Labor Parlamentaria
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Antecedentes
- Cámara de Diputados
- Sesión Ordinaria N° 30
- Celebrada el 23 de enero de 2002
- Legislatura Extraordinaria número 345
Índice
Intervención
INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DE LOS VERTEDEROS DE SANTA MARTA, DE LONQUÉN, Y RINCONADA DE MAIPÚ.
Autores
El señor SÁNCHEZ.-
Señor Presidente, la opinión pública se ha sentido impactada por las protestas de los pobladores, de ciertos sectores municipales, incluso de representantes del mundo académico y de la Iglesia, por la decisión adoptada por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana en orden a aprobar los vertederos Santa Marta, de Lonquén, y Rinconada de Maipú, no obstante los graves problemas -cabe destacarlo-de disposición final de residuos domiciliarios e industriales de la Región Metropolitana, que agravan su situación ambiental.
Adicionalmente, diversas autoridades y representantes de organizaciones comunitarias plantearon que tal decisión afectará principalmente la utilización de tierras agrícolas, la flora y fauna del sector, y acarreará la contaminación de napas subterráneas. Además, señalaron que ello conlleva la intervención de un ecosistema muy sensible, como es Quebrada de La Plata, con la agravante de que falta un estudio hidrológico serio. Incluso no se ha reparado en las consecuencias que provocará sobre las exportaciones de los productos agrícolas de la zona, con lo cual se afectará la llamada “imagen país”.
A lo anterior, se suma el efecto sobre la salud de las personas, habida consideración de que las comunas de Lo Prado, Pudahuel y Cerro Navia presentan los índices más altos de contaminación de la Región Metropolitana.
Por lo anterior y en atención a la gravedad de los hechos, en la Comisión de Recursos Naturales, que actuó en este caso como Comisión investigadora, se analizó en detalle el proceso que derivó en la decisión adoptada por la Corema Metropolitana.
Como el informe es bastante voluminoso y tenemos poco tiempo, sólo mencionaré los temas más importantes.
A partir del año 2000, se planteó una política regional de residuos sólidos domiciliarios. Para analizar el tema se deben considerar aspectos tales como su manejo, costo de transporte y de disposición.
Una política adecuada en materia de residuos debe ser complementada con estrategias, como la incorporación del tema en la agenda política, conjugar los intereses de todos los actores, tanto públicos como privados; revisión del marco normativo, definir líneas de trabajo para una adecuada fiscalización, vincular las líneas de acción con el objetivo principal de producir menor cantidad de residuos, unido a estrategias vinculadas a los estilos de vida de la población, etcétera.
El volumen y la composición de los residuos, sistemas de reciclaje, recolección, transporte y disposición final son elementos básicos de este proceso.
En consideración al término de la vida útil del relleno Lo Errázuriz, en 1993 la Intendencia de la Región Metropolitana, el gobierno regional y los municipios del Gran Santiago llamaron a licitación pública para implementar el desarrollo de un nuevo relleno sanitario para la Región Metropolitana. La licitación fue declarada nula por la Contraloría General de la República en dictamen fundado en que el manejo de los residuos sólidos era una atribución exclusiva de los municipios.
Con posterioridad, Emeres, constituida por varios municipios de la Región Metropolitana, llamó a otra licitación, la que fue declarada desierta debido a que las ofertas presentadas no cumplían con los requisitos técnicos y económicos establecidos en las bases del proceso.
En 1995, se cerró en forma definitiva el relleno Lo Errázuriz, y en 1996, Cerros de Renca. Este último fue reemplazado por el relleno Loma Los Colorados, licitado por el Consejo de alcaldes de cerros de Renca, ubicado en la comuna de Tiltil, al norte de Santiago.
La Región Metroplitana, asimismo, presenta una actividad paralela en cuanto a verter residuos en lugares no autorizados -se han detectado por lo menos doscientos basurales clandestinos-, lo que se traduce en importantes focos de contaminación, denominados “vertederos ilegales de residuos sólidos”, en los cuales se depositan toda clase de residuos, sin distinción.
El Plan Regulador Metropolitano de Santiago establece una serie de consideraciones; por ejemplo, define lo que se entiende por relleno sanitario, autorización del emplazamiento, construcciones, instalaciones, etcétera.
Por otro lado, es necesario considerar, además, que la ley Nº 19.300, acerca de Bases del Medio Ambiente, en su artículo 10, enumera los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental y que, por lo tanto, deben someterse al Sistema de evaluación de impacto ambiental. Específicamente, su letra o) se refiere a los proyectos de saneamiento ambiental, tales como plantas de tratamiento de residuos sólidos y de origen domiciliario, rellenos sanitarios, etcétera.
Del mismo modo, el artículo 11 señala que cuando los proyectos o actividades enumerados en el artículo anterior presenten riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de residuos, se requerirá la elaboración de un estudio de impacto ambiental.
Con fecha 6 de enero de 2001, el subsecretario general de la Presidencia, en carta dirigida al presidente del Consejo de administración de alcaldes, respecto del proceso de licitación de soluciones para la disposición intermedia y final de los residuos domiciliarios de los municipios de la zona sur de Santiago, recalcó la necesidad de contar a la brevedad posible con alternativas que permitan hacer efectivo el cierre del ya famoso vertedero de Lepanto, que es una vergüenza ambiental de la Región Metropolitana.
Asimismo, definen los acuerdos para la licitación de nuevos vertederos. Es necesario recordar que, concordante con la política sobre residuos sólidos en la Región Metropolitana, se seleccionan cuarenta sitios que eventualmente presentaban aptitudes para la construcción de rellenos sanitarios. Luego de un análisis técnico y visitas a terreno, en las cuales se evaluaron las ventajas y desventajas que presentaban, se concluyó que sólo catorce eran aptos para tales fines.
Aquí sucede algo curioso y esto explica el porqué de esta Comisión investigadora. De los catorce sitios que resultan aptos, se eligen los proyectos Santa Marta, en las cercanías de Lonquén, y Rinconada de Maipú, en Santiago poniente, sitios que no figuran dentro de ellos.
El relleno Santa Marta se localiza a 12,5 kilómetros al poniente de la intersección de la Ruta 5 con el río Maipo, comuna de Talagante. La inversión es de 21 millones de dólares. Ocupa una superficie de 296 hectáreas, tiene una capacidad de recepción inicial de 60 mil toneladas mensuales de basura, con un 5 por ciento de incremento anual.
Los informes sectoriales fueron emitidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios a la Corporación de Fomento Forestal, al Servicio Agrícola y Ganadero, al Servicio Nacional de Geología y Minería, al gobierno regional, al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, al Servicio Nacional de Turismo, al Ministerio de Obras Públicas, al Consejo de Monumentos Nacionales, al Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a las municipalidades de Talagante y de Calera de Tango y a la Conama de la Región Metropolitana. También hubo un proceso de participación ciudadana.
Principales objeciones:
Fue rechazado por unanimidad en dos ocasiones anteriores, en 1996 y en 1998.
En 2001 se insiste en el proyecto que ya había sido rechazado. Pese a los informes negativos de los servicios competentes y a la oposición de la ciudadanía, y no obstante que su emplazamiento no difiere fundamentalmente del señalado en el proyecto original -sólo cambia el proponente-, que es objeto de una serie de objeciones por parte de varias instituciones cuya relación es muy extensa -no me referiré a ellas en esta ocasión-, la Corema Metropolitana lo autoriza.
Proyecto relleno sanitario Santiago Poniente
Constituye una alternativa técnica para la disposición final sanitaria de parte de los residuos sólidos domiciliarios que en la actualidad se depositan en el vertedero de Lepanto.
Características técnicas:
Su diseño obedece a la disposición final de residuos cuyas características sean asimilables a los residuos domiciliarios. Contempla exigencias como minimización del área por intervenir e incorpora factores como capacidad de soporte del suelo.
También se consulta a una serie de instituciones, al igual que en el caso de Santa Marta, razón por la cual no las repetiré.
Factores de riesgo:
Al respecto, se puede destacar la existencia de una línea de alta tensión que atraviesa el predio, el emplazamiento del poliducto de Sonacol Concón-Maipú y de un gasoducto de Electrogas Interconexión San Bernardo-Puntilla del Viento. Ambas obras mantienen un contrato de servidumbre con el dueño del predio, que cubre una franja de diez metros de ancho con una longitud de casi seis kilómetros.
Entre las principales objeciones a la aprobación del proyecto podemos citar el eventual reservorio de virus hanta en el área de emplazamiento, aspecto planteado por el Sesma que no fue considerado por la Corema; la obligación de efectuar monitoreo de aguas subterráneas en localidad mal individualizada; omisión de la obligación de someter a aprobación por parte de la Dirección de Obras Hidraúlicas de toda modificación de cauce de aguas; no se consigna la vida útil mínima de las obras; no se exige implementar plazas de pesaje en las vías de acceso; falta de claridad en cuanto a quién asumirá la mantención y renovación de las vías de acceso; no se solicitó una evaluación ambiental de las vías de acceso locales del área urbana de la comuna de Maipú -debo recordar que en ese sector viven 600 mil personas y que una proyección indica que en los próximos diez años llegarían a un millón-; falta de un proceso de seguimiento y monitoreo de la evaluación de la situación vial y de transportes, etcétera.
Las opiniones del decano de la Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile, de representantes de la Sociedad Nacional de Oleoductos, de docentes de la Facultad de Ciencias Biológicas del Departamento de Ecología de la Universidad Católica, entre otras, son absolutamente contrarias al proyecto.
Las principales objeciones son las siguientes:
Capacidad de uso de suelo: No se da cumplimiento a la exigencia de la modificación del Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
No se respeta el uso de suelo según norma vigente y calidad del suelo.
Se advierten fallas tectónicas.
Actividades incompatibles: el proyecto se localiza a menos de cuatro kilómetros de la Escuela Agrícola Experimental de la Universidad de Chile, de la Escuela de Suboficiales del Ejército y de la Quebrada de la Plata.
Impacto vial: el proyecto no fue evaluado sobre la base de la existencia de estaciones de transferencia en su estudio de impacto vial. Sin embargo, la Corema permite la llegada de camiones desde una estación.
Riesgo por obras artificiales: la existencia de un poliducto y de un gasoducto.
Olores y vientos, etcétera.
Consideraciones:
Al tenor de todas las informaciones y opiniones recabadas durante el transcurso de la investigación, se pudo concluir que las observaciones más importantes que avalan el rechazo de la instalación del vertedero Rinconada de Maipú dicen relación con los aspectos que se consignarán a continuación, sin perjuicio de los reparos consignados en el capítulo III respecto del vertedero Santa Marta, de Lonquén:
1. Incumplimiento del Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
2. Calidad del terreno.
3. Vulnerabilidad del recurso acuífero.
4. Influencia del “ecosistema relleno sanitario” en la biodiversidad.
5. Proximidad con obras artificiales, como poliductos y gasoductos.
6. Ausencia de un programa obligatorio de mantención de las alternativas de caminos por el período completo de operaciones del proyecto.
7. No se consideró el establecimiento de plazas de pesaje. --
8. Aumento de posibilidades de presencia de roedores silvestres, en particular del ratón colilargo, transmisor del virus hanta.
9. Incumplimiento de aspectos formales de las bases de licitación. Hay un informe del fiscal nacional económico y, actualmente, la Comisión Resolutiva analiza la aplicación de sanciones.
10. Proximidad del relleno sanitario de Maipú con la Escuela de Suboficiales del Ejército, la Escuela Agrícola Experimental de la Universidad de Chile y el templo votivo de Maipú, lo que en último caso perjudicaría su entorno y acceso de los peregrinos, según el rector de dicho templo.
11.
Ausencia de un estudio específico sobre posibles efectos negativos de los vientos y olores, exigido por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
Conclusiones:
1. En virtud de todo lo anteriormente expresado, la Comisión acordó manifestar su más enérgico rechazo a la instalación de los vertederos Santa Marta, de Lonquén, y Rinconada de Maipú.
2. Desestimar, asimismo, la aprobación de éstos por parte de la Corema, fundado en la falta de una adecuada ponderación de las observaciones técnicas y la omisión de estudios que permitan sustentar esta decisión.
3. Rechazar, asimismo, la decisión unánime del Consejo Regional Metropolitano, en orden a modificar el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, lo que permitió la aprobación del vertedero Rinconada de Maipú.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 del Reglamento de la Corporación, se acordó, además, enviar copia de este informe a las siguientes autoridades: A su Excelencia el Presidente de la República, al ministro secretario general de la Presidencia, a la presidenta del Consejo de Defensa del Estado, al intendente de la Región Metropolitana en su calidad de presidente del Consejo Regional, al director de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y al director de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana.
El informe de la Comisión es bastante largo, de manera que apelo a la tolerancia de mis colegas por haberme saltado muchas de sus partes.
Para efectuar esta investigación, que se ajustó a los plazos, la Comisión invitó a participar al intendente de la Región Metropolitana de la época, don Sergio Galilea, en su calidad de presidente de la Comisión Regional del Medio Ambiente; a sus asesores, señora Karina Henríquez, jefa del área jurídica, y señor Cristián Aqueveque, jefe del área de estudio de impacto ambiental; a los señores Pedro Mattar, fiscal nacional económico, y Tomás Monsalve, asesor jurídico de la misma entidad; al señor Roberto Sepúlveda Hermosilla, alcalde de la ilustre municipalidad de Maipú; a los concejales señores René Panozo, Mauricio Ovalle, Rafael Aguilar, Herman Silva y Francisco Aguirre; al señor Arturo Sáez, secretario regional ministerial de Agricultura de la Región Metropolitana; al doctor José Concha, director del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente; al señor Horacio Merlet, jefe del Departamento de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola y Ganadero; al señor Rodolfo Freres, encargado de Defensa de Suelos; a los señores Rafael Mackay y Francisco Arrieta, fiscal y jefe de proyectos de Sonacol; a los señores Mario Silva y Mauricio Pilleaux, decano de la Facultad de Ciencias Agronómicas y profesor de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile; al señor Guillermo Díaz, secretario regional ministerial de Transportes de la Región Metropolitana; al señor Raúl Barrientos, asesor de la misma; a los señores Alejandro Almendares, Hugo Ilabaca, Francisco Lobos y Juan Peribonio, presidente, gerente general, secretario general y abogado de Emeres Limitada, respectivamente; al señor Fred Riveros, gerente técnico del Consorcio Santa Marta, y al señor Eduardo Medina, presidente del Consejo de Defensa del Medio Ambiente de Maipú.
He dicho.