Decreto N° 342, Promulga la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus protocolos contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire y para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños.



El Decreto N° 342, fue publicado en el Diario Oficial de 16 de febrero de 2005. Luego de su aprobación por el Congreso Nacional, la Convención fue ratificada por Chile el 29 de noviembre de 2004. Además, se aprobó y ratificó el “Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños”. Dictado en el gobierno de Ricardo Lagos Escobar (2000-2006).

En la Cumbre del Milenio, celebrada en septiembre del 2000, los fejes de Estado reunidos en la Sede de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en Nueva York, aprobaron la Declaración del Milenio, que entre otros, estableció como objetivo promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer. En la misma instancia se sostuvo que la trata de personas, particularmente de mujeres, niñas y niños, para someterlos a trabajos forzados y la explotación, incluida la sexual, constituía una de las violaciones más atroces de derechos humanos.

En el 2004, el Secretario General de la ONU de entonces, Kofi A. Annan, sostuvo que la trata de personas, es un fenómeno muy difundido y que se agrava; tiene su raíz en las condiciones sociales y económicas de los países de origen de las víctimas, impulsado por las prácticas discriminatorias contra las mujeres, niñas y niños, y la indiferencia ante su sufrimiento por parte de quienes los explotan. La trata de personas, es considerada una afrenta a la dignidad humana y un problema para los Estados y la comunidad internacional, ya que quienes trafican con seres humanos, se valen de las reglas del mercado en una economía globalizada y la tecnología, factores que facilitan su expansión.

El origen de la Convención se remonta a diciembre de 1998, cuando se decide establecer el Comité Especial Intergubernamental para elaborar una convención internacional contra la delincuencia organizada transnacional y para analizar la posibilidad de elaborar instrumentos internacionales sobre trata de mujeres y niños, y el transporte ilícito de migrantes, entre otros. Finalmente, la Convención y sus protocolos se adoptaron en la Palermo, Italia, el año 2000.

El “Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños”, entre otros, define qué entiende por “trata de personas”; priva de efectos al consentimiento dado por la víctima de trata; y establece los objetivos que persigue: prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a los mujeres y niños; proteger ya proporcionar ayuda a las víctimas de trata, respetando sus derechos humanos; y promover la cooperación entre los Estados Parte para lograr esos fines. Asimismo, establece la obligación de los Estados parte de adoptar las medidas legislativas necesarias para establecer como delito la trata de personas en el derecho interno.


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