Decreto 90 EXENTO
Decreto 90 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SITES CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SITES CHILE S.A.
Santiago, 1 de marzo de 2024.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 90 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la facultad para firmar por orden de la Presidenta de la República;
e) El decreto supremo Nº 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº 3.774 de 2012, de la Subsecretaría que aprueba el formato de solicitud y modificación de concesión de servicios intermedios de telecomunicaciones;
g) El decreto supremo Nº 129 de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) Lo solicitado en el ingreso Subtel Nº 167.561 de 21.11.2023.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Sites Chile S.A., RUT Nº 77.371.811-3, con domicilio en Av. Nueva Tajamar Nº 481 Torre Sur oficina Nº 1.102, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para rectificar las coordenadas geográficas de la etapa 14 del decreto supremo Nº 815 de 15.10.2008, para una (1) infraestructura de telecomunicaciones, según se indica a continuación:

Los plazos y demás características técnicas permanecerán inalterables, de conformidad al acto autorizatorio señalado precedentemente.
2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
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Única
De 28-MAR-2024
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28-MAR-2024 |
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