos suscritos para el movimiento de tierra, al igual que para las máquinas de sondaje de los planes A, B y C.
Todo esto fue parte del trabajo que se hizo con los equipos de Santiago. Por lo tanto, diría que más del 90 por ciento de los gastos, está absolutamente claro, documentado, con contratos, lo cual les permitirá contar con la información adecuada, para intentar obtener el resarcimiento de esos recursos por la vía judicial.
Por otra parte, hizo una secuencia de lo acontecido. A las seis de la mañana del 22 de agosto, cuando se hizo un sondaje en la galería le comunicaron lo sucedido, por lo que acudió al lugar y llegó alrededor de las seis y media. En ese momento había una gran algarabía y lo que hicieron, fue tratar de escuchar con un estetoscopio lo que ocurría a 700 metros de profundidad, a través de un tubo de acero que topa la roca, lo cual, desde el punto de refracción de onda, genera un sonido que se propaga, pero al estar topando, parte de ese sonido se disipa en la roca. Si está suspendido puede transmitirse directamente por ese medio, pero el aire, no es tan buen conductor del sonido como la roca y el metal.
Comentó que comenzaron a golpear el ducto y los mineros atrapados también golpeaban el ducto en forma insistente. Al Presidente de la República le informó a través de un mensaje SMS, pues no quiso despertarlo antes de las 6 de la mañana, que la sonda había roto en el refugio. A eso de las 8 de la mañana lo volví a llamar y le dijo: “ Presidente , creo que se escucha algo”. Mirado el hecho retrospectivamente, la verdad es que escuchaba algo tan tenue como el que se produce al golpear suavemente un vaso con un lápiz, pero no era un sonido claro que indicara que alguien los estaba respondiendo, como podría ser el que se escucha al golpear una mesa como ésta a intervalos regulares.
Le dijo al Presidente que no se atrevía a asegurar que alguien estaba respondiendo, pero que varias personas han escuchado el sonido y creían que había algo, pero le reiteró que no lo podía asegurar, porque todo podía ser producto de mi imaginación, y quedó comprometido a mantenerlo informado.
Señaló que se tomó la decisión de levantar casi 700 metros de barras de acero de 6 metros de largo cada una, las que se debían ir sacando una a una y destornillándolas, tarea que demora 4, 5 ó 6 horas.
Además recordó que cuando llegó a las 06.30 de la mañana, bajó donde estaban las familias de los mineros y recorrió alrededor de diez carpas señalando: “rompimos”, pero les pedí tranquilidad, porque cuando tuvieran la información se las iban a dar, y les solicitó que no hicieran caso a los rumores.
Al respecto, se preocupó de manejar el tema de los rumores, porque cada vez que estas cosas ocurrían o no ocurrían, aparecía gente diciendo que estaban todos los mineros muertos o estaban todos vivos. Reiteró que su mayor preocupación fue transmitirles, a las 6.30 de la mañana: “rompimos”, porque la noche anterior les había dicho, durante todo el día, que podían llegar, pero todo se adelantó, por distintas razones.
Planteó que la reunión con las familias debe haber sido alrededor de las 10 de la mañana. Allí les contó exactamente lo que está señalando. Cree haberles dicho que no había escuchado algo que le permitiera dar fe que había alguien. Si se fijan, hay una sutileza respecto de lo que le dijo al Presidente , porque siempre se preocupó de manejar las expectativas, para no generar una sobre expectativas. No dijo que no había escuchado nada; en lugar de decir “mire, creo que escuché algo.” Dije: “no puedo asegurar que escuché algo.” Ambas cosas son ciertas, sólo se trata de un matiz.
Comentó que es lógico, que las familias estaban ilusionadas, estaban muy contentas porque habían roto. Les pidió tranquilidad y les dijo que iban a levantar las barras y que en cuanto tuvieran noticias, se las darían a conocer.
Indicó que en algún momento de la mañana, habló con el Presidente de la República y supo sobre la muerte de su suegro, a pesar de lo cual, le dijo que había decidido viajar a la zona. Le dijo esa mañana, que cuando tuviera certeza de si había o no vida le iba a avisar, porque él quería venir. Cuando supo la muerte de su suegro decidió venir directamente.
Explicó que aproximadamente a las 3 de la tarde, cuando se estaba terminando de sacar las barras, en la penúltima de ellas, advirtieron que un cabezal estaba pintado de rojo, situación que se vio en la televisión. Luego de que preguntó a uno de los operadores si estaba seguro, que la barra estaba limpia al ingresar, se produjo un diálogo que también fue capturado por la televisión. En ese momento estaban muy contentos, hubo gritos y algarabía a raíz de lo sucedido.
Señaló que mientras se seguía levantando el cabezal, apareció una bolsa plástica amarilla en una hendidura, era de esas bolsas típicas de almacén, amarrada con gomas de neumático, en la que notaron que venía algo. Se generó más expectación, más algarabía. Sacaron esta bolsa con mucho cuidado, pues venía muy mojada. La televisión muestra cuando está abriendo la carta de Mario Gómez a su mujer, con lo cual, ya tenían la certeza de que había alguien y que, por lo menos, Mario Gómez estaba vivo. Por lo tanto, no tenían la certeza de nadie más, hasta ese minuto.
Agregó que mientras estaban en ese proceso, de espalda a la máquina, alguien gritó que había otro papel. Lo fui a buscar y vió que dentro del martillo venía un papel que no estaba tan mojado, que es el famoso papel “Estamos bien en el refugio los 33”.
Dijo que en ese momento se generó un estado de gracia, una verdadera epifanía, tal como se captó en algunas imágenes. Se acuerda que en ese momento el seremi Mauricio Pino , cayó de rodillas dando gracias a Dios. No recuerda cuánto tiempo habrá sido, pero fue un momento de gran algarabía.
Indicó que luego de ese primer instante, que era de mucha emoción, trató de llamar al Presidente , que estaba aterrizando. Se comunico con el aviyn presidencial y le digo: “ Presidente , están vivos.”, a lo cual le respondiy: “Yo llego allá”. No recuerda cuánto tiempo debe haber pasado, pero no debe haber sido más de media hora, cuando salieron de ahí, ya había aterrizado el Presidente en Copiapó y estaba abordando el helicóptero, que demoró siete minutos desde Copiapó hasta la mina. Lo recibieron y le pasaron el papel y con él bajaron hasta donde estaban las familias, a las que les habían pedido que se reunieran.
Ilustró que uno de los protocolos de resguardo que habían establecido, fue que cuando se produjese esa situación debían tener mucho cuidado, para dar a conocer la noticia. ¿Por qué esa preocupación? El objetivo no era ocultar el hecho y dar tiempo, sino que la verdad es que nunca se previó que a la salida de un martillo, les iban a poner el famoso papel que decía “Estamos bien en el refugio los 33.” Lo más probable es que supieran que había vida, que les golpeaban el martillo o lo marcaran. La verdad es que dentro de todas las opciones, que eran hartas, nunca pensó en un papel, porque se moja, se rompe. Para ser franco, nunca se les ocurrió esa posibilidad, ni a mí ni a nadie del equipo.
Indicó que el hecho de saber que había gente con vida, se pensó que esto iba a generar mucha especulación respecto de quiénes eran y cómo estaban. Discutieron la posibilidad de bajar cámaras para saber cuántos estaban con vida y cómo se daba la noticia a las familias. Ahora, si había heridos podían vivirse situaciones muy dramáticas, que tenían previstas. ¿Qué hubiese sucedido si hubiese habido heridos graves, con riesgo vital? Nuestra situación en esos más de cincuenta días, que pasaron hasta que los rescataron hubiese sido un drama. Imagínense tener que trabajar contra el tiempo, sabiendo que era perentorio sacarlos lo antes posible. Imagínense lo que hubiese sido si hubiera habido alguien con riesgo vital, con su familia clamando porque lo rescataran. Pensemos, por ejemplo, en alguien que tuviese gangrena u otra enfermedad que comprometiera su vida.
Explicó que el manejo de la información que tenían previsto en ese minuto era muy rígido, pero la verdad es que cuando supieron que los 33 estaban vivos, no se preocuparon más del tema. Nadie se preocupó de decir quién está, quién sale, porque la alegría era inmensa. Le avisaron al Presidente y lo fueron a buscar. Entremedio, bajó una persona que dijo que estaban todos bien. Entre ese momento y en el que bajaron, no debe haber pasado media hora. No tiene claro los tiempos, pero desmintió, categóricamente, que se haya esperado a alguien. No hubo un retraso en la entrega de la información para esperar a que el Presidente de la República la diera. La información fluyó automáticamente, porque la alegría fue demasiado grande. Si hubo algún retardo en que bajara, se debió a que esperó al Presidente para bajar con él, pero la verdad es que no estaba pensando en cómo se iba a dar la información. Había una alegría desbordante, todo el mundo gritaba, y probablemente la información debe haber llegado a las familias 5 ó 10 minutos después de que nosotros terminamos de celebrar arriba.
Por otra parte comentó que no es efectivo, que se debía esperar al Presidente de la República para que participara de estos acontecimientos. Recordó que en los días 11, 12 y 13 de octubre, cuando el rescate era una cosa inminente, la gran presión era que se estaba demorando el rescate por el viaje del Presidente . Agregó que primero se acusaba al gobierno, porque no iba a hacer casing para adelantarlo por el viaje del Presidente , y después de que estaban demorándolo, porque el Presidente estaba en Ecuador y tenía que volver antes de hacer cualquier cosa al respecto.
Es de esperar que este tema haya quedado aclarado. Recordó que en algún momento tuvo que tomar la decisión de hacer pasar a los equipos de televisión, para que filmaran el lugar del rescate y vieran que, entre otras cosas, debían mover la máquina, colocar fundaciones e instalar el sistema de izaje. Al respecto fue necesario hacer un gran trabajo de desmentido de cosas bastante absurdas, las que luego quedaron desvirtuadas por los hechos.
Comentó que hubo muchas personas que buscaban bajo el agua alguna intencionalidad política, en una labor que no la tuvo, bajo ninguna circunstancia.
Indicó que respecto de este tema, a los pocos días de ocurrido el accidente, tuvo que responder a una serie de cuestionamientos, sobre de por qué no los sacaban ya, en circunstancias de que se estaban haciendo las labores necesarias, para llevar a cabo el rescate. Además, ha debido responder varios cuestionamientos en relación, a qué se dijo que se iban a demorar 48 horas en el rescate y después solo se demoraron 24.
Señaló que algunos desconocen el principio natural del aprendizaje propio de un proceso, en el sentido de que en la medida en que éste se repite varias veces se va mejorando la eficiencia. Obviamente, nuestras estimaciones, que originalmente eran entre 36 y 38 horas, eran conservadoras, pues no consideraban las mejoras de productividad, que se obtienen cuando se repite una tarea varias veces.
Reiteró que muchas veces se cuestionan cosas como las que he señalado, pero quiero reiterar que no hubo ninguna utilización ni consideración de tipo política en las decisiones técnicas que se tomaron.
Por último planteó, que el informe que está haciendo Sernageomín, respecto de las causas del derrumbe de la mina San José, aún está en elaboración, por lo tanto, cuando llegue a nuestro poder, le enviaremos una copia a la Comisión, por lo que se espera, que esto sea en un plazo muy breve.
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25. La Ministra del Trabajo y Previsión Social , señora Camila Merino Catalán .
Inició su exposición señalando que respecto del accidente del 5 de agosto en la mina San José, de la minera San Esteban , que conmocionó al país dejando atrapados a 33 mineros por cerca de 70 días, desea indicar lo siguiente:
Comentó que recibió la noticia el mismo día del accidente y que decidió partir al día siguiente, para ver la situación de los trabajadores y sus familias. Por lo tanto, llamó al Vicepresidente de la República , señor Rodrigo Hinzpeter , y acordó viajar junto con el Subsecretario de Minería , señor Pablo Wagner .
Expresó que partieron a las 8.00 de la mañana del día 6, desde el Grupo 10 de la Fach. Además viajó con nosotros, el entonces Director Nacional de Sernageomín , señor Alejandro Vio . Llegaron cerca de las 10.30 de la mañana a Copiapó y se dirigieron a la mina San José. Allí los recibió un equipo técnico, que les informó lo complicado de la situación que había ocurrido. Se había producido un derrumbe de grandes magnitudes que partía cerca del nivel 350 de la mina. Les señalaron que había esperanzas, que el derrumbe no hubiese alcanzado a llegar al lugar donde estaban los trabajadores. Supuestamente ellos estaban en el nivel 100. Agregaron que el acceso principal o rampa estaba interrumpido a la altura del derrumbe. Por lo tanto, la estrategia era ingresar por la rampa y después seguir por la chimenea de ventilación.
Agregó, que con el Subsecretario , señor Pablo Wagner , acordaron que él se encargaba de apoyar las labores de rescate, mientras llegaba el Ministro de Minería , y yo me encargaba de ir informando sobre los avances a los familiares.
Explicó que antes de empezar con el rescate de los mineros atrapados, era necesario asegurar la chimenea de manera que no hubiera desprendimientos o derrumbes. En esta situación prestaba particular atención la chimenea a la altura del nivel 295, que debía ser reforzada en forma especial. Agregó, que el trabajo fue lento porque los equipos se cansaban y debían ser relevados.
Indicó que el Ministro de Minería llegó en la madrugada del sábado 7 de agosto, cerca de las 4.00 de la madrugada. En la mañana del sábado 7 de agosto, cerca de las 9.00 horas, finalmente se terminaron los trabajos de reforzamiento de la chimenea, y se inició la bajada de las cuadrillas de rescate de los trabajadores. Agregó que en paralelo a esto, se realizan las coordinaciones para preparar las condiciones para saber sobre los trabajadores atrapados. Sin embargo, cerca de las 15.00 horas, les informan de un segundo derrumbe, en donde uno de los rescatistas casi queda atrapado. Con esta situación, falló la acción más directa para rescatar a los mineros, y llegar a los mineros a través de los sondajes, se ve como la alternativa más factible.
Señaló que cerca de las 18.30 horas el Ministro de Minería , la intendenta Ximena Matas y quien habla, fueron al aeropuerto a recibir al Presidente de la República . En el aeropuerto tuvieron una reunión, en la que le informaron de la situación. También estaba presente el Ministro de Salud , señor Jaime Mañalich . Después de la reunión todos volvieron a la mina, acompañando al Presidente . En esa ocasión, cerca de las 22.30 el Presidente se juntó con los familiares y se comprometió a hacer todo lo humanamente posible para encontrarlos y rescatarlos con vida.
Planteó que el domingo 8 de agosto, tuvo una reunión en la intendencia, a la cual asisten el Ministro de Salud , señor Jaime Mañalich , la Intendenta, señora Ximena Matas y los Seremis. Se analizó la situación de los familiares y del campamento, considerando que el rescate tomará más tiempo de lo planeado.
Comentó que posteriormente, volvió a Santiago y esa misma tarde tuvo una reunión en La Moneda con el Ministro del Interior , señor Rodrigo Hinzpeter para informarle de la situación. Le señaló que el Ministerio del Trabajo se encargaría de monitorear la situación laboral y previsional de los trabajadores.
Señaló que días después el Presidente le encarga constituir una Comisión Asesora la cual se abocará a diagnosticar y formular las propuestas para mejorar la seguridad en el trabajo.
En relación con la labor efectuada por la Inspección del Trabajo, en el accidente del 5 agosto y la labor general de dicha institución en esta empresa, indicó que de acuerdo con los antecedentes que le entregó la Dirección del Trabajo, señaló que la Inspección del Trabajo concurrió a la mina San José aproximadamente a las 21.00 horas del 5 de agosto. A las 23.00 horas se confeccionó el acta de constatación de hechos y se procedió a la suspensión de la faena. De acuerdo a la información entregada por la Dirección del Trabajo, después de este accidente, se estableció que se efectuaron cinco fiscalizaciones la empresa y esta ha recibido multas y las materias más sancionadas dicen relación con jornadas de trabajo y descansos.
Ilustró que desde el año 2006 a la fecha, la Dirección del Trabajo ha realizado 44 fiscalizaciones, de las cuales 28 han resultado en sanciones de multas. Las materias mayormente sancionadas han sido cotizaciones previsionales, remuneraciones y negociación colectiva.
Por otra parte, se refirió a la institucionalidad que existe respecto de la seguridad laboral, y donde se enmarca la facultad de la Dirección del Trabajo.
Explicó que el país carece de una política nacional de seguridad y salud en el trabajo, que oriente una acción nacional o sectorial en los términos planteados por el Convenio 187 de la OIT. Por lo tanto, se trata de una institucionalidad esencialmente dispersa y una diversidad de órganos públicos con competencias y atribuciones en la materia, a veces parcelada y otras veces superpuesta.
Señaló que en primer lugar, es necesario recordar que la primera responsabilidad es del empleador. El artículo Nº 184 del Código del Trabajo expresa lo siguiente: “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.”.
Por otra parte, en materia de fiscalización en las empresas mineras se distinguen tres entidades: la Dirección del Trabajo, las Seremis de Salud y Sernageomín.
Agregó que la Dirección del Trabajo es un servicio público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Ejecutivo a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y se rige por su ley orgánica y por el DL N° 3.501. A la Dirección del Trabajo, le corresponde fiscalizar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en los lugares de trabajo.
Indicó que el artículo Nº 184 del libro 2 de la protección de los trabajadores del Código del Trabajo, dispone: “Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo Nº 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otro servicio del Estado, en virtud de las leyes que los rijan.”.
A su vez, en el artículo Nº 191 del mismo libro aclara lo siguiente: “La Dirección del Trabajo, de las materias que trata este título, podrá controlar el cumplimiento de las medidas básicas legalmente exigibles relativas al adecuado funcionamiento de las instalaciones, máquinas, equipos e instrumentos de trabajo.”.
Sin perjuicio de lo anterior, para ordenar quién tiene competencia dentro de los diferentes organismos fiscalizadores, indica lo siguiente: “Cada vez que uno de los servicios facultados para fiscalizar la aplicación de las normas de higiene y seguridad se constituye en visita inspectiva en un centro, obra o puesto de trabajo, los demás servicios deberán abstenerse de intervenir respecto de las materias que están siendo fiscalizadas, en tanto no se haya dado total término al respectivo procedimiento.”.
Señaló que además en el caso de un reclamo fundado en razones de orden técnico, la Dirección del Trabajo deberá solicitar un informe a la autoridad especializada en la materia y resolver en lo técnico, en conformidad a dicho informe. En el caso del sector minero, esta autoridad es Sernageomín.
Comentó que la Secretaría Ministerial de Salud es un organismo que tiene un rol normativo y fiscalizador en materia de higiene y seguridad, en los lugares de trabajo y respecto de los organismos administrativos de seguros de accidentes del trabajo, en virtud de la ley N° 16.744 y del Código Sanitario.
Por otra parte, indicó que a las secretarías regionales ministeriales de Salud, de acuerdo al artículo 65 de la ley N° 16.744, les corresponderá la competencia general en materia de supervigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, cualesquiera sean las actividades que en ellos se realice.
El artículo 68 dispone que las empresas o entidades deberán implementar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriba directamente el Servicio Nacional de Salud, la Seremi de Salud, o, en su caso, el respectivo organismo administrador a que se encuentren afectas, el que deberá indicarlas de acuerdo con las normas y reglamentaciones vigentes.
Explicó que el tercer organismo fiscalizador, el Sernageomín, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Ejecutivo a través del Ministerio de Minería. Entre otros roles le corresponde la fiscalización en materia de control de riesgo de accidentes a las empresas y a los trabajadores que desarrollen actividades en el sector minero. Esta actividad tiene su base legal en la ley orgánica del Servicio y se encuentra enmarcada dentro del Reglamento de Seguridad Minera. Sus principales funciones son:
1.- Controlar y fiscalizar el cumplimiento de las normas y exigencias establecidas por el presente Reglamento y de aquellas dictadas por el propio Servicio en el ejercicio de sus facultades.
2.- Investigar los accidentes de trabajo, con lesiones a las personas, daños graves a la propiedad, que el Servicio estime conveniente. Sin perjuicio de lo anterior, siempre deberá investigar aquellos accidentes que hayan causado la muerte de algún trabajador.
3.- Exigir el cumplimiento de las acciones correctivas que resulten de las dos atribuciones anteriores.
4.- Proponer la dictación de normas, instructivos, circulares y desarrollar todo tipo de actividades de carácter preventivo, tendientes a optimizar los estándares de seguridad en la industria extractiva minera.
Planteó que el Reglamento de Seguridad Minera tiene por objeto establecer el marco regulatorio general, a que deben someterse las faenas de la industria extractiva minera nacional para que en primer lugar, proteja la vida e integridad física de las personas que se desempeñan en dicha industria y de aquellas, que bajo circunstancias específicas y definidas están ligadas a ellas y, segundo, proteja las instalaciones e infraestructura que hacen posible las operaciones mineras y, por ende, la continuidad de sus procesos.
Además, el Reglamento de Seguridad Minera le otorga a sus disposiciones un carácter preferente en relación a las demás normativas vigentes sobre la misma materia. Así, su artículo 3° señala: “Sin perjuicio de las disposiciones contenidas en este Reglamento, serán igualmente aplicables a la industria extractiva minera aquellas normas de seguridad, contenidas en la reglamentación nacional, en tanto sean compatibles con ésta.”.
En tanto, su artículo 4° otorga al Sernageomín la competencia general y exclusiva -el concepto “exclusiva” es muy importante- en la aplicación y fiscalización del cumplimiento de este Reglamento.
Ilustró que el marco legal, en caso de un accidente grave o fatal, el artículo 76 de la ley N° 16.744, señala la obligación de las empresas de denunciar todo accidente al organismo administrador respectivo y obliga, a notificar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, la ocurrencia de un accidente fatal o grave. En ese caso, la empresa debe suspender de forma inmediata las faenas afectadas.
Además, la reanudación de faenas sólo se podrá efectuar, previa fiscalización del organismo competente y una vez que se hayan verificado y subsanado las deficiencias constatadas.
Señaló que para el caso de las faenas mineras, el Sernageomín, en su resolución N° 789, indica que la empresa deberá informar por escrito al Servicio el cumplimiento de las acciones correctivas establecidas por nuestro fiscalizador y que tengan estrecha relación, con las faenas autosuspendidas, siendo éstas de cargo del mandante o de alguna de sus empresas contratistas. Sernageomín debe verificar que estas medidas han sido implementadas y establecer si proceden otras medidas de mediano plazo, tendientes a fortalecer otras áreas, en que los factores contribuyentes a este evento pudieran estar presentes.
También el Director Nacional procederá a emitir un informe de reanudación de faena, donde se establece el fin de la emergencia que dio origen a la autosuspensión. El informe de reanudación de faena debe ser dirigido a la Inspección del Trabajo o Seremi de Salud respectivo, según corresponda.
Agregó que la circular N° 2.378 dispone: “La reanudación de faenas podrá ser autorizada por la Inspección del Trabajo o por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, dependiendo de cuál de los dos efectuó la fiscalización y constató la suspensión, sin que sea necesario que ambos la autoricen.”.
Respecto del accidente del señor Gino Cortés , ocurrido el 3 de julio de 2010, explicó que fue la Seremi de Salud quien llegó primero, por lo que la Inspección del Trabajo debía abstenerse. Sin perjuicio de lo anterior, la Inspección del Trabajo realizó un proceso de fiscalización para revisar incumplimientos de la ley laboral. Este proceso de fiscalización de un accidente dura, generalmente, más de 20 días hábiles, pues se requiere efectuar visitas, entrevistas, recibir informes de otros organismos técnicos que, a su vez, tienen plazo para su elaboración. Por ejemplo, según se le ha informado en la Inspección del Trabajo, el informe de la Asociación Chilena de Seguridad fue entregado por la empresa San Estaban el 30 julio. En el caso del accidente del señor Gino Cortés , el informe completo estuvo disponible el 6 de agosto.
Finalmente, se refirió a que cada año mueren en Chile más de 400 personas en accidentes de trabajo. La tasa de mortalidad se ha mantenido constante los últimos años en 6,5 por 100 mil trabajadores y sube a 8,6 por 100 mil trabajadores, incluyendo los accidentes de trayecto.
Señaló que para mejorar la seguridad del país, se requiere del compromiso de todos. Se puede bajar el número de accidentes y situarnos a los niveles de países desarrollados. El Gobierno está comprometido a realizar los cambios que se requieren. El Presidente de la República , Sebastián Piñera , generó una comisión para hacer un diagnóstico y propuestas para mejorar la seguridad en el trabajo. Agregó que dicha comisión, en un esfuerzo inédito, recibió a más de 220 organizaciones de trabajadores, empleadores y expertos en audiencias, desde Arica a Punta Arenas. La comisión ya emitió su primer informe y el Gobierno ya ha acogido 11 propuestas para empezar a trabajar. Muchas de estas propuestas son proyectos de ley y se requerirá el apoyo de ustedes, los parlamentarios para su aprobación.
Planteó que el trabajo de la comisión termina el 22 de noviembre, pero las propuestas en que ya están trabajando, son las siguientes:
Primero, habrá una política nacional de seguridad y de salud en el trabajo. Este instrumento integrará las políticas públicas en la materia y unificará las directrices de las entidades en el sector. Además, la política fijará metas cuantitativas, para reducir la tasa de accidentes y fatalidad en el país y plazos para cumplirla.
Segundo, en los próximos días se enviará al Congreso Nacional, un proyecto de acuerdo para ratificar el Convenio 187 de la OIT. En particular, el convenio obliga al país a elaborar una política nacional de seguridad, mantener un sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo y aplicar un programa nacional en la materia.
Tercero, se establecerá un Consejo Consultivo de Seguridad Laboral con participación de trabajadores, empleadores y expertos. Con el Consejo aseguraremos que todas las partes interesadas sean partícipes de los procesos de definición de la política nacional de seguridad y de preparación de los estándares que se fijen.
Cuarto, se reformará la Superintendencia de Seguridad Social, para fortalecer su rol en materia de desarrollo de normativas y estándares en seguridad laboral, sistemas de información y política de prevención de riesgos.
Quinto, se fortalecerá la Dirección del Trabajo, radicando en esta entidad la responsabilidad de fiscalización de las normas generales de seguridad y salud en el trabajo. La Dirección del Trabajo, será la única en reanudar una faena.
Sexto, se establecerán nuevos procedimientos de fiscalización basados en un sistema de autoevaluación asistida para empresas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Séptimo, se perfeccionará el régimen de sanciones, de manera de entregar los incentivos correctos y castigar a los reincidentes.
Octavo, se establecerá un sistema nacional de información de seguridad y salud laboral, que servirá como instrumento principal para evaluar y diseñar políticas de seguridad laboral. Este sistema integrará estadísticas de las mutuales con las del ICL que hoy están dispersas. Además, incluirá información desagregada, según fuentes de notificación; causas de los siniestros, cobertura de la fiscalización y actividades de prevención. Se iniciarán esfuerzos para incluir estadísticas de la población no cubierta por el seguro, de la cual hoy no disponemos información. El grueso de ella está en la gente que hoy está cubierta por la ley Nº 16.744.
También, se mejorará la información sobre enfermedades profesionales, respecto de las cuales hoy hay un claro subreporte. Además, se usarán metodologías que nos permitirán compararnos con otros países.
Noveno, se establecerá la obligación de designar un monitor en prevención de riesgo para empresas con menos de 25 y más de 10 trabajadores.
Décimo, se creará un fondo concursable para capacitar en prevención a las Pymes.
^@#@^Decimoprimero, se incorporarán conceptos de prevención en los programas de educación, porque estamos convencidos que la seguridad es un valor que tiene que estar presente siempre, no sólo en el trabajo, sino que también en nuestra vida.
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26. El Subsecretario de Minería , señor Pablo Wagner San Martín .
Inició su exposición en calidad de Ministro subrogante de Minería , y señaló que complementará lo que ha dicho la Ministro del Trabajo y Previsión Social, señora Camila Merino , en tres aspectos, el primero de los cuales dice relación con el proceso que se llevó a cabo en la mina.
Explicó que efectivamente llegaron juntos con la Ministra del Trabajo y que lo primero que hicieron fue organizar el proceso del rescate, el que era extremadamente complejo, especialmente en este tipo de minas, en las que siempre hay alguna salida que uno cree que es el camino más sencillo, en este caso, una chimenea o un ducto de ventilación, como se llama técnicamente.
Señaló que junto con la Ministra , movilizaron cientos de personas, entre ellas siete u ocho brigadas de rescatistas, y coordinaron el trabajo de fortificación de la mina. Eso involucró, prácticamente, más de 30 horas, desde el momento en que se hizo el análisis de lo que estaba sucediendo, hasta la fortificación en el nivel 295, en el que tuvieron que desarrollar un trabajo muy complejo, pero finalmente no se pudo ocupar esa vía.
Posteriormente, se efectuó un trabajo de precisión extremadamente importante, porque los sondajes tienen por objeto sacar tomas de muestras para que mediante análisis de laboratorio, se pueda determinar la ley del mineral, pero no están hechas para llegar a puntos precisos, de modo que la labor posterior fue muy lenta y compleja.
Por lo tanto, en el primer momento se decidió ir por el área de la fortificación, en el nivel 295, lo que los debió haber demorado, aproximadamente, de 15 a 20 horas.
Agregó que lamentablemente, dentro de las posibilidades estaba el peligro de que se produjera un derrumbe, de manera que llevaron aproximadamente siete equipos de rescate.
Comentó que en los días posteriores tomaron la decisión de hacer sondajes, proceso técnico que se inició el 8 de agosto y para el cual, se trasladaron dos máquinas, una de ellas desde Copiapó . Además, solicitaron el apoyo de Codelco, del cual conocieron el equipo de rescatistas y de trabajo de la división El Teniente.
Por lo tanto, hicieron técnicamente lo que les correspondía y desarrollaron un proceso que ustedes conocieron, por lo que se implementó con la mayor velocidad posible los modelos de sondaje y el sistema de rescate posterior.
Por otra parte indicó, que cuando llegaron al Ministerio, se dieron cuenta que existía una gran distancia entre la modernización del sector minero y la institucionalidad pública.
Señaló que con anterioridad a 1988, la producción de cobre en Chile estaba a cargo de Codelco y no existía mayor inversión privada. Luego se produjo un proceso de modernización muy profundo, pero que no estuvo acompañado con la respectiva modernización de la institucionalidad pública, lo que no los lleva a pensar cuales son los cambios que se deben hacer. Al respecto uno de los cuales, tiene que ver con los procesos de fiscalización y seguridad minera, lo que es muy relevante.
Para efectuar una buena fiscalización, se aumentó en 9 mil millones de pesos, el presupuesto de Sernageomín , con el objeto de fortalecer ese organismo. Agregó, que en los últimos cinco años los fiscalizadores subieron de 11 a 18, pero en un año se incrementarán de 18 a 45, a los que se sumarán todos los equipos de apoyo que contempla el modelo de fiscalización, como geólogos, abogados y geomecánicos, de manera que habrá más de cien personas dedicadas a esa labor.
Planteó que junto con aumentar los recursos están haciendo un cambio cualitativo muy importante en esa materia. Con los actuales recursos se han fiscalizado aproximadamente 2.400 faenas, pero en el futuro desean llegar a las 4 mil, cifra cercana al total de las existentes, sin perjuicio de que su número varía, de acuerdo con las fluctuaciones del precio del cobre, cuyo precio en la actualidad está en torno a los 4 dólares la libra, de modo que existe el interés de nuevos operadores, por entrar al negocio.
Expuso, que se requiere contar con un proceso de fiscalización en constante desarrollo y explorar, a futuro, modelos de fiscalización con sistemas de externalización que les permitan focalizarse en distintas áreas. Por lo que se está haciendo un esfuerzo cualitativo en términos de recursos, de calidad y de modelos de fiscalización.
Señaló que la Ministra Merino , ha dirigido un equipo muy importante en materia de seguridad laboral y se ha creado grupo interno, presidido por el señor Juan Luis Ossa , de cuyo trabajo a fin de este mes habrá un informe que les dará las líneas para guiar los efectos de la seguridad minera, los procesos que se van hacer y los cambios que se realizarán, tienden en avanzar en una institucionalidad distinta, probablemente asociada a una superintendencia de minería, con regulación de las compañías, informaciones estadísticas y con procesos de fiscalización más profesionales, mejores, adecuados y llevados a los estándares de la industria actual, que invertirá 50 mil millones de dólares en los próximos ocho años, lo que representa la inversión más grande y profunda que se haya hecho en la historia de nuestra industria en los últimos 200 años.
Explicó que para lograr lo planteado, se debe contar con una institucionalidad adecuada de fiscalización y organización de la industria minera, distinta a la investigación geológica, que es sumamente relevante. Por eso, es que dentro de la estructura de Sernageomín, han propuesto un aumento en los recursos, los que serán destinados, en parte importante, al plan nacional de geología, que será el primero de geología básica, que les permita competir con otros países en el desarrollo de la exploración y, adicionalmente, tener los recursos suficientes para hacer los primeros programas de riesgo y planos o mapas de peligro, que les permitan ubicar la infraestructura relacionada con caminos, energía, vivienda, etcétera. Con esto se espera que ésas sean las primeras bases, para que después se puedan elaborar estudios más profundos de la ubicación.
Por lo tanto, es necesario tener en cuenta que a raíz del último terremoto, Sernageomín elaboró 59 informes sobre regulación y movimientos de distintas ciudades o localizaciones, así como otros muy importantes sobre centrales eléctricas o procesos de energía, institucionalidad que también debe contar con recursos, organización e información, porque es un trabajo permanente que nos va a acompañar al menos por los próximos diez. En ese sentido, los siguientes pasos que se deben dar, consisten en recabar los antecedentes necesarios para efectuar el cambio de la institucionalidad y reforzar los equipos humanos, a través del sistema de Alta Dirección Pública.
Reiteró que existe un compromiso muy profundo con los programas de seguridad, con el fortalecimiento de la institucionalidad que lo guía y, además, con el reforzamiento de los equipos técnicos que son necesarios en una industria que está creciendo y que va a ser el motor del desarrollo del país.
Sin embargo, existe conciencia de que nunca se va a tener una baja sustancial en los accidentes, si no somos capaces de ir incorporando, cada vez más, la cultura y la conciencia de la seguridad. Para el Ministerio, el valor más importante es la seguridad al interior de los yacimientos, de manera que hay que seguir trabajando en eso.
Por otra parte, señaló que existen minas de gran tamaño, en grandes yacimientos y la tasa de accidentes es bajísima, tanto por el índice de frecuencia respecto del millón de horas trabajadas, como de la cantidad de trabajadores que hay. Sin embargo, en otros segmentos de la minería que no ocurre lo mismo, de manera que es necesario reforzar ese trabajo desde el punto de vista de la conciencia, de la capacitación, de la programación, de la planificación y de la presencia de prevencionistas de riesgo al interior de cada uno de los yacimientos, trabajo que harán en conjunto con toda la institucionalidad.
Explicó que hay empresas que han logrado tener pocos accidentes, gracias a que el personal que trabaja en ellas están comprometidos con la seguridad. Para todos los gerentes, para todos los trabajadores, para todos los funcionarios, desde aquel que barre hasta el gerente general, la seguridad es su valor más importante. Eso es necesario llevarlo a la pequeña y mediana minería como un valor fundamental, como un valor de la cultura, como parte de los procedimientos y de la metodología de trabajo.
Comentó que los esfuerzos que hace el Ministerio, será el más grande que se haya hecho nunca, en términos de seguridad minera. Jamás en la historia se ha aumentado a tal nivel, la cantidad de recursos ni han destinado tal nivel de inyección de nuevos proyectos a eso. Agregó que entre las distintas áreas que se ven en el Ministerio, tanto la Enami como el Ministerio de Minería, los fondos del FNDR, se puede llegar a una cifra de entre 8 mil y 10 mil millones para proyectos de seguridad minera, al interior de los yacimientos de menores recursos en nuestro país al 2011.
Finalmente indicó, que si bien es un esfuerzo enorme, en conjunto con el Ministerio del Trabajo y los organismos respectivos, van a seguir trabajando en todo lo que los ayude a crear esa conciencia. Para lograr esa tarea fundamental cuentan con ese programa y están dando pasos con celeridad, con el propósito de empezar a concretar los primeros proyectos y planes piloto, que les permita llevar a cabo la tremenda tarea de mejorar la seguridad al interior de las minas.
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24. El minero señor Juan Illanes .
El señor Juan Illanes agradeció el apoyo recibido a todo nivel, desde que se produjo el derrumbe de la mina, por lo que manifestó que se siente enormemente comprometido con muchas personas.
Manifestó su interés de poder aportar a esta Comisión, con lo que se pueda para esclarecer los hechos ocurridos. Además, es de su mayor interés poder aclarar dudas que puedan tener al respecto.
Informó que trabajó para la minera San Esteban Primera, desde el 15 de noviembre de 2009 y lo hizo a través de la empresa contratista Armamic . Llegó a la empresa para hacer turnos de siete por siete, que es una oferta tentadora, por cuanto se pagaba una remuneración interesante.
En relación con la fiscalización, es de interés entregar algún tipo de aporte. Es muy difícil que un trabajador, pueda estar atento a la visita que recibe el guardia y que la dirige a la oficina del dueño. Eso en muy pocas partes se ve eso.
Señaló que lo lógico es que las empresas funcionen con profesionales que tengan una transparencia total. Eso ocurre en Codelco, en Escondida, en Disputada, es decir, en la gran minería que tiene gente comprometida con muchas cosas. Incluso, el trato con el personal es diferente.
Recordó haber llegado en 1992 a trabajar en la minería y haber estado sentado a la mesa, comiendo con el gerente de prevención de riesgos, en circunstancias de que era un simple contratista. Eso fue asombroso, porque le mostró que él, con su cargo, no había una discriminación de horario ni de personas y si había un espacio en la mesa, se podía sentar a conversar y compartir con todos. En otras partes no se dan esas cosas, y cree que esto pasa por la ética y el profesionalismo. Lamentablemente en la empresa San Esteban Primera, esta situación no ocurría.
Comentó que no hay que desconocer que implementar un sistema de seguridad efectivo, tiene un alto costo. Es posible que la empresa San Esteban no lo haya querido asumir, porque es una situación que hay que afrontarla con recursos económicos. También es necesario mostrar eficiencia en la producción y cumplir metas respecto de la producción misma. Por lo es necesario que la calidad del material que sale de la mina, es lo que le va a dar un margen en las utilidades al empresario. Pero también existe otro camino. Y ahí es donde las empresas -generalmente pequeñas- apuntan mal a la dirección de la empresa y pretenden reflejar utilidades, en función de controlar costos, pero menospreciando la calidad de trabajo, o del área de trabajo. Agregó que en la mina San José , jamás vio sistemas de ventilación eficientes. Una vez hizo la consulta, y le contestaron que la rampa era suficientemente capaz de mantener la ventilación.
Explicó que un trabajador nuevo, no podía poner en duda lo que la gente antigua estaba aseverando y más aún si uno es un trabajador contratista. Pero la verdad, es que hay que ser muy crítico para realizar un trabajo en el fondo de la mina, cuando hay que soportar temperaturas que sobrepasaban los 40 grados en muchas partes de la mina. Por lo que parecía necesario, haber considerado la confección de un ducto directo de ventilación. También habría sido necesario, considerar el establecer una línea permanente directa al refugio, tanto de comunicaciones como de abastecimientos mínimos. Porque siempre hubo sólo una línea de teléfonos que iba a través de la rampa hacia la chimenea y que, normalmente, todas las noches se cortaba.
Señaló que cuando se decidió implementar el plan A y orientarlo directo al refugio, le quedó más que claro que la posibilidad existía y que los medios estaban. Pero también no es menos cierto, que hacer un ducto, aunque sea de cinco pulgadas, con el largo que teníamos, de setecientos y tantos metros, era un costo al que San Esteban siempre “le hizo el quite”. Porque bastaba sólo con un ducto, para tener de manera independiente energía, agua y comunicaciones. Y así quizás esta tragedia hubiese sido mucho más controlable y además no habrían estado metidos esos 70 días abajo en la mina.
Por otra parte, afortunadamente, existió la posibilidad de haber traído la maquinaria adecuada para perforar la mina. Eran equipos adecuados para realizar perforaciones. Lo trascendental fue que se pudieron romper todos los parámetros normales conocidos, todos, porque no se escapó ninguno. Aquí se sobrepasó el límite máximo de perforación con equipos neumáticos. Producto de la necesidad se recurrió a intentar pasar la barrera de los 500 metros, y uno de los equipos, llegó a los 724 ó 726 metros.
Planteó que lo más importante de todo, es que los norteamericanos ya habían probado un martillo de mayor diámetro, pero no cambiaron nada; siguen ocupando el compresor y la misma barra. Lo importante fue que aumentaron el diámetro. Eso fue fundamental, para haber podido llegar sobre 700 metros.
En relación a lo ocurrido el día 5 de agosto, señaló que ese día salió de la mina alrededor de las 10.30 de la mañana. Estuvo afuera. Y estando afuera, a las 12.00 horas, de ese mismo día 5, por instrucciones de Enrique Castro tuvo que reingresar para llevar dos neumáticos, para reponer uno que tenía pinchado el señor Carlos Pinilla quien se encontraba al interior de la mina. Además estaba apoyando otra gestión en el nivel 150. Y estando listo para irse, ubicó al señor Enrique Castro y le preguntó cuáles eran los neumáticos que tenía que llevar. Y él le respondió: “No Juan, no te preocupes por los neumáticos porque Carlos Pinilla ya solucionó su problema.”. Eran las 12.20 y 12.30 horas.
Comentó que en esas condiciones tomó la camioneta, ingresó a la mina, y durante el trayecto, que dura más o menos 20 ó 25 minutos, desde el acceso hasta al nivel 150 -donde iba-, en ningún minuto se cruzó con el señor Carlos Pinilla . Luego llegó donde su jefe, le entregó los elementos y no vio más a don Carlos Pinilla en ese horario, ni saliendo de la rampa, ni tampoco estacionado en otro lugar.
Agregó, que minutos después, haciendo otra actividad, ocurrió el derrumbe y apareció una gran cantidad de polvo. En ese momento la situación se hizo crítica. Pero, desde las 12.30 horas, en que ingresó por el acceso hasta llegar abajo, deben haber transcurrido 20 ó 25 minutos. Y calculo que deben haber sido las 13.00 horas y fracción cuando ingresó al lugar donde estaban sus compañeros.
Reiteró, que nunca más volvió a ver al señor Carlos Pinilla saliendo. Por lo tanto, debe deducir que él ya estaba afuera, cuando se produjo el derrumbe.
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24-1. El minero señor Samuel Ávalos .
Explicó que en marzo de este año 2010, llegó a trabajar a la compañía minera San Esteban Primera. Por lo tanto, alcanzó a trabajar seis meses hasta el accidente. Desde que ingresó a trabajar a la mina, se percató que la seguridad no era muy buena, pero tuvo que hacerlo, por la falta de trabajo. Agregó que nunca conoció a los dueños, señores Bohn y Kemeny.
Comentó que antes de ingresar a trabajar a la mina, se dedicaba al comercio ambulante, por lo estimó que era bueno trabajar en la minería, por la estabilidad laboral que le daba esta actividad. Agregó, que estaba cansado de arrancar de los Carabineros para que no se lo llevaran detenido, por ejercer el comercio ambulante. Por lo que reiteró que ese fue el motivo por el que llegó a trabajar a la mina San José.
Por otra parte, señaló que no era necesario ser un minero antiguo, para darse cuenta que la situación en la que se encontraba la mina, que no era de las mejores. Observó personalmente que las condiciones que tenía la empresa para sus trabajadores, eran muy malas. Había que pedir por favor, que les entregaran botas y guantes. Lo mismo pasaba con los filtros.
Es bueno saber que un filtro no dura más de 15 días. Además la ventilación era muy mala. Hay que imaginarse que si no hay ventilación, lo demás es pésimo. Esta situación la vivió desde que entro a trabajar en marzo de este año, hasta que se produjo el derrumbe.
Explicó que en el tema de la seguridad, todo pasaba por el visto bueno del señor Carlos Pinilla . Absolutamente, toda la información pasaba por él. Algunas cosas se sabían y otras no. Algunas se podían decir y otras no. Él era el que tenía a su cargo el tema de la seguridad y su implementación, además, siempre que se le planteaba algo decía: “esto sí” o “esto no”. Pero lamentablemente nunca llegaba la implementación.
Recordó que el primer día que entró a trabajar, no habían buzos. Por lo que tuvo que utilizar uno que estaba usado. Tampoco había botas. Tuvo que entrar a trabajar así. Nunca pudo entender, cómo una empresa minera no tuviera los implementos necesarios, para que los trabajadores pudieran realizar sus faenas en forma adecuada. Lamentable toda esta situación y la falta de elementos, pasaba por el señor Pinilla , quién no adoptaba las providencias necesarias, para que la empresa buscara una solución.
Señaló que trabajaba en fortificación y después del accidente del compañero Gino Cortés , los mandaron a poner mallas, o sea a fortificar el lugar donde había ocurrido el accidente.
Por otra parte, indicó que hubo una explotación indiscriminada de la mina; sólo tenían que sacar metal como fuera. En el fondo, lo único que les interesaba a los dueños era obtener la mayor producción posible.
Denunció que hasta el momento no está cancelado, el pago de la AFP.
En relación con el tema de las fiscalizaciones que debía hacer Sernageomín, indicó que desde el mes de marzo hasta que ocurrió el accidente, no le tocó ver a los fiscalizadores en la mina.
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24-2. El minero señor Franklin Lobos .
El señor Franklin Lobos informó que llegó a trabajar a la mina San José, el 14 de abril de este año 2010 y señaló que desea agradecer la formación de esta Comisión Investigadora, para que se conozca lo que pasa con la minería en Chile.
Señaló que la seguridad es muy importante en la actividad minera. Con posterioridad al accidente, planteó la gran necesidad que los empresarios se preocupen un poco más de la seguridad, que es algo muy importante.
Indicó que el ambiente que había dentro de la mina era insoportable. Agregó que es necesario señalar, que estuvo cuatro meses trabajando con un mismo filtro que nunca se lo cambiaron. También recalcó que era imposible que le dieran un par de guantes. Agregó que para poder recibir un par de bototos, tuvo que entregar sus propias botas. Era una inseguridad total, la que existía en la Mina.
Comentó que tal como lo han indicado sus colegas, tuvo que tomar la opción de trabajar en una actividad insegura como ésta, porque tenía la necesidad de alimentar a su familia. Agregó que tiene dos hijas en la universidad, por lo que era necesario “echarle para adelante”, para pagar los estudios de sus hijas, los que son bastante caros.
La función que desempeñaba era de chofer de servicio y estaba encargado de ingresar a sus compañeros. Pero la seguridad de la mina era muy deficiente y a raíz de eso muchas veces tenía que salir a buscar explosivos en el camión de transporte de personal. Esa era la seguridad que había. En algunas ocasiones se podía quebrar un espejo retrovisor del camión y tenía que manejar sin espejo en la mina, lo que es prácticamente imposible. Esa era la clase de seguridad que había en la mina.
Agregó que una semana antes del derrumbe, les dieron una charla, en la que estaban los señores Pinilla y Hugo Yáñez . Les dijeron que lo más seguro que tenía la mina era la rampa; pero a los cuatro días se cayó la rampa. Ese era el nivel de seguridad que tenían. Y a esas personas no las conocían, ellos no los saludaban y no se les podía decir nada, pues tenían mucho poder. Además, se decía que la mina tenía un topógrafo, a quién nunca lo vió durante los cuatro meses que estuvo trabajando, dentro de la mina. Entonces, qué planos iban a tener para que los rescataran. Ese era el nivel de desorganización que había en la mina San José.
Denunció que alrededor de las 11.00 horas de la mañana, de ese día 5 de agosto, unas ocho a diez personas le avisaron al jefe de turno y al capataz, que el cerro estaba sonando muy fuerte. Pero si el jefe de turno le avisaba a Pinilla, se iba despedido inmediatamente. Ese era el poder que tenía Pinilla .
¿Pero qué pasó con el jefe de turno? Si el jefe de turno sacaba al personal y se caía la mina quedaba como rey y el señor Pinilla también, porque habría podido salir todo el personal antes del accidente. Pero ¿qué pasaba si sacaba a todo el personal y la mina no se caía? Al otro día lo despedían. Ese era el riesgo que había para el jefe de turno.
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24-3. El minero señor Jorge Galleguillos .
El señor Jorge Galleguillos señaló estar muy agradecido, por la invitación para explicar su experiencia sobre lo ocurrido en la mina San José .
Explicó que ingresó a la compañía minera San Esteban en el año 2001, hasta el mes de febrero de 2007, cuando ocurrió el accidente de Manuel Villagrán . Luego se cerró la empresa por unos seis meses.
Agregó que cuando llegó el año 2001, se explotaba la mina en el nivel 320. Ahora se explotaba la mina desde el nivel 44 hacia abajo y la chimenea estaba al lado del camino; la mina no tiene ninguna seguridad, además, hay dos chimeneas que van paralelas.
Señaló que en el año 2007, cuando lo finiquitaron en la compañía minera San Esteban Primera, se fue a trabajar a otra empresa, Venado Sur . Posteriormente, estuvo tratando de volver a la mina, cuando E¬Mining se hizo cargo de las faenas de la empresa San Esteban, pero el señor Carlos Pinilla nunca quiso que volviera, porque había trabajado en Inversiones El Remanso, que era de los mismos Kemeny y además decía que yo era conflictivo y reclamaba mucho. Por lo que habló con el gerente de operaciones, señor Sergio Osorio de la empresa E-Mining y como a las dos semanas lo llamó, para que fuera a trabajar y que volviera a realizar, lo que hacía antes en la mina. Indicó que, se accidentó en la cruceta del nivel 60 norte, que estaba a metros del nivel en que el señor Gino Cortés , tuvo un accidente que le costó la amputación de su pierna. También se le informó al señor Pinilla ; sabía que estaba ahí. Pero era necesario explotar ese lugar, porque la ley era buena; pero no importaba cómo, ni a qué costo.
Señaló que más adelante, en el mes de junio de 2008, comenzó a trabajar con la empresa contratista llamada E-Mining. Ellos eran fiscalizadores; tenían ITO. Ahí hubo una buena administración, por lo que el sistema de seguridad era bastante bueno. Agregó, que la seguridad estaba a cargo del señor Nacor Campos , quién era muy exigente en ese sentido. Planteó que este señor estaba a cargo de la mina San José, cuando ingresó E-Mining a trabajar de la mina había estándares de seguridad superiores, a los que tuvo cuando lo manejaba personal de la empresa San Esteban .
Indicó que posteriormente cuando vino la crisis, al señor Nacor Campos lo trasladaron al sur y se hizo cargo de la seguridad de la mina el señor Carlos Pinilla . Pero Carlos Pinilla era es una persona que le gustaba mucho la explotación y poco la seguridad. Les decía por ejemplo: “Vamos sacando producción. Hagamos esta cosa que era para ayer.”
El señor Carlos Pinilla era el jefe de operación en mina. Ingresó a la empresa San Esteban Primera, en el año 2001 como jefe de turno y fue escalando hasta que llegó a ser jefe de operación en la mina. Eso le servía mucho al señor Bohn porque él, cuando reemplazaba al superintendente o al jefe de minas, sacaba más producción que el otro, que era el jefe titular. Por eso, siempre Pinilla se salía con la suya.
Explicó que el señor Carlos Pinilla es contador, pero con casquito blanco. Agregó que este caballero llegó mal. Entré primero que él. Él entró a otra faena y después se juntaron. Le comentó muchas cosas, le comentaba que era muy humilde, pero después se puso como un león de circo.
Posteriormente, les exigía que era indispensable sacar una mayor producción, por lo tanto, mientras se avanzaba en el desarrollo para llegar a las vetas, se empezaba a sacar de los rajos.
Comentó que en el mes de mayo del año pasado contrataron un jefe, un ingeniero de Andacollo que prestaba servicios en la mina. En ese tiempo se estaba trabajando el nivel 75. En ese momento, concurrieron funcionarios del Sernageomín a fiscalizar, y conversó con uno de ellos, porque lo conocía. Enseguida le dijo don Carlos Pinilla : “Ándate para otro lado porque, si no, te van a venir a preguntar cosas.” Por lo tanto, se quedy conversando con el jefe, con el ingeniero que provenía de Andacollo. En realidad él iba con otra intención, pero en ese momento Carlos Pinilla era ITO y le exigía mucho. Todas esas cosas llegaban donde Alejandro Bohn , quien no lo dejaba tranquilo. Después llegaron al nivel 75 sureste y suroeste hasta que llegaron a la cruceta final que después se les asentó un poco. Fueron a enmallar ese sector, para poder pasar y para sacar un poco más que quedaba del puente que estaba más adentro y se volvió a levantar, y ahí la dejaron tranquila. Luego, empezaron a bajar hacia la rampa 44. Por lo tanto, había que sacar mineral a costa de lo que fuera, a raíz de lo cual, se debilitaron los pilares.
Señaló que en el mes de diciembre del año pasado, tuvo un accidente, lo que le significó estar un poco más de un mes afuera de la mina. Cuando regresó, en el año 2010, el señor Carlos Pinilla le dijo: “Jorge, necesito de tu ayuda”, y le señaló: “Te voy a poner de loro vivo en el nivel 540, para que recorras desde el nivel 500 hasta el 565, porque tengo problemas allí. El jefe tenía la sensación que esta mina se iba a sentar, y que podría quedar gente abajo y gente arriba. Y para que no pasaran los de arriba para abajo, había que instalar un puente. Por lo tanto, necesito que estés ahí”. Por lo que estuvo alrededor de un mes ahí. Había hartas cosas; se colocaron espejos, había diversas trizaduras, incluso algunas en el piso.
Además, comentó que en el nivel 520 también se hizo un by-pass y se explotó una parte de un paño aproximado de 60 u 80 metros. Se tomó hacia el sur del by-pass y después se giro hacia el oeste. Sin embargo, un buen día empezó a ceder el cerro, se empezó a reventar, y se asentó esa parte.
Explicó que aún estaba E-Mining operando la mina y nombraron a Pinilla como jefe. Cuando se fue el señor Campos. Se hizo el by-pass, se sacó ese paño que había, de minerales; después, fueron a mirar, y por donde transitaban con el scoop, el jumbo, esa parte se asentó. Cuando miró, estaba, en el nivel 430, donde estaba el botadero; había un vacío. Esa parte se asentó; se fue todo el piso. Yo lo iba a mirar. Muchos podrán decir que este tipo está loco porque recorría la mina completamente. Incluso Franklin Lobos lo acompañaba. Había mineros que trabajaban abajo, y después yo iba a recuperar material, o, de repente, había que mirar qué sucedía, pues como estaba a cargo del aire y del agua, había partes donde pasaban esos servicios muy cerca de partes peligrosas, y había que ir a verlo. O también pasaba, de repente, la energía; también había que acompañar al eléctrico.
Reiteró que se asentó la mina y por ese motivo empezaron los problemas, ya que en esa parte existía una trizadura, por lo que fue necesario hacer otro by-pass, para poder pasar y llegar abajo. Cuando le dijeron que la mina se iba a cortar, el agua la tiraron a esa parte. Por lo que toda esa agua se fue para abajo; llegó al fondo. Eso también ayudó a provocar parte del derrumbe, porque era mucha agua. De hecho, el jumbo ocupaba, más o menos, 10 mil litros de agua. La realidad, es que la empresa, escondió muchas cosas.
Explicó que a raíz de eso, fue necesario revisar diariamente esa parte de la mina. Se subía a un cargador y también a un camión, para revisar el techo porque desde abajo no se podía apreciar bien, por lo tanto, había que observarlo bien. Debido a ello, fue tomando notas. Pero le prohibió anotar muchas cosas. Le decía Carlos Pinilla : “Esto es una cosa normal. Tienes que anotar lo que es normal. No pongas esto, ni pongas esto otro.”.
Comentó que el 9 de febrero de este año Pinilla, le volvió a decir otra cosa. Le dijo que lo iba a sacar de ahí y que le colaborara en lo relativo a la ventilación y a la fortificación. En esta nueva designación, alcanzó a trabajar sólo un día, por cuanto, se volvió a accidentar el 11 de febrero, por lo que estuvo 49 días con licencia. Posteriormente, el día 2 de abril volvió a trabajar y lo designaron en el puesto de maestro de servicio.
Agregó que en su nueva designación, tenía muchas cosas que hacer. Le tocaba recorrer sólo la mina. En algunas ocasiones, le tocó trabajar en compañía de Franklin Lobos, pero por lo general era él quien le cooperaba en sus labores, por cuanto él era chofer de servicio. Había partes de la mina, que estaban muy mal, pero cuando lo informaba, hacían oídos sordos los jefes de la mina.
Denunció que un día que viajaba por el nivel 75, para llegar al nivel 60, para recoger unas mangueras para acoplarlas, sintió una trizadura donde se hacía un by-pass. La crujidera fue muy fuerte, por lo que se retiró de inmediato y le informó al capataz sobre lo ocurrido, pero él no tomó en cuenta la denuncia. Al fin terminó el turno y salieron todos de la mina.
Explicó que algunos días después, hubo una reunión en la que todo el turno de día participó y aprovecho la ocasión, para informar de lo sucedido. Una hora después de terminada la reunión, lo llamaron a la oficina y el señor Carlos Pinilla , jefe de operaciones, le dijo: “Esas cosas no se hablan, las arreglamos aquí. Si tienes que hacer alguna cosa, me la dices a mí.” Agregó, que el señor Pinilla le recordó que él era su persona de confianza y por eso las denuncias se las tenía que hacérselas saber sólo a él y por supuesto que eso no lo debía hacer, en una reunión con otras personas presentes.
Además señaló, que le tocó trabajar mucho tiempo ligado a la geología con mecánicos de rocas, como el señor Orozco , que era de Santiago. Yo le decía a mucha gente, que este caballero ni siquiera hacía sacar una muestra. Lo único que hacía era dar una mirada. Y aunque veía menos que yo, decía: “no, está bueno”. También decía: “Esta es solo una esquirla no más”. Pero cuando me cayó una esquirla, me tuvieron que poner 14 puntos y debió estar 49 días con licencia. Y aún así él decía: “Es solo una esquirla no más”.
Por otra parte, el día del accidente, a eso de las 10.00 horas, se sintió una explosión fuerte. Se le avisó al jefe de turno, al capataz, además había un ayudante de prevención de riesgos y el señor Carlos Pinilla . Y Pinilla estaba muy desesperado, porque sabía lo del accidente y presumía lo que iba a pasar; no tenía ninguna duda. No hallaba cómo salir; de alguna manera buscó la forma y salió. Hubo que cambiarle el neumático de su camioneta y se fue. Salió arrancando. A la hora y media fue el derrumbe.
Reiteró que se le avisó al jefe de turno, que hubo una explosión tipo 10 de la mañana. Ya a esta altura, existía una tremenda negligencia operacional.
En relación con el tema de la escalera, señaló que hay solo 5 metros de escalera, pero esto es algo que no da ninguna confianza. Agregó que no quiso subir cuando subieron los compañeros. Tuvo miedo por su peso. Lleva 40 años en la minería así que no iba a arriesgarse a subir, aparte de que ya nos habíamos salvado con Franklin Lobos.
Por otra parte, indicó que a raíz del accidente, la mina se asentó desde el nivel 400 hasta el nivel 190.
Además explicó, que en mayo de 2009 fueron fiscalizadores del Sernageomín a la mina, pero eran jóvenes que venían recién saliendo de los institutos, así es que si veían una roca que estaba un poquito suelta, arrancaban. No hallaban la hora de salir de la mina. Ésa era la gente que iba a fiscalizar, no era gente experta que tuviera un verdadero conocimiento de minería.
24-4. El minero señor Daniel Herrera .
El señor Daniel Herrera agradeció la invitación y manifestó estar dispuesto a hacer los aportes necesarios, para que exista una mayor fiscalización en la seguridad minera y que con una adecuada fiscalización se pueda evitar una desgracia como la que les tocó vivir.
Explicó que ingresó a trabajar por segunda vez, el 25 de enero de este año, por cuanto, ya había trabajado en el mes de septiembre del año 2009. También ha trabajado en otros lados y es por eso, que echaba de menos las charlas diarias que se hacían en otras minas, para analizar el tema de la seguridad. En esta mina se pasaban por alto, varios pasos que en otros lados eran el conducto regular. Incluso, nunca conoció al prevencionista. En ese sentido, notaba que era muy escaso y básico, todo lo que había en seguridad dentro de la mina.
Recordó que siempre peleaba por los filtros de las trompas y sabía que éstos duraban 40 horas. Agregó que había compañeros que los tenían durante tres meses. Esa situación le molestaba mucho, por lo que reclamaba permanentemente sobre este tema. Ellos le decían que no había trompas nuevas y que ya iban a llegar, pero tenía que seguir trabajando igual con las que estaban en desuso.
Explicó que el señor Pinilla reaccionaba muy mal cuando se pedían filtros, porque lo asimilaba todo a plata. Incluso, la última vez que le mencioné las trompas, recordó que le dijo “voy a comprar una camionada de filtros”, pero en tono burlesco. Eso le causó mucha rabia y le mostró el papelito en el cual salen las instrucciones, y le dije que la duración de las máscaras era de 40 horas y ya llevaba más de un mes y medio con las trompas usándolas todos los días. Entonces, le dijo ya no cumplían el sentido para lo cual están hechas, por lo que le dijo, mejor ando sin trompas; para mí es mejor, porque me ahogan.
Siempre reclamaba sobre ciertas cosas, pero siempre lo limitaban. Incluso hacía anotaciones en los report, que eran los documentos con que la empresa le cobraba a la compañía minera San Esteban . Incluso le dijo su jefe señor Isaías Ossandón , que no volviera a escribir más reportes y que si lo seguía haciendo, tendría que tomar represalias en su contra.
Señaló que siempre hacía anotaciones respecto de la falta de seguridad, sin embargo nunca se hizo nada al respecto.
Planteó que ojalá este desgraciado accidente, sirviera para que en del futuro las minas tuvieran una mejor fiscalización, de tal forma que nunca más se vuelva a repetir un accidente de esta magnitud y gravedad.
Planteó que ellos son el vivo ejemplo, que las cosas se deben fiscalizar más para que no vuelvan a suceder.
Al respecto, han ocurrido más accidentes, por lo cual se necesita más fiscalización y ser más fuerte en la aplicación de las leyes, de tal forma que los responsables no queden impunes.
Incluso en ese fatídico día del 5 de agosto, estaba fortificando el área del accidente del señor Gino Cortés . Estaba operando la máquina. Siempre los operadores reclamaban que no había condiciones de seguridad, que no había mallas ni fortificación, como para trabajar en óptimas condiciones, pero siempre se les dijo que había que trabajar así no más, siempre se pasó por alto la seguridad.
Respecto del personal de Sernageomín, señaló que siempre fueron de entrada y salida a la mina. Entraban y salían o llegaban a la mitad de la rampa y se devolvían. Esa era toda la fiscalización que hacían. Nunca dicho personal llegó hasta abajo, siempre llegaron a la mitad del camino y se devolvían. Parecía que sólo los invitaban a tomar un café o un té. Además nunca supo lo que hacían después, porque yo tenía que seguir trabajando.
Planteó finalmente que a la gran minería se le exigen muchas cosas como las salidas de escape y otro tipo de refugios y no se les pide lo mismo que a la pequeña o mediana minería.
VIII. CONCLUSIONES.
En cumplimiento del mandato de la H. Sala, la Comisión arribó a las siguientes conclusiones:
1. Del contexto.
1.1. La fluctuación del precio internacional de los minerales impacta directamente en la proliferación o disminución de aperturas y reaperturas de pequeños yacimientos mineros, muchos de los cuales se verifican al margen de la normativa vigente, influyendo en la tasa de accidentabilidad.
La evolución positiva en los precios de la cotización internacional de los metales, especialmente del cobre y del oro, junto con incrementar la recaudación fiscal por la producción y venta de cobre perteneciente a Codelco, apareja el incremento del interés por la explotación de pequeños y medianos yacimientos cupríferos y auríferos. Muchos de estos yacimientos se encontraban cerrados o con explotación menor en razón de su limitada rentabilidad con el anterior precio. Su reapertura se ha llevado a efecto sin la concurrencia de expertos en prevención de riesgos ni geólogos o ingenieros en minas especializados en calidad de suelo y medidas de protección de los yacimientos mineros. Esta reapertura se ha verificado sin la adopción de las medidas adecuadas de seguridad laboral ni de fortificación de faenas y sin contar con los permisos correspondientes de parte de la autoridad fiscalizadora, lo que, ciertamente, ha incrementado la tasa de accidentabilidad laboral.
Es del caso señalar que la Comisión envió al Sernageomín el oficio 47 de fecha 19 de agosto del año 2010, reiterado por el oficio 75 del 10 de septiembre del mismo año, por medio del cual solicitó los informes que relacionan la variable del precio del cobre con la tasa de accidentabilidad laboral en la industria cuprífera. A la fecha de estas conclusiones el Servicio Nacional de Geología y Minería no ha dado respuesta, pese a que cuenta con dicha información y sus funcionarios confirman la relación expuesta en el párrafo precedente. Lo anterior constituye una falta grave del Sernageomín al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las normas que regulan el funcionamiento de las comisiones investigadoras de la H. Cámara de Diputados.
La Comisión, durante el desarrollo de su investigación, pudo corroborar que el Estado, a través del Ministerio de Minería y, en particular, del Sernageomín, no cuenta con la capacidad organizacional ni con la flexibilidad necesaria para hacer frente preventivo o fiscalizador al aumento explosivo de la cantidad de faenas mineras motivado por el alza del precio y por la segura compra que hace Enami a todos los pequeños mineros. En síntesis, se genera un debilitamiento de la fiscalización.
1.2. Las medidas preventivas de seguridad laboral y fortificación de faenas mineras se consideran como un costo de producción y no como una inversión indispensable para el desarrollo de la industria.
Muchos ejecutivos de empresas intentan reducir al mínimo la inversión en seguridad de faenas para incrementar sus utilidades - principalmente en la mediana minería, que no cumple con los estándares de la gran minería ni con el conocimiento experiencial de los pirquineros o pequeños mineros-, y con ello crece de manera inversamente proporcional el riesgo de accidentes del trabajo o el empeoramiento de las condiciones laborales de su recurso humano. El sistema reacciona ante esta realidad entregando a entidades intermedias, denominadas “mutualidades”, la facultad de promover y supervigilar la adecuación de las faenas laborales de las empresas a la normativa vigente, a fin de mejorar las condiciones de salubridad y seguridad laboral. La relación que existe entre la mutual y la empresa es una comercial, en que la empresa es el contratante y mandante de la mutual, razón por la cual un incremento de exigencias de seguridad laboral planteadas por la mutualidad respectiva podría motivar el cese de su relación contractual con la empresa exigida. Esta situación de “promociyn contenida o consensuada” entre mutual y empresa apareja un efecto indeseado para los trabajadores, donde éstos sufren la peor parte, su desprotección.
Por otro lado, el Estado adopta mecanismos de fiscalización a través de organismos públicos creados por ley con facultades para ello. El Sernageomín, la Dirección del Trabajo y las secretarías regionales ministeriales de Salud son algunas de las entidades facultadas para fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente relativa a la seguridad de las faenas mineras, la seguridad laboral y la sanitaria, según corresponda. Las formas de ejercer dicha fiscalización en la industria minera se reglan en resoluciones que la Comisión tuvo a la vista.
En el caso particular, los invitados a la Comisión fueron contestes en que la Compañía Minera San Esteban Primera estaba orientada fuertemente a la producción, ya que poseía una deuda previsional con sus trabajadores y con Enami. Esta situación de pasivos exigía incrementar la productividad para hacerles frente de manera oportuna y garantizar el funcionamiento de las faenas. Mientras algunos señalaron que los ejecutivos consideraban las inversiones en seguridad laboral “un mal menor”, otros sostuvieron que los señores Bohn y Kemeny estaban conscientes de la precariedad de la mina y que tenían un historial de incumplimientos de las normas de seguridad laboral. Así, se aseveró que con la llegada de Alejandro Bohn a la gestión de la mina, se implementaron medidas destinadas a incrementar su productividad, maximizando los recursos disponibles y postergando o cancelando inversiones necesarias para resguardar la seguridad de los trabajadores y el fortalecimiento de la mina. Su premura significó no respetar el método de explotación exigido en los protocolos ni hacerse cargo de la máxima que mientras más profundo es un pique, más cara resulta su explotación, justamente por las necesarias inversiones para asegurar la estabilidad de la mina. Según las informaciones recabadas por esta Comisión, los ejecutivos de la mina San José en vez de invertir en seguridad de sus faenas, optaron por subir levemente sobre el mercado la oferta de remuneraciones, de modo de contar siempre con trabajadores dispuestos a asumir los mayores riesgos de seguridad que poseía su yacimiento.
Junto con lo anterior, la necesidad de obtener prontas utilidades habría llevado a que los dueños exigieran -a través de sus jefes de mina- que los trabajadores se “comieran” los pilares del yacimiento y los puentes para extraer el máximo posible de minerales, debilitando estructuralmente la mina hasta su desplome, dejándolos atrapados en un refugio que el mismo señor Bohn prohibió en su momento que se construyera, para ahorrar costos, según consta de la declaración de los ejecutivos de la empresa E-Mining.
1.3. El órgano fiscalizador no debe limitar su accionar al principio de la buena fe, que rige la relación entre los particulares.
El modelo de desarrollo de las industrias en nuestro país se funda en la Constitución Política de la República, que consagra el derecho de cualquier ciudadano a ejercer libremente una actividad económica, dejando al Estado la facultad de regular ciertas actividades que el legislador considera fundamentales para la mantención del orden público económico. En razón de lo anterior, el derecho privado común que regula las relaciones entre particulares se funda -entre otros principios- en la buena fe. Lo anterior implica que los particulares pueden desarrollar todo aquello que no se encuentre expresamente prohibido por norma legal o reglamentaria. Así, se supone que las actuaciones se realizan de buena fe y corresponde -a contrario sensu- probar la mala fe a quien la alega.
Esto tiene relevancia para el caso particular, pues el mercado debe desarrollar sus actividades dentro del marco de la ley, y a la autoridad le corresponde sólo fiscalizar la legalidad de la actuación del privado. La masividad de las actividades privadas en el sector minero impiden, en la práctica, que la autoridad fiscalizadora pueda ejercer de manera oportuna su capacidad de supervigilancia, dedicando su actuación a aquellos casos de manifiesta vulneración de la norma o a exámenes preventivos aleatorios en los diversos actores del mercado. El incremento de fiscalizadores resulta relevante para dar mayor capacidad fiscalizadora a los entes del Estado, pero aún así, la responsabilidad primaria en el cumplimiento de las normas recae en el titular de los actos, quien de conformidad al modelo, debe adoptar medidas destinadas a cumplir la ley y aplicar los derechos y deberes consagrados en ella. Así las cosas, se hizo presente la analogía del incremento de los fallecidos en la última década a consecuencia de accidentes de tránsito. Una interpretación extensiva podría llevar a algunos a culpar de dichas muertes a Carabineros de Chile al ser la institución obligada por ley a fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito. Situación en extremo errada ya que la responsabilidad exclusiva recae en los conductores o peatones que participan de los accidentes que producen los fallecimientos. Al caso particular, aún cuando el Sernageomín hubiere poseído un número mayor de fiscalizadores, dada la magnitud de la proliferación de yacimientos de explotación minera, éstos no habrían garantizado la fiscalización suficiente para evitar los accidentes que ocurren en la industria minera, ya que si los particulares no poseen la voluntad de cumplir la ley, resulta en extremo dificultoso para la administración del Estado actuar preventivamente en todos los casos.
No obstante lo anterior, esta Comisión tuvo en vista el expediente de fiscalizaciones a las cuales fueron sometidas las minas San José y San Esteban . El expediente histórico de fiscalizaciones a la mina San José puede leerse como una permanente constatación de diversas faltas en materias de fortalecimiento, acondicionamiento de accesos, chimeneas, seguridad laboral y otras observaciones relativas a la seguridad del yacimiento ante las cuales sus ejecutivos se comprometían a desarrollar las mejoras requeridas. Algunas de ellas con resultados positivos y otras que jamás se llevaron a efecto. A este respecto, cabe hacer presente que los antecedentes recibidos en esta Comisión permiten aseverar que no existe por parte del Sernageomín una resolución que consigne la recepción conforme de las obras solicitadas.
Quizás una de las situaciones de mayor complejidad es la actitud adoptada por las autoridades fiscalizadoras en torno a la mina San José. Las normas que rigen la administración del Estado, son conocidas como de derecho público y dentro de sus principios básicos se encuentra primeramente el que consigna que las autoridades del Estado sólo pueden actuar previa investidura legal y, en segundo orden, que a la administración del Estado sólo le está permitido realizar aquello que la norma expresamente autoriza. Estas consideraciones sobre el derecho administrativo permiten cuestionar la actuación de los fiscalizadores de la mina San José, ya que, si de conformidad a las normas reglamentarias el Sernageomín había exigido por medio de una resolución fundada la construcción de una chimenea, no se observa fundamento plausible para autorizar la reapertura del yacimiento sin el cumplimiento de dicha exigencia. Si el Servicio consideró indispensable para la seguridad de la faena minera, además, la construcción y escaleramiento de la chimenea, resulta inexplicable entonces que, con posterioridad, la autoridad permita el funcionamiento sin su existencia. Así, es dable observar que más allá de la buena fe que puede presumir la autoridad de parte de los titulares de proyectos sometidos a su consideración, el historial de incumplimientos de los ejecutivos de la mina San José, permitía a los fiscalizadores al menos poner en duda su real voluntad de cumplimiento de las exigencias requeridas por el órgano fiscalizador. Por lo anterior, no se justifica que se autorizaran reaperturas parciales y luego una total en base a informes prometidos y no cumplidos. Así, el señor Yanes autorizó la continuación de las labores “en el nivel 75 y la construcciyn de la rampa al nivel 60, como trabajos previos a la reapertura total de la mina San José”, pese a que el informe geotécnico solicitado aún no había sido entregado por el señor Bohn . Luego, a través de una resolución del señor Leiva se procede a la reapertura total de la mina y durante el desarrollo de la primera visita inspectiva se dio cuenta de las “pésimas condiciones de ventilaciyn del yacimiento”. A raíz de dicho informe se dio un plazo para mejorar el sistema de ventilación y, según lo informado a esta Comisión, tampoco se llevó a cabo.
Otro ejemplo de la “conducta de incumplimientos” de parte de los ejecutivos y de la inexplicable benevolencia del servicio para con ellos es que en las visitas inspectivas de fiscalización del Sernageomín no se encontraron fundaciones para la instalación de los generadores eléctricos y la descarga de mallas se consideró ineficiente como fortificación. Es decir, el fiscalizador hace presente -en sus informes de inspección- las malas condiciones de seguridad de la faena y, aún así, dicha información no significó la paralización de las faenas en atención a los nuevos compromisos asumidos por sus ejecutivos.
Los señores Yanes y Pinilla dijeron confiar en la empresa, lo cual, a la luz de los hechos fiscalizados, resulta inaceptable e inexplicable, toda vez que esta seguidilla constante y permanente permite concluir la existencia de una “conducta de incumplimientos” de las medidas de fortificación y seguridad laboral de parte de los ejecutivos de la mina San José, situación que esta Comisión estima como suficiente para establecer que la autoridad fiscalizadora debiy proceder al cierre de faenas y no “confiar” en la voluntad de cumplimiento de parte de sus ejecutivos en desmedro de la seguridad de los trabajadores.
1.4. La evolución de los presupuestos del Sernageomín no es proporcional al desarrollo de la industria minera.
Producido el accidente que motivó esta Comisión, la opinión pública conoció en forma masiva de la existencia de un servicio especializado en materias mineras, el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomín) dependiente del Ministerio de Minería. Muchos lo apuntaron como responsable inmediato del accidente, por no haber fiscalizado oportunamente a la empresa infractora. Luego se inicio un debate sobre las condiciones de funcionamiento de dicha institución y la falta de capacidad para fiscalizar de manera oportuna y masiva la industria minera.
Durante el desarrollo de la investigación, se tuvo en vista la evolución presupuestaria de dicha institución, que da cuenta de la creciente importancia que las autoridades le otorgan en el nuevo escenario de la pequeña y mediana minería de nuestro país. Así, el presupuesto asignado a dicha institución subió de $ 5.831 millones en 2007 a $ 12.212 millones en 2010. De igual forma se constató que en las leyes de presupuesto se consignaron recursos para incrementar la dotación de fiscalizadores en un número de 30 adicionales. Dicho incremento se llevó a efecto de manera lenta, llegando en 2010 sólo a contratar 18 nuevos fiscalizadores. En el caso particular de la región de Atacama, los testimonios de las diversas autoridades regionales y nacionales del Sernageomín permiten asegurar que sólo llegaron a contar con 4 fiscalizadores para la totalidad de las faenas mineras. Número insuficiente para realizar una labor adecuada en materia de fiscalización. Según las informaciones recabadas, los inspectores no pueden siquiera realizar una inspección por cada faena al año.
El Sernageomín tiene en la actualidad 349 personas contratadas, de las que 143 están dedicadas a la Subdirección de Geología y 127 a la Subdirección de Minería. De las 127 personas de la Subdirección de Minería, apenas 9 son profesionales dedicados a la seguridad. Ellos revisan los métodos de explotación y los proyectos de cierre de faenas mineras. Se suman a ellos los 19 inspectores de seguridad.
De las 349 personas que integran la totalidad del Servicio, sólo 144 trabajan en regiones, de las cuales 21 lo hacen en la región de Atacama, mientras que 205 trabajan en Santiago.
Al observar las estadísticas de fiscalizaciones realizadas, surge de inmediato la conclusión que si bien se produce un incremento sostenido de las mismas, éstas aún resultan insuficientes. En el año 2007, se realizaron 2.029 fiscalizaciones; en 2008 aumentaron a 2.285 y en el año 2009 se realizaron 2.310. Para el año 2010 se pretendía llegar a 2.400, producto de dos fiscalizadores nuevos y de algunas acciones de mejora. Sin duda, un incremento mucho menor a la proporción en que aumentan las faenas por la bonanza del precio del cobre, como se señalara en el punto 1 de las presentes conclusiones.
En razón de lo anterior y, en medio de la discusión presupuestaria correspondiente al año 2011, la Comisión solicitó a los señores ministros de Minería y de Hacienda un incremento adicional en el presupuesto del Sernageomín, a fin de acelerar el proceso de incremento de fiscalizadores y expertos en prevención de riesgos para abocarlos a labores preventivas en los nuevos yacimientos medianos y pequeños.
La Comisión concluye que la primera industria del país requiere los primeros recursos en seguridad.
2. De las responsabilidades.
2.1. De la Compañía San Esteban Primera.
2.1.1. Los principales responsables del accidente son los empresarios señores Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny .
Aparte de lo ya señalado a modo ejemplar en el punto 3, a propósito del abuso de la buena fe, los dueños de los yacimientos San Antonio y San José podrían haber evitado el accidente. Considerando los informes emanados del Sernageomín, las declaraciones de los invitados y de los propios mineros atrapados, no caben dudas respecto del mal accionar de los dueños y ejecutivos de la minera San José , quienes no sólo no adoptaron las medidas de seguridad laboral y de faenas requeridas por la autoridad, sino que intentaron deslindar responsabilidades en los servicios fiscalizadores y luego en los trabajadores.
La falta de ventilación generaba temperaturas descritas como inhumanas por parte de los trabajadores. No existía tampoco una línea de abastecimiento directo al refugio. Entre los muchos operadores con que contó la mina San José , la empresa E-Mining daba plenas garantías a quienes declararon en la Comisión. Ésta instaló un sistema de geófonos que, por el no pago de la minera, sólo entraron en funcionamiento por un par de días.
En términos de seguridad de las faenas, no cumplieron con los requisitos mínimos exigidos por el Reglamento de Seguridad Minera ni por el Sernageomín. No escaleraron la chimenea, no se construyó otro ducto de ventilación ni el refugio contaba con las reservas necesarias para albergar a los mineros en caso de algún accidente.
En razón de lo anterior, esta Comisión acordó poner a disposición de la Fiscalía los antecedentes con que cuenta.
2.1.2. Resultan preocupantes las denuncias de órdenes de sobreexplotación de la mina y de prohibiciones de evacuarla el día del accidente.
La principal causa del colapso de la mina se debe a la suma de la mala construcción de la rampa de acceso, el debilitamiento de pilares y puentes, y la insuficiente fortificación. Cabe destacar que los mineros habrían advertido de este riesgo, dando cuenta de fuertes ruidos en la mina a don Carlos Pinilla , quien era la autoridad de turno. Según el señor Galleguillos , uno de los mineros atrapados, se trata de “una persona de mucha explotación y poca seguridad” que, para ser satisfecho en sus metas de producción, los instaba a que “mientras avanzábamos en el desarrollo para llegar a las vetas, empezábamos a sacar de los rajos.”
Respecto al deseo del señor Galleguillos de informar las fallas en seguridad, comentó que el señor Pinilla le respondió que “esas cosas no se hablan, las arreglamos aquí”. El minero señor Ávalos corroboró que “toda la información pasaba por él [Pinilla], era como un filtro”.
Por último, el señor Galleguillos declaró que “el día del accidente, a eso de las 10.00 horas, se sintió una explosión fuerte. Se le avisó al jefe de turno, al capataz, estaba un ayudante de prevención de riesgos y el señor Carlos Pinilla . Y Pinilla estaba muy desesperado, porque sabía el accidente que iba a pasar; no tenía ninguna duda. No hallaba cómo salir, de alguna manera buscó y salió. Se le cambió el neumático de su camioneta y se fue. A la hora y media fue el derrumbe. Salió arrancando”, versión que fue apoyada por el minero señor Lobos: “a las 11.00 u 11.30 de la mañana, ocho o diez personas avisaron al jefe de turno y al capataz que el cerro estaba sonando muy fuerte.” El mismo señor Lobos concluyó que “si el jefe de turno le avisaba a Pinilla, se iba despedido inmediatamente. Ese era el poder que tenía el hombre. ¿Qué pasó con el jefe de turno? Si el jefe de turno sacaba al personal y se caía la mina quedaba como rey y el señor Pinilla también, porque alcanzó a salir todo el personal antes del accidente. Pero ¿qué pasaba si sacaba a todo el personal y la mina no se caía? Al otro día lo despedían. Ese era el riesgo que había.”
2.2. Del Sernageomín.
2.2.1. Por su falta de fiscalización de las faenas mineras.
Aunque resultó evidente la falta de recursos, de tecnología y de atribuciones legales para poder desarrollar mejor su trabajo, a juicio de la Comisión, esto no justifica la falta de recepción de las obras que el Sernageomín solicita que se realicen. Quedaron en evidencia una serie de falencias en la fiscalización de las medidas de seguridad exigidas por el Reglamento de Seguridad Minera, sobre todo en lo que respecta a las medidas de fortificación, ventilación, salidas auxiliares y la construcción de la rampa de acceso de la mina.
Es responsable el señor Exequiel Yanes , Subdirector Nacional de Minería (S), quien se reunió con el señor Bohn y, por oficio de 23 de julio de 2007, coordinó una visita inspectiva, luego de la cual este último pidió autorización para acceder a los niveles inferiores de la mina San José. El señor Yanes la dio, para completar los estudios solicitados al momento de resolver su cierre temporal.
En consideración del informe de la inspección geotécnica de la rampa principal y del nivel 90 de producción, además de la estrategia para la puesta en marcha de la mina, realizados por E-Mining Technology, el señor Yanes , con fecha 19 de diciembre de 2007, autorizó la iniciación de faenas en el nivel 500 sobre el nivel del mar y la explotación hasta el nivel 90, como trabajo previo a la reapertura total de la mina. Allí exigió que, para el reinicio de la explotación del resto de la mina, se presentaran un proyecto de ventilación, uno eléctrico, uno geotécnico completo y una política de fortificación y monitoreo.
El señor Yanes autorizó la continuación de las labores “en el nivel 75 y la construcción de la rampa al nivel 60, como trabajos previos a la reapertura total de la mina San José”, por medio del oficio 369 de 7 de marzo de 2008, pese a que el informe geotécnico solicitado aún no había sido entregado por el señor Bohn .
2.2.2. Por la falta de control de los actos administrativos emanados de sus funcionarios.
Destaca la responsabilidad del señor Patricio Leiva quien, al subrogar al señor Exequiel Yanes , autorizó la reapertura total de la mina sin verificar que se cumpliera con el estudio geomécanico y el proyecto de ventilación, el día 30 de mayo de 2008. En su oficio exige que las puertas sean dobles para evitar cortocircuitos, que se escalere las chimeneas y se compruebe con aforos el sistema de ventilación, lo cual no es cumplido por la empresa.
Igual responsabilidad recae en el Director Nacional, señor Alejandro Vio , y en el señor Exequiel Yanes , por no consultar a la Fiscalía del Servicio y actuar de manera negligente en la autorización de una solicitud que tiene el carácter de excepcional. El señor Santiago Pinilla , en su carácter de especialista, recomendó la decisión.
De igual forma, queda manifiesta una irregularidad administrativa, cuando a través de un simple “ordinario” suscrito por un subdirector subrogante se procede a autorizar la reapertura de la mina y no por medio de una resolución suscrita por el jefe del Servicio, como corresponde de conformidad a las normas vigentes.
Apenas un mes después de la reapertura por oficio, don Marcelo Guzmán , Director Regional de Atacama , comunicó las negativas conclusiones de la visita inspectiva realizada el 18 de junio de 2008. Señaló que el Sernageomín no fue atendido por empleados con poder de decisión, lo que constituye una infracción gravísima al Reglamento de Seguridad Minera, al igual que la no paralización de los equipos diesel. El oficio hizo hincapié en el uso del refugio como choquera (lugar para la colación) y en la “pésima ventilación” existente, la cual debía funcionar en un máximo de sesenta días, sino se paralizaría la mina nuevamente. No se vio fundación alguna para la instalación de los generadores eléctricos y la descarga de mallas se consideró ineficiente como fortificación, ante lo cual las autoridades del Sernageomín no revirtieron decisión alguna.
Otro elemento que contribuyó a la falta de continuidad de la política pública y la visión de la autoridad regional sobre yacimientos mineros es que, entre el año 2007 y el año 2010, hubo cinco directores regionales, a saber: Anton Hraste , Pedro Hiplán , Marcelo Guzmán , René Rojas y Rodolfo Díaz , lo que impidió una continuidad real de políticas de prevención y seguridad, además de un fiel traspaso de conocimiento o memoria institucional regional.
2.2.3. Existió una falta de rigurosidad en la coordinación entre las autoridades laboral, sanitaria y el Sernageomín para la reapertura del año en curso.
Más allá de las irregularidades administrativas observadas en el proceso de reapertura de la mina en 2007 de parte de funcionarios del Sernageomín, el 3 de julio del año 2010, por un grave accidente laboral que significó la amputación de una pierna al trabajador Gino Cortés , la mina San José fue clausurada por resolución.
Al ser consultados los especialistas de la empresa E-Mining y algunas ex autoridades regionales del Sernageomín, coinciden en señalar como causa del accidente, la explosión de roca. Proceso que -según los expertos- se produce natural y crecientemente en los yacimientos de mayor edad.
Una explosión de roca disipa mucha más energía que un derrumbe. A juicio de gran parte de los comparecientes a la Comisión, la mina no debió haberse reabierto luego de ese accidente, en atención a la inestabilidad del yacimiento. De manera más directa, el ingeniero en minas y uno de los expertos nacionales sobre faenas mineras, señor Contador, perteneciente a la empresa E-Mining, fue más específico al señalar que “ante un accidente de roca, sea por colapso, estallido o caída, es esencial pedir un informe de geotecnia antes de autorizar su reapertura.”
La fiscalización realizada por el personal de la Dirección Regional del Trabajo de Atacama los días 3 y 9 de julio, informó sobre la inestabilidad de la mina y, en particular de las precarias condiciones de seguridad de los trabajadores.
Mantener cerrada la faena es atribución tanto del Sernageomín como de la Inspección del Trabajo o el Servicio de Salud, de conformidad a lo preceptuado en la ley N° 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. En efecto, los artículos 23, 26, 27, 28 y 37 de la ley orgánica de la Dirección del Trabajo señalan entre las facultades del Director Regional y de los fiscalizadores, la posibilidad de ordenar el cierre inmediato de faenas cuando esté en juego la seguridad del trabajador.
La reapertura fue ordenada por la resolución número N° 2.225 de fecha 31 de Julio de 2010 del entonces Secretario Regional Ministerial de Salud de la región de Atacama don Raúl Martínez , a quien correspondía legalmente, por haberla cerrado.
Argumentó en ese documento que se había dado cumplimiento a las medidas correctivas ordenadas por el Sernageomín. Sin embargo, éstas no incluían un informe geotécnico que disipara sospecha alguna sobre la calidad geotécnica del yacimiento. El instrumento público sirvió de base a los ejecutivos de la mina San José para exigir a sus trabajadores el reinicio de las faenas, las que sólo cinco días después colapsarían con el accidente que motiva esta Comisión.
2.2.4. La mutual verificó el aumento de las tasas de accidentabilidad de la empresa por incumplimiento de las normas de seguridad laboral, pero esta información no se coordina con los órganos estatales.
La Asociación Chilena de Seguridad maneja datos de accidentabilidad no considerados por el Sernageomín que, si se hubiesen ponderado, habrían implicado una fiscalización más rigurosa de parte de las instituciones fiscalizadoras del estado, Sernageomín e Inspección del Trabajo. Al observar las estadísticas exhibidas por la ACHS, surge la preocupación de que la mina San José poseía una tasa de accidentabilidad que llegaba al 9,5%, muy superior al 2,2% del promedio del resto de la industria. Lo mismo si los funcionarios hubiesen sabido del alto porcentaje de cotización en la mutual, que era de 5,37% en vez de 3,4% cuál es el promedio de la industria minera.
IX. PROPUESTAS.
1. Respecto del Sernageomín.
1.1. Separación de los roles de coordinación y fiscalización (por denuncias), de aquél de la prevención.
Resulta indispensable que el Sernageomín se reestructure, tal y como ha señalado el Subsecretario de Minería en esta Comisión. Por lo demás, se recomienda que el Sernageomín tenga dos roles fundamentales en materia de seguridad que a la fecha no ha cumplido o lo ha hecho de manera imperfecta.
El primero de ellos es un rol coordinador y fiscalizador de los distintos antecedentes en materia de seguridad minera. Fueron muchos los antecedentes y datos que permitían prever el desplome de la mina, esto sin considerar los lamentables accidentes y las últimas muertes ocurridas en las minas San Antonio y San José que, por sí mismas, eran una señal de alerta más que suficientes. El Servicio debiese ser un canalizador de las denuncias en materia de seguridad y coordinador de los distintos servicios relacionados, como la autoridad de Salud y las Inspecciones del Trabajo.
El segundo rol que debería tener el servicio, es uno relacionado con las tareas de prevención, debiendo ser el principal motor en materia de seguridad, ya que es imposible que el Servicio esté presencialmente en todas las faenas.
1.2. Separación de las áreas de Geología y Minería, creándose un servicio geológico, constituido por geomecánicos, geólogos, ingenieros civiles de minas y geomensores de experiencia.
Ambas áreas son cada vez más distintas, por el conocimiento técnico que requieren. Es una idea orgánica que puede hacer del Sernageomin un ente mucho más eficiente.
1.3. Descentralización administrativa.
Se recomienda establecer una estructura administrativa que radique la mayor cantidad de funcionarios expertos en las zonas mineras, debiendo su Director Nacional y su gabinete instalarse en una de las regiones mineras.
1.4. Ampliación de las facultades fiscalizadoras, incluso con el auxilio de la fuerza pública, para cerrar las faenas y coordinar a los demás servicios legalmente.
Actualmente el Sernageomín no tiene esta facultad, lo que le resta imperio para imponer sus observaciones.
Frente a los accidentes graves, como se ha señalado, tienen la facultad de exigir el cierre temporal la autoridad de Salud, del Trabajo y el Sernageomín. Suele suceder también, que las mutuales de seguridad lleguen antes al lugar del accidente, pero hoy sólo se relacionan con la Superintendencia de Seguridad Social, que las fiscaliza. Se requiere, por tanto, modificar la normativa de modo de exigir una coordinación comunicacional entre todos estos organismos, centrada en el informe técnico del propio Sernageomín, que es el único servicio que cuenta con la experticia profesional en materia minera. Así se evitarán las frecuentes contradicciones.
De igual forma se propone revisar sus facultades fiscalizadoras, ampliándolas incluso para poder requerir el auxilio de la fuerza pública cuando surja de manifiesto una infracción gravísima que pueda poner en riesgo la seguridad de los trabajadores.
1.5. Establecimiento por ley de los procedimientos, atribuciones y competencias de las autoridades mineras.
Se propone establecer en normas legales las competencias y atribuciones de cada una de las autoridades máximas del Servicio, debiendo consignar incluso el rango normativo de las decisiones de la autoridad.
Resulta indispensable delimitar más claramente en la ley dónde comienzan y dónde terminan las funciones de los distintos servicios ligados a la seguridad laboral. Esto se hace extensivo al interior del mismo Sernageomín, lo que habría evitado reaperturas irregulares de la mina.
1.6. Obligarle a recibir las obras que manda a ejecutar.
Es fundamental que el Sernageomín vise que las exigencias dictadas a las compañías mineras sean cumplidas por éstas para seguir operando.
1.7. Incremento de las exigencias a los docentes de los cursos de capacitación.
En la actualidad, es insuficiente la formación de las personas que imparten los cursos en el Centro de Capacitación del Sernageomín. Por la importancia de su función, éstas deben previamente tener una educación formal en seguridad. Los profesionales de la minería que presten dichos servicios deben demostrar conocimientos técnicos y académicos sobre prevención de riesgos.
Las funciones de capacitación de Sernageomín y de la autoridad sanitaria son determinantes al momento de aspirar a un cambio drástico en la accidentabilidad de la mediana y pequeña empresa minera.
2. Respecto de Enami.
2.1. Facultarlo para que certifique el cumplimiento de las normas laborales y sanitarias del mineral que compra.
El Estado tiene una buena oportunidad de apoyo a la mediana y pequeña minería, desarrollando su capacidad de regulador y fiscalizador, junto al fomento de buenas prácticas, otorgándole a Enami nuevas funciones y desarrollando las actuales en favor de nuevos mecanismos y herramientas, que permitan cambios en los actuales índices de accidentabilidad y secuelas sanitarias por las operaciones de la minería. Es necesario lograr que Enami exija un sello de seguridad en las faenas, otorgado por Sernageomín, para lograr que las medianas y pequeñas empresas al vender sus extracción cumplan con las normas de seguridad establecidas por el legislador y fiscalizadas por dicho servicio.
Actualmente, Enami tiene un sistema de empadronamiento que puede ser mejorado mediante la exigencia de que quienes postulen a él sean los dueños efectivos de la mina, para evitar triangulaciones maliciosas.
Con todo, es indispensable diferenciar las exigencias en relación al tamaño de las compañías mineras.
2.2. Que capacite y cumpla su rol de fomento en seguridad minera, coordinado con Sernageomín.
Los hechos investigados y analizados señalan con absoluta claridad que se hace necesario involucrar a Enami en funciones que al día de hoy le han sido ajenas, como es la capacitación en seguridad minera para el ejercicio de la explotación de las empresas reconocidas como medianas y pequeñas y, más aun, aquellas con prácticas artesanales, que son las que le llevan sus minerales, dado su rol de poder comprador de dichas explotaciones. A Enami le corresponde desarrollar un rol de fomento de la seguridad en quienes le venden su producción.
2.3. Que dé créditos y plazos para invertir en seguridad.
La Comisión tomó conciencia que la orientación hacia la producción, considerando la seguridad minera como un costo, hace que muchos pequeños y medianos mineros no inviertan en la materia. Los limitados recursos al momento de emprender actividades de este tipo llaman a que el Estado tome un rol más activo en fomentar su desarrollo.
3. Incentivos de cumplimientos y desincentivos de incumplimientos en seguridad.
Debido a los puntos anteriores, queda de manifiesto que aún con un explosivo incremento de fiscalizadores de las diversas reparticiones que tienen competencia en esta materia, la accidentabilidad laboral en la industria minera no sufrirá reducciones considerables si no se crea un mecanismo de incentivos positivos para la adopción de medidas de seguridad laboral y de faenas en esta industria. Así, la Comisión propone diseñar instrumentos de asignación de recursos y puntajes que permitan a la empresa optar a beneficios económicos en atención a su alto nivel de cumplimiento de normas y medidas que protejan a sus trabajadores. De igual forma, la Comisión propone desincentivar a los empresarios a incumplir estas exigencias.
3.1. Creación de un Fondo de Seguridad Minera, con recursos provenientes del royalty o de los excedentes de los precios.
En materia de financiamiento de las medidas destinadas a mejorar las condiciones de seguridad de las pequeñas faenas mineras, esta Comisión propone la creación de un Fondo de Seguridad Minera, con recursos provenientes del royalty minero o de excedentes de los precios del cobre a fin de apoyar a pequeñas empresas mineras a adoptar medidas que mejoren la seguridad de sus trabajadores.
La idea es que se ayude a segmentos que el mercado no soluciona. Si el aporte proviene del royalty, podrá ser estable, en tanto que si proviene de los excedentes, será variable.
3.2. Levantamiento a rango legal de las materias de seguridad y afines del Reglamento de Seguridad Minera.
Éstas son a juicio de la Comisión, los objetivos, campo de aplicación y atribuciones de Sernageomín; las obligaciones de las empresas y trabajadores de faenas mineras, con especial énfasis en los planes de emergencia; las condiciones sanitarias mínimas en faenas mineras y obligaciones ambientales y relativas al cierre de faenas (específicamente a las medidas que se deben tomar para evitar daños a la integridad y seguridad de las personas); la fiscalización, infracciones y sanciones (estableciendo los procedimientos de fiscalización, aplicación y reclamación).
3.3. Obligación de que los comités paritarios y el prevencionista de riesgos estén en las faenas y deban constituirse con menos trabajadores.
Se propone que se establezca en una norma de rango legal la obligación de los comités paritarios y del prevencionista de riesgos de encontrarse instalados en los lugares de las faenas, ya que en múltiples ocasiones se observa que estas entidades funcionan en la matriz de las sociedades, sin contacto directo con las condiciones de trabajo de los mineros.
Es indispensable formalizar y exigir la existencia de los comités paritarios, otorgándoles a éstos los atributos y potestades que les reconoce la moderna legislación. Es decir, las normas basadas en la búsqueda de nuevos resultados. Dichos comités paritarios deben ser obligatorios, y sus representantes deben gozar de los necesarios fueros para su gestión. Sus recomendaciones deben ser respetadas e implementadas.
Los hechos de la mina San José y otros demuestran que en la práctica no se cumple con la normas del Reglamento Minero que propicia la participación de los trabajadores en las actividades de prevención de accidentes y enfermedades profesionales a través de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Al parecer, se hace necesario establecer con claridad y sin equívoco a que éstos deben formarse siempre a partir de faenas con un mínimo de 10 trabajadores. Hoy se señalan 25 como número base. Quienes actualmente son parte de esos comités paritarios viven la situación de falta de empoderamiento, dado el hecho que no gozan de los beneficios del fuero laboral.
Cabe aclarar que los miembros del comité paritario son los mismos trabajadores, por lo que es un requisito sin costo, y opera como una garantía de seguridad.
Por último, se recomienda un cambio en el Reglamento de Seguridad Minera, que fija en 100 trabajadores la exigencia de un Departamento de Prevención de Riesgos. Se hace recomendable legislar para que dicho numeral baje a 50 trabajadores.
3.4. Aumento de las multas y su calificación según gravedad, llegando a sanciones penales de personas jurídicas.
Resulta indispensable el aumento de los montos de las multas, para disuadir efectivamente a las empresas del incumplimiento del Reglamento de Seguridad Minera. Para ello se sugiere en primer orden establecer una calificación de las infracciones en simples, graves y gravísimas y la consagración de multas progresivas en atención a la capacidad patrimonial de las empresas con un piso mínimo a las de menor tamaño.
Se propone, además, la incorporación al actual catálogo de responsabilidad penal de las personas jurídicas el caso de accidentes laborales por incumplimiento grave de la normativa vigente, sin necesidad de que acontezca el resultado para la aplicación de la norma sancionatoria. Esto operará como un poderoso desincentivo a la despreocupación de las normas de seguridad.
En efecto, la gravedad de la situación se manifiesta en que las actuaciones de los dueños de la mina lindan con lo delictual, no sólo por un tema de culpabilidad, sino que a veces, con un proceder similar al requerido en el dolo eventual, donde la representación del hecho para el agente es absolutamente previsible, situación que se da en la especie, y éste lo acepta con la más absoluta indeferencia de su resultado, sin necesidad de que quiera que se produzcan dichos efectos.
3.5. Creación de un catastro reservado del historial sanitario, laboral y minero de la industria.
Para evitar nuevos accidentes, se recomienda el establecimiento de un organismo técnico nacional que lleve el catastro de minas, centralizado. Actualmente existen sobre 3.000 faenas empadronadas por Enami. Habría que avanzar en el apoyo de las pequeñas mineras, para que Enami compre a todos los que cumplan efectivamente el artículo 21 del Reglamento de Seguridad Minera.
Se propone al Gobierno la creación de este registro integrado y reservado del historial de la industria minera, donde confluya la información relativa a los cumplimientos e incumplimientos, tanto sanitarios, laborales y mineros, para distinguir aquellos que cumplen las disposiciones vigentes y los requerimientos de la autoridad, de aquellos que habitualmente incumplen las normas legales y reglamentarias poniendo en riesgo la seguridad de sus trabajadores.
Entre los ítems a medir, deberá incluirse la existencia de los comités paritarios.
3.6. Creación de un registro de revisores independientes.
Este listado de revisores calificados permitirá comparar y revisar los informes emitidos por las empresas consultoras, debiendo el Sernageomín tener a la vista todos los antecedentes al momento de decidir, responsabilizándose cada firmante por el informe emitido.
3.7. Creación de una Superintendencia de Minería.
Las funciones de esta Superintendencia de Minería deberán ser, a lo menos, el control de las compañías, el control de la seguridad minera, la implementación de las políticas de seguridad, el control de auditoría de las empresas mineras públicas y de la información estadística de las empresas privadas.
3.8. Formación de una Comisión Ministerial de Expertos en Seguridad Minera Senior para actualizar los programas de formación en seguridad minera.
Los análisis realizados, a propósito de la investigación hecha, apuntan a que la actual crisis de seguridad en las minas, y en particular en la pequeña y mediana minería hace recomendable de que se forme una Comisión Ministerial del más alto nivel formada por Expertos en Seguridad Minera Senior, que se preocupen de la actualización de los planes y programas de formación de expertos.
En la actualidad los expertos en seguridad minera, son marginados en la toma de decisiones trascendentes para lograr un estándar de seguridad en la mina misma. La toma de decisión crítica recae en los departamentos de ingeniería y en los departamentos de operaciones. Así, su rol queda limitado al desarrollo y ejecución de recomendaciones que apuntan a la seguridad de las personas, como un subsistema inconexo con el sistema general de explotación minera. El derrumbe de la mina San José es un ejemplo de lo señalado. El Departamento de Seguridad e Higiene Minera no conocía los problemas de estabilidad local y estabilidad global de las minas subterráneas y no incidía en nada en las propuestas que a los dueños hacían los departamentos antedichos.
3.9. Urgencia para la aprobación del convenio 187 sobre el marco promocional general para la seguridad y salud en el trabajo.
Las normas del Convenio 187 de la OIT, inspiradas en los acuerdos de la reunión de los jefes de Estado en París durante octubre de 1972, son normas modernas que reflejan no sólo las responsabilidades colectivas en materia de seguridad y salud en el trabajo, sino también las funciones, los derechos, las responsabilidades y los ámbitos de cooperación respectivos de los empleadores, los trabajadores y sus representantes. Sus recomendaciones se expresan sobre la base que la expansión económica no es un fin en sí mismo y que antes deben permitir atenuar la disparidad de las condiciones de vida, apuntan a traducirse en un mejoramiento de la calidad y el nivel de vida de los trabajadores.
Estas normas se sustentan sobre la idea de que el trabajo debe respetar la vida y la salud del trabajador, que éste debe dejarle tiempo libre para su descanso y distracción, y que el trabajo debe permitirle servir a la sociedad y al mismo tiempo realizarse expandiendo sus facultades personales. La modernidad de estas normas expresan que el trabajo se desenvuelve en un medio ambiente y busca superar las antiguas miradas en las cuales éste era un mero objeto de la Medicina del Trabajo. Esta perspectiva dio origen a la creación del Programa Internacional para el Mejoramiento de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (PIACT) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La Cámara de Diputados lo aprobó recientemente y se solicita al Ejecutivo disponer del trámite de suma urgencia para su pronta aprobación por el Senado.
3.10. Que las mutuales informen la tasa de accidentabilidad al Sernageomín.
Se ha señalado en el punto 10 de las conclusiones que la coordinación entre la información que manejan las mutualidades y el Sernageomín podría haber evitado este accidente, pues habría obligado a una mayor fiscalización, basada en el nefasto historial del yacimiento.
Por ello, se propone obligar a que las mutualidades informen al ente estatal sus estadísticas y tasas de accidentabilidad.
Es, además, de la más alta preocupación para esta Comisión el ocultamiento de los accidentes, lo cual se ve estimulado por los mayores puntajes en las licitaciones que logran las empresas con menos accidentes. También debería ser considerado como delito. Se propone, como contrapartida, el establecimiento de incentivos para la denuncia, tales como disminuir la carga de la mutual si es el mismo empleador el que denuncia el accidente.
3.11. Implementación de un servicio estatal de rescate minero.
El Ejecutivo debe implementar un servicio profesional y especializado en rescate minero. Existen en Chile bomberos voluntarios, que se han especializado en esta materia. Se debe asimilar esa experiencia y adecuarla a la necesidad de formar un cuerpo profesional, de modo que ante un eventual accidente, no se dependa exclusivamente de la voluntad de la empresa privada.
-Puestas en votación las conclusiones, fueron aprobadas por la unanimidad de los Diputados presentes señores García-Huidobro, don Alejandro ( Presidente ); Calderón, don Giovanni ; Cerda, don Eduardo ; Carmona, don Lautaro ; Espinosa, don Marcos ; Harboe, don Felipe ; Lemus, don Luis ; Marinovic, don Miodrag ; Rojas, don Manuel ; Verdugo, don Germán , y Vilches, don Carlos .
-o-
La Comisión hace presente que sólo el mismo día en que se evacuó este informe, cumpliendo con el máximo del plazo otorgado por la H. Sala, fue recibido el informe del Sernageomín respecto del accidente. Cabe señalar que éste fue solicitado en numerosas ocasiones para ser considerado en las conclusiones y que, hasta la fecha de aprobación de este informe, no hubo respuesta.
-o-
Designación del diputado informante .
Se acordó designar diputado informante al señor Alejandro García-Huidobro Sanfuentes .
Sala de la Comisión, a 20 de enero de 2011.
Tratado y acordado, conforme se consigna en las actas de fechas 18, 24, 25, y 31 de agosto; 1, 7, 8, 14, 15, 28 y 29 de septiembre; 5, y 27 de octubre, 2, 9 y 16 de noviembre y 21 de diciembre de 2010 y 12, 17, 18, 19 y 20 de enero de 2011, con la asistencia de los Diputados señores García-Huidobro, don Alejandro ( Presidente ); Bertolino, don Mario ; Carmona, don Lautaro ; Espinosa, don Marcos ; Goic, doña Carolina ; Harboe, don Felipe ; Lemus, don Luis ; Marinovic, don Miodrag ; Núñez, don Marco Antonio ; Rojas, don Manuel ; Sauerbaum, don Frank ; Vilches, don Carlos , y Ward, don Felipe Se hace constar que durante el cometido de la Comisión Investigadora, el Diputado Calderón, don Giovanni
Además, los Diputados Bauer, don Eugenio ; Browne, don Pedro ; Cerda, don Eduardo ; Ceroni, don Guillermo ; Pérez, don Leopoldo y Verdugo, don Germán , en algunas sesiones, asistieron en reemplazo de los Diputados señores García-Huidobro, don Alejandro ; Sauerbaum, don Frank ; Goic, doña Carolina ; Núñez, don Marco Antonio y Bertolino, don Mario , respectivamente.
(Fdo.): PATRICIO ÁLVAREZ VALENZUELA , Secretario de la Comisión ”.
21. Informe sobre la VI Reunión del Comité de Diálogo Político Congreso Nacional de Chile-Asamblea Popular Nacional de China, y reuniones anexas, efectuadas del 16 al 21 de enero de 2011, en Beijing y Wenzhou, República Popular de China .
“Honorable Cámara:
Tengo a honra informar acerca de la VI Reunión del Comité de Diálogo Político entre el Congreso Nacional de Chile y la Asamblea Popular Nacional de China, que tuvo lugar el día 17 de enero de 2011, en el edificio de la Asamblea Popular Nacional China y otras reuniones efectuadas en los días siguientes.
I. PARTICIPANTES.
El capítulo chileno estuvo encabezado por su Presidente , diputado señor Roberto León , y diputados señores Mario Bertolino , Guillermo Ceroni , Fidel Espinoza y Javier Hernández .
El capítulo chino estuvo representado por los señores Zheng Silin , Co-Presidente del capítulo chino; Li Bengong , miembro de la Comisión de Finanzas y Economía; Feng Chenggen, miembro de la Comisión de Educación, Ciencia, Cultura y Salud, y la señora Zhao, representante del Ministerio de Agricultura.
II. ENTREVISTA CON EL VICECANCILLER.
En forma previa a la VI Reunión, la delegación sostuvo una entrevista con el Vicecanciller , señor Li Jinzhang, quien destacó la larga trayectoria de las relaciones diplomáticas, comerciales y culturales entre ambos países, recordando que recientemente se celebraron 40 años desde el inicio de esta larga amistad.
Del mismo modo, hizo un recuento de las principales visitas realizadas por los mandatarios de ambos países, durante el último tiempo, así como la reciente visita a Chile de la Consejera de Estado , señora Liu Yandong .
Reconoció tener en Chile a un gran aliado en América Latina y, para tales efectos, se refirió a los mecanismos de entendimiento suscritos, los cuales han permitido un incremento importante en los intercambios comerciales.
Destacó la importancia de la próxima reunión a celebrarse en Colombia, que corresponde a la Segunda Reunión preparatoria de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur, donde se revisarán las medidas interinas vigentes y donde Chile pretende lograr un acuerdo que permita adoptar medidas eficientes en cuanto a que todos los Estados limiten y reduzcan sus niveles de captura del recurso jurel.
La delegación chilena, a través de su Presidente , el diputado señor León , formuló una petición en ese sentido, a fin de que China ratifique prontamente ese instrumento jurídico internacional, lo que fue aceptado por la parte china, compartiendo los criterios de sustentabilidad de la especie.
En otro orden de materias, el Vicecanciller destacó la importancia de la diplomacia parlamentaria en otras instancias parlamentarias de relevancia internacional, y por cierto recordó la larga trayectoria de las relaciones diplomáticas entre ambos países, destacando el nivel de nuestro país dentro del contexto latinoamericano.
Hizo un recuento de las últimas actividades desarrolladas desde el pabellón chileno en Shanghai, y otras actividades culturales desarrolladas en nuestro país, como la muestra de los soldados de terracota y la presentación de la opera de Beijing, etc.
También destacó la implementación del Tratado de Libre Comercio, con lo cual se ha elevado el volumen del intercambio comercial. Asimismo, sostuvo que defendían los derechos de los países en desarrollo y se comprometió a trabajar para elevar el nivel de las relaciones.
La delegación chilena, a través de su Presidente , el diputado señor León , agradeció las palabras y recordó la relevancia y creatividad de nuestro pabellón en la feria de Shanghai, donde se combinó presente y pasado.
Se refirió a la importancia de perfeccionar el sistema de hermanamientos entre las ciudades de ambos países, de manera de utilizar tales instrumentos en beneficio de las poblaciones de Chile y China.
Destacó la edición de un libro en conmemoración de los 40 años de relaciones diplomáticas editado por la Biblioteca del Congreso Nacional, denominado "De Los Andes a la Gran Muralla" el cual será traducido al chino en breve tiempo.
Ambos personeros coincidieron en la necesidad de potenciar el tema turístico, analizando una política de cielos abiertos o de buscar otras alternativas de conectividad más expeditas.
Asimismo, implementar otras medidas como el facilitado del visado, información transparente y accesible para los usuarios, lo que podría beneficiar enormemente a un sector amplio de la economía. También se refirió a la industria del vino chileno.
III. VI REUNIÓN DEL COMITÉ DE DIÁLOGO POLÍTICO.
Las partes celebraron la conmemoración de los cuarenta años del establecimiento de las relaciones diplomáticas entre ambas naciones e hicieron un recuento de los principales hitos, como han sido el apoyo que dio Chile a China para su ingreso en la Organización Mundial del Comercio; la suscripción del Acuerdo de Libre Comercio y los logros obtenidos a su amparo; el aumento de los intercambios comerciales, culturales y, por último, destacaron la celebración del Comité de Diálogo Político, en su sexta versión.
De esta manera, los dos Co-Presidentes hicieron un largo análisis sobre la situación política, económica y social de China y de Chile.
-Destacaron la importancia de los hermanamientos de las regiones chilenas con las provincias chinas, e instaron a desarrollarlos y potenciarlos como una herramienta eficaz para el mutuo conocimiento y exploración de nuevos intercambios y sistemas de cooperación.
-Concordaron en la necesidad de incrementar las inversiones en los distintos ámbitos de la economía, ciencia y tecnología, de manera tal de lograr un pleno conocimiento de ambas culturas.
-Intensificar los contactos a nivel de las pequeñas y medianas empresas, para lo cual se potenciará una agenda a desarrollar en este sentido por ambas partes, como por ejemplo, celebrar un seminario para reunir a los principales actores de esta temática y crear nuevas fuentes laborales y por ende de desarrollo.
-Ratificaron la necesidad de llevar a cabo estos encuentros en provincias y regiones, para lo cual se acordó celebrar la VII Reunión en Chile en la X Región, en fecha por determinar.
A continuación se desarrolló un debate como se indicará en seguida:
El señor Li Bengong , miembro de la Comisión de Finanzas y Economía, hizo una evaluación de la relación comercial, destacando a Chile como el socio más importante en América Latina, especialmente con la entrada del Tratado de Libre Comercio, para lo cual citó algunas cifras y subrayó la condición de complementariedad y enumeró los productos que China exporta a nuestro país, como aparatos, maquinaria, textiles, electrodomésticos, etc.
A su vez nuestro país exporta cobre, productos minerales, frutas, celulosa y harina de pescado.
Subrayó la importancia de las Pymes y señaló que era menester avanzar en la cooperación, y recordó las tragedias sufridas por ambos países en cuanto a catástrofes naturales y a la manera en que golpeó la crisis financiera mundial. Recordó la ayuda enviada a Chile en estas materias.
El diputado señor Javier Hernández expuso con gran detalle acerca de la situación económica actual y efectuó algunos lineamientos a futuro.
Se refirió a los acuerdos e instrumentos comerciales vigentes y destacó la labor desarrollada por esta instancia parlamentaria en los distintos ámbitos en que actúa y a los logros obtenidos al amparo del Tratado de Libre Comercio y de los efectos de la crisis financiera mundial.
Tocó aspectos concernientes a la pesca indiscriminada del jurel como también a la necesidad de agilizar los trámites para hacer efectivo el ingreso de los arándanos a Chile, para lo cual será necesario hacer una promoción y difusión de sus virtudes para la salud.
El Copresidente señor Silin , argumentó que China era un gran comprador de cobre, de harina de pescado y de celulosa, y que en los dos últimos productos nuestro país competía además con Brasil por lo que era necesario aumentar los volúmenes de venta.
En este punto, el diputado señor Hernández solicitó al encargado de negocios de la embajada, señor Jorge Iglesias que le remitiera los antecedentes correspondientes sobre ese mercado.
A continuación intervino el señor Feng Chonggen, miembro del la Comisión de Educación, Ciencia, Cultura y Salud, quien se refirió a los acuerdos suscritos en materia educacional, cultural y tecnológica, como por ejemplo, el acuerdo de entendimiento en temas de la antártica, uso pacífico de la energía nuclear, cooperación científica, etc.
Recordó las ocho rondas de negociación de la Comisión Mixta Científica Tecnológica y destacó los intercambios culturales existentes, la visita de un destacado pianista chino a nuestro país y la presentación de la opera de Beijing.
A su vez, el diputado señor Mario Bertolino , hizo una reseña acerca de los intercambios culturales, científicos y tecnológicos que se llevan a cabo. Por tanto, expresó que era de suma importancia profundizar sistemas que permitan el conocimiento del idioma chino mandarín y español a nivel de universidades e institutos, pues constituía un elemento esencial para la complementación económica que sostienen ambos países.
En base a lo anterior sugirió profundizar las relaciones en materia de:
-Tecnologías innovadoras en materia energética.
-Uso futuro del cobre.
-Investigaciones sismológicas.
-Creación de paquetes tecnológicos, industriales, mineros y educacionales.
Asimismo, se conversó acerca del desarrollo del football en Chile y de esa manera, se señaló que sería una veta a explorar por cuanto en China no se encuentra tan desarrollado, o en el campo de la gimnasia, materias sobre las cuales bien se podría estudiar un intercambio.
A continuación la señora Zhao Lilin , representante del Ministerio de Agricultura, se refirió a la situación de la pesca en ambos países, para lo cual destacó el nivel de cooperación existente.
A su juicio, los recursos del Pacífico Sudeste han sido utilizados en buenos términos.
Sostuvo que China otorga importancia al recurso jurel y que está dispuesto a resguardarlo y que participaba en las rondas de negociación en forma activa y que había cumplido las medidas de protección establecidas en la reunión de Nueva Zelanda del año 2009.
A continuación, se refirió a la próxima Reunión que se llevará a cabo en Colombia, donde China planteará impulsar medidas adecuadas para impulsar la utilización razonable del recurso jurel.
Sobre este punto, intervino el diputado señor Fidel Espinoza , quien destacó la importancia de que China participe en la Segunda Reunión de la Conferencia Preparatoria de la Organización Regional de Pesca para el Pacífico Sur a desarrollarse en el mes de enero de este año en Colombia, pues será una oportunidad importante para adoptar medidas para evitar la pesca indiscriminada del jurel, recurso que se encuentra en las costas de Perú y de Chile y que constituye un producto importante para la alimentación de la población y que genera un importante número de fuentes laborales.
También se refirió a la necesidad de agilizar el ingreso del arándano a China, para lo cual enumeró sus grandes cualidades en la salud humana, motivo por el cual ha visto duplicar sus exportaciones.
Dado que esta fruta no es conocida en China, será necesario introducirla con una buena difusión de sus valiosas propiedades medicinales y de antioxidante.
En definitiva, se concordó en que era necesario acelerar el protocolo respectivo para su ingreso a China.
También se conversó sobre otras exportaciones que efectúa Chile como vino, harina de pescado, celulosa, etc.
El señor Silin , Co-Presidente , señaló que Chile debería explorar mejor los mercados chinos en el tema de frutas, como naranjas y manzanas.
El diputado señor Guillermo Ceroni , valoró la reunión, como también por el significado que tiene por el hecho de recoger las inquietudes de la ciudadanía y por servir de canalizador de estas ante los respectivos gobiernos.
En este orden de ideas, precisó que era necesario intensificar las gestiones tendientes a desarrollar políticas en beneficio de las PYMES de ambos países, especialmente en el área agrícola, fortaleciendo sus organizaciones de manera que puedan mejorar sus precios y ampliarse a otros mercados y por tanto, trabajar en lograr un acercamiento y aprendizaje mutuo.
También se refirió al correcto uso de los recursos hídricos debido a la escasez de este importante recurso, especialmente en la agricultura, y a buscar mejores formas de regadío, como se llevan a cabo en Xian.
Insistió en el tema del jurel, y subrayó el rol que pueden jugar los parlamentos en materias tan sensibles como esta.
Finalizada la reunión, se acordó intensificar el trabajo que desarrolla el Comité, con especial énfasis en los siguientes aspectos:
1) Destacar la importancia de respaldar y fomentar la relación de las pequeñas y medianas industrias de ambos países, patrocinando encuentros entre ambos sectores, ya sea mediante el hermanamiento de las regiones y provincias chilenas y chinas u otros mecanismos que permitan tales objetivos.
2) Resaltar la importancia de la cooperación cultural, educacional y deportiva entre ambos países, especialmente en cuanto a aumentar y potenciar los intercambios en los distintos ámbitos del saber, como pudieran ser con los centros o institutos de estudios o las universidades.
3) Desarrollar una estrategia común destinada a potenciar el turismo entre ambas Naciones, procurando mejorar la conexión aérea.
4) Velar por la correcta utilización de los recursos hídricos.
5) Respaldar y compartir las acciones de ambos gobiernos en cuanto a la sustentabilidad de los recursos pesqueros del Pacífico Sur e instar a los Estados a la adopción con carácter de urgente de medidas efectivas para la conservación de estas poblaciones, de acuerdo con la mejor información científica disponible.
Lo anterior, en virtud del reconocimiento que otorgan ambos países a la acuicultura como una importante fuente de alimentaria mundial, sus efectos en el desarrollo económico y social de sus Estados y por la especial condición de subsistencia para sus comunidades. Todo lo anterior, dentro del marco de sustentabilidad ambiental que ambos países propician.
Otorgar especial importancia al tema de la pesca indiscriminada del recurso jurel, de manera de regular efectivamente la explotación de este recurso pesquero como también la sustentabilidad de la acuicultura.
6) En el ámbito de la agricultura, buscar mecanismos que permitan agilizar el ingreso de los arándanos a China, en el menor plazo posible.
7) En el área de los desastres, explorar sistemas para hacer frente a ese tipo de desgracias, como los terremotos o sismos de gran magnitud.
Por último, la delegación fue recibida por el vicepresidente de la Asamblea Popular Nacional China, señor Sang Guowei , quien destacó la labor realizada por el Comité y formuló diversos comentarios muy positivos hacia Chile.
El programa contempló, además, otras entrevistas como se indicará a continuación:
Con la Asociación de Cooperación Internacional de Pymes, representada por su Vicepresidente , señor Xu Kongneng , quien hizo presente que tenían un Convenio con Corfo, del año 2008, mediante el cual se estableció la cooperación en formación de personal y apertura de mercados.
También, dentro del marco de APEC, han desarrollado otros instrumentos para la cooperación de las Pymes, y cada dos años llevan a cabo una exposición.
Chile participa de estas reuniones, y también se han efectuado numerosos contactos a través de nuestra embajada.
La delegación chilena, a través del diputado señor León expresó el interés chileno en desarrollar programas específicos para apoyar a las Pymes a nivel de regiones y provincias, para lo cual propuso hacer una asociación con los gobiernos regionales, las universidades y las Pymes en temas como tecnología, etc.
También destacó el hermanamiento de 22 provincias y regiones, aspecto que habría que desarrollar en el marco de estas cooperaciones.
Subrayó la necesidad de llevar a la práctica de una manera más efectiva los convenios, especialmente en cuanto a Corfo.
Se refirió a los cultivos y producción de vino chino a nivel medio.
Precisó que la agricultura tiene un lugar importante, y que por tanto seria conveniente poner en práctica los convenios suscritos.
El tema pasa por dar asistencia a las micropymes, y es ahí donde se debería introducir el intercambio tecnológico para lograr un desarrollo óptimo de las regiones, con apoyo económico.
El Presidente del capítulo chileno, diputado señor León , explicó que dada la larga geografía de nuestro país, se podría trabajar en distintas áreas.
De esta manera, el diputado señor Ceroni sostuvo que una carencia importante en el área agrícola es la falta de conocimiento en cuanto a la organización y a la manera de comercializar los productos, como por ejemplo, la fruta. Los pequeños agricultores están siempre sujetos al poder comprador y no siempre reciben un precio justo porque son los exportadores quienes obtienen la mayor parte de las ganancias. Es decir, requieren de apoyo en lo gerencial para poder negociar mejor sus precios, para lo cual necesitan capacitación.
El diputado señor Hernández mencionó a los pequeños agricultores que desarrollan pequeñas granjas.
El diputado señor Bertolino solicitó definir que se entendía por PYMES en China a lo cual se le respondió que dependía del sector, y que normalmente se considera el valor del capital y el número de trabajadores.
IV. VISITA A WENZHOU.
Dentro de los principios que inspiraron la creación de este Comité, se llevó a cabo una visita a la ciudad de Wenzhou, situada al sudeste de la provincia de Zhejiang, conocida por su auge económico-industrial.
Se visitó la Zona de Desarrollo Económico y Tecnológico, específicamente las empresas de ciencia y tecnología Sheng Bang , productora de tecnología de presión en líquidos y Hui Run, especialistas en tecnología en maquinaria eléctrica para automóviles.
Finalmente, cabe consignar que se sostuvieron entrevistas con autoridades de la Asamblea Popular de Wenzhou, con representantes de las Comisiones de Economía y Comercio del Buró de Comercio Exterior y Asociación Empresarial de la ciudad.
V. MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SUSCRITO ENTRE AMBAS PARTES DEL COMITÉ DE DIÁLOGO POLÍTICO.
El memorándum de entendimiento suscrito entre ambas Partes se adjunta como anexo a este informe.
-o-
Cámara de Diputaodos, a 27 de enero de 2011.
(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD GARCÍA , Dirección de Asuntos Internacionales”.
22. Informe sobre la participación de la diputada señora Denise Pascal en el Foro Parlamentario sobre Biodiversidad con ocasión de la 10ª Conferencia de las Partes de la Convención de Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica (COP 10), efectuado los días 25 y 26 de octubre de 2010, en Nagoya (Japón).
Viaje: 25 y 26 de octubre 2010 en Nagoya, Japón .
Foro Parlamentario sobre b1odiversidad en el marco de la copio (1 02 Conferencia de las Partes de la Convención de Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica).
1- En el marco de Copio, la Organización Mundial de Legisladores fue invitada por la Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica a convocar parlamentarios de los países desarrollados y en desarrollo por delante del segmento ministerial de la Convención de la ONU.
Esta reunión de alto nivel se efectuó en Nagoya, Japón , el 25 y 26 de octubre 2010.
El Foro Globe, se enfoco en presentar un conjunto de recomendaciones políticas prácticas sobre los pasos clave que los ministerios de finanzas, los parlamentos nacionales y nacionales de control y oficinas de estadística deberían adoptar para integrar plenamente el valor de la naturaleza en la corriente principal de la toma de decisiones del gobierno.
El Globo Capital Natural Plan de Acción con el apoyo de un informe detallado que consta de once ejemplos de todo el mundo en el que las leyes de los gobierno, los reglamentos o proyectos han reconocido el valor que se manifiesta al considerar en el desarrollo la importancia de la naturaleza (medio ambiente) y su incorporación exitosa en la economía.
B.- La decisión de participación de una representación parlamentaria y por considerarse que estaba fuera del acuerdo marco, fue tardía y con un solo parlamentario lo que recayó en Denise Pascal A. Por lo que coordine con la delegación del Ministerio del Medio Ambiente representado por Subsecretario Ricardo Irarrazabal .
C.- El Foro de Nagoya reunió a 100 legisladores de todo el mundo para discutir y acordar un Plan de Acción de Capital Natural.
Este fue el eje de las ponencias y sus discusiones.
Capital Natural se refiere a aquellos aspectos del entorno natural que ofrece valor socio-económico a través de servicios de los ecosistemas. Por ejemplo, los humedales proporcionan servicios de tratamiento de aguas y depuración, prevención de inundaciones mediante la retención de la escorrentía superficial, y proporcionan un hábitat de vida silvestre. El capital natural existente al lado, y, a menudo sostiene, el capital hecho por el hombre. La integración de la valoración de los ecosistemas en la formulación de políticas y estadísticas económicas se ha centrado cada vez más en la "ecologización" de las cuentas de ingresos nacionales. En la actualidad, el capital natural no es reconocido en los procesos de formulación de políticas. Al no incluir el valor de los servicios de los ecosistemas en el análisis coste-beneficio de las opciones políticas, tomadores de decisiones son a menudo la elección de soluciones que son perjudiciales para la población de un país. El sector forestal se muestra con toda claridad, los ingresos procedentes de la extracción de madera se mide y registra, mientras que la disminución simultánea de los servicios de ecosistemas importantes, incluyendo la regulación del clima, secuestro de carbono y control de la erosión, no lo son. La sobre explotación de los mares afecta directamente todo el ecosistema marino y sus reproducciones. Etc.
La transformación de nuestro enfoque de capital natural le ayudará a ahorrar dinero en tiempos de crisis, en sinergia con los objetivos de clima, el agua, la seguridad y el desarrollo. Sólo tenemos que empezar a mirar en el valor de la naturaleza para ver las oportunidades. Afortunadamente, un número creciente de países, ciudades y empresas están haciendo precisamente eso.
C-1 El valor de carbono verde - La conservación de los bosques para evitar los costos de los impactos climáticos: A nivel mundial, reducir a la mitad las tasas de deforestación para el año 2030 reduciría las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero en un 1,5 a 2,5 gigatoneladas de CO2 al año, evitando los daños causados por el clima "
C-2 La superficie de los océanos es de 30 por ciento más ácida de lo que era en 1800, gran parte de ese aumento ocurrió en los últimos 50 años - una tendencia al alza que podría dañar los arrecifes de coral y tienen grandes repercusiones en pequeña cáscara de plancton en la base de la cadena alimenticia del océano, los científicos advierten esta situación, sumada a la pesca industrial (con regulaciones globalizadas) y a las cuotas locales ,los patrones de la vida marina, la temperatura del agua, el nivel del mar, y el hielo polar cubre unirse a la acidez y otras variables en una lista de las características del océano que puede y debe realizar un seguimiento continuo mediante el despliegue generalizado de las tecnologías existentes en un sistema permanente e integrado de vigilancia mundial, dicen los científicos .
A pesar de la gravedad de tales cambios en el océano, sin embargo, el mundo todavía tiene que desplegar una completa gama de herramientas disponibles para controlar el aumento de la acidificación del océano y otras condiciones que tienen un impacto fundamental sobre la vida en todo el planeta.
D.- Los expositores en las diversas temáticas fueron:
El primer ministro japonés , Naoto Kan , (por video)
Vicepresidente del Banco Mundial , la Sra. Anderson Inge
El ex jefe de la Oficina Nacional de Auditoría del Reino Unido , Sir John Bourn
CEO de Banco Japonés para la Cooperación Internacional, Hiroshi Watanabe .
Diputada brasileña, Rebeca García ( Presidenta del Grupo Parlamentario Global )
Presidente del Parlamento Europeo Comisión de Medio Ambiente, diputado Jo Leinen
Presidente de la Comisión de Cambio de Uso de Tierra y Ecosistemas MP Barry Gardiner
CEO y Presidente del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, Monique Barbut
Presidente de la Cámara Alta japonesa Comité del Presupuesto, Maeda Tae
E.- El Foro recibió las conclusiones de la Comisión Internacional de Globe sobre la Tierra y Cambio de Uso de los ecosistemas y se centró en identificar las medidas prácticas que los parlamentarios pueden tomar para integrar el verdadero valor del capital natural en la formulación de políticas en sus paises.
Los diferentes documentos analizados y expuesto junto a los temas analizados están en la pagina Web de Globe internacional.
Reunión de Globe de Legisladores sobre los temas de carbón de las Naciones con Arrecifes de Coral.
Ecosistemas Marinos Estrategia de recuperación: Parte II con el apoyo de un amplio conjunto de recomendaciones y un plan estratégico, que figura en el 'Plan de Acción de Globe para los Arrecifes de Coral'.
Capital Natural y su Plan de Acción; Estudios de Casos
Foro Globe en Nagoya Resumen Informe final, (se anexa.)
A mi parecer el Foro Parlamentario de Globe en el marco de Copio ha sido una experiencia muy importante. Nuestra Cámara debería tener un acercamiento mayor a Globe, en esencia sobre temas de materias que nos involucran directamente, como es considerar el valor real de los ecosistemas y el capital natural integrado en la formulación de políticas nacionales, como los conocimientos e intercambio entre los parlamentos integrantes.
Se anexa un resumen de las liberaciones del foro parlamentario en la Corp10.
(Fdo.): DENISE PASCAL ALLENDE, diputada ?.
23. Informe sobre la participación de la diputada señora Andrea Molina y de los diputados señores Celso Morales y Patricio Vallespín en la Reunión Parlamentaria y Conferencia de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP16/CMP6), efectuadas entre los días 6 y 8 de diciembre de 2010, en Cancún ( México)
1. Introducción.
El presente Informe resume los principales aspectos tratados en la reunión de la Unión Interparlamentaria Mundial (UIP) realizada el 6 de diciembre del 2010 en Cancun, México , con motivo de la realización de la COP 16 (Conferencia Mundial sobre el Cambio Climático)
La delegación de la Cámara de Diputados que asistió a este evento fue definida por la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Bienes Nacionales y estuvo integrada por los Diputados Celso Morales y Patricio Vallespin . Es preciso señalar que también participó en forma activa y permanente la Diputada Andrea Molina , la cual asistió en forma voluntaria y por sus propios medios para conocer el desarrollo de esta temática y aportar a la delegación chilena.
Por otra parte, debemos señalar que la delegación de Diputados no sólo participó el día 6 en el Encuentro de la UIP, sino que se sumó también a varias actividades planificadas para la Ministra de Medio Ambiente de Chile , María Ignacia Benitez , la cual entregó todas las facilidades necesarias para que nuestra delegación pudiera participar en paneles, reuniones y plenarias de discusión de diversas temáticas abordadas en la Conferencia Mundial sobre Cambio Climático que se extendió entre el 29 de noviembre y el 10 de diciembre.
La participación de nuestra delegación de Diputados fue con presencia permanente el día 6 de noviembre en la reunión de la UIP (ver en Anexo 1: Programa del Encuentro y Lista de Participantes) y durante los días 7 y 8 de diciembre acompañamos a la Ministra Medio Ambiente en diversas actividades planificadas por su Gabinete y por la Cancillería del Gobierna de Chile.
El contexto general respecto al sentido de este evento, los objetivos buscados y los compromisos que la UIP pretende alcanzar en esta materia, puede ser observado en el Anexo 2.
2.- Breve Descripción del Desarrollo de la Conferencia de la Unión Interparlamentaria sobre Cambio Climático
Como se puede observar en el Programa del Encuentro (Ver Anexo 1) éste no consideraba la constitución de Comisiones o Grupos de Trabajo sino que sólo plenarias expositivas. En efecto, el encuentro se desarrolló sobre la base de Paneles de Discusión con representantes de diferentes parlamentos del mundo y especialistas del tema de diferentes organizaciones internacionales del sistema de Naciones Unidas y de Organizaciones no Gubernamentales (ONGS), los cuales aportaría su visión sobre el tema del Cambio Climático y las posibles acciones a emprender. Luego se realizaba una ronda de preguntas y comentarios guiados por un moderador de la Mesa, lo cual desgraciadamente no era sistematizado ni se grababa ni se transcribía, por lo cual no se dejó testimonio de aquello.
La mayor parte de la Agenda del Encuentro se concentró en el desarrollo de estos paneles, cuyos expositores no entregaron sus ponencias por escrito pues se supone eran sólo aportes para definir una posición de la UIP respecto al Cambio Climático.
La segunda parte y final del Encuentro se concentró en la revisión y perfeccionamiento de un Documento de Trabajo elaborado por la Secretaría de la UIP. En este sentido, se debe consignar que el Congreso Mexicano preparó un pre-borrador que se ha circulado previamente a la Asamblea Interparlamentaria y fue considerado por el Comité de Asuntos de las Naciones Unidas de la UIP, llevada a cabo el 4 de octubre de 2010 en Genova. Un borrador totalmente renovado fue preparado después de la Asamblea y colocado en la página web de la UIP para comentarios y enmiendas, la fecha límite fue el 10 de noviembre de 2010.
Este documento debía ser analizado y perfeccionado por los parlamentarios que participaban de este Encuentro de Cancun.
De esta forma y disponiendo todos los participantes del Documento de Trabajo se inició la discusión del mismo, el cual luego de ser presentado y analizado se aprobó en forma unánime. Es preciso resaltar que nuestra delegación, como también la de otras naciones, efectuaron comentarios y aportes que fueron incorporados en la versión final que puede ser revisada en las páginas siguientes.
Es preciso señalar que este documento se transformaría en una especie de definición de una posición política ("position papen de los Congresos del mundo respecto al problema del Cambio Climático en el planeta.
Por otra parte, es digno de destacar que la delegación chilena junto a los representantes del Congreso de México, lideraron una tesis en torno a la urgente necesidad de reconocer formalmente en los grupos de trabajo que participan en la definición de las acciones y compromisos para enfrentar el Cambio Climático, un rol especifico a los Congresos del mundo, pues están múltiples actores en éstos y los parlamentarios que deben elaborar y ajustar leyes para cumplir estos compromisos no tenían opinión alguna en esas definiciones estratégicas. Luego de la intensa y fundada discusión, se acordó, en aras de mantener un documento oficial que contará con la fuerza de la unanimidad de los asistentes no se incorporó esta tesis, dado que los sistemas políticos de los países asistentes eran tan diversos que muchos de ellos no podían asumir dicho compromiso. Por ello, se estableció que este tema debe seguir siendo analizado en futuros encuentros de la UIP pues hoy sólo los representantes de los Ejecutivos de los Gobiernos fijan las posiciones de los países, muchas veces sin consulta y participación de los respectivos Congresos.
En virtud del proceso de análisis y discusión antes referido, se acordó un texto de Declaración de la UIP respecto al Cambio Climático, el cual sería presentado por el Presidente de la Unión Interparlamentaria Mundial en la COP 16, es decir, en la Conferencia del Cambio Climático donde participaban las delegaciones de todos los Gobiernos que asistieron a este evento.
El contenido del documento de la UIP que contiene los acuerdos adoptados en el Encuentro del 6 de diciembre 2010, con la metodología antes descrita, es el siguiente:
DECLARACIÓN DE LA UNION INTERPALAMENTARIA MUNDIAL (UIP) SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO
El cambio climático se ha mostrado entre los problemas más importantes de la agenda global. Sin embargo, las emisiones de gas que provocan el efecto invernadero han aumentado drásticamente, con el impacto climático que ha afectado a millones de personas alrededor del mundo, particularmente en países en vías de desarrollo. Los más vulnerables y los más pobres son los primeros afectados, junto con la población entera de pequeñas islas y países con costas.
Enfrentar la amenaza mundial del cambio climático es fundamental para asegurar el desarrollo sustentable a largo plazo, seguridad energética, disponibilidad de recursos de alimentos y agua, y reducir el riesgo de desastres. El cambio climático no conoce fronteras y afecta indiscriminadamente a la población mundial, exacerbando los problemas relacionados con la justicia social, equidad en los derechos humanos y arriesgando el logro de las Metas del Milenio. Debido a su compleja naturaleza, los esfuerzos para reducir las emisiones y remediar las consecuencias del cambio climático deben ser multilaterales, intersectoriales y deben incluir a un amplio rango de actores: desde grupos de países hasta comunidades locales, corporaciones multinacionales hasta pequeños negocios, y líderes políticos como ciudadanos privados. (sbi33).
Los parlamentarios. Nosotros, parlamentarios de todo el mundo, reunidos en Cancún, México , por la 16a Conferencia de las Partes del Marco de las Naciones Unidas para la Convención del Cambio Climático y la 6 Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (COP16/CMP6), expresamos nuestra grave preocupación sobre el hecho de que las negociaciones intergubernamentales sobre cambio climático aún no han dado resultados satisfactorios. La meta principal del proceso de negociaciones sigue siendo la adopción de un pacto global que sea entendible y legalmente vinculante, que establezca un marco internacional efectivo y justo con la participación de todas las economías principales que estarán encaminadas hacia un mundo con pocas emisiones y desarrollo.
Fortalecer la confianza entre paises y aumentar la transparencia y pluralidad de los procesos es crítico para el éxito. Junto con los gobiernos, las autoridades locales, empresas y los actores de la sociedad civil, los parlamentos cargan con su parte de la responsabilidad para identifica e implementar de manera efectiva una respuesta en común para el reto del cambio climático. Nosotros estamos dispuestos a afrontar esa responsabilidad y responder con el liderazgo requerido. Los parlamentos deben ejercer vigorosamente su autoridad constitucional y avanzar con compromisos nacionales por paises desarrollados y acciones de los países en vías de desarrollo para minimizar las emisiones de efecto invernadero y fortalecer la mitigación y la adaptación.
Nosotros estamos convencidos de que el camino multilateral es el camino justo y efectivo para resolver los problemas mundiales. Las Naciones Unidas, con su compromiso con un amplio rango de sectores y su membresía universal, sigue siendo la institución que tiene la experiencia y legitimidad para crear e implementar, a través de los marcos multilaterales, políticas públicas efectivas para enfrentar el cambio climático. La reciente adopción en Nagoya-Japón, de un nuevo protocolo hasta la Convención de Diversidad Biológica establecen un ejemplo inspirador para los negociadores del cambio climático.
El "nuevo pacto global con la naturaleza" debe ser una expresión de un consenso económico y político global basado en el concepto global de responsabilidades comunes pero diferenciadas. Nosotros apuramos a las Partes de la UNFCCC reunidas en Cancún a acelerar el momento y construir sobre el progreso hecho en Copenhague y las sesiones de negociación subsecuentes. Nosotros esperamos que se logren resultados concretos, particularmente en áreas como: el acuerdo para reducir emisiones de la deforestación y degradación de los bosques (REDD+); un sistema de medición, de reporte y verificación de la mitigación: financiamiento y transparencia financiera a corto y largo plazo; un mecanismo de mercado más afectivo y flexible, y un marco de adaptación. Nosotros felicitamos en buen trabajo hecho en este sentido por varios Grupos de Trabajo y Cuerpos Subsidiarios del UNFCCC.
Nosotros estamos comprometidos para ayudar a nuestros respectivos gobiernos a implementar los acuerdos ya existentes y futuros sobre cambio climático, con el objetivo de construir una prosperidad verde en cada uno de nuestros países y globalmente. En este sentido, nosotros creemos que el Acuerdo de Copenhague proveyó un marco para asegurar un posible acuerdo futuro. Fue de particular importancia la mención de un compromiso de reducción de emisiones y acciones de países desarrollados y en desarrollo, así como el reconocimiento de la necesidad de estabilizar las emisiones de GEI a un nivel consistente con mantener la temperatura global por debajo de los 2°C.
Grandes recortes en las emisiones globales son consistentes con el conocimiento científico y pueden ser implementados sin comprometer el derecho al desarrollo. El eventual acuerdo se debe basar en los principios de rendición de cuentas y transparencia de los planes de acción nacionales, con reportes regulares para hacer verificaciones. Consideramos que es importante para todos los países implantar planes de crecimiento de energía nacional y reducción de emisiones para lograr una reducción significativa per capita de emisiones de efecto invernadero, apuntando a reducciones a mediano y largo plazo que sean posibles según las circunstancias nacionales.
Notamos, con preocupación, que el Acuerdo de Copenhague y su compromiso financiero de 100 billones de dólares para el 2020 no ha sido garantizado en las negociaciones presentes. El establecimiento de las Naciones Unidas de un Grupo de Consejo de Alto Nivel en Financiamiento para el Cambio Climático es un paso al que damos la bienvenida en ésta dirección, y podría ayudar a identificar fuentes de financiamiento potenciales para apoyar las acciones por el cambio climático en países en desarrollo, incluyendo el financiamiento "vía rápida".
Nosotros urgimos a nuestros colegas parlamentarios alrededor del mundo a ser proactivos y tomar acciones que conciernen a la elaboración y la aprobación de presupuestos nacionales relacionados a la legislación del cambio climático, teniendo en cuenta, entre otras cosas, problemas como la reducción de emisiones intersectoriales y estrategias de adaptación, programas e incentivos inter-genéricos, solidaridad a lo largo de distintas generaciones y regiones, y la necesidad de desarrollar nuevos instrumentos, incluyendo un mapeo de riesgo y vulnerabilidad, registros de emisiones, manejo de crisis y sistemas de aviso oportuno en caso de desastres.
Nosotros hacemos un llamado la Unión Interparlamentaria para perseguir estos objetivos y movilizar a la comunidad global parlamentaria alrededor del tema de cambio climático. Es nuestro deber común ayudar al mundo a trazar un curso hacía un futuro más próspero para todos, de bajas emisiones, más seguro, saludable y limpio.
3.- Comentarios finales
La delegación de Diputados considera que este tipo de eventos aporta a la definición de posiciones comunes en un tema que si no se toman decisiones a escala planetaria, difícilmente se resolverá una problemática donde todos tenemos que aportar. Por ello, consideramos importante seguir participando de este tipo de jornadas, pero como recomendación sería pertinente definir previamente una posición como Congreso de Chile, para así poder liderar ideas y propuestas que puedan ubicar a nuestro país en la vanguardia por la preocupación de reducir los efectos del Cambio Climático en el planeta.
La delegación no asumió ningún compromiso más que difundir esta declaración entre los colegas diputados de Chile y no se definió una Agenda de trabajo futura, aunque quedó la impresión en la mayoría de los asistentes de la conveniencia de seguir realizando este tipo de jornadas.
Fdo.: (PATRICIO VALLESPÍN L., diputado ; CELSO MORALES M. diputado ; ANDREA MOLINA O. diputada ”.
Moción de los señores diputados Pérez, don Leopoldo ; Becker , Browne , Edwards , Godoy ; Monckeberg, don Nicolás ; Santana , Sauerbaum , y de la diputada señora Rubilar , doña Karla .
Modifica la ley N°16.618, que fija el texto definitivo de la ley de menores eliminando la expresión “menores en situación irregular” (Boletín N° 7473-18)
ANTECEDENTES
1. Uno de los objetivos de nuestra institucionalidad es la plena integración de los habitantes de nuestro territorio, sin distinción de edad, sexo, raza, ni ninguna otra condición que pueda dar lugar a eventuales discriminaciones arbitrarias.
2. Un sector particularmente vulnerable, dentro de nuestra sociedad, es el de los menores de edad, quienes cuentan en nuestro país con especiales instituciones que los protegen, tales como el Servicio Nacional de Menores y la Ley 16.618, conocida como la Ley de Menores, la cual en su primer artículo señala lo siguiente:
“Artículo 1º. La presente la ley se aplicará a los menores de edad, sin perjuicio de las disposiciones especiales que establecen otra edad para efectos determinados.
En caso de duda acerca de la edad de una persona, en apariencia menor, se lo considerará provisionalmente como tal, mientras compruebe su edad.”
3. El artículo 15 de la misma ley, por su parte, señala que habrá una unidad especial, dentro de Carabineros de Chile, destinada justamente a proteger a los menores:
“Artículo 15. Créase en la Dirección General de Carabineros un Departamento denominado ‘Policía de Menores’, con personal especializado en el trabajo con menores. Este departamento establecerá en cada ciudad cabecera de provincia y en los lugares en que sean asiento de un Juzgado de Letras de Menores, Comisarías o Subcomisarías de Menores.
La Policía de Menores tendrá las siguientes finalidades:
a) Recoger a los menores en situación irregular con necesidad de asistencia o protección;
b) Ejercer, de acuerdo con las instrucciones que imparta el Servicio Nacional de Menores, el control de los sitios estimados como centros de corrupción de menores;
c) Fiscalizar los espectáculos públicos, centros de diversión o cualquier lugar donde haya afluencia de público, con el fin de evitar la concurrencia de menores, cuando no sean apropiados para ellos, y
d) Denunciar al Ministerio Público los hechos penados por el artículo 62.
e) Otorgar protección inmediata a un niño, niña o adolescente que se encuentre en situación de peligro grave, directo e inminente para su vida o integridad física.
Para ello, concurriendo tales circunstancias, podrá ingresar a un lugar cerrado y retirar al niño, niña o adolescente, debiendo en todo caso poner de inmediato los hechos en conocimiento del Juez de Menores , del Crimen o Fiscal del Ministerio Público, según corresponda”.
4. Cabe señalar, además, que la norma citada -la cual se encuentra refundida en el DFL Nº 1 del Ministerio de Justicia, promulgado el año 2000 - utiliza la expresión “menores en situación irregular”. Dicha voz no es acorde con la protección que merece todo menor, por cuanto no le corresponde a la autoridad decidir quién merece protección y quién no. Es decir, se da lugar a una discriminación que es mejor evitar.
5. Lo anterior se ve reflejado en el espíritu de la Convención de los Derechos del Niño, promulgado por el Decreto Nº 830, Ministerio de Relaciones Exteriores, adoptada en la Asamble General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989 y suscrita por Chile el 26 de Enero de 1990, pues sus artículos primero y segundo señalan que:
Artículo 1. Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.
Artículo 2.
1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición de niño, de sus padres o de sus representantes legales.”
2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.
6. En este sentido debe tenerse presente el artículo 5º de la Constitución Política de la República de Chile, que reconoce como límite a la soberanía los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana y los tratados internacionales que se refieren a estos.
7. De los artículos citados y otros de la Convención fluye el “Principio de la protección integral de la Infancia”, que avanza desde una legislación “asistencialista y tutelar” hacia una que reconoce los “niños y jóvenes como sujetos plenos de derecho” .
8. Por eso se propone la eliminación de la expresión “menores en situación irregular”, de tal manera de terminar con el prejuicio y discriminación que pueden sufrir los jóvenes y niños, y asegurando de este modo que la acción de la Policía de Menores vaya destinada a todos los menores que lo necesiten.
9. Estas cuestiones, vale decir, fueron advertidas en la página de participación ciudadana www.sacatuvoz.cl, como en el comentario de doña Sindy Serrano J., quien piensa que “Creo que es importante plantear las contradicciones que existen entre la Ley de Menores y la Convención Internacional de los Derechos de Niños y Niñas, ratificado por nuestro país en el año 1990.”
“La primera, la Ley de Menores, plantea un paradigma de ‘menor en situación irregular’, discriminando a los niños y niñas que presentan diversos problemas sociales; mientras que la Convención Internacional de los Derechos de Niños y Niñas, señala “la doctrina de la protección integral a la infancia”, donde señala que los niños y niñas son sujetos de derechos.” Concluye que “Ambas estarían vigentes y desde su génesis son antagónicas.”
En virtud de lo anterior, los Diputados que suscriben, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único. Suprímese en el artículo 15 letra a) de la Ley Nº 16.618, Ley de Menores, la frase “en situación irregular”.
Moción de los señores diputados Delmastro , Becker , Edwards , Martínez ; Monckeberg , don Cristián ; Monckeberg, don Nicolás ; Pérez, don Leopoldo , Santana y de la diputada señora Sabat , doña Marcela .
Modifica la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, facilitando el pago de multas por medios electrónicos. (Boletín N° 7474-07)
ANTECEDENTES
1. Actualmente, quien comete infracciones o contravenciones graves, menos graves o leves a la Ley de Tránsito o a las normas de transporte terrestre, debe sufrir una sanción que debe ser tramitada en el Juzgados de Policía Local competente, cual es, el Juzgado correspondiente al lugar en el cual se produjo la infracción a la Ley de Tránsito. Al mismo lugar deben dirigirse quienes son sancionados mediante multas por un Inspector Municipal. El problema que sucede es que, en muchas ocasiones, personas que se encuentran en tránsito por lugares lejanos de nuestro territorio cometen una infracción, y luego deben volver al lugar que fueron citados, o tramitar el pago de la misma a través de un complejo exhorto.
2. La territorialidad con que opera el pago de las sanciones impuestas por un Juzgado de Policía Local provoca para muchos una pérdida de tiempo, puesto que deben considerarse una serie de actos previos al pago de la multa: traslados, esperas para el pago de la multa y recuperación de la licencia de conducir.
3. La ley Nº 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, contiene una norma que en parte facilita el procedimiento ante estos Juzgados y pago de las multas para quienes quieran ponerle término al procedimiento aceptando la infracción:
“ARTÍCULO 22° Las multas aplicadas por los Tribunales a que se refiere esta ley, deberán ser enteradas en la Tesorería Municipal respectiva dentro del plazo de cinco días.
El Tesorero emitirá un recibo por duplicado, entregará un ejemplar al infractor y enviará otro al Juzgado a más tardar al día siguiente del pago. El secretario del Tribunal agregará dicho recibo a los autos, dejando en ellos constancia del ingreso de la multa.
Toda persona que hubiere sido denunciada a un Juzgado de Policía Local por los funcionarios a que se refiere el artículo 3º, debido a infracciones o contravenciones graves, menos graves o leves a la Ley de Tránsito o a las normas de transporte terrestre, que no hayan causado lesiones o daños, podrá eximirse de concurrir al Tribunal en cumplimiento de la citación que se le haya practicado, si acepta la infracción y la imposición de la multa.
Se entenderá que el denunciado las acepta, poniéndose término a la causa, por el solo hecho de que proceda a pagar la multa respectiva, dentro de quinto día de efectuada la denuncia, presentando la copia de la citación, en la que se consignará la infracción cometida. En este caso, tendrá derecho a que se le reduzca en un 25% el valor de la multa, que se deducirá de la cantidad a pagar. El pago deberá hacerse en la Tesorería Municipal correspondiente al lugar en que se haya cometido la infracción, o en la entidad recaudadora con la que haya celebrado convenio esa Municipalidad, quienes harán llegar al Tribunal el comprobante de pago a la brevedad. Para estos efectos, el Juez de Policía Local remitirá al Tesorero Municipal la nómina de las infracciones con sus correspondientes multas y el valor que resulte de la deducción del 25% antes aludida. El Juzgado de Policía Local o la unidad de Carabineros en cuyo poder se encuentre la licencia de conducir, la devolverá al infractor contra entrega del comprobante de pago respectivo.
Lo dispuesto en los incisos tercero y cuarto precedentes no regirá respecto de la infracción a la prohibición establecida en el inciso primero del artículo 114 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Justicia, de 2007, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290. Respecto de esta infracción se aplicará lo dispuesto en el artículo 43 bis de la presente ley.
No obstante lo dispuesto en el inciso primero, tratándose de las infracciones al decreto con fuerza de ley N° 34, de 1931, sobre pesca y a su reglamentación, la multa deberá enterarse en la Tesorería Municipal de la comuna en que se cometió la infracción.
Tratándose de infracciones al decreto con fuerza de ley N° 34, de 1931, sobre Pesca, las especies decomisadas serán enviadas directamente a la municipalidad de la comuna en que se cometió la infracción, con excepción de los productos hidrobiológicos que podrán ser destinados directamente por el juez que conoce de la denuncia a establecimientos de beneficencia o instituciones similares.
Las Municipalidades que perciban ingresos por conceptos de multas por infracciones cometidas en otra comuna que carezca de Juez de Policía Local , deberán remitir el 80% del total recibido a la Municipalidad de la comuna en cuyo territorio se cometió la infracción. Ambas Municipalidades deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 55 de la ley N° 15.231.”
4. Si bien consideramos que el artículo 22 citado entrega facilidades a los usuarios, no resuelve del todo los problemas que se generan a propósito de las sanciones que aplican los Juzgados de Policía Local, pues el usuario tiene tan sólo cinco días hábiles para realizar el pago, y en algunos casos alguien que tenga su residencia habitual en el sur podría cometer una infracción en el extremo norte, tiene sólo cinco días para efectuar el pago, por lo que podría tener problemas para hacer uso del derecho que le confiere el artículo 22. ¿Y cómo es posible que hoy muchos servicios públicos pueden pagarse mediante internet? ¿Por qué no seguir el ejemplo del Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República? Por ello se propone como solución establecer un sistema de pagos en línea en todas las municipalidades de nuestro territorio, agregando un inciso al artículo 22 de la Ley que establece el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.
5. Cabe agregar lo señalado por un ciudadano de nuestro país, llamado Héctor , en la página www.sacatuvoz.cl, pues según él: “Debería modificarse la ley que obliga a los infractores de la ley del tránsito a presentarse a los Juzgados de Policía Local a cancelar las multas. Es impresionante la cantidad de horas que el país pierde en este inútil trámite, considerando que un porcentaje mínimo quiere presentar una apelación ante el respectivo juez seguramente por estar de acuerdo con la sanción.” Además se compara con otros lugares del mundo y piensa: “Debería ser como en países desarrollado, en que la infracción se puede pagar en los Bancos y sólo va al juzgado aquel infractor “que quiere apelar” ante el juez. Ni hablar cuando el parte se produce en un lugar que no es la residencia habitual del infractor.
En virtud de lo anterior, los Diputados que suscriben, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único. Intercálase el siguiente inciso entre el inciso primero e inciso segundo del artículo 22 de la Ley 18.287, que Establece Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:
“Para los efectos de lo establecido en el inciso anterior, deberá crearse un sistema de información en línea que permita el pago por medios electrónicos, otorgando los certificados que correspondan. Un Reglamento del Ministerio del Interior deberá regular el procedimiento de dicho sistema de información en línea.”
Moción de la diputada señora Sabat , doña Marcela , y de los diputados señores Cardemil , Delmastro , Edwards , Godoy ; Pérez, don Leopoldo , Santana y Verdugo.
Agrega artículo a la ley N° 18.290, sobre tránsito, con el objeto de prevenir accidentes. (Boletín N° 7475-15).
ANTECEDENTES
1. Cada vez que sucede un lamentable accidente en nuestras carreteras, la opinión pública se conmueve. Es cosa de recordad el trágico incidente protagonizado, hace algún tiempo, por un bus interurbano de transporte pasajeros, que produjo 20 muertes y múltiples heridos tras colisionar frontalmente con un camión, cruzando el eje de la calzada.
2. Estos hechos son frecuentes en las vías interurbanas de nuestro país y en múltiples ocasiones provocados por el estado de cansancio presentado por los conductores tienen jornadas de trabajo extenuantes que en algunas ocasiones le impiden mantenerse despierto.
3. La legislación se ha encargado de regular la jornada de los choferes y auxiliares de los servicios de transporte a través de la Ley Nº 20.271 o la Resolución 1213 Exenta de la Dirección del Trabajo. Sin embargo, y aún con la fiscalización existente, nada impide efectivamente y en todo momento que el conductor pueda caer en estados de somnolencia.
4. Por ello, una manera de evitar accidentes carreteros -amén de las normas tendientes a limitar las jornadas de trabajo de choferes y auxiliares- es la implementación obligatoria de un dispositivo tecnológico de sonido que evite lo anterior y despierte al conductor. Este dispositivo se encuentra hoy en el mercado, por lo que es una iniciativa factible de implementar en la práctica.
5. En virtud de lo anterior, y con el objeto de prevenir mayores accidentes en el transporte público interurbano y resguardar el derecho de quienes se ven obligados a utilizar este medio de transporte y otras personas, se propone incorporar un artículo a la actual Ley de Tránsito, 18.290, que prevenga tales estados mientras desempeñen su labor, prescribiendo el uso de un dispositivo tecnológico de sonido que evite lo anterior, y despierte al conductor. Este dispositivo, por supuesto, deberá ser autorizado y fiscalizado por la autoridad competente.
En virtud de lo anterior, los Diputados que suscriben, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único. Agrégase a ley 18.290, sobre Tránsito, en el título VI “Del Transporte Público de pasajeros y de los pasajeros de los vehículos de la locomoción colectiva” el siguiente artículo:
Artículo 84 bis: “Durante el desempeño de su labor, el chofer o conductor de la locomoción colectiva interurbana, de servicios interurbanos de transportes de pasajeros, deberá utilizar un dispositivo de sonido que active una alarma cada vez que el conductor parezca haber caído en un estado de somnolencia.
La certificación y fiscalización del uso de este dispositivo corresponderá al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según el reglamento que dicte tal organismo para este efecto.”
Moción de los señores diputados García, don René Manuel ; Becker , Browne , Cardemil , Delmastro , Godoy ; Monckeberg , don Cristián ; Pérez, don Leopoldo , y Verdugo.
Suprime el numeral séptimo del artículo 357 del Código de Procedimiento Civil. (boletín N° 7476-07).
ANTECEDENTES
1. Dentro de las normas que regulan la Prueba en el Código de Procedimiento Civil, se encuentran aquellas relativas a la Prueba Testimonial, ubicadas en el Título XI “De los medios de prueba en particular”, párrafo tercero, denominado “De los testigos y de las tachas” (artículos 356-384).
2. Estas normas establecen como regla general, en el artículo 356, que todas las personas pueden declarar en juicio, menos quienes la ley haya declarado como inhábiles.
3. Las inhabilidades se encuentran reglamentadas en el mismo párrafo, específicamente en los artículo 357 y 358, y se clasifican en absolutas y relativas, por los efectos a que dan lugar.
4. El artículo 357 del Código de Procedimiento Civil, dentro de las personas declaradas inhábiles absolutos para testificar en juicio, aquellos que se encuentran en estado de vagancia, tal como se señala a continuación:
Art. 357 (346). No son hábiles para declarar como testigos:
7° Los vagos sin ocupación u oficio conocido;
El problema que suscita este numeral séptimo es que miembros respetables de la sociedad civil, como artistas callejeros o ambulantes, pueden ser declarados inhábiles para declarar como testigos, pues el Juez puede asumir que se trata de vagos sin ocupación u oficio conocido, ya que su trabajo no tiene una oficina ni domicilio, sino que realizan labores en la vía pública.
5. En efecto, el Código Penal imponía sanciones a quienes se encontraban en tal situación; sin embargo, tales normas fueron derogadas: la Ley Nº 19. 567, que modificó el Código de Procedimiento Penal y Código Penal en lo relativo a la detención, y dictó normas de protección a los Derechos del ciudadano, derogó el párrafo décimo tercero “de la vagancia y mendicidad”, contenido en el Título VI del Libro II, así como los artículos 305 al 312 en él incluidos, normas que definían como vagos en el artículo 305 a los que no tenían hogar fijo ni medios de subsistencia, ni ejercían habitualmente alguna profesión, oficio u ocupación lícita, teniendo aptitudes para el trabajo, definición que concuerda con el numeral del Código de Procedimiento Civil.
Es decir, la referencia del Código de Procedimiento Civil hace alusión a una categoría anacrónica, que incluso el Código Penal ha dado por superada. Es, por tanto, una norma propia de una legislación añeja, y constituye hoy una discriminación, teniendo presente los derechos fundamentales resguardados y garantizados por nuestra Constitución, tales como la igualdad y dignidad de las personas.
6. Particularmente, el numeral séptimo del artículo 357 infringe el derecho fundamental a la no discriminación asegurado en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República:
“Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:
Nº 2.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupos privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.”
7. Por ello se propone actualizar nuestra legislación procesal civil y concordar sus reglas con la legislación penal, suprimiendo esta categoría de testigos inhábiles.
8. Cabe agregar que ello fue planteado por un ciudadano en la página de internet www.sacatuvoz.cl, don Israel Alberti , quien ha comentado que “La legislación nacional habla de delito de vagancia y armoniza esto con las inhabilidades del Código de Procedimiento Civil para ser testigo en juicio a propósito de las tachas”. Además se pregunta “¿puede un artista callejero de la Plaza de Armas dar su testimonio compareciendo a las audiencias respectivas?”.
En virtud de lo anterior, los Diputados que suscriben, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único. Deróguese el numeral séptimo del artículo 357 del Código de Procedimiento Civil.
Moción de los señores diputados Melero , Álvarez-Salamanca , Hernández , Kast , Morales , Salaberry , y de las diputadas señoras Cristi , doña María Angélica ; Molina , doña Andrea ; Nogueira , doña Claudia y Zalaquett , doña Mónica .
Somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la construcción de cárceles en el país. (Boletín N° 7477-12).
“En la actualidad, sólo cuando se cumplen determinadas condiciones los establecimientos penitenciarios, deben someterse a evaluación de impacto ambiental, aún cuando se trata de infraestructuras que, por sus características, siempre resulta difícil de localizar.
Creemos de toda lógica que esta omisión o vacío legal debe ser subsanado a través de esta iniciativa legal, ya que no existen argumentos de pesa para excluir a las cárceles del trámite de evaluación de impacto ambiental.
Para la población que eventualmente podría verse “afectada” por la instalación de un centro de estas características no le es indiferente, el impacto negativo que pueda acarrear para su entorno y para la plusvalía de sus propiedades este tipo de infraestructura, por ello no puede excluirse y al contrario deben incluirse la mayor cantidad de evaluaciones objetivas, legales y administrativas que aseguren la mayor transparencia y el menor daño ambiental a la población aledaña a una cárcel.
Así se propone someter a evaluación de impacto ambiental a la infraestructura carcelaria y que, en los casos de que los recintos tengan una capacidad superior a 500 personas, deban realizar siempre un estudio de impacto ambiental.
La legislación ambiental vigente no contempla de manera expresa que se deba someter al sistema de evaluación de impacto ambiental la construcción de establecimientos carcelarios. No obstante, a partir del artículo 10 letra g) de la Ley N° 19.300 y de lo que dispone la letra g) del artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, este tipo de infraestructura pública debe someterse a dicha evaluación cuando cumple, a lo menos, algunos de los aspectos que se señalan a continuación:
• Superficie construida igual o mayor a 5.000 metros cuadrados.
• Superficie predial igual o mayor a 20.000 metros cuadrados.
• Capacidad de atención, afluencia o permanencia simultánea igual o mayor a 800 personas.
• 200 ó más sitios para el estacionamiento de vehículos.
Por otra parte, la infraestructura carcelaria, corresponde a una de las actividades calificadas como “indeseables”, que resultan difícil de localizar, ya que son percibidas como negativas para su entorno, tanto por su función como por las externalidades que provocan.
Las externalidades negativas de una actividad indeseable han sido denominadas NIMBY (Not in my backyard) y se han desarrollado principios mínimos que deben cumplirse para determinar su ubicación.
Según la literatura sobre localización de actividades, la ubicación de este tipo de infraestructura debe realizarse considerando dos principios básicos:
a. Eficiencia espacial de la localización, referida a que los costos de todos los aspectos sean mínimos, tanto en la elaboración del proyecto (como valor del suelo, costos de edificación, transporte, etc.), como durante su fase de operación (cercanía a determinados servicios, facilidad de acceso, transportes, equipamiento aledaño etc.)
b. Justicia Espacial, referida al grado en que una población comparte los daños o impactos de las actividades indeseables, buscando como objetivo que el impacto sea distribuido de manera más homogénea en toda la población.
Este tipo de análisis, sirve para evitar que localidades, o sectores específicos, dada su menor valoración económica o grado de influencia, sean receptoras de todas las infraestructuras indeseables de una localidad.
Que actualmente la norma contemple grados de excepción permite que, en determinadas escalas, estos proyectos no se sometan al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y se produzca la vulneración de estos principios y, con ello, que en la acumulación de distintas externalidades negativas, resulten comunidades muy perjudicadas frente a otras que no reciben impactos. Desde esta perspectiva, el valor de que este tipo de infraestructura sea sometido a este sistema apunta a disminuir situaciones de desigualdad territorial en el país.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Modificase la ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medioambiente, de la siguiente forma:
1. Reemplácese el literal e) del artículo 10 por el siguiente:
e) Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, cárceles, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas;
2. Agréguese el siguiente literal g) nuevo al artículo 11:
g) En el caso de las cárceles, además de si generan o presentan a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias precedentes, en el caso que su capacidad proyectada sea igual o superior a 800 personas.
Moción de los señores diputados García, don René Manuel ; Becker , Cardemil , Martínez , Rivas , Santana , Sauerbaum , Verdugo, y de las diputadas señoras Rubilar , doña Karla y Sabat , doña Marcela .
Modifica el Código de Procedimiento Civil, incorporando regla para el cálculo de las costas. (Boletín N° 7478-07)
ANTECEDENTES
1. Uno de los derechos de las democracias constitucionales, que suele consagrarse, es el derecho de acceso a la justicia. Nuestra Constitución lo asegura dentro del artículo 19 Nº 3, al consagrar la igual protección en el ejercicio de los derechos. Para facilitar este acceso, la Constitución señala que toda persona tiene derecho a defensa jurídica, como asimismo que “la ley arbitrará los medios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a quienes no puedan procurárselo por si mismos”. Ello se origina porque la justicia y las defensas jurídicas no son gratuitas, tienen costos y gastos que deben asumir quienes necesiten ello, y es lógico que se pague por tales servicios.
2. En este sentido, los juicios civiles también una serie de gastos que se encuentran regulados en el Código de Procedimiento Civil, cuerpo normativo que regula las contiendas civiles entre partes y de los actos de jurisdicción no contenciosa. Estos gastos se denominan en lenguaje judicial, “costas”. Las costas son definidas por un autor como “los gastos que se originan durante la tramitación judicial y que son una consecuencia directa de ella”.
El título XIV, Libro I, del Código de Procedimiento Civil, cuyo título reza “De las Costas” prescribe las pautas según las cuales deben cobrarse. Por regla general, una de las partes, la vencida, puede ser condenada en costas. El artículo 139 clasifica las costas entre personales y procesales estableciendo que:
“Art. 139 (146). Las costas se dividen en procesales y personales.
Son procesales las causadas en la formación del proceso y que correspondan a servicios estimados en los aranceles judiciales.
Son personales las provenientes de los honorarios de los abogados y demás personas que hayan intervenido en el negocio, y de los defensores públicos en el caso del artículo 367 del Código Orgánico de Tribunales.
Los honorarios de los abogados se regularán de acuerdo con el arancel fijado por el respectivo Colegio Provincial de Abogados y a falta de éste, por el del Consejo General del Colegio de Abogados.
El honorario que se regule en conformidad al inciso anterior, pertenecerá a la parte a cuyo favor se decretó la condenación en costas; pero si el abogado lo percibe por cualquier motivo, se imputará al que se haya estipulado o al que deba corresponderle.”
3. Ahora bien, nuestros tribunales aplican esta regla, calculando las costas según el monto de lo expuesto en la demanda: esto se debe a que con dicha regla se determina la cuantía del juicio, sin distinguir si este monto fue realmente pagado por el demandado o no, elevando con ello el monto de las costas, puesto que se cobra el porcentaje de lo demandado sin restar las sumas ya pagadas. Este hecho suele ocurrir principalmente en el juicio ejecutivo.
4. Por ello, se propone incorporar una regla al artículo 139 que establezca un límite a ese cálculo que consiste en que las costas se calcularan según lo efectivamente adeudado, no por el total de la deuda en caso de que ya se haya pagado, total o parcialmente la deuda, con anterioridad a la notificación de la demanda.
5. Finalmente debe agregarse que esta iniciativa tuvo su origen en un comentario realizado a la página www.sacatuvoz.cl, por don Egon Huisca Hidalgo , quien nos relata un problema que tuvo.
En virtud de lo anterior, los Diputados que suscriben, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente inciso final al artículo 139 del Código de Procedimiento Civil:
“En caso de que se demande por una deuda que ha sido pagada parcialmente, las costas sólo podrán referirse al porcentaje del saldo insoluto, con anterioridad a la notificación de la demanda, y no al total de la deuda expuesta en la demanda.”
Moción de los señores diputados Hasbún , Arenas , Edwards , Van Rysselberghe , y de la diputada señora Zalaquett , doña Mónica .
Modifica la ley N° 19.496, con el objeto de establecer un sistema de cobro por uso de estacionamientos de vehículos motorizados. (Boletín N° 7479-03)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º y 63º numeral 20) de la Constitución Política de la República y en la Ley 19.496.
Considerando:
1.- Que el crecimiento del parque automotriz en los últimos años, y por consiguiente la explosiva demanda de estacionamientos en la vía pública, hace necesario regular el mecanismo de cobro por el uso de estacionamientos para así evitar cobros indebidos y arbitrarios.
2.- Que en virtud del vacío legal existente, se hace necesario establecer un mecanismo de cobro de tarifas proporcional al tiempo efectivamente usado por el consumidor.
3.- Que dada una serie de denuncias de usuarios, en razón a las diferencias de precios detectadas a lo largo del país, dan cuenta que mientras en algunos puntos cancelan los minutos que efectivamente se utilizan por concepto de estacionamiento, en otros se cobra por fracción de minutos, es decir, se aproxima al tramo siguiente, esto es, si se utilizaron 40 minutos, se cobra una hora. En consecuencia, se debe establecer un mismo valor para cada unidad horaria, en el ejemplo, sólo pagar por los 40 minutos utilizados.
4.-Que lo señalado anteriormente no se hace efectivo para el caso de arriendos por días, semanas o meses. Que no es el caso de los usuarios que utiliza el servicio de manera esporádica, quienes finalmente pagarán por una prestación inexistente.
Por lo anterior, los Diputados que suscriben vienen en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Incorpórese en el Párrafo 1º del Título III de la ley 19.496, el siguiente artículo 30 bis:
“Artículo 30 bis.- Los prestadores de servicios de estacionamiento de vehículos motorizados estarán obligados a cobrar sólo por los rangos o tramos que impliquen el pago del tiempo efectivamente utilizado por los usuarios, es decir, se deberá establecer el cobro por minuto, teniendo cada unidad horaria el mismo valor. Además se prohíbe adicionar a la tarifa valores anexos al del servicio efectivamente prestado, exceptuando la suscripción de contratos por días, meses o años.”
Moción de los señores diputados Santana , Browne , Cardemil ; García, don René Manuel ; Martínez ; Monckeberg , don Cristián ; Monckeberg, don Nicolás ; Verdugo , y de la diputada señora Rubilar , doña Karla .
Deroga la ley N° 18.356 y agrega el concepto de artes marciales a la ley N° 19.712, del Deporte. (Boletín N° 7480-29)
ANTECEDENTES
1. Hoy en día, las Artes Marciales se encuentran bajo el control del Ministerio de Defensa Nacional a través de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile. Mediante la Ley Nº 18.356, que establece normas sobre control de artes marciales y deroga la ley Nº 18.039, que fue publicada el 19 de Noviembre de 1984, se estableció en su artículo 2º incisos primero y segundo que:
“Corresponderá al Ministerio de Defensa Nacional, por intermedio de la Dirección General de Movilización Nacional, fiscalizar el estricto cumplimiento de esta ley y adoptar las medidas de control sobre los establecimientos, elementos, actividades y personas relacionadas con la enseñanza, práctica y difusión de las artes marciales.”
Con todo, el Ministerio de Defensa Nacional, a proposición del Director General de Movilización Nacional , podrá delegar parte de esas facultades en las Comandancias de Guarnición de las Fuerzas Armadas. Corresponderá, asimismo a Carabineros de Chile velar por el cumplimiento de las normas de esta Ley.”
2. Esta ley, además de derogar en su artículo 10 la anterior Ley Nº 18.039, que regulaba de la misma forma a estas actividades, señala en su artículo 3º que “Las personas mencionadas en el artículo 1º, para efectuar cualquier actividad relacionada con las artes marciales, requerirán de un permiso previo” que debe solicitarse a la Dirección General de Movilización o las Comandancias de Guarnición de las Fuerzas Armadas.
3. Con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 18.356, se aprobó y publicó la Ley N° 19.712, Ley del Deporte, el 9 de febrero de 2001, cuyo artículo 1º define el Deporte y 2º explicita el deber del Estado de crear todas las condiciones necesarias para el ejercicio, fomento, protección y desarrollo de actividades físicas y deportivas.
4. La ley se encuentra complementada con el Decreto Nº 42, del Ministerio de Defensa Nacional, publicado el 6 de Julio de 1985, que aprueba el reglamento complementario de la Ley Nº 18.356, que establece el control de las artes marciales. El reglamento, a su vez señala taxativamente en el artículo 5 cuáles se consideran artes marciales para los efectos de la aplicación de la ley, comprendiéndose en ésta Artes Marciales de diversa índole, incluso como el Tai Chi o el Chi Kung, que son, desde luego, menos riesgosas que otras como el Kick Boxing.
5. Por las razones expuestas y al tratar todas las artes marciales de la misma forma, recientemente fue promulgada la Ley 19. 867. Esta última ley excluyó del concepto de Artes Marciales contenido en el artículo 1 de la Ley Nº 18.356, a disciplinas deportivas como el box, esgrima, judo, lucha, karate, taekwondo y kendo, y por tanto, eximiéndolas de control por parte de la autoridad militar. No obstante, hay otras disciplinas de artes marciales que se han mantenido en la Ley, como el Tai Chi y el Chi Kung, discriminando arbitrariamente entre un deporte y otro. Además, se produce la paradoja de que la ley, al eximir dichas disciplinas de la tutela por parte de las Fuerzas Armadas, expresamente ha dicho que no las considera artes marciales, lo que puede ser provocativo para miles de chilenos que practican estos milenarios deportes que forman la columna vertebral de las artes marciales.
6. Lo anterior nos lleva al planteamiento siguiente ¿Por qué un deporte como el box o el hockey o el rugby no son fiscalizado por autoridades diversas de las que fiscalizan las artes marciales, cuando pueden ser mucho más peligrosos que el Tai Chi?
7. Cabe señalar que, sobre este respecto, se han presentado dos proyectos de ley, entre los cuales se cuenta el Proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.712, del Deporte, con el objeto de que las artes marciales se sometan a su regulación, derogando la ley Nº 18.356, sobre control de las artes marciales, Boletín número 3079-02, como también el Proyecto de ley que deroga normas sobre control de las artes marciales, boletín 2833-02, ambos archivados
8. Por todo lo anterior, mediante esta iniciativa de ley se propone en primer lugar suprimir la ley actual que regula las artes marciales e incorporar al artículo 1º el concepto de arte marcial a la Ley del Deporte Nº 19.712, para que se encuentre bajo la vigilancia de estas autoridades y no el Ministerio de Defensa a través de Carabineros y las Fuerzas Armadas.
8. Por último debe rescatarse el comentario respecto a este tema emitido en la página de Internet www.sacatuvoz.cl, por don Carlos Collao Vega, que apunta en la misma dirección que este proyecto de ley.
En virtud de lo anterior, los Diputados que suscriben, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1. Derógase la Ley Nº 18.356, que establece normas sobre control de artes marciales y deroga la Ley Nº 18.039.
Artículo 2. Agréganse los siguientes incisos nuevos al artículo 1º de la Ley Nº 19.712, del Deporte, a continuación de su inciso único, que pasa a ser inciso primero:
“Asimismo, serán consideradas como Deporte las Artes Marciales, entendiéndose por estas todo sistema, procedimiento o técnica de lucha o combate personal, con propósito de ataque o defensa, sea mediante la utilización de elementos materiales o el solo uso del cuerpo humano.”
“Por tanto, quedan sometidas a las normas de esta ley, todas las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que desarrollen cualquier actividad relacionada con las artes marciales, siéndoles aplicables para su ejercicio, fomento, protección y control”.
“Un reglamento establecerá los procedimientos de fiscalización y determinará los requisitos que deberán cumplir los instructores y alumnos”.
Moción de los señores diputados Walker , Browne , Cerda , Chahín , Harboe ; Monckeberg , don Cristián ; Montes , Saffirio , Silber y Vallespín .
Reforma el Código Penal que tipifica los delitos de robo o hurto de vehículos motorizados, creando nuevas figuras y aumentando su penalidad. (Boletín N° 7481-07).
“Vistos:
Lo dispuesto en los numerales 2, 3 y 20 del artículo 63 de la Constitución Política de la República, y
Considerando:
1. Que, en nuestro país se ha ido configurando en los hechos el delito de robo o hurto respecto de vehículos motorizados, sea robo o hurto de vehículo, robo o hurto de objetos o accesorios desde vehículo o robo en vehículo. Y se señala con propiedad que esta situación se ha dado en los hechos, pues el delito de robo o hurto de, desde y en vehículo motorizado, según sea el caso, no se encuentra tipificado como tal en nuestro ordenamiento jurídico penal, siendo este uno más dentro del catálogo de delitos contra la propiedad, sin una figura penal especial.
Efectivamente, la regla general en Chile es que el robo o hurto se sancionen en el Código Penal, prescindiendo de la identidad del objeto del delito, por lo que resulta indiferente si se trata de equipos electrodomésticos, dinero o vehículos, entre otros bienes.
En otros países en tanto, tales como Argentina, Brasil y México, cuyas normativas han sido analizadas a la luz del presente proyecto, se sancionan el hurto o robo de vehículos en el Código Penal, pero con figuras específicas que contemplan a los vehículos motorizados como objetos del delito, salvo el caso de Venezuela, también analizado, en que existe una ley específica, distinta del Código Penal, denominada “Ley sobre hurto y robo de vehículos automotores”.
Por otra parte, en todos los países analizados, incluyendo Chile, las penas privativas de libertad asociadas al robo o hurto dependen de diversos factores además de la identidad del objeto del delito, tales como el destino que se quiera dar al objeto, el medio de comisión, la función pública que desempeña el autor y la concurrencia de circunstancias agravantes, todo lo cual no permite realizar un análisis comparativo de la sanción penal que en cada país se aplica para estos delitos.
Sin embargo, y solo a modo referencial, es posible señalar que el delito de hurto (robo sin violencia o fuerza) de vehículo -de mayor ocurrencia en Chile y el extranjero- suceda en la vía pública, por lo que revisada solo esta figura para establecer un punto de comparación común a las legislaciones analizadas, se concluye desde este punto de vista, que la pena aplicable en Chile es la más baja de los países analizados, esto es, de presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años de prisión) , mientras que en Brasil es de 3 a 8 años, en México de 7 a 15 años y en Venezuela de 4 a 8 años de prisión.
2. Que, al no existir en nuestro país una figura especial que tipifique el delito de robo o hurto de vehículo motorizado, tal cual ya se ha señalado, tampoco se encuentran penalizadas de manera específica algunas hipótesis típicas que actualmente se dan en la comisión del delito o puedan llegar a darse en nuestro país, como son los casos del envío, transporte, colaboración o facilitación en el envío o transporte al extranjero de uno o más vehículos motorizados; la utilización o facilitación para la utilización del vehículo en la comisión de otro u otros delitos; cuando el robo recae sobre vehículos destinados al transporte público o colectivo, de carga o pasajeros, (como por ejemplo los buses de transporte escolar) o que estén expuestos a la confianza pública por necesidad, costumbre o destinación (ambulancias, carros de bomberos, vehículos policiales); el desmantelamiento total o parcial del vehículo para cometer otros delitos y; cuando el robo lo realice un funcionario público que desempeñe funciones de prevención, persecución o sanción de los delitos.
3. Que, junto al análisis de la normativa penal del hecho punible en cuestión y más allá del mismo, existe hoy en nuestro país una realidad indesmentible con relación al tema, cual es que el robo o hurto de, desde y en vehículo motorizado representa un porcentaje significativo del total de delitos de connotación social, tal cual lo indican las diversas estadísticas y fuente informativas.
Recientemente, durante el segundo trimestre de 2010 (abril-junio), entre las denuncias por delitos de robo con fuerza, un 27,7% correspondió a robo de objeto de o desde vehículo y otro 15,2% correspondió a robo de vehículo, ocupando estos delitos en conjunto y dentro de su especie, el primer lugar con un 42,9% de los delitos de robo con fuerza [1]. El segundo lugar lo ocupó el delito de robo en lugar habitado con un 33%.
Por su parte, entre las detenciones por delitos de robo con fuerza, para igual periodo, un 12,6% correspondió a robo de objeto de o desde vehículo y otro 16,5% correspondió a robo de vehículo[2] , ocupando estos delitos en conjunto y dentro de su especie, el segundo lugar con un 29,1% de los delitos de robo con fuerza. El 1er lugar lo ocupó el delito de robo no habitado con un 33,5%.
Además, junto al hecho que tales delitos de robo o hurto representan un alto porcentaje entre los delitos de connotación social, tal cual ha sido visto, también estos ilícitos han ido aumentando su frecuencia, progresiva y significativamente en el tiempo, tal cual lo indican las estadísticas de la División de Seguridad Pública del Ministerio de Interior.
Efectivamente, en el caso del robo con fuerza de vehículo motorizado, para el periodo 2003-2009, se pasó de un total nacional de 7.777 denuncias en 2003 a un total nacional de 26.682 denuncias en 2009, esto es, un crecimiento de un 343%, en 6 años (2003: 7.777 denuncias; 2004: 9.451 denuncias; 2005:11.486 denuncias; 2006: 13.179 denuncias; 2007: 18.475 denuncias; 2008: 20.640 denuncias y; 2009: 26.682 denuncias)[3] . Cabe señalar que al 2º Semestre de 2010, las denuncias por este delito ya ascendían a un total nacional de 14.377[4].
De igual forma, para el caso del robo con fuerza de accesorios de o desde vehículo motorizados, para el periodo 2003-2009, se pasó de un total nacional de 38.646 denuncias en 2003 a un total nacional de 53.337 denuncias, esto es, un crecimiento de 138% en 6 años (2003: 38.646 denuncias; 2004: 41.040 denuncias; 2005: 38.661 denuncias; 2006: 33.957 denuncias; 2007: 42.646 denuncias; 2008: 44.663 denuncias y; 2009: 53.337 denuncias)[5] . Es necesario mencionar que al 2º Semestre de 2010, las denuncias por este delito llegaban ya a un total nacional de 26.323[6].
En cuanto a las detenciones por estos delitos, la misma fuente estadística da cuenta del aumento en la frecuencia del robo con fuerza de vehículos motorizados. Entre el periodo 2003-2009, se pasó de un total nacional de 1.129 detenciones en 2003 a un total nacional de 2.206 detenciones, con un crecimiento de 195%, en 6 años (2003: 1.129 detenciones; 2004: 1.079 detenciones; 2005: 1.055 detenciones; 2006: 787 detenciones; 2007: 1.438 detenciones; 2008: 1.408 denuncias y; 2009: 2.206 detenciones)[7]. Es del caso mencionar que al 2º Semestre de 2010, las detenciones por este delito ascendían a 1.238[8].
Por último, para el caso del delito de robo con fuerza de accesorios de y desde vehículo motorizado, se ha experimentado una disminución en la frecuencia de las detenciones por este delito, siendo ésta la única cifra positiva de los últimos años en la materia. Para el período 2003-2009, se pasó a un total nacional de 3.117 detenciones en 2003 a un total nacional de 2.483, con una disminución de un 25% en 6 años (2003: 3.117 detenciones; 2004: 2.274 detenciones; 2005: 1.849 detenciones; 2006: 1.573 detenciones; 2007: 1.951 detenciones; 2008: 2.002 denuncias y; 2009: 2.483 detenciones)[9]. En tanto, al 2º Semestre de 2010, las detenciones por este delito llegaban a 1.066[10].
4. Que, de conformidad a lo señalado, el presente proyecto de ley tiene por objetivos los siguientes: crear el tipo penal de robo o hurto de vehículo motorizado como una figura especial; establecer otras figuras específicas que surgen del tipo penal y que responden a hipótesis delictuales que nuestro actual ordenamiento no contempla o debiera contemplar preventivamente y; aumentar en general la penalidad de estos delitos.
En el presente proyecto la figura penal de robo o hurto de vehículo motorizado ha sido creada en el Título IX Crímenes y Simples Delitos contra la Propiedad de nuestro Código Penal, de forma tal de dar continuidad y coherencia a este delito en el marco de delitos de su misma especie. Para ello, se propone ubicar la figura después de algunos delitos de robo o hurto en inmuebles y antes del delito de abigeato (robo o hurto de caballos o bestias de silla o carga), debido ello al valor pecuniario y patrimonial que tiene en la vida moderna el uso de vehículos motorizados.
Desde el punto de vista de su contenido, el proyecto contempla el robo de vehículo motorizado con fuerza, en concordancia con el artículo 440 del Código Penal, manteniendo su actual penalidad, esto es presidio mayor en su grado mínimo (5 años un día a 10 años).
Igualmente, se crean nuevas figuras o hipótesis, respecto de las cuales se establece la penalidad única de presidio mayor en su grado mínimo (5 años un día a 10 años), según se trate de enviar, transportar, colaborar o facilitar el envío o transporte al extranjero de uno o más vehículos motorizados; y/o cuando se fuera a utilizar o facilitar la utilización del vehículo en la comisión de otro delito; y/o el robo recaiga sobre vehículos destinados al transporte público o colectivo de carga o pasajeros, o que estén expuestos a la confianza pública por necesidad, costumbre o destinación y/o; cuando quien realice el robo sea un funcionario público que desempeñe funciones de prevención, persecución o sanción de los delitos.
En este último caso, debe señalarse que actualmente estas figuras no se contemplan y en los hechos cuando suceden, solo se aplica –en general– la sanción de presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años). Junto con crearlas, el proyecto establece una penalidad mayor, esto es presidio menor en su grado máximo (3 años un día a 5 años).
Por último, para el caso del hurto de vehículo motorizado, se ha propuesto que independiente del valor de vehículo, tenga la misma penalidad, esto es de presidio menor en su grado máximo y multa de 15 unidades tributarias mensuales. En este sentido, el hurto propiamente tal establece un aumento en su penalidad en cuanto a prisión se refiere, pasando actualmente del presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años de prisión) a presidio menor en su grado máximo (3 años un día a 5 años).
Por lo anterior, es que los parlamentarios abajo firmantes venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO PRIMERO: Reemplácese el actual 4bis del Abigeato del Título IX Crímenes y Simples Delitos contra la Propiedad, por el siguiente nuevo 4 bis:
4 Bis. Del Robo o Hurto de Vehículos Motorizados
ARTÍCULO SEGUNDO: Reemplácese el actual artículo 448 bis por el siguiente:
Artículo 448 bis: El que con empleo de la fuerza robe uno o más vehículos motorizados, será sancionado con presidio mayor en su grado mínimo.
ARTÍCULO TERCERO: Reemplácese el actual artículo 448 ter por el siguiente:
Artículo 448 ter: Será castigado con presidio menor en su grado máximo, cuando:
1º Se robe vehículo motorizado para su envío, transporte o colaboración o facilitación para su envío o transporte al extranjero.
2º Aquel fuera a utilizar o facilitar la utilización del vehículo en la comisión de otro delito.
3º El robo recaiga sobre vehículos destinados al transporte público o colectivo de carga o pasajeros, o que estén expuestos a la confianza pública por necesidad, costumbre o destinación y;
4º Quien realice el robo sea un funcionario público que desempeñe funciones de prevención, persecución o sanción de los delitos.
ARTÍCULO CUARTO: Reemplácese el actual artículo 448 quáter por el siguiente:
Artículo 448 quáter: Los autores de hurto de vehículo motorizado serán castigados con la pena de presidio menor en su grado máximo y multa de quince unidades tributarias mensuales.
ARTÍCULO QUINTO: Pase el actual 4 bis. Del Abigeato, a ser 5 bis. Del Abigeato.
ARTÍCULO SEXTO: Pasen íntegramente el actual artículo 448 bis, a ser artículo 449; el actual artículo 448 ter a artículo 449 bis; el actual artículo 448 quater a artículo 449 ter y; el actual artículo 448 quinquies a artículo 449 quater.
ARTÍCULO SEPTIMO: Elimínese el actual número 5. Disposiciones comunes a los cuatro párrafos anteriores y con ello, elimínese también el actual artículo 449 del Código Penal.
Moción de los señores diputados Hasbún , Arenas , Chahín , Edwards , Tuma , y de las diputadas Hoffmann , doña María José y Zalaquett , doña Mónica .
Modifica la ley N° 19.946, sobre Protección de los Derechos del Consumidor, estableciendo responsabilidad a los dueños de establecimientos comerciales por la sustracción, hurto o robo de vehículos en los lugares destinados a estacionamiento de los mismos. (Boletín N° 7482-03).
IDEAS MATRICES:
La presente moción tiene por finalidad ingresar modificaciones a la ley vigente sobre protección de los derechos del consumidor, por cuanto a exigir una indemnización compensatoria a los centros comerciales y supermercados, a favor de los consumidores que hayan sido víctimas de la sustracción de sus vehículos en los lugares habilitados por estos recintos para estacionamientos.
“CONSIDERACIONES GENERALES
La adquisición de un vehículo representa una inversión de tiempo, dinero y esfuerzo, lo cual responde a necesidades de superación y el logro de un bienestar.
En muchos casos los vehículos, junto con cubrir la necesidad de transporte diario desde la casa al lugar de trabajo, son la misma fuente laboral, y por ende de ingresos para una considerable cifra de hogares.
Los vehículos debido a su uso, requieren de servicios básicos de mantención, lo cual hace necesario invertir tiempo y dinero en pro de cuidar el valor de este bien evitando su deterioro y consecuentemente, la rápida devaluación, lo cual provocaría una merma en el patrimonio de la persona.
Lamentablemente, mediante otro tipo de sucesos, no existiría merma sino que una pérdida completa de esta inversión, esto es a través de la sustracción de este bien por parte de terceros.
En Chile, las cifras de robo de vehículos han alcanzado cifras alarmantes, llegando en el 2009 a 16.952 denuncias en la región metropolitana, lo que representa una variación de un 23,9% con respecto al año anterior.
Casi la totalidad de este tipo de hechos se produce cuando los vehículos se encuentran estacionados y sin sus ocupantes al interior, los lugares donde se registran la mayor cantidad de estos sucesos es en los estacionamientos de centros comerciales y supermercados, debido a la cantidad de vehículos estacionados en estos espacios. Esto se debe principalmente a que el tiempo en el cual los vehículos son dejados solos en promedio no baja de 30 minutos. Ante eso, la respuesta de estos establecimientos no parece ser suficiente en cuanto a las medidas de seguridad que debieran tener en beneficio de sus consumidores.
La ley del consumidor en su artículo 3º letra d), señala que la seguridad en el consumo de bienes o servicios, la protección de la salud, el medio ambiente y el deber de evitar los riesgos que puedan afectarles, son derechos básicos del consumidor. En este mismo artículo en su letra a) se señala también como derecho la libre elección del bien o servicio, considerándose que el silencio no constituye aceptación en los actos de consumo. Según esto último, no es solo consumidor quien compra, sino que también quien concurre a un establecimiento con la intención de hacerlo. Para ello los centros comerciales y supermercados deben disponer de lugares destinados para estacionamiento, según la ley general de urbanismo.
De esta forma, el servicio ofrecido tanto por supermercados como por centros comerciales incluye los estacionamientos, junto con la oferta de otros productos o servicios que se encuentren disponibles en el lugar.
Cabe en sus obligaciones como proveedor lo señalado en el artículo 15º de la ley del consumidor, el cual dice que: “los sistemas de seguridad y vigilancia que en conformidad a las leyes que los regulan, mantengan los establecimientos comerciales, están especialmente obligados a respetar la dignidad y derechos de las personas. De estos se desprende que es obligación de velar por todos los aspectos relativos a la seguridad del consumidor mientras ese te encuentre dentro de los recintos.
La sustracción de un vehículo en circunstancias de que una persona se encuentre dentro de un centro comercial o supermercado pone de manifiesto, las fallas o faltas de los sistemas de seguridad implementados, esto según el artículo 23 considera una infracción producto de la negligencia y el menoscabo que produce al consumidor, por lo cual se percibe el derecho a reparación e indemnización.
En virtud de las consideraciones expuestas, los diputados firmantes vienen en proponer el siguiente proyecto:
PROYECTO DE LEY
MODIFICA LA LEY 19.946 SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR ESTABLECIENDO RESPONSABILIDAD A LOS DUEÑOS DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES POR LA SUSTRACCIÓN, HURTO O ROBO DE VEHÍCULOS EN LOS LUGARES DESTINADOS A ESTACIONAMIENTOS DE LOS MISMOS.
Artículo único: introdúzcanse las siguientes modificaciones ley 19.946 sobre protección de los derechos del consumidor.
Agregase a continuación del artículo 20, el siguiente artículo 20 Bis:
Artículo 20 Bis: “El consumidor tendrá derecho a recibir indemnización compensatoria por los daños ocasionados en caso de sufrir la sustracción, hurto o robo, de su vehículo en los lugares destinados a estacionamientos de vehículos en los centros comerciales, supermercados, malls.
Para ello dentro de los 10 días hábiles siguientes al hecho se deberá enterar el pago de la indemnización, la cual será determinada por acuerdo entre las partes ante el Servicio Nacional del Consumidor.
De no mediar acuerdo se deberán remitir los antecedentes al juzgado de policía local correspondiente, conforme al artículo 50 de la presente ley”.
Moción de la diputada señora Sabat , doña Marcela , y de los diputados señores Browne , Chahín , Edwards , Hasbún , Saffirio , Torres; Hoffmann , doña María José y Rubilar , doña Karla .
Modifica el artículo 5 F de la ley N° 18.919, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, estableciendo descuentos a la dieta parlamentaria en caso de ausencias injustificadas. (Boletín N° 7483-07).
Fundamentos:
-La Dirección del Trabajo mediante dictámenes ha señalado que corresponde descontar los días no trabajados, considerando principalmente la bilateralidad de las obligaciones que emanan del contrato de trabajo.
El dictamen N° 6.350/294 de 04.11.92 señala: “Ahora bien, atendido el carácter bilateral del contrato de trabajo, la Dirección del Trabajo sostiene en forma reiterada y uniforme que el trabajador sólo tiene derecho a remuneración en cuanto cumpla con su obligación correlativa de prestar servicios, salvo la concurrencia de causa legal que establezca dicho pago o del acuerdo de las partes en este sentido.
De esta manera, en la especie, posible resulta afirmar que si el trabajador de que se trata no labora la totalidad de la jornada de trabajo convenida debido a inasistencias o atrasos, el empleador se encuentra facultado para descontar el valor correspondiente al tiempo no laborado por tales causas, sin perjuicio de lo que las partes pudieren haber convenido sobre el particular.”
-Por su parte el Estatuto Administrativo en su articulo 72 señala: “Por el tiempo durante el cual no se hubiere efectivamente trabajado no podrán percibirse remuneraciones, salvo que se trate de feriados, licencias o permisos con goce de remuneraciones, previstos en el presente Estatuto, de la suspensión preventiva contemplada en el artículo 136, de caso fortuito o de fuerza mayor. Mensualmente deberá descontarse por los pagadores, a requerimiento escrito del jefe inmediato, el tiempo no trabajado por los empleados, considerando que la remuneración correspondiente a un día, medio día o una hora de trabajo, será el cuociente que se obtenga de dividir la remuneración mensual por treinta, sesenta y ciento noventa, respectivamente.
Las deducciones de rentas motivadas por inasistencia o por atrasos injustificados, no afectarán al monto de las imposiciones y demás descuentos, los que deben calcularse sobre el total de las remuneraciones, según corresponda. Tales deducciones constituirán ingreso propio de la institución empleadora.
Los atrasos y ausencias reiterados, sin causa justificada, serán sancionados con destitución, previa investigación sumaria.”
-A su vez, el articulo 19 N° 2 de la Constitución Política de la Republica establece la igualdad ante la ley, descartando en nuestro país la existencia de grupos o personas privilegiadas.
-Por lo anterior, y en virtud de la inexistencia de normas legal que regule esta materia tratándose de Senadores y Diputados, el presente proyecto propone una modificación a la Ley Orgánica Del Congreso Nacional, mas específicamente del articulo 5F de la misma. El citado articulo 5F solo se limita a enunciar en términos generales el deber de los parlamentarios de asistir a las sesiones, sin establecer sanciones concretas ante su inobservancia.
-En términos concretos, lo que se busca es dar pleno cumplimiento al principio de igualdad, asimilando la situación de un parlamentario a la de cualquier particular o empleado fiscal, regido por el estatuto administrativo, que ve disminuida su remuneración ante inasistencias injustificadas.
-El presente proyecto solo se refiere a las sesiones de sala, sean estas ordinarias, especiales o pedidas. Asimismo, delega en la respectiva comisión de ética y transparencia, determinar si los motivos para ausentarse fueron o no justificados.
-El parlamentario debe convertirse en un decidido promotor de valores y principios en la sociedad, cumpliendo a cabalidad los deberes y obligaciones que le impone la ley o la propia naturaleza del cargo para el cual la ciudadanía lo ha elegido. Como servidor público tiene una responsabilidad especial, ya que a través de su actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de los ciudadanos en las instituciones.
Por lo anterior, venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY.
Articulo único: Modificase el artículo 5 F de la ley 18.919, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, agregando un inciso segundo, tercero y final del siguiente tenor:
“Se descontaran de la dieta las ausencias injustificadas a las sesiones de sala, cualquiera sea su naturaleza. El descuento se fijara en una suma que represente en forma proporcional, la parte de la dieta correspondiente al número de sesiones a las que el respectivo parlamentario se haya ausentado sin justificación.
Se entenderá que una ausencia es justificada cuando el parlamentario se encuentre con licencia médica, en actividades vinculadas estrictamente con su función distrital, realizando alguna gestión encomendada por la corporación, o cuando se comunique dicha ausencia por escrito a la presidencia de la respectiva cámara en casos de indisposición física o acontecimiento personal.
Una vez recibida la comunicación por la presidencia que corresponda, esta remitirá los antecedentes a la Comisión de Etica y Transparencia, con la finalidad que esta se pronuncie respecto a la procedencia del descuento.”
35. Oficio del Tribunal Constitucional
?Santiago, 20 de enero de 2011.
Oficio Nº 5.468
Remite sentencia
Excelentísima señora
Presidenta de la Cámara de Diputados:
Tengo a bien remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 20 de enero en curso en el proceso Rol Nº 1.869-10-CPR, control de constitucionalidad del proyecto de ley que regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana, (boletín Nº 3848-06 refundido con los boletines Nº 6289-25 y 6363-06).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES
PRESENTE”
36. Oficio del Tribunal Constitucional
?Santiago, 20 de enero de 2011.
Oficio Nº 5.458
Remite sentencia
Excelentísima señora
Presidenta de la Cámara de Diputados:
Tengo a bien remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 20 de enero en curso en el proceso Rol Nº 1.895-11-CPR, control de constitucionalidad del proyecto de ley que modifica la Ley Nº 19.882, (boletín 7140-11).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES
PRESENTE”
37. Oficio del Tribunal Constitucional
?Santiago, 20 de enero de 2011.
Oficio Nº 5.482
Remite sentencia
Excelentísima señora
Presidenta de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 20 de enero de 2011 en el proceso Rol Nº 1.868-10-CPR, control de constitucionalidad del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública (boletín Nº 3562-06).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES
VALPARAÍSO”
38. Oficio del Tribunal Constitucional
?Santiago, 25 de enero de 2011.
Oficio Nº 5.492
Remite sentencia
Excelentísima señora
Presidenta de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 25 de enero de 2011 en el proceso Rol Nº 1.902-11-CPR, control de constitucionalidad del proyecto de ley que modifica la ley Nº 20.022, con el objeto de establecer un nuevo plazo para el cierre de Tribunales del Trabajo de Santiago , que señala. (Boletín Nº 7434-07).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES
VALPARAÍSO”
39. Oficio del Tribunal Constitucional
?Santiago, 26 de enero de 2011.
Oficio Nº 5.506
Remite sentencia
Excelentísima señora
Presidenta de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 26 de enero de 2011 en el proceso Rol Nº 1.897-11-CPR, Control de constitucionalidad del proyecto de ley que aumenta las Plantas de Personal de Carabineros de Chile (boletín Nº 6962-02).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES
VALPARAÍSO”
40. Oficio del Tribunal Constitucional
?Santiago, 27 de enero de 2011.
Oficio Nº 5.515
Remite sentencia
Excelentísima señora
Presidenta de la Cámara de Diputados:
Tengo a bien remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 27 de enero de 2011 en el proceso Rol Nº 1.911-11-CPR, sobre control de constitucionalidad del proyecto de ley sobre calidad y equidad de la Educación (boletín Nº 7329-04).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES
PRESENTE”
41. Oficio del Tribunal Constitucional
?Santiago, 27 de enero de 2011.
Oficio Nº 5.522
Remite sentencia
Excelentísima señora
Presidenta de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 27 de enero de 2011 en el proceso Rol Nº 1.901-11-CPR, sobre control preventivo de constitucionalidad del proyecto de ley que crea el Ministerio de Seguridd Pública, el Servicio Nacional para la Prevención del Consumo y Tráfico de Drogas, y modifica diversos cuerpos legales. (Boletín Nº 4.248-06).
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARCELO VENEGAS PALACIOS, Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DOÑA ALEJANDRA SEPÚLVEDA ORBENES
VALPARAÍSO”.