Labor Parlamentaria

Diario de sesiones

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Índice
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • I. ASISTENCIA
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE LA EX ALCALDESA DE ANDACOLLO SEÑORA MARCELINA CORTÉS GALLARDO .
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
    • V. TABLA
      • PROTECCIÓN DE PATRIMONIO DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
        • DEBATE
      • EJERCICIO POR EXTRANJEROS DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO EN CHILE. Primer trámite constitucional.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
        • INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
        • INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
        • INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
        • INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
        • INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
        • INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
        • DEBATE
      • DEBATE
      • FACILIDADES A LOS TRABAJADORES DURANTE LA JORNADA LABORAL. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Rodolfo Seguel Molina
        • INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
        • INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
        • INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
        • INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
        • INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
        • INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
        • INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
        • INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
        • INTERVENCIÓN : Cristian Antonio Leay Moran
        • INTERVENCIÓN : Rodolfo Seguel Molina
        • INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
        • DEBATE
        • DEBATE
          • INDICACIÓN
            • Julio Dittborn Cordua
            • Marcelo Forni Lobos
          • INDICACIÓN
            • Gabriel Ascencio Mansilla
            • Edgardo Riveros Marin
            • Rodolfo Seguel Molina
      • OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR POR PUNTAJE. Modificación de la ley Nº 18.290, de Tránsito. Primer trámite constitucional.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Zarko Luksic Sandoval
        • DEBATE
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • DOCUMENTOS DE LA CUENTA
      • DEBATE
        • AUTOR DE UN DOCUMENTO
          • Pedro Hector Munoz Aburto
          • Rodrigo Alvarez Zenteno
          • Claudio Alvarado Andrade
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • I. ASISTENCIA
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE LA EX ALCALDESA DE ANDACOLLO SEÑORA MARCELINA CORTÉS GALLARDO .
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
    • V. TABLA
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
  1. Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
  2. Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.

REPÚBLICA DE CHILE

CÁMARA DE DIPUTADOS

LEGISLATURA 352ª, EXTRAORDINARIA

Sesión 11ª, en miércoles 20 de octubre de 2004

(Especial, de 15.36 a 17.11 horas)

Presidencia de los señores Lorenzini Basso, don Pablo; Leal Labrín don Antonio, y Ojeda Uribe, don Sergio.

Secretario accidental, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.

Prosecretario accidental, señor Vallejos de la Barra, don Federico.

ÍNDICE

I.ASISTENCIA II.APERTURA DE LA SESIÓN III.ACTAS IV.CUENTA V.TABLA VI.DOCUMENTOS DE LA CUENTA

ÍNDICE GENERAL

Pág.

I.Asistencia4

II.Apertura de la sesión7

Minuto de silencio en memoria de la ex alcaldesa de Andacollo señora

Marcelina Cortés Gallardo7

III.Actas7

IV.Cuenta7

V.Tabla.

Protección de patrimonio de las organizaciones sindicales. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional7

Ejercicio por extranjeros de la profesión de abogado en Chile. Primer trámite constitucional9

Facilidades a los trabajadores durante la jornada laboral. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional13

Otorgamiento de licencias de conducir por puntaje. Modificación de la ley N° 18.290, de Tránsito. Primer trámite constitucional23

VI.Documentos de la Cuenta.

1.Moción de los diputados señores Muñoz; Álvarez y Alvarado, que fija el día 21 de septiembre de cada año como feriado para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena. (boletín N° 370906)26

2.Oficio del Excmo. Tribunal Constitucional por el cual remite copia autorizada de la sentencia dictada en relación con el requerimiento de inconstitucionalidad formulado a ciertos artículos del proyecto que modifica el régimen de jornada escolar completa diurna y otros cuerpos legales. (boletín

N° 285304)27

I.ASISTENCIA

Asistieron los siguientes señores diputados: (93)

--Aguiló Melo, Sergio

--Alvarado Andrade, Claudio

--Álvarez Zenteno, Rodrigo

--Allende Bussi, Isabel

--Araya Guerrero, Pedro

--Ascencio Mansilla, Gabriel

--Bauer Jouanne, Eugenio

--Bayo Veloso, Francisco

--Becker Alvear, Germán

--Bertolino Rendic, Mario

--Burgos Varela, Jorge

--Bustos Ramírez, Juan

--Caraball Martínez, Eliana

--Cardemil Herrera, Alberto

--Ceroni Fuentes, Guillermo

--Cornejo Vidaurrazaga, Patricio

--Correa De la Cerda, Sergio

--Cristi Marfil, María Angélica

--Cubillos Sigall, Marcela

--Díaz Del Río, Eduardo

--Dittborn Cordua, Julio

--Egaña Respaldiza, Andrés

--Encina Moriamez, Francisco

--Escalona Medina, Camilo

--Forni Lobos, Marcelo

--Galilea Carrillo, Pablo

--Galilea Vidaurre, José Antonio

--García García, René Manuel

--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro

--González Torres, Rodrigo

--Guzmán Mena, Pía

--Hales Dib, Patricio

--Hernández Hernández, Javier

--Hidalgo González, Carlos

--Ibáñez Soto, Carmen

--Jaramillo Becker, Enrique

--Jarpa Wevar, Carlos Abel

--Jeame Barrueto, Víctor

--Kast Rist, José Antonio

--Kuschel Silva, Carlos Ignacio

--Leal Labrín, Antonio

--Leay Morán, Cristián

--Longueira Montes, Pablo

--Lorenzini Basso, Pablo

--Luksic Sandoval, Zarko

--Masferrer Pellizzari, Juan

--Melero Abaroa, Patricio

--Molina Sanhueza, Darío

--Monckeberg Díaz, Nicolás

--Montes Cisternas, Carlos

--Moreira Barros, Iván

--Mulet Martínez, Jaime

--Muñoz Aburto, Pedro

--Muñoz D'Albora, Adriana

--Navarro Brain, Alejandro

--Norambuena Farías, Iván

--Ojeda Uribe, Sergio

--Olivares Zepeda, Carlos

--Ortiz Novoa, José Miguel

--Paredes Fierro, Iván

--Paya Mira, Darío

--Pérez Arriagada, José

--Pérez Lobos, Aníbal

--Pérez Opazo, Ramón

--Pérez Varela, Víctor

--Quintana Leal, Jaime

--Recondo Lavanderos, Carlos

--Riveros Marín, Edgardo

--Robles Pantoja, Alberto

--Rojas Molina, Manuel

--Rossi Ciocca, Fulvio

--Saa Díaz, María Antonieta

--Saffirio Suárez, Eduardo

--Salaberry Soto, Felipe

--Salas De la Fuente, Edmundo

--Sánchez Grunert, Leopoldo

--Seguel Molina, Rodolfo

--Silva Ortiz, Exequiel

--Soto González, Laura

--Tapia Martínez, Boris

--Tarud Daccarett, Jorge

--Tohá Morales, Carolina

--Tuma Zedan, Eugenio

--Ulloa Aguillón, Jorge

--Uriarte Herrera, Gonzalo

--Urrutia Bonilla, Ignacio

--Valenzuela Van Treek, Esteban

--Varela Herrera, Mario

--Vargas Lyng, Alfonso

--Venegas Rubio, Samuel

--Villouta Concha, Edmundo

--Von Mühlenbrock Zamora, Gastón

--Walker Prieto, Patricio

II.APERTURA DE LA SESIÓN

Se abrió la sesión a las 15.36 horas.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.

MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE LA EX ALCALDESA DE ANDACOLLO SEÑORA MARCELINA CORTÉS GALLARDO .

El señor LORENZINI (Presidente).-

A petición de varios señores diputados, a la que adhiere la Mesa, pido guardar un minuto de silencio en memoria de la señora Marcelina Cortés Gallardo , recientemente fallecida, quien fuera alcaldesa de Andacollo, Cuarta Región, durante dieciocho años.

Los señores diputados, las señoras diputadas, los funcionarios y asistentes a las tribunas guardan, de pie, un minuto de silencio.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Muchas gracias.

III.ACTAS

El señor LORENZINI (Presidente).-

El acta de la sesión 5ª se declara aprobada.

El acta de la sesión 6ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.

IV.CUENTA

El señor LORENZINI (Presidente).-

El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.

El señor VALLEJOS (Prosecretario accidental) da lectura a la Cuenta.

V. TABLA

PROTECCIÓN DE PATRIMONIO DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En primer lugar, corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, originado en moción, que modifica el Código del Trabajo con el objeto de proteger el patrimonio de las organizaciones sindicales.

Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Pedro Muñoz .

Antecedentes:

- Moción, boletín Nº 3610-13, sesión 15ª, en 14 de julio de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 5.

- Informe de la Comisión de Trabajos y Seguridad Social, sesión 1ª, en 5 de octubre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 19.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor MUÑOZ.-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar sobre el proyecto de ley, originado en moción de la diputada señora Adriana Muñoz y de los diputados señores Aguiló , Meza , José Pérez , Rossi , Tapia y de quien habla, cuya idea matriz es proteger el patrimonio de las organizaciones sindicales, mediante la incorporación de mayores exigencias a la adopción de acuerdos y suscripción de contratos destinados a disponer de él.

Antes de detallar su contenido normativo, quiero exponer la situación que motivó su presentación.

Sabemos que, en materia laboral, las organizaciones sindicales cumplen un rol fundamental en la protección, difusión y defensa de los derechos de los trabajadores. Para llevar a cabo su cometido, disponer de recursos y bienes muebles e inmuebles. Contar o no contar con ellos no es indiferente, pues su existencia está íntimamente ligada al éxito de su quehacer.

En muchas ciudades nos encontramos con sindicatos de muy larga data que, en décadas de trabajo, han comprado propiedades, muy bien ubicadas y de alto valor, esfuerzo que, con posterioridad, sus dirigentes no siempre logran aquilatar y terminan vendiéndolas y, con suerte, adquiriendo otros inmuebles y, en muchos casos, ninguno.

El proyecto propone, entonces, modificar el artículo 257 del Código del Trabajo, estableciendo, según una secuencia lógica, las siguientes exigencias y procedimientos para la disposición de inmuebles cuyo avalúo fiscal exceda el equivalente a catorce unidades tributarias anuales o que, siendo inferior a dicha suma, sean el único bien raíz de una organización.

En primer término, en cuanto a la forma en que se adopten las decisiones al respecto, se impone que para la enajenación, la promesa de ésta y cualquier otra convención destinada a gravarlos, donarlos, darlos íntegramente en arriendo o ceder completamente su tenencia por más de cinco años, si fueran urbanos, o por más de ocho, si fueran rústicos, incluidas las prórrogas, deberá ser aprobada por, a lo menos, dos tercios de los afiliados que se encuentren al día en el pago de sus cuotas sindicales, en asamblea extraordinaria convocada al efecto, con la presencia de un notario público que certifique haberse alcanzado dicho quórum.

Posteriormente, en cuanto al producto de estas transacciones, se dispone que las organizaciones sólo podrán recibir como pago del precio, en caso de enajenación, otros inmuebles o dinero.

En segundo lugar, en caso de que el pago sea en dinero, señala que con los recursos provenientes de la venta se deberá abrir una cuenta bancaria especial, cuya existencia deberá acreditar, antes de proceder a su inscripción, en el conservador de bienes raíces respectivo.

En tercer lugar, regula el uso de los fondos depositados en dicha cuenta especial, señalando que sólo podrán destinarse a la compra de otros inmuebles sociales, a la realización de mejoras en los ya existentes o a la adquisición de bienes muebles destinados al equipamiento y mantención de unos y otros.

Por último, dispone que los actos realizados con infracción a lo dispuesto en los incisos precedentes adolecerán de nulidad relativa.

Durante la discusión del proyecto, la Comisión de Trabajo contó con la participación del asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río, quien expresó la concordancia del Ejecutivo con los objetivos y modificaciones que el texto plantea.

Dejo constancia ante esta Sala de que el proyecto no tiene normas de quórum especial ni disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda, y que fue aprobado en la sesión del 14 de septiembre pasado en general y en particular por unanimidad, sin que se presentaran indicaciones.

Por las razones expuestas, la Comisión de Trabajo y Previsión Social recomienda la aprobación de este proyecto que contribuirá a salvaguardar los bienes de las organizaciones sindicales y, con ello, a que cumplan en forma eficaz su misión de proteger y defender los derechos de sus asociados.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En discusión general el proyecto.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación general el proyecto.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló , Alvarado , Álvarez , Ascencio , Bertolino , Burgos , Bustos , Caraball ( doña Eliana) , Ceroni , Dittborn , Encina , Escalona , Forni , Galilea (don Pablo) , Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel) , García-Huidobro , Hernández , Hidalgo , Jarpa , Kuschel , Leal , Lorenzini , Montes, Muñoz (don Pedro) , Navarro , Ojeda , Olivares , Ortiz , Paredes, Pérez (don José) , Pérez (don Víctor) , Recondo , Robles, Saffirio , Salaberry , Salas, Seguel , Silva , Soto (doña Laura) , Tapia , Tarud , Tohá (doña Carolina) , Ulloa , Uriarte , Urrutia , Varela , Vargas , Villouta , Von Mühlenbrock y Walker .

El señor LORENZINI (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, también queda aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

EJERCICIO POR EXTRANJEROS DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO EN CHILE. Primer trámite constitucional.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que sustituye el artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales, en lo concerniente al ejercicio de la profesión de abogado.

Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Jorge Burgos .

Antecedentes:

- Moción, boletín Nº 3477-07, sesión 65ª, en 31 de marzo de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 2.

- Informe de la Comisión de Constitución, sesión 42ª, en 14 de septiembre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 4.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor BURGOS.-

Señor Presidente, el proyecto sustituye el artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales con la finalidad de terminar con una discriminación que impide a muchos profesionales ejercer como abogado.

Presentamos la moción los diputados señores Pedro Araya , Guillermo Ceroni , Edgardo Riveros , Eduardo Saffirio y quien habla luego de llegar a la conclusión de que la redacción de dicho artículo provoca una discriminación que impide a los extranjeros domiciliados en Chile ejercer la profesión de abogado. Dicho artículo dispone: “Sólo los chilenos podrán ejercer la profesión de abogado. Lo dicho se entenderá sin perjuicio de lo que dispongan los tratados internacionales vigentes.”

Chile ofrece muchas ventajas para que estudiantes de otros países sigan la carrera de derecho o realicen cursos de pregrado en nuestras universidades, tradicionales o privadas. Sin embargo, alrededor de cien estudiantes extranjeros que cursaron sus estudios de derecho en Chile y que tienen la calidad de residentes, se encuentran impedidos de ejercer la profesión de abogado en virtud del artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales. Ello constituye una discriminación, puesto que se trata de personas que tienen la calidad de residentes en Chile y que obtuvieron el grado de licenciado en ciencias jurídicas en una de nuestras universidades.

Si esta norma hubiera estado vigente en la época de don Andrés Bello, uno de los humanistas más importantes que ha habido en Chile, no habría podido ejercer la profesión de abogado, antes de serle otorgada la nacionalidad chilena, por ser de origen venezolano.

En un mundo globalizado, más allá del pequeño aumento que pueda significar en la gran masa de abogados que hay en el país, procede la sustitución del artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales.

Por eso, el proyecto fue aprobado por unanimidad, con la concurrencia de la diputada señora Pía Guzmán y de los diputados señores Burgos , Bustos , Ceroni , Forni , Luksic y Monckeberg . El texto que se propone es el siguiente: “Sólo los chilenos, como también los extranjeros residentes que hayan cursado la totalidad de sus estudios de derecho en Chile, podrán ejercer la profesión de abogado. Lo dicho se entenderá sin perjuicio de lo que dispongan los tratados internacionales vigentes.” Eso último se refiere a personas que habiendo cursado sus estudios fuera de Chile, como consecuencia de tratados internacionales, bilaterales o multilaterales de reconocimiento mutuo de título, pueden ejercer la profesión en uno u otro país. Es el caso típico de quienes se han titulado de abogado en Ecuador o en Chile, por ejemplo.

El proyecto es sencillo y fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda .

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, sólo se pretende reparar una injusticia que se comete con los estudiantes extranjeros que no pueden ejercer la profesión de abogado luego de haber completado sus estudios de leyes en Chile.

En nuestro ordenamiento jurídico, los abogados son verdaderos auxiliares de la administración de justicia. Su desempeño es probadamente eficiente, razón por la cual las universidades chilenas gozan de prestigio internacional. Ello hace que muchos extranjeros vengan a estudiar a Chile. Lo mismo ocurre con medicina, ingeniería, etcétera.

Sin embargo, existe una contradicción. Muchos chilenos obtienen sus títulos de abogado en el extranjero. En España, por ejemplo, realizan un curso rápido y se les entrega el diploma. Si esas personas pueden ejercer en Chile, más aceptable es el caso de los extranjeros que realizan todos sus estudios en el país. Por tanto, es de justicia aceptar que puedan ejercer la profesión de abogado en Chile.

Por lo que significa para esos estudiantes, que en las escuelas de derecho chilenas se han empapado con su doctrina y filosofía y se han familiarizado con nuestro ambiente jurídico, creo que la iniciativa es oportuna y merece nuestra aprobación unánime, pues propende a un equilibrio y reciprocidad entre las universidades nuestras que enseñan a extranjeros y las universidades extranjeras que otorgan títulos a chilenos.

Por lo expuesto, anuncio mi voto favorable.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta .

El señor VILLOUTA.-

Señor Presidente, hace un mes, aproximadamente, fui visitado por un ciudadano chileno que me ofreció sus servicios, incluso en forma gratuita. Me comentó que había estudiado y recibido su título de abogado en Ecuador. Pero, además, me contó que había estudiado el nuevo sistema procesal chileno y dado sus exámenes ante los organismos correspondientes y que estaba en situación de postular a algún cargo en la Novena Región. Sin embargo, es poco lo que uno puede hacer en estos casos; sólo darle algunas orientaciones. Es lo que ocurre con muchos chilenos que han estudiado en el extranjero. Además, me gustaría saber con qué países tenemos tratados vigentes que permitirían, de acuerdo con el artículo único del proyecto, que profesionales extranjeros puedan ejercer en Chile la abogacía.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .

La señora GUZMÁN (doña Pía).-

Señor Presidente, el proyecto de ley sustituye el artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales para que los extranjeros que, con la respectiva visa de estudiante, realizan los estudios correspondientes y reciben el grado de licenciado en ciencias jurídicas, puedan ejercer la profesión de abogado en nuestro país.

En este sentido, en la medida que las universidades chilenas se han ganado la fama de entregar una muy buena formación en distintas áreas del conocimiento y que se ha abierto un abanico de posibilidades para estudiar en diversas instituciones privadas, muchos latinoamericanos vienen a estudiar en nuestro país. Al respecto, en Chile no hay limitaciones en materia de migración ni de visas de estudio, y tampoco hay universidades que impongan requisitos de nacionalidad.

Por eso, lo lógico es que en Chile puedan ejercer la profesión de abogado todas las personas que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo único que sustituye el artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales.

Cuestión importante es que para ejercer la profesión de abogado no sólo se requiere estar en posesión del grado de licenciado en ciencias jurídicas otorgado por una universidad en conformidad a la ley, sino que también haber recibido el título de abogado por la Corte Suprema reunida en pleno, que es, en definitiva, la que permite el ejercicio de la profesión.

También es importante recordar que los tratados internacionales, para ciertos casos, establecen la reciprocidad. Es decir, si en un país determinado por ejemplo, Colombia no se da a los estudiantes chilenos el mismo tratamiento que a los estudiantes colombianos, éstos, en Chile, no tendrán el mismo tratamiento que el dado a los estudiantes chilenos.

Por lo tanto, anuncio mi voto favorable.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos .

El señor BURGOS.-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero contestar la interrogante que planteó el diputado Villouta , a propósito de su experiencia con una persona de su región.

Ésa es una situación totalmente distinta. Se trata de un chileno que estudió derecho en Ecuador, quien, de acuerdo con el Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural, pretende que se le reconozcan los estudios cursados en dicho país. Hoy, eso está reglado. Si él cumple con los requisitos exigidos, como acreditar que rindió todas las pruebas, podrá postular al reconocimiento, porque, para todos los efectos, sería considerado con estudios válidos para ejercer esa profesión. Al respecto, ha habido algunos inconvenientes no digo en este caso en particular, como si se obtuvo o no la licenciatura, entre otros, pero ése es otro asunto.

Aquí, el tema no tiene nada que ver con tratados internacionales, eso queda absolutamente a firme existen convenios con Ecuador y España; probablemente hay más pero el extranjero que haya cursado la totalidad de sus estudios de derecho en Chile y tenga residencia y su título, actualmente no puede ejercer la profesión por esta disposición, a mi juicio, anticuada del Código Orgánico de Tribunales. Ése es el punto; no el del chileno que estudió en el extranjero.

Si me preguntan si existe reciprocidad al respecto en otros países, por lo menos conozco el caso argentino: un chileno que estudie la carrera de derecho en ese país puede ejercerla allí. No conozco otro caso.

Pero, más allá del tema de la reciprocidad, aquí tenemos el problema de una norma eminentemente arbitraria y, a mi juicio, casi inconstitucional.

En segundo lugar, el diputado Bayo , con toda razón, me hizo un comentario acerca de la inexactitud gramatical que podría enmendar la Secretaría. El adverbio inicial “Sólo” está de más; debería suprimirse y el artículo comenzar de esta otra forma: “Los chilenos, como también los extranjeros residentes...”.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Se considerará su observación, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Francisco Bayo .

El señor BAYO.-

Señor Presidente, este proyecto de ley normaliza y aplica el mismo trato que hoy se da en otras profesiones. Por ejemplo, desde hace varios años, un colombiano, un venezolano o un mexicano que haya concluido los estudios de medicina y obtenido el título en Chile, para todos los efectos legales, es médico chileno.

Por ello, anuncio nuestros votos favorables al proyecto.

Por último, comparto el criterio del diputado señor Burgos , en el sentido de que la Secretaría solucione el problema formal de redacción relacionado con el adverbio “Sólo” con que se inicia el artículo único.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada María Antonieta Saa .

La señora SAA (doña María Antonieta).-

Señor Presidente, además, en el artículo único del proyecto debería suprimirse la primera parte que establece: “Sólo los chilenos, como también”, porque en Chile, los chilenos abogados pueden ejercer la profesión. De manera que el artículo quedaría de la siguiente manera: “Los extranjeros residentes que hayan cursado la totalidad de sus estudios de derecho en Chile podrán ejercer la profesión de abogado. Lo dicho se entenderá sin perjuicio de lo que dispongan los tratados internacionales vigentes.”

Lo otro es absurdo.

(Hablan varios diputados a la vez).

Bueno, simplemente, es una cuestión de redacción.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación en general el proyecto.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

Por no haber indicaciones, también se declara aprobado en particular.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Araya , Bauer , Bayo , Becker , Bertolino , Burgos , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Correa , Dittborn , Egaña , Encina , Escalona , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , González (don Rodrigo) , Guzmán (doña Pía), Hidalgo , Ibáñez (doña Carmen) , Jaramillo , Jarpa , Kast , Kuschel , Leal , Leay , Lorenzini , Luksic , Montes, Moreira , Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Navarro , Ojeda , Olivares , Ortiz , Paredes, Pérez (don José) , Riveros , Saa (doña María Antonieta) , Saffirio , Salas , Seguel , Tapia , Tarud , Tohá (doña Carolina) , Urrutia , Vargas , Venegas , Villouta , Von Mühlenbrock y Walker .

Terminada la discusión del proyecto.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Recabo la unanimidad de la Sala para que la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, presidida por el diputado señor Samuel Venegas , pueda sesionar a contar de las 17.45 horas, es decir, una vez concluida la presente sesión, sin que se cumplan las cuatro horas previas que establece el Reglamento para su citación.

¿Habría acuerdo?

No hay acuerdo.

FACILIDADES A LOS TRABAJADORES DURANTE LA JORNADA LABORAL. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.

El señor LORENZINI (Presidente).-

A continuación, corresponde tratar el proyecto de ley, originado en moción, que modifica el artículo 193 del Código del Trabajo, con el objeto de establecer ciertas prerrogativas a favor de los trabajadores que indica.

Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Carlos Vilches .

Antecedentes:

- Moción, boletín Nº 3482-13, sesión 68ª, en 6 de abril de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 19.

- Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sesión 1ª, en 5 de octubre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 17.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Seguel , en reemplazo del señor Vilches .

El señor SEGUEL.-

Señor Presidente, no sólo reemplazo al diputado Carlos Vilches , sino también soy autor del proyecto de ley. Solicité que lo informara para compartir el trabajo.

Suscribieron esta moción la diputada señora Eliana Caraball y los diputados señores Gabriel Ascencio , Jorge Burgos , Camilo Escalona, José Miguel Ortiz, Edgardo Riveros , Eduardo Saffirio , Exequiel Silva y Patricio Walker .

Este proyecto tiene por finalidad permitir que los trabajadores de establecimientos de comercio, restaurantes, cafés, malls, etcétera, donde deben permanecer muchas horas de pie atendiendo al público, puedan disponer de algunas facilidades para el cumplimiento de sus labores.

De acuerdo con los informes médicos, el permanecer mucho tiempo de pie puede provocar várices en las piernas y afecciones a la columna y a los riñones, no consideradas enfermedades propiamente profesionales.

La iniciativa se originó en una petición de un grupo de trabajadores y de diputados de la Comisión de Vivienda entre ellos Carlos Montes quienes hicieron presente que la norma del artículo 193 del Código del Trabajo ya no está siendo respetada ni fiscalizada, porque su redacción data de 1937 hace prácticamente imposible su fiscalización, debido al avance de la tecnología y al tipo de comercio existente en el país.

Por eso, proponemos cambiarlo en este sentido:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 193 del Código del Trabajo en los siguientes términos:

“a) Incorpórase, en el inciso primero, a continuación de la palabra “mercaderías”, la siguiente frase “hoteles, restaurantes, cafés o clubes.” (Estos no aparecen en la ley y han alcanzado un número impresionante).

“b) Elimínase el inciso primero, a continuación de la palabra "mantendrá", la frase "el número suficiente de", incorporando, a continuación de la palabra "trabajadores", la frase "a razón de una silla o asiento por cada tres de ellos, sin perjuicio de que si el número de empleados fuere inferior a tres, al menos deberá encontrarse a disposición de ellos una silla o asiento.”

De esta manera, bastará con que haya tres trabajadores o menos para ser obligatorio contar con silla o piso.

“c) Agrégase a continuación del punto aparte del inciso primero, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase "Pudiendo, los trabajadores, disponer de ellos durante 15 minutos por cada hora de trabajo continuo realizada.”

Es decir, los dependientes, por cada hora de trabajo, tendrán derecho a permanecer sentados, a lo menos, quince minutos, los que pueden no ser seguidos. Por ejemplo, podrían sentarse a descansar tres veces por cinco minutos durante ese lapso. El objetivo reitero es evitar que el trabajador pueda sufrir de várices o de afecciones a la columna, a los riñones, a las caderas, etcétera. Cabe hacer notar que en algunos establecimientos comerciales obligan a sus trabajadoras a usar ropa demasiado ajustada y zapatos de taco alto. Ellas saben lo agotador que es permanecer de pie ocho o diez horas con zapatos de taco alto.

Como la disposición vigente no se fiscalizaba y, por lo tanto no se está aplicando prácticamente ningún tipo de pena para quienes la infringe y la sanción prevista es menor, presenté una indicación para elevar las multas existentes entre 5 y 10 unidades tributarias mensuales, según la reiteración de la falta.

Este proyecto ha sido solicitado por los trabajadores, reconocida por los empleadores y diputados y, especialmente, avalada por los médicos.

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa .

La señora SAA (doña María Antonieta).-

Señor Presidente, en verdad es muy penoso que en pleno siglo XXI haya que modificar una ley muy antigua que consagra uno de los primeros derechos adquiridos por los trabajadores para que se cumple. Todos somos testigos de que los vendedores de establecimientos comerciales permanecen doce o catorce horas de pie. Es una muestra de inhumanidad horrorosa y, muchas veces, hay mujeres embarazadas que no tienen a su disposición una silla en la cual descansar durante esa larga jornada de trabajo. Entonces, me parece de justicia el texto de esa norma y reposicionarla en la conciencia nacional, especialmente en la de los empresarios. Así, la gente comprobará que los parlamentarios somos sensibles a los atropellos que sufren a diario los trabajadores.

Felicito a los autores de la moción. Vamos a apoyarla con mucho entusiasmo. Ojalá que, una vez convertida en ley, se fiscalice debidamente su cumplimiento, pues se trata de un problema que nos atañe a todos y que debe ser motivo de profunda vergüenza para el país. No sacamos nada con tener un país moderno, propio del siglo XXI, si no logramos que nuestras trabajadoras y trabajadores reciban un trato digno.

Quiero destacar lo realizado por el Servicio Nacional de la Mujer cuando, durante la dirección de la ministra Adriana Delpiano , logró suscribir un acuerdo con los empresarios frutícolas para que las temporeras y temporeros pudieran disponer de sillas para el merecido descanso. Sin duda, fue un avance.

Debemos aprobar esta iniciativa por unanimidad, porque es vergonzoso que en nuestro país subsistan condiciones laborales como ésta. Sabemos que hay muchos atropellos a los derechos laborales, pero éste es el colmo.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro .

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, después de noventa años se viene a proponer una modificación a la ley Nº 2.951, de 1914, conocida como “Ley de la silla”, parte de cuyo texto es el siguiente:

“Artículo 1º. En los almacenes, tiendas, bazares, bodegas, depósitos de mercaderías y todos los establecimientos comerciales semejantes, el patrón o empresario mantendrá el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los dependientes o empleados.”

Más adelante, su artículo 3º nos revela la antigüedad de la norma, pues establece que: “Cada infracción a las disposiciones de la presente ley, será penada con una multa de diez pesos, que ingresarán en arcas comunales. Corresponderá a las respectivas municipalidades la vigilancia y la aplicación de estas disposiciones en la forma establecida por la ley”.

Fue una de las primeras leyes destinada a proteger las condiciones laborales de los trabajadores, ya que las anteriores decían relación con la seguridad social. Atendida la situación que hoy viven, particularmente los que se desempeñan en hoteles y malls, como señala la iniciativa, nos parece adecuado que se actualicen sus disposiciones. No obstante, para que su cumplimiento sea efectivo, debe haber una adecuada fiscalización y comprensión de la norma. Por ello, como planteó Francisco del Río, asesor del Ministerio del Trabajo, y como dispone el artículo 193 del Código del Trabajo, en el reglamento interno de las empresas se deben consignar claramente las condiciones en que se ejercerá este derecho, de manera que haya una silla cada tres trabajadores y que puedan utilizarla durante quince minutos por cada hora de trabajo. Ello favorecerá el desempeño y el clima laboral. En todo caso, espero que no se transforme en un elemento de disputa entre empleados y empleadores.

Insisto, la moción en debate viene a actualizar una norma extraordinariamente importante que, como señaló la diputada María Antonieta Saa , no tenía una aplicación clara y precisa en un gran número de tiendas con tres, diez o más trabajadores, en que no existe el número de sillas que dispone el Código del Trabajo y que obligó en su época la ley Nº 2.951, de 1914.

Entonces, de aprobarse este proyecto de ley, como espero que ocurra, desde ya anuncio el voto favorable de la bancada socialista, procede una debida fiscalización para verificar si en los establecimientos respectivos los trabajadores gozan de este derecho y si se ha dictado el reglamento que regula su ejercicio. El derecho a sentarse durante quince minutos por cada hora de trabajo continuo realizado, en una jornada que puede prolongarse hasta por diez horas, va a permitir mejorar el clima laboral y el rendimiento de los trabajadores, amén de evitar enfermedades o afecciones, como ha dicho el diputado Seguel .

Este proyecto de ley podría resultar intrascendente si se aplica una multa de diez mil pesos, que ingresarán en arcas comunales, como establecía la ley Nº 2.951. De acuerdo con el artículo 477 del Código del Trabajo las infracciones que no tengan señalada una sanción especial esto en directa relación con la indicación que se ha anunciado tendrán una multa que va de una a veinte unidades tributarias mensuales, según la gravedad de la infracción. Me refiero a las normas generales sobre infracciones y multas. El monto de las multas también depende del número de trabajadores. Si el empleador tuviere contratados cincuenta o más trabajadores, las multas aplicables ascenderán de dos a cuarenta unidades tributarias mensuales; si son más de 200, de tres a sesenta unidades tributarias mensuales.

Es decir, en las normas generales del Código del Trabajo, los montos de las multas no van de una a diez unidades tributarias, como se pretende con la indicación que se ha anunciado, sino que van de una a veinte unidades tributarias, lo que parece más adecuado. Por lo tanto, no la considero necesaria.

Una vez que la ley entre en vigencia, los inspectores del Trabajo deberán exigir la dictación del reglamento interno para realizar una debida fiscalización. Esto es muy importante para que este proyecto no pase a ser letra muerta. Por ejemplo, el reglamento deberá indicar la ubicación de las sillas, porque en lugares cerrados o en espacios reducidos no será posible mantenerlas a la vista. En fin, hay que garantizar la disponibilidad de sillas para el trabajador.

Sé que esta medida va a causar inquietud en el mundo del comercio, en que desde hace mucho existe preocupación por el incumplimiento de la histórica “Ley de la silla”. Siempre que se hablaba de derechos laborales, había una referencia inmediata a la “ley de la silla”, considerada como una conquista importante de los trabajadores.

El proyecto tiene por objeto humanizar las condiciones de trabajo de ciertos sectores de chilenos y para ello esperamos una adecuada comprensión entre trabajadores y empleadores, de tal manera que no se convierta la medida propuesta en un factor de enfrentamiento, Se trata de mejorar el entorno laboral, procurando adecuar los lugares en donde se hará exigible esta medida para cumplir con a una ley que estaba plenamente vigente, pero que no contemplaba hoteles, restaurantes, cafés o clubes.

Las grandes tiendas podrán decir que ellas no estaban consideradas en la ley. Pero seamos honestos, sí lo estaban cuando la disposición vigente hace referencia a “tiendas”, “depósitos de mercadería” “y demás establecimientos comerciales semejantes”, que en el lenguaje del siglo XXI, debería leerse como mall o centro comerciales. Por tanto, no habría necesidad de incorporar esos vocablos, porque ya estaban implícitos en la legislación vigente, incluso en la ley Nº 2.951, “ley de la silla”.

Por último, aunque este proyecto pudiera considerarse como un aporte pequeño para humanizar el entorno laboral, son cientos de miles los trabajadores del comercio que se verán beneficiados con su aprobación.

Recuerdo que cuando aprobamos la ley que declaró feriado el 17 de septiembre pasado, los trabajadores del comercio se molestaron porque no fueron consultados en cuanto a si preferían esa fecha o el 1º de enero. Ahí hubo una cierta crítica. Espero que en esta oportunidad se haya contado con la participación de ellos para concordar el artículo único de este proyecto, con el objeto de que refleje la real necesidad de sus principales beneficiados, que son los trabajadores del comercio, ya sea de grandes centros comerciales o de pequeñas tiendas en donde los dependientes pasan de pie largas horas del día.

Por lo tanto, anuncio mi voto favorable, en el entendido de que estamos en el primer trámite del proyecto y de que los dirigentes de los trabajadores del comercio fueron consultados y que sus observaciones, si es que las hubo, fueron consideradas en su texto.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn .

El señor DITTBORN.-

Señor Presidente, antes de entrar al fondo del proyecto tengo algunas inquietudes respecto de la forma en que éste fue tratado.

Soy integrante de la Comisión de Trabajo, pero también lo soy de la de Hacienda, que sesiona los martes, de 17.30 a 19.30 horas, y muchas veces no he podido a llegar a tiempo a las sesiones de la primera porque los horarios se topan.

Entiendo que este proyecto fue aprobado en una tabla de fácil despacho, al inicio de una sesión de la Comisión de Trabajo. No sabía de la existencia de este proyecto; sólo me enteré de él al tomar conocimiento de la Tabla de la sesión de Sala de hoy.

Se trata de un proyecto importante y pienso que hay que buscar el mejor momento para discutirlo; es decir, cuando estén todos los diputados.

En segundo lugar, quiero preguntar al diputado informante, dadas las implicancias que esta medida tiene en el sector productivo, si se escuchó a algún dirigente gremial o de los empresarios, quienes son los que van a tomar la decisión para que lo que aquí se apruebe, se cumpla. En general, ha sido una sana costumbre en la Cámara escuchar siempre a los interesados.

Entrando al fondo, el proyecto propone tres modificaciones a la denominada “ley de la silla”. La primera incorpora otras unidades productivas, entre ellos hoteles, restaurantes, cafés o clubes a la obligación de mantener asientos o sillas a disposición de los trabajadores. En lo personal no tengo inconveniente en ello, porque lo considero razonable. Incluso, no sería necesario dictar una ley para civilizar las relaciones laborales, porque pienso que cualquier empleador pondría sillas para que aquellos trabajadores que deben permanecer de pie largo tiempo pudieran descansar y así no sufrir las incomodidades de las enfermedades a que se refería el diputado Seguel . En fin, si así no ocurre y se quiere legislar sobre ese punto, no tengo inconveniente.

En segundo lugar, la letra b) del artículo único establece que habrá una silla o asiento por cada tres trabajadores, lo que también me parece razonable. Pero al igual que en el caso anterior, pienso que ello se podría dar sin necesidad de una ley. Pero nuevamente digo que si eso no ocurre, no tengo inconveniente en legislar sobre el tema.

Donde sí tengo dudas de fondo, y quisiera que me las aclarara el diputado informante, porque lo encuentro bien delicado, es en la letra c), que dice: “Pudiendo, los trabajadores, disponer de ellos” del descanso en las sillas “durante 15 minutos por cada hora de trabajo continuo realizada.” Esta norma da el derecho a los trabajadores a contar con una silla durante 15 minutos por cada hora. Y aquí tengo dos inquietudes. Primero, ¿esos 15 minutos son acumulables durante una jornada laboral?. Lo pregunto, porque si existe ese derecho y mi jornada es de 8 horas, puedo acceder a ese beneficio por dos horas al día; pero podría darse el absurdo que alguien dijera “como yo tengo derecho de silla durante dos horas al día, trabajo seis y luego exijo estar sentado las últimas dos”. De acuerdo con el tenor literal del proyecto, así podría ocurrir. Sé que ese no es el objetivo de quienes pensaron en esto.

La otra alternativa es que los 15 minutos no sean acumulables, es decir, que sean 15 minutos por cada hora. Y que si uno no los ocupa, por ejemplo, en la hora que va de 9 a 10 ó de las 10 a las 11, simplemente los pierde. Si eso es lo que se quiso decir, me parece que se puede ocasionar un perjuicio a la actividad productiva. Me pregunto, ¿qué pasa si la mayoría de los trabajadores de un restaurante exigen sentarse 15 minutos entre las 13 y 15 horas, que es el momento en que está lleno? Se perdería media hora.

Si eso se hace en forma rotativa y con buena disposición, es probable que eso no afecte al restaurante; pero si las relaciones laborales no son las mejores y esos trabajadores exigen sentarse 15 minutos de cada hora, podría darse el caso absurdo, que ningún redactor de la iniciativa hubiese querido, que los trabajadores estuvieran sentados media hora durante esas dos horas peak en que se llena el restaurante, lo que afectaría gravemente la productividad del local.

Tengo algunas dudas al respecto.

En cuanto a la letra c) del artículo único, me parece que requiere mayor precisión, sobre todo si es acumulable el derecho de los 15 minutos. Aunque no sea acumulable, creo que es grave que se exija ese derecho en ciertos tipos de actividades productivas que tienen horas peak muy marcadas.

Nadie puede estar en contra de que los trabajadores realicen sus tareas en un ambiente laboral lo más grato posible y que se den las condiciones para que no se perjudique la salud de ninguno mientras realizan su labor. En eso estamos de acuerdo.

Como dije, es una pena que se deba redactar leyes tan frecuentemente sobre esos derechos básicos, que deberían existir en forma normal entre las personas civilizadas.

No tengo inconveniente en aprobar las letras a) y b) del artículo único; sólo tengo dudas de fondo respecto de la letra c).

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Edgardo Riveros .

El señor RIVEROS.-

Señor Presidente, es un hecho de la causa que los trabajadores deben soportar largas y agotadoras jornadas de trabajo. Esa realidad está presente. Lo lógico es otorgar condiciones mínimas de trabajo, “humanizando el entorno”, como lo dice el propio informe.

Ahora, ¿cuál es el fin de esto? Lograr un mejor desempeño en sus labores, un mayor rendimiento de los trabajadores dependientes.

Lo lógico es perfeccionar las normas vigentes, entre las que figuran el artículo 193 del Código del Trabajo, disposición que reemplazó a la famosa “ley de la silla”, de 1914.

Debemos asumir la necesidad de actualizar esa norma. El diputado informante y autor de la iniciativa, Rodolfo Seguel , entregó todos los elementos de contenido y de mérito del proyecto.

Por cierto, la duda planteada por el diputado señor Dittborn me parece lógica; pero no hay que confundir este beneficio para los trabajadores que realizan su actividad de pie con las horas de descanso. El hecho es que la silla debe estar a su disposición para que, en un momento determinado, ellos puedan recurrir a ese implemento que alivia sus condiciones de trabajo, pero sin disminuir la jornada laboral. Así es como se debe entender la norma.

Participo de la idea de que ojalá tuviéramos que legislar lo menos posible respecto de este tipo de materias, pero es el caso de que suelen producirse, sobre todo en el ámbito del derecho del trabajo, fuertes incumplimientos de normas o el aprovechamiento al máximo de los vacíos legales que existen, Por lo tanto legislar es la única manera que tenemos de salir al paso de estos factores incidentes en las condiciones de trabajo.

En su intervención, el diputado Seguel señaló que la fiscalización es un punto esencial en este problema. Además se están endureciendo las multas por las infracciones.

De acuerdo con lo señalado, estoy en condiciones de anunciar el voto favorable de la bancada de la Democracia Cristiana.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputado señora Pía Guzmán .

La señora GUZMÁN (doña Pía).-

Señor Presidente, quiero insistir en lo dicho en las dos últimas exposiciones. Creo que la letra c) del artículo único, que modifica el artículo 193 del Código del Trabajo, puede causar grandes problemas.

Estoy de acuerdo con el fondo del proyecto, pero no sé si debemos aprobarlo hoy, porque el artículo 19 del Código Civil, ese que nos obligan a aprender de memoria en las escuelas de Derecho, señala: “Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu.”

En verdad, esta letra c) es justamente una de esas normas que se deberían interpretar conforme al el artículo 19 del Código Civil, porque, al parecer, su texto es muy claro. Dice que después de cada hora habrá 15 minutos de descanso en una silla que se tendrá para ese efecto. Sin embargo, el problema es que sí genera un gravísimo problema de interpretación, en la medida en que la jornada laboral es de 48 horas semanales y de 8 horas diarias, porque si cada hora se destinan quince minutos para descansar en una silla, implica que la jornada laboral se reduce en dos horas diarias; o sea, la jornada diaria pasa a ser de seis horas.

¿Es eso lo que se pretende? No. Se pretende permitir el descanso de los trabajadores de malls, restaurantes, cafés y otros establecimientos comerciales durante la jornada laboral. Pero hay un problema de interpretación que puede crear dificultades en la contratación de trabajadores. En general, más que producir problemas a los trabajadores, que sí los puede haber, implica a veces una restricción en la contratación.

Frente al problema de interpretación que se suscita en la letra c) del artículo único, pido al diputado Seguel que nos explique qué pasa allí. En caso de mantenerse las dudas de que esto implica un cambio en la jornada laboral, pediría que el proyecto vuelva a la Comisión de Trabajo, con el objeto de dar sentido a esta norma que permita una interpretación correcta y no produzca problema alguno para los trabajadores ni para los empleadores.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona .

El señor ESCALONA.-

Señor Presidente, esperaba agradecer la disposición favorable de las bancadas para apoyar esta iniciativa, pero veo que, lamentablemente, han surgido dudas en relación con el proyecto, el cual, como su sentido lo indica y como lo planteó el diputado informante, busca precisar el texto del artículo 193 del Código del Trabajo, con el objeto de hacer realidad su aplicación, luego de transcurrido un largo tiempo desde su vigencia.

Han pasado noventa años desde que se aprobó y promulgó la llamada “ley de la silla”, lapso en el que, lógicamente, se han producido transformaciones muy profundas en el sistema productivo y ha cambiado el contexto económico y social en que se debe aplicar esta legislación. Por ejemplo, hoy prácticamente no existen unidades productivas pequeñas que permitan establecer una relación casi familiar entre empleado y empleador, sino grandes conglomerados económicos, situación que se da especialmente en el en el mundo del comercio, en los mall, los que ofrecen grandes ventajas para quienes los visitan, pero que tienen cosas que no favorecen a sus trabajadores.

Los grandes centros comerciales se han constituido en un espacio donde la familia puede compartir. Allí no solamente se venden diferentes tipos de artículos, sino que se han transformado en paseos a los que concurren las parejas o las familias. Son puntos de socialización, ya que los espacios públicos, lamentablemente, han ido disminuyendo.

Sin embargo, en las grandes tiendas, que pertenecen a las principales cadenas de retail, no se respetan como corresponde las disposiciones laborales. En ellas, las jornadas de trabajo son muy largas y no hay las condiciones mínimas para que sus trabajadores, en especial sus empleadas, puedan desarrollar sus jornadas laborales de mejor manera, pues trabajan hasta siete horas en forma continua, sin disponer de algo tan elemental como una silla que les permita un período mínimo de descanso en el curso de la jornada.

Entiendo los reparos planteados a la letra c) del artículo único, pero no considero que sean objeciones de fondo, ya que se entiende que en toda actividad productiva, más aún en los trabajos pesados, las personas tengan momentos de descanso dentro de su jornada. Por ejemplo, los trabajadores que utilizan taladros para extraer carbón de una mina subterránea desarrollan una actividad muy intensa, pero cuando se carga el mineral en los vagones para llevarlo a la superficie, aprovechan ese momento para tener un breve descanso. Pero en otras formas aparentemente no tan pesados, los trabajadores deben permanecer de pie en forma continua durante extensas jornadas, lo que hace su labor muy pesada.

La disposición que permite a los trabajadores disponer de quince minutos de descanso, después de una hora continua de labores parece tan obvia y humana que considero irrelevantes los reparos que surgen de su redacción. La iniciativa cuyo autor, es justo señalarlo, es el diputado Rodolfo Seguel y la cual respaldamos con entusiasmo varios diputados, busca resolver un problema que deben enfrentar a diario miles de trabajadoras y trabajadores del comercio. Esperamos contar con la unanimidad para aprobarla. Parece obvio respaldarla en razón, como dije, de las enormes transformaciones que ha experimentado el sistema productivo y por el hecho de que, a pesar de que algunos trabajos parecer ser livianos, hay personas que durante horas no disponen de lo más elemental en el desarrollo de la jornada laboral: una silla para descansar algunos minutos.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia .

El señor URRUTIA.-

Señor Presidente, como sucedió con el proyecto que discutimos en la mañana, la Comisión encargada del estudio de esta iniciativa sólo escuchó al señor Francisco del Río . No sé si existe una sociedad con él, pero me pareció extraño que el proyecto se tratara entre cuatro paredes. Lo lógico es invitar a más personas relacionadas con el tema, a fin de lograr un buen proyecto.

Estoy de acuerdo con proteger a los trabajadores. Creo que nadie está en contra de eso, pero hay que hacerlo cuando éstos tienen pega. Estamos en un país con un 10 por ciento de cesantía, porcentaje que no ha bajado durante años. Al parecer, mientras dure el gobierno del presidente Lagos, ese índice no bajará.

¿Qué se conseguirá con esta iniciativa? Fomentar más el desempleo.

La medida parece lógica en hoteles, restaurantes, cafés y clubes, pero sería muy divertido ver una silla en un potrero para que se sienten los agricultores que trabajan en él. Por decir lo menos, el proyecto me parece insólito. ¡Imagínese lo que sería ponerle una silla al carabinero que dirige el tránsito! Cada quince minutos se sentaría a descansar. ¡Imagínese el caos que habría! Se podrían agregar más ejemplos. Me parece algo realmente ridículo.

Pese a que estoy a favor de beneficiar a los trabajadores, no estoy de acuerdo con el proyecto. Por lo tanto, voy a votarlo en contra.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta .

El señor VILLOUTA.-

Señor Presidente, estoy de acuerdo con el proyecto, pero me asalta la duda como lo señaló el diputado Escalona acerca de si el descanso contemplado en el inciso primero, letra c), puede ser conflictivo, porque la relación de una hora trabajo y un descanso de quince minutos puede considerarse excesiva.

Soy partidario de aprobar un proyecto que agregara la siguiente oración: “siempre que el movimiento de público lo permita.”, porque puedo llegar a una tienda o a un local y encontrarme con que el empleado que debe atender está sentado porque le corresponde su descanso de cinco, diez o quince minutos y, por lo tanto, no atiende. Como cliente me sentiría muy molesto si el empleado dijera: “Mire, no lo voy a atender porque estoy en mi hora de reposo de acuerdo con la ley”. ¿Qué va a pasar con los clientes? No van a aceptar esa determinación y van a pensar que hubo mala voluntad del empleado. Por lo tanto, los clientes no volverán a comprar a ese local.

En consecuencia, anuncio mi oposición a la letra c) del inciso primero del proyecto, porque es casi impracticable.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Seguel .

El señor SEGUEL.-

Señor Presidente, el diputado señor Leay me ha pedido una interrupción. Si se va a referir al proyecto, no tengo inconveniente en dársela.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado Leay .

El señor LEAY.-

Gracias, diputado Seguel .

Me parece bien la “ley de la silla”, aun cuando tengo los mismos reparos que el diputado Dittborn . No entiendo por qué existe esta ley sólo para trabajadoras del comercio y hoy se agrega a los de restoranes y otros. Mi pregunta es: ¿Por qué no se aplica en el sector industrial? Por ejemplo, en los packings no rige la “ley de la silla”. Aquí hay una discriminación hacia algunos sectores.

No podemos promulgar leyes que promuevan la discriminación entre los trabajadores. Hay otras actividades productivas, de vigilancia, etcétera, que son realizadas de pie por los trabajadores. Los carabineros, por ejemplo, están de pie, dirigiendo el tránsito, en cualquier calle de cualquier ciudad del país, durante muchas horas.

Mi pregunta es más de fondo. ¿Por qué un proyecto puede favorecer, arbitrariamente, a trabajadores de hoteles, restoranes o cafés y no a todos los que permanecen de pie por muchas horas? ¿Porqué hay un distinto trato en la materia? Ésa es mi pregunta.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Recupera el uso de la palabra el diputado señor Seguel .

El señor SEGUEL.-

Señor Presidente, trataré de despejar en la mejor forma posible las dudas planteadas por algunos diputados.

Como bien señalaron los diputados señores Navarro y Escalona , este proyecto modifica una norma ya contenida en una ley de 1914.

Todos los proyectos son perfectibles. Si creemos que sus disposiciones pueden conducir a equívocos, presentemos indicaciones. Si la diputada señora Pía Guzmán , que hizo mención al artículo 10 del Código Civil, y el diputado señor Julio Dittborn desean presentar alguna indicación, no tengo ningún inconveniente en acogerla, siempre que el sentido literal del proyecto no se entienda.

La letra c) del artículo único del proyecto señala: “C) Agrégase a continuación del punto aparte del inciso primero, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase: “Pudiendo los trabajadores disponer de ellos durante 15 minutos por cada hora de trabajo continuo realizada.” Ello quiere decir que el trabajador que cumplió una su hora de trabajo tiene la posibilidad de tomarse un descanso de 15 minutos. En mi exposición señalé que el espíritu del legislador es que use los 15 minutos en oportunidades que no creen, precisamente, las situaciones que plantearon la diputada señora Pía Guzmán y el diputado señor Julio Dittborn .

Es obvio que si a un local llega gente y hay que atenderla, los trabajadores no van a estar sentados mientras el público espera que transcurran sus 15 minutos de descanso. El espíritu del legislador no es que los trabajadores sean sinvergüenzas ni aprovechadores, sino que sean eficientes, capaces y productivos, no expuestos permanentemente a afecciones o dolencias.

Reitero que no tengo inconvenientes en que los diputados que lo deseen presenten indicaciones, en el sentido de que los 15 minutos de descanso se tomarán en momentos en que no haya que atender público. Lo que me interesa es que el país y los trabajadores comprendan que el propósito del legislador es darles, cada una hora efectiva de trabajo, 15 minutos de descanso para sus piernas, columna y riñones.

Quiero dar un ejemplo a todos los señores diputados, sobre todo al diputado Urrutia .

Veamos lo que ocurre en la cámara de Diputados. Tenemos trabajadores a los cuales llamamos cuando queremos que nos traigan el diario, un documento, un vaso de agua, té o café. ¿Alguien podrá decir, como afirmó el señor Urrutia , que están flojeando porque, a ratos, permanecen sentados? No. Están a la espera de prestar un servicio a cada uno de los diputados.

Entonces, lo que hacemos con la gente que trabaja para nosotros, ¿por qué no podemos extenderlo para el resto de los trabajadores del país a través de una norma legal? Ése es el sentido que tiene la letra c) del artículo único del proyecto.

En segundo término, en relación con la pregunta que formularon los diputados señores Dittborn y Urrutia , en cuanto a cómo se elaboró este proyecto si no se invitó a nadie a participar en su discusión, quiero que se escuche muy bien lo que diré, de manera que quede clara la respuesta que entregaré.

Este proyecto se aprobó exactamente en la misma forma que una iniciativa del diputado señor Salaberry , cuyo objeto es establecer el derecho del padre trabajador de compartir con su hijo recién nacido en los primeros días de vida de éste. En esa oportunidad, nadie dijo nada, todos aplaudimos la moción del colega, la aprobamos y hoy se encuentra cumpliendo su segundo trámite constitucional en el Senado. Entonces, ¿por qué cuando se trata de un proyecto de ley de un diputado que no pertenece al conglomerado político de los señores Dittborn y Urrutia , se hace esta crítica tan ácida y no se actúa con un espíritu de colaboración, como lo hicimos nosotros cuando el colega Salaberry presentó su iniciativa?.

El proyecto en estudio es parecido al mencionado y ha tenido un tratamiento y una discusión similares. No es culpa de los diputados que asistimos a la Comisión que otros miembros de ella no hayan asistido al debate.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .

La señora GUZMÁN (doña Pía).-

Señor Presidente, deseo decirle lo siguiente al diputado señor Seguel : primero, no creo que el hecho de que los trabajadores se sienten durante su jornada de trabajo signifique que éstos sean flojos. Ésa no fue ninguna acotación de quien habla, y deseo aclararlo.

Segundo: mi duda permanece y no me la respondió el colega. De acuerdo con lo que establece el proyecto, una hora de trabajo continuo implica que a la segunda hora se trabajará 45 minutos; después, se trabajará nuevamente una hora continua, y luego, 45 minutos. Entonces, al final tendremos una jornada laboral con dos horas menos.

El problema de interpretación se presenta entre jornada laboral normal y la consagrada en la denominada “ley de la silla”. Por lo tanto, eso es lo que tenemos que resolver. Por esa razón pedí que el proyecto volviera a la Comisión nuevamente, porque no encuentro la forma de resolver ahora esta discusión.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación general el proyecto.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Araya , Ascencio , Bauer , Bayo , Becker , Burgos , Bustos , Caraball ( doña Eliana), Cardemil, Ceroni , Correa , Dittborn , Egaña , Encina , Escalona , Forni , Guzmán (doña Pía), Hidalgo, Jarpa , Kuschel , Leal , Leay , Lorenzini , Luksic , Masferrer , Melero , Montes, Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Navarro , Norambuena , Ojeda , Olivares , Ortiz, Pérez (don José) , Pérez (don Ramón) , Pérez (don Víctor) , Riveros , Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salas , Sánchez , Seguel , Silva , Soto (doña Laura) , Tapia , Tohá (doña Carolina), Tuma , Valenzuela , Vargas , Von Mühlenbrock y Walker .

Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Urrutia y Villouta .

El señor LORENZINI (Presidente).-

¿Habría acuerdo para votar las indicaciones de inmediato?

No hay acuerdo.

En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión de Trabajo.

El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:

Al artículo único

Letra c)

1.De los señores Dittborn y Forni , para agregar, a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser seguido la siguiente frase final; “Este periodo de tiempo no será acumulable y no podrá hacerse uso de este derecho en aquellas horas de mayor afluencia de público al respectivo local.”.

Letra d), nueva:

2.De los señores Ascencio , Riveros y Seguel , para incorporar la siguiente letra d), nueva:

d)Reemplázase, en el inciso cuarto, las palabras “una a dos” por “cinco a diez”.

OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR POR PUNTAJE. Modificación de la ley Nº 18.290, de Tránsito. Primer trámite constitucional.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Corresponde conocer el proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, con el objeto de crear un sistema de licencias de conducir por puntaje.

Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Zarko Luksic .

Antecedentes:

- Moción, boletín Nº 3376-15, sesión 9ª, en 15 de octubre de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 3.

- Informe de la Comisión de OO.PP., sesión 1ª, en 5 de octubre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 23.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el señor diputado informante.

El señor LUKSIC.-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones me corresponde informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, originado en moción de los diputados señores Araya , Burgos , Ceroni , Delmastro , Espinoza , Meza , Riveros, Salaberry , Seguel y de quien habla, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, con el objeto de establecer el sistema de licencias de conducir por puntaje.

Su objeto es dar una respuesta ante el aumento persistente de accidentes de tránsito.

A continuación entregaré algunas cifras. En 2002, víctimas de accidentes de tránsito, murieron 1.549 personas y hubo 44.192 lesionados. En 2003, las víctimas fatales aumentaron a 1.703 y los lesionados a 45.335. El año pasado, el costo económico por accidentes de tránsito llegó a 633 millones de dólares.

De acuerdo con estudios realizados por la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito, más del 90 por ciento de los accidentes tiene entre sus factores la denominada “falla humana” y sólo un 2 por ciento se debe a fallas mecánicas.

El establecimiento de una licencia de conducir con un sistema de puntaje se inspira en la siguiente filosofía: dar al conductor la posibilidad de llevar, en forma permanente, una especie de historia de su manera de conducir.

Hoy, con el sistema sancionatorio en materia de ley de tránsito, uno tiene conciencia de las infracciones por accidentes de tránsito sólo cuando se incurre en tres infracciones gravísimas, porque en ese momento el juez puede suspender la licencia de conducir, pena que es tremendamente variable, porque va desde cinco hasta sesenta días, lo cual es absolutamente arbitrario y discrecional. La idea del proyecto se fundamenta en esta sanción principal, es decir, la que más le duele al conductor que comete excesivas infracciones a la ley de tránsito, la suspensión de la licencia de conducir. Con esta iniciativa se otorgan 20 puntos iniciales al conductor, los que se van reduciendo en la medida en que cometa infracciones de tránsito. ¿Qué significa esto? Que el conductor va a estar muy consciente de su forma de manejar.

Los puntos que se resten de ese puntaje original dependerán de la gravedad de la infracción, que puede ir desde una leve hasta una gravísima o, como bien dice el proyecto, hasta el cuasidelito de homicidio, que corresponde al accidente de tránsito, sea choque o atropello, con resultado de muerte.

Esta experiencia no sólo se está aplicando en numerosos países de Europa, como Reino Unido, Irlanda , Bélgica , Francia, España, etcétera, sino también en otros, como Australia, Japón , Malasia y Estados Unidos, y se está comenzando a aplicar en Brasil y Argentina.

Lo importante es detener la enorme cantidad de víctimas como consecuencia de accidentes por infracciones de tránsito.

Agrego otro dato importante: son más los muertos por accidentes de tránsito que por robos o asaltos.

Este es un tema realmente gravitante.

En los jóvenes de entre 18 y 25 años de edad, la primera causa de muerte son los accidentes de tránsito. Por lo tanto, estamos ante un problema muy grave. El sistema de otorgar la licencia de conducir con puntaje ha dado resultados muy positivos en los países mencionados.

Asistieron a la Comisión una serie de autoridades, como el subsecretario de Transportes, representantes de la Agrupación de Automovilistas de Chile, Adach ; del Automóvil Club de Chile, del Servicio de Registro Civil e Identificación, de Carabineros de Chile, y todos estuvieron de acuerdo en la urgencia de establecer un sistema como el señalado.

La iniciativa fue votada por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y cuenta con el apoyo absoluto del Ejecutivo y de Carabineros de Chile, quienes nos hicieron una completa presentación al respecto.

Solicito que el proyecto se vote en general y que luego pase a Comisión, a fin de hacerle las correcciones y adiciones de acuerdo con el mérito.

He dicho.

El señor OJEDA (Vicepresidente).-

En discusión general el proyecto.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación general el proyecto.

Efectuada la votación en forma económica por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Araya, Ascencio, Bayo, Becker, Bertolino, Bustos , Caraball ( doña Eliana), Correa, Egaña, Encina, Escalona, Hidalgo , Jarpa , Lorenzini , Luksic , Masferrer , Melero , Moreira , Muñoz (doña Adriana) , Norambuena , Ojeda , Olivares , Ortiz , Pérez (don Víctor) , Rossi , Salas , Silva , Soto (doña Laura) , Uriarte , Urrutia , Valenzuela , Vargas , Villouta , Von Mühlenbrock y Walker .

Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Cristi ( doña María Angélica ) y Kuschel .

Se abstuvieron los diputados señores:

Cardemil , Guzmán (doña Pía) y Muñoz (don Pedro) .

El señor LORENZINI (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las 17.11 horas.

JORGE VERDUGO NARANJO ,

Jefe de la Redacción de Sesiones.

DOCUMENTOS DE LA CUENTA

Moción de los diputados señores Muñoz, Álvarez y Alvarado.

Fija el 21 de septiembre de cada año como feriado para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena. (boletín N° 3709-06)

“Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 3°, 19, numeral 3° y 60° numeral 4° de la Constitución Política de la República.

Considerando:

1. Que el actual territorio nacional se gestó a través de la historia patria, existiendo numerosos hechos que permitieron, paulatinamente, la consolidación de la soberanía o la incorporación a él de las diversas zonas que hoy lo conforman.

2. Que, en el caso, del extremo sur, ésta constituyó una sentida preocupación del propio Padre de la Patria, Libertador General Bernardo O'Higgins Riquelme, quien abogó permanentemente por la necesidad de afianzar nuestra presencia en las tierras australes.

Así, culminado su gobierno y hasta el mismo día de su muerte, O'Higgins mantuvo esta inquietud, consiguiendo que el Gobierno de Manuel Bulnes asumiera el desafío.

Para ello, éste nombró a don Domingo Espiñeira como Gobernador de Chiloé, encomendándolemla organización de una expedición que, conformada por habitantes de esta isla, por su mayor acostumbramiento al clima y condiciones marineras del sur del país, consiguiera asentar, definitivamente, la soberanía nacional en Magallanes.

La empresa hubo de sortear todo tipo de dificultades, partiendo por la construcción, en breve tiempo, de una embarcación que permitiera cumplir la travesía, misión que se encomendó a don Juan Williams.

Luego de un accidentado periplo y enfrentando toda clase de embates y peligros, los heroicos tripulantes de la Goleta Ancud concluyen con éxito tan patriótica misión, un 21 de septiembre de 1843, cuando, en las cercanías de lo que hoy es el Fuerte Bulnes, toman posesión del Estrecho de Magallanes a nombre del país, sólo unas horas antes de la llegada de una embarcación extranjera.

3. Que la enorme importancia de este hecho para la consolidación de la soberanía nacional en el extremo sur del territorio y la significación que él tiene tanto para los habitantes de la Isla Grande de Chiloé como para los de Magallanes, ameritan un especial reconocimiento que permita destacar su trascendencia, lo que ya ha realizado parcialmente por el Parlamento con la dictación de la ley Nº 19.522 destinada a honrar, a través de monumentos en las ciudades de Ancud y Punta Arenas, la memoria de estos arriesgados marineros.

4. Que, en atención a lo anterior, la comunidad chilota de la Región de Magallanes, a través de sus diversas organizaciones, ha postulado la creación de un feriado regional el 21 de septiembre de cada año, con el objeto de valorar esta gesta y perpetuar su significado para las futuras generaciones.

5. Que, tal como lo señalé en la presentación de otra iniciativa legal similar, si bien existen algunas dificultades prácticas para designar el 21 de septiembre como feriado, sin duda, es una fecha que reviste mayor trascendencia local y nacional que el 21 de octubre, Día del Descubrimiento del Estrecho de Magallanes, por lo que estimo conveniente que, en caso de poder instaurarse una festividad regional y existiendo discrepancias sobre el tema, sea la propia comunidad y sus autoridades regionales las que opten por aquélla de mayor connotación, disponiendo de todas las alternativas posibles.

Por lo anterior, los diputados que suscriben, vienen en presentar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único: Fíjase como feriado, en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, el día 21 de septiembre de cada año.”.

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