Guía de Formación Cívica - El Estado

Elementos del Estado

  • Alto contraste

Tradicionalmente se considera que los tres elementos constitutivos o de existencia del Estado son: el humano, el territorio y el poder.

  1. Primer elemento: humano o poblacional

    Es la agrupación de hombres y mujeres, la población reunida en diversas etapas de su vida, desde la infancia a la vejez. Las personas pueden ser nacionales o extranjeras. Además, pueden ser reconocidos como ciudadanos para participar en la organización política del país.

    Para saber cuantas personas componen la población, en Chile periódicamente se lleva a cabo un censo, que permite saber cuántos chilenos y extranjeros hay, de qué edad, de qué sexo y otros datos relativos a características espaciales, sociales, económicas y culturales. Estos datos se recolectan con el fin de poder generar políticas públicas. El organismo encargado de registrar, sistematizar y difundir esta información es el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

    La Nación es un conjunto de individuos que ha reunido a través de la historia una serie de elementos que los une y otorga características particulares. En Chile históricamente los nacionales son aquellos que la Constitución Política ha declarado como tales. La Constitución de 1980 determina en su Capítulo II “Nacionalidad y Ciudadanía” (artículos 10 a 18). En Chile, las fuentes de nacionalidad son:

    • El hecho de haber nacido en territorio de Chile (ius solis, expresión del latín que significa “derecho del suelo”);
    • El hecho de haber nacido de padre o madre chilenos (ius sanguinis, locución latina que se traduce como “derecho de la sangre”); y,
    • La fuente legal, como la nacionalización, que es un acto jurídico por el cual se adopta una nueva nacionalidad renunciando a la anterior, y la nacionalización por gracia según lo establece la ley.

    La ciudadanía tradicionalmente ha sido definida como la capacidad política para intervenir en la “cosa pública”. Se puede decir que el ciudadano, es un habitante que goza de determinados derechos políticos que le permiten participar, directa o indirectamente, en el gobierno y en la toma de decisiones, generalmente mediante la elección de autoridades, y también con la posibilidad de ejercer funciones públicas. De acuerdo a la Constitución, son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva 1.


  2. Segundo elemento: el territorio

    Territorio nacional es un concepto geográfico, referido a una porción de la superficie del planeta que pertenece y es administrada por un determinado Estado, es decir, donde ejerce su soberanía. La nación de un Estado requiere de un terreno para vivir, desplazarse, realizar actividades de desarrollo, etc. El territorio guarda riquezas relevantes para el desarrollo de la población que habita en él.

    El territorio físico de Chile está delimitado por sus fronteras: al norte limita con el Perú, hacia el este con Bolivia y Argentina, con el sur con el Polo Sur y al oeste con el Océano Pacífico. Además, existen posesiones chilenas en la Antártica, conocido como Territorio Chileno Antártico, y en Oceanía, como es el caso de Rapa Nui (Isla de Pascua, su nombre en español).

    La superficie total del territorio de Chile incluidas su parte continental, antártica y polinésica, es de 2.006.626 Km2. De ellos, 756.765 Km2 corresponden a la parte continental e insular, correspondiendo a la Antártica chilena una superficie de 1.250.000 Km2.
    Chile tiene una longitud de 4.337 kilómetros y si se considera la Antártica chilena, su largo aumenta a 7.670 kilómetros. El promedio de anchura es de 180 kilómetros, siendo el ancho máximo de 468 kilómetros en las proximidades del Estrecho de Magallanes desde Punta Dungenes hasta los islotes Evangelistas (52°21´S) y el ancho mínimo de 90 kilómetros frente a Illapel medidos entre el paso cordillerano Casa de Piedra y Punta Amolanas (31°32´S ).

    El territorio está comprendido por:

    • Espacio terrestre: comprende el suelo y subsuelo. El suelo constituye el territorio firme del Estado, encerrado dentro de sus límites o fronteras. El subsuelo abarca del suelo hacia el centro de la Tierra. Además el espacio terrestre comprende a islas y aguas nacionales o internas.
    • Espacio marítimo: prolongación del espacio terrestre hacia el mar. Comprende al Mar Territorial y Mar Patrimonial. El Mar Territorial es la extensión de la soberanía de un Estado a una franja de mar adyacente a sus costas, incluyendo el lecho y el subsuelo marino. Abarca una zona comprendida entre la costa y las 12 millas marinas. La Zona Contigua es una zona donde el Estado ejerce jurisdicción y se extiende hasta las 24 millas marinas. El Mar Patrimonial es una Zona Económica Exclusiva de 200 millas marinas, donde los Estados ribereños o costaneros tienen la facultad de explotar sus riquezas, tanto renovables como no renovables que se ubican en las aguas, suelo y subsuelo respectivo.
    • Espacio aéreo: porción de la atmósfera terrestre. Corresponde a aquel que se encuentra sobre el espacio terrestre y mar territorial hasta la estratósfera. El espacio aéreo que queda fuera de esta delimitación es considerado espacio aéreo internacional.
    • Espacio jurídico: lugares que los tratados y las costumbres internacionales reconocen como parte de la jurisdicción estatal. De tal modo constituyen territorio chileno: las naves y aeronaves de guerra y comerciales nacionales en alta mar, conjuntamente con las embajadas y legaciones acreditadas. Se excluye a los consulados, pues tienen calidad de agencias solo para asuntos comerciales.

  3. Tercer elemento: el Poder

    El Poder es “una fuerza al servicio de una idea” Georges Burdeau

    Un pueblo que habita en un territorio requiere de cierta organización para actuar en conjunto. De tal modo, cuando la sociedad se estructura políticamente, surge el Estado. En el seno de esta institución existe organización, lo que implica dirección y normativas que conduzcan a sus integrantes, la nación, hacia los fines propuestos, el bien común.

    De acuerdo a autores como Thomas Hobbes, en la medida en que no exista un poder soberano, en teoría, cualquiera podría imponer su voluntad sobre otros basado únicamente en su fuerza o astucia, y no existiría nada seguro. Él llamó a esta situación (no necesariamente correspondiente con un período histórico existente) “Estado de naturaleza”, en que las relaciones de los individuos constituyen una verdadera “guerra de todos contra todos”. Para este filósofo, la forma de terminar o evitar esta situación es mediante la creación de un orden artificial que garantice la paz social, para lo cual algunos de sus miembros deben estar dotados de poder de mando y un poder de coerción, ya que los objetivos propuestos no necesariamente pueden ser obtenidos por la colaboración espontánea de todos sus integrantes, sino por medio de la renuncia a ciertos derechos a favor del soberano, encargado de resguardar el orden. De este modo el origen de las sociedades estables está más relacionado con el miedo que con la buena voluntad.

    Así, se explicaría la necesidad de que algunos gobiernen.

    La necesidad de una autoridad, de un poder, se hace imperiosa en una sociedad política tan compleja como la del Estado. De no existir, probablemente se viviría en la anarquía, y las personas no sabrían cómo actuar para lograr un orden y una convivencia justa que les permitieran realizar los objetivos comunes en provecho de todos. Surge entonces como titular de este poder el Estado, y no como un individuo determinado.


    El Poder del Estado se caracteriza por ser:


    • Originario: su realidad y cualidades son inherentes e inseparables de su existencia.
    • Autónomo: no existe otro poder de mayor jerarquía.
    • Independiente del exterior: sus decisiones no dependen de fuera del Estado.
    • Coactivo: posee el monopolio de la fuerza organizada al interior de la sociedad.
    • Centralizado: emana de un centro de decisión política al cual la Nación está subordinada
    • Delimitado territorialmente: rige en el territorio del Estado y a los habitantes de este.

    El poder político es legal cuando se somete a la Constitución y las leyes; en tanto se transforma en autoridad legítima, cuando no cuenta sólo con la fuerza de coacción, sino que fundamentalmente es obedecido por su legitimidad, por el consentimiento de sus ciudadanos, quienes consideran a sus gobernantes e instituciones políticas como buenas, necesarias y justas.

    Una cualidad del poder del Estado es la soberanía, en el sentido que dicho poder no admite a ningún otro ni sobre él, ni en concurrencia con él.


    ¿Quién es el titular de la soberanía?

    Esta pregunta se la han hecho muchos pensadores en distintas épocas. En la actualidad, se sostiene que la soberanía reside en la Nación y ésta la ejerce a través de elecciones periódicas, mecanismo mediante el cual los ciudadanos-electores escogen a su representantes, sea Presidente de la República, parlamentarios, alcaldes, etc.

    La Constitución Política de la República de Chile establece que “La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio” (artículo 5º).

    El Estado cuenta con tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, los cuales realizan funciones distintas entre sí. Esta división de poderes permite garantizar mejor la libertad y los derechos de las personas.


    Fin del Estado

    El objetivo del Estado es el bien común. El bien común “no se refiere al bien de todos -como si todos fueran una unidad real-, sino el conjunto de condiciones apropiadas para que todos -grupos intermedios y personas individuales- alcancen su bien particular” (López, 1994).

    Según la corriente aristotélica-tomista, el fin objetivo del bien común está dado por la búsqueda del orden, la justicia, el bienestar y la paz externa. En tanto que el fin subjetivo trata de los objetivos propios de cada Estado, cuyos contenidos varían según el tipo de sociedad y el momento histórico como también la doctrina política imperante. Por otro lado, autores como John Stuart Mill, entienden el bien común como el resultado de un sistema ordenado, que permita el desenvolvimiento humano en su diversidad, permitiendo la autorrealización (Mill, 1984; Berlin, 2003).

    Modernamente, el filósofo John Rawls ha sostenido que las sociedades bien ordenadas, con concepciones liberales de la justicia política igual tienen una concepción de bien común, es decir, “el bien común de alcanzar la justicia política para todos los ciudadanos y de preservar la cultura libre que esa justicia hace posible” (Rawls, 1995). También ha afirmado que “se supone que el gobierno aspira al bien común, esto es, a mantener las condiciones y alcanzar los objetivos que son del mismo modo ventajosos para todos” (Rawls, 1979).

    De acuerdo a la Constitución Política chilena, la finalidad del Estado es estar al servicio de la persona humana promoviendo el bien común. De tal modo, debe crear las condiciones que permitan a todos y a cada uno de los chilenos, su mayor realización tanto espiritual como material posible, respetando los derechos y garantías constitucionales. Además es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población, la familia y su fortalecimiento, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional (artículo 1°).


    Estado de Derecho

    Significa que el Estado está sometido a un ordenamiento jurídico, el cual constituye la expresión auténtica de la idea de Derecho vigente en la sociedad. Sus bases son:

    • Imperio de la Ley: las normas deben ser expresión de la voluntad popular y deben someterse a ella tanto gobernantes como gobernados.
    • Distribución del poder estatal en diferentes órganos: de esta manera el poder del Estado no se concentra en una sola institución, sino que se distribuye permitiendo mayor eficiencia y los debidos controles evitando arbitrariedades y abuso de poder.
    • Legalidad de la administración y responsabilidad de las autoridades, sea penal, civil, administrativa y política.
    • Respeto y garantía de los Derechos Humanos a través del ordenamiento jurídico el que también contempla los mecanismos o recursos que se pueden interponer en caso de atropello o violación. Esta es una de las notas definitorias de Estado de Derecho, pues incluso en los regímenes totalitarios han existido normas, tribunales y leyes; pero estos se caracterizaban por la vulneración de los derechos esenciales de las personas.

Nota a pie de página

  1. El término “pena aflictiva” está definido en el artículo 37 del Código Penal. Se refiere a las penas por crímenes (clase de ofensa criminal de especial gravedad), y de aquellos delitos que superen los tres años y un día.

Propuesta Constitución 2023
Imagen: Propuesta Constitución 2023

Versión final de la Propuesta de Constitución 2023.

Propuesta Constitución 2022
Imagen: Propuesta Constitución 2022

Versión final de la Propuesta de Constitución 2022 en audio para la ciudadanía.

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Imagen: Guia de Formacion Civica

Esta publicación responde al compromiso de la BCN de seguir profundizando en los contenidos y ser un aporte a la formación cívica nacional.

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La Experiencia Delibera y el valor público del torneo escolar rescatado desde sus protagonistas.

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