Ley N° 20.348, Resguarda el derecho a la igualdad en las remuneraciones



La Ley N°20.348, publicada el 19 de junio de 2009, se titula: “Resguarda el derecho a la igualdad en las remuneraciones”. La norma se dictó en el primer gobierno de Michelle Bachelet Jeria (2006-2010), e introdujo modificaciones legales para resguardar la igualdad en las remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo, tanto en el sector público como privado.

El contexto histórico de esta Ley responde a profundas trasformaciones culturales y en el mundo del trabajo, así como en la opinión pública. De acuerdo al texto introductorio de la Historia de la Ley respectiva, el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres había gozado de una larga historia de reconocimiento jurídico a nivel supranacional, durante todo el siglo XX. Este principio fue reconocido por primera vez en el Tratado de Paz de Versalles de 1919. De acuerdo al texto citado: “…tuvo un especial reconocimiento en el Preámbulo del Tratado que constituyó la Organización Internacional del Trabajo en el año 1940 y de ahí en adelante ha sido reiteradamente reconocido en una serie de pactos y convenciones internacionales, entre los que destacan… el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966”.

De esta forma, en Chile se había desarrollado gradualmente una institucionalidad para garantizar y resguardar una cierta equidad de género. Entre estas instituciones se encuentra la Oficina Nacional de la Mujer de la Presidencia de la República, creada en 1969 bajo el gobierno de Eduardo Frei Montalva. la Secretaría Nacional de la Mujer fundada por la administración de Salvador Allende, y la Secretaria Nacional de la Mujer, bajo la dictadura de Augusto Pinochet. El progreso del movimiento feminista en los años ochenta, junto con el retorno a la democracia fueron claves para la creación del Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) (Ley N°19.023, 1991), máxima instancia institucional que promocionó los derechos de la mujer y la equidad de género.

En paralelo, otro factor de importancia fue el aumento gradual del número de trabajadoras en la fuerza laboral chilena, en particular desde los años ochenta. Según un informe elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas, si en 1986 la tasa de participación de la mujer se elevaba al 29,1% de la fuerza laboral total, en 1990 se incrementó al 31,3%, y en 2000 al 36,5% del total de trabajadores. Esta situación puso en la opinión pública las profundas inequidades en los salarios de hombres y mujeres, lo cual se traspasó al Congreso Nacional. Esto se vio acusado por la llegada de la primera mujer a la Presidencia de la República en Chile, Michelle Bachelet Jeria.

El texto de la Ley N°20.348 incluye dos artículos y un artículo transitorio, consistentes en enmiendas al Código del Trabajo y al Estatuto Administrativo. El primero de estos resume el sentido de esta norma, al señalar que: “El empleador deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo, no siendo consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en las remuneraciones que se funden, entre otras razones, en las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad”.


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