Labor Parlamentaria

Participaciones

  • Alto contraste

Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha

Antecedentes
  • Cámara de Diputados
  • Sesión Ordinaria N° 14
  • Celebrada el
  • Legislatura Extraordinaria número 337
Índice

Cargando mapa del documento

cargando árbol del navegación del documento

Proyecto de Acuerdo
MEDIDAS PARA EVITAR CELEBRACIÓN EN CHILE DE ENCUENTRO IDEOLÓGICO NACIONALSOCIALISTA.

Autores

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.

El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-Proyecto de acuerdo N° 19, de la Diputada señora Lily Pérez, señores Jiménez, Valenzuela, Huenchumilla, Rincón, René Manuel García, Bartolucci, Pareto, Girardi, Ulloa, señora Antonella Sciaraffia, señores Dittborn, Galilea, Villouta, Felipe Letelier, Hales, Mesías, Leal, Osvaldo Palma, Díaz, Correa, Caminondo, Leay, Juan Pablo Letelier, Longton, Gutiérrez, Silva, señora Eliana Caraball, señores Patricio Cornejo, Venegas, señora Fanny Pollarolo y señores Jarpa y Reyes:

“Considerando que:

1º Es de conocimiento público la planificación para realizar en Chile el Primer Encuentro Ideológico Nazi, en abril del año 2000.

2º Amplios sectores políticos y sociales han expresado su rechazo a la realización de esta reunión, en cualquier parte del mundo, y con mayor razón en nuestro país.

3º Se conoce, a través de informaciones, los medios y organizaciones que impulsan la realización de esta reunión: la revista nazi Pendragón, el centro de Estudios Culturales Arcadia y la Corporación Ecológica Nueva Era.

4º Los nombres de los eventuales promotores también han sido difundidos a través de los medios de comunicación social: Hugo Lara y Alexis López.

5º Resulta evidente que el activismo en torno a la ideología que profesan quienes adhieren al nacionalsocialismo pone en peligro la estabilidad de la democracia y la seguridad interior al estimular el racismo y la intolerancia.

6º La promoción de una doctrina que justificó y justifica persecuciones, matanzas y destierros no resulta aceptable en nuestros días.

7º El nacionalsocialismo propugna el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos y ha originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad.

8º El Estado cuenta con los mecanismos legales y constitucionales para defenderse de estas amenazas y en particular la ley Nº 12.927, de Seguridad Interior del Estado.

9º Dicha ley contempla en su artículo 4º letra f) precisamente el delito en que incurren los organizadores de esta reunión.

10º En efecto, dicha disposición establece que “cometen delito contra la Seguridad Interior del Estado los que en cualquiera forma o por cualquier medio, y especialmente los que propaguen o fomenten, de palabra o por escrito o por cualquier otro medio, doctrinas que tiendan a destruir o alterar por la violencia el orden social o la forma republicana y democrática de gobierno”.

11º Que la misma ley, y tratándose de estos delitos, señala que los procesos a que dieran lugar, se iniciarán por requerimiento o denuncia entre otros del Ministro del Interior o del Intendente respectivo.

La Cámara acuerda:

1º Rechazar en forma categórica la realización de este encuentro.

2º Solicitar al Gobierno adopte las medidas que correspondan para que este evento no se realice.

3º Que se remitan a esta Cámara, por parte del Gobierno de todos los antecedentes de que dispone sobre la realización de este evento.

4º Solicitar al Ministerio del Interior y al señor Intendente de la Región Metropolitana interpongan los requerimientos que proceden ante la Corte de Apelaciones correspondiente contra los organizadores del encuentro por infracción del artículo 4º, letra f), de la ley Nº 12.927, de Seguridad Interior del Estado, y otras normas que correspondan”.

Top