Labor Parlamentaria
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Antecedentes
- Cámara de Diputados
- Sesión Especial N° 38
- Celebrada el 08 de enero de 1993
- Legislatura Extraordinaria número 325
Índice
Acusación constitucional
ACUSACION CONSTITUCIONAL EN CONTRA TRES MINISTROS DE LA CORTE SUPREMA Y DEL AUDITOR GENERAL DEL EJERCITO, COMO MINISTRO INTEGRANTE, (continuación).
Autores
El señor
Pido la palabra.
El señor
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor
Señor Presidente, Honorable Cámara, como Diputado patrocinante de la acusación constitucional en representación del Partido Socialista, quiero expresar mi opinión en esta histórica sesión.
En primer lugar, manifiesto mi sorpresa porque los sectores de Derecha majaderamente han dicho que este es un juicio político. Me pregunto, ¿en representación de quién están aquí?
Que yo sepa, ningún parlamentario de Derecha está en representación del Club de Tiro o del Club de Caza. Tengo claro que representan a partidos políticos determinados, a no ser que nos estemos llevando la sorpresa de que ellos, a lo mejor, representan a instituciones que desconocemos o a instituciones de las cuales son sus voceros esta noche, y porque ellas no pueden estar aquí.
Si en algo la Derecha ha tenido razón en este largo debate, es justamente en que éste es un juicio político. Y es un juicio político, porque es sabido que uno de los temas más delicados de todo proceso de transición de una dictadura a una democracia es el de las graves violaciones -de los derechos humanos ocurridas durante el régimen que termina. Y nuestro país no está ajeno a esa situación.
Es un juicio político, porque uno de los problemas que hiere íntimamente el alma de nuestro pueblo, que afecta la legitimidad de las normas de derecho como ordenadoras y reguladoras de convivencia social que corroe el prestigio y la moral del Poder Judicial, dice relación con la exigencia de hacer justicia, de enfrentar el escándalo de la impunidad y la subsistencia de normas jurídicas injustas y arbitrarias.
¡Es un juicio político, porque la verdad y la justicia son los grandes desafíos que enfrenta la sociedad chilena para construir un futuro estable y en paz! ¡Es un juicio político, porque si no existe verdad y justicia aceptamos la inmoralidad, la impunidad! En esas circunstancias, nuestra democracia nacerá enferma, ya que estará sustentada sobre los pilares carcomidos de la mentira y la falsedad.
Una Convivencia social sana depende de dos elementos fundamentales. Primero, de valores éticos compatibles; es decir, transparencia en el actuar de todos, especialmente en los poderes del Estado, y acceso sin trabas a toda la verdad. Segundo, de la existencia de normas jurídicas que regulen las relaciones entre los miembros de nuestra sociedad, con la condición de que éstas sean iguales para todos, sin sectores privilegiados que se coloquen por encima de estas normas.
En este punto, no puedo dejar de señalar, por increíble y propio de los Estados absolutistas, el argumento de algunos que, para descalificar nuestra acusación, han dicho "que es materia del derecho tradicional que por sobre la Corte Suprema está sólo Dios". Esto implica que no se ha creado organismo alguno que pueda revisar el actuar de la Corte Suprema generando jurisprudencia.
La impunidad que fomentan y estimulan los fallos de la Tercera Sala de la Corte Suprema, resiente la convivencia social y provoca una situación de frustración colectiva. Por eso, cuando la Corte Suprema y, en forma especial, algunos de los miembros de la Tercera Sala en democracia mantienen una conducta en contra de la justicia y en favor de la impunidad, los Diputados no podemos titubear, y con las facultades que nos otorga la Constitución de la República para fiscalizar las actuaciones de los altos funcionarios del régimen y del Poder Judicial, tenemos el deber moral de acusarlos constitucionalmente cuando éstos se han apartado o han abandonado sus funciones.
Ante tanta impunidad, hoy, en nuestro país se advierte un difuso sentimiento de frustración, que aparece especialmente referida al hecho de que todavía no se ha dado una respuesta válida, una explicación enteramente satisfactoria al drama que vivió nuestro país durante los 17 años que duró el régimen del General Pinochet. De la misma manera en que se habló y aún se habla de la deuda social que dejó la dictadura, también se podría hablar de una deuda moral mientras existan el ocultamiento, las distorsiones y las mistificaciones de lo que realmente ocurrió en Chile.
Si ayer, fruto del terrorismo de Estado que existía en nuestro país, parte importante de la sociedad se sentía obligada a aceptar cosas, hoy, en democracia, los chilenos no tenemos por qué aceptar la impunidad. Una característica de todo régimen democrático, a diferencia de los dictatoriales, es que todos, absolutamente todas las personas e instituciones deben responder por sus actos antes las autoridades legítimamente elegidas.
Por lo tanto, ningún órgano del Estado puede ser irresponsable, y menos aún si su elección no está generada por la soberanía popular. ¡Nadie está por encima de la ley! ¡Todos deben ser fiscalizados! No existen ni existirán nunca privilegiados o intocables, por encima del alcance de las leyes. Aceptar en democracia que existen autoridades que no deben responder por sus actos es lesionar gravemente la esencia misma de un estado de derecho. En un sistema democrático, no existen autoridades privilegiadas, irresponsables.
Para justificar el actuar de la Tercera Sala de la Corte Suprema se ha llegado al absurdo de sostener que por sobre la Corte Suprema sólo está Dios. Y como si eso no fuera poco, se ha ido aún más lejos. Se ha afirmado que, con tal de mantener la independencia del Poder Judicial, son preferibles algunos abusos o excesos de los magistrados, con el fin de no coartarla. Aceptar esta tesis, es aceptar que existe un poder del Estado que, en lo esencial de sus funciones, sea absolutamente irresponsable. Si los otros poderes del Estado -Ejecutivo y Legislativo-, deben responder por sus actos, ¿por qué habría que aceptar esta situación excepcional del Poder Judicial? Nuestra Constitución establece la responsabilidad de todos ante la ley y, por consiguiente, no aceptaremos ni personas ni autoridades privilegiadas.
Nuestra acusación se basa en la denegación de justicia, en el abandono de sus deberes en que ha incurrido en forma reiterada la Tercera Sala de la Corte Suprema. ¿Acaso no es abandonar sus deberes y denegar justicia su actuación en los casos de Max Trujillo y Alfonso Chanfreau ? Existen dos normas que, según los expertos, implican deberes para los miembros del Poder Judicial, las que tienen un carácter de rango constitucional y de constitución material en el caso de los tratados en materia de derechos humanos y las normas de carácter intraconstitucional.
Por lo tanto, el incumplimiento de los deberes no puede entenderse, como la Derecha pretende, como sólo el incumplimiento de las obligaciones formales de los magistrados. La primera obligación de los magistrados de la Corte Suprema es el respeto y la promoción de los derechos humanos, norma rectora de nuestro ordenamiento jurídico.
En efecto, el artículo 5° de la Constitución del año 1980 establece claramente que los derechos humanos son el fundamento y el fin del Estado. Por consiguiente, el Estado no crea derechos, sino que existen antes que él; son fruto de la larga lucha de la humanidad por una vida más humana y más digna. Sólo los reconoce.
La obligación de los magistrados ha quedado explícita en el inciso segundo de dicho artículo, el cual señala que es deber de todos los órganos del Estado -y por cierto del Poder Judicial- promover los derechos preceptuados en nuestra Constitución.
Nuestra Constitución reconoce diversas declaraciones y pactos internacionales sobre derechos humanos que, a partir del holocausto de la Guerra Mundial, los países del mundo se han comprometido a respetar y a promover, los cuales, al ser suscritos, quedan automáticamente incorporados a nuestro ordenamiento jurídico, siendo inmediatamente aplicables por los tribunales, sin que ningún órgano del Estado pueda desconocerlos.
Dichas normas sobre derechos humanos, de acuerdo con el artículo 52 de la Constitución, están por encima de nuestras normas y compete aplicarlos cabalmente a todos los tribunales, especialmente a la Corte Suprema.
Consideramos que existen graves incumplimientos de deberes por parte de los magistrados de la Tercera Sala de la Corte Suprema, cuando, a través de acciones u omisiones, con inexplicable descuido y sorprendente ineptitud, ésta no ha considerado el derecho aplicable, acomodando la ley para lograr un fin determinado, como en el caso del traspaso del caso Chanfreau a la justicia militar. Esto se agrava aún más, porque los magistrados de la Tercera Sala no podían desconocer que ésta cada vez que se ha traspasado un caso por graves violaciones a los derechos humanos a la justicia militar, los ha sobreseído y archivado sin conocer la verdad ni hacer justicia. Por lo tanto, los magistrados han faltado a su obligación de velar por ésta.
Queda claro que en ambos casos los magistrados han hecho abandono de sus deberes y denegado justicia, ya que tienen la obligación de promover y respetar las normas establecidas en la Constitución y en los' pactos internacionales que nuestro país ha suscrito.
Llamo la atención acerca de que los parlamentarios de Derecha no sólo no han leído la acusación constitucional que hemos presentado, sino que tampoco han leído los descargos de los magistrados de la Corte Suprema.
Haré mención de un aspecto relativo a los descargos del ministro don Hernán Cereceda Bravo .
Quiero denunciar que en esta contestación del ministro le ha mentido a esta Cámara, por cuanto en la página 23 de su contestación señala que en definitiva, luego de un estudio acucioso y ponderado, los recursos de casación y queja presentados fueron desestimados con fecha 15 de noviembre de 1992, de modo que, al presentarse esta acusación, los indicados recursos de casación estaban resueltos por sentencia definitiva.
Esto es absolutamente falso, porque los recursos fueron fallados el 15 de diciembre de 1992, esto es, con posterioridad a la interposición de esta acusación. En efecto, la casación fue fallada el mismo día en que se presentó la acusación y notificada el 16 de diciembre, y los recursos de queja fueron fallados el 23 de diciembre, o sea, ocho días después.,
Señor Presidente, solicito que se incorpore a la versión de esta sesión al fallo de la Corte, donde queda demostrado que el Ministro Cereceda le ha mentido a la Sala, porque no ha habido una equivocación, una omisión o un error conceptual en la fecha. Aquí está el fallo de la Corte Suprema que dice que fue el 15 de diciembre y no el 15 de no noviembre, como lo sostiene en su defensa.
Por consiguiente, los parlamentarios de Derecha no sólo no leyeron nuestra acusación, sino que ni siquiera escucharon ni tampoco leyeron la defensa del señor Cereceda en la Cámara.
Por eso, quiero dejar claramente establecido que lo que verdaderamente está en juego en esta acusación constitucional es la posibilidad de conocer la verdad y de hacer justicia en las graves violaciones a los derechos humanos o de aceptar que un Poder del Estado, que ha abandonado en reiteradas ocasiones su rol de velar por la justicia, nos imponga la impunidad.
Esta acusación pretende, además, al sancionar a los magistrados, que los chilenos recuperen una parte de la confianza perdida en uno de los tres Poderes del Estado. Estoy seguro de que esto no bastará, sirio que también será necesario que la Corte Suprema cambie su actitud y realmente vele porque la justicia sea realidad.
De igual manera considero que con esta acusación, con el debate público que ha generado, la democracia, al contrario de lo que quieren los nostálgicos del ayer, sale fortalecida, porque los ciudadanos tendrán la certeza de que en ella existen diversos mecanismos propios de control para enmendar el rumbo de aquéllos que se apartan de los principios que deben guiar su actuar.
No me cabe ninguna duda de que esta Honorable Cámara aprobará en forma abrumadora la procedencia de esta acusación, quedando en manos del Senado el veredicto final. Lamentablemente para la democracia y su accionar, en la Cámara Alta la voluntad soberana está tergiversada, debido a que a la Derecha, por intermedio de los Senadores designados, se entregó una mayoría que no posee.
Pienso que, a lo menos, por la transparencia del proceso, por el bien de nuestro país y por la reconciliación entre los chilenos, aquellos Senadores designados, que lo fueron por la Corte Suprema y por el Ejército, deben automarginarse del proceso, ya que son jueces y partes a la vez. Me refiero a los dos ex ministros de la Corte Suprema Senadores señores Martin y Letelier y a la Senadora señora Olga Feliú , nominados en estos cargos por la Corte Suprema.
Pienso que igual criterio debería emplear el ex General Sinclair .
En definitiva, quiero señalar que siempre hemos tenido confianza en el concepto de justicia. Debe haber justicia.
Por eso, le digo al Diputado señor Espina : porque amamos la vida, porque queremos que la vida se respete a todos los chilenos, a los que piensan como nosotros o a los que piensan distinto, presentamos esta acusación, porque no queremos que el día de mañana sea un detenido desaparecido.
Le digo al Diputado señor Chadwick que hemos presentado esta acusación, porque no queremos que el día de mañana sea un ejecutado político.
Le digo a los parlamentarios de Derecha que hemos presentado esta acusación, porque no quedemos que sus familiares anden de cementerio en cementerio, exhumando tumbas en busca de ellos o de sus familiares.
Le digo a la Honorable Cámara que no podemos aceptar que quienes ayer fueron cómplices de las violaciones a los derechos humanos hoy quieran transformarse en cómplices de la impunidad.
Por eso, esta acusación se encuadra dentro del proceso de saneamiento moral que necesita nuestro país, para que de esta forma alcancemos la verdad, la justicia y la reconciliación.
Voto que sí.